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Capex S.A. — Annual Report 2019
Jul 10, 2019
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Annual Report
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ESTADOS CONTABLES
correspondientes al ejercicio económico finalizado el
30 de abril de 2019 presentados en forma comparativa
COMPOSICION DEL DIRECTORIO
Presidente
Sr. Pablo Götz
Vicepresidente
Sr. Alejandro E. Götz
Director Titular
Sr. Rafael A. Götz
Síndicos Titulares
Sr. Norberto Luis Feoli Sr. Edgardo Giudicessi Sr. Mario Árraga Penido
Síndicos Suplentes
Sra. Claudia Marina Valongo Sra. Andrea Mariana Casas Sra. Claudia Angélica Briones
ESTADOS CONTABLES
correspondientes al ejercicio económico finalizado el 30 de abril de 2019 presentados en forma comparativa
INDICE
Memoria Estado de situación patrimonial Estado de resultados Estado de evolución del patrimonio neto Estado de flujo de efectivo Notas a los estados contables Anexos I a IV Informe de los Auditores Independientes Informe de la Comisión Fiscalizadora
MEMORIA
Señores Accionistas:
En cumplimiento de disposiciones estatutarias y legales vigentes, el Directorio de la Sociedad cumple en someter a vuestra consideración la presente Memoria, Inventario, Informe de los Auditores, Informe de la Comisión Fiscalizadora y Estados Contables, correspondientes al ejercicio económico Nº 3, finalizado el 30 de abril de 2019.
E G WIND S.A. se constituyó el 5 de julio de 2016 siendo su actividad principal la generación de energía eléctrica.
En julio de 2016 el Gobierno Nacional, a través de la Subsecretaría de Energía Renovables, lanzó la licitación pública nacional e internacional para la instalación de centrales eléctricas con fuentes de energías renovables, denominada Programa RenovAr - Ronda 1. Dicho programa provectaba adjudicar 1,000 MW de generación con fuentes de energías renovables (eólica, fotovoltaica, biogás, biomasa y mini-hidráulica).
En el marco de este programa. Hychico S.A., sociedad controlante en ese momento con el 75% de E G WIND S.A., ofertó un proyecto denominado Parque Eólico Diadema II. E G WIND S.A. fue constituida con el propósito específico de participar del Programa mencionado. El proyecto finalmente no resultó adjudicado. motivo por el cual la Sociedad no realizó operaciones en el ejercicio finalizado al 30 de abril de 2017.
El 17 de agosto de 2017 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución E-275/2017 del Ministerio de Energía y Minería, la cual convocó a los interesados a ofertar en el proceso de convocatoria abierta nacional e internacional para la contratación en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) de energía eléctrica de fuentes renovables de generación - el Programa RenovAr - Ronda 2, con el fin de celebrar contratos del mercado a término (denominados contratos de abastecimiento de energía eléctrica renovable), con CAMMESA, en representación de los Distribuidores y Grandes Usuarios del Mercado Eléctrico Mayorista - hasta su reasignación en cabeza de los agentes distribuidores y/o Grandes Usuarios del MEM, de conformidad con el Pliego de Bases y Condiciones del Programa.
El 19 de octubre de 2017 Capex S.A., actual sociedad controlante con el 95%, presentó el proyecto Parque Eólico Diadema II en el Programa RenovAr - Ronda 2. Si bien la oferta había sido aprobada técnicamente a través de la Resolución E-450/2017, el 1° de diciembre de 2017 el Ministerio de Energía informó a través de la Resolución E-473/2017 que el Proyecto no había resultado adjudicado y se invitó al ofertante a ofertar nuevamente baio determinadas condiciones prefijadas:
- El precio por megavatio hora para los contratos a celebrar por quienes aceptaran la invitación era de US\$ 40,27MWh (el Proyecto del Parque Eólico Diadema II se había ofertado con un precio de US\$ 42 MWh):
- En los casos de proyectos respecto de los cuales existía una restricción en el sistema de transporte eléctrico, el oferente debía aceptar, a su exclusivo costo, la ejecución de las obras que resultaren necesarias para resolver la restricción que le informara CAMMESA. El Parque Eólico Diadema II no requirió ampliación de capacidad adicional a la que será ejecutada por el Estado Nacional.
- El Parque Eólico Diadema II quedó primero en el orden de preadjudicación elaborado por CAMMESA de acuerdo con la regulación vigente.
Capex S.A participó en la nueva convocatoria y el Proyecto resultó adjudicado el 19 de diciembre de 2017 mediante la Res 488/2017 del Ministerio de Energía y Minería. Con fecha 4 de junio de 2018 E G WIND suscribió con CAMMESA el contrato de construcción, puesta en marcha y abastecimiento de energía a partir de fuentes renovables por una potencia máxima de 27,6 MW y un período de abastecimiento de 20 años a un precio de US\$ 40,27 MWh, a contar desde la fecha de la habilitación comercial e incluye la obligación de la Sociedad de construir el Parque Eólico Diadema II. Con motivo de dicha adjudicación, la Sociedad obtuvo beneficios fiscales nacionales, previstos en el programa RenovAr Ronda 2 en el marco de la Lev 26.190 v 27.191, a saber: a) se extiende a 10 años el período para la compensación de los quebrantos del impuesto a las ganancias, b) devolución anticipada del impuesto al valor agregado que podrá ser solicitado luego de transcurrido un período fiscal a partir de las inversiones realizadas en el citado proyecto hasta la conclusión del mismo y c) amortización acelerada en el impuesto a las ganancias, el cual podrá ser solicitado a partir del período fiscal de habilitación del bien, y los beneficios fiscales provinciales de la provincia del Chubut en el marco del Régimen de Promoción de Fuentes de Energías Renovables, Ley XVII - N°95 y Decreto 1114/11, a saber: a) Impuesto de sellos: eximición del pago para las etapas de estudio y desarrollo y de construcción y b) Impuesto a los ingresos brutos: eximición del 100 % generado por el desarrollo de las actividades durante los primeros 5 años a contar desde el inicio de la operación comercial, y del 50% a partir del sexto año hasta el décimo año inclusive.
El Parque Eólico Diadema II está ubicado en la Ciudad de Comodoro Rivadavia, Provincia del Chubut, está compuesto por 9 aerogeneradores ENERCON E-82 con una potencia nominal de 3,07 MW (megavatio) cada uno, totalizando una potencia instalada de 27,6 MW. Todos los equipos se encuentran montados y actualmente se están completando las obras electromecánicas y de control. Las pruebas de marcha industrial están previstas para el mes de julio de 2019 garantizando de este modo la fecha de entrada en fase comercial acordada con CAMMESA para el mes de septiembre de 2019. La inversión total se estima finalizará en aproximadamente US\$ 34 millones (sin impuestos).
Con fecha 29 de junio de 2018 Capex otorgó ciertas garantías corporativas por un total de US\$ 18.620.694 a favor de Enercon GmbH y Enercon Argentina S.R.L., en relación con las obligaciones de pago asumidas por la Sociedad ante dichas empresas, por la provisión e instalación de los equipos, como así también la puesta en marcha del Parque Eólico Diadema II.
Marco Regulatorio
El marco regulatorio de la industria eléctrica se basa en las disposiciones de las Leves 15.336 y 24.065 y su reglamentación (el "Marco Regulatorio"), entre las cuales se destaca la Resolución SE N° 61/92 y sus modificatorias y complementarias conocida como "Los Procedimientos" del Mercado Eléctrico Mayorista ("MEM").
El marco regulatorio divide la generación, transmisión y distribución de la electricidad considerándolas actividades integradas y sometiendo cada una de ellas a una reglamentación independiente.
Los generadores pueden vender su energía a empresas distribuidoras, a grandes usuarios y al MEM. Las empresas transportistas gozan de un monopolio natural y están obligadas a permitir el acceso de terceros a cualquier capacidad de transporte disponible. Las empresas distribuidoras, que también operan en condiciones de monopolio, están reguladas a través del establecimiento de tarifas y especificaciones para la calidad del servicio.
El MEM es un mercado en el cual los generadores y distribuidores pueden comprar y vender electricidad a precios determinados por las leyes de la oferta y la demanda y están autorizados a firmar contratos de suministro de energía eléctrica a término.
El control regulatorio del sector eléctrico bajo jurisdicción federal se lleva a cabo a través del Ente Nacional Regulador de la Electricidad ("ENRE"), entidad reguladora nacional y responsable de verificar que los miembros del sector cumplan con las disposiciones del marco regulatorio de la industria y con las disposiciones de las concesiones correspondientes.
La administración del sector eléctrico está a cargo de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A ("CAMMESA") cuvo capital accionario se distribuye entre las entidades que representan a los generadores, empresas transportistas, distribuidoras, grandes usuarios de electricidad y la SE, que actúa en representación de los usuarios menores que no acceden directamente al MEM.
CAMMESA está a cargo de la programación y el despacho de los generadores para satisfacer la demanda del MEM, para lo cual ha sido autorizada a firmar contratos con agentes del MEM para el abastecimiento de energía, en cumplimiento de instrucciones emitidas por la SE, en el marco de los mecanismos establecidos en la Resolución 2022/05.
De conformidad con el marco regulatorio, CAMMESA administra un fondo de estabilización para balancear los pagos efectuados por la demanda versus los gastos pagados a los productores y transportistas de electricidad, el cual arroja resultados deficitarios desde el año 2003. Este déficit se ha originado en la falta de ajustes tarifarios a la demanda y en el incremento de costos de los generadores. La SE ha emitido sucesivas normas para intentar adecuar la caja a tal déficit, entre ellas las Resoluciones SE N° 240/03, 406/03, 712/04, 826/04, 956/04, 1866/05 y 564/07. A su vez, la Resolución SE Nº 1281/06 introdujo cambios normativos de relevancia respecto de: (i) el respaldo físico de la demanda, (ii) el destino de la generación existente y (iii) el encuadre de la nueva generación que se vincule al sistema eléctrico.
La Resolución SE Nº 220/07, de fecha 18 de enero de 2007, habilitó la realización de contratos de abastecimiento entre el MEM y las ofertas de disponibilidad de generación y energía asociada adicionales, presentadas por parte de agentes generadores, cogeneradores o autogeneradores que, a la fecha de publicación de esta resolución, no fueran agentes de MEM, o no estuvieran habilitados comercialmente o interconectados. La resolución estableció las características básicas que deberán cumplir dichos contratos de abastecimiento. Están habilitados a ser parte de las ofertas de generación todos aquellos provectos en los que participe el Estado Nacional, ENARSA o los que el Señor Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios determine. También se establece que, en tanto sea de aplicación la Resolución SE N° 406/03, las obligaciones derivadas del contrato tendrán una prioridad de cancelación igual a las establecidas en el numeral e) del art. 4 de esa resolución. En caso de que se modifique el orden de prioridad a aplicar, la prioridad de cancelación no podrá ser inferior a la correspondiente al reconocimiento de los costos operativos de los generadores térmicos.
LEY 26.190 Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables
El 6 de diciembre de 2006 el Congreso de la Nación sancionó la Ley 26.190 que estableció el Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables, estableciendo los siguientes puntos:
(i) Declaró de interés nacional la generación de energía eléctrica a partir del uso de fuentes de energía renovables con destino a la prestación de servicio público; (ii) estableció el porcentaje de energía renovable que debería alcanzar el país respecto del consumo de energía eléctrica nacional; (iii) la ley promueve la realización de nuevas inversiones en emprendimientos de energía eléctrica a partir del uso de fuentes renovables de energía definiendo su ámbito de aplicación en todo el país; definió los conceptos de Fuentes Renovables de Energía, Energía Eléctrica generada a partir de fuentes de energía renovables y el concepto de Equipos para Generación; (iv) Definió los beneficios impositivos para los beneficiarios del Régimen de Inversiones para la construcción de obras nuevas destinadas a la generación de energía eléctrica generada a partir de fuentes de energía renovables de energía que posteriormente fueron modificados por la Ley 27.191.
LEY 27.191 - Modificaciones al régimen de fomento de energías renovables
El 25 de septiembre de 2015 el Congreso Nacional sancionó la Ley 27,191, que fue publicada en el Boletín Oficial el 21 de octubre de 2015. La mencionada Ley introdujo modificaciones al Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables creado por la Ley 26.190, para lo cual, en líneas generales, y con el objetivo de lograr alcanzar una contribución de energía renovable en la matriz de consumo nacional del 8% al 31 de diciembre de 2017 y del 20% al 31 de diciembre de 2025, incorporó los siguientes puntos:
(i) Amplió la definición de energías renovables; (ii) eliminó el límite de 10 años para el régimen de beneficios fiscales; (iii) fijó incentivos fiscales no excluyentes como: devolución anticipada de IVA, amortización acelerada del impuesto a las ganancias, exclusión de la base de los bienes afectados por las actividades promovidas del impuesto a la ganancia mínima presunta, exención de derechos de importación, compensación de quebrantos con ganancias (de los actuales 5 años pasa a 10 años), exención del impuesto a la distribución de dividendos siendo el beneficiario persona física (sólo en caso de reinversión del mismo). v certificados fiscales por el 20% del valor de los componentes nacionales; (iv) creó el Fondo Fiduciario para Desarrollo de Energías Renovables que, entre otras cosas, otorgará préstamos y garantías a los proyectos de inversión y (v) dispuso que todos los usuarios de energía eléctrica tendrán que contribuir cumpliendo con los objetivos de consumo de energías renovables establecidos por la ley, para lo cual se estableció un cronograma gradual y obligaciones especiales para los Grandes Usuarios de más de 300kW. Finalmente la ley ratificó que la generación eólica debe ser tratada como generación hidráulica de pasada; por lo tanto ésta despachará en virtud de la disponibilidad de viento real con la que contase.
Adicionalmente, en el mes de mayo de 2016 el Ministerio de Energía y Minería emitió las Res 71/2016 y 72/2016 mediante las cuales dio inicio a la primera ronda del Proceso de Convocatoria Abierta para la contratación en el MEM de energía eléctrica de fuentes renovables de generación ("Programa RenovAr") para dar cumplimiento a las Leyes 26.190 y 27.191.
Decreto 531/2016 - Reglamenta la Ley 26.190 y la Ley 27.191
El día 31 de marzo de 2016 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 531/2016 que aprobó la reglamentación de la Ley 26.190, modificada por el Capítulo I de la Ley 27.191 y del Capítulo II de la Ley 27.191 referente a la Segunda Etapa del Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la Producción de Energía Eléctrica. Asimismo aprobó la reglamentación de los Capítulos de la Ley 27.191 correspondientes al Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Energía Renovables (III), la Contribución de los Usuarios de Energía Eléctrica al Cumplimiento de los Objetivos del Régimen de Fomento (IV), los Incrementos Fiscales (V), el régimen de importaciones (VI), el acceso y utilización de fuentes renovables de energia (VII), energia eléctrica proveniente de recursos renovables intermitentes (VIII) y las cláusulas complementarias (IX) que establecen que la autoridad de aplicación deberá difundir ampliamente las ofertas de generación eléctrica a partir de fuentes renovables de energía y que invita a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las Provincias a adherir a la ley y a dictar sus propias normas destinadas a promover la producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía.
Resolución E-275/2017 - Ministerio de Energía y Minería
El 17 de agosto de 2017 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 275/2017, la cual convocó a los interesados a ofertar en el proceso de convocatoria nacional abierta nacional e internacional para la contratación en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) de energía eléctrica de fuentes renovables de generación - el Programa RENOVAR (Ronda 2), con el fin de celebrar contratos del mercado a término (denominados contratos de abastecimiento de energía eléctrica renovable), con la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA), en representación de los Distribuidores y Grandes Usuarios del Mercado Eléctrico Mayorista - hasta su reasignación en cabeza de los agentes distribuidores y/o Grandes Usuarios del MEM, de conformidad con el Pliego de Bases y Condiciones del Programa.
Resolución E-281/2017 - Ministerio de Energía y Minería
El 22 de agosto de 2017 se publicó la Resolución 281/2017 que estableció el Régimen del Mercado a Término de Energía Eléctrica de Fuente Renovable en el marco de lo establecido por la Ley 27.191 y el Decreto reglamentario 531/2016. Este Régimen tiene por objeto establecer las condiciones de cumplimiento de acuerdo con lo fijado en el artículo 9º de la Ley 27.191 por parte de los Grandes Usuarios del Mercado Eléctrico Mayorista y las Grandes Demandas que sean Clientes de los Agentes Distribuidores del MEM. o de los Prestadores del Servicio Público de Distribución en tanto sus demandas de potencia sean iguales o mayores a trescientos kilovatios (300KV) medios demandados, a través de la contratación individual en el Mercado a Término de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables o por autogeneración de fuentes renovables, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 27.191 y el artículo 9 del Anexo II del Decreto 531. Específicamente se estableció que la obligación para los sujetos individualizados en el mencionado artículo de la Ley podría cumplirse por cualquiera de las siguientes formas: a) por contratación individual de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables, b) por autogeneración o por cogeneración de fuentes renovables o c) por participación en el mecanismo de compras conjuntas desarrollado por CAMMESA. El art. 9, en su inciso 2, apartado (i) del Anexo II, del decreto reglamentario prevé que los contratos de abastecimiento de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables celebrados en el marco de la Ley 27.191, por los sujetos comprendidos en su artículo 9, serán libremente negociados entre las
partes, teniendo en cuenta las características de los proyectos de inversión y el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la ley y en el decreto reglamentario, los deberes de información y requisitos de administración establecidos en los Procedimientos de CAMMESA y en la normativa complementaria que dicte la autoridad de aplicación.
Res 488/2017 - Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable
Con fecha 19 de diciembre de 2017, mediante la Res 488/2017 del Ministerio de Energía y Minería, se adjudicaron los Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable en los términos establecidos en las Resoluciones Nros. 275 de fecha 16 de agosto de 2017 y 473 de fecha 30 de noviembre de 2017, ambas de ese Ministerio, indicándose el Precio Adjudicado por megavatio hora para cada tecnología en cada Contrato de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable a suscribir y la asignación del cupo remanente de la Garantía Banco Mundial, para dichos proyectos.
Mercado Energético Argentino
Matriz energética argentina
El gas natural y el petróleo constituyen los recursos energéticos de mayor participación en la matriz energética nacional.
El siguiente gráfico muestra las participaciones al 31 de diciembre de 2017, ya que no hay datos oficiales disponibles al 31 de diciembre de 2018:

El 2,4 % de la matriz energética del país corresponde a la generación de energía renovable (incluyendo la generación hidroeléctrica menor o igual a 50 MW). Los siguientes cuadros muestran su evolución en los últimos 7 años, y la composición de la misma en el año 2018:
| 4000 3500 3000 2500 GWh 2000 1500 1000 500 |
|||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| $\circ$ | 2012 | 2013 | 2014 | 2015 | 2016 | 2017 | 2018 |
| Biogas | 36 | 108 | 103 | 84 | 58 | 64 | 145 |
| ■ Solar | 8 | 15 | 16 | 15 | 14 | 16 | 108 |
| ■ Hidro ≤ 50 MW | 1566 | 1376 | 1543 | 1713 | 1820 | 1696 | 1432 |
| $\equiv$ Eólica | 348 | 447 | 613 | 593 | 547 | 616 | 1413 |
| Biomasa | 127 | 134 | 114 | 155 | 193 | 243 | 252 |
| Biodiesel | 170 | $\overline{2}$ | $\overline{0}$ | $\overline{0}$ | $\circ$ | $\circ$ | |
Evolución de Generación energías renovables
Fuente: SGE

Fuente: SGE
Mercado eléctrico
Durante el año 2018 se registró un aumento del 0,77% en la energía generada en el país, alcanzando un volumen de energía eléctrica generada de 137.481 GWh respecto de 136.436 GWh generados en el año 2017.
La generación térmica continuó siendo el principal recurso para abastecer la demanda, aportando un volumen de energía de 87.725 GWh (63,8%), seguido por la generación hidroeléctrica que aportó 39.953 GWh (29,1%), la nuclear con 6.453 GWh (4,7%) y la generación fotovoltaica y eólica con 3.350 GWh (2,4%).
La generación térmica en el año 2018 fue un 1% menor a la registrada en el año 2017, mientras que la hidroeléctrica y la nuclear registraron un aumento del 1% y 13%, respectivamente. Asimismo, se registraron importaciones por 344 GWh (53% inferiores al 2017).
El siguiente cuadro muestra la evolución de la generación eléctrica por tipo de generación:

Durante el año 2018, el parque de generación registró un aumento de su capacidad instalada respecto del año anterior, alcanzando un total de 38.515 MW.

El siguiente cuadro muestra la potencia instalada en Argentina a diciembre del 2018:
$\overline{7}$
Contexto Macroeconómico
Desde la asunción de la nueva administración de gobierno en diciembre de 2015, el plan económico del gobierno ha consistido, en términos generales, en la estabilización de la situación macro-fiscal y la adecuación de regulaciones de la actividad económica con el objetivo de generar las condiciones propicias para un crecimiento sustentable liderado por la inversión privada.
Debido a la crisis externa y posterior desenlace en el frente interno con crisis cambiaria y fiscal, el año 2018 experimentó un pronunciado aumento de la inflación y una marcada retracción del consumo. Como consecuencia el año 2018 concluyó con una caída del PBI del 2.5%.
El Índice de Costo de Vida Nacional publicado por el INDEC mostró una variación en el año 2018 del 47.6%. Las mayores variaciones se registraron en los rubros de transporte (+66,8%), comunicaciones (+55,3%) y bienes y servicios básicos (+53,2%). Los rubros afectados en menor medida fueron bebidas alcohólicas y tabaco (+28,3%). educación (+32,1%) y prendas de vestir y calzado (+33,1%). Asimismo, los salarios medidos por el registro de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), tuvieron un incremento interanual del 29% a noviembre de 2018 respecto del mismo mes del 2017.
El resultado fiscal en el año 2018 del Sector Público No Financiero acumuló un déficit primario y total (luego del pago de intereses de la deuda) en relación al PBI del orden de 2,5% y 5,3%, respectivamente. La variación anual del total de los recursos tributarios, medidos en \$ según cifras publicadas por la AFIP, cerró en 2018 con un incremento de 30,7% respecto a 2017. Asimismo, los gastos primarios registrados en el 2018 por el Tesoro Nacional mostraron una variación interanual del 22,4%.
La cotización del US\$ mayorista BCRA Res. A3500 cerró al 31 de diciembre de 2018 en \$37,81/US\$, acumulando un aumento del 101,4% respecto del cierre de 2017 y una variación promedio interanual de 69,6%. Las reservas internacionales del BCRA totalizaron al cierre del año US\$ 65,8 mil millones, siendo el incremento respecto del nivel alcanzado el año anterior de US\$ 10,7 mil millones. Por su parte, la base monetaria alcanzó el valor de \$1,409 mil millones, reflejando un incremento al cierre de 2018 de 40.7% respecto al del año anterior. Asimismo, el stock de deuda del BCRA por letras emitidas totalizó al cierre de 2018 el equivalente expresado en dólares de US\$ 19.4 mil millones, mostrando una contracción interanual del 69%.
El año 2019 mostró un arranque positivo. El estimador mensual de la actividad económica (EMAE), que había caído 1,9% en noviembre de 2018 mostró subas en diciembre 2018 (0,3%) y enero 2019 (0,7%) manteniéndose estable en febrero 2019 (0.0%) para luego volver a contraerse en marzo 2019 (1,4%) por el salto del tipo de cambio. De este modo el primer trimestre del 2019 cayó 0,2% trimestral y 5,8% interanual. Con relación al índice de inflación, éste ha comenzado a mostrar signos de baja. Durante el mes de marzo 2019 alcanzó un pico de 4.7% para luego mostrar bajas en abril 2019 (3,4%) y mayo 2019 (3,1%).
Estructura patrimonial y resultados del ejercicio 2018-2019
La Sociedad ha utilizado la opción, adicional a la RT 6, dispuesta en la sección 3 de la Resolución JG 539/18, de no determinar el patrimonio neto ajustado al inicio del ejercicio comparativo; por lo tanto, se presenta la información comparativa correspondiente al estado de situación patrimonial y no se presenta la información comparativa para el resto de los estados.
| 30/04/2019 | 30/04/2018 | |
|---|---|---|
| s | ||
| Activo corriente | 215.150.559 | 55.534.884 |
| Activo no corriente | 1.486.179.788 | 197.641.249 |
| Total | 1.701.330.347 | 253.176.133 |
| Pasivo corriente | 73.615.165 | 28.547.100 |
| Pasivo no corriente | 1.173.486.626 | 662.592 |
| Subtotal pasivo | 1.247.101.791 | 29.209.692 |
| Patrimonio | 454.228.556 | 223.966.441 |
| Total | 1.701.330.347 | 253.176.133 |
Estructura patrimonial comparativa con el ejercicio anterior
Los cambios más importantes en el estado de situación patrimonial fueron las adquisiciones de bienes de uso e intangibles, el aumento de pasivos asociados (cuentas por pagar y deudas financieras) y la generación de créditos fiscales. La Sociedad recibió en este ejercicio aumentos de capital por \$ 187.160.000 (expresado en moneda histórica) para hacer frente a las inversiones necesarias en el PED II.
Estructura de resultados al 30 de abril de 2019
| 30.04.19 | |
|---|---|
| Gastos preoperativos | (7.966.620) |
| Resultado operativo | (7.966.620) |
| Resultados financieros y por tenencia | (4.150.174) |
| Otros egresos netos | (25.626) |
| Resultado antes de impuesto a las | (12.142.420) |
| Impuesto a las ganancias | 4.421.109 |
| Resultado del ejercicio | (7.721.311) |
El resultado final (pérdida) del ejercicio finalizado al 30 de abril de 2019 fue de \$7.721.311.
Los gastos preoperativos por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2019 ascendieron a \$ 7.966.620 y se debieron fundamentalmente a honorarios profesionales, gastos de representación y comisiones e impuestos bancarios abonados.
Los resultados financieros y por tenencia por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2019 arrojaron una pérdida de \$ 4.150.174 debido a la diferencia de cambio neta (pérdida) que afectaron a las deudas con proveedores en dólares durante el ejercicio y al resultado por exposición a los cambios en el poder adquisitivo de la moneda dada la posición de la Sociedad predominante en pasivos monetarios.
El impuesto a las ganancias (ganancia) por el ejercicio finalizado al 30 de abril de 2019 ascendió a \$ 4.421.109.
Estructura de la generación o aplicación de fondos al 30 de abril de 2019
| (47.097.619) (536.009.653) |
|---|
| 30/04/2019 |
Indices
El siguiente cuadro resume los índices obtenidos durante el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2019, comparativo con el ejercicio anterior.
| 30.04.2019 | 30.04.2018 | |
|---|---|---|
| Solvencia (Patrimonio neto / Pasivo) |
0,36 | 7,67 |
| Endeudamiento (Pasivo / Patrimonio Neto) |
2,75 | 0,13 |
| Liquidez corriente (Activo corriente / Pasivo corriente) |
2,92 | 1,95 |
| Razón del patrimonio al activo (Patrimonio neto / Activo total) |
0,27 | 0,88 |
| Razón de inmovilización de activos (Activo no corriente / Activo total) |
0,87 | 0,78 |
| Rentabilidad del patrimonio o financiera (Utilidad neta / Patrimonio Neto) |
(0, 02) | (1) |
| Rentabilidad ordinaria de la inversión (EBT / Patrimonio Neto menos Resultado del ejercicio) |
(0, 03) | (1) |
Distribución de resultados
El Directorio propone a los Señores Accionistas absorber los Resultados no Asignados al inicio, que se incrementaron por la aplicación del ajuste por inflación. los cuales ascienden a una pérdida de \$ 4.374.666 con el Ajuste del capital social, y trasladar el Resultado del Ejercicio (pérdida) por \$7.721.311 al siguiente ejercicio.
Comentarios finales
De acuerdo con los estatutos sociales, finalizan su mandato los miembros del Directorio, así como también los integrantes de la Comisión Fiscalizadora. Corresponde a la Asamblea de Accionistas efectuar su elección. para el nuevo ejercicio. Se propone a los Señores Accionistas que aprueben los documentos aquí presentados.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 5 de julio de 2019
EL DIRECTORIO
ESTADOS CONTABLES correspondientes al ejercicio económico finalizado el 30 de abril de 2019 presentado en forma comparativa
Ejercicio económico Nº 3 iniciado el 1 de mayo de 2018
Domicilio legal de la Sociedad: Avenida Córdoba 948/950, piso 5, departamento C, Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Actividad principal de la Sociedad: Generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables
N° de Registro en la Inspección General de Justicia: 1.902.592
Constitución: 5 de julio de 2016
Fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio:
- Del estatuto o contrato social: 22 de julio de 2016
- De la última modificación: 10 de marzo de 2017
Fecha en que se cumple el plazo de duración del contrato social: 21 de julio de 2115
Denominación de la sociedad controlante: Capex S.A.
Domicilio legal: Avenida Córdoba 948/950, piso 5, departamento C, Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Actividad principal: Generación de energía eléctrica
Participación de la Sociedad controlante sobre el patrimonio y los votos: 95 %
Composición del Capital (Nota 10)
| Cantidad | Tipo | Votos | Suscripto, integrado e inscripto |
Suscripto, integrado y no inscripto |
|---|---|---|---|---|
| 329.780.000 | Acciones ordinarias de valor nominal \$ 1 c/u | 1 por acción | 209.780.000 | 120.000.000 |
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 COMISION FISCALIZADORA
(Socio) $C.P.C.E.C.A.B.A To1 - Fo17$
$\mathbf{\Omega}$
ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL al 30 de abril de 2019 y 2018
| 30.04.19 | 30.04.18 | 30.04.19 | 30.04.18 | ||
|---|---|---|---|---|---|
| မာ | မာ | G) | မာ | ||
| ACTIVO | PASIVO | ||||
| ACTIVO CORRIENTE | PASIVO CORRIENTE | ||||
| Caja y bancos (Nota 5 a) | 36.190.826 | 7.164.250 | Cuentas por pagar (Nota 5 d) | 46.550.411 | 28.433.106 |
| Inversiones (Nota 5 b) | 337.495 | Deudas financieras (Nota 5 e) | 27.064.754 | ||
| Otros créditos (Nota 5 c) | 78.622.218 | 48.370.634 | Cargas fiscales (Nota 5 f) | 113.994 | |
| Total del activo corriente | 215.150.539 | 55.534.884 | Total del pasivo corriente | 73.615.165 | 28.547.100 |
| PASIVO NO CORRIENTE | |||||
| Cuentas por pagar (Nota 5 d) | 826.584.623 | ||||
| ACTIVO NO CORRIENTE | Deudas financieras (Nota 5 e) | 346.902.003 | |||
| Otros créditos (Nota 5 c) | 3.995.813 | 1.677.174 | Cargas fiscales (Nota 51) | 662.592 | |
| Bienes de uso (Anexo I) | 1.476.105.351 | 192.858.133 | Total del pasivo no corriente | 1.173.486.626 | 662.592 |
| Activos intangibles (Anexo II) | 6.078.624 | 3.105.942 | Total del pasivo | 1.247.101.791 | 29.209.692 |
| Total del activo no corriente | 1.486.179.788 | 197.641.249 | PATRIMONIO NETO (según estado res- pectivo) |
454.228.536 | 223.966.441 |
| Total del activo | 1.701.330.327 | 253.176.133 | Total del pasivo y patrimonio neto | 1.701.330.327 | 253.176.133 |
Las notas 1 a 11 y los Anexos I a IV que se acompañan forman parte integrante de estos estados contables.
Véase nuestro informe de fecha
5 de julio de 2019
PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. (Socio)
C.P.C.E.C.A.B.A. T*1 – F*17
Dr. Nicolás A. Carusoni
Conador Público (UM)
C.P.C.E.C.A.B.A. T* 252 – F* 141
Véase nuestro informe de fecha
5 de julio de 2019 COMISION FISCALIZADORA
Pablo Götz
Presidente
Dr. Norberto Luis Feoli
Sindico Titular
Contador Público (UBA)
C.P.C.E.C.A.B.A. T° 50 – F° 212
ESTADO DE RESULTADOS correspondiente al ejercicio económico iniciado el 1 de mayo de 2018 y finalizado el 30 de abril de 2019
| 30.04.19 | |
|---|---|
| s | |
| Gastos preoperativos (Anexo III) | (7.966.620) |
| Resultado operativo | (7.966.620) |
| Resultados financieros y por tenencia | |
| Resultados financieros generados por activos | |
| Intereses y otros resultados por tenencia | 775.444 |
| Diferencia de cambio | 14.707.149 |
| Resultados financieros generados por pasivos | |
| Intereses y otros | (12.057) |
| Diferencia de cambio | (235.552.366) |
| Resultado por exposición a los cambios en el poder adquisitivo de la moneda (RECPAM) |
215.931.656 |
| Otros egresos | (25.626) |
| Resultado antes de impuestos | (12.142.420) |
| Impuesto a las ganancias (Nota 8) | 4.421.109 |
| Pérdida del ejercicio | (7.721.311) |
| Resultado por acción (Nota 9) | (0,031) |
Las notas 1 a 11 y los Anexos I a IV que se acompañan forman parte integrante de estos estados contables.
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019
FRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 COMISION FISCALIZADORA
Pablo Götz Presidente
(Socio)
$C.P.C.E.C.A.B.A To1 - Fo17$ Dr. Nicolás A. Carusoni Contador Público (UM)
C.P.C.E.C.A.B.A. T° 252 – F° 141
Dr. Norberto Luis Feoli Síndico Titular Contador Público (UBA)
C.P.C.E.C.A.B.A. T° 50 – F° 212
Registro en la Inspección General de Justicia: 1.902.592
ESTADO DE EVOLUCION DEL PATRIMONIO NETO correspondiente al ejercicio económico iniciado el 1 de mayo de 2018 y finalizado el 30 de abril de 2019
| Aportes de los propietarios | Resultados | Total del | ||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| Conceptos | Capital social (Nota 9) |
capital social Ajuste del |
Subtotal | no asignados | patrimonio neto | |
| Saldos al 30 de abril de 2018 | 142.620.000 | 85.721.107 | 228.341.107 | (4.374.666) | 223.966.441 | |
| Absorción de resultados acumulados ad referéndum de la Asamblea de Accionistas |
(4.374.666) | (4.374.666) | 4.374.666 | |||
| Aumento del capital social según acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas del 24 de mayo de 2018 (Nota 10) |
29.160.000 | 15.346.188 | 44.506.188 | 44.506.188 | ||
| Aumento del capital social según acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas del 16 de julio de 2018 (Nota 10) |
38.000.000 | 16.227.388 | 54.227.388 | 54.227.388 | ||
| Aumento del capital social según acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas del 8 de octubre de 2018 (Nota 10) |
80.000.000 | 17.871.951 | 97.871.951 | 97.871.951 | ||
| Aumento del capital social según acta de Asamblea Ordinaria de Ac- $\widehat{c}$ cionistas del 11 de marzo de 2019 (Nota |
40.000.000 | 1.377.879 | 41.377.879 | 41.377.879 | ||
| Pérdida del ejercicio | (7.721.311) | (7.721.311) | ||||
| Saldos al 30 de abril de 2019 | 329.780.000 | 132.169.847 | 461.949.847 | (7.721.311) | 454.228.536 |
Las notas 1 a 11 y los Anexos I a IV que se acompañan forman parte integrante de estos estados contables.
(Socio) Dr. Nicolás A. Carusoni
Contador Público (UM)
C.P.C.E.C.A.B.A. T° 252 – F° 141 C.P.C.E.C.A.B.A T°1-F°17
COMISION FISCALIZADORA Dr. Norberto Luis Feoli
Sindico Titular
Contador Público (UBA)
C.P.C.E.C.A.B.A. T° 50 – F° 212
Véase nuestro informe de fecha
5 de julio de 2019
Véase nuestro informe de fecha
5 de julio de 2019
PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
Pablo Götz
Presidente
4
ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO correspondiente al ejercicio económico iniciado el 1 de mayo de 2018 y finalizado el 30 de abril de 2019
| 30.04.19 | |
|---|---|
| s | |
| VARIACIONES DEL EFECTIVO | |
| Efectivo al inicio del ejercicio | 7.164.250 |
| Efectivo y equivalente de efectivo al cierre del ejercicio | 36.528.321 |
| Aumento neto del efectivo | 29.364.071 |
| Causas de las variaciones del efectivo | |
| Resultado del ejercicio | (7.721.311) |
| Más/(menos) Impuesto a las ganancias |
(4.421.109) |
| Intereses devengados sobre deudas financieras | 17.216.539 |
| Diferencia de cambio generada por deudas | 270.154.084 |
| Intereses generados por deudas comerciales | 40.476.022 |
| RECPAM | (84.485.104) |
| Cambios en activos y pasivos operativos | |
| Aumento de otros créditos Disminución de cuentas por pagar |
(159.079.173) (122.882.090) |
| Aumento de cargas fiscales | 3.644.523 |
| Flujo neto de efectivo utilizado en las actividades operativas | (47.097.619) |
| Actividades de inversión | |
| Adquisición de bienes de uso | (498.144.839) |
| Resultados financieros activados en bienes de uso | (34.892.132) |
| Adquisición de activos intangibles | (2.972.682) |
| Flujo neto de efectivo utilizado en las actividades de inversión | (536.009.653) |
| Actividades de financiación | |
| Aportes de capital | 264.492.356 |
| Intereses pagados | (11.543.923) |
| Deudas financieras obtenidas | 359.522.910 |
| Flujo neto de efectivo generado por las actividades de financiación | 612.471.343 |
| Aumento neto del efectivo | 29.364.071 |
| Información complementaria | 30.04.19 |
|---|---|
| Deuda comercial por compra de bienes de uso | (750.210.247) |
| Aportes de capital a recibir | 2.000.000 |
Las notas 1 a 11 y los Anexos I a IV que se acompañan forman parte integrante de estos estados contables.
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019
FRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 COMISION FISCALIZADORA
Pablo Götz Presidente
(Socio)
C.P.C.E.C.A.B.A T°1-F°17 Dr. Nicolás A. Carusoni Contador Público (UM)
C.P.C.E.C.A.B.A. T° 252 – F° 141 5
Dr. Norberto Luis Feoli Síndico Titular Contador Público (UBA)
C.P.C.E.C.A.B.A. T° 50 - F° 212
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de abril de 2019 y 2018
NOTA 1 - CONSTITUCION Y NEGOCIO DE LA SOCIEDAD
E G WIND S.A. se constituyó el 5 de julio de 2016, siendo su actividad principal la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables.
En julio de 2016 el Gobierno Nacional, a través de la Subsecretaría de Energía Renovables, lanzó la licitación pública nacional e internacional para la instalación de centrales eléctricas con fuentes de energías renovables, denominada Programa RenovAr-Ronda 1. Dicho programa proyectaba adjudicar 1.000 MW de generación con fuentes de energías renovables (eólica, fotovoltaica, biogás, biomasa y mini-hidráulica).
En el marco de este programa. Hychico S.A., sociedad controlante en ese momento con el 75% de E G WIND S.A., ofertó un proyecto denominado Parque Eólico Diadema II (PED II). E G WIND S.A. fue constituida con el propósito específico de participar en el Programa mencionado. El proyecto finalmente no resultó adjudicado, motivo por el cual la Sociedad no realizó operaciones en el ejercicio finalizado al 30 de abril de 2017.
El 17 de agosto de 2017 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución E-275/2017 del Ministerio de Energía y Minería, la cual convocó a los interesados a ofertar en el proceso de convocatoria abierta nacional e internacional para la contratación en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) de energía eléctrica de fuentes renovables de generación – el Programa RenovAr - Ronda 2 -, con el fin de celebrar contratos del mercado a término (denominados contratos de abastecimiento de energía eléctrica renovable), con CAMMESA, en representación de los Distribuidores y Grandes Usuarios del Mercado Eléctrico Mayorista - hasta su reasignación en cabeza de los agentes distribuidores y/o Grandes Usuarios del MEM, de conformidad con el Pliego de Bases y Condiciones del Programa.
El 19 de octubre de 2017, Capex S.A., actual sociedad controlante con el 95%, presentó el proyecto Parque Eólico Diadema II en el Programa RenovAr - Ronda 2 -. Si bien la oferta había sido aprobada técnicamente a través de la Resolución E-450/2017, el 1º de diciembre de 2017 el Ministerio de Energía y Minería informó a través de la Resolución E-473/2017 que el Provecto no había resultado adjudicado y se invitó al oferente a ofertar nuevamente bajo determinadas condiciones prefijadas:
- El precio por megavatio hora para los contratos a celebrar por guienes aceptaran la invitación era de US\$ 40.27 MWh (el Proyecto del Parque Eólico Diadema II se había ofertado con un precio de US\$ 42 MWh);
- En los casos de proyectos respecto de los cuales existía una restricción en el sistema de transporte eléctrico, el oferente debía aceptar, a su exclusivo costo, la ejecución de las obras que resultaren necesarias para resolver la restricción que le informara CAMMESA. El Parque Eólico Diadema II no requería ampliación de capacidad adicional a la que será ejecutada por el Estado Nacional.
- El Parque Eólico Diadema II había quedado primero en el orden de preadjudicación elaborado por CAMMESA de acuerdo con la regulación vigente.
Capex S.A participó en la nueva convocatoria y el Proyecto resultó adjudicado el 19 de diciembre de 2017 mediante la Res 488/2017 del Ministerio de Energía y Minería. Con fecha 4 de junio de 2018 E G WIND suscribió con CAMMESA el contrato de construcción, puesta en marcha y abastecimiento de energía a partir de fuentes renovables por una potencia máxima de 27,6 MW y un período de abastecimiento de 20 años a un precio de US\$ 40.27 MWh, a contar desde la fecha de la habilitación comercial e incluye la obligación de la Sociedad de construir el Parque Eólico Diadema II. Con motivo de dicha adjudicación, la Sociedad obtuvo beneficios fiscales nacionales, previstos en el programa RenovAr Ronda 2 en el marco de la Lev 26.190 y 27.191, a saber; a) se extiende a 10 años el período para la compensación de los quebrantos del impuesto a las ganancias, b) devolución anticipada del impuesto al valor agregado que podrá ser solicitado luego de
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
(Socio) C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 F° 17
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 COMISION FISCALIZADORA
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de abril de 2019 y 2018 (cont.)
NOTA 1 - CONSTITUCION Y NEGOCIO DE LA SOCIEDAD (CONT.)
transcurrido un período fiscal a partir de las inversiones realizadas en el citado provecto hasta la conclusión del mismo y c) amortización acelerada en el impuesto a las ganancias, el cual podrá ser solicitado a partir del período fiscal de habilitación del bien, y los beneficios fiscales provinciales de la provincia del Chubut en el marco del Régimen de Promoción de Fuentes de Energías Renovables, Ley XVII - N°95 y Decreto 1114/11, a saber: a) Impuesto de sellos: eximición del pago para las etapas de estudio y desarrollo y de construcción y b) Impuesto a los ingresos brutos: eximición del 100 % generado por el desarrollo de las actividades durante los primeros 5 años a contar desde el inicio de la operación comercial, y del 50% a partir del sexto año hasta el décimo año inclusive.
El Parque Eólico Diadema II se encuentra ubicado en la Ciudad de Comodoro Rivadavia, Provincia del Chubut, y está compuesto por 9 aerogeneradores ENERCON E-82 E4 con una potencia nominal de 3.07 MW (megavatio) cada uno. totalizando una potencia instalada de 27,6 MW. Todos los equipos se encuentran montados y actualmente se están completando las obras electromecánicas y de control. Las pruebas de marcha industrial están previstas para el mes de julio de 2019 garantizando de este modo la fecha de entrada en fase comercial acordada con CAMMESA para septiembre de 2019. La inversión total se estima finalizará en aproximadamente US\$ 34 millones (sin impuestos).
Con fecha 29 de junio de 2018 Capex otorgó ciertas garantías corporativas por un total de US\$ 18.620.694 a favor de Enercon GmbH y Enercon Argentina S.R.L., en relación con las obligaciones de pago asumidas por la Sociedad ante dichas empresas, por la provisión e instalación de los equipos, como así también la puesta en marcha del Parque Eólico Diadema II.
NOTA 2 - MARCO REGULATORIO
El marco regulatorio de la industria eléctrica se basa en las disposiciones de las Leyes 15.336 y 24.065 y su reglamentación (el "Marco Regulatorio"), entre las cuales se destaca la Resolución SE N° 61/92 y sus modificatorias y complementarias conocida como "Los Procedimientos" del Mercado Eléctrico Mayorista ("MEM").
El marco regulatorio divide la generación, transmisión y distribución de la electricidad considerándolas actividades integradas y sometiendo cada una de ellas a una reglamentación independiente.
Los generadores pueden vender su energía a empresas distribuidoras, a grandes usuarios y al MEM. Las empresas transportistas gozan de un monopolio natural y están obligadas a permitir el acceso de terceros a cualquier capacidad de transporte disponible. Las empresas distribuidoras, que también operan en condiciones de monopolio, están reguladas a través del establecimiento de tarifas y especificaciones para la calidad del servicio.
El MEM es un mercado en el cual los generadores y distribuidores pueden comprar y vender electricidad a precios determinados por las leyes de la oferta y la demanda y están autorizados a firmar contratos de suministro de energía eléctrica a término.
El control regulatorio del sector eléctrico bajo jurisdicción federal se lleva a cabo a través del Ente Nacional Regulador de la Electricidad ("ENRE"), entidad reguladora nacional y responsable de verificar que los miembros del sector cumplan con las disposiciones del marco regulatorio de la industria y con las disposiciones de las concesiones correspondientes.
La administración del sector eléctrico está a cargo de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A ("CAMMESA") cuyo capital accionario se distribuye entre las entidades que representan a los generadores, empresas transportistas, distribuidoras, grandes usuarios de electricidad y la SE, que actúa en representación de los usuarios menores que no acceden directamente al MEM.
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
(Socio) C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 COMISION FISCALIZADORA
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de abril de 2019 y 2018 (cont.)
NOTA 2 - MARCO REGULATORIO (CONT.)
CAMMESA está a cargo de la programación y el despacho de los generadores para satisfacer la demanda del MEM, para lo cual ha sido autorizada a firmar contratos con agentes del MEM para el abastecimiento de energía, en cumplimiento de instrucciones emitidas por la SE, en el marco de los mecanismos establecidos en la Resolución 2022/05.
De conformidad con el marco regulatorio, CAMMESA administra un fondo de estabilización para balancear los pagos efectuados por la demanda versus los gastos pagados a los productores y transportistas de electricidad, el cual arroja resultados deficitarios desde el año 2003. Este déficit se ha originado en la falta de ajustes tarifarios a la demanda y en el incremento de costos de los generadores. La SE ha emitido sucesivas normas para intentar adecuar la caja a tal déficit, entre ellas las Resoluciones SE N° 240/03, 406/03, 712/04, 826/04, 956/04, 1866/05 y 564/07. A su vez, la Resolución SE Nº 1281/06 introdujo cambios normativos de relevancia respecto de: (i) el respaldo físico de la demanda, (ii) el destino de la generación existente y (iii) el encuadre de la nueva generación que se vincule al sistema eléctrico.
La Resolución SE N° 220/07, de fecha 18 de enero de 2007, habilitó la realización de contratos de abastecimiento entre el MEM y las ofertas de disponibilidad de generación y energía asociada adicionales, presentadas por parte de agentes generadores, cogeneradores o autogeneradores que, a la fecha de publicación de esta resolución, no fueran agentes de MEM, o no estuvieran habilitados comercialmente o interconectados. La resolución estableció las características básicas que deberán cumplir dichos contratos de abastecimiento. Están habilitados a ser parte de las ofertas de generación todos aquellos proyectos en los que participe el Estado Nacional, ENARSA o los que el Señor Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios determine. También se establece que, en tanto sea de aplicación la Resolución SE Nº 406/03, las obligaciones derivadas del contrato tendrán una prioridad de cancelación igual a las establecidas en el numeral e) del art. 4 de esa resolución. En caso de que se modifique el orden de prioridad a aplicar, la prioridad de cancelación no podrá ser inferior a la correspondiente al reconocimiento de los costos operativos de los generadores térmicos.
LEY 26.190 Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables
El 6 de diciembre de 2006 el Congreso de la Nación sancionó la Ley 26.190 que estableció el Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables, estableciendo los siguientes puntos:
(i) Declaró de interés nacional la generación de energía eléctrica a partir del uso de fuentes de energía renovables con destino a la prestación de servicio público: (ii) estableció el porcentaje de energía renovable que debería alcanzar el país respecto del consumo de energía eléctrica nacional; (iii) la ley promueve la realización de nuevas inversiones en emprendimientos de energía eléctrica a partir del uso de fuentes renovables de energía definiendo su ámbito de aplicación en todo el país: definió los conceptos de Fuentes Renovables de Energía. Energía Eléctrica generada a partir de fuentes de energía renovables y el concepto de Equipos para Generación; (iv) Definió los beneficios impositivos para los beneficiarios del Régimen de Inversiones para la construcción de obras nuevas destinadas a la generación de energía eléctrica generada a partir de fuentes de energía renovables de energía que posteriormente fueron modificados por la Ley 27.191.
LEY 27.191 - Modificaciones al régimen de fomento de energías renovables
El 25 de septiembre de 2015 el Congreso Nacional sancionó la Ley 27.191, que fue publicada en el Boletín Oficial el 21 de octubre de 2015. La mencionada Ley introdujo modificaciones al Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables creado por la Ley 26.190, para lo cual, en líneas generales, y con el objetivo de lograr alcanzar una contribución de energía renovable en la matriz de consumo nacional del 8% al 31 de diciembre de 2017 y del 20% al 31 de diciembre de 2025, incorporó los siguientes puntos:
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
(Socio) C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 COMISION FISCALIZADORA
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de abril de 2019 y 2018 (cont.)
NOTA 2 - MARCO REGULATORIO (CONT.)
LEY 27.191 - Modificaciones al régimen de fomento de energías renovables (cont.)
(i) Amplió la definición de energías renovables: (ii) eliminó el límite de 10 años para el régimen de beneficios fiscales: (iii) fijó incentivos fiscales no excluyentes como: devolución anticipada de IVA, amortización acelerada del impuesto a las ganancias, exclusión de la base de los bienes afectados por las actividades promovidas del impuesto a la ganancia mínima presunta, exención de derechos de importación, compensación de quebrantos con ganancias (de los actuales 5 años pasa a 10 años), exención del impuesto a la distribución de dividendos siendo el beneficiario persona física (sólo en caso de reinversión del mismo), y certificados fiscales por el 20% del valor de los componentes nacionales; (iv) creó el Fondo Fiduciario para Desarrollo de Energías Renovables que, entre otras cosas, otorgará préstamos y garantías a los provectos de inversión y (v) dispuso que todos los usuarios de energía eléctrica tendrán que contribuir cumpliendo con los objetivos de consumo de energías renovables establecidos por la ley, para lo cual se estableció un cronograma gradual y obligaciones especiales para los Grandes Usuarios de más de 300kW. Finalmente la ley ratificó que la generación eólica debe ser tratada como generación hidráulica de pasada; por lo tanto ésta despachará en virtud de la disponibilidad de viento real con la que contase.
Adicionalmente, en el mes de mayo de 2016 el Ministerio de Energía y Minería emitió las Res 71/2016 y 72/2016 mediante las cuales dio inicio a la primera ronda del Proceso de Convocatoria Abierta para la contratación en el MEM de energía eléctrica de fuentes renovables de generación ("Programa RenovAr") para dar cumplimiento a las Leyes 26.190 y 27191.
Decreto 531/2016 - Reglamenta la Ley 26.190 y la Ley 27.191
El día 31 de marzo de 2016 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 531/2016 que aprobó la reglamentación de la Ley 26.190, modificada por el Capítulo I de la Ley 27.191 y del Capítulo II de la Ley 27.191 referente a la Segunda Etapa del Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la Producción de Energía Eléctrica. Asimismo aprobó la reglamentación de los Capítulos de la Ley 27.191 correspondientes al Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Energía Renovables (III), la Contribución de los Usuarios de Energía Eléctrica al Cumplimiento de los Objetivos del Régimen de Fomento (IV), los Incrementos Fiscales (V), el régimen de importaciones (VI), el acceso y utilización de fuentes renovables de energía (VII), energía eléctrica proveniente de recursos renovables intermitentes (VIII) y las cláusulas complementarias (IX) que establecen que la autoridad de aplicación deberá difundir ampliamente las ofertas de generación eléctrica a partir de fuentes renovables de energía y que invita a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las Provincias a adherir a la ley y a dictar sus propias normas destinadas a promover la producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía.
Resolución E- 275/2017 - Ministerio de Energía y Minería
El 17 de agosto de 2017 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 275/2017, la cual convocó a los interesados a ofertar en el proceso de convocatoria nacional abierta nacional e internacional para la contratación en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) de energía eléctrica de fuentes renovables de generación - el Programa RENOVAR (Ronda 2), con el fin de celebrar contratos del mercado a término (denominados contratos de abastecimiento de energía eléctrica renovable). con la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA), en representación de los Distribuidores y Grandes Usuarios del Mercado Eléctrico Mayorista - hasta su reasignación en cabeza de los agentes distribuidores y/o Grandes Usuarios del MEM, de conformidad con el Pliego de Bases y Condiciones del Programa.
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
(Socio) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 F° 17
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 COMISION FISCALIZADORA
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de abril de 2019 y 2018 (cont.)
NOTA 2 - MARCO REGULATORIO (CONT.)
Resolución E-281/2017 - Ministerio de Energía y Minería
El 22 de agosto de 2017 se publicó la Resolución 281/2017 que estableció el Régimen del Mercado a Término de Energía Eléctrica de Fuente Renovable en el marco de lo establecido por la Ley 27.191 y el Decreto reglamentario 531/2016. Este Régimen tiene por objeto establecer las condiciones de cumplimiento de acuerdo con lo fijado en el artículo 9º de la Ley 27.191 por parte de los Grandes Usuarios del Mercado Eléctrico Mayorista y las Grandes Demandas que sean Clientes de los Agentes Distribuidores del MEM, o de los Prestadores del Servicio Público de Distribución en tanto sus demandas de potencia sean iguales o mayores a trescientos kilovatios (300KV) medios demandados, a través de la contratación individual en el Mercado a Término de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables o por autogeneración de fuentes renovables, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 27.191 y el artículo 9 del Anexo II del Decreto 531. Específicamente se estableció que la obligación para los sujetos individualizados en el mencionado artículo de la Ley podría cumplirse por cualquiera de las siguientes formas: a) por contratación individual de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables, b) por autogeneración o por cogeneración de fuentes renovables o c) por participación en el mecanismo de compras conjuntas desarrollado por CAMMESA. El art. 9, en su inciso 2, apartado (i) del Anexo II, del decreto reglamentario prevé que los contratos de abastecimiento de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables celebrados en el marco de la Ley 27.191, por los sujetos comprendidos en su artículo 9, serán libremente negociados entre las partes, teniendo en cuenta las características de los proyectos de inversión y el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la ley y en el decreto reglamentario, los deberes de información y reguisitos de administración establecidos en los Procedimientos de CAMMESA y en la normativa complementaria que dicte la autoridad de aplicación.
Res 488/2017 - Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable
Con fecha 19 de diciembre de 2017, mediante la Res 488/2017 del Ministerio de Energía y Mineria, se adjudicaron los Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable en los términos establecidos en las Resoluciones Nros. 275 de fecha 16 de agosto de 2017 y 473 de fecha 30 de noviembre de 2017, ambas de ese Ministerio, indicándose el Precio Adjudicado por megavatio hora para cada tecnología en cada Contrato de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable a suscribir y la asignación del cupo remanente de la Garantía Banco Mundial, para dichos proyectos.
NOTA 3 - NORMAS CONTABLES
A continuación se detallan las normas contables más relevantes utilizadas por la Sociedad para la preparación de los presentes estados contables.
3.1. Preparación y presentación de los Estados Contables
Los presentes estados contables están expresados en pesos, y han sido preparados de conformidad con las normas contables profesionales argentinas. Tales normas, de exposición y valuación, se encuentran contenidas en las Resoluciones Técnicas emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.), aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.P.C.E.C.A.B.A.).
Los saldos al 30 de abril de 2018 que se exponen en estos estados contables a efectos comparativos surgen de los estados contables a dicha fecha, aplicando la metodología de la nota 3.3.
Se han reclasificado ciertas cifras de los estados contables correspondientes al ejercicio finalizado el 30 de abril de 2018, a los efectos de su presentación comparativa.
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
(Socio) C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 COMISION FISCALIZADORA
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de abril de 2019 y 2018 (cont.)
NOTA 3 - NORMAS CONTABLES (CONT.)
3.1. Preparación y presentación de los Estados Contables (cont.)
La gerencia de la Sociedad estima que los presentes estados contables incluyen todos los ajustes necesarios para presentar razonablemente los resultados del ejercicio.
3.2. Estimaciones contables
La preparación de estados contables a una fecha determinada requiere que la gerencia de la Sociedad realice estimaciones y evaluaciones que afectan el monto de los activos y pasivos registrados y los activos y pasivos contingentes revelados a dicha fecha, como así también los ingresos y egresos registrados en el ejercicio. La gerencia de la Sociedad realiza estimaciones para poder calcular a un momento dado, por ejemplo, el valor actual de los créditos y el cargo por impuesto a las ganancias. Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados contables.
3.3. Consideración de los efectos de la inflación
Las normas contables profesionales argentinas establecen que los estados contables deben ser preparados reconociendo los cambios en el poder adquisitivo de la moneda conforme a las disposiciones establecidas en las Resoluciones Técnicas (RT) N° 6 y N° 17, con las modificaciones introducidas por la RT N° 39 y por la Interpretación N° 8, normas emitidas por la FACPCE. Estas normas establecen que la aplicación del ajuste por inflación debe realizarse frente a la existencia de un contexto de alta inflación, el cual se caracteriza, entre otras consideraciones, cuando exista una tasa acumulada de inflación en tres años que alcance o sobrepase el 100%.
La inflación acumulada en tres años se ubica por encima del 100%. Es por esta razón que, de acuerdo con las normas contables profesionales mencionadas en forma precedente, la economía argentina debe ser considerada como de alta inflación a partir del 1° de julio de 2018. La FACPCE ha confirmado esta situación con la Resolución de su Junta de Gobierno (JG) 539/18.
A su vez, la Ley N° 27.468 (B.O. 04/12/2018) modificó el artículo 10° de la Ley N° 23.928 y sus modificatorias, estableciendo que la derogación de todas las normas legales o reglamentarias que establecen o autorizan la indexación por precios, actualización monetaria, variación de costos o cualquier otra forma de repotenciación de las deudas, impuestos, precios o tarifas de los bienes, obras o servicios, no comprende a los estados contables, respecto de los cuales continuará siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 62 in fine de la Lev General de Sociedades N° 19.550 (T.O. 1984) y sus modificatorias. Asimismo, el mencionado cuerpo legal dispuso la derogación del Decreto Nº 1269/2002 del 16 de julio de 2002 y sus modificatorios y delegó en el Poder Ejecutivo Nacional (PEN), a través de sus organismos de contralor, establecer la fecha a partir de la cual surtirán efecto las disposiciones citadas en relación con los estados contables que les sean presentados.
Por lo tanto, mediante su Resolución General 10/2018 (B.O. 28/12/2018), la Inspección General de Justicia (IGJ) dispuso que los estados contables correspondientes a ejercicios económicos completos o períodos intermedios deberán presentarse ante este Organismo expresados en moneda homogénea. Asimismo, mediante dicha resolución determinó que, a los fines de la reexpresión de los estados contables, se aplicarán las normas emitidas por la FACPCE, adoptadas por el CPCECABA.
En función de las disposiciones detalladas en forma precedente, la Sociedad ha reexpresado los presentes estados contables al 30 de abril de 2019.
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
(Socio) CPCECABA T°1F°17
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 COMISION FISCALIZADORA
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de abril de 2019 y 2018 (cont.)
NOTA 3 - NORMAS CONTABLES (CONT.)
3.3. Consideración de los efectos de la inflación (Cont.)
De acuerdo con las normas contables profesionales argentinas, los estados contables de una entidad en un contexto considerado de alta inflación deben presentarse en términos de la unidad de medida vigente a la fecha de dichos estados contables. Todos los montos incluidos en el estado de situación patrimonial, que no se informen en términos de la unidad de medida a la fecha de los estados contables, deben actualizarse aplicando un índice de precios general. Todos los componentes del estado de resultados deben indicarse en términos de la unidad de medida actualizada a la fecha de los estados contables, aplicando un índice de precios general desde la fecha en que los ingresos y gastos fueron reconocidos originalmente.
La reexpresión de los saldos iniciales se calculó considerando los índices establecidos por la FACPCE con base en los índices de precios publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
Los principales procedimientos utilizados para la reexpresión fueron los siguientes:
-
Los activos y pasivos monetarios que se contabilizaron a moneda de cierre del estado de situación patrimonial no fueron reexpresados, dado que va se encuentran reexpresados a la fecha de los estados contables.
-
Activos y pasivos no monetarios que se contabilizan a costo a la fecha del estado de situación patrimonial y los componentes del patrimonio se reexpresan aplicando los coeficientes de ajuste correspondientes.
-
Los ingresos y gastos (incluyendo los intereses y diferencias de cambio) del estado de resultados se reexpresan desde la fecha de su registración contable, salvo aquellas partidas del resultado que reflejan o incluyen en su determinación el consumo de activos medidos en moneda de poder adquisitivo de una fecha anterior a la registración del consumo, las que se reexpresan tomando como base la fecha de origen del activo con el que está relacionada la partida (por ejemplo, depreciación y otros consumos de activos valuados a costo histórico).
-
La pérdida o ganancia por la posición monetaria neta se incluve en el resultado neto del ejercicio que se informa, revelando esta información en una partida separada.
En la aplicación inicial del método de reexpresión, las cuentas del patrimonio fueron reexpresadas de la siguiente manera:
| Componente | Fecha de origen |
|---|---|
| Capital | Fecha de suscripción |
| Aumento de capital | Fecha de integración |
La Sociedad ha utilizado la opción, adicional a la RT6, dispuesta en la sección 3 de la Resolución JG 539/18 y MD 11/19, de no determinar el patrimonio neto ajustado al inicio del ejercicio comparativo; por lo tanto, se presenta la información comparativa correspondiente al estado de situación patrimonial y no se presenta la información comparativa para el resto de los estados.
3.4. Estado de flujo de efectivo
Para la presentación del Estado de Flujo de Efectivo se consideraron los saldos de "Caja y bancos" y los equivalentes de caja que comprenden todas las inversiones de muy alta liquidez y aquéllas con vencimiento originalmente pactado inferior a tres meses.
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
(Socio) C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 COMISION FISCALIZADORA
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de abril de 2019 y 2018 (cont.)
NOTA 4 - CRITERIOS DE VALUACION
Los principales criterios de valuación son los siguientes:
4.1 Caja y bancos
Han sido valuados a su valor nominal.
4.2 Inversiones corrientes
Los fondos comunes de inversión al 30 de abril de 2019 se valúan al valor de cotización a la fecha de cierre del ejercicio.
4.3 Otros créditos
Los otros créditos han sido valuados en base a la mejor estimación posible de la suma a cobrar, descontándose los mismos, en caso de corresponder.
4.4 Bienes de Uso
Los bienes de uso han sido valuados a su costo de adquisición, siguiendo la metodología de la nota 3.3, los cuales se amortizarán cuando comience la explotación del negocio.
El monto de los resultados financieros activados en el PED II al 30 de abril de 2019 ascienden a \$ 34.892.132.
El valor de los bienes de uso, considerados en su conjunto, no supera su valor recuperable estimado.
4.5 Activos intangibles
Los activos intangibles han sido valuados a su costo de adquisición, siguiendo la metodología de la nota 3.3, los cuales se amortizarán cuando comience la explotación del negocio.
El valor de los activos intangibles, considerados en su conjunto, no supera su valor recuperable estimado.
4.6 Cuentas por pagar
Han sido valuadas al precio de contado estimado al momento de la transacción, descontándose las mismas, en caso de corresponder.
4.7 Deudas financieras
Las deudas financieras han sido valuadas en función de los montos de capital adeudados más los intereses devengados correspondientes, de acuerdo con las condiciones pactadas.
4.8 Cargas fiscales
Han sido valuadas a su valor nominal.
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
(Socio) CPCECABA T°1F°17
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 COMISION FISCALIZADORA
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de abril de 2019 y 2018 (cont.)
NOTA 4 - CRITERIOS DE VALUACION (CONT.)
4.9 Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta
i- Impuesto a las ganancias
La Sociedad ha reconocido el cargo por impuesto a las ganancias en base al método del pasivo por impuesto diferido, reconociendo de esta manera las diferencias temporarias entre las mediciones de los activos y pasivos contables e impositivos. Las diferencias temporarias se originan en los quebrantos fiscales, bienes de uso, inversiones y activos intangibles (Nota 8).
A los efectos de determinar los activos y pasivos diferidos se ha aplicado sobre las diferencias temporarias identificadas y los quebrantos impositivos acumulados, la tasa impositiva que se espera esté vigente al momento de su reversión o utilización, considerando las normas legales a la fecha de emisión de estos estados contables.
Las proyecciones económicas e impositivas realizadas por la Sociedad arrojan resultados positivos respecto de la posibilidad de recuperar en el futuro y antes de la fecha de prescripción (de acuerdo con la Ley 27.191 artículo 4° punto 2, es de 10 años), los quebrantos impositivos acumulados; por tal motivo, al 30 de abril de 2019 la Sociedad mantiene activados dichos conceptos por \$23.755.213 (Nota 7).
ii- Impuesto a la ganancia mínima presunta
La Sociedad determina el impuesto a la ganancia mínima presunta aplicando la tasa vigente del 1% sobre los activos computables al cierre de cada ejercicio. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias. La obligación fiscal de la Sociedad en cada ejercicio coincidirá con el mayor de ambos impuestos. Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta excediera en un ejercicio fiscal al impuesto a las ganancias, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta del impuesto a las ganancias que pudiera producirse en cualquiera de los diez ejercicios siguientes. La sanción de la ley 27.260, art. 76, deroga la aplicación del impuesto a la ganancia mínima presunta para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2019.
Mediante la Instrucción General N° 2/2017 (directiva interna a través de la cual la AFIP indica a todas sus dependencias las pautas a sequir en sus procedimientos) el Organismo instruyó a sus áreas jurídicas respetar el criterio sentado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, reconociendo que no existe ganancia mínima presunta cuando haya pérdidas en los balances contables correspondientes al ejercicio pertinente y se registren, también, quebrantos en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias de dicho ejercicio fiscal. En atención a la citada instrucción, la Sociedad no ha determinado impuesto a la ganancia mínima presunta al cierre del ejercicio.
4.10 Activos y pasivos en moneda extranjera
Los activos y pasivos en moneda extranjera al 30 de abril de 2019 y 2018 han sido valuados al tipo de cambio vigente al cierre de cada ejercicio.
4.11 Capital social y ajuste del capital social
El capital social ha sido valuado a su valor nominal. El ajuste del capital social que surge de la diferencia entre el capital social expresado en moneda homogénea y el capital social nominal histórico ha sido expuesto en la cuenta "Aiuste del capital social" integrante del patrimonio neto.
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
(Socio) C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17
Véase nuestro informe de fecha. 5 de julio de 2019 COMISION FISCALIZADORA
Registro en la Inspección General de Justicia: 1.902.592
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de abril de 2019 y 2018 (cont.)
NOTA 5 - COMPOSICION DE LOS PRINCIPALES RUBROS DEL ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL
| 30.04.19 | 30.04.18 | |||
|---|---|---|---|---|
| Corriente | No Corriente | Corriente | No Corriente | |
| s | S | \$ | \$ | |
| ACTIVO | ||||
| a) Caja y bancos | ||||
| En moneda nacional | ||||
| Caja | 68 | 7.790 | ||
| Fondo fijo | 8.000 | |||
| Bancos | 85.461 | 219,919 | ||
| En moneda extranjera (Anexo IV) | ||||
| Bancos | 36.097.297 | 6.936.541 | ||
| 36.190.826 | 7.164.250 | |||
| b) Inversiones | ||||
| En moneda nacional | ||||
| Fondo común de inversión Galicia | 337.495 | |||
| 337.495 | ||||
| c) Otros créditos | ||||
| En moneda nacional | ||||
| Impuesto al valor agregado | 171.708.283 | 19.079.414 | ||
| Otros créditos impositivos | 3.926.252 | 1.677.174 | ||
| Activo diferido neto (Nota 8) | 3.995.813 | |||
| Sociedades art. 33 Ley 19.550 (Nota 7.b) | 2.000.000 | 28.508.950 | ||
| Seguros a devengar | 978.983 | 782.270 | ||
| Diversos | 8.700 | |||
| 178.622.218 | 3.995.813 | 48.370.634 | 1.677.174 | |
| PASIVO | ||||
| d) Cuentas por pagar | ||||
| En moneda nacional | ||||
| Proveedores | 11.609.734 | 12.718.537 | ||
| Provisiones varias | 2.933.628 | |||
| Sociedades art. 33 Ley 19.550 (Nota 7.b) | 43.821 | |||
| En moneda extranjera (Anexo IV) | ||||
| Proveedores | 31.745.443 | 259.038.262 | 15.658.888 | |
| Provisiones varias | 567.546.361 | |||
| Sociedades art. 33 Ley 19.550 (Nota 7.b) | 217.785 | 55.681 | ||
| 46.550.411 | 826.584.623 | 28.433.106 | ||
| e) Deudas financieras (Nota 10) | ||||
| En moneda extranjera (Anexo IV) | ||||
| Sociedades art. 33 Ley 19.550 (Nota 7.b) | 27.064.754 | 346.902.003 | ||
| 27.064.754 | 346.902.003 |
Véase nuestro informe de fecha
5 de julio de 2019 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
(Socio)
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 COMISION FISCALIZADORA
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Registro en la Inspección General de Justicia: 1.902.592
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de abril de 2019 y 2018 (cont.)
NOTA 5 - COMPOSICION DE LOS PRINCIPALES RUBROS DEL ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL (CONT.)
| 30.04.19 | 30.04.18 | |||
|---|---|---|---|---|
| Corriente | No Corriente | Corriente | No Corriente | |
| PASIVO (CONT.) | ||||
| f) Cargas fiscales | ||||
| En moneda nacional | ||||
| Pasivo diferido neto (Nota 8) | 662.592 | |||
| Retenciones impositivas | 113.994 | |||
| 113.994 | 662.592 |
NOTA 6 - ACTIVOS Y PASIVOS POR VENCIMIENTO DE COBRO O PAGO
a) Según su plazo estimado de cobro o pago:
| 30.04.19 | 30.04.18 | |
|---|---|---|
| S | s | |
| Inversiones | ||
| De plazo a vencer | ||
| De 0 a 3 meses | 337.495 | |
| 337.495 | ||
| Otros créditos | ||
| Sin plazo - expuesto como activo corriente | 171.708.283 | 19.079.414 |
| Sin plazo - expuesto como no activo corriente | 3.995.813 | |
| De plazo a vencer | ||
| De 0 a 3 meses | 6.437.718 | 28.726.376 |
| De 3 a 6 meses | 399.854 | 217.428 |
| De 6 a 9 meses | 75.547 | 217.428 |
| De 9 a 12 meses | 816 | 129.988 |
| De 1 a 2 años | 1.677.174 | |
| 182.618.031 | 50.047.808 | |
| Cuentas por pagar y cargas fiscales | ||
| Sin plazo - expuesto como pasivo no corriente | 662.592 | |
| De plazo a vencer | ||
| De 0 a 3 meses | 46.550.411 | 28.547.100 |
| De 2 a 3 años | 826.584.623 | |
| 873.135.034 | 29.209.692 |
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
(Socio) C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 COMISION FISCALIZADORA
Registro en la Inspección General de Justicia: 1.902.592
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de abril de 2019 y 2018 (cont.)
NOTA 6 - ACTIVOS Y PASIVOS POR VENCIMIENTO DE COBRO O PAGO (CONT.)
b) Según su plazo estimado de cobro o pago:
| 30.04.19 | 30.04.18 | |
|---|---|---|
| Deudas financieras | ||
| De plazo a vencer | ||
| De 0 a 3 meses | 5.314.257 | |
| De 6 a 9 meses | 10.690.923 | |
| De 9 a 12 meses | 11.059.574 | |
| De 1 a 2 años | 45.712.910 | |
| De 2 a 3 años | 48.662.130 | |
| De 3 a 4 años | 53.454.613 | |
| Más de 4 años | 199.072.350 | |
| 373.966.757 |
c) En función de la tasa de interés que devengan:
| 30.04.19 | 30.04.18 | |
|---|---|---|
| Inversiones | ||
| Que no devengan interés | 337.495 | |
| 337.495 | ||
| Otros créditos | ||
| Que no devengan interés | 182.618.031 | 50.047.808 |
| 182.618.031 | 50.047.808 | |
| Cuentas por pagar y cargas fiscales | ||
| Que no devengan interés | 87.026.433 | 29.209.692 |
| Que devengan interés (1) | 786.108.601 | |
| 873.135.034 | 29.209.692 | |
| Deudas financieras | ||
| Que no devengan interés | 5.314.257 | |
| Que devengan interés (2) | 368.652.500 | |
| 373.966.757 |
(1) Devenga intereses a una tasa fija en dólares del 6,20%.
(2) Devenga intereses a una tasa fija nominal anual en dólares del 8,10%.
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
(Socio)
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 COMISION FISCALIZADORA
Registro en la Inspección General de Justicia: 1.902.592
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de abril de 2019 y 2018 (cont.)
NOTA 7 - OPERACIONES Y SALDOS CON PARTES RELACIONADAS
a) Las operaciones con partes relacionadas son las siguientes:
C.A.P.S.A. devengó lo siguiente:
| 30.04.19 | |
|---|---|
| Gastos coparticipables | (1.984) |
Hychico S.A. devengó lo siguiente:
| 30.04.19 | |
|---|---|
| Aportes de capital integrados | 9.830.276 |
| Aporte de capital a integrar | 2.068.894 |
| Gastos coparticipables | (32.633) |
Capex S.A. devengó lo siguiente:
| 30.04.19 | |
|---|---|
| Aportes de capital integrados | 226.084.236 |
| Préstamo otorgado | (452.779.244) |
| Intereses devengados | (5.672.616) |
| Intereses pagados | (11.543.923) |
| Gastos coparticipables | (986.990) |
No existen otras operaciones con partes relacionadas que las descriptas anteriormente.
b) Los saldos con partes relacionadas al cierre del ejercicio son los siguientes:
| 30.04.19 | 30.04.18 | |
|---|---|---|
| \$ | s | |
| Otros créditos | ||
| En moneda nacional | ||
| Capex S.A. | 28.508.950 | |
| Hychico S.A. | 2.000.000 | |
| Cuentas por pagar | ||
| En moneda nacional | ||
| Capex S.A. | (43.821) | |
| En moneda extranjera | ||
| Capex S.A. | (217.785) | |
| Hychico S.A. | (55.681) | |
| Deudas bancarias y financieras | ||
| En moneda extranjera | ||
| Capex S.A. | (373.966.757) | |
| Total saldos a (pagar) / cobrar neto | (372.228.363) | 28.453.269 |
| Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 |
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 |
|
| PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. | COMISION FISCALIZADORA | |
| (Socio) | ||
| C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 F° 17 | Dr. Norberto Luis Feoli |
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de abril de 2019 y 2018 (cont.)
NOTA 8 - IMPUESTO A LAS GANANCIAS - IMPUESTO DIFERIDO
Reforma Tributaria en Argentina
El 29 de diciembre de 2017 el Poder Ejecutivo Nacional promulgó la Ley 27430 - Impuesto a las Ganancias. Esta ley introdujo varios cambios en el tratamiento del impuesto a las ganancias entre los cuales se encuentran:
Alícuota de Impuesto a las ganancias: La alícuota del Impuesto a las Ganancias para las sociedades argentinas se reducirá gradualmente desde el 35% al 30% para los ejercicios fiscales que comiencen a partir del 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2019 y al 25% para los ejercicios fiscales que comiencen a partir del 1 de enero de 2020, inclusive.
Ajuste por inflación impositivo: A los fines de determinar la ganancia neta imponible, se deberá deducir o incorporar al resultado impositivo del ejercicio que se liquida, el ajuste por inflación determinado de acuerdo con los artículos 95 a 98 de la ley del impuesto a las ganancias. Esto será aplicable en el ejercicio fiscal en el cual se verifique un porcentaje de variación del Índice de Precios al Consumidor Nivel General ("IPC") acumulado en los 36 meses anteriores al cierre del ejercicio que se liquida, superior al 100%. Estas disposiciones tienen vigencia para los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2018. Respecto del primero, segundo y tercer ejercicio a partir de su vigencia, será aplicable en caso de que la variación del índice, calculada desde el inicio y hasta el cierre de cada uno de esos ejercicios, supere el 55%, 30% y 15% para el primero, segundo y tercer año de aplicación, respectivamente. El ajuste por inflación correspondiente al ejercicio que se liquide incidirá como un ajuste positivo o negativo, según corresponda, y deberá imputarse un tercio en ese período fiscal y los dos tercios restantes, en partes iguales, en los dos ejercicios fiscales inmediatos siguientes. La variación del IPC para el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2019 fue del 55,8%, por lo cual la Sociedad para determinar la ganancia imponible correspondiente al presente ejercicio incluyó dicho ajuste.
Impuesto a los dividendos: Se introduce un impuesto sobre los dividendos o utilidades distribuidas, entre otros, por sociedades argentinas o establecimientos permanentes a: personas humanas, sucesiones indivisas o beneficiarios del exterior, con las siguientes consideraciones: (i) los dividendos derivados de las utilidades generadas durante los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1 de enero 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2018 están sujetos a una retención del 7%; y (ii) los dividendos originados por las ganancias obtenidas por ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2020 en adelante estarán sujetos a una retención del 13%.
Los dividendos originados por beneficios obtenidos hasta el ejercicio anterior al iniciado a partir del 1 de enero de 2018 seguirán sujetos, para todos los beneficiarios de los mismos, a la retención del 35% sobre el monto que exceda las ganancias acumuladas distribuibles libres de impuestos (período de transición del impuesto de iqualación).
Revalúo impositivo opcional: La normativa establece en el Título X, Capítulo I que, a opción de las sociedades, se podrá realizar un revalúo impositivo de los bienes situados en el país y que se encuentran afectados a la generación de ganancias gravadas al 31.12.2017, aplicando un factor de revalúo al costo de adquisición o construcción, en función de la fecha efectiva de cada inversión, y continuar luego con la actualización de los bienes revaluados sobre la base de las variaciones porcentuales del IPC que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos conforme a las tablas que a esos efectos elabore la AFIP. En el caso de optar por el revalúo impositivo, se deberá tributar un impuesto especial, el cual resultará de aplicar al monto del revalúo las alícuotas que correspondan según el tipo de bien de que se trate (8% para los bienes inmuebles que no posean el carácter de bienes de cambio, del 15% para los bienes inmuebles que posean el carácter de
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
(Socio) C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 COMISION FISCALIZADORA
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de abril de 2019 y 2018 (cont.)
NOTA 8 - IMPUESTO A LAS GANANCIAS - IMPUESTO DIFERIDO (CONT.)
Reforma Tributaria en Argentina (Cont.)
bienes de cambio, y del 10 % para bienes muebles y el resto de los bienes). El revalúo impositivo deberá aplicarse a todos los bienes que integren la misma categoría. La ganancia generada por el importe del revalúo está exenta del impuesto a las ganancias y no computará a los efectos de la retención del primer artículo agregado a continuación del artículo 69 (Impuesto de Igualación) y el impuesto especial sobre el importe del revalúo no será deducible del impuesto a las ganancias. Asimismo el importe del revalúo neto de las amortizaciones acumuladas no formará parte de la base imponible de los bienes para el cálculo del impuesto a la ganancia mínima presunta. La Sociedad no ha ejercido la opción de realizar el revalúo impositivo.
Actualización de adquisiciones e inversiones efectuadas en los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1° de enero de 2018: Para las adquisiciones o inversiones efectuadas en los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1 de enero de 2018, procederán las siguientes actualizaciones, practicadas sobre la base de las variaciones porcentuales del IPC que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos conforme a las tablas que a esos efectos elabore la AFIP:
- 1) En la enajenación de bienes muebles amortizables, inmuebles que no tengan el carácter de bienes de cambio, bienes intangibles, acciones, cuotas o participaciones sociales (incluidas las cuotas partes de fondos comunes de inversión), el costo computable en la determinación de la ganancia bruta se actualizará por el índice mencionado, desde la fecha de adquisición o inversión hasta la fecha de enajenación, y se disminuirá, en su caso, por las amortizaciones que hubiera correspondido aplicar, calculadas sobre el valor actualizado.
- 2) Las amortizaciones deducibles correspondientes a edificios y demás construcciones sobre inmuebles afectados a actividades o inversiones, distintos de bienes de cambio, y las correspondientes a otros bienes empleados para producir ganancias gravadas, se calcularán aplicando a las cuotas de amortización ordinaria el índice de actualización mencionado, referido a la fecha de adquisición o construcción que indique la tabla elaborada por la AFIP.
El 27 de diciembre de 2018 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 1170/18 que incorpora las adecuaciones a la reglamentación aprobada por el Decreto Reglamentario de la Ley de Impuesto a las Ganancias Nro. 1344/98 y sus modificatorios, así como también ajusta su texto de conformidad con los cambios efectuados por el Código Civil y Comercial de la Nación y demás normas como las leyes 27260, 27346 y 27430.
La evolución y composición de los activos y pasivos por impuesto diferido se detallan en los siguientes cuadros:
| - Activos diferidos neto | Quebrantos | Inversiones | Bienes de Uso | Activos intangibles |
Total |
|---|---|---|---|---|---|
| Saldo al inicio del ejercicio | 410.743 | $\overline{\phantom{a}}$ | (1.073.335) | (662.592) | |
| Cargo a resultados | 32.474.095 | (1.792) | (21.937.747) | (333.701) | 10.200.855 |
| Subtotal al cierre del ejercicio | 32.884.838 | (1.792) | (23.011.082) | (333.701) | 9.538.263 |
| Cambio de alícuota IG | (9.129.625) | 3.534.339 | 52.836 | (5.542.450) | |
| Saldo al cierre del ejercicio | 23.755.213 | (1.792) | (19.476.743) | (280.865) | 3.995.813 |
El activo diferido neto al cierre del ejercicio es de \$ 3.995.813.
| Véase nuestro informe de fecha |
|---|
| 5 de julio de 2019 |
| PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. |
| (Socio) |
| C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 F° 17 |
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NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de abril de 2019 y 2018 (cont.)
NOTA 8 - IMPUESTO A LAS GANANCIAS - IMPUESTO DIFERIDO (CONT.)
A continuación se presenta una conciliación entre el impuesto a las ganancias cargado a resultados y el que resultaría de aplicar la tasa del impuesto vigente sobre el resultado contable antes del impuesto:
| 30.04.19 | |
|---|---|
| Resultado contable antes de impuestos | (12.142.420) |
| Tasa del impuesto vigente | 30% |
| Resultado del ejercicio a la tasa del impuesto | 3.642.726 |
| Diferencias permanentes a la tasa del impuesto: | |
| - Cambio de alícuota de impuesto a las ganancias (a) | (5.542.450) |
| - Exceso de gastos de representación | (163.920) |
| -Ajuste por inflación impositivo | (35.450.493) |
| - Resultado por exposición a los cambios en el poder adquisitivo de la moneda |
41.935.246 |
| Total impuesto a las ganancias | 4.421.109 |
| Quebranto impositivo generado | (23.344.470) |
| Resultado por exposición a los cambios en el poder adquisitivo de la moneda de los saldos iniciales |
237.296 |
| Variación entre activo diferido neto al inicio y al cierre del ejercicio cargado a resultados |
18.686.065 |
| Impuesto determinado del ejercicio |
(a) Corresponde al efecto de aplicar a los activos y pasivos por impuesto diferido neto los cambios en las alícuotas del impuesto a las ganancias de acuerdo con la reforma tributaria detallada en forma previa en función al año esperado de realización de los mismos. El impacto del cambio de la tasa fue reconocido en el resultado del ejercicio.
Los quebrantos impositivos vigentes expresados en moneda histórica al 30 de abril de 2019 son los siguientes:
| Año generación | Monto | Tasa | Monto computable |
Año de Prescripción |
|---|---|---|---|---|
| Quebranto impositivo generado al 30 de abril de 2018 | 1.054.572 | 25% | 263.643 | 2028 |
| Quebranto impositivo generado al 30 de abril de 2019 | 93.966.278 | 25% | 23.491.570 | 2029 |
| Total quebranto impositivo al 30 de abril de 2019 | 95.020.850 | 23.755.213 |
(1) En base a las estimaciones realizadas, dichos quebrantos podrán ser aplicados contra futuros ingresos gravados originados dentro de los diez años desde su generación (Ley 27.121).
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
$(C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 F° 17)$
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 COMISION FISCALIZADORA
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de abril de 2019 y 2018 (cont.)
NOTA 9 - RESULTADO POR ACCION
El resultado por acción por el ejercicio finalizado al 30 de abril de 2019 fue calculado en base a la cantidad promedio de acciones existentes al cierre del ejercicio. El resultado surge del cociente entre el resultado del ejercicio y el número de acciones ponderadas.
| 30.04.19 | |
|---|---|
| Resultado del ejercicio | (7.721.311) |
| Acciones ponderadas | 249.548.000 |
| Resultado por acción | (0, 031) |
NOTA 10 - ESTADO DE CAPITAL
En cumplimiento de lo requerido por la Inspección General de Justicia se informa que el estado del capital, expresado en moneda histórica, al 30 de abril de 2019 es el siguiente:
| Aprobado por | |||
|---|---|---|---|
| Capital | Valor nominal | Fecha | Instrumento/Órgano |
| Suscripto, inscripto e integrado | 100,000 | 05.07.2016 | Acta constitutiva |
| Suscripto, inscripto e integrado | 142.520.000 | 15.03.2018 | Acta de Asamblea Extraordinaria |
| Suscripto, inscripto e integrado | 29.160.000 | 24.05.2018 | Acta de Asamblea Extraordinaria |
| Suscripto, inscripto e integrado | 38.000.000 | 16.07.2018 | Acta de Asamblea Extraordinaria |
| Suscripto, no inscripto e integrado | 80.000.000 | 08.10.2018 | Acta de Asamblea Extraordinaria |
| Suscripto, no inscripto e integrado | 40.000.000 | 11.03.2019 | Acta de Asamblea Ordinaria |
| Capital suscripto | 329.780.000 |
Por acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas del 15 de marzo de 2018 se resolvió el aumento de capital social y suscripción de acciones de \$ 142.520.000, de los cuales \$ 135.394.000 corresponden a aportes efectuados por Capex S.A. y \$ 7.126.000 por Hychico S.A., emitiendo 142.520.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables de \$ 1 valor nominal cada una y un voto por acción. A la fecha de emisión de los presentes estados contables, dicho aumento de capital se encuentra inscripto en la Inspección General de Justicia de la República Argentina.
Por acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas del 24 de mayo de 2018 se resolvió el aumento de capital social y suscripción de acciones de \$ 29.160.000, de los cuales \$ 27.702.000 corresponden a aportes efectuados por Capex S.A. y \$ 1.458.000 por Hychico S.A., emitiendo 27.702.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables de \$ 1 valor nominal cada una y un voto por acción. A la fecha de emisión de los presentes estados contables, dicho aumento de capital se encuentra inscripto en la Inspección General de Justicia de la República Argentina.
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
(Socio) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 F° 17
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 COMISION FISCALIZADORA
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de abril de 2019 y 2018 (cont.)
NOTA 10 - ESTADO DE CAPITAL (CONT.)
Por acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas del 16 de julio de 2018 se resolvió el aumento de capital social y suscripción de acciones de \$38.000.000, de los cuales \$36.100.000 corresponden a aportes efectuados por Capex S.A. y \$ 1.900.000 por Hychico S.A., emitiendo 38.000.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables de \$1 valor nominal cada una y un voto por acción. A la fecha de emisión de los presentes estados contables, dicho aumento de capital se encuentra inscripto en la Inspección General de Justicia de la República Argentina.
Por acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas del 8 de octubre de 2018 se resolvió el aumento de capital social y suscripción de acciones de \$ 80,000,000, de los cuales \$ 76,000,000 corresponden a aportes efectuados por Capex S.A. y \$ 4.000.000 por Hychico S.A., emitiendo 80.000.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables de \$1 valor nominal cada una y un voto por acción. A la fecha de emisión de los presentes estados contables, dicho aumento de capital se encuentra totalmente integrado y pendiente de presentación en la Inspección General de Justicia de la República Argentina.
Por acta de Asamblea Ordinaria de Accionistas del 11 de marzo de 2019 se resolvió el aumento de capital social y suscripción de acciones de \$ 40.000.000, de los cuales \$ 38.000.000 corresponden a aportes efectuados por Capex S.A. y \$ 2.000.000 a ser efectuados por Hychico S.A., emitiendo 40.000.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables de \$ 1 valor nominal cada una y un voto por acción, ascendiendo el capital a la suma de \$ 329.780.000. A la fecha de emisión de los presentes estados contables, dicho aumento de capital se encuentra parcialmente integrado y pendiente de presentación en la Inspección General de Justicia de la República Argentina.
NOTA 11 - CONTRATO DE MUTUO ONEROSO CON CAPEX
Con fecha 24 de mayo de 2018 la Sociedad firmó un contrato de mutuo oneroso con Capex para el desarrollo del Parque Eólico Diadema II. Las características del contrato son:
Monto: El monto máximo total del contrato es de US\$ 15.000.000, los cuales serán desembolsados en tramos y a requerimiento de E G WIND.
Interés: devenga intereses a una tasa fija nominal anual del 8,10%. Los intereses se abonan trimestralmente a partir del primer desembolso.
Amortización: 23 cuotas trimestrales y consecutivas, venciendo la primera cuota el 25 de noviembre de 2019.
A la fecha de los presentes estados contables Capex realizó varios desembolsos por un total de US\$ 8.350.000 y la Sociedad abonó intereses, expresados en moneda histórica, por un total de \$10.127.937.
El saldo al cierre del ejercicio es de \$ 373.966.757 (capital más intereses), de los cuales \$ 27.064.754 son corrientes.
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
(Socio) C.P.C.E.C.A.B.A. T°1 F°17
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 COMISION FISCALIZADORA
Registro en la Inspección General de Justicia: 1.902.592
ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL al 30 de abril de 2019 y 2018
BIENES DE USO
| Valor de origen | 30.04.19 | 30.04.18 | ||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| Concepto | Al inicio del ejercicio |
Altas del ejercicio |
Transferencias del ejercicio |
Al cierre del ejercicio |
Neto resultante |
Neto resultante |
| s | S | S | S | S | s | |
| Parque Eólico Diadema II | ||||||
| Obras en curso | 105.014.579 | 1.178.790.250 | 154.638.374 | .438.443.203 | 1.438.443.203 | 105.014.579 |
| Resultados financieros activados | ٠ | 34.892.132 | ۰ | 34.892.132 | 34.892.132 | |
| Anticipos | 87.843.554 | 69.564.836 | (154.638.374) | 2.770.016 | 2.770.016 | 87.843.554 |
| Total al 30 de abril de 2019 | 192.858.133 | 1.283.247.218 | $\blacksquare$ | 1.476.105.351 | 1.476.105.351 | |
| Total al 30 de abril de 2018 | ¥. | 192.858.133 | $\blacksquare$ | 192.858.133 | 192.858.133 |
Véase nuestro informe de fecha
5 de julio de 2019
PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
$C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 F° 17$ (Socio)
Véase nuestro informe de fecha
5 de julio de 2019 COMISION FISCALIZADORA
ANEXO I
Registro en la Inspección General de Justicia: 1.902.592
ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL al 30 de abril de 2019 y 2018
ACTIVOS INTANGIBLES
| Valor de origen | 30.04.19 | 30.04.18 | |||
|---|---|---|---|---|---|
| Concepto | Al inicio del ejercicio |
Altas del ejercicio |
Al cierre del ejercicio |
Neto resultante |
Neto resultante |
| s | S | S | S | s | |
| Parque Eólico Diadema II | |||||
| Estudios de impacto ambiental | 355.057 | 86.861 | 441.918 | 441.918 | 355.057 |
| Estudios de ingeniería | 2.695.204 | 2.758.074 | 5.453.278 | 5.453.278 | 2.695.204 |
| Estudios diversos | 55.681 | 127.747 | 183.428 | 183.428 | 55.681 |
| Total al 30 de abril de 2019 | 3.105.942 | 2.972.682 | 6.078.624 | 6.078.624 | |
| Total al 30 de abril de 2018 | ٠ | 3.105.942 | 3.105.942 | 3.105.942 |
Véase nuestro informe de fecha
5 de julio de 2019 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
(Socio)
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17
Véase nuestro informe de fecha
5 de julio de 2019 COMISION FISCALIZADORA
ANEXO II
Registro en la Inspección General de Justicia: 1.902.592
÷.
ANEXO III
INFORMACION REQUERIDA POR EL ART. 64, INC. B) DE LA LEY Nº 19550 correspondiente al ejercicio económico iniciado el 1 de mayo de 2018 y finalizado el 30 de abril de 2019
| Concepto | Gastos preoperativos |
Total al 30.04.19 |
|---|---|---|
| Honorarios profesionales | 1.933.719 | 1.933.719 |
| Gastos de oficina, movilidad y representación | 823.539 | 823.539 |
| Impuestos, tasas, alquileres y seguros | 89.469 | 89.469 |
| Comisiones e impuestos bancarios | 5.119.893 | 5.119.893 |
| ∥Total al 30 de abril de 2019 | 7.966.620 | 7.966.620 |
Véase nuestro informe de fecha
5 de julio de 2019 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
$C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 F° 17$ (Socio)
Véase nuestro informe de fecha
5 de julio de 2019 COMISION FISCALIZADORA
Registro en la Inspección General de Justicia: 1.902.592
ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL al 30 de abril de 2019 y 2018
ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDA EXTRANJERA
Cuentas del Monto en Monto en estado de Cambio moneda moneda Rubros Clase Monto situación vigente nacional al nacional al patrimonial 30.04.19 30.04.18 \$ \$ ACTIVO ACTIVO CORRIENTE Caja y bancos Bancos USS 821.326 43,95 36.097.297 6.936.541 Total activo corriente 36.097.297 6.936.541 Total de activo 36.097.297 6.936.541 PASIVO PASIVO CORRIENTE Cuentas por pagar US\$ Proveedores 31.745.443 44.15 15.658.888 719.036 Sociedades art. 33 US\$ 4.933 44,15 217.785 55.681 Ley 19.550 Sociedades art. 33 Deudas financieras USS 613.018 44,15 27.064.754 Ley 19.550 Total del pasivo corriente 59.027.982 15.714.569 PASIVO NO CORRIENTE 259.038.262 Cuentas por pagar Proveedores US\$ 44,15 5.867.231 L Provisiones varias US\$ 567.546.361 44,15 12.854.957 Sociedades art. 33 USS Deudas financieras 7.857.350 44.15 346.902.003 $\sim$ Ley 19.550 Total del pasivo no corriente 1.173.486.626 u Total del pasivo 1.232.514.608 15.714.569
US\$ = Dólar estadounidense
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
(Socio) C.P.C.E.C.A.B.A. T°1F°17
Véase nuestro informe de fecha 5 de julio de 2019 COMISION FISCALIZADORA
Dr. Norberto Luis Feoli
ANEXO IV

INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES
A los señores Presidente y Directores de E G Wind S.A. Domicilio legal: Avenida Córdoba 948/950 Piso 5to Departamento C Ciudad Autónoma de Buenos Aires CUIT: 30-71572339-1
Informe sobre los estados contables
Hemos auditado los estados contables adjuntos de E G Wind S.A. (en adelante "la Sociedad"), que comprenden el estado de situación patrimonial al 30 de abril de 2019, los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujos de efectivo por el ejercicio económico finalizado en dicha fecha, así como un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa incluida en las notas y los anexos que los complementan.
Los saldos y otra información correspondientes al ejercicio 2018, son parte integrante de los estados contables auditados mencionados precedentemente y por lo tanto deberán ser considerados en relación con esos estados contables.
Responsabilidad de la Dirección
El Directorio de la Sociedad es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados contables adjuntos de conformidad con las normas contables profesionales argentinas. Asimismo, el Directorio es responsable de la existencia del control interno que considere necesario para posibilitar la preparación de estados contables libres de incorrecciones significativas originadas en errores o en irregularidades.
Responsabilidad de los auditores
Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los estados contables adjuntos basada en nuestra auditoría. Hemos llevado a cabo nuestro examen de conformidad con las normas argentinas de auditoría establecidas en la Resolución Técnica Nº 37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE). Dichas normas, exigen que cumplamos con los requerimientos de ética, así como que planifiquemos y ejecutemos la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable sobre si los estados contables se encuentran libres de incorrecciones significativas.
Price Waterhouse & Co. S.R.L., Bouchard 557, piso 8°, C1106ABG - Ciudad de Buenos Aires T: +(54.11) 4850.0000, F: +(54.11) 4850.1800, www.pwc.com/ar
Price Waterhouse & Co. S.R.L. es una firma miembro de la red global de PricewaterhouseCoopers International Limited (PwCIL). Cada una de las firmas es una entidad legal separada que no actúa como mandataria de PwCIL ni de cualquier otra firma miembro de la red.

Una auditoría conlleva la aplicación de procedimientos para obtener elementos de juicio sobre las cifras y otra información presentada en los estados contables. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluyendo la valoración del riesgo de incorrecciones significativas en los estados contables. Al efectuar dicha valoración del riesgo, el auditor debe tener en consideración el control interno pertinente para la preparación y presentación razonable por parte de la Sociedad de los estados contables, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean adecuados, en función de las circunstancias, y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la Sociedad. Una auditoría también comprende una evaluación de la adecuación de las políticas contables aplicadas, de la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas por la dirección de la Sociedad y de la presentación de los estados contables en su conjunto.
Consideramos que los elementos de juicio que hemos obtenido proporcionan una base suficiente y adecuada para fundamentar nuestra opinión de auditoría.
Opinión
En nuestra opinión los estados contables adjuntos presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación patrimonial de E G Wind S.A. al 30 de abril de 2019, así como sus resultados, la evolución del patrimonio neto y el flujo de su efectivo correspondiente al ejercicio terminado en esa fecha, de conformidad con las normas contables profesionales argentinas.
Informe sobre cumplimiento de disposiciones vigentes
En cumplimiento de disposiciones vigentes informamos que:
- a) al 30 de abril de 2019, dado que E G Wind S.A. no posee personal en relación de dependencia, no existen deudas en concepto de aportes y contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino;
- b) hemos aplicado los procedimientos sobre prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo para E G Wind S.A. previstos en las correspondientes normas profesionales emitidas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 5 de julio de 2019.
PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.
(Socio)
C.P.C.E.C.A.B.A. To 1 Fo 17 Dr. Nicolás A. Carusoni Contador Público (UM) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 252 F° 141
INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA
Señores Accionistas de E G WIND S.A. Domicilio legal: Avenida Córdoba 948/950 Piso 5 C Ciudad Autónoma de Buenos Aires CUIT: 30-71572339-1
En nuestro carácter de miembros de la Comisión Fiscalizadora de E G WIND S.A., de acuerdo con lo dispuesto por el inc. 5 del art. 294 de la Ley General de Sociedades, hemos examinado los documentos detallados en el párrafo siguiente.
Documentos examinados
- a) Estado de situación patrimonial al 30 de abril de 2019.
- b) Estado de resultados por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2019.
- c) Estado de evolución del patrimonio neto por el ejerciciofinalizado el 30 de abril de 2019.
- d) Estado de flujo de efectivo por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2019.
- e) Notas 1 a 11 y anexos I a IV.
- f) Inventario al 30 de abril de 2019.
- g) Memoria de la Dirección por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2019.
Responsabilidad de la Dirección en relación con los estados contables
La Dirección es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados contables adjuntos de conformidad con las normas contables profesionales argentinas, y del control interno que la Dirección considere necesario para permitir la preparación de estados contables libres de incorrecciones significativas.
Responsabilidad del Síndico
Nuestro examen fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes establecidas en la Res. Técnica F.A.C.P.C.E. 15 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas requieren que el examen de los estados contables se efectúe de acuerdo con las normas de auditoría vigentes, e incluye la verificación de la congruencia de los documentos examinados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales.
Para realizar nuestra tarea profesional sobre los documentos detallados en los ítems a) a f) precedentes, hemos revisado la auditoría efectuada por los auditores externos de E G WIND S.A., Price Waterhouse& Co. S.R.L., quienes emitieron su informe en el día de la fecha, de acuerdo con las normas de auditoría vigentes. Dicha revisión incluyó la verificación de la planificación del trabajo, de la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos aplicados y de los resultados de la auditoría efectuada por dichos profesionales. Los profesionales mencionados han llevado a cabo su examen sobre los estados contables adjuntos de conformidad con las normas de auditoría establecidas en la Res. Técnica F.A.C.P.C.E. 37/13 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas exigen
que cumplan con los requerimientos de ética, así como que planifiquen y ejecuten la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los estados contables estén libres de incorrecciones significativas.
Una auditoría conlleva la aplicación de procedimientos para obtener elementos de juicio sobre las cifras y la información presentadas en los estados contables. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluida la valoración de los riesgos de incorrecciones significativas en los estados contables. Al efectuar dichas valoraciones del riesgo, el auditor tiene en cuenta el control interno pertinente para la preparación y presentación razonable por parte de la entidad de los estados contables, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la entidad. Una auditoría también incluve la evaluación de la adecuación de las políticas contables aplicadas y de la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas por la Dirección de la entidad, así como la evaluación de la presentación de los estados contables en su conjunto.
Dado que no es responsabilidad del síndico efectuar un control de gestión, el examen no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva de la Dirección.
Consideramos que los elementos de juicio que hemos obtenido proporcionan una base suficiente y adecuada para nuestra opinión de auditoría.
Asimismo, en relación con la Memoria de la Dirección correspondiente al ejercicio terminado el 30 de abril de 2019, hemos verificado que contiene la información requerida por el art. 66 de la Ley General de Sociedades y, en lo que es materia de nuestra competencia, que sus datos numéricos concuerdan con los registros contables de la Sociedad y otra documentación pertinente.
Opinión
- a) Basado en el examen realizado, con el alcance descripto en el apartado precedente, en nuestra opinión, los estados contables adjuntos presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación patrimonial de E G WIND S.A. al 30 de abril de 2019 y los resultados de sus operaciones, la evolución del patrimonio neto y el flujo de efectivo por el ejercicio terminado en dicha fecha, de acuerdo con las normas contables profesionales argentinas.
- b) En relación con la Memoria de la Dirección, no tenemos observaciones que formular, en lo que es materia de nuestra competencia, siendo las afirmaciones sobre hechos futuros responsabilidad exclusiva de la Dirección.
Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios
En cumplimiento de disposiciones vigentes informamos que:
- a) Los estados contables adjuntos y el correspondiente inventario surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
- b) Hemos verificado que los auditores externos, en su informe de auditoría, indican bajo el inciso b) del acápite "Informe sobre cumplimiento de disposiciones vigentes" que han dado cumplimiento a la norma profesional emitida por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo.
c) Se ha dado cumplimiento a las Resoluciones 7/15 y 9/15 de la Inspección General de Justicia respecto de la constitución de las garantías de los Directores.
$\overline{\mathcal{Z}}$
Ciudad Autónoma de la Ciudad de Buenos Aires, 5 de julio de 2019.
Por Comisión Fiscalizadora
Norberto Luis Feoli Síndico Titular Contador Público (U.B.A.)
C.P.C.E.C.A.B.A. T°50 F° 212
A continuación se presentan las conciliaciones solicitadas en el punto XXIII.11.3.10 del Libro 7 de las Normas de la Comisión Nacional de Valores (T.O. 2001). Si bien se presentan en forma conjunta con los estados contables de E G WIND S.A. al 30 de abril de 2019 sobre los cuales los auditores externos de la Sociedad han emitido su correspondiente informe de los auditores, las mencionadas conciliaciones no forman parte de dichos estados contables.
Conciliaciones del Patrimonio Neto y Resultado Neto requeridas por RG N° 592 y RG N° 611 CNV
La Comisión Nacional de Valores ("CNV"), organismo de contralor de la sociedad controlante Capex S.A., a través de las Resoluciones Generales Nº 562/09 y 576/10, ha establecido la aplicación de las Resoluciones Técnicas Nº 26 y 29 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas ("FACPCE"), que adoptan las Normas Internacionales de Información Financiera ("NIIF", IFRS por sus siglas en inglés), emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB por sus siglas en inglés), para las entidades incluidas en el régimen de oferta pública de la Ley N° 17.811, va sea por su capital o por sus obligaciones negociables, o que hayan solicitado autorización para estar incluidas en el citado régimen.
La aplicación de tales normas resulta obligatoria para la sociedad controlante que adoptó las NIIF emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad en su totalidad a partir del ejercicio iniciado el 1 de mayo de 2012.
Conciliaciones requeridas entre las NIIF y las normas contables profesionales vigentes en Argentina
De acuerdo con lo requerido por las disposiciones de las Resoluciones generales Nº 592 y Nº 611 de la CNV, se incluyen a continuación las conciliaciones del patrimonio neto determinado de acuerdo con NCP ARG y el determinado de acuerdo con las NIIF al 30 de abril de 2019 y 2018, y la conciliación del resultado integral por el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2019.
a) Conciliación del patrimonio al 30 de abril de 2019 y 2018
| Nota | 30.04.19 | 30.04.18 | |
|---|---|---|---|
| Patrimonio neto bajo NCP ARG | 454.228.536 | 223.966.441 | |
| Valuación de Activos intangibles Impuesto diferido |
(1) (2) |
(6.078.624) 1.823.587 |
(3.105.942) 1.087.080 |
| Patrimonio bajo NIIF | 449.973.499 | 221.947.579 |
b) Conciliación del resultado correspondiente al ejercicio finalizado el 30 de abril de 2019
| Nota | 30.04.19 | |
|---|---|---|
| Resultado del ejercicio bajo NCP ARG | (7.721.311) | |
| Valuación de Activos intangibles | (1) | (2.972.682) |
| Impuesto diferido | (2) | 736.507 |
| Resultado integral del ejercicio bajo NIIF | (9.957.486) |
Conciliaciones requeridas entre las NIIF y las normas contables profesionales vigentes en Argentina (cont.)
c) Explicación de las partidas conciliatorias
(1) Valuación de activos intangibles
De acuerdo con las NCP ARG, los activos intangibles comprenden estudios relacionados con el Parque Eólico. A efectos de aplicación de las NIIF, los estudios mencionados son considerados costos preoperativos y por lo tanto deben ser imputados a pérdida. El efecto en el patrimonio neto es una disminución de \$ 6.078.624 y \$ 3.105.942 al 30 de abril de 2019 y 2018 y en resultados una pérdida de \$ 2.972.682 al 30 de abril de 2019.
(2) Impuesto diferido sobre ajustes de conversión a las NIIF
Corresponde al efecto sobre el impuesto diferido de los ajustes para hacer la conversión a las NIIF.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 5 de julio de 2019
Pablo Götz Presidente