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Central Termica Roca S.A. — Capital/Financing Update 2021
Nov 10, 2021
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Capital/Financing Update
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AVISO DE SUSCRIPCIÓN COMPLEMENTARIO
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Generación Mediterránea S.A. y Central Térmica Roca S.A.
Co-Emisoras
OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XI DENOMINADAS EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES Y PAGADERAS EN PESOS AL TIPO DE CAMBIO APLICABLE, A TASA DE INTERÉS FIJA NOMINAL ANUAL DEL 6% CON VENCIMIENTO A LOS 36 MESES CONTADOS DESDE LA FECHA DE EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN A SER OFRECIDAS AL PÚBLICO INVERSOR EN DOS SERIES TOTALMENTE FUNGIBLES ENTRE SÍ: (I) SERIE “A” DE LA CLASE XI A SER INTEGRADAS EXCLUSIVAMENTE EN ESPECIE MEDIANTE LA ENTREGA DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES ELEGIBLES PARA LA SERIE A DE LA CLASE XI, Y (II) SERIE “B” DE LA CLASE XI A SER INTEGRADAS EXCLUSIVAMENTE EN EFECTIVO EN PESOS AL TIPO DE CAMBIO DE INTEGRACIÓN
LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XI Y LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XII SERÁN CO-EMITIDAS POR UN VALOR NOMINAL EN CONJUNTO DE HASTA EL EQUIVALENTE DE U$S50.000.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA MILLONES) AMPLIBLE HASTA EL EQUIVALENTE DE U$S100.000.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIEN MILLONES) EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES SIMPLES (NO CONVERTIBLES EN ACCIONES) POR UN VALOR NOMINAL DE HASTA U$S 700.000.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS MILLONES) (O SU EQUIVALENTE EN OTRAS MONEDAS O UNIDADES DE MEDIDA O VALOR)
El presente es un segundo aviso complementario (el “Segundo Aviso Complementario”) al aviso de suscripción de fecha 5 de noviembre de 2021 (el “Aviso de Suscripción”), al primer aviso complementario de fecha 9 de noviembre de 2021 (el “Primer Aviso Complementario”) y al suplemento de precio de fecha 5 de noviembre de 2021 (el “Suplemento”) en relación con las obligaciones negociables clase XI denominadas en Dólares Estadounidenses, a tasa de interés fija nominal anual de 6% con vencimiento a los 36 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación, ofrecidas al público inversor en dos series totalmente fungibles entre sí la Serie A de la Clase XI y la Serie B de la Clase XI (las “Obligaciones Negociables Clase XI”) a ser co-emitidas por Generación Mediterránea S.A. (“GEMSA”) y Central Térmica Roca S.A. (“CTR” y, junto con GEMSA, las “Sociedades”, las “Compañías” o las “Co-Emisoras”), junto con las obligaciones negociables clase XII (las “Obligaciones Negociables Clase XII” y conjuntamente con las Obligaciones Negociables Clase XI, las “Obligaciones Negociables”), por un valor nominal en conjunto de hasta el equivalente de U$S50.000.000 (Dólares Estadounidenses cincuenta millones) ampliable hasta el equivalente de U$S100.000.000 (Dólares Estadounidenses cien millones) (el “Monto Máximo de Emisión”), en el marco del programa global de emisión de obligaciones negociables simples (no convertibles en acciones) por hasta U$S 700.000.000 (Dólares Estadounidenses setecientos millones) (o su equivalente en otras monedas o unidades de medida o valor) (el “Programa”). Las Co-Emisoras serán solidariamente responsables por todas las obligaciones que surjan de las Obligaciones Negociables. El monto a ser co-emitido bajo las Obligaciones Negociables no podrá superar en forma conjunta el Monto Máximo de Emisión. Dado que las Obligaciones Negociables Clase XII serán denominadas en UVAs, el cálculo para determinar que el monto a ser co-emitido no supere el Monto Máximo de Emisión se realizará de conformidad con el Valor de Cálculo (tal como dicho término se define en el Suplemento). Las Obligaciones Negociables Clase XI serán ofrecidas al público inversor para su suscripción en dos series: (i) la serie “A” de las Obligaciones Negociables Clase XI (la “Serie A de la Clase XI”) a ser integradas exclusivamente en especie mediante la entrega de Obligaciones Negociables Elegibles para la Serie A de la Clase XI (conforme dicho término se define en el Suplemento); y (ii) la serie “B” de las Obligaciones Negociables Clase XI (la “Serie B de la Clase XI”) a ser integradas exclusivamente en pesos al Tipo de Cambio de Integración. El valor nominal máximo a emitirse de la Serie A de la Clase XI y la Serie B de la Clase XI no podrá superar en conjunto el monto de emisión de las Obligaciones Negociables Clase XI. Excepto por su precio de emisión y forma de suscripción e integración, la Serie A de la Clase XI y Serie B de la Clase XI de las Obligaciones Negociables Clase XI tienen los mismos términos y condiciones, constituyendo una única clase y siendo fungibles entre sí.
Los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables se detallan en el prospecto del Programa de fecha 6 de octubre de 2021 (el “Prospecto”), en el Suplemento, en el Aviso de Suscripción y en el Primer Aviso Complementario, publicados en el Boletín Diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la “BCBA”) en virtud del ejercicio de la facultad delegada por Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“ByMA”) a la BCBA, conforme lo dispuesto en la Resolución N° 18.629 de la CNV (el “Boletín Diario de BCBA”). Asimismo, el Prospecto, el Suplemento y el Aviso de Suscripción podrán ser encontrados también en la Autopista de la
Información Financiera, en la página web de la CNV (www.argentina.gob.ar/cnv) (la “AIF”) en la sección “ Empresas ”, en el boletín electrónico del MAE (www.mae.com.ar) (el “Boletín Electrónico del MAE”) y en el sitio web institucional de las CoEmisoras (www.albanesi.com.ar) (la “Página Web de las Co-Emisoras”). Los términos en mayúsculas utilizados que no estén definidos en el presente Aviso Complementario tienen el significado que se les asigna en el Prospecto y/o en el Suplemento y/o en el Aviso de Suscripción, según corresponda.
Por el presente Segundo Aviso Complementario, se informa que, con respecto a las Obligaciones Negociables Clase XI, el Tipo de Cambio de Integración, calculado de acuerdo a lo establecido en el Suplemento, es de $ 100,1433 (Pesos cien con 1.433/10.000) por cada U$S 1,00, conforme al tipo de cambio establecido en la Comunicación “A” 3500 del BCRA para el Dólar Estadounidense, publicado por el BCRA en su sitio web (http://www.bcra.gov.ar/PublicacionesEstadisticas/Tipos_de_cambios.asp), el día 10 de noviembre 2021.
Las Co-Emisoras recomiendan la lectura y examen del Prospecto, el Suplemento y el Aviso de Suscripción en su totalidad y de los estados contables de las Co-Emisoras.
Oferta pública autorizada por Resolución Nº RESFC-2017-18947-APN-DIR#CNV de fecha 26 de septiembre de 2017, el primer aumento del monto del Programa fue autorizado por Resolución Nº RESFC-2019-20111-APNDIR#CNV de fecha 8 de marzo de 2019 de la CNV y el segundo aumento del monto del Programa fue autorizado por Disposición Nº DI-2020-43-APN-GE#CNVde fecha 10 de septiembre de 2020 de la CNV. La enmienda al Prospecto de Programa realizada a los fines de permitir a las Compañías la emisión de obligaciones negociables denominadas en Unidades de Vivienda actualizables por el Índice del Costo de la Construcción en el Gran Buenos Aires, en virtud de la Ley N° 27.271 o en Unidades de Valor Adquisitivo u otras que las reemplacen o se dicten en el futuro, actualizables por el Coeficiente de Estabilización de Referencia o cualquier otro índice permitido en el futuro, en virtud de lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia N°146/2017 del Poder Ejecutivo Nacional, y de conformidad con el Artículo 40 bis, Sección V, Capítulo V, Título II, de las Normas de la CNV ha sido autorizada por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV Nº DI-2021-3-APN-GE#CNV de fecha 23 de febrero de 2021. Esta autorización sólo significa que se ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información. La CNV no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en el Prospecto ni en el Suplemento ni en el Aviso de Suscripción. La veracidad de la información contable, financiera y económica, así como de toda otra información suministrada en el Suplemento es exclusiva responsabilidad del órgano de administración, en lo que les atañe, del órgano de fiscalización de las Sociedades y de los auditores en cuanto a sus respectivos informes sobre los estados contables que se acompañan, y demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la Ley de Mercado de Capitales. El órgano de administración manifiesta, con carácter de declaración jurada, que el Suplemento y el Aviso de Suscripción contienen, a la fecha de su publicación, información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera de las Sociedades y de toda aquélla que deba ser de conocimiento del público inversor con relación a la presente emisión, conforme las normas vigentes.
Organizadores
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SBS Capital S.A.
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Banco de Servicios y Transacciones S.A.
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Colocadores
Facimex Valores S.A.
SBS Trading Facimex Valores S.A.
Banco de Servicios y Transacciones
S.A. S.A. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Liquidación y Compensación y Matrícula CNV Nº 99 Negociación Integral
Agente de Negociación Integral Agente de Negociación Integral
Matrícula CNV Nº 53 Matrícula CNV N°64
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Banco Hipotecario S.A.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Número de matrícula asignado 40 de la CNV
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Adcap Securities Argentina S.A. Registro de Mercados, Cámaras Compensadoras y Agentes Autorizados Ley Nº 26.831, Matrícula CNV N° 148
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Balanz Capital Valores S.A.U.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Número de matrícula asignado 210 de la CNV
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BACS Banco de Crédito y Securitización S.A.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Número de matrícula asignado 25 de la CNV
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Sociedad de Bolsa Centaurus S.A.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Número de matrícula asignado 239 de la CNV
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Banco de la Provincia de Buenos Aires
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Número de matrícula asignado 43 de la CNV
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Macro Securities S.A.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV Nº 59
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Allaria Ledesma & Cía. S.A.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de
Negociación Integral Matrícula CNV Nº 24
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Banco Supervielle S.A.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Matrícula CNV N° 57
La fecha del presente Aviso Complementario es 10 de noviembre de 2021.
_________ Ximena Sumaria Autorizada