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Capex S.A. — Audit Report / Information 2021
Jul 13, 2021
68530_rns_2021-07-12_d9498427-af99-4981-8d08-1151493e36c8.pdf
Audit Report / Information
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Acta N° 202: En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 12 días del mes de julio de 2021, siendo las 12.40
, se reúnen los miembros de la Comisión Fiscalizadora de Capex S.A. , con la presencia a distancia de la totalidad de los miembros de la Comisión , de conformidad con lo previsto por la RG CNV Nro. 830/20, como consecuencia del estado de emergencia sanitaria declarado por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 297/20 y sus sucesivas pr ó rrogas y modificaciones a raíz de la pandemia generada por el coronavirus COVID 19. Hace uso de la palabra el Sr. Norberto Luis Feoli y expresa que se ha dado por finalizada la revisión de sindicatura correspondiente al ejercicio económico trigésimo cuarto iniciado el 1 de mayo de 2020 y finalizado el 30 de abril de 2021. A dichos efectos, se verificó el cumplimiento del pago de las cargas sociales y fiscales, el estado de los libros rubricados y se practicó un análisis de las principales variaciones patrimoniales y de resultados producidas durante el ejercicio, culminando la tarea con la revisión de los estados financieros de Capex S.A. por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2021, presentados en forma comparativa. Se somete a consideración de los restantes miembros de la Comisión. Luego de un breve intercambio de opiniones, se resuelve dar por aprobado todo lo actuado hasta la fecha, y elevar a los señores accionistas los Informes de la Comisión Fiscalizadora que se incluyen a continuación:
INFORME DE LA COMISIÒN FISCALIZADORA SOBRE ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS
Señores Accionistas de Capex S.A. Domicilio legal: Avenida Córdoba 948/950 Piso 5 C CUIT: 30-62982706-0
En nuestro carácter de miembros de la Comisión Fiscalizadora de Capex S.A., hemos examinado los estados financieros consolidados detallados en el párrafo siguiente.
Documentos examinados
a) Estado de situación financiera consolidado al 30 de abril de 2021.
b) Estado de resultados integrales consolidado por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2021.
c) Estado de cambios en el patrimonio consolidado por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2021.
d) Estado de flujos de efectivo consolidado por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2021.
e) Notas 1 a 42.
f) Memoria por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2021. .
Los saldos y otra información correspondientes al ejercicio económico terminado el 30 de abril de 2020 son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y por lo tanto deberán ser considerados en relación con esos estados financieros.
Responsabilidad de la Dirección en relación con los estados contables
El Directorio de la Sociedad es responsable de: a) la preparación y presentación de estos estados financieros consolidados de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), adoptadas por la Federación Argentina de Consejos
Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) como normas contables profesionales argentinas e incorporadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV) a su normativa, tal y como fueran aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB por sus siglas en inglés), y b) la existencia del control interno que considere necesario para permitir la preparación de estados financieros libres de incorrecciones significativas originadas en errores o en irregularidades. Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los estados financieros consolidados, en base a la auditoría que efectuamos con el alcance detallado en el párrafo siguiente.
Responsabilidad del síndico
Nuestro examen fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes establecidas en la Res. Técnica F.A.C.P.C.E. 15 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas requieren que los exámenes de los estados contables se efectúen de acuerdo con Normas Internacionales de Auditoría (NIAs), las que fueron adoptadas como normas de auditoría en Argentina por la FACPCE mediante la Resolución Técnica Nro.32 y sus respectivas Circulares de Adopción, e incluyen la verificación de la razonabilidad de la información significativa de los documentos examinados y su congruencia con la restante información sobre las decisiones societarias de las que hemos tomado conocimiento, expuestas en actas del Directorio y de Asamblea, así como la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales.
Para realizar nuestra tarea profesional sobre los documentos detallados en los incisos a) a e), hemos efectuado una revisión del trabajo efectuado por los auditores externos de Capex S.A., Price Waterhouse & Co. S.R.L., quienes emitieron su informe de auditoría en el día de la fecha, sin salvedades. Dicha revisión incluyó la verificación de la planificación del trabajo, de la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos aplicados y de los resultados del examen de auditoría efectuado por dichos profesionales.
Una auditoría conlleva la aplicación de procedimientos para obtener elementos de juicio sobre las cifras y otra información presentada en los estados financieros consolidados. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluyendo la valoración del riesgo de incorrecciones significativas en los estados financieros consolidados debidas a fraude o error. Al efectuar dicha valoración del riesgo, el auditor debe tener en consideración el control interno pertinente para la preparación y presentación razonable por parte de la Sociedad de los estados financieros consolidados, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean adecuados, en función de las circunstancias, y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la Sociedad. Una auditoría también comprende una evaluación de la adecuación de las políticas contables aplicadas, de la razonabilidad de las estimaciones significativas realizadas por la dirección de la Sociedad y de la presentación de los estados financieros consolidados en su conjunto.
Dado que no es responsabilidad del síndico efectuar un control de gestión, el examen no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio y de la Asamblea.
Asimismo, en relación con la Memoria del Directorio correspondiente al ejercicio terminado el 30 de abril de 2021, hemos verificado que contiene la información requerida por el artículo 66 de la Ley de Sociedades Comerciales y, en lo que es materia de nuestra competencia, que sus datos numéricos concuerdan con los registros contables de la Sociedad y otra documentación pertinente.
Opinión
Basados en el trabajo realizado, con el alcance descripto en los puntos anteriores, informamos que:
-
a) En nuestra opinión, los estados financieros consolidados examinados presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera consolidada de Capex S.A. y sus sociedades controladas al 30 de abril de 2021, su resultado integral consolidado y los flujos de efectivo consolidados por el ejercicio finalizado en esa fecha, de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera.
-
b) No tenemos observaciones que formular, en lo que es materia de nuestra competencia, en relación con la Memoria del Directorio, siendo las afirmaciones sobre hechos futuros responsabilidad exclusiva del directorio.
-
c) En cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 4 del Capítulo XXI de las Normas de la Comisión Nacional de Valores y de la Resolución Nro. 368 de dicha Comisión, manifestamos que:
-
i) Las políticas de contabilización y auditoría de la Sociedad responden a normas en la materia y exhiben una calidad razonable, y que el auditor externo lleva a cabo su labor con un grado satisfactorio de objetividad e independencia, según surge del informe emitido al respecto por el Comité de Auditoría.
-
ii) Los estados financieros, excepto por su falta de transcripción al Libro Inventario y Balances, han sido preparados teniendo en cuenta las normas contables aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las disposiciones de la Comisión Nacional de Valores.
Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios
En cumplimiento de disposiciones vigentes informamos que:
-
a) Los estados financieros consolidados adjuntos surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, excepto por su falta de transcripción al libro Inventario y Balances.
-
b) Hemos leído la reseña informativa, sobre la cual, en lo que es materia de nuestra competencia, no tenemos ninguna observación que formular
-
c) Se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 294 de la Ley de Sociedades Comerciales y al artículo 76 de la Resolución General 7/2015 de la Inspección General de Justicia.
-
d) Hemos verificado que los auditores externos, en su informe de auditoría, indican bajo el inciso e) del acápite “Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios” que han dado cumplimiento a la norma profesional emitida por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12 de julio de 2021
Por Comisión Fiscalizadora
INFORME DE LA COMISIÒN FISCALIZADORA SOBRE ESTADOS FINANCIEROS SEPARADOS
Señores Accionistas de Capex S.A. Domicilio legal: Avenida Córdoba 948/950 Piso 5 C CUIT: 30-62982706-0
En nuestro carácter de miembros de la Comisión Fiscalizadora de Capex S.A., hemos examinado los estados financieros separados detallados en el párrafo siguiente.
Documentos examinados
a) Estado de situación financiera separado al 30 de abril de 2021.
b) Estado de resultados integrales separado por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2021.
c) Estado de cambios en el patrimonio separado por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2021.
d) Estado de flujos de efectivo separado por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2021.
e) Notas 1 a 42.
f) Inventario por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2021. .
Los saldos y otra información correspondientes al ejercicio económico terminado el 30 de abril de 2020 son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y por lo tanto deberán ser considerados en relación con esos estados financieros.
Responsabilidad de la Dirección en relación con los estados contables
El Directorio de la Sociedad es responsable de: a) la preparación y presentación de estos estados financieros separados de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) como normas contables profesionales argentinas e incorporadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV) a su normativa, tal y como fueran aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB por sus siglas en inglés), y b) la existencia del control interno que considere necesario para permitir la preparación de estados financieros libres de incorrecciones significativas originadas en errores o en irregularidades. Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los estados financieros separados, en base a la auditoría que efectuamos con el alcance detallado en el párrafo siguiente.
Responsabilidad del síndico
Nuestro examen fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes establecidas en la Res. Técnica F.A.C.P.C.E. 15 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas requieren que los exámenes de los estados contables se efectúen de acuerdo con Normas Internacionales de Auditoría (NIAs), las que fueron adoptadas como normas de auditoría en Argentina por la FACPCE mediante la Resolución Técnica Nro.32 de la FACPCE y sus respectivas Circulares de Adopción, e incluyen la verificación de la razonabilidad de la información significativa de los
documentos examinados y su congruencia con la restante información sobre las decisiones societarias de las que hemos tomado conocimiento, expuestas en actas del Directorio y de Asamblea, así como la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales.
Para realizar nuestra tarea profesional sobre los documentos detallados en los incisos a) a e), hemos efectuado una revisión del trabajo efectuado por los auditores externos de Capex S.A., Price Waterhouse & Co. S.R.L., quienes emitieron su informe de auditoría en el día de la fecha, sin salvedades. Dicha revisión incluyó la verificación de la planificación del trabajo, de la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos aplicados y de los resultados del examen de auditoría efectuado por dichos profesionales.
Una auditoría conlleva la aplicación de procedimientos para obtener elementos de juicio sobre las cifras y otra información presentada en los estados financieros separados. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluyendo la valoración del riesgo de incorrecciones significativas en los estados financieros separados debidas a fraude o error. Al efectuar dicha valoración del riesgo, el auditor debe tener en consideración el control interno pertinente para la preparación y presentación razonable por parte de la Sociedad de los estados financieros separados, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean adecuados, en función de las circunstancias, y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la Sociedad. Una auditoría también comprende una evaluación de la adecuación de las políticas contables aplicadas, de la razonabilidad de las estimaciones significativas realizadas por la dirección de la Sociedad y de la presentación de los estados financieros separados en su conjunto.
Dado que no es responsabilidad del síndico efectuar un control de gestión, el examen no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio y de la Asamblea.
Opinión
Basados en el trabajo realizado, con el alcance descripto en los puntos anteriores, informamos que:
-
a) En nuestra opinión, los estados financieros separados examinados presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera separada de Capex S.A. al 30 de abril de 2021, su resultado integral separado y los flujos de efectivo separados por el ejercicio finalizado en esa fecha, de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera.
-
b) En cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 4 del Capítulo XXI de las Normas de la Comisión Nacional de Valores y de la Resolución Nro. 368 de dicha Comisión, manifestamos que:
-
i) Las políticas de contabilización y auditoría de la Sociedad responden a normas en la materia y exhiben una calidad razonable, y que el auditor externo lleva a cabo su labor con un grado satisfactorio de objetividad e independencia, según surge del informe emitido al respecto por el Comité de Auditoría.
-
ii) Los estados financieros, excepto por su falta de transcripción al Libro Inventario y Balances, han sido preparados teniendo en cuenta las normas contables aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las disposiciones de la Comisión Nacional de Valores.
Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios
En cumplimiento de disposiciones vigentes informamos que:
-
a) Los estados financieros separados adjuntos surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, excepto por su falta de transcripción al libro Inventario y Balance
-
b) Se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 294 de la Ley de Sociedades Comerciales y al artículo 76 de la Resolución General 7/2015 de la Inspección General de Justicia.
-
c) Hemos verificado que los auditores externos, en su informe de auditoría, indican bajo el inciso e) del acápite “Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios” que han dado cumplimiento a la norma profesional emitida por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12 de julio de 2021
Por Comisión Fiscalizadora
Asimismo, se decide que cualquiera de los miembros de la Comisión Fiscalizadora pueda firmar indistintamente los estados contables mencionados, los respectivos informes y demás documentación, en representación de esta Comisión. No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, habiendo previamente leído y aprobado la presente acta, siendo las 12.56 .
Norberto Feoli
Edgardo Giudicessi
Mario Árraga Penido