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Central Termica Roca S.A. — Capital/Financing Update 2019
Nov 22, 2019
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Capital/Financing Update
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AVISO DE SUSCRIPCIÓN
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Generación Mediterránea S.A. y Central Térmica Roca S.A. Co-Emisoras
OBLIGACIONES NEGOCIABLES SIMPLES CLASE III A SER CO-EMITIDAS, DENOMINADAS Y PAGADERAS EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES A TASA DE INTERÉS FIJA: (A) DESDE LA FECHA DE EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN (INCLUSIVE) Y HASTA LA PRIMERA FECHA DE AMORTIZACIÓN (EXCLUSIVE) A UNA TASA DE INTERÉS NOMINAL ANUAL EQUIVALENTE AL 8,00%; Y (B) DESDE LA PRIMERA FECHA DE AMORTIZACIÓN (INCLUSIVE) Y HASTA LA FECHA DE VENCIMIENTO (EXCLUSIVE) UNA TASA DE INTERÉS NOMINAL ANUAL EQUIVALENTE AL 13,00% CON VENCIMIENTO EL 11 DE ABRIL DE 2021, POR UN VALOR NOMINAL DE HASTA U$S31.000.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y UN MILLONES) EN EL MARCO DEL PROGRAMA GLOBAL DE EMISIÓN DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES SIMPLES (NO CONVERTIBLES EN ACCIONES) POR UN VALOR NOMINAL MÁXIMO EN CIRCULACIÓN DE HASTA U$S 300.000.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS MILLONES) (O SU EQUIVALENTE EN OTRAS MONEDAS), A SER INTEGRADAS EN ESPECIE MEDIANTE LA ENTREGA DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE I DE LAS CO-EMISORAS
LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE III SERÁN AVALADAS POR ALBANESI S.A.
Mediante el presente aviso de suscripción (el “Aviso de Suscripción”) complementario al suplemento de precio de fecha 22 de noviembre de 2019 (el “Suplemento”) se comunica al público inversor que Generación Mediterránea S.A. (“GEMSA”) y Central Térmica Roca S.A. (“CTR” y, junto con GEMSA, las “Sociedades”, las “Compañías” o las “Co-Emisoras”) ofrecen en suscripción obligaciones negociables simples clase III a ser co-emitidas, denominadas y pagaderas en Dólares Estadounidenses (según se define más adelante) a tasa de interés fija: (a) desde la Fecha de Emisión y Liquidación (inclusive) y hasta la primera Fecha de Amortización (exclusive) a una tasa de interés nominal anual equivalente al 8,00%; y (b) desde la primera Fecha de Amortización (inclusive) y hasta la Fecha de Vencimiento (exclusive) una tasa de interés nominal anual equivalente al 13,00%, con vencimiento el 11 de abril de 2021 por un valor nominal ofrecido de hasta U$S 31.000.000 (Dólares Estadounidenses treinta y un millones), avaladas por Albanesi S.A. (el “Avalista”)(las “Obligaciones Negociables Clase III”) en el marco del programa global de emisión de obligaciones negociables simples (no convertibles en acciones) por hasta U$S 300.000.000 (Dólares Estadounidenses trescientos millones) (o su equivalente en otras monedas) (el “Programa”), a ser integradas en especie mediante la entrega de Obligaciones Negociables Clase I (conforme dicho término se define más adelante) de las Co-Emisoras, y de acuerdo con los principales términos y condiciones que se resumen a continuación y que forman parte del prospecto del Programa de fecha 29 de marzo de 2019 (el “Prospecto”), y del Suplemento, publicados en el Boletín Diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la “BCBA”) en virtud del ejercicio de la facultad delegada por Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“ByMA”) a la BCBA, conforme lo dispuesto en la Resolución N° 18.629 de la CNV (el “Boletín Diario de BCBA”). Asimismo, el Prospecto y Suplemento podrá ser encontrado también en la Autopista de la Información Financiera, en la página web de la CNV (www.cnv.gov.ar ) (la “AIF”) en la sección “ Empresas ”, en el boletín electrónico del MAE (www.mae.com.ar) (el “Boletín Electrónico del MAE”) y en el sitio web institucional de las Co-Emisoras (www.albanesi.com.ar) (la “Página Web de las Co-Emisoras”). Los términos en mayúsculas utilizados que no estén definidos en el presente Aviso de Suscripción tienen el significado que se les asigna en el Prospecto y/o en el Suplemento, según corresponda.
A continuación se detallan los principales términos y condiciones de las Obligaciones Negociables Clase III:
1) Co-Emisoras: Generación Mediterránea S.A. y Central Térmica Roca S.A., serán co-deudoras y solidariamente responsables respecto de cualquier obligación que surja de las Obligaciones Negociables Clase III.
2) Avalista: Las Obligaciones Negociables Clase III estarán avaladas por el Albanesi S.A., sociedad vinculada de las CoEmisoras, por medio de un aval a ser perfeccionado mediante la firma, por parte del Avalista, del certificado global a ser depositado en la CVSA en el que estarán representadas las Obligaciones Negociables Clase III (el “Aval”). Véase “Rango y Garantía” del presente.
3) Organizadores : (i) Balanz Capital Valores S.A.U., con domicilio en Avenida Corrientes 316, Piso 3, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina; (ii) Banco de Servicios y Transacciones S.A., con domicilio en Avenida Corrientes 1174, Piso 3, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina; y (iii) SBS Trading S.A., con domicilio en Madero 900, Piso 19, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina.
4) Agentes Colocadores : (i) Balanz Capital Valores S.A.U., con domicilio en Avenida Corrientes 316, Piso 3, Oficina 362, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina (Atención: Sebastián Money, Estefanía Servian, Gonzalo Mendive, Federico Arzubi, teléfono: 5276-7010, e-mail: [email protected] / [email protected]/ [email protected]/ [email protected]); (ii) Banco de Servicios y Transacciones S.A., con domicilio en Avenida Corrientes 1174, Piso 3, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina (Atención: Paz Sementuch/ Matias Veloso/ Mariano Alonso, teléfono: 4131-7960 / 5235-2381 / 52352826, e-mail: [email protected]); y (iii) SBS Trading S.A., con domicilio en Madero 900, Piso 19, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina [(Atención: José Ramos Carrere, Sebastián Cisa, Francisco Bordo Villanueva, Emilio Muiña / Teléfono: 4894-1800 int. 142/401/403/404 E-mail: [email protected] / [email protected]/ [email protected] / [email protected]).
5) Agente de Liquidación : SBS Trading S.A.
6) Agentes de Cálculo : Conjuntamente, Generación Mediterránea S.A. y Central Térmica Roca S.A.
7) Período de Oferta Pública : Comenzará el 25 de noviembre de 2019 a las 10.00 hs y finalizará el 29 de noviembre de 2019 a las 16.00 hs.
8) Período Temprano : Comenzará el 25 de noviembre de 2019 a las 10.00 hs y finalizará el 26 de noviembre de 2019 a las 16.00 hs.
9) Fecha Límite para la Presentación de Manifestaciones de Interés: Los Agentes Colocadores recibirán Manifestaciones de Interés hasta las 12:00 hs. del día 29 de noviembre de 2019. Las Manifestaciones de Interés que los inversores presenten ante cualquier Agente Colocador y/o Agente del MAE serán firmes y vinculantes y sin posibilidad de retirarlas y/o revocarlas, renunciando el inversor a la facultad de ratificar las Manifestaciones de Interés (conforme lo dispuesto por el Artículo 7, Sección I, Capítulo IV, Título VI de las Normas de la CNV), y adquiriendo, por tanto, carácter vinculante.
Todos los agentes del MAE y/o adherentes del mismo estarán habilitados para ingresar Manifestaciones de Interés en el Registro. A tales fines, dichos agentes del MAE y/o adherentes del mismo deberán dar cumplimiento a las obligaciones que les corresponden a cada uno ellos en virtud de las normas en materia de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo y presentar una declaración jurada al Agente Colocador respecto del cumplimiento para con dichas obligaciones.
10) Fecha de Adjudicación: Será a las 16:00 hs. del día 29 de noviembre de 2019.
11) Condición para la Emisión : Las Co-Emisoras podrán declarar desierta la co-emisión de las Obligaciones Negociables Clase III, en caso que no se reciban Manifestaciones de Interés que ofrezcan la integración en especie por un monto igual o superior al 75% (setenta y cinco por ciento) del valor nominal en circulación de las Obligaciones Negociables Clase I (la “Condición para la Emisión”).
Las Co-Emisoras se reservan el derecho a dispensar esta Condición para la Emisión, en cualquier momento del Período de la Oferta Pública (incluyendo a la Fecha de Adjudicación) mediante la publicación de un aviso complementario al Suplemento y a este Aviso de Suscripción o en el Aviso de Resultados. A pesar de lo anterior, si las CoEmisoras dispensaran la Condición para la Emisión habiendo recibido Manifestaciones de Interés por un monto igual o inferior al 55% (cincuenta y cinco por ciento) del valor nominal en circulación de las Obligaciones Negociables Clase I (el “Umbral Mínimo”), las Co-Emisoras deberán informar dicha dispensa antes del inicio de la Fecha de Adjudicación y las Manifestaciones de Interés ingresadas hasta dicho momento perderán su carácter vinculante, pudiendo los Inversores retirar las mismas hasta la finalización de la Fecha de Adjudicación.
12) Modificación, suspensión y/o prórroga del Período de Oferta Pública y/o de la Fecha de Adjudicación : Las
Co-Emisoras, previa consulta a los Agentes Colocadores, podrán suspender, interrumpir o prorrogar, el Período de Oferta Pública y/o la Fecha de Adjudicación en cualquier momento de los mismos, en cuyo caso dicha alteración será informada con anterioridad al fin del Período de Oferta Pública y/o de la Fecha de Adjudicación, según corresponda, mediante un aviso a ser publicado en el Boletín Diario de BCBA (en virtud del ejercicio de la facultad delegada por BYMA a la BCBA, conforme lo dispuesto por la Resolución Nº 18.629 de la CNV), en el sitio web del MAE, en la AIF y en la Página Web de las Co-Emisoras. En ese caso, el Agente de Liquidación será el responsable de modificar el pliego del sistema SIOPEL de conformidad con los nuevos plazos informados.
En caso de (a) modificación de los términos y condiciones esenciales de las Obligaciones Negociables Clase III ofrecidas y/o de la oferta pública de las mismas (excluyendo la eventual dispensa de la Condición para la Emisión, salvo que no se cumpliera con el Umbral Mínimo); y/o (b) extensión del Período de Oferta Pública por un plazo mayor a 15 Días Hábiles contados desde el inicio del Período de Oferta Pública, los Inversores que hubieran presentado Manifestaciones de Interés, podrán a su solo criterio y sin penalidad alguna, retirar tales Manifestaciones de Interés. En caso de que la Fecha de Adjudicación sea finalizada o revocada, o se tome la decisión de no emitir las Obligaciones Negociables Clase III o no continuar con la oferta, todas las Manifestaciones de Interés recibidas quedarán sin efecto en forma automática. Ni las Co-Emisoras ni los Agentes Colocadores serán responsables por la modificación, suspensión o prórroga del Período de Oferta Pública o la Fecha de Adjudicación, y aquellos Inversores que hayan presentado una Manifestación de Interés no tendrán derecho a percibir compensación alguna como resultado de dicha modificación, suspensión y/o prórroga.
13) Procedimiento de Colocación y Adjudicación: La colocación de las Obligaciones Negociables Clase III se realizará mediante el sistema denominado “formación de libro” (“ book building ”) utilizando al efecto el módulo de formación de libro del sistema informático SIOPEL de propiedad del MAE (el “SIOPEL”), garantizando la transparencia y la igualdad de trato entre los inversores, de conformidad con las Normas de la CNV, y en particular de conformidad con el Artículo 1, Sección I, Capítulo IV, Título VI de las Normas de la CNV. El mecanismo de adjudicación se encuentra descripto en el Suplemento. Para mayor información sobre estas y otras cuestiones relativas a la colocación de las Obligaciones Negociables Clase III, ver “ Plan de Distribución ” del Suplemento.
14) Valor Nominal Ofrecido: Hasta U$S31.000.000 (Dólares Estadounidenses treinta y un millones). El valor nominal total a ser emitido será informado oportunamente en el Aviso de Resultados.
15) Moneda de Denominación y Pago: Dólares Estadounidenses.
Todos los pagos que se efectúen bajo las Obligaciones Negociables Clase III se realizarán en Dólares Estadounidenses por emitirse las Obligaciones Negociables Clase III de conformidad con, y en el marco de, lo establecido en el punto 1 de la Comunicación “A” 6792 de fecha 24 de septiembre de 2019 (conforme fuera modificada y
complementada) del BCRA. De conformidad con lo previsto en el artículo 4° de la Ley de Obligaciones Negociables, no será de aplicación lo dispuesto en el artículo 765 del Código Civil y Comercial de la Nación. Si en cualquier Fecha de Pago de Intereses y/o Fecha de Amortización con respecto a las Obligaciones Negociables Clase III las Sociedades no tuvieran acceso a Dólares Estadounidenses como resultado de una restricción o prohibición legal impuesta en Argentina, las Sociedades obtendrán (a su propio costo) dichos Dólares Estadounidenses mediante (i) la venta de cualquier título público denominado en Dólares Estadounidenses por un monto y valor nominal suficientes a fin de que, una vez vendidos, el producido de la venta dé como resultado, neto de impuestos, gastos y comisiones que puedan ser de aplicación en relación con la venta de dichos títulos, una suma de Dólares Estadounidenses igual al monto en Dólares Estadounidenses adeudado en concepto de Pago de Intereses y/o de Amortización bajo las Obligaciones Negociables Clase III, o (ii) cualquier mecanismo licito para la adquisición de Dólares Estadounidenses en cualquier mercado de divisas.
16) Descripción : Obligaciones negociables simples no convertibles en acciones, no subordinadas y avaladas por el Avalista. Las Co-Emisoras serán solidariamente responsables por todas las obligaciones que surjan de las Obligaciones Negociables Clase III.
17) Rango y garantía: Las Obligaciones Negociables Clase III serán obligaciones directas e incondicionales de las CoEmisoras, garantizadas por el Avalista, que gozarán en todo momento del mismo grado de privilegio sin ninguna preferencia entre sí. Las obligaciones de pago de las CoEmisoras respecto de las Obligaciones Negociables Clase III, salvo lo dispuesto o lo que pudiera ser contemplado por la ley argentina, tendrán en todo momento, por lo menos, igual prioridad de pago que todas las demás obligaciones con garantía común y no subordinadas, presentes y/o futuras, de las Co-Emisoras existentes y aquellas oportunamente vigentes.
Las Obligaciones Negociables Clase III estarán avaladas por el Avalista, sociedad vinculada de las Co-Emisoras, en virtud del Aval a ser perfeccionado mediante la firma, por parte del Avalista, del certificado global a ser depositado en la CVSA en el que estarán representadas las Obligaciones Negociables Clase III. El Aval constituirá una obligación con garantía común, no subordinada e incondicional del Avalista y tendrá, en todo momento, el mismo rango de prelación respecto de todas las obligaciones no garantizadas y no subordinadas, presentes y futuras, del Avalista (salvo aquéllas a las que la ley aplicable les otorga preferencia). Para mayor detalle ver “Oferta de las Obligaciones Negociables Clase III - Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables Clase III- Rango y garantía” del Suplemento
18) Precio de Emisión: 100% del valor nominal.
19) Monto Mínimo de Suscripción: U$S 1 (Dólares Estadounidenses uno) y múltiplos de U$S1 (Dólares Estadounidenses uno) por encima de dicho monto.
20) Unidad Mínima de Negociación y Denominación Mínima: U$S 1 (Dólares Estadounidenses uno) y múltiplos de U$S1 (Dólares Estadounidenses uno) por encima de dicho monto.
21) Forma/Registro: Las Obligaciones Negociables Clase III se encontrarán representadas bajo la forma de un certificado global permanente, que será depositado por las Co-Emisoras en el sistema de depósito colectivo llevado por CVSA de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 24.587 de Nominatividad de los Títulos Valores Privados. Los tenedores renuncian al derecho a exigir la entrega de láminas individuales. Las transferencias se realizarán dentro del sistema de depósito colectivo, conforme a la Ley N° 20.643 y sus posteriores modificaciones, encontrándose habilitada la CVSA para cobrar los aranceles de los depositantes, que éstos podrán trasladar a los tenedores.
22) Pagos : Todos los pagos de intereses y amortizaciones de las Obligaciones Negociables Clase III serán efectuados por las Co-Emisoras mediante transferencia de los importes correspondientes a CVSA para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores de las Obligaciones Negociables Clase III (los “Tenedores”) con derecho a cobro en las Fechas de Pago de Intereses. Las Co-Emisoras cumplirán con su obligación de pago mediante la transferencia de los fondos que resulten necesarios a CVSA. En caso que el día de la fecha de pago no sea un Día Hábil, o de no existir dicho día, la fecha de pago correspondiente será el primer Día Hábil siguiente.
Las Compañías tendrán a su cargo informar a los Tenedores, a través de la publicación de un aviso de pago de servicios, los importes a ser abonados bajo las Obligaciones Negociables Clase III en cada fecha en que corresponda realizar un pago bajo las mismas, discriminando los conceptos.
23) Fecha de Emisión y Liquidación: Será a los 3 Días Hábiles de la Fecha de Adjudicación.
24) Fecha de Vencimiento: Las Obligaciones Negociables Clase III tendrán como fecha de vencimiento el 11 de abril de 2021 (la “Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Clase III”) o de no ser un Día Hábil (conforme dicho término se define más adelante) o de no existir ese día, será el primer Día Hábil siguiente.
25) Amortización y Fechas de Amortización: El capital de las Obligaciones Negociables Clase III será amortizado en 2 (dos) pagos consecutivos, equivalentes: la primera cuota al 10% del valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase III; y la segunda al 90% restante del valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase III, pagaderas la primera cuota el 11 de octubre de 2020 y la segunda cuota en la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Clase III (las “Fechas de Amortización”).
26) Tasa de Interés: El capital no amortizado de las Obligaciones Negociables Clase III devengará intereses a una tasa de interés fija (la “Tasa de Interés Aplicable” según corresponda) de:
-
(a) Desde la Fecha de Emisión y Liquidación (inclusive) y hasta la primera Fecha de Amortización (exclusive) a una tasa de interés nominal anual equivalente a: 8,00%; y
-
(b) Desde la primera Fecha de Amortización (inclusive) y hasta la Fecha de Vencimiento (exclusive) una tasa de interés nominal anual equivalente al: 13,00%.
Los intereses correspondientes a cada Período de Devengamiento de Intereses serán calculados por cada Fecha de Pago de Intereses por el Agente de Cálculo, en la fecha de cálculo, e informada por GEMSA y CTR en el aviso de pago correspondiente a los intereses devengados durante dicho período a ser publicado en el Boletín Diario de la BCBA, en el sitio web del MAE, en la AIF y en la Página Web de las CoEmisoras.
27) Período de Devengamiento de Intereses: Es el período comprendido entre una Fecha de Pago de Intereses y la Fecha de Pago de Intereses inmediatamente posterior, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. Respecto de la primera Fecha de Pago de Intereses, se considerará Período de Devengamiento de Intereses el comprendido entre la Fecha de Emisión y Liquidación y la primera Fecha de Pago de Intereses, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. Respecto de la última Fecha de Pago de Intereses, se considerará Período de Devengamiento de Intereses el comprendido entre la Fecha de Pago de Intereses inmediata anterior a la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Clase III (inclusive) y la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Clase III (exclusive).
28) Base del Cálculo de Intereses : Los intereses se computarán en base a cantidad real de días transcurridos sobre un año de 365 días (cantidad real de días transcurridos/365).
29) Fechas de Pago de Intereses : Los intereses de las Obligaciones Negociables Clase III se pagarán en forma vencida. Los pagos de intereses serán realizados en forma trimestral (salvo por la Primera Fecha de Pago de Intereses que tendrá un Período de Devengamiento de Intereses irregular). La Primera Fecha de Pago de Intereses y las restantes fechas de pago de intereses se informarán en el Aviso de Resultados (cada una, una “Fecha de Pago de Intereses”). La última Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables Clase III coincidirá con la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Clase III. En el caso que la Fecha de Pago de Intereses no sea un Día Hábil o no existir dicho día, será el primer Día Hábil siguiente, devengándose intereses durante el período comprendido entre la supuesta Fecha de Pago de Intereses pautada que resultó no ser un Día Hábil y el Día Hábil siguiente (que será efectivamente la Fecha de Pago de Intereses).
30) Primera Fecha de Pago de Intereses : Será el 11 de enero de 2020. En el caso que no sea un Día Hábil o no existir dicho día, será el primer Día Hábil siguiente.
31) Suscripción e Integración : Las Obligaciones Negociables Clase III deberán ser suscriptas e integradas en especie con las Obligaciones Negociables Clase I emitidas por las Co-Emisoras, a la Relación de Canje.
Se entiende por “Obligaciones Negociables Clase I” las obligaciones negociables clase I en circulación, emitidas por las Co-Emisoras en fecha 11 de octubre de 2017, por V/N U$S 30.000.000 (Dólares Estadounidenses treinta millones), a una tasa del interés fija de 6,68% nominal anual, con vencimiento el 11 de octubre de 2020, cuyos términos y condiciones fueran publicados en el suplemento de precio correspondiente de fecha 29 de septiembre de 2017, código de especie en Caja de Valores S.A. (“CVSA”): 52.909. Las
Obligaciones Negociables Clase I fueron emitidas por las CoEmisoras en el marco del programa de emisión de obligaciones negociables simples (no convertibles en acciones) por hasta U$S 100.000.000 (Dólares Estadounidenses cien millones) (o su equivalente en otras monedas) autorizado por Resolución Nº RESFC-201718947-APN-DIR#CNV de fecha 26 de septiembre de 2017 de la CNV, el cual fue aumentado por Resolución Nº RESFC2019-20111-APN-DIR#CNV de fecha 8 de marzo de 2019 de la CNV.
32) Relación de Canje : La relación de canje a efectos de la integración en especie de las Obligaciones Negociables Clase III será de U$S 1.009882 de valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase III por cada U$S1 de valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase I integradas en especie.
Los servicios de intereses devengados y no pagados de las Obligaciones Negociables Clase I ofrecidas en canje a través de CVSA, no serán pagados por las Co-Emisoras directamente, sino que dichos intereses se encuentran incluidos en la Relación de Canje. En caso en que la Fecha de Emisión y Liquidación sufriera alguna modificación respecto del período original previsto para la Fecha de Emisión y Liquidación en el presente Aviso de Suscripción, las CoEmisoras informarán una nueva Relación de Canje a efectos de reflejar el valor técnico de las Obligaciones Negociables Clase I integradas en especie a través de la publicación de un aviso complementario al Suplemento y al presente Aviso de Suscripción.
El tenedor de Obligaciones Negociables Clase I que decida no presentar Manifestaciones de Interés por las Obligaciones Negociables Clase III integrando en especie con las Obligaciones Negociables Clase I no verá afectado sus derechos respecto de tales Obligaciones Negociables Clase I y continuarán vigentes los términos y condiciones de sus Obligaciones Negociables Clase I, los cuales continuarán rigiéndose por el suplemento de precio correspondiente a dichos títulos, publicado en la AIF.
33) Contraprestación en Pesos: En la Fecha de Emisión y Liquidación, las Co-Emisoras pagarán a cada Tenedor que: (a) hubiera ofrecido integrar la Manifestación de Interés mediante la entrega de Obligaciones Negociables Clase I durante el Período Temprano y (b) resulte adjudicatario de las Obligaciones Negociables Clase III, una contraprestación en efectivo equivalente al 0,5% del valor nominal del capital de las Obligaciones Negociables Clase I integradas en especie (la “Contraprestación en Pesos”). La Contraprestación en Pesos será abonada por las Co-Emisoras en pesos al Tipo de Cambio de la Contraprestación, según el mecanismo que se informe por un aviso complementario al presente Aviso de Suscripción.
Se entenderá por “Tipo de Cambio de la Contraprestación” el tipo de cambio determinado y publicado por el BCRA mediante la Comunicación “A” 3500 (o la regulación que la sucediere o modificare en el futuro) el Día Hábil anterior a la Fecha de Emisión y Liquidación, el cual será informado a través de la publicación de un aviso complementario al Suplemento y al presente Aviso de Suscripción.
34) Comisión aplicable a agentes del MAE : Las CoEmisoras pagarán una comisión a los agentes del MAE
(distintos de los Agentes Colocadores) una comisión equivalente al 1% del V/N de las Obligaciones Negociables Clase III adjudicadas cuando se acredite a la Co-Emisoras y/o a los Agentes Colocadores que las Manifestaciones de Interés corresponden a Inversores Minoristas. El mecanismo de pago de esta comisión y la definición de Inversores Minoristas se definirá en un aviso complementario al presente Aviso de Suscripción.
35) Rescate por Razones Impositivas: Las Co-Emisoras podrán rescatar las Obligaciones Negociables Clase III en su totalidad, pero no parcialmente, respetando siempre el trato igualitario de los inversores, en caso que las Co-Emisoras se encuentren, o vayan a encontrarse, obligadas a abonar cualquier monto adicional bajo la sección “De la Oferta y la Negociación – Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables - Montos Adicionales” del Prospecto. Para más información ver “ De la Oferta y la Negociación – Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables - Rescate por Razones Impositivas ” del Prospecto.
36) Rescate y recompra a opción de las Co-Emisoras: Las Co-Emisoras no tendrán derecho al rescate de las Obligaciones Negociables Clase III en forma discrecional, sin perjuicio de la facultad de las Co-Emisoras de recomprarlas.
En caso que esté permitido por la normativa aplicable y las Co-Emisoras lleven a cabo una recompra de las Obligaciones Negociables Clase III, deberán informar la misma inmediatamente a través de la publicación de un hecho relevante que se publicará en el Boletín Diario de la BCBA (publicado por cuenta y orden de BYMA), en el sitio web del MAE y en el sitio web de la CNV a través de la AIF. Asimismo, si luego de la recompra hubiere una Fecha de Pago de Intereses y las Obligaciones Negociables Clase III recompradas aún se encontraren en poder de las CoEmisoras por no haberse cancelado las mismas, las CoEmisoras deberán informar a CVSA (mediante un aviso de exclusión de pago) esta situación a los fines de que CVSA proceda a excluir del pago de intereses a dichas Obligaciones Negociables Clase III recompradas en poder de las CoEmisoras. El procedimiento de determinación del precio y los términos y condiciones de la recompra de las Obligaciones Negociables Clase III serán acordados individualmente con
el tenedor de dichas obligaciones negociables que corresponda.
38) Listado y Negociación: Las Co-Emisoras solicitarán la autorización correspondiente para que las Obligaciones Negociables Clase III sean listadas en BYMA y que se negocien en el MAE. No se solicitará autorización para el listado y/o la negociación en bolsas o mercados del exterior.
39) Destino de los Fondos : En los términos previstos por el Artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables y la Comunicación “A” 6792 del BCRA, las Co-Emisoras destinarán el producido neto de la suscripción de las Obligaciones Negociables Clase III a la refinanciación de pasivos de las Co-Emisoras mediante la cancelación total o parcial de las Obligaciones Negociables Clase I.
40) Calificación de Riesgo : El Programa no cuenta con calificación de riesgo. Las Obligaciones Negociables Clase III han sido calificadas por Fix Scr S.A. (afiliada de Fitch Ratings), Agente de Calificación de Riesgo - Reg. CNV N° 9, con la nota “BBB (arg)” conforme el dictamen de fecha 22 de noviembre de 2019. Ver el significado de la calificación de riesgo en “ Información Adicional – Calificación de Riesgo ” del presente Suplemento.
41) Euroclear/Clearstream: Las Co-Emisoras solicitarán que las Obligaciones Negociables Clase III sean elegibles para su transferencia a través de Euroclear Bank S.A./N.V. (“Euroclear”) y/o Clearstream Banking S.A. (“Clearstream”), cuya aceptación dependerá de dichas centrales de depósito, no teniendo las Co-Emisoras responsabilidad alguna respecto de ello.
42) Número de ISIN: Será informado en el Aviso de Resultados.
43) Ley Aplicable : Las Obligaciones Negociables Clase III se regirán por, y serán interpretadas de conformidad con, las leyes de la República Argentina y en particular la LGS, la Ley de Obligaciones Negociables Clase III, la Ley de Mercado de Capitales, la Ley de Financiamiento Productivo y las Normas de la CNV.
La información incluida en el presente es información parcial que deberá ser completada con la información contenida en el Prospecto y en el Suplemento. Los interesados deben considerar cuidadosamente la información contenida en dichos documentos antes de tomar una decisión de invertir en las Obligaciones Negociables Clase III. Las Co-Emisoras recomiendan la lectura y examen del Prospecto y del Suplemento en su totalidad y de los estados contables de las CoEmisoras y Albanesi S.A. y sus notas correspondientes por el ejercicio anual finalizado el 31 de diciembre de 2018 y por el ejercicio trimestral finalizado el 30 de septiembre de 2019, así como también aquella otra información contable de cada Co-Emisora incorporada al Prospecto por referencia, disponibles en la AIF, en la Página Web de las Co-Emisoras y en la sede social de las Co-Emisoras, sita Av. Leandro N. Alem 855, Piso 14 (C1001AAD), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina, en Días Hábiles en el horario de 10:00 a 15:00 horas (Tel.: 4313-6790, Fax.: 4311-5286, e-mail: [email protected]) o en Días Hábiles en las oficinas de los Agentes Colocadores que se indican más arriba, en el horario de 10:00 a 15:00 horas.
Oferta Pública autorizada por Resolución Nº RESFC-2017-18947-APN-DIR#CNV de fecha 26 de septiembre de 2017 y el aumento del monto del Programa por Resolución Nº RESFC-2019-20111-APN-DIR#CNV de fecha 8 de marzo de 2019. Esta autorización sólo significa que se ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información. La CNV no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en el Prospecto y/o en el Suplemento. La veracidad de la información contable, económica y financiera, así como de toda otra información suministrada en el Prospecto y/o en el Suplemento, es exclusiva responsabilidad de los directorios y, en lo que les atañe, de los órganos de fiscalización de las Co-Emisorasy de los auditores en cuanto a sus respectivos informes sobre los estados contables que se acompañan y demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la Ley de Mercado de Capitales. Los directorios de las Co-Emisoras manifiestan, con carácter de declaración jurada, que el Prospecto y en el Suplemento contienen, a la fecha de su
publicación, información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera de las Co-Emisoras y de toda aquélla que deba ser de conocimiento del público inversor con relación a la presente emisión, conforme las normas vigentes.
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Organizadores
Banco de Servicios y Transacciones S.A. Balanz Capital Valores S.A.U. SBS Trading S.A.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Liquidación y Compensación - Integral
Agente de Negociación Integral Agente de Negociación Integral y Agente de Negociación
Matrícula CNV N°64 Matrícula CNV N° 210 Número de matrícula asignado 53 de la CNV
Agentes Colocadores
Banco de Servicios y Transacciones S.A. Balanz Capital Valores S.A.U. SBS Trading S.A.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Liquidación y Compensación - Integral
Agente de Negociación Integral Agente de Negociación Integral y Agente de Negociación
Matrícula CNV N°64 Matrícula CNV N° 210 Número de matrícula asignado 53 de la CNV
La fecha de este Aviso de Suscripción es 22 de noviembre de 2019
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_________ Luciana Godoy Mosso Autorizado