Skip to main content

AI assistant

Sign in to chat with this filing

The assistant answers questions, extracts KPIs, and summarises risk factors directly from the filing text.

Central Termica Roca S.A. Capital/Financing Update 2022

Nov 2, 2022

68645_rns_2022-11-02_ad3c68bb-154f-4899-9e37-dc364e7e12aa.pdf

Capital/Financing Update

Open in viewer

Opens in your device viewer

AVISO RECTIFICATORIO AL AVISO COMPLEMENTARIO

==> picture [192 x 74] intentionally omitted <==

==> picture [239 x 71] intentionally omitted <==

Generación Mediterránea S.A. y Central Térmica Roca S.A. Co-Emisoras

OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XVII DENOMINADAS, A SER INTEGRADAS Y PAGADERAS EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES EN EL PAÍS, A TASA DE INTERÉS FIJA, CON VENCIMIENTO A LOS 24 MESES CONTADOS DESDE LA FECHA DE EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN

OBLIGACIONES NEGOCIABLES OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XVIII DENOMINADAS EN CLASE XIX DENOMINADAS EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES Y UNIDADES DE VALOR PAGADERAS EN PESOS AL TIPO ADQUISITIVO (“UVA”) Y DE CAMBIO APLICABLE, A PAGADERAS EN PESOS AL TASA DE INTERÉS FIJA, CON VALOR UVA APLICABLE, A VENCIMIENTO A LOS 24 MESES TASA DE INTERÉS FIJA, CON CONTADOS DESDE LA FECHA VENCIMIENTO A LOS 36 MESES DE EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN, A CONTADOS DESDE LA FECHA SER INTEGRADAS: (I) EN DE EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN, A ESPECIE MEDIANTE LA SER INTEGRADAS: (I) EN ENTREGA DE OBLIGACIONES ESPECIE MEDIANTE LA NEGOCIABLES ELEGIBLES ENTREGA DE OBLIGACIONES PARA LA CLASE XVIII; Y/O (II) NEGOCIABLES ELEGIBLES EN EFECTIVO EN PESOS AL PARA LA CLASE XIX; Y/O (II) EN TIPO DE CAMBIO DE EFECTIVO EN PESOS AL VALOR INTEGRACIÓN UVA INICIAL

LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XVII, LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XVIII Y LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XIX SERÁN CO-EMITIDAS POR UN VALOR NOMINAL EN CONJUNTO DE HASTA EL EQUIVALENTE DE US$ 40.000.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA MILLONES) AMPLIABLE HASTA EL EQUIVALENTE DE US$ 70.000.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETENTA MILLONES) EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES SIMPLES (NO CONVERTIBLES EN ACCIONES) POR UN VALOR NOMINAL DE HASTA US$700.000.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS MILLONES) (O SU EQUIVALENTE EN OTRAS MONEDAS O UNIDADES DE MEDIDA O VALOR)

El presente es un aviso rectificatorio (el “Aviso Rectificatorio”) al aviso complementario de fecha 2 de noviembre de 2022 (el “Aviso Complementario”), al suplemento de prospecto de fecha 28 de octubre de 2022 (el “Suplemento”) y al aviso de suscripción de fecha 28 de octubre de 2022 (el “Aviso de Suscripción”) de Generación Mediterránea S.A. (“GEMSA”) y Central Térmica Roca S.A. (“CTR” y, junto con GEMSA, las “Sociedades”, las “Compañías” o las “Co-Emisoras”), publicados en el Boletín Diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la “BCBA”) en virtud del ejercicio de la facultad delegada por Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“ByMA”) a la BCBA, conforme lo dispuesto en la Resolución N°18.629 de la CNV (el “Boletín Diario de BCBA”), en la Autopista de la Información Financiera de la CNV (www.argentina.gob.ar/cnv) (la “AIF”) en la sección “ Empresas ”, en el boletín electrónico del MAE (www.mae.com.ar) (el “Boletín Electrónico del MAE”) y en el sitio web institucional de las Co-Emisoras (www.albanesi.com.ar) (la “Página Web de las Co-Emisoras”), en relación con (i) las obligaciones negociables clase XVII denominadas, a ser integradas y pagaderas en el país en Dólares Estadounidenses, a tasa de interés fija, con vencimiento a los 24 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación (las “Obligaciones Negociables Clase XVII”); (ii) las obligaciones negociables clase XVIII denominadas en Dólares Estadounidenses, a ser integradas: (a) en especie por las Obligaciones Negociables Elegibles para la Clase XVIII, y/o (b) en efectivo en Pesos al Tipo de Cambio de Integración (conforme dicho término se define más adelante), pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable (conforme dicho término se define más adelante), a tasa de interés fija, con vencimiento a los 24 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación (las “Obligaciones Negociables Clase XVIII”); y (iii) las obligaciones negociables clase XIX denominadas en UVA, a ser integradas: (a) en especie por las Obligaciones Negociables Elegibles para la Clase XIX, y/o (b) en efectivo en Pesos al Valor UVA Inicial (conforme dicho término se define más adelante), pagaderas en Pesos al Valor UVA Aplicable (conforme dicho término se define más adelante), a tasa de interés fija, con vencimiento a los 36 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación (las “Obligaciones Negociables Clase XIX”, y en conjunto con las Obligaciones Negociables Clase XVII y las Obligaciones Negociables Clase XVIII, las “Obligaciones Negociables”) por un valor nominal en conjunto de hasta el equivalente de US$ 40.000.000 ampliable hasta el equivalente de US$ 70.000.000 (el “Monto Máximo de Emisión”), en el marco del programa global de emisión de obligaciones negociables simples (no convertibles en acciones) por un valor nominal de hasta US$ 700.000.000 (Dólares Estadounidenses setecientos millones) (o su equivalente en otras monedas o unidades de medida o valor) (el “Programa”). Las CoEmisoras serán solidariamente responsables por todas las obligaciones que surjan de las Obligaciones Negociables. El monto a ser coemitido bajo las Obligaciones Negociables Clase XVII, las Obligaciones Negociables Clase XVIII y las Obligaciones Negociables Clase XIX no podrá superar en forma conjunta el Monto Máximo de Emisión. Dado que las Obligaciones Negociables Clase XIX serán denominadas en UVA, el cálculo para determinar que el monto a ser co-emitido no supere el Monto Máximo de Emisión se realizará de conformidad con el Valor de Cálculo (conforme dicho término se define en el Suplemento). Los principales términos y condiciones de las Obligaciones Negociables forman parte del prospecto del Programa de fecha 9 de junio de 2022 (el “Prospecto”), del Suplemento, del Aviso de Suscripción y del Aviso Complementario, publicados en el Boletín Diario de la BCBA, en la AIF, en el Boletín Electrónico del MAE y en la Página Web de las Co-Emisoras. Los términos en mayúsculas utilizados que no estén definidos en el

presente Aviso Rectificatorio tienen el significado que se les asigna en el Prospecto y/o en el Suplemento y/o en el Aviso de Suscripción y/o en el Aviso Complementario, según corresponda.

El presente Aviso Rectificatorio tiene por objeto modificar al Aviso Complementario, de acuerdo con lo que se detalla a continuación:

  • Se reemplaza lo consignado en el punto “2) Relaciones de canje” por el texto que se indica a continuación:

  • 2) Relaciones de Canje:

  • a) Obligaciones Negociables Clase XVIII: (i) La relación de canje a efectos de la integración en especie de las Obligaciones Negociables Clase XVIII será de U$S 1,018082 de valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase XVIII por cada U$S 1 de valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase V integradas en especie; y (ii) la relación de canje a efectos de la integración en especie de las Obligaciones Negociables Clase XVIII será de U$S 0,783396 de valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase XVIII por cada U$S 1 de valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase VII integradas en especie.

  • b) Obligaciones Negociables Clase XIX: la relación de canje a efectos de la integración en especie de las Obligaciones Negociables Clase XIX será de 0,766623 UVA de valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase XIX por cada 1 UVA de valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase VIII integradas en especie.

El Prospecto, el Suplemento, el Aviso de Suscripción, el Aviso Complementario y demás documentos relevantes para la emisión de las Obligaciones Negociables se encuentran a disposición de los interesados en las oficinas de las Co-Emisoras en sus oficinas sitas en Av. Leandro N. Alem 855, Piso 14°, C.AB.A., y de los Organizadores y de los Agentes Colocadores a través de los contactos que se indica en los puntos 3 y 4 del Aviso de Suscripción. Las Co-Emisoras recomiendan la lectura y examen del Prospecto y el Suplemento en su totalidad y de los estados contables de las Co-Emisoras.

Oferta pública autorizada por Resolución NºRESFC-2017-18947-APN-DIR#CNV de fecha 26 de septiembre de 2017. El primer aumento del monto del Programa fue autorizado por Resolución NºRESFC-2019-20111-APN-DIR#CNV de fecha 8 de marzo de 2019 de la CNV y el segundo aumento del monto del Programa fue autorizado por Disposición NºDI-2020-43-APN-GE#CNVde fecha 10 de septiembre de 2020 de la CNV. La enmienda al Prospecto de Programa realizada a los fines de permitir a las Compañías la emisión de obligaciones negociables denominadas en Unidades de Vivienda actualizables por el Índice del Costo de la Construcción en el Gran Buenos Aires, en virtud de la Ley N°27.271 o en Unidades de Valor Adquisitivo u otras que las reemplacen o se dicten en el futuro, actualizables por el Coeficiente de Estabilización de Referencia o cualquier otro índice permitido en el futuro, en virtud de lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia N°146/2017 del Poder Ejecutivo Nacional, y de conformidad con el Artículo 40 bis, Sección V, Capítulo V, Título II, de las Normas de la CNV ha sido autorizada por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV NºDI-2021-3-APN-GE#CNV de fecha 23 de febrero de 2021. La prórroga y modificación de los términos y condiciones del Programa a fin de remover toda referencia a Albanesi S.A. como garante de las Obligaciones Negociables de dicho Programa, aprobadas por las Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas de dichas Sociedades y sus Directorios con fecha 19 de abril de 2022, ha sido autorizada por Disposición N°DI-2022-28-APN-GE#CNV de la Gerencia de Emisoras de la CNV de fecha 2 de junio de 2022 Esta autorización sólo significa que se ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información. La CNV no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en el Prospecto ni en el Suplemento, ni el Aviso de Suscripción ni en este Aviso Complementario. La veracidad de la información contable, financiera y económica, así como de toda otra información suministrada en el Suplemento y/o en el Aviso de Suscripción y/o el Aviso Complementario y/o en el Aviso Rectificatorio es exclusiva responsabilidad del órgano de administración, en lo que les atañe, del órgano de fiscalización de las Sociedades y de los auditores en cuanto a sus respectivos informes sobre los estados contables que se acompañan, y demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la Ley de Mercado de Capitales. El órgano de administración manifiesta, con carácter de declaración jurada, que el Suplemento, el Aviso de Suscripción, el Aviso Complementario y el Aviso Rectificatorio contienen, a la fecha de su publicación, información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera de las Sociedades y de toda aquélla que deba ser de conocimiento del público inversor con relación a la presente emisión, conforme las normas vigentes.

==> picture [93 x 39] intentionally omitted <==

SBS Capital S.A.

==> picture [108 x 36] intentionally omitted <==

SBS Trading S.A. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV Nº 53

Organizadores Agentes Colocadores

==> picture [90 x 39] intentionally omitted <==

Banco de Servicios y Transacciones S.A.

==> picture [90 x 39] intentionally omitted <==

==> picture [129 x 35] intentionally omitted <==

Allaria Ledesma & Cía. S.A. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV Nº 24

Banco de Servicios y Transacciones S.A. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV N°64

==> picture [101 x 26] intentionally omitted <==

Balanz Capital Valores S.A.U. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV N° 210

==> picture [103 x 44] intentionally omitted <==

Banco de la Provincia de Buenos Aires

Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV N° 43

==> picture [68 x 25] intentionally omitted <==

Global Valores S.A.

Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV N° 37

==> picture [85 x 43] intentionally omitted <==

Supervielle Agente De Negociación S.A.U.

Agente de Negociación Integral Matrícula CNV° 341

==> picture [76 x 29] intentionally omitted <==

Banco Hipotecario S.A.

Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV N° 40

==> picture [112 x 36] intentionally omitted <==

Nación Bursátil S.A.

Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV N° 26

==> picture [109 x 45] intentionally omitted <==

Macro Securities S.A.U.

Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV N° 59

==> picture [124 x 48] intentionally omitted <==

BACS Banco de Crédito y Securitización S.A.

Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV N° 25

==> picture [129 x 34] intentionally omitted <==

Petrini Valores S.A. Agente de Liquidación y Compensación Matrícula CNV°85

==> picture [91 x 36] intentionally omitted <==

Adcap Securities Argentina S.A.

Agente de Liquidacióbn y Compensación y Agente de Negociación Propio Matrícula CNV N° 148

==> picture [109 x 31] intentionally omitted <==

Facimex S.A.

Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV N° 99

==> picture [85 x 43] intentionally omitted <==

Banco Supervielle S.A.

Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV Nº 57

==> picture [71 x 26] intentionally omitted <==

TPCG Valores S.A.U.

Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV N° 44

==> picture [75 x 39] intentionally omitted <==

Invertir en Bolsa S.A.

Agente de Compensación y Liquidación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV N° 246

La fecha del presente Aviso Rectificatorio es 2 de noviembre de 2022.

==> picture [41 x 46] intentionally omitted <==

==> picture [53 x 19] intentionally omitted <==

----- Start of picture text -----

Osvaldo Cado
Subdelegado
----- End of picture text -----