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Capex S.A. — Annual Report 2025
Jul 10, 2025
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Annual Report
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PREXIUM S.A.U.
ESTADOS CONTABLES Por el ejercicio irregular de 10 meses y 7 días finalizado el 30 de abril de 2025
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PREXIUM S.A.U.
COMPOSICIÓN DEL DIRECTORIO
Presidente
Sr. Pablo Götz
Vicepresidente
Sr. Alejandro E. Götz
Director Titular
Sr. Rafael A. Götz
Director Suplente
Sr. Miguel Götz
Síndicos Titulares
Sr. Norberto Feoli Sr. Edgardo Giudicessi Sr. Mario Arraga Penido
Síndicos Suplentes
Sra. Claudia Valongo Sra. Andrea Mariana Casas Sra. Claudia Briones
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PREXIUM S.A.U.
ESTADOS CONTABLES
Por el ejercicio irregular de 10 meses y 7 días finalizado el 30 de abril de 2025
ÍNDICE
Memoria Estado de situación patrimonial Estado de resultados Estado de evolución del patrimonio neto Estado de flujo de efectivo Notas a los estados contables Anexos I, II y III Informe de los Auditores Independientes Informe de la Comisión Fiscalizadora
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NOMENCLATURA
Monedas
| Términos $ US$ |
Definición |
|---|---|
| Peso Dólar estadounidense |
Glosario de términos
| Términos CPCECABA BCRA BNA FACPCE IGJ Ha MW PEN RECPAM V/N |
Definición |
|---|---|
| Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Banco Central de la República Argentina Banco de la Nación Argentina Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas Inspección General de Justicia Hectárea Megawat Poder Ejecutivo Nacional Resultado por exposición a cambios en el poder adquisitivo de la moneda Valor nominal |
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MEMORIA
Señores Accionistas:
En cumplimiento de disposiciones estatutarias y legales vigentes, el Directorio de la Sociedad cumple en someter a vuestra consideración la presente Memoria, Inventario, Informe de los Auditores, Informe de la Comisión Fiscalizadora y Estados Contables, correspondientes al ejercicio económico irregular N° 1, iniciado el 24 de junio de 2024 y finalizado el 30 de abril de 2025.
Prexium S.A.U. se constituyó e inció sus actividades el 24 de junio de 2024 e inició sus actividades en septiembre de 2021, siendo su actividad principal la comercialización, compra y venta de hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos, sus derivados y energía eléctrica. Prexium forma parte de un grupo económico, cuya sociedad controlante (Capex S.A.) posee una participación del 100%, del capital y de los votos de la Sociedad.
Contexto Macroeconómico
La Sociedad operó en un contexto económico complejo, cuyas principales variables han tenido una fuerte volatilidad como consecuencia de acontecimientos políticos y económicos, tanto en el ámbito nacional como internacional.
A lo largo del año 2024 el Gobierno Nacional puso en marcha un plan de estabilización económica basado en dos pilares fundamentales: el fiscal y el cambiario. En el ámbito fiscal, al 31 de diciembre de 2024 el gobierno logró un superávit primario y financiero del 2,4% y 0,8% del PBI, respectivamente. Este resultado fue posible gracias a un ajuste del gasto público del 27% en términos reales, pese a los desafíos políticos y sociales. Este ajuste fiscal impactó la actividad económica, que hasta el tercer trimestre de 2024 acumuló una caída del 3% interanual. En el plano monetario, el gobierno aplicó una política que incluyó dos medidas principales: limitar la expansión de la base monetaria amplia y establecer un régimen de crawling peg para el tipo de cambio, con una devaluación mensual del 2% hasta el 31 de enero de 2025, y del 1% a partir de 1 de febrero de 2025, con el fin de anclar las expectativas de devaluación. Esta política fue viable, en parte, debido a la continuidad de ciertos controles de capital.
Los principales indicadores del año 2024 fueron:
-
El país finalizó el año 2024 con una caída de su actividad del 1,7%, según datos del PBI.
-
La inflación acumulada entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024 alcanzó el 117,8% (IPC).
-
Entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2024, el peso se depreció un 27,7% frente al dólar estadounidense, pa- sando de 808,45$/US$ a 1.032 $/US$.
La economía argentina verificó una inflación acumulada del 35,2 % para el ejercicio irregular 10 meses y 7 días finalizado el 30 de abril de 2025, y una depreciación del 28,3% del peso frente al dólar estadounidense para el mismo período, de acuerdo con el tipo de cambio del BNA.
En octubre de 2024, el gobierno lanzó una amnistía fiscal, mediante la cual se declararon más de US$ 32 mil millones, de los cuales US$ 22 mil millones ingresaron en efectivo al sistema. Este resultado no solo contribuyó a fortalecer las cuentas fiscales, sino que también permitió al gobierno recomponer las reservas del BCRA, robusteciendo el mercado local y proporcionando nuevas fuentes de financiamiento.
Hacia finales de 2024, el gobierno comenzó a implementar la reducción de algunos impuestos, incluyendo la eliminación del impuesto PAÍS, cuyo vencimiento operaba el 23 de diciembre de 2024 y no fue prorrogado.
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El 11 de abril de 2025 el gobierno anunció medidas claves para flexibilizar el régimen cambiario, fortalecer el marco monetario y levantar ciertas restricciones. En virtud de esto, se comunicó que la cotización del dólar en el Mercado único y Libre de Cambios (MULC) fluctuaría dentro de una banda móvil entre $/US$ 1.000 y $/US$ 1.400, cuyos límites se ampliarán a un ritmo del 1% mensual.
Según los anuncios realizados por el gobierno nacional estas medidas buscan seguir avanzando en el objetivo prioritario de reducir la inflación, impulsar la actividad económica, aumentar la previsibilidad monetaria, la flexibilidad cambiaria y las reservas de libre disponibilidad que respaldan al programa económico. Dicho programa contará básicamente con el respaldo financiero de una nueva facilidad extendida de fondos acordado con el Fondo Monetario Internacional por US$ 20.000 millones, así como desembolsos adicionales acordados con otros Organismos Internacionales.
Estructura patrimonial y resultados del ejercicio irregular al 30 de abril de 2025
Estructura patrimonial al 30 de abril de 2025
| 30.04.25 | |
|---|---|
| $ | |
| Activo corriente Activo no corriente |
31.762.626 1.104.603 |
| Total | 32.867.229 |
Pasivo corriente |
3.856.202 |
| Subtotal pasivo | 3.856.202 |
| Patrimonio | 29.011.027 |
| Total | 32.867.229 |
El activo se encuentra integrado fundamentalmente por la inversión en fondos comunes de inversión del efectivo aportado al momento de constitución de la Sociedad. El pasivo está conformado por provisiones con proveedores al cierre del ejercicio.
Estructura de resultados al 30 de abril de 2025:
| 30.04.25 | |
|---|---|
| $ | |
| Gastos de administración | (7.839.987) |
| Resultado operativo | (7.839.987) |
| Previsión créditos impositivos | (539.239) |
| Resultados financieros y por tenencia | (4.265.328) |
| Resultado antes de impuestos | (12.644.554 |
| Impuesto a las ganancias | 1.104.603 |
| Resultado del ejercicio | (11.539.951) |
El resultado del ejercicio finalizado al 30 de abril de 2025 arrojó una pérdida de $ 11.539.951.
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Los resultados financieros (pérdida) al 30 de abril de 2025 por $ 4.265.328 fueron generados principalmente por el resultado por exposición a los cambios en el poder adquisitivo de la moneda (RECPAM) compensado por resultado por tenencia de los fondos comunes de inversión.
La previsión de créditos fiscales corresponde a los saldos del impuesto al valor agregado que no llegarán a utilizarse.
Por último, el impuesto a las ganancias (ganancia) por el ejercicio finalizado al 30 de abril de 2025 ascendió a $ 1.104.603, generado por el quebranto que acumula la sociedad, el cual estima recuperar dentro del plazo de cinco años.
Estructura de la generación o aplicación de fondos al 30 de abril de 2025 comparativa con ejercicio anterior
| 30.04.25 | |
|---|---|
| $ | |
| Fondos utilizados en las actividades operativas | (8.788.352) |
| Fondos generados por las actividades de financiación | 40.550.978 |
| Aumento neto del efectivo | 31.762.626 |
Índices
El siguiente cuadro resume los índices obtenidos durante el ejercicio irregular finalizado el 30 de abril de 2025
30.04.2025 Solvencia 7,52 (Patrimonio neto / Pasivo) Endeudamiento 0,13 (Pasivo / Patrimonio Neto) Liquidez corriente 8,24 (Activo corriente / Pasivo corriente) Razón del patrimonio al activo 0,88 (Patrimonio neto / Activo total) Razón de inmovilización de activos 0,03 (Activo no corriente / Activo total) Rentabilidad del activo (0,24) (Utilidad bruta / Activo total) Rentabilidad del patrimonio o financiera (0,398) (Utilidad neta / Patrimonio Neto) Rentabilidad ordinaria de la inversión (0,31) (EBT / Patrimonio Neto menos Resultado del ejercicio)
Distribución de resultados
El Directorio propone a los Señores Accionistas realizar un aporte irrevocable por $ 1.000.000 y luego absorber el resultado pérdida del ejercicio por $ 11.539.951 con la cuenta Ajuste de Capital Social por $ 10.550.978 y con la cuenta Aportes Irrevocables por $ 988.973.
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Comentarios finales
De acuerdo con los estatutos sociales, finalizan su mandato los miembros del Directorio, así como también los integrantes de la Comisión Fiscalizadora. Corresponde a la Asamblea de Accionistas efectuar su elección, para el nuevo ejercicio. Se propone a los Señores Accionistas que aprueben los documentos aquí presentados.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 8 de julio de 2025.
EL DIRECTORIO
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PREXIUM S.A.U.
ESTADOS CONTABLES Por el ejercicio irregular de 10 meses y 7 días finalizado el 30 de abril de 2025
Domicilio legal de la Sociedad: Avenida Córdoba 948/950, piso 8, departamento C, Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Actividad principal de la Sociedad: Comercialización, compra y venta de hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos, sus derivados y energía eléctrica.
N° de Registro en la Inspección General de Justicia: 13737-118
Constitución: 24 de junio de 2024
Fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio:
- Del estatuto o contrato social: 5 de agosto de 2024
Fecha en que se cumple el plazo de duración del contrato social: 5 de agosto de 2123
Denominación de la sociedad controlante: Capex S.A.
Domicilio legal: Avenida Córdoba 948/950, piso 8, departamento C, Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Actividad principal: Exploración, explotación de hidrocarburos y generación de energía eléctrica
Participación de la sociedad controlante sobre el patrimonio y los votos: 100 %
Composición del Capital (Nota 7)
| Cantidad | Tipo | Votos | Suscripto, integrado e inscripto |
|---|---|---|---|
| 30.000.000 | Acciones ordinarias de valor nominal $ 1 c/u | 1 por acción | $ |
| 30.000.000 |
Véase nuestro informe de fecha 8 de julio de 2025
PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
Véase nuestro informe de fecha 8 de julio de 2025 COMISION FISCALIZADORA
Pablo Götz Presidente
(Socia)
Dr. Norberto Luis Feoli Síndico Titular Contador Público (UBA) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 50 – F° 212
C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17 Paula Verónica Aniasi Contadora Pública (U.N.L.P.) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 364 F° 121
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PREXIUM S.A.U.
Registro en la Inspección General de Justicia: 13737-118
ESTADO DE SITUACIÓN PATRIMONIAL al 30 de abril de 2025
| ACTIVO ACTIVO CORRIENTE Caja y bancos (Nota 4 a) Inversiones (Anexo I) Total del activo corriente ACTIVO NO CORRIENTE Otros créditos (Nota 4 b) Total del activo no corriente Total del activo PASIVO PASIVO CORRIENTE Cuentas por pagar (Nota 4 c) Cargas fiscales (Nota 4 d) Total del pasivo corriente Total del pasivo PATRIMONIO NETO(según estado respectivo) Total del pasivo y patrimonio neto |
30.04.25 |
|---|---|
| $ | |
| 384.599 31.378.027 |
|
| 31.762.626 | |
| 1.104.603 | |
| 1.104.603 | |
| 32.867.229 | |
| 3.816.029 40.173 |
|
| 3.856.202 | |
| 3.856.202 | |
| 29.011.027 | |
| 32.867.229 |
Las notas 1 a 9 y los anexos I, II y III que se acompañan forman parte integrante de estos estados contables.
Véase nuestro informe de fecha Véase nuestro informe de fecha 8 de julio de 2025 8 de julio de 2025 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. COMISION FISCALIZADORA Pablo Götz Presidente (Socia) C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17 Dr. Norberto Luis Feoli Paula Verónica Aniasi Síndico Titular Contadora Pública (U.N.L.P.) Contador Público (UBA) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 364 F° 121 C.P.C.E.C.A.B.A. T° 50 – F° 212
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PREXIUM S.A.U.
Registro en la Inspección General de Justicia: 13737-118
ESTADO DE RESULTADOS Por el ejercicio irregular de 10 meses y 7 días finalizado el 30 de abril de 2025
| Gastos de administración (Anexo III) Resultado operativo Previsión créditos impositivos (Anexo II) Resultados financieros y por tenencia (Incluye RECPAM) (Nota 5) Resultado antes de impuestos Impuesto a las ganancias (Nota 9) Pérdida del ejercicio irregular Resultadopor acción básicoydiluido(Nota 8) |
30.04.25 |
|---|---|
| $ | |
| (7.839.987) | |
| (7.839.987) (539.239) (4.265.328) |
|
| (12.644.554) 1.104.603 |
|
| (11.539.951) | |
| (0,3847) |
Las notas 1 a 9 y los anexos I, II y III que se acompañan forman parte integrante de estos estados contables.
Véase nuestro informe de fecha 8 de julio de 2025
PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
Véase nuestro informe de fecha 8 de julio de 2025
COMISION FISCALIZADORA
Pablo Götz Presidente
(Socia)
C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17 Paula Verónica Aniasi Contadora Pública (U.N.L.P.) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 364 F° 121
Dr. Norberto Luis Feoli Síndico Titular Contador Público (UBA) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 50 – F° 212
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PREXIUM S.A.U.
Registro en la Inspección General de Justicia: 13737-118
ESTADO DE EVOLUCIÓN DEL PATRIMONIO NETO Por el ejercicio irregular de 10 meses y 7 días finalizado el 30 de abril de 2025
| Conceptos | Aportes de los propietarios | Aportes de los propietarios | Resultados no asignados |
Total del patri- monio neto |
|---|---|---|---|---|
| Capital Social (Nota 7) |
Ajuste de capital social |
|||
| Constitución s/ Escritura de fecha 24 de junio de 2024 Resultado del ejercicio irregular Saldos al 30 de abril de 2025 |
$ | $ | $ | $ |
| 30.000.000 - |
10.550.978 - |
- (11.539.951) |
40.550.978 (11.539.951) |
|
| 30.000.000 | 10.550.978 | (11.539.951) | 29.011.027 |
Las notas 1 a 9 y los anexos I, II y III que se acompañan forman parte integrante de estos estados contables.
Véase nuestro informe de fecha 8 de julio de 2025
PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
(Socia)
C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17 Paula Verónica Aniasi Contadora Pública (U.N.L.P.) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 364 F° 121
Véase nuestro informe de fecha 8 de julio de 2025 COMISION FISCALIZADORA Pablo Götz Presidente Dr. Norberto Luis Feoli Síndico Titular Contador Público (UBA) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 50 – F° 212
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Registro en la Inspección General de Justicia: 13737-118
ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO Por el ejercicio irregular de 10 meses y 7 días finalizado el 30 de abril de 2025
| VARIACIONES DEL EFECTIVO Efectivo al inicio del ejercicio irregular Efectivo al cierre del ejercicio irregular Aumento neto del efectivo Causas de las variaciones del efectivo Actividades operativas Resultado del ejercicio irregular Impuesto a las ganancias Ajustes para arribar al flujo neto de efectivo proveniente de las actividades operativas Aumento de cuentas por pagar Aumento de cargas fiscales Flujo neto de efectivo utilizado por las actividades operativas Actividades de financiación Aportes de constitución Flujo neto de efectivo generado por las actividades de financiación Aumento neto del efectivo |
30.04.25 |
|---|---|
| $ | |
| - 31.762.626 |
|
| 31.762.626 | |
| (11.539.951) (1.104.603) 3.816.029 40.173 |
|
| (8.788.352) | |
| 40.550.978 | |
| 40.550.978 | |
| 31.762.626 |
Las notas 1 a 9 y los anexos I y II que se acompañan forman parte integrante de estos estados contables.
Véase nuestro informe de fecha 8 de julio de 2025
PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
Véase nuestro informe de fecha 8 de julio de 2025 COMISION FISCALIZADORA
Pablo Götz Presidente
(Socia)
C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17 Paula Verónica Aniasi Contadora Pública (U.N.L.P.) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 364 F° 121
Dr. Norberto Luis Feoli Síndico Titular Contador Público (UBA) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 50 – F° 212
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PREXIUM S.A.U.
Registro en la Inspección General de Justicia: 13737-118
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de abril de 2025
NOTA 1 – CONSTITUCIÓN Y NEGOCIO DE LA SOCIEDAD
Prexium S.A.U. se constituyó el 24 de junio de 2024 siendo su actividad principal la comercialización, compra y venta de hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos, sus derivados y energía eléctrica. Capex S.A. posee el 100% de las acciones de la Sociedad.
Contexto económico en el que opera la Sociedad
La Sociedad operó en un contexto económico complejo, cuyas principales variables han tenido una fuerte volatilidad como consecuencia de acontecimientos políticos y económicos, tanto en el ámbito nacional como internacional.
A lo largo del año 2024 el Gobierno Nacional puso en marcha un plan de estabilización económica basado en dos pilares fundamentales: el fiscal y el cambiario. En el ámbito fiscal, al 31 de diciembre de 2024 el gobierno logró un superávit primario y financiero del 2,4% y 0,8% del PBI, respectivamente. Este resultado fue posible gracias a un ajuste del gasto público del 27% en términos reales, pese a los desafíos políticos y sociales. Este ajuste fiscal impactó la actividad económica, que hasta el tercer trimestre de 2024 acumuló una caída del 3% interanual. En el plano monetario, el gobierno aplicó una política que incluyó dos medidas principales: limitar la expansión de la base monetaria amplia y establecer un régimen de crawling peg para el tipo de cambio, con una devaluación mensual del 2% hasta el 31 de enero de 2025, y del 1% a partir de 1 de febrero de 2025, con el fin de anclar las expectativas de devaluación. Esta política fue viable, en parte, debido a la continuidad de ciertos controles de capital.
Los principales indicadores del año 2024 fueron:
-
El país finalizó el año 2024 con una caída de su actividad del 1,7%, según datos del PBI.
-
La inflación acumulada entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024 alcanzó el 117,8% (IPC).
-
Entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2024, el peso se depreció un 27,7% frente al dólar estadounidense, pasando de 808,45$/US$ a 1.032 $/US$.
La economía argentina verificó una inflación acumulada del 35,2 % para el ejercicio irregular 10 meses y 7 días finalizado el 30 de abril de 2025, y una depreciación del 28,3% del peso frente al dólar estadounidense para el mismo período, de acuerdo con el tipo de cambio del BNA.
En octubre de 2024, el gobierno lanzó una amnistía fiscal, mediante la cual se declararon más de US$ 32 mil millones, de los cuales US$ 22 mil millones ingresaron en efectivo al sistema. Este resultado no solo contribuyó a fortalecer las cuentas fiscales, sino que también permitió al gobierno recomponer las reservas del BCRA, robusteciendo el mercado local y proporcionando nuevas fuentes de financiamiento.
Hacia finales de 2024, el gobierno comenzó a implementar la reducción de algunos impuestos, incluyendo la eliminación del impuesto PAÍS, cuyo vencimiento operaba el 23 de diciembre de 2024 y no fue prorrogado.
El 11 de abril de 2025 el gobierno anunció medidas claves para flexibilizar el régimen cambiario, fortalecer el marco monetario y levantar ciertas restricciones. En virtud de esto, se comunicó que la cotización del dólar en el Mercado único y Libre de Cambios (MULC) fluctuaría dentro de una banda móvil entre $/US$ 1.000 y $/US$ 1.400, cuyos límites se ampliarán a un ritmo del 1% mensual.
Según los anuncios realizados por el gobierno nacional estas medidas buscan seguir avanzando en el objetivo prioritario de reducir la inflación, impulsar la actividad económica, aumentar la previsibilidad monetaria, la flexibilidad cambiaria y las reservas de libre disponibilidad que respaldan al programa económico. Dicho programa contará básicamente con el respaldo financiero de una nueva facilidad extendida de fondos acordado con el Fondo Monetario Internacional por US$ 20.000 millones, así como desembolsos adicionales acordados con otros Organismos Internacionales.
Véase nuestro informe de fecha Véase nuestro informe de fecha 8 de julio de 2025 8 de julio de 2025 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. COMISION FISCALIZADORA (Socia) C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17 Dr. Norberto Luis Feoli
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PREXIUM S.A.U.
Registro en la Inspección General de Justicia: 13737-118
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de abril de 2025 (Cont.)
NOTA 1 – NORMAS CONTABLES (CONT.)
El contexto de volatilidad e incertidumbre continúa a la fecha de emisión de los presentes estados contables y no es posible prever en este momento la evolución de la reglamentación asociada, ni que nuevas medidas podrían ser anunciadas.
La Dirección de la Sociedad monitorea permanentemente la evolución de las variables que afectan su negocio, para definir su curso de acción e identificar los potenciales impactos sobre su situación patrimonial y financiera. Los presentes estados contables deben ser leídos a la luz de estas circunstancias.
Medidas del BCRA
Durante los últimos años, el BCRA emitió una serie de medidas cambiarias, con el objetivo de regular el Mercado único y libre de cambios (MULC) y de esta manera proteger las reservas internacionales.
Las principales medidas fueron:
Se dispuso la obligación de presentación de una DDJJ para poder acceder al MULC, dejando constancia que la totalidad de las tenencias en moneda extranjera en el país se encuentran depositadas en cuentas en entidades financieras locales, y que no se poseen activos externos líquidos disponibles por un monto superior a US$ 100.000.- Se define como activos externos líquidos, a los depósitos a la vista en entidades financieras del exterior, y otras inversiones que permitan obtener disponibilidad inmediata de fondos (entre otros, títulos públicos y privados del exterior, fondos comunes de inversión). En caso de que dichos activos externos líquidos superen los US$100.000, podrá presentarse una declaración jurada adicional en la que conste que no existe tal exceso porque se realizaron pagos por el MULC a través de operaciones de canje y/o arbitraje con fondos depositados
En cuanto a las importaciones, las entidades financieras podrán dar acceso al MULC para el pago de las obligaciones que cuenten con registro de ingreso aduanero que consten en el SEPAIMPO (Seguimiento de Pagos de Importaciones) siempre que se cumplan con ciertos requisitos formales de la operación, como ser factura, registro aduanero, etc.
Asimismo, con la Comunicación BCRA “A” 7196, entre otras modificaciones, se admitió que fondos originados en el cobro de exportaciones de bienes y servicios sean acumulados en cuentas del exterior y/o el país destinadas a garantizar la cancelación de los vencimientos de la deuda concertada a partir de enero de 2021.
Para el caso de los pagos de servicios, a fin de acceder al MULC, se deberá acompañar una declaración jurada demostrando que el monto acumulado hasta el mes en curso, incluyendo el pago que se pretende cursar, de los pagos de servicios con el Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios (¨SIMPES¨) en el año en curso y en todo el sistema financiero, no supera al monto total de los pagos cursados por el importador durante el año 2021 por la totalidad de los conceptos comprendidos. Si el monto resultase inferior a US$ 50.000 se adoptará este último monto o el límite anual, aquel que sea menor. En caso de que el importador no hubiera pagado servicios en el año 2021, se tomará US$ 20.000 como monto limite.
Asimismo, existen algunas excepciones para la presentación de la DDJJ, como ser realizar el pago de los mismos a los 180 días de la fecha efectiva de la prestación del servicio, obtener financiamiento de importación de servicios de un banco local con fondeo exterior a 180 días, entre otros.
Véase nuestro informe de fecha Véase nuestro informe de fecha 8 de julio de 2025 8 de julio de 2025 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. COMISION FISCALIZADORA (Socia) C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17 Dr. Norberto Luis Feoli
Dr. Norberto Luis Feoli
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PREXIUM S.A.U.
Registro en la Inspección General de Justicia: 13737-118
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de abril de 2025 (Cont.)
NOTA 1 – NORMAS CONTABLES (CONT.)
Con fecha 21 de julio de 2022, el BCRA emitió la Comunicación “A” 7552, a través de la cual: i) incluyó la tenencia de certificados de depósitos argentinos (“CEDEAR”) dentro del límite de disponibilidad de 100.000 dólares permitido para el acceso al MULC; (ii) estableció la presentación de una declaración jurada en la que conste que en la fecha de acceso al MULC y en los 90 días corridos anteriores no se concertaron ventas en el país de títulos valores con liquidación en moneda extranjera, canjes de títulos valores emitidos por residentes por activos externos, transferencias de títulos valores a entidades depositarias del exterior, adquisiciones en el país de títulos valores emitidos por no residentes con liquidación en pesos, adquisiciones de CEDEAR representativos de acciones extranjeras, adquisiciones de títulos valores representativos de deuda privada emitida en jurisdicción extranjera, ni entregas de fondos en moneda local ni otros activos locales (excepto fondos en moneda extranjera depositados en entidades financieras locales) a ninguna persona (sea humana o jurídica, residente o no residente, vinculada o no), recibiendo como contraprestación previa o posterior, de manera directa o indirecta, por sí o a través de una entidad vinculada, controlada o controlante, activos externos, criptoactivos o títulos valores depositados en el exterior; y iii) debe constar el compromiso de no concertar las operaciones detalladas durante los 90 días corridos siguientes a la solicitud de acceso al MULC.
Con fecha 11 de octubre del 2022, la AFIP emitió la Resolución Conjunta N° 5271/22 donde reemplazó el Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI) y e l Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior (SIMPES) por el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y el Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios del Exterior (SIRASE), respectivamente. Conjuntamente con esta resolución, el BCRA, el día 13 de octubre de 2022 emitió la Comunicación “A” 7622 estableciendo que mediante estos nuevos mecanismos, no podrán realizarse más pagos anticipados, ni vista, ni diferido sin despacho, excepto para ciertos casos establecidos en la regulación.
Por último, con fecha 28 de octubre de 2022, emitió la Comunicación ¨A¨ 7626, la cual reglamenta los usos que se le podrían aplicar a los ¨Certificados por los regímenes de acceso a divisas para la producción incremental de petróleo y/o gas natural¨ (Decreto Nro. 277/22), a saber: i) Pagos de capital de deudas comerciales por la importación de bienes sin la necesidad de contar con la conformidad previa requerida en los puntos 10.11 y 10.14 y/o en el punto 2.1 de la Comunicación “A” 7532 o dar cumplimiento al plazo previsto en el punto 1.1 de la Comunicación “A” 7622, según corresponda; ii) Pagos de capital de deudas comerciales por la importación de servicios sin la necesidad de contar con la conformidad previa requerida en el punto 3.2. para operaciones con una contraparte vinculada y/o en el punto 3.1 de la Comunicación “A” 7532; iii) Pagos de utilidades y dividendos a accionistas no residentes en la medida que se verifiquen los requisitos previstos en los puntos 3.4.1 a 3.4.3; iv) Pagos de capital de endeudamientos financieros con el exterior cuyo acreedor sea una contraparte vinculada al deudor sin la conformidad previa requerida en el punto 3.5.7; v) Pagos de capital de deudas financieras en moneda extranjera alcanzados por lo dispuesto en el punto 3.17 por encima del monto resultante de los parámetros establecidos; vi) Repatriaciones de inversiones directas de no residentes en empresas que no sean controlantes de entidades financieras locales en el marco de lo dispuesto en el punto 3.13. En todos los casos, se deberá acreditar el cumplimiento de los restantes requisitos generales y específicos que sean aplicables a la operación en virtud de la normativa cambiaria vigente.
Con la finalidad de poder llevar a cabo este beneficio, se deberá cumplir con ciertos requisitos adicionales detallados en la normativa mencionada en el párrafo anterior. La compañía decidió no participar de este beneficio.
Véase nuestro informe de fecha 8 de julio de 2025
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NOTA 1 – NORMAS CONTABLES (CONT.)
Adicionalmente, con fecha 2 de octubre de 2023 el BCRA publicó la Com. ¨A¨ 7853 para las exportaciones de bienes que queden encuadradas en el Decreto N° 443/23 y su complemento N° 492/23, las cuales disponen que se podrá considerar totalmente cumplida la obligación de ingresar y liquidar las divisas en la medida que se haya liquidado en el mercado de cambios al menos el 75% del valor facturado y por el monto restante el exportador haya concretado operaciones de compraventa con títulos valores adquiridos con liquidación en moneda extranjera y vendidos con liquidación en moneda local, según fecha de condición de venta pactada hasta el 30 de septiembre de 2023. Asimismo, el día 24 de octubre de 2023, el BCRA emitió la Com ¨A¨ 7868 a los efectos de señalar que los fondos obtenidos de la liquidación de exportaciones que hayan sido liquidados bajo el Mercado de Cambios se podrán depositar en cuentas corrientes especiales para exportaciones, con la particularidad de que éstas cuentas se ajustan por el diferencial del tipo de cambio BCRA ¨A¨ 3500, o bien, suscribir con dichos pesos ¨Letras Internas del BCRA en dólares y liquidables en pesos al tipo de cambio de referencia (LEDIV) a tasa cero”.
Posteriormente, el día 26 de octubre de 2023, el BCRA emitió la Com ¨A ¨ 7873, resolviendo que para las exportaciones o prefinanciaciones de exportaciones ingresadas entre el 27 de octubre y el 17 de noviembre de 2023, se podrá considerar cumplida la obligación de ingresar y liquidar las divisas en la medida de haber liquidado el 70% del valor facturado y el monto restante a través de operaciones de títulos en el mercado de capitales. El día 23 de noviembre de 2023, el BCRA emitió la Com. ¨A´ 7894, modificando nuevamente el porcentaje de cumplimiento de la obligación de ingreso de divisas por el Mercado de cambios al 50%, pudiendo el restante 50% liquidarlo en el mercado de capitales.
A partir del 10 de diciembre de 2023, con la asunción del nuevo gobierno se comenzó con un reacomodamiento de las normas cambiarias vigentes. Para ello, se publicó el día 13 de diciembre de 2023, el Decreto N° 28/2023 el cual establece la obligatoriedad de ingreso de divisas en un 80% a través del Mercado Libre de Cambios y el 20% restante concretar operaciones de compraventa con valores negociables adquiridos con liquidación en moneda extranjera y vendidos con liquidación en moneda local.
Asimismo, en la misma fecha, el BCRA emitió la Com ¨A¨ 7917 la cual eliminó la necesidad de contar con una declaración efectuada a través del Sistema de importaciones de la República Argentina (SIRA) en estado de ¨SALIDA¨ como requisito para el acceso al Mercado Libre de Cambios y con la convalidación de la operación en el sistema informático ¨Cuenta Corriente Única de Comercio Exterior (CUCE).
En la misma comunicación, implementó un esquema de 4 cuotas de 25% cada una, pagaderas a los 30 / 60 / 90 y 120 días respectivamente. Dicha reglamentación aplica para los pagos diferidos de importación de bienes que cuenten con ingreso aduanero a partir del 13 de diciembre de 2023, salvo para los casos de importación de aceites de petróleo o mineral bituminoso, gases de petróleo y energía eléctrica en los cuales el plazo de pago será al contado y de 30 días de fecha de ingreso para productos farmacéuticos y fertilizantes. Para el caso de importación de servicios, los mismos podrán ser pagados a los 30 días corridos desde la fecha prestación o devengamiento del servicio.
Con fecha 22 de diciembre de 2023, el BCRA emitió la Com. ¨A¨ 7925 la cual establece que los importadores podrán suscribir Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL) por hasta el monto de la deuda pendiente de pago para cancelar las deudas de importación de bienes y servicios con registro de ingreso aduanero hasta el 12 de diciembre de 2023 y podrán acceder al Mercado Libre de Cambios mediante la realización de un canje y/o arbitraje con los fondos depositados en una cuenta local y originados en cobros de capital e intereses en moneda extranjera de los BOPREAL. La Sociedad suscribió un valor nominal de US$ 3.878.480 de este bono al 31 de enero de 2024, con vencimiento 2027.
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NOTA 1 – NORMAS CONTABLES (CONT.)
Adicionalmente a lo manifestado se han dictado las siguientes reglamentaciones específicas del BCRA:
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Con respecto al pago de importaciones de bienes, el BCRA introdujo algunas modificaciones flexibilizando los términos de éstas. Con fecha 19 de septiembre de 2024 se publicó la Com. A 8108 en la cual habilita a pagar las importaciones a los 60 días de nacionalización de la mercadería y, posteriormente, el día 17 de octubre de 2024 redujo ese plazo a 30 días. Asimismo, con fecha 21 de noviembre de 2024 la Com. A 8133 habilitó la posibilidad de realizar pagos a la vista y/o anticipados de bienes de capital con dólares propios depositados en cuentas en entidades financieras locales.
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Con respecto a deudas financieras, con fecha 3 de octubre de 2024 estableció ciertas condiciones para precancelar las deudas financieras vigentes, como por ejemplo la toma de nuevos títulos de deuda con una vida promedio de al menos 2 años. Adicionalmente, con fecha 7 de noviembre de 2024 incorporó la posibilidad de anticipar la compra de moneda extranjera para el pago de vencimientos de deuda en el exterior hasta 60 días antes del vencimiento, modificando así el plazo vigente de 5 días, dentro de operaciones de refinanciamiento de ésta.
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Con respecto a las exportaciones, con fecha 28 de noviembre de 2024 extendió los plazos para la obligación de liquidación de las exportaciones de bienes y servicios del exterior. En el caso de la Sociedad, se extendió de 5 a 20 días hábiles de fecha de cobro.
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Con respecto a deudas financieras, con fecha 7 de noviembre de 2024, la Comunicación "A" 8129 estableció una ampliación de las condiciones para que los residentes puedan pagar servicios de deuda o de títulos de deuda, ya sea local o del exterior, antes del plazo permitido entre otras condiciones están la de permitir el depósito de la moneda extranjera en cuenta en entidades financieras locales hasta aplicarlo al pago, como así también se podrá acceder hasta 60 días antes del vencimiento, etc. Adicionalmente, estableció un mínimo de 365 días para transferencias al exterior por pago de capital de títulos de deuda emitidos a partir del 8 de noviembre de 2024.
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Con relación al pago de importaciones, con fecha 21 de noviembre de 2024, la Comunicación "A" 8133 permite cancelar en forma anticipada, al plazo correspondiente para el pago de importaciones de bienes con registro aduanero pendiente, si se realiza mediante canje/arbitraje con fondos depositados en moneda extranjera en una entidad local y/o en forma simultánea con la liquidación de financiaciones en moneda extranjera, y para el caso de servicios solo mediante canje/arbitraje siempre que la contraparte no esté vinculada al cliente.
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Con relación al plazo de liquidación de exportaciones, con fecha 28 de noviembre de 2024, la Comunicación "A" 8137 amplió los plazos para la liquidación de cobros de exportaciones de bienes y servicios a 20 días hábiles desde su cobro. Adicionalmente, se podrán mantener en el exterior desembolsos de endeudamientos financieros recibidos en los últimos 180 días y depositados en cuentas bancarias a su nombre siempre y cuando el monto de los fondos depositados no supere el equivalente a pagar por capital e intereses de los próximos 365 días.
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Con relación al pago de intereses, la Comunicación "A" 8161, de fecha 19 de diciembre de 2024 elimina el requisito de conformidad previa del BCRA para el pago de intereses compensatorios sobre deudas financieras con contrapartes vinculadas del exterior, devengados a partir del 1 de enero de 2025.
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Con relación a la adquisición de títulos valores, la Comunicación "A" 8178, de fecha 16 de enero de 2025, establece que las entidades que adquieran títulos valores en suscripción primaria con liquidación en el exterior solo podrán venderlos en el mercado secundario en moneda extranjera en el país luego de 90 días. Esta medida se aplica a suscripciones primarias con liquidación a partir del 20 de enero de 2025.
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NOTA 1 – NORMAS CONTABLES (CONT.)
El BCRA continuó emitiendo nuevas medidas con el objetivo de continuar con la flexibilización gradual del régimen de cambios. Las principales disposiciones fueron las siguientes:
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Comunicación “A” 8205 del 15/02/2025: permitió a los importadores realizar pagos anticipados de bienes de capital sin necesidad de validación previa del BCRA, siempre que dichos bienes se encuentren encuadrados en posiciones arancelarias específicas definidas por la Secretaría de Comercio y se utilicen para incrementar la capacidad productiva. Los pagos podrán realizarse con fondos propios o con canje/arbitraje.
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Comunicación “A” 8218 del 11/03/2025: estableció que los vencimientos de deuda financiera con el exterior pactados a partir del 1 de abril de 2025 podrán precancelarse hasta 90 días antes del vencimiento, sin requerir conformidad previa, siempre que se utilicen fondos propios y se cumpla con ciertos requisitos informativos.
-
La Comunicación ¨A¨ 8226, flexibilizo varios de los controles que existían hasta ese momento, como ser: en materia de pagos de importaciones de bienes, se permite el acceso al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) desde el registro de ingreso aduanero para oficializaciones realizadas a partir del 14 de abril de 2025, siguiendo vigente la prohibición de precancelación anticipada. Para importaciones nacionalizadas con anterioridad a dicha fecha, se mantiene el plazo de pago de 30 días. Adicionalmente, y con respecto a pagos anticipados de bienes de capital con RIA pendiente, son habilitados siempre que no se supere el 30% del valor FOB en anticipos y que la suma total de pagos anticipados, pagos a la vista y deuda comercial sin RIA no exceda el 80% del valor FOB. El 20% restante podrá abonarse desde la nacionalización, y no podrán incluirse bienes suntuarios. Para el caso de las importaciones de servicios prestados o devengados desde el 14 de abril de 2025, se incorpora la habilitación para el pago inmediato (plazo 0) si la contraparte no es vinculada, y a 90 días en caso de que sí lo sea, en tanto se cumplan los requisitos normativos restantes. Para servicios anteriores a esa fecha, se mantienen los plazos previos de 30 o 180 días según el caso. Se mantiene la prohibición de precancelación anticipada para todos los servicios. Para el caso de las personas humanas, la misma Comunicación, flexibilizo totalmente el acceso al MULC tanto para la compra de moneda extranjera sin límite de monto como para la adquisición de billetes para tenencia local y para transferencias a cuentas propias en el exterior. En cuanto a restricciones previamente vigentes, se eliminan algunas tales como el límite mensual de USD 200 para estas operaciones, la “restricción cruzada” de 90 días entre operaciones cambiarias y operaciones con títulos con liquidación en moneda extranjera y los controles sobre beneficiarios de ayudas estatales durante la pandemia. Asimismo, se deja sin efecto la percepción del 30% dispuesta por la RG 5617 para estas operaciones, manteniéndose solo para consumos y gastos en el exterior con tarjeta o para operaciones de turismo. Respecto del cobro de exportación de servicios, se mantiene la posibilidad de acreditar en cuentas en moneda extranjera los ingresos percibidos por prestaciones realizadas a no residentes, en la medida en que el monto no supere los USD 36.000 por año calendario y se cumplan los plazos normativos.
Se eliminó, por única vez, el historial hasta el 11/04/25 de operaciones con títulos valores y de las entregas de fondos locales u otros activos líquidos a personas controlantes o empresas del mismo grupo. A partir del 14 de abril de 2025, comienza la exigencia del cumplimiento del régimen de “restricción cruzada” por 90 días anteriores y posteriores al acceso al mercado
- A través del Decreto 269/2025, se deroga el Decreto 28/2023 y se elimina el “Programa de Incremento Exportador”. En consecuencia, a partir del 14 de abril de 2025, deberá liquidarse en el mercado libre de cambios el 100% del cobro de exportaciones de bienes y servicios, a diferencia del decreto derogado que habilitaba 80% en el MULC y el 20% restante mediante operaciones con títulos valores.
Para obtener más información sobre las políticas cambiarias de Argentina puede visitar el sitio web del Banco Central: www.bcra.gov.ar.
Véase nuestro informe de fecha Véase nuestro informe de fecha 8 de julio de 2025 8 de julio de 2025 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. COMISION FISCALIZADORA (Socia) C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17 Dr. Norberto Luis Feoli
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NOTA 1 – NORMAS CONTABLES (CONT.)
Impuesto PAIS
El 24 de julio de 2023 se publicó en el boletín oficial el Decreto N° 377/2023 mediante el cual el Poder Ejecutivo amplió la aplicación del “Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria” (conocido como “Impuesto PAIS”), a la compra de moneda extranjera para el pago de obligaciones por importaciones de ciertos bienes, con una alícuota del 7,5%, y ciertos servicios con una alícuota del 25%. Asimismo, la AFIP a través de la RG 5393/2003 estableció un pago a cuenta del 95% del monto total del Impuesto PAIS aplicable, pagadero al momento de realizar la importación de bienes.
Adicionalmente, con fechas 30 de agosto y 22 de noviembre de 2023 se publicaron en el boletín oficial las Resoluciones N° 714/2023 y N° 955/2023 de la SE, las cuales disponen exceptuar del tributo la compra de billetes y divisas en moneda extranjera para el pago de las obligaciones por las importaciones de bienes que tengan como destino obras vinculadas a la generación de energía eléctrica en general (Centrales Termoeléctricas e Hidroeléctricas) como a los de generación de energía eléctrica a partir del uso de fuentes de energía renovables, tanto en el caso de que sus interesados cuenten o no con financiación del exterior para efectuar el pago de sus importaciones. En este último caso, los importadores deberán presentar una declaración jurada en Aduana sobre el destino de esos bienes. 4SOLAR se encuentra alcanzada por la Res N° 714/2023 de la SE (ratificado por la Res 824/2023 de la SE) mientras que Hychico y E G WIND se encuentran alcanzadas por la Res N° 955/2023 de la SE. Con fecha 6 de octubre de 2023, se emitió la Resolución N° 824/2023 de la SE ampliando la nómina de los beneficiarios de la Resolución N 714/2023 y de esta forma exceptuando a Capex por la compra de bienes asociados a la generación de energía a través de la CT ADC.
El día 13 de diciembre de 2023 se publicó en el boletín oficial el Decreto N°29/2023 el cual modificó la alícuota del Impuesto PAIS a 17,5% tanto para importación de ciertos bienes como para la contratación de ciertos servicios en el exterior, manteniendo la alícuota del 25% para ciertos servicios y las exenciones mencionadas anteriormente.
El 30 de agosto de 2024 el PEN emitió el Decreto N° 777/2024, a través del cual se redujo la alícuota al 7,5% para las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera efectuadas por residentes en el país para el pago de obligaciones por la importación de determinados bienes, y por la adquisición en el exterior de servicios de fletes y otros servicios de transporte por operaciones de comercio exterior, cuando sean prestados por no residentes.
El “Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)” fue creado por el término de cinco años a partir del día 23 de diciembre de 2019 quedando sin efecto a partir de diciembre 2024, razón por la cual con fecha 25 de noviembre de 2024, mediante la RG 5604/2024, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) derogó la RG 5393/2023, eliminando el pago a cuenta del 95% del monto total del Impuesto PAIS aplicable, pagadero al momento de realizar la importación de bienes.
Véase nuestro informe de fecha Véase nuestro informe de fecha 8 de julio de 2025 8 de julio de 2025 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. COMISION FISCALIZADORA (Socia) C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17 Dr. Norberto Luis Feoli
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NOTA 2 – NORMAS CONTABLES
A continuación, se detallan las normas contables más relevantes utilizadas por la Sociedad para la preparación de los presentes estados contables:
2.1. Preparación y presentación de los Estados Contables
Los presentes estados contables están expresados en pesos, y fueron confeccionados conforme a las normas contables de exposición y valuación contenidas en las Resoluciones Técnicas emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E)., aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.P.C.E.C.A.B.A.).
Los presentes estados contables corresponden a un ejercicio irregular de 10 meses y 7 días finalizado el 30 de abril de 2025.
Los estados contables de la Sociedad han sido aprobados por el Directorio con fecha 8 de julio de 2025 cumpliendo lo dispuesto en el art 3 de la Resolución General N° 11/20 emitida por la Inspección General de Justicia (IGJ).
2.2. Estimaciones contables
La preparación de estados contables a una fecha determinada requiere que la gerencia de la Sociedad realice estimaciones y evaluaciones que afectan el monto de los activos y pasivos registrados y los activos y pasivos contingentes revelados a dicha fecha. La gerencia de la Sociedad realiza estimaciones para poder calcular a un momento dado, por ejemplo, el valor de los créditos y el cargo por impuesto a las ganancias. Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados contables.
2.3. Consideración de los efectos de la inflación
Las normas contables profesionales argentinas establecen que los estados contables deben ser preparados reconociendo los cambios en el poder adquisitivo de la moneda conforme con las disposiciones establecidas en las Resoluciones Técnicas (RT) N° 6 y N° 17, con las modificaciones introducidas por la RT N° 39 y por la Interpretación N° 8, normas emitidas por la FACPCE. Estas normas establecen que la aplicación del ajuste por inflación debe realizarse frente a la existencia de un contexto de alta inflación, el cual se caracteriza, entre otras consideraciones, cuando exista una tasa acumulada de inflación en tres años que alcance o sobrepase el 100%.
La inflación acumulada en tres años se ubica por encima del 100%. Es por esta razón que, de acuerdo con las normas contables profesionales mencionadas en forma precedente, la economía argentina debe ser considerada como de alta inflación a partir del 1° de julio de 2018. La FACPCE ha confirmado esta situación con la Resolución de su Junta de Gobierno (JG) 539/18.
Véase nuestro informe de fecha 8 de julio de 2025 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
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NOTA 2 – NORMAS CONTABLES (CONT.)
2.3. Consideración de los efectos de la inflación (Cont.)
A su vez, la Ley N° 27.468 (B.O. 04/12/2018) modificó el artículo 10° de la Ley N° 23.928 y sus modificatorias, estableciendo que la derogación de todas las normas legales o reglamentarias que establecen o autorizan la indexación por precios, actualización monetaria, variación de costos o cualquier otra forma de repotenciación de las deudas, impuestos, precios o tarifas de los bienes, obras o servicios, no comprende a los estados contables, respecto de los cuales continuará siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 62 in fine de la Ley General de Sociedades N° 19.550 (T.O. 1984) y sus modificatorias. Asimismo, el mencionado cuerpo legal dispuso la derogación del Decreto Nº 1269/2002 del 16 de julio de 2002 y sus modificatorios y delegó en el Poder Ejecutivo Nacional (PEN), a través de sus organismos de contralor, establecer la fecha a partir de la cual surtirán efecto las disposiciones citadas en relación con los estados contables que les sean presentados.
Por lo tanto, mediante su Resolución General 10/2018 (B.O. 28/12/2018), la Inspección General de Justicia (IGJ) dispuso que los estados contables correspondientes a ejercicios económicos completos deberán presentarse ante este Organismo expresados en moneda homogénea. Asimismo, mediante dicha resolución determinó que, a los fines de la reexpresión de los estados contables, se aplicarán las normas emitidas por la FACPCE, adoptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la CABA.
En función de las disposiciones detalladas en forma precedente, la Sociedad ha reexpresado los presentes estados contables al 30 de abril de 2025.
De acuerdo con las normas contables profesionales argentinas, los estados contables de una entidad en un contexto considerado de alta inflación deben presentarse en términos de la unidad de medida vigente a la fecha de dichos estados contables. Todos los montos incluidos en el estado de situación patrimonial, que no se informen en términos de la unidad de medida a la fecha de los estados contables, deben actualizarse aplicando un índice de precios general. Todos los componentes del estado de resultados deben indicarse en términos de la unidad de medida actualizada a la fecha de los estados contables, aplicando un índice de precios general desde la fecha en que los ingresos y gastos fueron reconocidos originalmente.
Los principales procedimientos utilizados para la reexpresión fueron los siguientes:
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Los activos monetarios que se contabilizaron a moneda de cierre del estado de situación patrimonial no fueron reexpresados, dado que ya se encuentran reexpresados a la fecha de los estados contables.
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Los componentes del patrimonio se reexpresan aplicando los coeficientes de ajuste correspondientes.
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Todos los elementos en el estado de resultados se actualizan aplicando los coeficientes de ajuste correspondientes.
La pérdida o ganancia por la posición monetaria neta se incluye en el resultado neto del período que se informa, revelando esta información en una partida separada.
En la aplicación inicial del método de reexpresión, las cuentas del patrimonio fueron reexpresadas de la siguiente manera:
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Componente | Fecha de origen | ||
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| Capital | Fecha de suscripción | |||
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NOTA 2 – NORMAS CONTABLES (CONT.)
2.3. Consideración de los efectos de la inflación (Cont.)
La Sociedad ha utilizado la opción, adicional a la RT 6, dispuesta en la sección 3 de la Resolución JG 539/18 y sus modificatorias (JG 553/19) y MD 11/19, de la no presentación de la conciliación entre el impuesto a las ganancias incluido en el estado de resultados y el impuesto a las ganancias teórico.
El ajuste por inflación se calculó considerando los índices establecidos por la FACPCE con base en los índices de precios publicados por el INDEC. El índice al 30 de abril de 2025 fue de 8.585,6078 con una inflación del ejercicio irregular del 35,2%.
2.4. Estado de flujo de efectivo
Para la presentación del Estado de Flujo de Efectivo se consideraron los saldos de “Caja y bancos” y los equivalentes de caja que comprenden todas las inversiones de muy alta liquidez y aquéllas con vencimiento originalmente pactado inferior a tres meses.
NOTA 3 – CRITERIOS DE VALUACIÓN
Los principales criterios de valuación son los siguientes:
3.1 Caja y bancos
Han sido valuados a su valor nominal.
3.2 Inversiones corrientes
Los fondos comunes de inversión han sido valuados al valor de su cotización al cierre del ejercicio.
3.3 Otros créditos
Los otros créditos han sido valuados en base a la mejor estimación posible de la suma a cobrar o pagar, descontándose los mismos en caso de corresponder, utilizando la tasa que refleje la evaluación del mercado sobre el valor tiempo del dinero y el riesgo específico de la operación.
3.4 Cuentas por pagar
Han sido valuadas al precio de contado estimado al momento de la transacción, descontándose las mismas, en caso de corresponder.
3.5 Cargas fiscales
Han sido valuadas a su valor nominal.
3.6 Impuesto a las ganancias e impuesto diferido
La Sociedad ha reconocido el cargo por impuesto a las ganancias en base al método del pasivo por impuesto diferido, reconociendo de esta manera las diferencias temporarias entre las mediciones de los activos y pasivos contables e impositivos.
| Véase nuestro informe de fecha 8 de julio de 2025 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. (Socia) C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17 |
Véase nuestro informe de fecha 8 dejulio de 2025 |
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|---|---|---|
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NOTA 3 – CRITERIOS DE VALUACIÓN (CONT.)
A los efectos de determinar los activos y pasivos diferidos se ha aplicado sobre las diferencias temporarias identificadas, la tasa impositiva que se espera esté vigente al momento de su reversión o utilización, considerando las normas legales a la fecha de emisión de los presentes estados contables (ver Nota 9).
3.7 Capital social y ajuste de capital social
El capital social ha sido valuado a su valor nominal.
El ajuste del capital social surge de la diferencia entre el capital social expresados en moneda homogénea y el capital social nominal histórico. Han sido expuestos en la cuenta "Ajuste del capital social" integrantes del patrimonio neto.
NOTA 4 – COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS DEL ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL
| ACTIVO a) Caja y Bancos En moneda nacional Bancos Inversiones ACTIVO NO CORRIENTE b) Otros créditos En moneda nacional Impuesto al valor agregado Previsión créditos impositivos (Anexo II) Activo por impuesto diferido neto (Nota 9) PASIVO c) Cuentas por pagar En moneda nacional Proveedores Provisiones d) Cargas fiscales Ingresos brutos a pagar |
30.04.25 | 30.04.25 |
|---|---|---|
| Corriente | No Corriente | |
| $ | $ | |
| 384.599 31.378.027 |
- | |
| 31.762.626 | - | |
| - - - |
539.239 (539.239) 1.104.603 |
|
| - | 1.104.603 | |
| 726.799 3.089.230 |
- - |
|
| 3.816.029 | - | |
| 40.173 | - | |
| 40.173 | - |
Véase nuestro informe de fecha Véase nuestro informe de fecha 8 de julio de 2025 8 de julio de 2025 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. COMISION FISCALIZADORA (Socia) C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17 Dr. Norberto Luis Feoli
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NOTA 5 – COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS DEL ESTADO DE RESULTADOS
| Resultados financieros y por tenencia Resultado por tenencia – fondos comunes de inversión Resultado por exposición a los cambios en el poder adquisitivo de la mo- neda (RECPAM) |
30.04.25 |
|---|---|
| $ | |
| 5.966.871 (10.232.199) |
|
| (4.265.328) |
NOTA 6 – ACTIVOS Y PASIVOS POR VENCIMIENTO DE COBRO O PAGO
a) Según su plazo estimado de cobro o pago:
| Inversiones De plazo a vencer De 0 a 3 meses Otros créditos Sin plazo (expuesto como activo no corriente) Cuentas por pagar De plazo a vencer De 0 a 3 meses Cargas fiscales De plazo a vencer De 0 a 3 meses |
30.04.25 |
|---|---|
| $ | |
| 31.378.027 | |
| 31.378.027 | |
| 1.104.603 | |
| 1.104.603 | |
| 3.816.029 | |
| 3.816.029 | |
| 40.173 | |
| 40.173 |
Véase nuestro informe de fecha 8 de julio de 2025 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
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Véase nuestro informe de fecha 8 de julio de 2025 COMISION FISCALIZADORA
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NOTA 6 – ACTIVOS Y PASIVOS POR VENCIMIENTO DE COBRO O PAGO (Cont.)
b) En función de la tasa de interés que devengan:
| Inversiones Que no devengan interés Otros créditos Que no devengan interés Pasivos Que no devengan interés |
30.04.25 |
|---|---|
| $ | |
| 31.378.027 | |
| 31.378.027 | |
| 1.104.603 | |
| 1.104.603 | |
| 3.856.202 | |
| 3.856.202 |
NOTA 7 – ESTADO DE CAPITAL
En cumplimiento de lo requerido por la Inspección General de Justicia se informa que el estado del capital al 30 de abril de 2025 es el siguiente:
| Capital | Valor nominal | Aprobado por | Aprobado por |
|---|---|---|---|
| Fecha | Instrumento/Órgano | ||
| Suscripto, inscripto e integrado | $ | 24.06.24 | Acta constitutiva |
| 30.000.000 | |||
| Capitalsuscripto eintegrado | 30.000.000 |
NOTA 8 – RESULTADO POR ACCIÓN
El resultado por acción por el ejercicio irregular de 10 meses y 7 días días finalizado el 30 de abril de 2025 fue calculado en base a la cantidad promedio de acciones existentes al cierre del ejercicio. El resultado surge del cociente entre el resultado del ejercicio y la cantidad de acciones.
| 30.04.25 | |
|---|---|
| Resultado del ejercicio Cantidad de acciones(Nota 7) |
(11.539.951) 30.000.000 |
| Resultadopor acción básicoy diluido | (0,3847) |
| Véase nuestro informe de fecha 8 de julio de 2025 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. (Socia) C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17 |
Véase nuestro informe de fecha 8 dejulio de 2025 |
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NOTA 9 – IMPUESTO A LAS GANANCIAS – IMPUESTO DIFERIDO
a) Alícuotas aplicables
El 16 de Junio de 2021 se publicó en el Boletín Oficial la Ley 27.630 que modificó la alícuota del impuesto a las ganancias, aplicable para los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2021 (para la Sociedad aplicaba a partir del 1 de mayo de 2021) e indicó en el último párrafo del art. 73 de la Ley de Impuesto a las Ganancias que los montos serán ajustados anualmente, a partir del 1° de enero de 2022, considerando la variación anual del índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al mes de octubre del año anterior al del ajuste, respecto del mismo mes del año anterior. Los montos determinados por aplicación del mecanismo descripto resultarán de aplicación para los ejercicios fiscales que se inicien con posterioridad a cada actualización.
La escala vigente para ejercicios fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2024 y por lo tanto aplicables al ejercicio de la Sociedad a cerrar el 30 de abril 2025 es la siguiente.
| Ganancia neta imponible acumulada | Ganancia neta imponible acumulada | Pagarán | Más el | Sobre el excedente de |
|---|---|---|---|---|
| Más de | A | |||
| $ 0 | $ 34.703.523 | $ 0 | 25% | $ 0 |
| $ 34.703.523 | $ 347.035.231 | $ 8.675.881 | 30% | $ 34.703.523 |
| $ 347.035.231 | Enadelante | $102.375.393 | 35% | $ 347.035.231 |
b) Ajuste por inflación impositivo
A los fines de determinar la ganancia neta imponible, se deberá deducir o incorporar al resultado impositivo del ejercicio que se liquida, el ajuste por inflación determinado de acuerdo con los artículos 105 a 109 de la ley del impuesto a las ganancias. Para la Sociedad, a partir de los ejercicios iniciados el 1 de enero de 2021 el ajuste por inflación que se liquide incidirá como un ajuste positivo o negativo, según corresponda, y deberá imputar en el período fiscal correspondiente sin diferimiento.
La variación del IPC para el ejercicio irregular de 10 meses y 7 días iniciado el 24 de junio de 2024 y finalizado el 30 de abril de 2025 fue del 35,2%, por lo cual la Sociedad para determinar la ganancia imponible correspondiente a dichos ejercicios, incluyó dicho ajuste.
c) Impuesto diferido
La evolución y composición de los activos y pasivos por impuesto diferido se detallan en los siguientes cuadros:
| Activos/(Pasivos) diferidos | Quebrantos | Inversiones | TOTAL |
|---|---|---|---|
| Saldo al inicio del ejercicio Cargo aresultados |
- 2.380.184 |
- (1.275.581) |
- 1.104.603 |
| Saldo al cierre del ejercicio | **2.380.184 ** | (1.275.581) | 1.104.603 |
| Véase nuestro informe de fecha 8 de julio de 2025 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. (Socia) C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17 |
Véase nuestro informe de fecha 8 dejulio de 2025 |
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NOTA 9 – IMPUESTO A LAS GANANCIAS – IMPUESTO DIFERIDO (CONT.)
Composición del resultado del impuesto a las ganancias:
| l resultado del impuesto a las ganancias: | |
|---|---|
| Impuesto diferido al cierre del ejercicio cargado a resultados Total impuesto a las ganancias |
30.04.25 |
| $ | |
| 1.104.603 | |
| 1.104.603 |
El quebranto impositivo vigente al 30 de abril de 2025 es el siguiente:
| Año generación | Monto | Tasa | Monto computable |
Año de Prescripción |
|---|---|---|---|---|
| Quebrantoimpositivo generado al30 de abrilde2025 | 9.520.735 | 25% | 2.380.184 | 2030 |
| Total quebranto impositivo al 30 de abril de 2025 | 9.520.735 | 2.380.184 |
En base a las estimaciones realizadas, la Sociedad considera que dichos quebrantos podrán ser aplicados contra futuros ingresos gravados originados dentro de los cinco años desde su generación (Ley 27.121).
Véase nuestro informe de fecha Véase nuestro informe de fecha 8 de julio de 2025 8 de julio de 2025 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. COMISION FISCALIZADORA (Socia) C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17 Dr. Norberto Luis Feoli
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ESTADO DE SITUACIÓN PATRIMONIAL al 30 de abril de 2025
INVERSIONES ANEXO I
| Valor registrado al 30.04.25 |
|
| Inversiones corrientes En moneda nacional Fondos comunes de inversión Total inversiones corrientes |
$ |
| 31.378.027 | |
| 31.378.027 |
Véase nuestro informe de fecha Véase nuestro informe de fecha 8 de julio de 2025 8 de julio de 2025 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. COMISION FISCALIZADORA (Socia) C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17 Dr. Norberto Luis Feoli
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Registro en la Inspección General de Justicia: 13737-118
INFORMACION REQUERIDA POR EL ART. 64, INC. B) DE LA LEY Nº 19550 Por el ejercicio irregular de 10 meses y 7 días finalizado el 30 de abril de 2025
PREVISIONES ANEXO II
| Valor registrado al 30.04.25 |
|
| Otros créditos corrientes En moneda nacional Por desvalorización de créditos impositivos Total inversiones corrientes |
$ |
| (539.239) | |
| (539.239) |
Véase nuestro informe de fecha Véase nuestro informe de fecha 8 de julio de 2025 8 de julio de 2025 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. COMISION FISCALIZADORA
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Registro en la Inspección General de Justicia: 13737-118
INFORMACION REQUERIDA POR EL ART. 64, INC. B) DE LA LEY Nº 19550 Por el ejercicio irregular de 10 meses y 7 días finalizado el 30 de abril de 2025
ANEXO III
| Concepto | Gastos de administración |
Valor registrado al 30.04.25 |
|---|---|---|
| Honorarios profesionales Gastos de oficina, movilidad y representación Impuestos y tasas Comisiones e impuestos bancarios Total al 30 de abril de 2025 |
$ | $ |
| 7.237.804 173.330 326.710 102.143 |
7.237.804 173.330 326.710 102.143 |
|
| 7.839.987 | 7.839.987 |
Véase nuestro informe de fecha Véase nuestro informe de fecha 8 de julio de 2025 8 de julio de 2025 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. COMISION FISCALIZADORA (Socia) C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17 Dr. Norberto Luis Feoli
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Informe de auditoría emitido por los auditores independientes
A los Señores Presidente y Directores de Prexium S.A.U. Domicilio legal: Avenida Córdoba 948/950 Piso 8vo C Ciudad Autónoma de Buenos Aires CUIT: 30-71862938-8
Informe sobre la auditoría de los estados contables
Opinión
Hemos auditado los estados contables de Prexium S.A.U. (en adelante “la Sociedad”) que comprenden el estado de situación patrimonial al 30 de abril de 2025, los estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujos de efectivo correspondientes al ejercicio finalizado en esa fecha, y las notas a los estados contables, que incluyen información material sobre las políticas contables y anexos complementarios.
En nuestra opinión, los estados contables adjuntos presentan razonablemente, en todos los aspectos significativos, la situación patrimonial de la Sociedad al 30 de abril de 2025, así como su resultado, la evolución del patrimonio neto y los flujos de efectivo correspondientes al ejercicio finalizado en esa fecha, de conformidad con las normas contables profesionales argentinas.
Fundamento de la opinión
Hemos llevado a cabo nuestro examen de conformidad con normas de auditoría establecidas en la sección III.A de la Resolución Técnica N° 37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE). Nuestras responsabilidades de acuerdo con dichas normas se describen más adelante en la sección “Responsabilidades de los auditores en relación con la auditoría de los estados contables” del presente informe. Somos independientes de la Sociedad y hemos cumplido las demás responsabilidades de ética de conformidad con los requerimientos del Código de Ética del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Resolución Técnica N° 37 de la FACPCE.
Consideramos que los elementos de juicio que hemos obtenido proporcionan una base suficiente y adecuada para fundamentar nuestra opinión de auditoría.
Price Waterhouse & Co. S.R.L. Bouchard 557, piso 8° C1106ABG - Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina T: +(54.11) 4850.0000
www.pwc.com.ar
Información que acompaña a los estados contables (“otra información”)
La otra información comprende la Memoria. El Directorio es responsable de la otra información.
Nuestra opinión sobre los estados contables no cubre la otra información y, por lo tanto, no expresamos ninguna conclusión de auditoría.
En relación con nuestra auditoría de los estados contables, nuestra responsabilidad es leer la otra información y, al hacerlo, considerar si la misma es materialmente inconsistente con los estados contables o nuestros conocimientos obtenidos en la auditoría, o si por algún otro motivo parece que existe una incorrección significativa. Si, basándonos en el trabajo que hemos realizado, consideramos que, en lo que es materia de nuestra competencia, existe una incorrección significativa en la otra información, estamos obligados a informarlo. No tenemos nada que informar al respecto.
Responsabilidades del Directorio en relación con los estados contables
El Directorio de Prexium S.A.U. es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados contables de acuerdo con las normas contables profesionales argentinas, y del control interno que el Directorio considere necesario para permitir la preparación de estados contables libres de incorrección significativa, debida a fraude o error.
En la preparación de los estados contables, el Directorio es responsable de evaluar la capacidad de la Sociedad de continuar como empresa en funcionamiento, revelar, en caso de corresponder, las cuestiones relacionadas con este tema y utilizar el principio contable de empresa en funcionamiento, excepto si el Directorio tiene intención de liquidar la Sociedad o de cesar sus operaciones, o bien no exista otra alternativa realista de continuidad.
Responsabilidades de los auditores en relación con la auditoría de los estados contables
Nuestros objetivos son obtener una seguridad razonable de que los estados contables en su conjunto están libres de incorrección significativa, debida a fraude o error, y emitir un informe de auditoría que contenga nuestra opinión. Seguridad razonable es un alto grado de seguridad, pero no garantiza que una auditoría realizada de conformidad con la Resolución Técnica N° 37 de la FACPCE siempre detecte una incorrección significativa cuando exista. Las incorrecciones pueden deberse a fraude o error y se consideran significativas si, individualmente o de forma agregada, puede preverse razonablemente que influyan en las decisiones económicas que los usuarios toman basándose en los estados contables.
Como parte de una auditoría de conformidad con la Resolución Técnica N° 37 de la FACPCE, aplicamos nuestro juicio profesional y mantenemos una actitud de escepticismo profesional durante toda la auditoría. También:
-
Identificamos y evaluamos los riesgos de incorrección significativa en los estados contables, debida a fraude o error, diseñamos y aplicamos procedimientos de auditoría para responder a dichos riesgos y obtenemos elementos de juicio suficientes y apropiados para proporcionar una base para nuestra opinión. El riesgo de no detectar una incorrección significativa debida a fraude es más elevado que en el caso de una incorrección significativa debida a error, ya que el fraude puede implicar colusión, falsificación, omisiones deliberadas, manifestaciones intencionalmente erróneas, o la elusión del control interno.
-
Obtenemos conocimiento del control interno relevante para la auditoría con el fin de diseñar procedimientos de auditoría que sean apropiados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la efectividad del control interno de la Sociedad.
2
-
Evaluamos si las políticas contables aplicadas son apropiadas, así como la razonabilidad de las estimaciones contables y la correspondiente información revelada por el Directorio de la Sociedad.
-
Concluimos sobre lo apropiado de la utilización por el Directorio de la Sociedad, del principio contable de empresa en funcionamiento y, basándonos en los elementos de juicio obtenidos, concluimos sobre si existe o no una incertidumbre importante relacionada con hechos o con condiciones que pueden generar dudas significativas sobre la capacidad de la Sociedad para continuar como empresa en funcionamiento. Si concluimos que existe una incertidumbre importante, debemos enfatizar en nuestro informe de auditoría sobre la correspondiente información revelada en los estados contables, o si dichas revelaciones no son apropiadas, se requiere que expresemos una opinión modificada. Nuestras conclusiones se basan en los elementos de juicio obtenidos hasta la fecha de emisión de nuestro informe de auditoría. Sin embargo, hechos o condiciones futuros pueden ser causa de que la Sociedad deje de ser una empresa en funcionamiento.
-
Evaluamos la presentación general, la estructura y el contenido de los estados contables, incluida la información revelada, y si los estados contables representan las transacciones y hechos subyacentes de un modo que logre una presentación razonable.
Nos comunicamos con el Directorio de la Sociedad en relación con, entre otras cuestiones, el alcance y el momento de realización de la auditoría planificados y los hallazgos significativos de la auditoría, incluyendo cualquier deficiencia significativa en el control interno que identifiquemos en el transcurso de la auditoría.
Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios
En cumplimiento de disposiciones vigentes informamos, que:
-
a) los estados contables de la Sociedad surgen de registros contables llevados en sus aspectos formales de conformidad con normas legales excepto en cuanto a que: i) se encuentra en proceso de transcripción al libro Inventario y Balances el ejercicio finalizado el 30 de abril 2025, y ii) se encuentran en proceso de transcripción al Libro Diario los asientos correspondientes a los meses de febrero 2025 en adelante;
-
b) al 30 de abril de 2025 no existe deuda devengada a favor del Sistema Integrado Previsional Argentino que surja de los registros contables.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 8 de julio de 2025.
PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
([Socia] )
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17 Paula Verónica Aniasi Contadora Pública (U.N.L.P.) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 364 F° 121
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INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA
Señores Accionistas de PREXIUM S.A.U. Domicilio legal: Avenida Córdoba 948/950 Piso 8 C Ciudad Autónoma de Buenos Aires CUIT: 30-71862938-8
Informe sobre los controles realizados como miembros de la Comisión Fiscalizadora respecto de los estados contables irregulares y la Memoria del Directorio
Opinión
Hemos llevado a cabo los controles que nos imponen como síndicos la legislación vigente, el estatuto social, las regulaciones pertinentes y las normas profesionales para contadores públicos, acerca de los estados contables irregulares de PREXIUM S.A.U., que comprenden el estado de situación patrimonial al 30 de abril de 2025, los estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo correspondientes al ejercicio irregular de 10 meses y 7 días finalizado en esa fecha, así como las Notas 1 a 9 y anexos I a III, explicativos de los estados contables irregulares, que incluyen un resumen de las políticas contables significativas; y el Inventario y la Memoria del Directorio correspondientes al ejercicio irregular finalizado en dicha fecha
En nuestra opinión, los estados contables mencionados en el primer párrafo, que se adjuntan a este informe y firmamos a los fines de su identificación, presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación patrimonial de PREXIUM S.A.U. al 30 de abril de 2025, así como su resultado, la evolución del patrimonio neto y el flujo de su efectivo correspondientes al ejercicio irregular finalizado en esa fecha, de conformidad con las normas contables profesionales argentinas. Asimismo, en nuestra opinión, la Memoria del Directorio cumple con los requisitos legales y estatutarios, resultando las afirmaciones acerca de la gestión llevada a cabo y de las perspectivas futuras, de exclusiva responsabilidad del Directorio.
Fundamentos de la opinión
Hemos llevado a cabo nuestros controles cumpliendo con las normas legales y profesionales vigentes para el síndico societario, contempladas, entre otras, en la Ley General de Sociedades y en la Resolución Técnica N° 15 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), la cual tiene en cuenta que los controles de la información deben llevarse a cabo cumpliendo con las normas de auditoría establecidas en la Resolución N° 37 de dicha Federación. Nuestras
responsabilidades de acuerdo con las normas mencionadas se describen más adelante en la sección “Responsabilidades de la Comisión Fiscalizadora en relación con la auditoría de los estados contables irregulares y la Memoria del Directorio” del presente informe. Somos independientes de la Sociedad y hemos cumplido con las demás responsabilidades de ética de conformidad con los requerimientos del Código de Ética del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Resolución Técnica N° 37 de la FACPCE.
Para realizar nuestra tarea profesional sobre los documentos citados en el primer párrafo, hemos revisado la auditoría efectuada por los auditores externos de PREXIUM S.A.U., Price Waterhouse & Co. S.R.L., quienes emitieron su informe en el día de la fecha, sin salvedades, de acuerdo con las normas de auditoría vigentes. Dicha revisión incluyó la verificación de la planificación del trabajo, de la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos aplicados y de los resultados de la auditoría efectuada por dichos profesionales. Los profesionales mencionados han llevado a cabo su examen sobre los estados contables irregulares adjuntos de conformidad con las normas de auditoría establecidas en la Res. Técnica F.A.C.P.C.E. 37/13 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas exigen que cumplan con los requerimientos de ética, así como que planifiquen y ejecuten la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los estados contables estén libres de incorrecciones significativas.
Responsabilidades del Directorio de PREXIUM S.A.U. en relación con los estados contables irregulares
El Directorio de PREXIUM S.A.U. es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados contables irregulares adjuntos de conformidad con las normas contables profesionales argentinas, y del control interno que considere necesario para permitir la preparación de estados contables libres de incorrecciones significativas debidas a fraude o error.
En la preparación de los estados contables, la Dirección es responsable de la evaluación de la capacidad de PREXIUM S.A.U. para continuar como empresa en funcionamiento, revelando, en caso de corresponder, las cuestiones relacionadas con empresa en funcionamiento y utilizando este principio contable, excepto si el Directorio tuviera intención de liquidar la Sociedad o de cesar sus operaciones, o bien no existiera otra alternativa realista de continuidad.
Responsabilidades de la Comisión Fiscalizadora en relación con la auditoría de los estados contables irregulares y la Memoria del directorio
- a) Identificamos y evaluamos los riesgos de incorrecciones significativas en los estados contables debidas a fraude o error, diseñamos y aplicamos procedimientos
de auditoría para responder a dichos riesgos y obtenemos elementos de juicio suficientes y adecuados para proporcionar una base para nuestra opinión.
-
b) Obtenemos conocimiento del control interno relevante para la auditoría con el fin de diseñar procedimientos que sean apropiados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la Sociedad.
-
c) Evaluamos si las políticas contables aplicadas son adecuadas, así como la razonabilidad de las estimaciones contables y la correspondiente información revelada por el Directorio de PREXIUM S,A,U..
-
d) Concluimos sobre lo adecuado de la utilización por el Directorio de PREXIUM S.A.U. del principio contable de empresa en funcionamiento y, basándonos en los elementos de juicio obtenidos, concluimos sobre si existe o no una incertidumbre significativa relacionada con hechos o con condiciones que puedan generar dudas importantes sobre la capacidad de PREXIUM S.A.U. para continuar como empresa en funcionamiento. Si concluimos que existe una incertidumbre significativa, se requiere que llamemos la atención en nuestro informe como síndicos sobre la información expuesta en los estados contables o en la Memoria, o si dicha información expuesta no fuera adecuada, que expresemos una opinión modificada. Nuestras conclusiones se basan en los elementos de juicio obtenidos hasta la fecha de nuestro informe como síndicos. Sin embargo, hechos o condiciones futuros pueden ser causa de que la Sociedad deje de ser una empresa en funcionamiento.
-
e) Evaluamos la presentación general, la estructura y el contenido de los estados contables, incluida la información revelada, y si los estados contables representan las transacciones y hechos subyacentes de un modo que logren una presentación razonable.
-
f) Nos comunicamos con el Directorio de PREXIUM S.A.U. en relación con, entre otras cuestiones, la estrategia general de la planificación y ejecución de nuestros procedimientos de auditoría como síndicos, y los hallazgos significativos en nuestra actuación como responsables de la fiscalización privada, así como cualquier deficiencia significativa del control interno identificada en el transcurso de nuestra actuación como síndicos.
También proporcionamos al Directorio de PREXIUM S.A.U. una declaración de que hemos cumplido con los requerimientos de ética aplicables relacionados con nuestra independencia.
Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios
-
a) Al 30 de abril de 2025, según surge de los registros contables, no existe deuda devengada ni exigible a favor del Sistema Integrado Previsional Argentino.
-
b) Los estados contables adjuntos y el correspondiente inventario surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
-
c) En el desempeño de nuestra función consideramos haber cumplido con nuestros deberes como síndicos conforme lo prescribe la Ley General de Sociedades.
-
d) Se ha dado cumplimiento a las Resoluciones 7/15 y 9/15 de la Inspección General de Justicia respecto de la constitución de las garantías de los Directores.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 8 de julio de 2025.
Por Comisión Fiscalizadora
Norberto Luis Feoli Síndico Titular Contador Público (U.B.A.)
C.P.C.E.C.A.B.A. T° 50 F° 212
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 10 de julio de 2025
Legalizamos de acuerdo con las facultades otorgadas a este CONSEJO PROFESIONAL por las leyes 466 (Art. 2, Inc. D y J) y 20488 (Art. 21, Inc. I) la actuación profesional con los datos que a continuación se detallan:
Fecha de intervención: 08/07/2025 Referida a: E.E.C.C. - Ejercicio Regular/ Irregular - Individual Perteneciente a: Prexium SAU S.A. CUIT: 30-71862938-8 Fecha de Cierre: 30/04/2025 Monto total del Activo: $32.867.229,00 Intervenida por: Dra. PAULA VERONICA ANIASI
Sobre la misma se han efectuado los controles de matrícula vigente y control formal de dicha actuación profesional de conformidad con lo previsto en la Res. C. D. 34/24, no implicando estos controles la emisión de un juicio técnico sobre la actuación profesional.
Datos del Matriculado Dra. PAULA VERONICA ANIASI
Contador Público ( Universidad Nacional de La Plata ) CPCECABA T° 364 F° 121
Firma en carácter de socio PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. T° 1 F° 17
SOCIO
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