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Capex S.A. Annual Report 2020

Jul 29, 2020

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Annual Report

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E G WIND S.A.

ESTADOS CONTABLES

correspondientes al ejercicio económico finalizado el 30 de abril de 2020 presentados en forma comparativa

E G WIND S.A.

COMPOSICION DEL DIRECTORIO

Presidente

Sr. Pablo A. Götz

Vicepresidente

Sr. Alejandro E. Götz

Director Titular

Sr. Rafael A. Götz

Director Suplente

Sr. Miguel F. Götz

Síndicos Titulares

Sr. Norberto Luis Feoli Sr. Edgardo Giudicessi Sr. Mario Árraga Penido

Síndicos Suplentes

Sra. Claudia Marina Valongo Sra. Andrea Mariana Casas Sra. Claudia Angélica Briones

E G WIND S.A.

ESTADOS CONTABLES

correspondientes al ejercicio económico finalizado el 30 de abril de 2020 presentados en forma comparativa

INDICE

Memoria Estado de situación patrimonial Estado de resultados Estado de evolución del patrimonio neto Estado de flujo de efectivo Notas a los estados contables Anexos I a IV Informe de los Auditores Independientes Informe de la Comisión Fiscalizadora

E G WIND S.A.

MEMORIA

Señores Accionistas:

En cumplimiento de disposiciones estatutarias y legales vigentes, el Directorio de la Sociedad cumple en someter a vuestra consideración la presente Memoria, Inventario, Informe de los Auditores, Informe de la Comisión Fiscalizadora y Estados Contables, correspondientes al ejercicio económico N° 4, finalizado el 30 de abril de 2020.

E G WIND S.A. se constituyó el 5 de julio de 2016, siendo su actividad principal la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables.

En julio de 2016 el Gobierno Nacional, a través de la Subsecretaría de Energía Renovables, lanzó la licitación pública nacional e internacional para la instalación de centrales eléctricas con fuentes de energías renovables, denominada Programa RenovAr-Ronda 1. Dicho programa proyectaba adjudicar 1.000 MW de generación con fuentes de energías renovables (eólica, fotovoltaica, biogás, biomasa y minihidráulica).

En el marco de este programa, Hychico S.A., sociedad controlante en ese momento con el 75% de E G WIND S.A., ofertó un proyecto denominado Parque Eólico Diadema II (PED II). E G WIND S.A. fue constituida con el propósito específico de participar en el Programa mencionado. El proyecto finalmente no resultó adjudicado, motivo por el cual la Sociedad no realizó operaciones en el ejercicio finalizado al 30 de abril de 2017.

El 17 de agosto de 2017 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución E-275/2017 del Ministerio de Energía y Minería, la cual convocó a los interesados a ofertar en el proceso de convocatoria abierta nacional e internacional para la contratación en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) de energía eléctrica de fuentes renovables de generación – el Programa RenovAr - Ronda 2 -, con el fin de celebrar contratos del mercado a término (denominados contratos de abastecimiento de energía eléctrica renovable), con la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA), en representación de los Distribuidores y Grandes Usuarios del Mercado Eléctrico Mayorista – hasta su reasignación en cabeza de los agentes distribuidores y/o Grandes Usuarios del MEM, de conformidad con el Pliego de Bases y Condiciones del Programa.

El 19 de octubre de 2017, Capex S.A., actual sociedad controlante con el 95%, presentó el proyecto Parque Eólico Diadema II en el Programa RenovAr - Ronda 2 -. Si bien la oferta había sido aprobada técnicamente a través de la Resolución E-450/2017, el 1° de diciembre de 2017 el Ministerio de Energía y Minería informó a través de la Resolución E-473/2017 que el Proyecto no había resultado adjudicado y se invitó al oferente a ofertar nuevamente bajo determinadas condiciones prefijadas:

  • El precio por megavatio hora para los contratos a celebrar por quienes aceptaran la invitación era de US$ 40,27 MWh (el Proyecto del Parque Eólico Diadema II se había ofertado con un precio de US$ 42 MWh);

  • En los casos de proyectos respecto de los cuales existía una restricción en el sistema de transporte eléctrico, el oferente debía aceptar, a su exclusivo costo, la ejecución de las obras que resultaren necesarias para resolver la restricción que le informara CAMMESA. El Parque Eólico Diadema II no requería ampliación de capacidad adicional a la que será ejecutada por el Estado Nacional.

  • El Parque Eólico Diadema II había quedado primero en el orden de preadjudicación elaborado por CAMMESA de acuerdo con la regulación vigente.

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E G WIND S.A.

Capex S.A participó en la nueva convocatoria y el Proyecto resultó adjudicado el 19 de diciembre de 2017 mediante la Res 488/2017 del Ministerio de Energía y Minería. Con fecha 4 de junio de 2018 E G WIND suscribió con CAMMESA el contrato de construcción, puesta en marcha y abastecimiento de energía a partir de fuentes renovables por una potencia máxima de 27,6 MW y un período de abastecimiento de 20 años a un precio de US$ 40,27 MWh, a contar desde la fecha de la habilitación comercial e incluye la obligación de la Sociedad de construir el Parque Eólico Diadema II. Con motivo de dicha adjudicación, la Sociedad obtuvo beneficios fiscales nacionales, previstos en el programa RenovAr Ronda 2 en el marco de la Ley 26.190 y 27.191, a saber: a) se extiende a 10 años el período para la compensación de los quebrantos del impuesto a las ganancias, b) devolución anticipada del impuesto al valor agregado que podrá ser solicitado luego de transcurrido un período fiscal a partir de las inversiones realizadas en el citado proyecto hasta la conclusión del mismo y c) amortización acelerada en el impuesto a las ganancias, el cual podrá ser solicitado a partir del período fiscal de habilitación del bien, y los beneficios fiscales provinciales de la provincia del Chubut en el marco del Régimen de Promoción de Fuentes de Energías Renovables, Ley XVII – N°95 y Decreto 1114/11, a saber: a) Impuesto de sellos: eximición del pago para las etapas de estudio y desarrollo y de construcción y b) Impuesto a los ingresos brutos: eximición del 100 % generado por el desarrollo de las actividades durante los primeros 5 años a contar desde el inicio de la operación comercial, y del 50% a partir del sexto año hasta el décimo año inclusive.

El Parque Eólico Diadema II se encuentra ubicado en la Ciudad de Comodoro Rivadavia, Provincia del Chubut, y está compuesto por 9 aerogeneradores ENERCON E-82 E4 con una potencia nominal de 3,07 MW (megavatio) cada uno, totalizando una potencia instalada de 27,6 MW. La inversión total fue de aproximadamente US$ MM 35,7.

Con fecha 29 de junio de 2018 Capex otorgó ciertas garantías corporativas por un total de US$ 18.620.694 a favor de Enercon GmbH y Enercon Argentina S.R.L., en relación con las obligaciones de pago asumidas por la Sociedad ante dichas empresas, por la provisión e instalación de los equipos, como así también la puesta en marcha del Parque Eólico Diadema II.

El Parque Eólico Diadema II obtuvo su habilitación comercial por parte de CAMMESA el día 18 de septiembre de 2019, cumpliendo con los plazos estipulados en la licitación. Debido a las limitaciones de transporte eléctrico del corredor patagónico y la línea 132 kV Comodoro Rivadavia - Pico Truncado en particular, el parque debe operar con restricciones de potencia, las cuales son administradas por CAMMESA. Hasta tanto no se realicen las obras de ampliación a cargo del Estado Nacional, existirán estas restricciones las cuales serán mayores en la medida que se sumen nuevos parques eólicos en la zona. Como mecanismo de compensación a dichas restricciones, el contrato establece en su punto 10.3 la “Obligación de tomar o pagar” que entrará en vigencia el 19 de junio de 2020 al cumplirse los 30 meses de la adjudicación del contrato.

El desempeño alcanzado por el parque desde la puesta en marcha se refleja en la siguiente tabla:

Mes Oct./2019 Nov./2019 Dic./2019 Ene./2020 Feb./2020 Mar/2020 Abr /2020
FC 34,3% 39,0% 54,0% 51,4% 42,2% 33,7% 0,0%

Respecto del ejercicio 2019-2020, el mismo se ve afectado por un incendio ocurrido en el mes marzo de 2020 en la Estación Transformadora Diadema, que conecta el parque con el SADI (Sistema Argentino de Interconexión), y como consecuencia del cual, el Parque Eólico Diadema II quedó desconectado del mismo. Los trabajos de restablecimiento de conexión y análisis de causa raíz se vieron afectados por la situación del COVID-19 y las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio establecidas por el Estado Nacional a través del Decreto Nacional Nro. 297/2020. Este hecho fortuito se informó oportunamente tanto a la Secretaría de Energía de la Nación como a CAMMESA, presentando posteriormente los informes de perturbación correspondientes. La reconexión del parque fue el 22 de mayo de 2020.

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E G WIND S.A.

Marco Regulatorio

El marco regulatorio de la industria eléctrica se basa en las disposiciones de las Leyes 15.336 y 24.065 y su reglamentación (el “Marco Regulatorio”), entre las cuales se destaca la Resolución SE N° 61/92 y sus modificatorias y complementarias conocida como “Los Procedimientos” del Mercado Eléctrico Mayorista (“MEM”).

El marco regulatorio divide la generación, transmisión y distribución de la electricidad considerándolas actividades integradas y sometiendo cada una de ellas a una reglamentación independiente.

Los generadores pueden vender su energía a empresas distribuidoras, a grandes usuarios y al MEM. Las empresas transportistas gozan de un monopolio natural y están obligadas a permitir el acceso de terceros a cualquier capacidad de transporte disponible. Las empresas distribuidoras, que también operan en condiciones de monopolio, están reguladas a través del establecimiento de tarifas y especificaciones para la calidad del servicio.

El MEM es un mercado en el cual los generadores y distribuidores pueden comprar y vender electricidad a precios determinados por las leyes de la oferta y la demanda y están autorizados a firmar contratos de suministro de energía eléctrica a término.

El control regulatorio del sector eléctrico bajo jurisdicción federal se lleva a cabo a través del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (“ENRE”), entidad reguladora nacional y responsable de verificar que los miembros del sector cumplan con las disposiciones del marco regulatorio de la industria y con las disposiciones de las concesiones correspondientes.

La administración del sector eléctrico está a cargo de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A (“CAMMESA”) cuyo capital accionario se distribuye entre las entidades que representan a los generadores, empresas transportistas, distribuidoras, grandes usuarios de electricidad y la SE, que actúa en representación de los usuarios menores que no acceden directamente al MEM.

CAMMESA está a cargo de la programación y el despacho de los generadores para satisfacer la demanda del MEM, para lo cual ha sido autorizada a firmar contratos con agentes del MEM para el abastecimiento de energía, en cumplimiento de instrucciones emitidas por la SE, en el marco de los mecanismos establecidos en la Resolución 2022/05.

De conformidad con el marco regulatorio, CAMMESA administra un fondo de estabilización para balancear los pagos efectuados por la demanda versus los gastos pagados a los productores y transportistas de electricidad, el cual arroja resultados deficitarios desde el año 2003. Este déficit se ha originado en la falta de ajustes tarifarios a la demanda y en el incremento de costos de los generadores. La SE ha emitido sucesivas normas para intentar adecuar la caja a tal déficit, entre ellas las Resoluciones SE N° 240/03, 406/03, 712/04, 826/04, 956/04, 1866/05 y 564/07. A su vez, la Resolución SE N° 1281/06 introdujo cambios normativos de relevancia respecto de: (i) el respaldo físico de la demanda, (ii) el destino de la generación existente y (iii) el encuadre de la nueva generación que se vincule al sistema eléctrico.

La Resolución SE N° 220/07, de fecha 18 de enero de 2007, habilitó la realización de contratos de abastecimiento entre el MEM y las ofertas de disponibilidad de generación y energía asociada adicionales, presentadas por parte de agentes generadores, cogeneradores o autogeneradores que, a la fecha de publicación de esta resolución, no fueran agentes de MEM, o no estuvieran habilitados comercialmente o interconectados. La resolución estableció las características básicas que deberán cumplir dichos contratos de abastecimiento. Están habilitados a ser parte de las ofertas de generación todos aquellos proyectos en los que participe el Estado Nacional, ENARSA o los que el Señor Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios determine. También se establece que, en tanto sea de aplicación la Resolución SE N° 406/03, las obligaciones derivadas del contrato tendrán una prioridad de cancelación igual a las establecidas en el numeral e) del art. 4 de esa resolución. En caso de que se modifique el orden de prioridad a aplicar, la prioridad de cancelación no podrá ser inferior a la correspondiente al reconocimiento de los costos operativos de los generadores térmicos.

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E G WIND S.A.

LEY 26.190 Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables

El 6 de diciembre de 2006 el Congreso de la Nación sancionó la Ley 26.190 que estableció el Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables, estableciendo los siguientes puntos:

  • (i) Declaró de interés nacional la generación de energía eléctrica a partir del uso de fuentes de energía renovables con destino a la prestación de servicio público; (ii) estableció el porcentaje de energía renovable que debería alcanzar el país respecto del consumo de energía eléctrica nacional; (iii) la ley promueve la realización de nuevas inversiones en emprendimientos de energía eléctrica a partir del uso de fuentes renovables de energía definiendo su ámbito de aplicación en todo el país; definió los conceptos de Fuentes Renovables de Energía, Energía Eléctrica generada a partir de fuentes de energía renovables y el concepto de Equipos para Generación; (iv) Definió los beneficios impositivos para los beneficiarios del Régimen de Inversiones para la construcción de obras nuevas destinadas a la generación de energía eléctrica generada a partir de fuentes de energía renovables que posteriormente fueron modificados por la Ley 27.191.

LEY 27.191 – Modificaciones al régimen de fomento de energías renovables

El 25 de septiembre de 2015 el Congreso Nacional sancionó la Ley 27.191, que fue publicada en el Boletín Oficial el 21 de octubre de 2015. La mencionada Ley introdujo modificaciones al Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables creado por la Ley 26.190, para lo cual, en líneas generales, y con el objetivo de lograr alcanzar una contribución de energía renovable en la matriz de consumo nacional del 8% al 31 de diciembre de 2017 y del 20% al 31 de diciembre de 2025, incorporó los siguientes puntos:

(i) Amplió la definición de energías renovables; (ii) eliminó el límite de 10 años para el régimen de beneficios fiscales; (iii) fijó incentivos fiscales no excluyentes como: devolución anticipada de IVA, amortización acelerada del impuesto a las ganancias, exclusión de la base de los bienes afectados por las actividades promovidas del impuesto a la ganancia mínima presunta, exención de derechos de importación, compensación de quebrantos con ganancias (de los actuales 5 años pasa a 10 años), exención del impuesto a la distribución de dividendos siendo el beneficiario persona física (sólo en caso de reinversión del mismo), y certificados fiscales por el 20% del valor de los componentes nacionales; (iv) creó el Fondo Fiduciario para Desarrollo de Energías Renovables que, entre otras cosas, otorgará préstamos y garantías a los proyectos de inversión y (v) dispuso que todos los usuarios de energía eléctrica tendrán que contribuir cumpliendo con los objetivos de consumo de energías renovables establecidos por la ley, para lo cual se estableció un cronograma gradual y obligaciones especiales para los Grandes Usuarios de más de 300kW. Finalmente la ley ratificó que la generación eólica debe ser tratada como generación hidráulica de pasada; por lo tanto ésta despachará en virtud de la disponibilidad de viento real con la que contase.

Adicionalmente, en el mes de mayo de 2016 el Ministerio de Energía y Minería emitió las Res 71/2016 y 72/2016 mediante las cuales dio inicio a la primera ronda del Proceso de Convocatoria Abierta para la contratación en el MEM de energía eléctrica de fuentes renovables de generación (“Programa RenovAr”) para dar cumplimiento a las Leyes 26.190 y 27191.

Decreto 531/2016 – Reglamenta la Ley 26.190 y la Ley 27.191

El día 31 de marzo de 2016 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 531/2016 que aprobó la reglamentación de la Ley 26.190, modificada por el Capítulo I y II de la Ley 27.191 referente a la Segunda Etapa del Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la Producción de Energía Eléctrica. Asimismo aprobó la reglamentación de los Capítulos de la Ley 27.191 correspondientes al: Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Energía Renovables (III), la Contribución de los Usuarios de Energía Eléctrica al Cumplimiento de los Objetivos del Régimen de Fomento (IV), los Incrementos Fiscales (V), el régimen de importaciones (VI), el acceso y utilización de fuentes renovables de energía (VII), energía eléctrica proveniente de recursos renovables intermitentes (VIII) y

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E G WIND S.A.

las cláusulas complementarias (IX) que establecen que la autoridad de aplicación deberá difundir ampliamente las ofertas de generación eléctrica a partir de fuentes renovables de energía y que invita a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las Provincias a adherir a la ley y a dictar sus propias normas destinadas a promover la producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía.

Resolución E- 275/2017 – Ministerio de Energía y Minería

El 17 de agosto de 2017 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 275/2017, la cual convocó a los interesados a ofertar en el proceso de convocatoria nacional abierta nacional e internacional para la contratación en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) de energía eléctrica de fuentes renovables de generación – el Programa RENOVAR (Ronda 2), con el fin de celebrar contratos del mercado a término (denominados contratos de abastecimiento de energía eléctrica renovable), con CAMMESA, en representación de los Distribuidores y Grandes Usuarios del Mercado Eléctrico Mayorista – hasta su reasignación en cabeza de los agentes distribuidores y/o Grandes Usuarios del MEM, de conformidad con el Pliego de Bases y Condiciones del Programa.

Resolución E-281/2017 – Ministerio de Energía y Minería

El 22 de agosto de 2017 se publicó la Resolución 281/2017 que estableció el Régimen del Mercado a Término de Energía Eléctrica de Fuente Renovable en el marco de lo establecido por la Ley 27.191 y el Decreto reglamentario 531/2016. Este Régimen tiene por objeto establecer las condiciones de cumplimiento de acuerdo con lo fijado en el artículo 9º de la Ley 27.191 por parte de los Grandes Usuarios del Mercado Eléctrico Mayorista y las Grandes Demandas que sean Clientes de los Agentes Distribuidores del MEM, o de los Prestadores del Servicio Público de Distribución en tanto sus demandas de potencia sean iguales o mayores a trescientos kilovatios (300KV) medios demandados, a través de la contratación individual en el Mercado a Término de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables o por autogeneración de fuentes renovables, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 27.191 y el artículo 9 del Anexo II del Decreto 531/2016. Específicamente se estableció que la obligación para los sujetos individualizados en el mencionado artículo de la Ley podría cumplirse por cualquiera de las siguientes formas: a) por contratación individual de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables, b) por autogeneración o por cogeneración de fuentes renovables o c) por participación en el mecanismo de compras conjuntas desarrollado por CAMMESA. El art. 9, en su inciso 2, apartado (i) del Anexo II, del decreto reglamentario prevé que los contratos de abastecimiento de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables celebrados en el marco de la Ley 27.191, por los sujetos comprendidos en su artículo 9, serán libremente negociados entre las partes, teniendo en cuenta las características de los proyectos de inversión y el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la ley y en el decreto reglamentario, los deberes de información y requisitos de administración establecidos en los Procedimientos de CAMMESA y en la normativa complementaria que dicte la autoridad de aplicación.

Resolución 488/2017 – Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable

Con fecha 19 de diciembre de 2017, mediante la Res 488/2017 del Ministerio de Energía y Minería, se adjudicaron los Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable en los términos establecidos en las Resoluciones Nros. 275 de fecha 16 de agosto de 2017 y 473 de fecha 30 de noviembre de 2017, ambas de ese Ministerio, indicándose el Precio Adjudicado por megavatio hora para cada tecnología en cada Contrato de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable a suscribir y la asignación del cupo remanente de la Garantía Banco Mundial, para dichos proyectos.

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E G WIND S.A.

Resolución 230/2019 - Ministerio de Hacienda – Secretaría de Gobierno de Energía

Con fecha 30 de abril de 2019 se dictó la Res 230/19 de la Secretaría de Gobierno de Energía, a través de la cual se modificó el Anexo I de la Res 281/17 estableciendo como temas relevantes las nuevas condiciones para el mantenimiento de la prioridad de despacho otorgada, formas de demostrar el avance de la construcción del proyecto y plazo de mantenimiento de la caución contratada por la potencia por la cual se le asignó prioridad al proyecto.

Mercado Energético Argentino

Matriz energética argentina

El gas natural y el petróleo constituyen los recursos energéticos de mayor participación en la matriz energética nacional.

El siguiente gráfico muestra las participaciones al 31 de diciembre de 2018, ya que no hay datos oficiales disponibles al 31 de diciembre de 2019:

==> picture [370 x 295] intentionally omitted <==

----- Start of picture text -----

Matriz Energética Argentina 2018
Renovables
Energía
Alcoholes y aceites Vegetales 0,3% Hidráulica
3,8%
4,6%
Otros Primarios Energía Nuclear
3,0% 2,5%
Carbón Mineral
1,6%
Petróleo
31,0%
Gas Natural
53,2%
----- End of picture text -----

Fuente: Secretaría de Gobierno de Energía (SGE)

En el año 2019, el 6,0 % del total de energía generada del país corresponde a la generación de energía renovable (incluyendo la generación hidroeléctrica menor o igual a 50 MW). Los siguientes cuadros muestran su evolución en los últimos 8 años, y la composición de la misma en el año 2019:

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==> picture [390 x 221] intentionally omitted <==

----- Start of picture text -----

Evolución de Generación energías renovables
9000
8000
7000
6000
5000
4000
3000
2000
1000
0
2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019
Biogas 36 108 103 84 58 64 147 256
Solar 8 15 16 15 14 16 109 800
Hidro ≤ 50 MW 1566 1376 1543 1713 1820 1696 1431 1462
Eólica 348 447 613 593 547 616 1444 4996
Biomasa 127 134 114 155 193 243 241 299
Biodiesel 170 2 0 0 1 0 0 0
GWh
----- End of picture text -----

Fuente: SGE

==> picture [409 x 264] intentionally omitted <==

----- Start of picture text -----

Generación Renovable año 2019
Biomasa
Biogás
4%
3%
Solar
10%
Hidro ≤ 50 MW
19%
Eólica
64%
Biomasa Eólica Hidro ≤ 50 MW Solar Biogás
----- End of picture text -----

==> picture [68 x 8] intentionally omitted <==

----- Start of picture text -----

Fuente: SGE
----- End of picture text -----

Mercado eléctrico

Durante el año 2019 se registró una disminución del 4,5% en la energía generada en el país, alcanzando un volumen de energía eléctrica generada de 131.246 GWh respecto de 137.481 GWh generados en el año 2018 debido fundamentalmente a la caída de la actividad económica.

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E G WIND S.A.

La generación térmica continuó siendo el principal recurso para abastecer la demanda, aportando un volumen de energía de 80.137 GWh (61,1%), seguido por la generación hidroeléctrica que aportó 35.370 GWh (26,9%), la nuclear con 7.927 GWh (6,0%) y la generación fotovoltaica y eólica con 7.816 GWh (6,0%).

La generación térmica y la hidroeléctrica en el año 2019 fueron un 9% y 11%, respectivamente, menor a la registrada en el año 2018, mientras que la nuclear registró un aumento del 23% dado por el reingreso de la Central Nuclear Embalse luego de su mantenimiento. Asimismo, se registraron importaciones por 2.746 GWh (698% superiores al 2018).

El siguiente cuadro muestra la evolución de la generación eléctrica por tipo de generación:

==> picture [433 x 179] intentionally omitted <==

----- Start of picture text -----

Generación eléctrica por tipo de generación
160.000
140.000
120.000
100.000
80.000
60.000
40.000
20.000
-
2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019
Térmica Hidroeléctrica Nuclear Renovable Importación
GWh
----- End of picture text -----

==> picture [434 x 15] intentionally omitted <==

----- Start of picture text -----

Fuente: CAMMESA
----- End of picture text -----

Cabe destacar que durante el año 2019 el parque de generación registró un aumento de su capacidad instalada respecto del año anterior, alcanzando un total de 39.704 MW.

El siguiente cuadro muestra la potencia instalada en Argentina a diciembre del 2019:

==> picture [298 x 206] intentionally omitted <==

----- Start of picture text -----

Potencia instalada
2019 - en MW
11.310 ; Térmico
29%
Nuclear
Renovable
24.545 ;
2.094 ; 5% 62% Hidroeléctrica
1.755 ; 4%
----- End of picture text -----

==> picture [306 x 20] intentionally omitted <==

----- Start of picture text -----

Fuente: CAMMESA
----- End of picture text -----

Contexto Macroeconómico

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E G WIND S.A.

Durante el 2019, la economía argentina continuó condicionada por la crisis financiera y la recesión iniciada durante el 2018, con altos índices de inflación y retracción de la actividad y del consumo. A estos elementos se le adicionó el proceso electoral, confirmando un nuevo Gobierno a partir del 10 de diciembre de 2019.

Actualmente la Pandemia del COVID-19 (mencionada más adelante) es la principal variable que explica el comportamiento de la economía local e internacional de los últimos meses. La economía argentina atraviesa un período de retracción a raíz de la pandemia y circunstancias locales que ya eran negativas conforme lo mencionado en el párrafo anterior. En razón del deterioro de la economía argentina como consecuencia de la Pandemia, el Gobierno Nacional aplicó medidas expansivas del gasto público a fin de mitigar los efectos negativos que el aislamiento preventivo generó en la actividad económica.

El Índice de Costo de Vida Nacional publicado por el INDEC mostró una variación en el año 2019 del 53,8%. Las mayores variaciones se registraron en los rubros de salud (+72,1%), comunicaciones (+63,9%) y equipamiento y mantenimiento del hogar (+63,7%). Los rubros afectados en menor medida fueron vivienda, agua, electricidad y otros combustibles (+39,4%), educación (+47,1%) y recreación y cultura (48,5%). Asimismo, los salarios medidos por el registro de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) tuvieron un incremento interanual del 44,4% a diciembre de 2019, respecto del mismo mes del 2018. La inflación registrada en el período mayo 2019 – abril 2020 ascendió a 45,6%.

El resultado fiscal del Sector Público No Financiero acumuló a diciembre de 2019 un déficit primario y total de 0,5% y 4,0% en relación al PBI, respectivamente. La variación anual del total de los recursos tributarios, medidos en $ según cifras publicadas por la AFIP, cerró en 2019 con un incremento del 47,4% respecto de 2018. Asimismo, los gastos primarios registrados en el 2019 por el Tesoro Nacional mostraron una variación interanual del 37,2%.

En relación con la situación financiera, la cotización del US$ mayorista BCRA Res. A3500 cerró al 31 de diciembre de 2019 en $ 59,90 / US$, acumulando un aumento del 58,4% respecto del cierre de 2018. Al 30 de abril de 2020 la cotización del US$ alcanzó los $ 66,84 / US$, representando una variación interanual del 51%.

En cuanto al esquema cambiario y monetario, en septiembre de 2019 el BCRA estableció medidas para el acceso al mercado de cambios, incluyendo plazos máximos para ingresar y liquidar operaciones de exportación y limitaciones sobre la adquisición de moneda extranjera. Durante el mes de mayo de 2020 el BCRA impuso nuevas medidas que restringen el acceso al mercado de cambios a los residentes con activos líquidos en el exterior.

Durante el mes de marzo de 2020 el Gobierno Nacional inició formalmente un proceso de reestructuración de la deuda externa que incluyó sucesivas ofertas dentro del proceso de rondas de negociación con los acreedores externos.

Impacto del Coronavirus en las operaciones de la Sociedad

El 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud declaró al coronavirus (“COVID-19”) pandemia a nivel global. El brote del COVID-19 está teniendo un impacto adverso en la economía mundial. Actualmente, algunos países han relajado las medidas de confinamiento y aislamiento pero en algunos casos se han registrado rebrotes del virus implicando esto el volver atrás con la relajación de las medidas. El alcance total y duración de tales medidas de contención y su impacto en la economía mundial aún son inciertas.

De acuerdo con las recomendaciones que la OMS publicó para todos los países afectados por la pandemia Covid-19, el Gobierno Nacional emitió el DNU Nro. 297/20 mediante el cual estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo de 2020 e implementó una serie de medidas tendientes a disminuir la circulación y solo autorizar a aquellas personas vinculadas a la prestación de

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E G WIND S.A.

actividades esenciales. Dicho aislamiento fue prorrogado en sucesivas ocasiones y podría ser prorrogado por el tiempo que se considere necesario en atención a la situación epidemiológica.

El DNU establece como ciertas actividades esenciales, las guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

La Sociedad ha establecido como principales objetivos preservar la seguridad y salud de su personal y mantener el parque operativo.

La Gerencia de la Sociedad monitorea constantemente la situación, tomando las medidas que considera necesarias con el objetivo de asegurar la integridad sanitaria de su personal, mantener la operación y preservar la situación financiera. Estas acciones implicaron el desarrollo de un plan de acción que incluye la implementación de las siguientes medidas: i) un esquema de trabajo remoto para las posiciones que así lo permitan, ii) protocolos preventivos en las operaciones que requieren la presencia de personal para su funcionamiento y para garantizar el cumplimiento de tareas de mantenimiento en tiempo y forma, iii) la revisión de su programa de inversiones, y iv) el mantenimiento de una posición de liquidez adecuada teniendo en cuenta la coyuntura y condición actual de mercado, entre otras.

En virtud de las medidas adoptadas conforme lo explicado precedentemente, la Sociedad continúa realizando sus actividades, aunque adaptando sus operaciones al contexto actual.

El alcance final del brote del COVID-19 y su impacto en la economía del país es desconocido e imposible de predecir razonablemente. Dada la solidez financiera actual de la Sociedad, se estima que la compañía podrá seguir haciendo frente a sus compromisos financieros de los próximos doce meses.

El Directorio se encuentra monitoreando de cerca la situación y tomando las medidas necesarias para preservar la vida humana y el negocio de la Sociedad.

Medio Ambiente

La Argentina puede tener una participación destacada en los mercados de créditos de carbono denominados CER “Certified Emission Reductions” (http://cdm.unfccc.int/about/index.html), a través de la promoción y ejecución de actividades que se registren como proyectos de “Mecanismo de Desarrollo Limpio” (MDL) de las Naciones Unidas, contribuyendo al cumplimiento de los objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, de acuerdo con el Protocolo de Kyoto (http://unfccc.int/kyoto_protocol/items/3145.php) y los compromisos que lo continúen, generando a su vez, un atractivo y promisorio mercado de créditos de carbono de comercialización mundial.

En su análisis económico y financiero, la Sociedad ha considerado el retorno del PED II y la obtención de los certificados por reducción de gases de efecto invernadero. En ese sentido, EG WIND ha obtenido la aprobación por parte de la organización VERRA para la emisión de los certificados comercializables dentro del programa Verified Carbon Standard (VCS). Por otro lado, esperamos que los compromisos que podrían asumirse en las próximas “Conferencias de las partes” (COPs) puedan mejorar la capacidad de comercialización de los certificados que se acumulen hasta dicho momento.

En febrero del 2020, con el instituto IRAM como auditor, se certificó el Sistema de Gestión Ambiental (SGA) del PED II bajo la norma ISO 14001-2015. La primera auditoría de seguimiento, a los efectos de verificar la implementación del SGA recientemente certificado, se realizará en febrero de 2021.

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E G WIND S.A.

Estructura patrimonial y resultados del ejercicio 2019-2020

Estructura patrimonial al 30 de abril de 2020 comparativa con el ejercicio anterior

30.04.20 30.04.19
$ $
Activo corriente
Activo no corriente
$
150.074.317
313.179.434
2.331.727.687
2.195.578.599
Total 2.481.802.004
2.508.758.033
Pasivo corriente
Pasivo no corriente
169.918.712
107.156.392
1.818.162.807
1.740.413.268
Subtotal pasivo 1.988.081.519
1.847.569.660
Patrimonio 493.720.485
661.188.373
Total 2.481.802.004
2.508.758.033

La Sociedad inició sus ventas a partir del mes de septiembre de 2019, generando un saldo al 30 de abril de 2020 en el rubro “Créditos por Ventas”. Adicionalmente, en el rubro ”Caja y bancos” se observa una disminución compensada con el aumento del rubro “Inversiones” debido la suscripción de fondos comunes de inversión al 30 de abril de 2020. En el rubro “Otros créditos” la variación está dada fundamentalmente por la posición de IVA y el crédito por activo diferido neto, generando en ambos casos en el ejercicio finalizado al 30 de abril de 2020 una disminución y un aumento, en el activo corriente y no corriente, respectivamente.

Estructura de resultados al 30 de abril de 2020 comparativa con el ejercicio anterior

30.04.20 30.04.19
$ $
Ventas netas 184.258.238 -
Costo deventas (91.644.959) -
Resultado bruto 92.613.279 -
Gastos de administración (6.060.422) -
Gastos de comercialización (1.831.250) -
Gastos preoperativos (1.867.201) (11.596.446)
Resultado operativo 82.854.406 (11.596.446)
Resultadosfinancieros y portenencia (236.150.933) (6.041.116)
Otros ingresos / (egresos) netos 116.783 (37.301)
Resultado antes de impuestos (153.179.744) (17.674.863)
Impuesto a las ganancias (14.288.144) 6.435.496
Resultado del ejercicio (167.467.888) (11.239.367)

El resultado del ejercicio (pérdida) finalizado al 30 de abril de 2020 fue de $ 167.467.888.

Las ventas del ejercicio finalizado el 30 de abril de 2020 ascendieron a $ 184.258.238. Durante este ejercicio la venta en GWh fue de 55,2 a un precio promedio de miles $ 3.338,0 GW/h. El precio por MWh acordado en el contrato de venta con CAMMESA es de US$ 40,27.

11

E G WIND S.A.

En el mes de marzo de 2020 se produjo un incendio en la Estación Transformadora Diadema que conecta el parque eólico con el SADI y quedó desconectado del mismo. Luego de las tareas de reparación llevadas a cabo, el 22 de mayo de 2020 volvió a despachar energía eléctrica al sistema.

Los resultados financieros (pérdida) por $ 236.150.933 fueron generados principalmente por la diferencia de cambio sobre la deuda comercial y financiera en dólares compensada parcialmente por el resultado por exposición a los cambios en el poder adquisitivo de la moneda (RECPAM).

El impuesto a las ganancias (pérdida) por el ejercicio finalizado al 30 de abril de 2020 ascendió a $ 14.288.144.

Estructura de la generación o aplicación de fondos al 30 de abril de 2020, comparativa con el ejercicio anterior

30.04.20 30.04.19
$ $
Fondos generados / (utilizados) por las actividades operativas 143.756.598 (68.556.675)
Fondos utilizados por las actividades de inversión (62.704.186) (780.231.363)
Fondos (utilizados ) / generados por las actividades de financiación (75.082.525) 891.531.241
Total de fondos generados durante el ejercicio 5.969.887 42.743.203

Indices

El siguiente cuadro resume los índices obtenidos durante el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2020, comparativo con el ejercicio anterior.

30.04.2020 30.04.2019
Solvencia
(Patrimonio neto / Pasivo)
Endeudamiento
(Pasivo / Patrimonio Neto)
Liquidez corriente
(Activo corriente / Pasivo corriente)
Razón del patrimonio al activo
(Patrimonio neto / Activo total)
Razón de inmovilización de activos
(Activo no corriente / Activo total)
Rentabilidad del activo
(Utilidad bruta / Activo total)
Rentabilidad del patrimonio o financiera
(Utilidad neta / Patrimonio Neto)
Rentabilidad ordinaria de la inversión
(EBT / Patrimonio Neto menos Resultado del ejercicio)
Apalancamiento financiero
(Rentabilidad del Patrimonio Neto / Rentabilidad del activo)
Rotación de activos
(Ventas / Activo total)
0,25
4.03
0,88
0,20
0,94
0,04
(0,34)
(0,23)
(8,50)
0,07
0,36
2,79
2,92
0,26
0,88
-
(0,02)
(0,03)
-
-

12

E G WIND S.A.

Distribución de resultados

El Directorio propone a los Señores Accionistas absorber el resultado del ejercicio (pérdida) por $ 167.467.888 con el Ajuste del capital social.

Comentarios finales

De acuerdo con los estatutos sociales, finalizan su mandato los miembros del Directorio, así como también los integrantes de la Comisión Fiscalizadora. Corresponde a la Asamblea de Accionistas efectuar su elección, para el nuevo ejercicio. Se propone a los Señores Accionistas que aprueben los documentos aquí presentados.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 29 de julio de 2020.

EL DIRECTORIO

13

1

E G WIND S.A.

ESTADOS CONTABLES correspondientes al ejercicio económico finalizado el 30 de abril de 2020 presentado en forma comparativa

Ejercicio económico Nº 4 iniciado el 1 de mayo de 2019

Domicilio legal de la Sociedad: Avenida Córdoba 948/950, piso 5, departamento C, Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Actividad principal de la Sociedad: Generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables

N° de Registro en la Inspección General de Justicia: 1.902.592

Constitución: 5 de julio de 2016

Fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio:

  • Del estatuto o contrato social: 22 de julio de 2016

  • De la última modificación: 15 de marzo de 2018

Fecha en que se cumple el plazo de duración del contrato social: 21 de julio de 2115

Denominación de la sociedad controlante: Capex S.A.

Domicilio legal: Avenida Córdoba 948/950, piso 5, departamento C, Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Actividad principal: Generación de energía eléctrica

Participación de la Sociedad controlante sobre el patrimonio y los votos: 95 %

Composición del Capital (Nota 10)

Composición del Capital (Nota 10)
Cantidad Tipo Votos Suscripto,
integrado e
inscripto
329.780.000 Acciones ordinarias de valor nominal $ 1 c/u 1por acción $
329.780.000

(Socio)

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020 COMISION FISCALIZADORA

C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17

Dr. Norberto Luis Feoli

2

E G WIND S.A.

Registro en la Inspección General de Justicia: 1.902.592

ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL al 30 de abril de 2020 y 2019

ACTIVO
ACTIVO CORRIENTE
Caja y bancos (Nota 5 a)
Inversiones (Nota 5 b)
Créditos por ventas (Nota 5 c)
Otros créditos (Nota 5 d)
Total del activo corriente
ACTIVO NO CORRIENTE
Otros créditos (Nota 5 d)
Bienes de uso (Anexo I)
Activos intangibles (Anexo II)
Total del activo no corriente
Total del activo
30.04.20 30.04.19 PASIVO
PASIVO CORRIENTE
Cuentas por pagar (Nota 5 e)
Deudas financieras (Nota 5 f)
Cargas fiscales (Nota 5 g)
Total del pasivo corriente
PASIVO NO CORRIENTE
Cuentas por pagar (Nota 5 e)
Deudas financieras (Nota 5 f)
Cargas fiscales (Nota 5 g)
Total del pasivo no corriente
Total del pasivo
PATRIMONIO NETO(según estado res-
pectivo)
Total delpasivoy patrimonio neto
30.04.20 30.04.19
$ $ $ $
322.712
58.818.870
25.643.367
65.289.368
52.680.427
491.268
-
260.007.739
49.403.846
77.014.853
43.500.013
67.760.143
39.396.249
-
169.918.712 107.156.392
150.074.317 313.179.434 1.280.940.753
455.979.138
81.242.916
1.203.200.808
504.960.725
32.251.735
189.622.492
2.131.238.223
10.866.972
38.068.156
2.148.662.220
8.848.223
1.818.162.807 1.740.413.268
1.988.081.519 1.847.569.660
2.331.727.687 2.195.578.599 493.720.485 661.188.373
2.481.802.004 2.508.758.033 2.481.802.004 2.508.758.033

Las notas 1 a 12 y los Anexos I a IV que se acompañan forman parte integrante de estos estados contables.

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020 COMISION FISCALIZADORA

Pablo Götz Presidente

(Socio)

C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17 Dr. Nicolás A. Carusoni Contador Público (UM) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 252 – F° 141

Dr. Norberto Luis Feoli Síndico Titular Contador Público (UBA) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 50 – F° 212

3

E G WIND S.A.

Registro en la Inspección General de Justicia: 1.902.592

ESTADO DE RESULTADOS correspondiente a los ejercicios económicos iniciados el 1 de mayo de 2019 y 2018 y finalizados el 30 de abril 2020 y 2019

Ventas
Costo de ventas (Anexo III)
Resultado bruto
Gastos de administración (Anexo III)
Gastos de comercialización (Anexo III)
Gastos preoperativos (Anexo III)
Resultado operativo
Resultados financieros y por tenencia
Resultados financieros generados por activos
Intereses y otros resultados por tenencia
Diferencia de cambio
Descuento de activos
Resultados financieros generados por pasivos
Intereses y otros resultados por tenencia
Diferencia de cambio
Resultado por exposición a los cambios en el poder adquisitivo de la
moneda (RECPAM)
Otros ingresos / (egresos) netos
Resultado antes de impuestos
Impuesto a las ganancias (Nota 8)
Pérdida del ejercicio
Resultadopor acción(Nota 9)
30.04.20 30.04.19
$ $
184.258.238
(91.644.959)
-
-
92.613.279
(6.060.422)
(1.831.250)
(1.867.201)
-
-
-
(11.596.446)
82.854.406
16.962.268
10.832.671
(13.640.647)
(65.363.140)
(605.862.935)
420.920.850
116.783
(11.596.446)
1.128.759
21.408.157
-
(17.551)
(342.876.929)
314.316.448
(37.301)
(153.179.744)
(14.288.144)
(17.674.863)
6.435.496
(167.467.888) (11.239.367)
(0,508) (0,045)

Las notas 1 a 12 y los Anexos I a IV que se acompañan forman parte integrante de estos estados contables.

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020

PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020

COMISION FISCALIZADORA

Pablo Götz Presidente

(Socio)

C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17 Dr. Nicolás A. Carusoni Contador Público (UM) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 252 – F° 141

Dr. Norberto Luis Feoli Síndico Titular Contador Público (UBA) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 50 – F° 212

4

E G WIND S.A.

Registro en la Inspección General de Justicia: 1.902.592

ESTADO DE EVOLUCION DEL PATRIMONIO NETO correspondiente a los ejercicios económicos iniciados el 1 de mayo de 2019 y 2018 y finalizados el 30 de abril 2020 y 2019

Conceptos Aportes de los propietarios Aportes de los propietarios Aportes de los propietarios Resultados
no asignados
Total del
patrimonio neto
Capital social
(Nota 10)
Ajuste del
capital social
Subtotal
Saldos al 30 de abril de 2018
Aumento del capital social según acta de Asamblea Extraordinaria de
Accionistas del 24 de mayo de 2018 (Nota 10)
Aumento del capital social según acta de Asamblea Extraordinaria de
Accionistas del 16 de julio de 2018 (Nota 10)
Aumento del capital social según acta de Asamblea Extraordinaria de
Accionistas del 8 de octubre de 2018 (Nota 10)
Aumento del capital social según acta de Asamblea Ordinaria de Ac-
cionistas del 11 de marzo de 2019 (Nota 10)
Pérdida del ejercicio
$ $ $ $ $
142.620.000
29.160.000
38.000.000
80.000.000
40.000.000
-
189.760.009
35.624.511
40.934.975
62.465.281
20.230.854
-
332.380.009
64.784.511
78.934.975
142.465.281
60.230.854
-
(6.367.890)
-
-
-
-
(11.239.367)
326.012.119
64.784.511
78.934.975
142.465.281
60.230.854
(11.239.367)
Saldos al 30 de abril de 2019
Asamblea Ordinaria de Accionistas del 27 de agosto de 2019
Pérdida del ejercicio
329.780.000
-
-
349.015.630
(17.607.257)
-
678.795.630
(17.607.257)
-
(17.607.257)
17.607.257
(167.467.888)
661.188.373
-
(167.467.888)
Saldos al 30 de abril de 2020 329.780.000 331.408.373 661.188.373 (167.467.888) 493.720.485

Las notas 1 a 12 y los Anexos I a IV que se acompañan forman parte integrante de estos estados contables.

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020 COMISION FISCALIZADORA

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C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17 Dr. Nicolás A. Carusoni Contador Público (UM) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 252 – F° 141

Dr. Norberto Luis Feoli Síndico Titular Contador Público (UBA) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 50 – F° 212

5

E G WIND S.A.

Registro en la Inspección General de Justicia: 1.902.592

ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO correspondiente a los ejercicios económicos iniciados el 1 de mayo de 2019 y 2018 y finalizados el 30 de abril 2020 y 2019

VARIACIONES DEL EFECTIVO
Efectivo y equivalente de efectivo al inicio del ejercicio
Efectivo y equivalente de efectivo al cierre del ejercicio
Aumento neto del efectivo
Causas de las variaciones del efectivo
Actividades operativas
Pérdida del ejercicio
Más/(menos)
Impuesto a las ganancias
Descuento de activos
Ajustes para arribar al flujo neto de efectivo proveniente de las actividades
operativas
Depreciación de bienes de uso
Depreciación de intangibles
Intereses devengados por deudas comerciales y financieras
Diferencia de cambio generada por deudas comerciales y financieras
RECPAM generado por deudas financieras
Cambios en activos y pasivos operativos
Aumento en créditos por ventas
Disminución / (aumento) de otros créditos
Disminución de cuentas por pagar
(Disminución) / aumento de cargas fiscales
Flujo neto de efectivo generado por / (utilizado en) las actividades
operativas
Actividades de inversión
Adquisición de bienes de uso
Resultados financieros activados en bienes de uso
Baja de bienes de uso
Adquisición de activos intangibles
Flujo neto de efectivo utilizado en las actividades de inversión
Actividades de financiación
Aporte de capital integrado
Intereses pagados
Préstamos cancelados
Deudas bancarias y financieras obtenidas
Flujo neto de efectivo (utilizado en) / generado por las actividades de
financiación
Aumento neto del efectivo
30.04.20 30.04.19
$ $
53.171.695
59.141.582
10.428.492
53.171.695
5.969.887 42.743.203
(167.467.888)
14.288.144
13.640.647
68.157.558
342.846
87.731.509
670.586.282
(205.285.312)
(25.643.367)
115.366.377
(417.953.494)
(10.006.704)
(11.239.367)
(6.435.496)
-
-
-
83.978.983
393.244.204
(122.978.994)
-
(231.560.308)
(178.870.772)
5.305.075
143.756.598 (68.556.675)
(61.117.296)
-
774.705
(2.361.595)
(725.114.230)
(50.790.010)
-
(4.327.123)
(62.704.186) (780.231.363)
2.366.764
(44.772.621)
(32.676.668)
-
385.002.827
(16.803.673)
-
523.332.087
(75.082.525) 891.531.241
5.969.887 42.743.203
Información complementaria
Deuda comercial por compra de bienes de uso
Aportes de capital a recibir
Ajuste resultados financieros activados
30.04.20 30.04.19
$ $
-
-
9.609.030
(1.092.028.028)
2.911.259
-

Las notas 1 a 12 y los Anexos I a IV que se acompañan forman parte integrante de estos estados contables.

Véase nuestro informe de fecha Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020 29 de julio de 2020

PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

COMISION FISCALIZADORA

Pablo Götz Presidente

(Socio)

C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17 Dr. Nicolás A. Carusoni Contador Público (UM) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 252 – F° 141

Dr. Norberto Luis Feoli Síndico Titular Contador Público (UBA) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 50 – F° 212

6

E G WIND S.A.

Registro en la Inspección General de Justicia: 1.902.592

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de abril de 2020 y 2019

NOTA 1 – CONSTITUCION Y NEGOCIO DE LA SOCIEDAD

E G WIND S.A. se constituyó el 5 de julio de 2016, siendo su actividad principal la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables.

En julio de 2016 el Gobierno Nacional, a través de la Subsecretaría de Energía Renovables, lanzó la licitación pública nacional e internacional para la instalación de centrales eléctricas con fuentes de energías renovables, denominada Programa RenovAr-Ronda 1. Dicho programa proyectaba adjudicar 1.000 MW de generación con fuentes de energías renovables (eólica, fotovoltaica, biogás, biomasa y mini-hidráulica).

En el marco de este programa, Hychico S.A., sociedad controlante en ese momento con el 75% de E G WIND S.A., ofertó un proyecto denominado Parque Eólico Diadema II (PED II). E G WIND S.A. fue constituida con el propósito específico de participar en el Programa mencionado. El proyecto finalmente no resultó adjudicado, motivo por el cual la Sociedad no realizó operaciones en el ejercicio finalizado al 30 de abril de 2017.

El 17 de agosto de 2017 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución E-275/2017 del Ministerio de Energía y Minería, la cual convocó a los interesados a ofertar en el proceso de convocatoria abierta nacional e internacional para la contratación en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) de energía eléctrica de fuentes renovables de generación – el Programa RenovAr - Ronda 2 -, con el fin de celebrar contratos del mercado a término (denominados contratos de abastecimiento de energía eléctrica renovable), con la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA), en representación de los Distribuidores y Grandes Usuarios del Mercado Eléctrico Mayorista – hasta su reasignación en cabeza de los agentes distribuidores y/o Grandes Usuarios del MEM, de conformidad con el Pliego de Bases y Condiciones del Programa.

El 19 de octubre de 2017, Capex S.A., actual sociedad controlante con el 95%, presentó el proyecto Parque Eólico Diadema II en el Programa RenovAr - Ronda 2 -. Si bien la oferta había sido aprobada técnicamente a través de la Resolución E-450/2017, el 1° de diciembre de 2017 el Ministerio de Energía y Minería informó a través de la Resolución E-473/2017 que el Proyecto no había resultado adjudicado y se invitó al oferente a ofertar nuevamente bajo determinadas condiciones prefijadas:

  • El precio por megavatio hora para los contratos a celebrar por quienes aceptaran la invitación era de US$ 40,27 MWh (el Proyecto del Parque Eólico Diadema II se había ofertado con un precio de US$ 42 MWh);

  • En los casos de proyectos respecto de los cuales existía una restricción en el sistema de transporte eléctrico, el oferente debía aceptar, a su exclusivo costo, la ejecución de las obras que resultaren necesarias para resolver la restricción que le informara CAMMESA. El Parque Eólico Diadema II no requería ampliación de capacidad adicional a la que será ejecutada por el Estado Nacional.

  • El Parque Eólico Diadema II había quedado primero en el orden de preadjudicación elaborado por CAMMESA de acuerdo con la regulación vigente.

Capex S.A participó en la nueva convocatoria y el Proyecto resultó adjudicado el 19 de diciembre de 2017 mediante la Res 488/2017 del Ministerio de Energía y Minería. Con fecha 4 de junio de 2018 E G WIND suscribió con CAMMESA el contrato de construcción, puesta en marcha y abastecimiento de energía a partir de fuentes renovables por una potencia máxima de 27,6 MW y un período de abastecimiento de 20 años a un precio de US$ 40,27 MWh, a contar desde la fecha de la habilitación comercial e incluyó la obligación de la Sociedad de construir el Parque Eólico Diadema II. Con motivo de dicha adjudicación, la Sociedad obtuvo beneficios fiscales nacionales, previstos en el programa RenovAr Ronda 2 en el marco de la Ley 26.190 y 27.191, a saber: a) se extiende a 10 años el período para la compensación de los quebrantos del impuesto a las ganancias, b) devolución anticipada del impuesto al valor agregado que podrá ser solicitado luego de

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NOTA 1 – CONSTITUCION Y NEGOCIO DE LA SOCIEDAD (CONT.)

transcurrido un período fiscal a partir de las inversiones realizadas en el citado proyecto hasta la conclusión del mismo y c) amortización acelerada en el impuesto a las ganancias, el cual podrá ser solicitado a partir del período fiscal de habilitación del bien, y los beneficios fiscales provinciales de la provincia del Chubut en el marco del Régimen de Promoción de Fuentes de Energías Renovables, Ley XVII – N°95 y Decreto 1114/11, a saber: a) Impuesto de sellos: eximición del pago para las etapas de estudio y desarrollo y de construcción y b) Impuesto a los ingresos brutos: eximición del 100 % generado por el desarrollo de las actividades durante los primeros 5 años a contar desde el inicio de la operación comercial, y del 50% a partir del sexto año hasta el décimo año inclusive.

El Parque Eólico Diadema II se encuentra ubicado en la Ciudad de Comodoro Rivadavia, Provincia del Chubut, y está compuesto por 9 aerogeneradores ENERCON E-82 E4 con una potencia nominal de 3,07 MW (megavatio) cada uno, totalizando una potencia instalada de 27,6 MW.

Con fecha 29 de junio de 2018 Capex otorgó ciertas garantías corporativas por un total de US$ 18.620.694 a favor de Enercon GmbH y Enercon Argentina S.R.L., en relación con las obligaciones de pago asumidas por la Sociedad ante dichas empresas, por la provisión e instalación de los equipos, como así también la puesta en marcha del Parque Eólico Diadema II.

El parque obtuvo su habilitación comercial por parte de CAMMESA el día 18 de septiembre de 2019, cumpliendo con los plazos estipulados en la licitación. Hasta tanto no se realicen las obras de ampliación a cargo del Estado Nacional, existirán restricciones en la capacidad de transporte de la región, las cuales serán mayores en la medida que se sumen nuevos parques eólicos en la zona. Como mecanismo de compensación a dichas restricciones, el contrato establece también una cláusula de “Take or pay”. La inversión total fue de aproximadamente US$ MM 35,7.

Impacto del Coronavirus en las operaciones de la Sociedad

El 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud declaró al coronavirus (“COVID-19”) pandemia a nivel global. El brote del COVID-19 está teniendo un impacto adverso en la economía mundial. Actualmente, algunos países han relajado las medidas de confinamiento y aislamiento pero en algunos casos se han registrado rebrotes del virus implicando esto el volver atrás con la relajación de las medidas. El alcance total y duración de tales medidas de contención y su impacto en la economía mundial aún son inciertas.

De acuerdo con las recomendaciones que la OMS publicó para todos los países afectados por la pandemia Covid-19, el Gobierno Nacional emitió el DNU Nro. 297/20 mediante el cual estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo de 2020 e implementó una serie de medidas tendientes a disminuir la circulación sólo de aquellas personas vinculadas a la prestación de actividades esenciales. Dicho aislamiento fue prorrogado en sucesivas ocasiones y podría ser prorrogado por el tiempo que se considere necesario en atención a la situación epidemiológica.

El DNU establece como ciertas actividades esenciales, las guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

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NOTA 1 – CONSTITUCION Y NEGOCIO DE LA SOCIEDAD (CONT.)

Impacto del Coronavirus en las operaciones de la Sociedad (cont.)

La Sociedad ha establecido como principales objetivos preservar la seguridad y salud de su personal y mantener el PED II operativo. A la fecha dichos objetivos han sido alcanzados conforme a lo establecido por la Sociedad.

La Gerencia de la Sociedad monitorea constantemente la situación, tomando las medidas que considera necesarias con el objetivo de asegurar la integridad sanitaria de su personal, mantener la operación y preservar la situación financiera. Estas acciones implicaron el desarrollo de un plan de acción que incluye la implementación de las siguientes medidas: i) un esquema de trabajo remoto para las posiciones que así lo permitan, ii) protocolos preventivos en la operación que requieren la presencia de personal para su funcionamiento y para garantizar el cumplimiento de tareas de mantenimiento en tiempo y forma, iii) la revisión de su programa de inversiones, y iv) el mantenimiento de una posición de liquidez adecuada teniendo en cuenta la coyuntura y condición actual de mercado, entre otras.

En virtud de las medidas adoptadas conforme lo explicado precedentemente, la Sociedad continúa operando el PED II, aunque adaptando su operación al contexto actual.

El alcance final del brote del COVID-19 y su impacto en la economía del país es desconocido e imposible de predecir razonablemente. Sin embargo, si bien ha producido efectos significativos a corto plazo, no se prevé que los mismos afecten la continuidad del negocio de la Sociedad. Dada la solidez financiera actual de la Sociedad, se estima que la compañía podrá seguir haciendo frente a sus compromisos financieros de los próximos doce meses.

El Directorio se encuentra monitoreando de cerca la situación y tomando las medidas necesarias para preservar la vida humana y el negocio de la Sociedad.

Incendio Estación Transformadora Diadema

Como consecuencia del incendio ocurrido en el mes de marzo de 2020 en la Estación Transformadora Diadema que conecta al PED II con el Sistema Argentino de Interconexión (SADI), el parque quedó desconectado del mismo. Luego de las tareas de reparación llevadas a cabo, el 22 de mayo de 2020 el parque volvió a despachar energía eléctrica al sistema. A la fecha de los presentes estados contables se encuentran en proceso los trámites para el cobro de las sumas aseguradas.

NOTA 2 – MARCO REGULATORIO

El marco regulatorio de la industria eléctrica se basa en las disposiciones de las Leyes 15.336 y 24.065 y su reglamentación (el “Marco Regulatorio”), entre las cuales se destaca la Resolución SE N° 61/92 y sus modificatorias y complementarias conocida como “Los Procedimientos” del Mercado Eléctrico Mayorista (“MEM”).

El marco regulatorio divide la generación, transmisión y distribución de la electricidad considerándolas actividades integradas y sometiendo cada una de ellas a una reglamentación independiente.

Los generadores pueden vender su energía a empresas distribuidoras, a grandes usuarios y al MEM. Las empresas transportistas gozan de un monopolio natural y están obligadas a permitir el acceso de terceros a cualquier capacidad de transporte disponible. Las empresas distribuidoras, que también operan en condiciones de monopolio, están reguladas a través del establecimiento de tarifas y especificaciones para la calidad del servicio.

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NOTA 2 – MARCO REGULATORIO (Cont.)

El MEM es un mercado en el cual los generadores y distribuidores pueden comprar y vender electricidad a precios determinados por las leyes de la oferta y la demanda y están autorizados a firmar contratos de suministro de energía eléctrica a término.

El control regulatorio del sector eléctrico bajo jurisdicción federal se lleva a cabo a través del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (“ENRE”), entidad reguladora nacional y responsable de verificar que los miembros del sector cumplan con las disposiciones del marco regulatorio de la industria y con las disposiciones de las concesiones correspondientes.

La administración del sector eléctrico está a cargo de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A (“CAMMESA”) cuyo capital accionario se distribuye entre las entidades que representan a los generadores, empresas transportistas, distribuidoras, grandes usuarios de electricidad y la SE, que actúa en representación de los usuarios menores que no acceden directamente al MEM.

CAMMESA está a cargo de la programación y el despacho de los generadores para satisfacer la demanda del MEM, para lo cual ha sido autorizada a firmar contratos con agentes del MEM para el abastecimiento de energía, en cumplimiento de instrucciones emitidas por la SE, en el marco de los mecanismos establecidos en la Resolución 2022/05.

De conformidad con el marco regulatorio, CAMMESA administra un fondo de estabilización para balancear los pagos efectuados por la demanda versus los gastos pagados a los productores y transportistas de electricidad, el cual arroja resultados deficitarios desde el año 2003. Este déficit se ha originado en la falta de ajustes tarifarios a la demanda y en el incremento de costos de los generadores. La SE ha emitido sucesivas normas para intentar adecuar la caja a tal déficit, entre ellas las Resoluciones SE N° 240/03, 406/03, 712/04, 826/04, 956/04, 1866/05 y 564/07. A su vez, la Resolución SE N° 1281/06 introdujo cambios normativos de relevancia respecto de: (i) el respaldo físico de la demanda, (ii) el destino de la generación existente y (iii) el encuadre de la nueva generación que se vincule al sistema eléctrico.

La Resolución SE N° 220/07, de fecha 18 de enero de 2007, habilitó la realización de contratos de abastecimiento entre el MEM y las ofertas de disponibilidad de generación y energía asociada adicionales, presentadas por parte de agentes generadores, cogeneradores o autogeneradores que, a la fecha de publicación de esta resolución, no fueran agentes de MEM, o no estuvieran habilitados comercialmente o interconectados. La resolución estableció las características básicas que deberán cumplir dichos contratos de abastecimiento. Están habilitados a ser parte de las ofertas de generación todos aquellos proyectos en los que participe el Estado Nacional, ENARSA o los que el Señor Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios determine. También se establece que, en tanto sea de aplicación la Resolución SE N° 406/03, las obligaciones derivadas del contrato tendrán una prioridad de cancelación igual a las establecidas en el numeral e) del art. 4 de esa resolución. En caso de que se modifique el orden de prioridad a aplicar, la prioridad de cancelación no podrá ser inferior a la correspondiente al reconocimiento de los costos operativos de los generadores térmicos.

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NOTA 2 – MARCO REGULATORIO (Cont.)

LEY 26.190 Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables

El 6 de diciembre de 2006 el Congreso de la Nación sancionó la Ley 26.190 que estableció el Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables, estableciendo los siguientes puntos:

  • (ii) Declaró de interés nacional la generación de energía eléctrica a partir del uso de fuentes de energía renovables con destino a la prestación de servicio público; (ii) estableció el porcentaje de energía renovable que debería alcanzar el país respecto del consumo de energía eléctrica nacional; (iii) la ley promueve la realización de nuevas inversiones en emprendimientos de energía eléctrica a partir del uso de fuentes renovables de energía definiendo su ámbito de aplicación en todo el país; definió los conceptos de Fuentes Renovables de Energía, Energía Eléctrica generada a partir de fuentes de energía renovables y el concepto de Equipos para Generación; (iv) Definió los beneficios impositivos para los beneficiarios del Régimen de Inversiones para la construcción de obras nuevas destinadas a la generación de energía eléctrica generada a partir de fuentes de energía renovables que posteriormente fueron modificados por la Ley 27.191.

LEY 27.191 – Modificaciones al régimen de fomento de energías renovables

El 25 de septiembre de 2015 el Congreso Nacional sancionó la Ley 27.191, que fue publicada en el Boletín Oficial el 21 de octubre de 2015. La mencionada Ley introdujo modificaciones al Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables creado por la Ley 26.190, para lo cual, en líneas generales, y con el objetivo de lograr alcanzar una contribución de energía renovable en la matriz de consumo nacional del 8% al 31 de diciembre de 2017 y del 20% al 31 de diciembre de 2025, incorporó los siguientes puntos:

(i) Amplió la definición de energías renovables; (ii) eliminó el límite de 10 años para el régimen de beneficios fiscales; (iii) fijó incentivos fiscales no excluyentes como: devolución anticipada de IVA, amortización acelerada del impuesto a las ganancias, exclusión de la base de los bienes afectados por las actividades promovidas del impuesto a la ganancia mínima presunta, exención de derechos de importación, compensación de quebrantos con ganancias (de los actuales 5 años pasa a 10 años), exención del impuesto a la distribución de dividendos siendo el beneficiario persona física (sólo en caso de reinversión del mismo), y certificados fiscales por el 20% del valor de los componentes nacionales; (iv) creó el Fondo Fiduciario para Desarrollo de Energías Renovables que, entre otras cosas, otorgará préstamos y garantías a los proyectos de inversión y (v) dispuso que todos los usuarios de energía eléctrica tendrán que contribuir cumpliendo con los objetivos de consumo de energías renovables establecidos por la ley, para lo cual se estableció un cronograma gradual y obligaciones especiales para los Grandes Usuarios de más de 300kW. Finalmente la ley ratificó que la generación eólica debe ser tratada como generación hidráulica de pasada; por lo tanto ésta despachará en virtud de la disponibilidad de viento real con la que contase.

Adicionalmente, en el mes de mayo de 2016 el Ministerio de Energía y Minería emitió las Res 71/2016 y 72/2016 mediante las cuales dio inicio a la primera ronda del Proceso de Convocatoria Abierta para la contratación en el MEM de energía eléctrica de fuentes renovables de generación (“Programa RenovAr”) para dar cumplimiento a las Leyes 26.190 y 27191.

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NOTA 2 – MARCO REGULATORIO (CONT.)

Decreto 531/2016 – Reglamenta la Ley 26.190 y la Ley 27.191

El día 31 de marzo de 2016 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 531/2016 que aprobó la reglamentación de la Ley 26.190, modificada por el Capítulo I y II de la Ley 27.191 referente a la Segunda Etapa del Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la Producción de Energía Eléctrica. Asimismo aprobó la reglamentación de los Capítulos de la Ley 27.191 correspondientes al: Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Energía Renovables (III), la Contribución de los Usuarios de Energía Eléctrica al Cumplimiento de los Objetivos del Régimen de Fomento (IV), los Incrementos Fiscales (V), el régimen de importaciones (VI), el acceso y utilización de fuentes renovables de energía (VII), energía eléctrica proveniente de recursos renovables intermitentes (VIII) y las cláusulas complementarias (IX) que establecen que la autoridad de aplicación deberá difundir ampliamente las ofertas de generación eléctrica a partir de fuentes renovables de energía y que invita a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las Provincias a adherir a la ley y a dictar sus propias normas destinadas a promover la producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía.

Resolución E- 275/2017 – Ministerio de Energía y Minería

El 17 de agosto de 2017 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 275/2017, la cual convocó a los interesados a ofertar en el proceso de convocatoria nacional abierta nacional e internacional para la contratación en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) de energía eléctrica de fuentes renovables de generación – el Programa RENOVAR (Ronda 2), con el fin de celebrar contratos del mercado a término (denominados contratos de abastecimiento de energía eléctrica renovable), con CAMMESA, en representación de los Distribuidores y Grandes Usuarios del Mercado Eléctrico Mayorista – hasta su reasignación en cabeza de los agentes distribuidores y/o Grandes Usuarios del MEM, de conformidad con el Pliego de Bases y Condiciones del Programa.

Resolución E-281/2017 – Ministerio de Energía y Minería

El 22 de agosto de 2017 se publicó la Resolución 281/2017 que estableció el Régimen del Mercado a Término de Energía Eléctrica de Fuente Renovable en el marco de lo establecido por la Ley 27.191 y el Decreto reglamentario 531/2016. Este Régimen tiene por objeto establecer las condiciones de cumplimiento de acuerdo con lo fijado en el artículo 9º de la Ley 27.191 por parte de los Grandes Usuarios del Mercado Eléctrico Mayorista y las Grandes Demandas que sean Clientes de los Agentes Distribuidores del MEM, o de los Prestadores del Servicio Público de Distribución en tanto sus demandas de potencia sean iguales o mayores a trescientos kilovatios (300KV) medios demandados, a través de la contratación individual en el Mercado a Término de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables o por autogeneración de fuentes renovables, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 27.191 y el artículo 9 del Anexo II del Decreto 531/2016. Específicamente se estableció que la obligación para los sujetos individualizados en el mencionado artículo de la Ley podría cumplirse por cualquiera de las siguientes formas: a) por contratación individual de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables, b) por autogeneración o por cogeneración de fuentes renovables o c) por participación en el mecanismo de compras conjuntas desarrollado por CAMMESA. El art. 9, en su inciso 2, apartado (i) del Anexo II, del decreto reglamentario prevé que los contratos de abastecimiento de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables celebrados en el marco de la Ley 27.191, por los sujetos comprendidos en su artículo 9, serán libremente negociados entre las partes, teniendo en cuenta las características de los proyectos de inversión y el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la ley y en el decreto reglamentario, los deberes de información y requisitos de administración establecidos en los Procedimientos de CAMMESA y en la normativa complementaria que dicte la autoridad de aplicación.

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NOTA 2 – MARCO REGULATORIO (CONT.)

Resolución 488/2017 – Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable

Con fecha 19 de diciembre de 2017, mediante la Res 488/2017 del Ministerio de Energía y Minería, se adjudicaron los Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable en los términos establecidos en las Resoluciones Nros. 275 de fecha 16 de agosto de 2017 y 473 de fecha 30 de noviembre de 2017, ambas de ese Ministerio, indicándose el Precio Adjudicado por megavatio hora para cada tecnología en cada Contrato de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable a suscribir y la asignación del cupo remanente de la Garantía Banco Mundial, para dichos proyectos.

Resolución 230/2019 - Ministerio de Hacienda – Secretaría de Gobierno de Energía

Con fecha 30 de abril de 2019 se dictó la Res 230/19 de la Secretaría de Gobierno de Energía, a través de la cual se modificó el Anexo I de la Res 281/17 estableciendo como temas relevantes las nuevas condiciones para el mantenimiento de la prioridad de despacho otorgada, formas de demostrar el avance de la construcción del proyecto y plazo de mantenimiento de la caución contratada por la potencia por la cual se le asignó prioridad al proyecto.

NOTA 3 – NORMAS CONTABLES

A continuación se detallan las normas contables más relevantes utilizadas por la Sociedad para la preparación de los presentes estados contables, las que han sido aplicadas uniformemente respecto del ejercicio anterior.

3.1. Preparación y presentación de los Estados Contables

Los presentes estados contables están expresados en pesos, y han sido preparados de conformidad con las normas contables profesionales argentinas. Tales normas, de exposición y valuación, se encuentran contenidas en las Resoluciones Técnicas emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.), aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.P.C.E.C.A.B.A.).

Los saldos al 30 de abril de 2019 que se exponen en estos estados contables a efectos comparativos surgen de los estados contables a dichas fechas, aplicando la metodología de la nota 3.3.

Se han reclasificado ciertas cifras no significativas de los estados contables correspondientes al ejercicio finalizado el 30 de abril de 2019, a los efectos de su presentación comparativa.

La gerencia de la Sociedad estima que los presentes estados contables incluyen todos los ajustes necesarios para presentar razonablemente los resultados de cada ejercicio.

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NOTA 3 – NORMAS CONTABLES (CONT.)

3.1. Preparación y presentación de los Estados Contables (cont.)

Los estados contables de la Sociedad han sido aprobados con fecha 29 de julio de 2020 cumpliendo lo dispuesto en el art 3 de la Resolución General N° 11/20 emitida por la Inspección General de Justicia (IGJ). En virtud de ello, a la fecha, se encuentran pendientes de transcripción al Libro Inventario y Balances y los meses de febrero, marzo y abril de 2020 al Libro Diario.

3.2. Estimaciones contables

La preparación de estados contables a una fecha determinada requiere que la gerencia de la Sociedad realice estimaciones y evaluaciones que afectan el monto de los activos y pasivos registrados y los activos y pasivos contingentes revelados a dicha fecha, como así también los ingresos y egresos registrados en los ejercicios. La gerencia de la Sociedad realiza estimaciones para poder calcular a un momento dado, por ejemplo, el valor actual de los créditos y el cargo por impuesto a las ganancias. Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados contables.

3.3. Consideración de los efectos de la inflación

Las normas contables profesionales argentinas establecen que los estados contables deben ser preparados reconociendo los cambios en el poder adquisitivo de la moneda conforme a las disposiciones establecidas en las Resoluciones Técnicas (RT) N° 6 y N° 17, con las modificaciones introducidas por la RT N° 39 y por la Interpretación N° 8, normas emitidas por la FACPCE. Estas normas establecen que la aplicación del ajuste por inflación debe realizarse frente a la existencia de un contexto de alta inflación, el cual se caracteriza, entre otras consideraciones, cuando exista una tasa acumulada de inflación en tres años que alcance o sobrepase el 100%.

La inflación acumulada en tres años se ubica por encima del 100%. Es por esta razón que, de acuerdo con las normas contables profesionales mencionadas en forma precedente, la economía argentina debe ser considerada como de alta inflación a partir del 1° de julio de 2018. La FACPCE ha confirmado esta situación con la Resolución de su Junta de Gobierno (JG) 539/18.

A su vez, la Ley N° 27.468 (B.O. 04/12/2018) modificó el artículo 10° de la Ley N° 23.928 y sus modificatorias, estableciendo que la derogación de todas las normas legales o reglamentarias que establecen o autorizan la indexación por precios, actualización monetaria, variación de costos o cualquier otra forma de repotenciación de las deudas, impuestos, precios o tarifas de los bienes, obras o servicios, no comprende a los estados contables, respecto de los cuales continuará siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 62 in fine de la Ley General de Sociedades N° 19.550 (T.O. 1984) y sus modificatorias. Asimismo, el mencionado cuerpo legal dispuso la derogación del Decreto Nº 1269/2002 del 16 de julio de 2002 y sus modificatorios y delegó en el Poder Ejecutivo Nacional (PEN), a través de sus organismos de contralor, establecer la fecha a partir de la cual surtirán efecto las disposiciones citadas en relación con los estados contables que les sean presentados.

Por lo tanto, mediante su Resolución General 10/2018 (B.O. 28/12/2018), la Inspección General de Justicia (IGJ) dispuso que los estados contables correspondientes a ejercicios económicos completos o períodos intermedios deberán presentarse ante este Organismo expresados en moneda homogénea. Asimismo, mediante dicha resolución determinó que, a los fines de la reexpresión de los estados contables, se aplicarán las normas emitidas por la FACPCE, adoptadas por el CPCECABA.

En función de las disposiciones detalladas en forma precedente, la Sociedad ha reexpresado los presentes estados contables al 30 de abril de 2020.

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NOTA 3 – NORMAS CONTABLES (CONT.)

3.3. Consideración de los efectos de la inflación (Cont.)

De acuerdo con las normas contables profesionales argentinas, los estados contables de una entidad en un contexto considerado de alta inflación deben presentarse en términos de la unidad de medida vigente a la fecha de dichos estados contables. Todos los montos incluidos en el estado de situación patrimonial, que no se informen en términos de la unidad de medida a la fecha de los estados contables, deben actualizarse aplicando un índice de precios general. Todos los componentes del estado de resultados deben indicarse en términos de la unidad de medida actualizada a la fecha de los estados contables, aplicando un índice de precios general desde la fecha en que los ingresos y gastos fueron reconocidos originalmente.

La reexpresión de los saldos iniciales se calculó considerando los índices establecidos por la FACPCE con base en los índices de precios publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

Los principales procedimientos utilizados para la reexpresión fueron los siguientes:

  • Los activos y pasivos monetarios que se contabilizaron a moneda de cierre del estado de situación patrimonial no fueron reexpresados, dado que ya se encuentran reexpresados a la fecha de los estados contables.

  • Activos y pasivos no monetarios que se contabilizan a costo a la fecha del estado de situación patrimonial y los componentes del patrimonio se reexpresan aplicando los coeficientes de ajuste correspondientes.

  • Los ingresos y gastos (incluyendo los intereses y diferencias de cambio) del estado de resultados se reexpresan desde la fecha de su registración contable, salvo aquellas partidas del resultado que reflejan o incluyen en su determinación el consumo de activos medidos en moneda de poder adquisitivo de una fecha anterior a la registración del consumo, las que se reexpresan tomando como base la fecha de origen del activo con el que está relacionada la partida (por ejemplo, depreciación y otros consumos de activos valuados a costo histórico).

  • La pérdida o ganancia por la posición monetaria neta se incluye en el resultado neto del ejercicio que se informa, revelando esta información en una partida separada.

En la aplicación inicial del método de reexpresión, las cuentas del patrimonio fueron reexpresadas de la siguiente manera:

Componente Fecha de origen
Capital Fecha de suscripción
Aumento de capital Fecha de integración

La Sociedad ha utilizado la opción, adicional a la RT 6, dispuesta en la sección 3 de la Resolución JG 539/18 y sus modificatorias (JG 553/19) y MD 11/19, de la no presentación de la conciliación entre el impuesto a las ganancias incluido en el estado de resultados y el impuesto a las ganancias teórico.

3.4. Estado de flujo de efectivo

Para la presentación del Estado de Flujo de Efectivo se consideraron los saldos de “Caja y bancos” y los equivalentes de caja que comprenden todas las inversiones de muy alta liquidez y aquéllas con vencimiento originalmente pactado inferior a tres meses.

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020 COMISION FISCALIZADORA

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NOTA 4 – CRITERIOS DE VALUACION

Los principales criterios de valuación son los siguientes:

4.1 Caja y bancos

Han sido valuados a su valor nominal.

4.2 Inversiones corrientes

Los fondos comunes de inversión al 30 de abril de 2020 y 2019 se valuaron al valor de cotización a la fecha de cierre de cada ejercicio.

4.3 Créditos por ventas

Los créditos por ventas han sido valuados al precio de contado estimado al momento de la transacción más los intereses y componentes financieros implícitos devengados, en caso de corresponder.

4.4 Otros créditos

Los otros créditos han sido valuados en base a la mejor estimación posible de la suma a cobrar, descontándose los mismos, en caso de corresponder.

4.5 Bienes de Uso

Los bienes de uso han sido valuados a su costo de adquisición, siguiendo la metodología de la nota 3.3, neto de sus depreciaciones acumuladas. Estos se han comenzado a depreciar a partir de la habilitación comercial del PED II, en el mes de septiembre de 2019, por el método de la línea recta, en base a la vida útil estimada de los bienes, aplicando tasas anuales suficientes para extinguir sus valores al final de la misma.

El valor neto de depreciaciones correspondiente a los resultados financieros activados en el PED II al 30 de abril de 2020 asciende a $ 39.911.233.

El valor de los bienes de uso, considerados en su conjunto, no supera su valor recuperable estimado.

4.6 Activos intangibles

Los activos intangibles han sido valuados a su costo de adquisición, siguiendo la metodología de la nota 3.3, neto de sus amortizaciones acumuladas. Estos se han comenzado a amortizar a partir de la habilitación comercial del PED II, en el mes de septiembre de 2019, por el método de la línea recta, en base a la vida útil estimada de los bienes, aplicando tasas anuales suficientes para extinguir sus valores al final de la misma.

El valor de los activos intangibles, considerados en su conjunto, no supera su valor recuperable estimado.

4.7 Cuentas por pagar

Han sido valuadas al precio de contado estimado al momento de la transacción, descontándose las mismas, en caso de corresponder.

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020

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Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020

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NOTA 4 – CRITERIOS DE VALUACION (CONT.)

4.8 Deudas financieras

Las deudas financieras han sido valuadas en función de los montos de capital adeudados más los intereses devengados correspondientes, de acuerdo con las condiciones pactadas.

4.9 Cargas fiscales

Han sido valuadas a su valor nominal.

4.10 Impuesto a las ganancias e impuesto diferido

La Sociedad ha reconocido el cargo por impuesto a las ganancias en base al método del pasivo por impuesto diferido, reconociendo de esta manera las diferencias temporarias entre las mediciones de los activos y pasivos contables e impositivos. Las diferencias temporarias se originan en los quebrantos fiscales, inversiones, bienes de uso y activos intangibles (Nota 8).

A los efectos de determinar los activos y pasivos diferidos se ha aplicado sobre las diferencias temporarias identificadas y los quebrantos impositivos acumulados, la tasa impositiva que se espera esté vigente al momento de su reversión o utilización, considerando las normas legales a la fecha de emisión de los presentes estados contables.

Las proyecciones económicas e impositivas realizadas por la Sociedad arrojan resultados positivos respecto de la posibilidad de recuperar en el futuro y antes de la fecha de prescripción (de acuerdo con la Ley 27.191 artículo 4° punto 2, es de 10 años), los quebrantos impositivos acumulados; por tal motivo, al 30 de abril de 2020 la Sociedad mantiene activados dichos conceptos por $ 169.532.044 (Nota 8).

4.11 Activos y pasivos en moneda extranjera

Los activos y pasivos en moneda extranjera al 30 de abril de 2020 y 2019 han sido valuados al tipo de cambio vigente al cierre de cada ejercicio.

4.12 Capital social y ajuste del capital social

El capital social ha sido valuado a su valor nominal. El ajuste del capital social que surge de la diferencia entre el capital social expresado en moneda homogénea y el capital social nominal histórico ha sido expuesto en la cuenta "Ajuste del capital social" integrante del patrimonio neto.

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020 COMISION FISCALIZADORA

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NOTA 5 – COMPOSICION DE LOS PRINCIPALES RUBROS DEL ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL

ACTIVO
a) Caja y bancos
En moneda nacional
Caja
Fondo fijo
Bancos
En moneda extranjera (Anexo IV)
Bancos
b) Inversiones
En moneda nacional
Fondo común de inversión
c) Créditos por ventas
En moneda extranjera (Anexo IV)
Por ventas de energía eléctrica
d) Otros créditos
En moneda nacional
Impuesto al valor agregado
Otros créditos impositivos
Activo diferido neto (Nota 8)
Sociedades art. 33 Ley 19.550 (Nota 7.b)
Seguros a devengar
Diversos
En moneda extranjera (Anexo IV)
Créditos a recuperar
Diversos
30.04.20 30.04.20 30.04.19 30.04.19
Corriente No Corriente Corriente No Corriente
$ $ $ $
8.962
8.000
42.888
262.862

-

-

-

-
98
11.645
124.400
52.544.284

-

-

-

-
322.712
-
52.680.427
-
58.818.870
-
491.268
-
58.818.870
-
491.268
-
25.643.367
-
- -
25.643.367
-
- -
47.773.282
6.296.183
-
7.730.000
1.740.603
-
-
1.749.300
27.549.330
1.580.605
126.277.909

-
-
-
34.214.648
-
249.943.610
5.715.168
-
2.911.259
1.425.036
12.666
-
-

-

-
38.068.156

-

-

-
-
-
65.289.368 189.622.492 260.007.739 38.068.156

Véase nuestro informe de fecha

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020 COMISION FISCALIZADORA

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NOTA 5 – COMPOSICION DE LOS PRINCIPALES RUBROS DEL ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL (CONT.)

PASIVO
e) Cuentas por pagar
En moneda nacional
Proveedores
Provisiones varias
Sociedades art. 33 Ley 19.550 (Nota 7.b)
En moneda extranjera (Anexo IV)
Proveedores
Provisiones varias
Sociedades art. 33 Ley 19.550 (Nota 7.b)
f) Deudas financieras
En moneda extranjera (Anexo IV)
Sociedades art. 33 Ley 19.550 (Nota 7.b y 11)
g) Cargas fiscales
En moneda nacional
Retenciones impositivas
Provisión impuesto a las ganancias
30.04.20 30.04.20 30.04.19 30.04.19
Corriente No Corriente Corriente No Corriente
$ $ $ $
11.552.603
7.612.395
-
30.043.219
-
195.629
-
-
-
392.165.740
888.775.013

-
16.899.470
4.270.275
63.787
46.209.597

-
317.014

-

-

-
377.063.688
826.137.120

-
49.403.846 1.280.940.753 67.760.143 1.203.200.808
77.014.853 455.979.138 39.396.249 504.960.725
77.014.853 455.979.138 39.396.249 504.960.725
88.473
43.411.540
-
81.242.916
-
-
-
32.251.735
43.500.013 81.242.916 - 32.251.735

NOTA 6 – ACTIVOS Y PASIVOS POR VENCIMIENTO DE COBRO O PAGO

  • a) Según su plazo estimado de cobro o pago:
Inversiones
De plazo a vencer
De 0 a 3 meses
30.04.20 30.04.19
$ $
58.818.870 491.268
58.818.870 491.268

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020

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NOTA 6 – ACTIVOS Y PASIVOS POR VENCIMIENTO DE COBRO O PAGO (CONT.)

  • a) Según su plazo estimado de cobro o pago (cont.):
Créditos por ventas y otros créditos
Sin plazo – expuesto como activo corriente
Sin plazo – expuesto como activo no corriente
De plazo a vencer
De 0 a 3 meses
De 3 a 6 meses
De 6 a 9 meses
De 9 a 12 meses
De 1 a 2 años
De 2 a 3 años
De 3 a 4 años
Más de 4 años
Cuentas por pagar y cargas fiscales
De plazo vencido
De 0 a 3 meses
De plazo a vencer
De 0 a 3 meses
De 9 a 12 meses
De 1 a 2 años
De 2 a 3 años
De 3 a 4 años
Más de 4 años
Deudas financieras
De plazo a vencer
De 0 a 3 meses
De 3 a 6 meses
De 6 a 9 meses
De 9 a 12 meses
De 1 a 2 años
De 2 a 3 años
De 3 a 4 años
Más de 4 años
30.04.20 30.04.19
$ $
2.996.568
126.277.909
44.391.315
28.695.990
7.448.750
7.400.112
60.934.913
1.322.363
246.648
840.659
249.943.610
38.068.156
9.370.933
582.039
109.968
1.189
-
-
-
-
280.555.227 298.075.895
7.469.022
42.023.297
43.411.540
1.301.251.482
20.310.729
20.310.729
20.310.729
-
67.760.143
-
32.251.735
1.203.200.808
-
-
1.455.087.528 1.303.212.686
25.110.251
17.859.648
21.766.446
12.278.508
73.671.048
80.926.530
83.717.100
217.664.460
7.735.588
-
15.562.021
16.098.640
66.541.052
70.834.023
77.810.102
289.775.548
532.993.991 544.356.974

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020 COMISION FISCALIZADORA

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NOTA 6 – ACTIVOS Y PASIVOS POR VENCIMIENTO DE COBRO O PAGO (CONT.)

  • b) En función de la tasa de interés que devengan:
Inversiones
Que no devengan interés
Créditos por ventas y otros créditos
Que no devengan interés
Cuentas por pagar y cargas fiscales
Que no devengan interés
Que devengan interés(1)
Deudas financieras
Que no devengan interés
Que devengan interés(2)
30.04.20 30.04.19
$ $
58.818.870 491.268
58.818.870 491.268
280.555.227 298.075.895
280.555.227 298.075.895
142.417.924
1.312.669.604
158.929.962
1.144.282.724
1.455.087.528 1.303.212.686
7.808.717
525.185.274
7.735.588
536.621.386
532.993.991 544.356.974

(1) Devenga intereses a una tasa fija en dólares del 6,20% por el plazo del financiamiento de la deuda comercial (900 días).

(2) Devenga intereses a una tasa fija nominal anual en dólares del 8,10%.

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020 COMISION FISCALIZADORA

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NOTA 7 – OPERACIONES Y SALDOS CON PARTES RELACIONADAS

  • a) Las operaciones con partes relacionadas son las siguientes:

Capex S.A. devengó lo siguiente:

Aportes de capital integrado
Préstamo otorgado
Préstamo cancelado
Intereses pagados
Intereses devengados
Gastos coparticipables
30.04.20 30.04.19
$ $
-
-
(32.676.668)
(44.772.621)
(46.393.628)
(641.593)
329.094.841
(659.078.741)
-
(16.803.673)
(8.257.226)
(1.436.692)

Hychico S.A. devengó lo siguiente:

Aporte de capital integrado
Aporte de capital a integrar
Gastos coparticipables a pagar
Gastos coparticipables a cobrar
30.04.20 30.04.19
$ $
2.366.764
-
4.872.000
(5.225)
14.309.238
3.011.543
-
(47.502)

CAPSA devengó lo siguiente:

Gastos coparticipables a pagar
Gastos coparticipables a cobrar
30.04.20 30.04.19
$ $
2.858.000
(748)
-
(2.888)

No existen otras operaciones con partes relacionadas que las descriptas anteriormente.

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020 COMISION FISCALIZADORA

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NOTA 7 – OPERACIONES Y SALDOS CON PARTES RELACIONADAS (CONT.)

b) Los saldos con partes relacionadas al cierre de cada ejercicio son los siguientes:

Otros créditos
En moneda nacional
CAPSA
Hychico S.A.
Cuentas por pagar
En moneda nacional
Capex S.A.
En moneda extranjera
Capex S.A.
Deudas financieras
En moneda extranjera
Capex S.A.
Total saldos a pagar neto
30.04.20
30.04.19
$
$
2.858.000
4.872.000
2.911.259
-
(63.787)
(195.629)
(317.014)
(532.993.991)
(544.356.974)
(525.459.620)
(541.826.516)

NOTA 8 – IMPUESTO A LAS GANANCIAS – IMPUESTO DIFERIDO

Reforma Tributaria en Argentina

El 29 de diciembre de 2017 el Poder Ejecutivo Nacional promulgó la Ley 27430 – Impuesto a las Ganancias. Esta ley introdujo varios cambios en el tratamiento del impuesto a las ganancias entre los cuales se encuentran:

Alícuota de Impuesto a las ganancias: La alícuota del Impuesto a las Ganancias para las sociedades argentinas se reducirá gradualmente desde el 35% al 30% para los ejercicios fiscales que comiencen a partir del 01.01.2018 hasta el 31.12.2019 y al 25% para los ejercicios fiscales que comiencen a partir del 01.01.2020, inclusive. Sin perjuicio de lo mencionado, a través de la Ley 27.541, publicada en el boletín oficial el 23 de diciembre de 2019, se suspendió hasta los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 01.01.2021, la reducción de la alícuota al 25%.

Ajuste por inflación impositivo: A los fines de determinar la ganancia neta imponible, se deberá deducir o incorporar al resultado impositivo del ejercicio que se liquida, el ajuste por inflación determinado de acuerdo con los artículos 95 a 98 de la ley del impuesto a las ganancias. Esto será aplicable en el ejercicio fiscal en el cual se verifique un porcentaje de variación del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (“IPC”) acumulado en los 36 meses anteriores al cierre del ejercicio que se liquida, superior al 100%. Estas disposiciones tienen vigencia para los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2018.

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020

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NOTA 8 – IMPUESTO A LAS GANANCIAS – IMPUESTO DIFERIDO (CONT.)

Reforma Tributaria en Argentina (Cont.)

Respecto del primero, segundo y tercer ejercicio a partir de su vigencia, será aplicable en caso de que la variación del índice, calculada desde el inicio y hasta el cierre de cada uno de esos ejercicios, supere el 55%, 30% y 15% para el primero, segundo y tercer año de aplicación, respectivamente. El ajuste por inflación correspondiente al ejercicio que se liquide incidirá como un ajuste positivo o negativo, según corresponda, y deberá imputarse un tercio en ese período fiscal y los dos tercios restantes, en partes iguales, en los dos ejercicios fiscales inmediatos siguientes. Por su parte, la Ley 27.541, modificó el citado cómputo estableciendo que el ajuste por inflación positivo o negativo, correspondiente al primer y segundo ejercicio iniciado a partir del 01.01.2019 deberá imputarse un sexto (1/6) en ese período fiscal y los cinco sextos restantes, en partes, iguales, en los cinco períodos fiscales inmediatos siguientes. Lo establecido en dicha disposición no obsta al cómputo de los tercios remanentes correspondientes a períodos anteriores, calculado conforme a la versión anterior del artículo 194 de la ley de Impuesto a las Ganancias.

La variación del IPC para los ejercicios finalizados el 30 de abril de 2020 y 2019 fue del 45,6% y 55,8%, respectivamente, por lo cual la Sociedad para determinar la ganancia imponible correspondiente a esos ejercicios incluyó dichos ajustes.

Impuesto a los dividendos: Se introduce un impuesto sobre los dividendos o utilidades distribuidas, entre otros, por sociedades argentinas o establecimientos permanentes a: personas humanas, sucesiones indivisas o beneficiarios del exterior, con las siguientes consideraciones: (i) los dividendos derivados de las utilidades generadas durante los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 01.01.2018 y hasta el 31.12.2019 están sujetos a una retención del 7%; y (ii) los dividendos originados por las ganancias obtenidas por ejercicios iniciados a partir del 01.01.2020 en adelante estarán sujetos a una retención del 13%. Sin perjuicio de lo mencionado, a través de la Ley 27.541, se suspendió hasta los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 01.01.2021, la aplicación del 13% en concepto de retención sobre dividendos o utilidades distribuidas.

Los dividendos originados por beneficios obtenidos hasta el ejercicio anterior al iniciado a partir del 1 de enero de 2018 seguirán sujetos, para todos los beneficiarios de los mismos, a la retención del 35% sobre el monto que exceda las ganancias acumuladas distribuibles libres de impuestos (período de transición del impuesto de igualación).

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NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de abril de 2020 y 2019 (cont.)

NOTA 8 – IMPUESTO A LAS GANANCIAS – IMPUESTO DIFERIDO (CONT.)

Reforma Tributaria en Argentina (Cont.)

Actualización de adquisiciones e inversiones efectuadas en los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1° de enero de 2018: Para las adquisiciones o inversiones efectuadas en los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1 de enero de 2018, procederán las siguientes actualizaciones, practicadas sobre la base de las variaciones porcentuales del IPC que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos conforme a las tablas que a esos efectos elabore la AFIP:

  • 1) En la enajenación de bienes muebles amortizables, inmuebles que no tengan el carácter de bienes de cambio, bienes intangibles, acciones, cuotas o participaciones sociales (incluidas las cuotas partes de fondos comunes de inversión), el costo computable en la determinación de la ganancia bruta se actualizará por el índice mencionado, desde la fecha de adquisición o inversión hasta la fecha de enajenación, y se disminuirá, en su caso, por las amortizaciones que hubiera correspondido aplicar, calculadas sobre el valor actualizado.

  • 2) Las amortizaciones deducibles correspondientes a edificios y demás construcciones sobre inmuebles afectados a actividades o inversiones, distintos de bienes de cambio, y las correspondientes a otros bienes empleados para producir ganancias gravadas, se calcularán aplicando a las cuotas de amortización ordinaria el índice de actualización mencionado, referido a la fecha de adquisición o construcción que indique la tabla elaborada por la AFIP.

El 27 de diciembre de 2018 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 1170/18 que incorpora las adecuaciones a la reglamentación aprobada por el Decreto Reglamentario de la Ley de Impuesto a las Ganancias Nro. 1344/98 y sus modificatorios, así como también ajusta su texto de conformidad con los cambios efectuados por el Código Civil y Comercial de la Nación y demás normas como las leyes 27260, 27346 y 27430.

La evolución y composición de los activos y pasivos por impuesto diferido se detallan en los siguientes cuadros:

- Activos / (pasivos) diferidos
Saldo al inicio del ejercicio
Cargo a resultados
Saldo al cierre del ejercicio
Quebrantos
Inversiones
Bienes de
Uso
Activos
intangibles
Total neto
66.830.518
(2.610)
(28.350.917)
(408.835)
38.068.156
102.701.526
(237.538)
(14.001.832)
(252.403)
88.209.753
169.532.044
(240.148)
(42.352.749)
(661.238)
126.277.909

El activo diferido neto al cierre del ejercicio es de $ 126.277.909.

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020 COMISION FISCALIZADORA

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NOTA 8 – IMPUESTO A LAS GANANCIAS – IMPUESTO DIFERIDO (CONT.)

Composición del resultado del impuesto a las ganancias:

Impuesto determinado
Ajuste declaración jurada ejercicio anterior
Activo por ajuste por inflación impositivo
Variación entre impuesto diferido al cierre del ejercicio
cargado a resultados
Total impuesto a las ganancias
30.04.20
30.04.19
$ $
107.488.801
66.446.752
(4.787.275)
-
(102.497.897)
(32.251.735)
(14.491.773)
(27.759.521)
(14.288.144)
6.435.496

Los quebrantos impositivos vigentes al 30 de abril de 2020 son los siguientes:

Año generación Monto Tasa Monto
computable
Año de
Prescripción
(1)
Quebranto impositivo generado al 30 de abril de 2018
Quebranto impositivo generado al 30 de abril de 2019
Quebranto impositivogenerado al 30 de abril de 2020
1.054.572
163.443.409
513.630.196
25%
25%
25%
263.643
40.860.852
128.407.549
2028
2029
2030
Total quebranto impositivo al 30 de abril de 2020 678.128.177 169.532.044

(1) En base a las estimaciones realizadas, la Sociedad considera que dichos quebrantos podrán ser aplicados contra futuros ingresos gravados originados dentro de los diez años desde su generación (Ley 27.121).

NOTA 9 – RESULTADO POR ACCION

El resultado por acción por los ejercicios finalizados al 30 de abril de 2020 y 2019 fue calculado en base a la cantidad promedio de acciones existentes al cierre de cada ejercicio. El resultado surge del cociente entre el resultado del ejercicio y el número de acciones ponderadas.

30.04.20 30.04.19
Resultado del ejercicio
Acciones ponderadas
$ $
(167.467.888)
329.780.000
(11.239.367)
249.548.000
Resultadopor acción (0,508) (0,045)

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020 COMISION FISCALIZADORA

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NOTA 10 – ESTADO DE CAPITAL

En cumplimiento de lo requerido por la Inspección General de Justicia se informa que el estado del capital, expresado en moneda histórica, al 30 de abril de 2020 es el siguiente:

Capital Valor nominal Aprobado por Aprobado por
Fecha Instrumento/Órgano
Suscripto, inscripto e integrado
Suscripto, inscripto e integrado
Suscripto, inscripto e integrado
Suscripto, inscripto e integrado
Suscripto, inscripto e integrado
Suscripto, inscripto e integrado
$ 05.07.2016
15.03.2018
24.05.2018
16.07.2018
08.10.2018
11.03.2019
Acta constitutiva
Acta de Asamblea Extraordinaria
Acta de Asamblea Extraordinaria
Acta de Asamblea Extraordinaria
Acta de Asamblea Extraordinaria
Acta de Asamblea Ordinaria
100.000
142.520.000
29.160.000
38.000.000
80.000.000
40.000.000
Capitalsuscripto,inscripto eintegrado 329.780.000

NOTA 11 – CONTRATO DE MUTUO ONEROSO CON CAPEX

Con fecha 24 de mayo de 2018 la Sociedad firmó un contrato de mutuo oneroso con Capex para el desarrollo del Parque Eólico Diadema II. Las características del contrato son:

Monto: El monto máximo total del contrato es de US$ 15.000.000, los cuales serán desembolsados en tramos y a requerimiento de E G WIND.

Interés: devenga intereses a una tasa fija nominal anual del 8,10%. Los intereses se abonan trimestralmente a partir del primer desembolso. Amortización: 23 cuotas trimestrales y consecutivas, habiendo vencido la primera cuota el 25 de noviembre de 2019.

A la fecha de los presentes estados contables Capex realizó varios desembolsos por un total de US$ 8.350.000, habiéndose abonado capital por US$ 492.650 en noviembre 2019 y febrero 2020.

El saldo al cierre del ejercicio es de $ 532.993.991 (capital más intereses), de los cuales $ 77.014.853 son corrientes.

NOTA 12 - CAPITAL DE TRABAJO NEGATIVO

Al 30 de abril de 2020, la Sociedad presenta un capital de trabajo negativo de aproximadamente $ 19,84 millones, generado principalmente por los compromisos por préstamos financieros y con proveedores en los próximos doce meses.

La gerencia estima que el déficit de capital de trabajo será cubierto mediante su operatoria normal, en el transcurso de los próximos meses.

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020 COMISION FISCALIZADORA

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ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL al 30 de abril de 2020 y 2019

BIENES DE USO ANEXO I

Concepto Valor de origen Valor de origen Valor de origen Valor de origen Valor de origen Depreciaciones Depreciaciones Depreciaciones 30.04.20 30.04.19
Al inicio del
ejercicio
Altas del
ejercicio
Bajas del
ejercicio
Transferencias
del ejercicio
Al cierre del
ejercicio
Al inicio del
ejercicio
Del ejercicio
(2)
Acumuladas
al cierre del
ejercicio
Neto
resultante
Neto
resultante
Parque Eólico Diadema II
Obras en curso
Aerogeneradores
Obras civiles y eléctricas
Resultados financieros activados
Anticipos
$ $ $ $ $ $ $ $ $ $
2.093.840.093
-
-
50.790.010
4.032.117
61.117.296
-
-
-
-
-
-
-
(1) (9.609.030)
(774.705)
(2.154.957.389)
1.391.841.543
766.373.258
-
(3.257.412)
-
1.391.841.543
766.373.258
41.180.980
-
-
-
-
-
-
-
42.850.704
24.037.107
1.269.747
-
-
42.850.704
24.037.107
1.269.747
-
-
1.348.990.839
742.336.151
39.911.233
-
2.093.840.093
-
-
50.790..010
4.032.117
Total al 30 de abril de 2020 2.148.662.220 61.117.296 (10.383.735) - 2.199.395.781 - 68.157.558 68.157.558 2.131.238.223
Total al 30 de abril de 2019 280.729.952 1.867.932.268 - - 2.148.662.220 - - -

(1) Se encuentran registradas en la línea “Intereses y otros resultados por tenencia” de los resultados financieros generados por pasivos.

(2) Las depreciaciones se encuentran registradas en el Costo de Ventas (Anexo III).

Véase nuestro informe de fecha

29 de julio de 2020 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020 COMISION FISCALIZADORA

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ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL al 30 de abril de 2020 y 2019

ACTIVOS INTANGIBLES ANEXO II

Concepto Valor de origen Valor de origen Valor de origen Valor de origen Depreciaciones Depreciaciones Depreciaciones 30.04.20 30.04.19
Al inicio del
ejercicio
Altas del
ejercicio
Transferencias
del ejercicio
Al cierre del
ejercicio
Al inicio
del
ejercicio
Del ejercicio
(1)
Acumuladas
al cierre del
ejercicio
Neto
resultante
Neto
resultante
Parque Eólico Diadema II
Estudios PED II
Estudios de impacto ambiental
Estudios de ingeniería
Estudios diversos
$ $ $ $ $ $ $ $ $
-
643.269
7.937.951
267.003
-
660.282
-
1.701.313
11.209.818
(1.303.551)
(7.937.951)
(1.968.316)
11.209.818
-
-
-
-
-
-
-
342.846
-
-
-
342.846
-
-
-
10.866.972
-
-
-
-
643.269
7.937.951
267.003
Total al 30 de abril de 2020 8.848.223 2.361.595 - 11.209.818 - 342.846 342.846 10.866.972
Total al 30 de abril de 2019 4.521.100 4.327.123 - 8.848.223 - - -

(1) Las depreciaciones se encuentran registradas en el Costo de Ventas (Anexo III).

Véase nuestro informe de fecha

29 de julio de 2020

PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020 COMISION FISCALIZADORA

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ANEXO III

INFORMACION REQUERIDA POR EL ART. 64, INC. B) DE LA LEY Nº 19550 correspondiente a los ejercicios económicos iniciados el 1 de mayo de 2019 y 2018 y finalizados el 30 de abril de 2020 y 2019.

Concepto Costo
de ventas
Gastos de
**administración **
Gastos de
**comercialización **

Gastos
preoperativos
Total al
30.04.20
Total al
30.04.19
Honorarios profesionales
Operación, mantenimiento y reparaciones
Combustibles, lubricantes y fluidos
Depreciación de bienes de uso
Depreciación de activos intangibles
Gastos de oficina, movilidad y representación
Impuestos, tasas, alquileres y seguros
Impuesto sobre los ingresos brutos
Adquisición de energía
Gastos de transporte y despachos de energía
Comisiones e impuestos bancarios
$
442.619
18.874.097
37.050
68.157.558
342.846
187.755
3.580.509
-
22.525
-
-
3.182.419
-
-
-
-
305.879
91.674
-
-
-
2.480.450
-
-
-
-
-
-
-
72.177
-
1.759.073
-
557.158
-
-
-
-
587.562
57.631
-
-
-
664.850
4.182.196
18.874.097
37.050
68.157.558
342.846
1.081.196
3.729.814
72.177
22.525
1.759.073
3.145.300
2.814.778
-
-
-
-
1.198.768
130.234
-
-
-
7.452.666
Total al 30 de abril de 2020 91.644.959 6.060.422 1.831.250 1.867.201 101.403.832
Total al 30 de abril de 2019 - - - 11.596.446

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020

PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020 COMISION FISCALIZADORA

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ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL al 30 de abril de 2020 y 2019

ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDA EXTRANJERA ANEXO IV

Rubros Cuentas del
estado de
situación
patrimonial
Clase Monto Cambio
vigente
Monto en
moneda
nacional al
30.04.20
Monto en
moneda
nacional al
30.04.19
ACTIVO
ACTIVO CORRIENTE
Caja y bancos
Créditos por ventas
Otros créditos
Total activo corriente
ACTIVO NO CORRIENTE
Otros créditos
Total activo no corriente
Total de activo
PASIVO
PASIVO CORRIENTE
Cuentas por pagar
Deudas financieras
Total del pasivo corriente
PASIVO NO CORRIENTE
Cuentas por pagar
Deudas financieras
Total del pasivo no corriente
Total del pasivo
Bancos
Por ventas de
energía eléctrica
Diversos
Créditos a recuperar
Proveedores
Sociedades art. 33
Ley 19.550
Sociedades art. 33
Ley 19.550
Proveedores
Provisiones varias
Sociedades art. 33
Ley 19.550
US$ US$ US$ US$ US$ US$ US$ US$ US$ US$ 3.945
384.804
26.250
513.425
449.480
2.927
1.152.227
5.867.231
13.297.053
6.821.950
$ $
66,64
66,64
66,64
66,64
66,84
66,84
66,84
66,84
66,84
66,84
262.862
25.643.367
1.749.300
52.544.284
-
-
27.655.529 52.544.284
34.214.648 -
34.214.648 -
61.870.177 52.544.284
30.043.219
195.629
77.014.853
46.209.597
317.014
39.396.249
107.253.701 85.922.860
392.165.740
888.775.013
455.979.138
377.063.688
826.137.120
504.960.725
1.736.919.891 1.708.161.533
1.844.173.592 1.794.084.393

US$ = Dólar estadounidense

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Véase nuestro informe de fecha 29 de julio de 2020 COMISION FISCALIZADORA

(Socio)

Dr. Norberto Luis Feoli

C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17

==> picture [112 x 95] intentionally omitted <==

INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES

A los señores Presidente y Directores de E G Wind S.A. Domicilio legal: Avenida Córdoba 948/950 Piso 5to Departamento C Ciudad Autónoma de Buenos Aires CUIT: 30-71572339-1

Informe sobre los estados contables

Hemos auditado los estados contables adjuntos de E G Wind S.A. (en adelante “la Sociedad”), que comprenden el estado de situación patrimonial al 30 de abril de 2020, los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujos de efectivo por el ejercicio económico finalizado en dicha fecha, así como un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa incluida en las notas y los anexos que los complementan.

Los saldos y otra información correspondientes al ejercicio 2019, son parte integrante de los estados contables auditados mencionados precedentemente y por lo tanto deberán ser considerados en relación con esos estados contables.

Responsabilidad de la Dirección

El Directorio de la Sociedad es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados contables adjuntos de conformidad con las normas contables profesionales argentinas. Asimismo, el Directorio es responsable de la existencia del control interno que considere necesario para posibilitar la preparación de estados contables libres de incorrecciones significativas originadas en errores o en irregularidades.

Responsabilidad de los auditores

Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los estados contables adjuntos basada en nuestra auditoría. Hemos llevado a cabo nuestro examen de conformidad con las normas argentinas de auditoría establecidas en la Resolución Técnica N° 37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE). Dichas normas, exigen que cumplamos con los requerimientos de ética, así como que planifiquemos y ejecutemos la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable sobre si los estados contables se encuentran libres de incorrecciones significativas.

Price Waterhouse & Co. S.R.L., Bouchard 557, piso 8°, C1106ABG - Ciudad de Buenos Aires

==> picture [469 x 13] intentionally omitted <==

T: +(54.11) 4850.0000, F: +(54.11) 4850.1800, www.pwc.com/ar

Price Waterhouse & Co. S.R.L. es una firma miembro de la red global de PricewaterhouseCoopers International Limited (PwCIL). Cada una de las firmas es una entidad legal separada que no actúa como mandataria de PwCIL ni de cualquier otra firma miembro de la red.

==> picture [112 x 95] intentionally omitted <==

Una auditoría conlleva la aplicación de procedimientos para obtener elementos de juicio sobre las cifras y otra información presentada en los estados contables. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluyendo la valoración del riesgo de incorrecciones significativas en los estados contables. Al efectuar dicha valoración del riesgo, el auditor debe tener en consideración el control interno pertinente para la preparación y presentación razonable por parte de la Sociedad de los estados contables, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean adecuados, en función de las circunstancias, y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la Sociedad. Una auditoría también comprende una evaluación de la adecuación de las políticas contables aplicadas, de la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas por la dirección de la Sociedad y de la presentación de los estados contables en su conjunto.

Consideramos que los elementos de juicio que hemos obtenido proporcionan una base suficiente y adecuada para fundamentar nuestra opinión de auditoría.

Opinión

En nuestra opinión los estados contables adjuntos presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación patrimonial de E G Wind S.A. al 30 de abril de 2020, así como sus resultados, la evolución del patrimonio neto y el flujo de su efectivo correspondiente al ejercicio terminado en esa fecha, de conformidad con las normas contables profesionales argentinas.

Informe sobre cumplimiento de disposiciones vigentes

En cumplimiento de disposiciones vigentes informamos que:

  • a) tal como se menciona en nota 3.1), los presentes estados contables de la Sociedad surgen de registros contables llevados en sus aspectos formales de conformidad con normas legales; excepto en cuanto a que: i) se encuentran pendientes de transcripción al Libro Inventario y Balances, y ii) se encuentran pendientes de transcripción al Libro Diario los asientos contables correspondientes a los meses de febrero, marzo y abril de 2020.

  • b) al 30 de abril de 2020, dado que E G Wind S.A. no posee personal en relación de dependencia, no existen deudas en concepto de aportes y contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino;

  • c) hemos aplicado los procedimientos sobre prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo para E G Wind S.A. previstos en las correspondientes normas profesionales emitidas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 29 de julio de 2020.

PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

(Socio)

C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17 Dr. Nicolás A. Carusoni Contador Público (UM) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 252 F° 141

INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA

Señores Accionistas de E G WIND S.A. Domicilio legal: Avenida Córdoba 948/950 Piso 5 C Ciudad Autónoma de Buenos Aires CUIT: 30-71572339-1

En nuestro carácter de miembros de la Comisión Fiscalizadora de E G WIND S.A., de acuerdo con lo dispuesto por el inc. 5 del art. 294 de la Ley General de Sociedades, hemos examinado los documentos detallados en el párrafo siguiente.

Documentos examinados

a) Estado de situación patrimonial al 30 de abril de 2020.

b) Estado de resultados por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2020.

c) Estado de evolución del patrimonio neto por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2020.

d) Estado de flujo de efectivo por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2020.

e) Notas 1 a 12 y anexos I a IV.

f) Inventario al 30 de abril de 2020.

g) Memoria de la Dirección por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2020.

Las cifras y otra información correspondientes al ejercicio económico terminado el 30 de abril de 2019 son parte integrante de los estados contables mencionados precedentemente y se las presenta con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y con la información del ejercicio económico actual.

Responsabilidad de la Dirección en relación con los estados contables

La Dirección es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados contables adjuntos de conformidad con las normas contables profesionales argentinas, y del control interno que la Dirección considere necesario para permitir la preparación de estados contables libres de incorrecciones significativas.

Responsabilidad del Síndico

Nuestro examen fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes establecidas en la Res. Técnica F.A.C.P.C.E. 15 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas requieren que el examen de los estados contables se efectúe de acuerdo con las normas de auditoría vigentes, e incluye la verificación de la congruencia de los documentos examinados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales.

Para realizar nuestra tarea profesional sobre los documentos detallados en los ítems a) a f) precedentes, hemos revisado la auditoría efectuada por los auditores externos de E G WIND S.A., Price Waterhouse & Co. S.R.L., quienes emitieron su informe en el día de la fecha, de acuerdo con las normas de auditoría vigentes. Dicha revisión incluyó la verificación de la planificación del trabajo, de la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos aplicados y de los resultados de la auditoría efectuada por dichos profesionales. Los profesionales mencionados han llevado a cabo su examen sobre los estados contables adjuntos de conformidad con las normas de auditoría establecidas en la Res. Técnica F.A.C.P.C.E. 37/13 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas exigen que cumplan con los requerimientos de ética, así como que planifiquen y ejecuten la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los estados contables estén libres de incorrecciones significativas.

Una auditoría conlleva la aplicación de procedimientos para obtener elementos de juicio sobre las cifras y la información presentadas en los estados contables. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluida la valoración de los riesgos de incorrecciones significativas en los estados contables. Al efectuar dichas valoraciones del riesgo, el auditor tiene en cuenta el control interno pertinente para la preparación y presentación razonable por parte de la entidad de los estados contables, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la entidad. Una auditoría también incluye la evaluación de la adecuación de las políticas contables aplicadas y de la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas por la Dirección de la entidad, así como la evaluación de la presentación de los estados contables en su conjunto.

Dado que no es responsabilidad del síndico efectuar un control de gestión, el examen no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva de la Dirección.

Consideramos que los elementos de juicio que hemos obtenido proporcionan una base suficiente y adecuada para nuestra opinión de auditoría.

Asimismo, en relación con la Memoria de la Dirección correspondiente al ejercicio terminado el 30 de abril de 2020, hemos verificado que contiene la información requerida por el art. 66 de la Ley General de Sociedades y, en lo que es materia de nuestra competencia, que sus datos numéricos concuerdan con los registros contables de la Sociedad y otra documentación pertinente.

Opinión

  • a) Basado en el examen realizado, con el alcance descripto en el apartado precedente, en nuestra opinión, los estados contables adjuntos presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación patrimonial de E G WIND S.A. al 30 de abril de 2020 y los resultados de sus operaciones, la evolución del patrimonio neto y el flujo de efectivo por el ejercicio terminado en esa fecha, de acuerdo con las normas contables profesionales argentinas.

  • b) En relación con la Memoria de la Dirección, no tenemos observaciones que formular, en lo que es materia de nuestra competencia, siendo las afirmaciones sobre hechos futuros responsabilidad exclusiva de la Dirección.

Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios

En cumplimiento de disposiciones vigentes informamos que:

  • a) Los estados contables adjuntos y el correspondiente inventario surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, excepto por la no transcripción de los estados contables al libro Inventario y Balances, y de los asientos contables de los meses de febrero, marzo y abril de 2020, al libro Diario.

  • b) Hemos verificado que los auditores externos, en su informe de auditoría, indican bajo el inciso c) del acápite “Informe sobre cumplimiento de disposiciones vigentes” que han dado cumplimiento a la norma profesional emitida por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo.

  • c) Se ha dado cumplimiento a las Resoluciones 7/15 y 9/15 de la Inspección General de Justicia respecto de la constitución de las garantías de los Directores.

Ciudad Autónoma de la Ciudad de Buenos Aires, 29 de julio de 2020.

Por Comisión Fiscalizadora

Norberto Luis Feoli Síndico Titular Contador Público (U.B.A.) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 50 F° 212

Conciliaciones del Patrimonio Neto y Resultado Neto requeridas por RG N° 592 y RG N° 611 CNV

E G WIND S.A.

A continuación se presentan las conciliaciones solicitadas en el punto XXIII.11.3.10 del Libro 7 de las Normas de la Comisión Nacional de Valores (T.O. 2001). Si bien se presentan en forma conjunta con los estados contables de E G WIND S.A. al 30 de abril de 2020 sobre los cuales los auditores externos de la Sociedad han emitido su correspondiente informe de los auditores, las mencionadas conciliaciones no forman parte de dichos estados contables.

Conciliaciones del Patrimonio Neto y Resultado Neto requeridas por RG N° 592 y RG N° 611 CNV

La Comisión Nacional de Valores (“CNV”), organismo de contralor de la sociedad controlante Capex S.A., a través de las Resoluciones Generales Nº 562/09 y 576/10, ha establecido la aplicación de las Resoluciones Técnicas Nº 26 y 29 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE"), que adoptan las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”, IFRS por sus siglas en inglés), emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB por sus siglas en inglés), para las entidades incluidas en el régimen de oferta pública de la Ley N° 17.811, ya sea por su capital o por sus obligaciones negociables, o que hayan solicitado autorización para estar incluidas en el citado régimen.

La aplicación de tales normas resulta obligatoria para la sociedad controlante que adoptó las NIIF emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad en su totalidad a partir del ejercicio iniciado el 1 de mayo de 2012

Conciliaciones requeridas entre las NIIF y las normas contables profesionales vigentes en Argentina

De acuerdo con lo requerido por las disposiciones de las Resoluciones generales Nº 592 y N° 611 de la CNV, se incluyen a continuación las conciliaciones del patrimonio neto determinado de acuerdo con NCP ARG y el determinado de acuerdo con las NIIF al 30 de abril de 2020 y 2019, y la conciliación del resultado integral por los ejercicios económicos finalizados el 30 de abril de 2020 y 2019.

.

a) Conciliación del patrimonio al 30 de abril de 2020 y 2019

Patrimonio neto bajo NCP ARG
Valuación de Activos intangibles
Impuesto diferido
Patrimonio bajo NIIF
Nota
(1)
(2)
30.04.20
493.720.485
(10.866.972)
3.260.092
486.113.605
30.04.19
661.188.373
(8.848.224)
2.654.467
654.994.616

b) Conciliación del resultado correspondiente a los ejercicios finalizados el 30 de abril de 2020 y 2019

Resultado del ejercicio bajo NCP ARG
Valuación de Activos intangibles
Impuesto diferido
Resultado integral del ejercicio bajo NIIF
Nota
(1)
(2)
30.04.20
30.04.19
(167.467.888)
(11.239.367)
(2.018.748)
(4.327.123)
605.625
1.072.081
(168.881.011)
(14.494.409)

- Conciliaciones requeridas entre las NIIF y las normas contables profesionales vigentes en Argen tina (cont.)

c) Explicación de las partidas conciliatorias

(1) Valuación de activos intangibles

De acuerdo con las NCP ARG, los activos intangibles comprenden estudios relacionados con el Parque Eólico. A efectos de aplicación de las NIIF, los estudios mencionados son considerados costos preoperativos y por lo tanto deben ser imputados a pérdida. El efecto en el patrimonio neto es una disminución de $ 10.866.972 y $ 8.848.224 al 30 de abril de 2020 y 2019 y en resultados una pérdida de $ 2.018.748 y 4.327.123 al 30 de abril de 2020 y 2019, respectivamente.

(2) Impuesto diferido sobre ajustes de conversión a las NIIF

Corresponde al efecto sobre el impuesto diferido de los ajustes para hacer la conversión a las NIIF.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 29 de julio de 2020

Pablo Götz Presidente