AI assistant
Central Termica Roca S.A. — Capital/Financing Update 2021
Dec 2, 2021
68645_rns_2021-12-02_a8f3ada0-152a-47a7-a8c4-f0236e39fff7.pdf
Capital/Financing Update
Open in viewerOpens in your device viewer
CUARTA ADENDA AL PROSPECTO INDIVIDUAL
==> picture [95 x 165] intentionally omitted <==
OBLIGACIONES NEGOCIABLES SIMPLES (NO CONVERTIBLES EN ACCIONES), A TASA FIJA ANUAL DE 9,625%, CON VENCIMIENTO EL 27 DE JULIO DE 2023 POR UN VALOR NOMINAL DE U$S 67.197.000
Co-Emitidas por Generación Mediterránea S.A y Central Térmica Roca S.A.
El presente documento es la cuarta adenda (la “Cuarta Adenda”) que modifica y complementa (i) al prospecto individual de fecha 12 de julio de 2016, correspondiente a las obligaciones negociables emitidas por Generación Mediterránea S.A. (por sí y como continuadora de Generación Frías S.A., “GEMSA”) y Central Térmica Roca S.A. (“CTR”, y junto con GEMSA, las “Emisoras”), garantizadas por Albanesi S.A., por un valor nominal de US$ 250.000.000 (el “Prospecto”), autorizado por Resolución N° 18.110 de fecha 7 de julio de 2016 de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”); (ii) la adenda al Prospecto de fecha 22 de julio de 2016 (la “Adenda 2016”); (iii) el prospecto de fecha 28 de noviembre de 2017, autorizado por Resolución N° 19.033 de fecha 8 de noviembre de 2017 de la CNV (el “Prospecto 2017”), mediante el cual se aumentó el monto de las obligaciones negociables a la suma de US$336.000.000 (las “Obligaciones Negociables”); (iv) la segunda adenda al Prospecto de fecha 7 de julio de 2021 (la “Segunda Adenda”); y (v) la tercera adenda al Prospecto de fecha 1 de noviembre de 2021 (la “Tercera Adenda”). Como resultado de la Oferta de Canje, según dicho término se define en el Suplemento de Canje y Solicitud de Consentimiento, el monto en circulación de las Obligaciones Negociables a la fecha de la presente Cuarta Adenda es de U$S 67.197.000.
Los términos en mayúscula no definidos en esta Cuarta Adenda tienen el significado asignado en el Prospecto y/o el Prospecto 2017 y/o en la Adenda 2016 y/o en la Segunda Adenda y/o en la Tercera Adenda.
La información incluida en esta Cuarta Adenda se encuentra referida a, y deberá ser completada con, la información contenida en el Prospecto, en la Adenda 2016, en el Prospecto 2017, en la Segunda Adenda, en la Tercera Adenda y demás documentos relevantes correspondientes a la emisión de las Obligaciones Negociables, los que se encuentran a disposición de los interesados en el domicilio de las Co-Emisoras sito en Av. Leandro N. Alem 855, Piso 14, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, y en su versión electrónica en la Página Web de la CNV (www.argentina.gob.ar/CNV) y en la Página Web de GEMSA (www.albanesi.com.ar).
==> picture [43 x 49] intentionally omitted <==
Osvaldo Cado
De conformidad con los términos y condiciones del suplemento de canje y solicitud de consentimiento de fecha 22 de octubre de 2021 (complementado y modificado en fechas 28 de octubre de 2021, 1 de noviembre de 2021 y 8 de noviembre de 2021, el “Suplemento de Canje y Solicitud de Consentimiento”), las Co-Emisoras han solicitado el consentimiento de los Tenedores de las Obligaciones Negociables en circulación para (i) autorizar, nombrar y dar instrucciones al Fiduciario (a) para que actúe como su representante (directa o indirectamente) para asistir y confirmar su asistencia a la Asamblea de Tenedores (la “Asamblea de Tenedores”) con el fin de votar para consentir y aprobar las Modificaciones Propuestas necesarios a cualquier persona para que actúe como su representante en la Asamblea de Tenedores a esos
==> picture [21 x 24] intentionally omitted <==
mismos efectos; y (ii) modificar el Contrato de Fideicomiso de las Obligaciones Negociables Existentes y consecuentemente el Prospecto, según éste fuera modificado, tal y como se establece en el Artículo 1 de la presente Cuarta Adenda (las “Modificaciones Propuestas”).
Asimismo, tal y como se desprende del Certificado de Directivos de las Co-Emisoras entregado al Fiduciario de las Nuevas Obligaciones Negociables por las Co-Emisoras en la fecha de la presente Cuarta Adenda (el “Certificado de Consentimiento de Directivos”), los Tenedores del 80% del monto total del capital de las Obligaciones Negociables en circulación han consentido las Modificaciones Propuestas en la Asamblea de Tenedores celebrada de conformidad con el Prospecto, según fuera modificado, y el Suplemento de Canje y Solicitud de Consentimiento el 30 de noviembre de 2021.
En virtud de ello, la presente Cuarta Adenda tiene por objeto enmendar y/o complementar el Contrato de Fideicomiso de las Obligaciones Negociables Existentes y consecuentemente el Prospecto, tal como fuera modificado por la Adenda 2016, el Prospecto 2017, la Segunda Adenda y la Tercera Adenda, según se indica a continuación:
-
(a) Se suprimen, en su totalidad, cada una de las cláusulas y/o compromisos del Prospecto indicados a continuación:
-
Supuesto de Cambio de Control de la Sección “Descripción de las Obligaciones Negociables Adicionales” del Prospecto.
-
Limitación de Deuda Adicional de la Sección “Descripción de las Obligaciones Negociables Adicionales - Compromisos” del Prospecto.
-
Limitación a los Pagos Restringidos de la Sección “Descripción de las Obligaciones Negociables Adicionales - Compromisos” del Prospecto.
-
Limitación a la Venta de Activos de la Sección “Descripción de las Obligaciones Negociables Adicionales - Compromisos” del Prospecto.
-
Limitación al Dividendo y Otros Pagos Restringidos que Afectan a las Subsidiarias Restringidas de la Sección “Descripción de las Obligaciones Negociables Adicionales - Compromisos” del Prospecto.
-
Limitación a los Gravámenes de la Sección “Descripción de las Obligaciones Negociables Adicionales - Compromisos” del Prospecto.
-
Limitación a las Transacciones con Partes Relacionadas de la Sección “Descripción de las Obligaciones Negociables Adicionales - Compromisos” del Prospecto.
-
Desarrollo de Actividades Comerciales de la Sección “Descripción de las Obligaciones Negociables Adicionales - Compromisos” del Prospecto.
-
Presentación de Informes a los Tenedores de la Sección “Descripción de las Obligaciones Negociables Adicionales - Compromisos” del Prospecto.
-
Limitación a las Operaciones de Venta y Posterior Arrendamiento de la Sección “Descripción de las Obligaciones Negociables Adicionales - Compromisos” del Prospecto.
-
Mantenimiento de Calificaciones de la Sección “Descripción de las Obligaciones Negociables Adicionales - Compromisos” del Prospecto.
-
El requisito previsto en el inc (dd) del apartado “Limitación a la Fusión, Consolidación y Venta de Activos” de la Sección “Descripción de las Obligaciones Negociables Adicionales – Compromisos” del Prospecto de que inmediatamente después de que se haga efectiva cualquier fusión, restructuración o venta de activos de las Co-Emisoras y del Garante Principal, el Garante Principal, la Emisora o la entidad superviviente, pueda contraer como mínimo U$S1,00 de deuda adicional de conformidad con el Contrato de Fideicomiso de las Obligaciones Negociables Existentes o (ii) tenga (x) un Índice de Cobertura de Intereses Neto Combinado al menos igual o mayor al Índice de Cobertura de Intereses Neto Combinado inmediatamente anterior a dicha operación, y (y) un Índice de Apalancamiento Neto Combinado al menos igual o inferior al Índice de Apalancamiento Neto Combinado inmediatamente anterior a dicha operación).
==> picture [21 x 24] intentionally omitted <==
-
El inciso (e), del apartado “Supuestos de Incumplimiento”, de la Sección “Descripción de las Obligaciones Negociables Adicionales” del Prospecto, según el cual se produce un Supuesto de Incumplimiento por falta de pago respecto de cualquier deuda por montos superiores a U$S25.000.000.
-
El inciso (f), del apartado “Supuestos de Incumplimiento”, de la Sección “Descripción de las Obligaciones Negociables Adicionales” del Prospecto, según el cual según el cual se produce un Supuesto de Incumplimiento por falta de pago de una sentencia definitiva por montos superiores a U$S25.000.000 que no sea cancelada, revocada o cuya ejecución no hubiera sido suspendida por un período de 60 días o más.
Asimismo, se eliminan las siguientes cláusulas del Contrato de Fideicomiso de las Obligaciones Negociables “Cláusula 3.3. Existencia Societaria” y “Cláusula 3.24. Limitación para Gastos de Capital”.
- (b) El segundo párrafo de la Sección “Descripción de las Obligaciones Negociables Adicionales – Supuestos de Incumplimiento” del Prospecto es reemplazado en su totalidad por el siguiente:
“Si se produce y continúa un Supuesto de Incumplimiento (que no sea un Supuesto de Incumplimiento detallado en la cláusula (g) anterior respecto del Garante o de cualquier CoEmisora), el Fiduciario o los Tenedores de al menos el 85,0% del monto total de capital de las Obligaciones Negociables en circulación podrán declarar el monto impago del capital (y la prima, si la hubiera) así como los intereses devengados e impagos de todas las Obligaciones Negociables inmediatamente exigibles y pagaderas mediante notificación escrita a las CoEmisoras (y al Fiduciario si la cursan los Tenedores) donde se especifique cuál es el Supuesto de Incumplimiento y que se trata de una “notificación de extinción anticipada”. Si un Supuesto de Incumplimiento especificado en la cláusula (g) anterior se produce respecto del Garante o de cualquier Co-Emisora, el monto impago del capital (y la prima, si hubiera) así como los intereses devengados e impagos de las Obligaciones Negociables devendrán inmediatamente exigibles y pagaderos sin necesidad de declaración ni otra acción por parte del Fiduciario o de los Tenedores.
- (c) Todos los términos definidos en la Sección “Descripción de las Obligaciones Negociables Adicionales – Definiciones” del Prospecto, según fuera modificado, que aparecen únicamente en el texto del Prospecto que han sido suprimidos de conformidad con el punto 1.a de la presente Cuarta Adenda serán eliminados de la Sección “Descripción de las Obligaciones Negociables Adicionales – Definiciones” del Prospecto, según fuera modificado. Además, todas y cada una de las referencias en el Prospecto, según fuera modificado, al texto suprimido al que se hace referencia en el punto 1.a anterior, también se eliminarán en su totalidad.
Los responsables del presente documento manifiestan con carácter de declaración jurada que, con excepción de aquellos términos y condiciones específicamente modificados o complementados mediante esta Cuarta Adenda, la totalidad de los términos y condiciones previstos en el Prospecto, en la Adenda 2016, en el Prospecto 2017, en la Segunda Adenda y/o en la Tercera Adenda se encuentran vigentes.
La inversión en las Obligaciones Negociables involucra riesgos. Antes de tomar decisiones de inversión respecto de las Obligaciones Negociables, el público inversor deberá leer cuidadosamente la totalidad de la información contenida en el Prospecto y en el Prospecto 2017, con especial atención a la sección “Factores de Riesgo”.
Con fecha 7 de julio de 2016 la CNV autorizó la oferta pública de las Obligaciones Negociables mediante Resolución N°18.110 y con fecha 12 de julio de 2016 autorizó el levantamiento de condicionamientos. Con fecha 8 de noviembre de 2017, mediante la Resolución N° 19.033, la CNV autorizó el aumento del monto de las Obligaciones Negociables. Las mencionadas autorizaciones sólo significan que se ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información. La CNV no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en el Prospecto ni en el Prospecto 2017. La veracidad de la información contable, financiera y económica, así como de toda otra información suministrada en el Prospecto, en la Adenda 2016, en el Prospecto 2017, en la Segunda Adenda, en la
==> picture [21 x 24] intentionally omitted <==
Tercera Adenda y en la presente Cuarta Adenda, es exclusiva responsabilidad del órgano de administración y, en lo que les atañe, del órgano de fiscalización de las Co-Emisoras y de los auditores en cuanto a sus respectivos informes sobre los estados contables que se acompañan y demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la Ley N° 26.831. El órgano de administración de cada una de las Co-Emisoras manifiesta, con carácter de declaración jurada, que el Prospecto, la Adenda 2016, el Prospecto 2017, la Segunda Adenda, la Tercera Adenda y la presente Cuarta Adenda contienen, a la fecha de su publicación, información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera de las Co-Emisoras y de toda aquella que deba ser de conocimiento del público inversor con relación a la presente emisión, conforme las normas vigentes.
La fecha de esta Cuarta Adenda es 2 de diciembre de 2021
==> picture [43 x 48] intentionally omitted <==
_____ Osvaldo Cado Subdelegado
==> picture [21 x 24] intentionally omitted <==