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Capex S.A. Audit Report / Information 2025

Jul 10, 2025

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Audit Report / Information

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Acta N° 226: En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 8 días del mes de julio de 2025, siendo las 16, se reúnen los miembros titulares de la Comisión Fiscalizadora de Capex S.A.. Hace uso de la palabra el Sr. Norberto Luis Feoli y expresa que se ha dado por finalizada la revisión de sindicatura correspondiente al ejercicio económico trigésimo séptimo iniciado el 1 de mayo de 2024 y finalizado el 30 de abril de 2025. A dichos efectos, se verificó el cumplimiento del pago de las cargas sociales y fiscales, el estado de los libros rubricados y se practicó un análisis de las principales variaciones patrimoniales y de resultados producidas durante el ejercicio, culminando la tarea con la revisión de los estados financieros de Capex S.A. por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2025, presentados en forma comparativa. Se somete a consideración de los restantes miembros de la Comisión. Luego de un breve intercambio de opiniones, se resuelve dar por aprobado todo lo actuado hasta la fecha, y elevar a los señores accionistas los Informes de la Comisión Fiscalizadora que se incluyen a continuación:

INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA SOBRE ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS

Señores Accionistas de Capex S.A. Domicilio legal: Avenida Córdoba 948/950 Piso 8 C Ciudad Autónoma de Buenos Aires CUIT: 30-62982706-0

Informe sobre los controles realizados como miembros de la Comisión Fiscalizadora respecto de los estados financieros consolidados y la Memoria del Directorio

Opinión

Hemos llevado a cabo los controles que nos imponen como síndicos la legislación vigente, el estatuto social, las regulaciones pertinentes y las normas profesionales para contadores públicos, acerca de los estados financieros consolidados de Capex S.A., que comprenden los estados de resultados integrales consolidados por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2025, de situación patrimonial consolidada al 30 de abril de 2025, de cambios en el patrimonio consolidado por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2025 y de flujos de efectivo consolidados por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2025, así como las Notas 1 a 44, explicativas de los estados financieros, que incluyen un resumen de las políticas contables significativas; y la Memoria del Directorio correspondientes al ejercicio finalizado en dicha fecha.

En nuestra opinión, los estados financieros mencionados en el primer párrafo, que se adjuntan a este informe y firmamos a los fines de su identificación, presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación patrimonial consolidada de Capex S.A. al 30 de abril de 2025, así como sus resultados integrales consolidados, y los flujos de efectivo consolidados correspondientes al ejercicio finalizado en esa fecha, de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

Asimismo, en nuestra opinión, la Memoria del Directorio cumple con los requisitos legales y estatutarios, resultando las afirmaciones acerca de la gestión llevada a cabo y de las perspectivas futuras, de exclusiva responsabilidad del Directorio.

En cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 4 del Capítulo XXI de las Normas de la Comisión Nacional de Valores y de la Resolución N° 368 de dicha Comisión, manifestamos que:

  • i) Las políticas de contabilización y auditoría de la Sociedad responden a normas en la materia y exhiben una calidad razonable, y que el auditor externo lleva a cabo su labor con un grado satisfactorio de objetividad e independencia, según surge del informe emitido al respecto por el Comité de Auditoría.

  • ii) Los estados financieros consolidados han sido preparados teniendo en cuenta las normas contables aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las disposiciones de la Comisión Nacional de Valores.

Fundamentos de la opinión

Hemos llevado a cabo nuestros controles cumpliendo con las normas legales y profesionales vigentes para el síndico societario, contempladas, entre otras, en la Ley General de Sociedades y en la Resolución Técnica N° 15 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE). Dichas normas requieren que los exámenes de los estados financieros consolidados se efectúen de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría (NIAs), las que fueron adoptadas como normas de auditoría en Argentina por la FACPCE mediante la Resolución Técnica N° 32, tal y como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB por sus siglas en inglés) e incluyen la verificación de la razonabilidad de la información significativa de los documentos examinados y su congruencia con la restante información sobre las decisiones societarias de las que hemos tomado conocimiento, expuestas en actas del Directorio y de Asamblea, así como la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales.. Nuestras responsabilidades de acuerdo con las normas mencionadas se describen más adelante en la sección “Responsabilidades de la Comisión Fiscalizadora en relación con la auditoría de los estados financieros consolidados y la Memoria del Directorio”.

Para realizar nuestra tarea profesional sobre los documentos citados en el primer párrafo, hemos revisado la auditoría efectuada por los auditores externos de Capex S.A., Price Waterhouse & Co. S.R.L., quienes emitieron su informe en el día de la fecha, sin salvedades, de acuerdo con las normas de auditoría establecidas en la Resolución Técnica N° 32 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas exigen que cumplan con los requerimientos de ética, así como que planifiquen y ejecuten la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los estados financieros estén libres de incorrecciones significativas. Dicha revisión incluyó la verificación de la planificación del trabajo, de la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos aplicados y de los resultados de la auditoría efectuada por dichos profesionales.

Responsabilidades del Directorio y del Comité de Auditoría de Capex S.A. en relación con los estados financieros consolidados

El Directorio de Capex S.A. es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados financieros consolidados adjuntos de conformidad con las NIIF, y del control interno que considere necesario para permitir la preparación de estados financieros libres de incorrecciones significativas debidas a fraude o error.

En la preparación de los estados financieros consolidados, el Directorio es responsable de la evaluación de la capacidad de Capex S.A. para continuar como empresa en funcionamiento, revelando, en caso de corresponder, las cuestiones relacionadas con este tema y utilizando este principio contable, excepto si el Directorio tuviera intención de liquidar la Sociedad o de cesar sus operaciones, o bien no existiera otra alternativa realista de continuidad.

Responsabilidades de la Comisión Fiscalizadora en relación con la auditoría de los estados financieros consolidados y la Memoria del Directorio

Nuestros objetivos son obtener una seguridad razonable de que los estados financieros consolidados en su conjunto estén libres de incorrección significativa, debida a fraude o error, y emitir un informe de auditoría que contenga nuestra opinión. Seguridad razonable es un alto grado de seguridad, pero no garantiza que una auditoría realizada de conformidad con las NIA siempre detecte una incorrección significativa cuando exista. Las incorrecciones pueden deberse a fraude o error y se consideran significativas si, individualmente o de forma agregada, puede preverse razonablemente que influyan en las decisiones económicas que los usuarios toman basándose en los estados financieros consolidados.

Como parte de una auditoría de conformidad con las NIA, aplicamos nuestro juicio profesional y mantenemos una actitud de escepticismo profesional durante toda la auditoría. También:

  • a) Identificamos y evaluamos los riesgos de incorrecciones significativas en los estados financieros consolidados debidas a fraude o error, diseñamos y aplicamos procedimientos de auditoría para responder a dichos riesgos y obtenemos elementos de juicio suficientes y adecuados para proporcionar una base para nuestra opinión.

  • b) Obtenemos conocimiento del control interno relevante para la auditoría con el fin de diseñar procedimientos que sean apropiados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la Sociedad.

  • c) Evaluamos si las políticas contables aplicadas son adecuadas, así como la razonabilidad de las estimaciones contables y la correspondiente información revelada por el Directorio de Capex S,A,.

  • d) Concluimos sobre lo adecuado de la utilización por el Directorio de Capex S.A. del principio contable de empresa en funcionamiento y, basándonos en los elementos de juicio obtenidos, concluimos sobre si existe o no una incertidumbre significativa relacionada con hechos o con condiciones que puedan generar dudas importantes sobre la capacidad de Capex S.A. para continuar como empresa en funcionamiento. Si concluimos que existe una incertidumbre significativa, se requiere que llamemos la atención en nuestro informe como síndicos sobre la información expuesta en los estados financieros consolidados o en la Memoria, o si dicha información expuesta no fuera adecuada, que expresemos una opinión modificada. Nuestras conclusiones se basan en los elementos de juicio obtenidos hasta la fecha de nuestro informe como síndicos. Sin embargo, hechos o condiciones futuros pueden ser causa de que la Sociedad deje de ser una empresa en funcionamiento.

  • e) Evaluamos la presentación general, la estructura y el contenido de los estados financieros consolidados, incluida la información revelada, y si los estados

financieros consolidados representan las transacciones y hechos subyacentes de un modo que logren una presentación razonable.

  • f) Nos comunicamos con el Directorio de Capex S.A. en relación con, entre otras cuestiones, la estrategia general de la planificación y ejecución de nuestros procedimientos de auditoría como síndicos, y los hallazgos significativos en nuestra actuación como responsables de la fiscalización privada, así como cualquier deficiencia significativa del control interno identificada en el transcurso de nuestra actuación como síndicos.

También proporcionamos al Directorio de Capex S.A. una declaración de que hemos cumplido con los requerimientos de ética aplicables relacionados con nuestra independencia.

Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios

  • a) Al 30 de abril de 2025, según surge de los registros contables, la deuda devengada a favor del Sistema Integrado Previsional argentino asciende a $ 743.322.612 , no siendo exigible a dicha fecha.

  • b) Los estados financieros consolidados adjuntos surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

  • c) Hemos leído la reseña informativa, sobre la cual, en lo que es materia de nuestra competencia, no tenemos ninguna observación que formular

  • d) En el desempeño de nuestra función consideramos haber cumplido con nuestros deberes como síndicos conforme lo prescribe la Ley General de Sociedades.

  • e) Se ha dado cumplimiento a las Resoluciones 7/15 y 9/15 de la Inspección General de Justicia respecto de la constitución de las garantías de los Directores.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 8 de julio de 2025.

Por Comisión Fiscalizadora

INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA SOBRE ESTADOS FINANCIEROS SEPARADOS

Señores Accionistas de Capex S.A. Domicilio legal: Avenida Córdoba 948/950 Piso 8 C Ciudad Autónoma de Buenos Aires CUIT: 30-62982706-0

Informe sobre los controles realizados como miembros de la Comisión Fiscalizadora respecto de los estados financieros separados

Opinión

Hemos llevado a cabo los controles que nos imponen como síndicos la legislación vigente, el estatuto social, las regulaciones pertinentes y las normas profesionales para contadores públicos, acerca de los estados financieros separados de Capex S.A., que comprenden los estados de resultados integrales separados por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2025, de situación patrimonial separada al 30 de abril de 2025, de cambios en el patrimonio

separado por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2025 y de flujos de efectivo separados por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2025, así como las Notas 1 a 43, explicativas de los estados financieros, que incluyen un resumen de las políticas contables significativas; y el Inventario correspondientes al ejercicio finalizado en dicha fecha.

En nuestra opinión, los estados financieros mencionados en el primer párrafo, que se adjuntan a este informe y firmamos a los fines de su identificación, presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación patrimonial separada de Capex S.A. al 30 de abril de 2025, así como sus resultados integrales separados, y los flujos de efectivo separados correspondientes al ejercicio finalizado en esa fecha, de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

En cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 4 del Capítulo XXI de las Normas de la Comisión Nacional de Valores y de la Resolución N° 368 de dicha Comisión, manifestamos que:

  • iii) Las políticas de contabilización y auditoría de la Sociedad responden a normas en la materia y exhiben una calidad razonable, y que el auditor externo lleva a cabo su labor con un grado satisfactorio de objetividad e independencia, según surge del informe emitido al respecto por el Comité de Auditoría.

  • iv) Los estados financieros separados han sido preparados teniendo en cuenta las normas contables aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las disposiciones de la Comisión Nacional de Valores.

Fundamentos de la opinión

Hemos llevado a cabo nuestros controles cumpliendo con las normas legales y profesionales vigentes para el síndico societario, contempladas, entre otras, en la Ley General de Sociedades y en la Resolución Técnica N° 15 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE). Dichas normas requieren que los exámenes de los estados financieros separados se efectúen de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría (NIAs), las que fueron adoptadas como normas de auditoría en Argentina por la FACPCE mediante la Resolución Técnica N° 32, tal y como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB por sus siglas en inglés) e incluyen la verificación de la razonabilidad de la información significativa de los documentos examinados y su congruencia con la restante información sobre las decisiones societarias de las que hemos tomado conocimiento, expuestas en actas del Directorio y de Asamblea, así como la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Nuestras responsabilidades de acuerdo con las normas mencionadas se describen más adelante en la sección “Responsabilidades de la Comisión Fiscalizadora en relación con la auditoría de los estados financieros separados y la Memoria del Directorio”.

Para realizar nuestra tarea profesional sobre los documentos citados en el primer párrafo, hemos revisado la auditoría efectuada por los auditores externos de Capex S.A., Price Waterhouse & Co. S.R.L., quienes emitieron su informe en el día de la fecha, sin salvedades, de acuerdo con las normas de auditoría establecidas en la Resolución Técnica N° 32 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas exigen que cumplan con los requerimientos de ética, así como que planifiquen y ejecuten la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los estados financieros estén libres de incorrecciones significativas. Dicha revisión incluyó la verificación de la planificación del trabajo, de la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos aplicados y de los resultados de la auditoría efectuada por dichos profesionales.

Responsabilidades del Directorio y del Comité de Auditoría de Capex S.A. en relación con los estados financieros separados

El Directorio de Capex S.A. es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados financieros separados adjuntos de conformidad con las NIIF, y del control interno que considere necesario para permitir la preparación de estados financieros libres de incorrecciones significativas debidas a fraude o error.

En la preparación de los estados financieros separados, el Directorio es responsable de la evaluación de la capacidad de Capex S.A. para continuar como empresa en funcionamiento, revelando, en caso de corresponder, las cuestiones relacionadas con este tema y utilizando este principio contable, excepto si el Directorio tuviera intención de liquidar la Sociedad o de cesar sus operaciones, o bien no existiera otra alternativa realista de continuidad.

Responsabilidades de la Comisión Fiscalizadora en relación con la auditoría de los estados financieros separados

Nuestros objetivos son obtener una seguridad razonable de que los estados financieros separados en su conjunto estén libres de incorrección significativa, debida a fraude o error, y emitir un informe de auditoría que contenga nuestra opinión. Seguridad razonable es un alto grado de seguridad, pero no garantiza que una auditoría realizada de conformidad con las NIA siempre detecte una incorrección significativa cuando exista. Las incorrecciones pueden deberse a fraude o error y se consideran significativas si, individualmente o de forma agregada, puede preverse razonablemente que influyan en las decisiones económicas que los usuarios toman basándose en los estados financieros separados.

Como parte de una auditoría de conformidad con las NIA, aplicamos nuestro juicio profesional y mantenemos una actitud de escepticismo profesional durante toda la auditoría. También:

  • a) Identificamos y evaluamos los riesgos de incorrecciones significativas en los estados financieros separados debidas a fraude o error, diseñamos y aplicamos procedimientos de auditoría para responder a dichos riesgos y obtenemos elementos de juicio suficientes y adecuados para proporcionar una base para nuestra opinión.

  • b) Obtenemos conocimiento del control interno relevante para la auditoría con el fin de diseñar procedimientos que sean apropiados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la Sociedad.

  • c) Evaluamos si las políticas contables aplicadas son adecuadas, así como la razonabilidad de las estimaciones contables y la correspondiente información revelada por el Directorio de Capex S,A,.

  • d) Concluimos sobre lo adecuado de la utilización por el Directorio de Capex S.A. del principio contable de empresa en funcionamiento y, basándonos en los elementos de juicio obtenidos, concluimos sobre si existe o no una incertidumbre significativa relacionada con hechos o con condiciones que puedan generar dudas importantes sobre la capacidad de Capex S.A. para continuar como empresa en funcionamiento. Si concluimos que existe una incertidumbre significativa, se requiere que llamemos la atención en nuestro informe como síndicos sobre la información expuesta en los estados financieros separados, o si dicha información expuesta no fuera adecuada, que expresemos una opinión modificada. Nuestras conclusiones se basan en los elementos de juicio obtenidos hasta la fecha de nuestro informe como síndicos. Sin embargo, hechos o condiciones futuros pueden ser causa de que la Sociedad deje de ser una empresa en funcionamiento.

  • e) Evaluamos la presentación general, la estructura y el contenido de los estados financieros separados, incluida la información revelada, y si los estados financieros separados representan las transacciones y hechos subyacentes de un modo que logren una presentación razonable.

  • f) Nos comunicamos con el Directorio de Capex S.A. en relación con, entre otras cuestiones, la estrategia general de la planificación y ejecución de nuestros procedimientos de auditoría como síndicos, y los hallazgos significativos en nuestra actuación como responsables de la fiscalización privada, así como cualquier deficiencia significativa del control interno identificada en el transcurso de nuestra actuación como síndicos.

También proporcionamos al Directorio de Capex S.A. una declaración de que hemos cumplido con los requerimientos de ética aplicables relacionados con nuestra independencia.

Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios

  • a) Al 30 de abril de 2025, según surge de los registros contables, la deuda devengada a favor del Sistema Integrado Previsional argentino asciende a $ 743.322.612, no siendo exigible a dicha fecha.

  • b) Los estados financieros separados adjuntos y el correspondiente inventario surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

  • c) En el desempeño de nuestra función consideramos haber cumplido con nuestros deberes como síndicos conforme lo prescribe la Ley General de Sociedades.

  • d) Se ha dado cumplimiento a las Resoluciones 7/15 y 9/15 de la Inspección general de Justicia respecto de la constitución de las garantías de los directores.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 8 de julio de 2025

Por Comisión Fiscalizadora

Asimismo, se decide que cualquiera de los miembros de la Comisión Fiscalizadora pueda firmar indistintamente los estados contables mencionados, los respectivos informes y demás documentación, en representación de esta Comisión. No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, habiendo previamente leído y aprobado la presente acta, siendo las 16.30.

Norberto Feoli

Edgardo Giudicessi

Mario Árraga Penido