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ASSERCA S.R.L. — Capital/Financing Update 2025
Jun 4, 2025
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Capital/Financing Update
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PROSPECTO DE EMISIÓN DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADAS
EMISORA
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ASSERCA S.R.L. Teléfono: + (54 11) 4552-4357 Correo Electrónico: [email protected]
OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADAS SERIE I SIMPLES, DENOMINADAS, INTEGRADAS Y PAGADERAS EN PESOS A UNA TASA DE INTERÉS VARIABLE CON VENCIMIENTO A LOS 24 MESES CONTADOS DESDE LA FECHA DE EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN
POR UN VALOR NOMINAL MÁXIMO DE HASTA $ 1.200.000.000 (PESOS MIL DOSCIENTOS MILLONES) (O SU EQUIVALENTE EN OTRAS MONEDAS O UNIDADES DE VALOR)
El presente prospecto de oferta pública de obligaciones negociables bajo el RÉGIMEN PYME CNV GARANTIZADA (el “Prospecto”) corresponde a las obligaciones negociables simples Serie I, denominadas, suscriptas, a ser integradas y pagaderas en Pesos, a una tasa de interés variable con vencimiento a los 24 (veinticuatro) meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación (según este término se define más adelante) (las “Obligaciones Negociables Serie I” o las “Obligaciones Negociables”); por un valor nominal máximo de hasta $ 1.200.000.000 (Pesos mil doscientos millones) (o su equivalente en otras monedas o unidades de valor) que serán emitidas por ASSERCA S.R.L. (la “Emisora”, la “Compañía” o la “Sociedad”, indistintamente) bajo el RÉGIMEN PYME CNV GARANTIZADA conforme a la Ley Nº 23.576 de Obligaciones Negociables, la Ley N° 26.831 de Mercado de Capitales y sus modificatorias complementarias (la “Ley de Mercado de Capitales”), las Normas de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”), según texto por la Resolución Nº 622/2013 de la CNV y sus complementarias y modificatorias (las “Normas de la CNV”).
OFERTA PÚBLICA AUTORIZADA EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY N° 26.831, LOS DECRETOS N° 1.087/93, 1.023/13 Y LAS NORMAS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES (T.O. 2013 Y MOD.), REGISTRADA BAJO DISPOSICIÓN N° DI-2025-89-APNGE#CNV DE FECHA 22 DE MAYO DEL 2025. ESTA AUTORIZACIÓN SÓLO SIGNIFICA QUE SE HAN CUMPLIDO CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN MATERIA DE INFORMACIÓN ESTABLECIDOS EN EL RÉGIMEN PYME CNV GARANTIZADA. LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES NO HA EMITIDO JUICIO SOBRE LOS DATOS CONTENIDOS EN EL PROSPECTO. LA VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA EN EL PRESENTE PROSPECTO ES EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN DE LA EMISORA Y DEMÁS RESPONSABLES SEGÚN LOS ARTÍCULOS 119 Y 120 DE LA LEY N° 26.831. EL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN MANIFIESTA, CON CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA, QUE EL PRESENTE PROSPECTO CONTIENE, A LA FECHA DE SU PUBLICACIÓN, INFORMACIÓN VERAZ Y SUFICIENTE CONFORME A LO REQUERIDO POR LAS NORMAS VIGENTES. LOS INVERSORES DEBEN TENER EN CUENTA AL MOMENTO DE REALIZAR SU INVERSIÓN QUE EL SUJETO EMISOR, EN RELACIÓN CON LA PRESENTE, CONTARÁ CON UN RÉGIMEN INFORMATIVO DIFERENCIADO DEBIDO A QUE ESTA EMISIÓN SE EFECTÚA BAJO EL RÉGIMEN GARANTIZADO POR UNA ENTIDAD DE GARANTÍA AUTORIZADA POR LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, LO QUE IMPLICARÁ QUE SE LES APLICARÁ EL RÉGIMEN INFORMATIVO DIFERENCIADO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 24 DE LA SECCIÓN VI DEL CAPÍTULO VI DEL TÍTULO II DE LAS NORMAS DE LA CNV.
LA OFERTA PÚBLICA PRIMARIA DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES SERIE I, QUE SE EMITEN EN EL MARCO DEL PRESENTE, ASÍ COMO SU NEGOCIACIÓN SECUNDARIA, ESTÁN DESTINADAS AL PÚBLICO INVERSOR EN GENERAL.
LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES AUTORIZADAS A OFERTA PÚBLICA SÓLO
Firmado digitalmente Matias Jose por Matias Jose Trombetta Fecha: 2025.06.03 Trombetta 14:32:39 -03'00'
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PUEDEN NEGOCIARSE PÚBLICAMENTE EN MERCADOS AUTORIZADOS DEL PAÍS.
SE HACE SABER QUE CADA UNO DE LOS INVERSORES PODRÁ PRESENTAR, SIN LIMITACIÓN ALGUNA, MÁS DE UNA ORDEN DE COMPRA, CON DISTINTO MONTO SOLICITADO Y MARGEN SOLICITADO, CON LA LIMITACIÓN DE QUE NINGÚN INVERSOR PODRÁ PRESENTAR ÓRDENES DE COMPRA CUYOS MONTOS SOLICITADOS SUPEREN EL MONTO MÁXIMO DE EMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES, YA SEA QUE SE PRESENTEN EN UNA O MÁS ÓRDENES DE COMPRA DEL MISMO INVERSOR.
LA EMISORA DECLARA QUE SUS BENEFICIARIOS FINALES, Y LAS PERSONAS HUMANAS O JURÍDICAS QUE POSEAN COMO MÍNIMO EL DIEZ POR CIENTO (10%) DE SU CAPITAL O DE LOS DERECHOS A VOTO, Y/O QUE POR OTROS MEDIOS EJERCEN EL CONTROL FINAL YA SEA DIRECTA O INDIRECTAMENTE SOBRE LA SOCIEDAD, NO REGISTRAN CONDENAS POR DELITOS DE LAVADO DE ACTIVOS Y/O FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y/O NO FIGURAN EN LAS LISTAS DE TERRORISTAS Y ORGANIZACIONES TERRORISTAS EMITIDAS POR EL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS.
TENIENDO EN CUENTA PARA ELLO LA CREACIÓN DEL REGISTRO DE PERSONAS Y ENTIDADES VINCULADAS A ACTOS DE TERRORISMO Y SU FINANCIAMIENTO (REPET) DISPUESTA POR EL DECRETO N° 489/2019 (B.O. 1-7-19).
ANTES DE TOMAR CUALQUIER DECISIÓN DE INVERSIÓN RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES, EL PÚBLICO INVERSOR DEBERÁ REALIZAR SU PROPIO ANÁLISIS SOBRE LA SOCIEDAD, LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES Y LOS RIESGOS INVOLUCRADOS.
LA EMISORA ASUME EXPLÍCITAMENTE LA RESPONSABILIDAD POR LAS DECLARACIONES REALIZADAS EN EL PRESENTE PROSPECTO Y SOBRE LA COMPLETITUD EN LA DIVULGACIÓN DE LOS RIESGOS INVOLUCRADOS Y LA SITUACIÓN DE LA EMISORA, DEJANDO CLARO QUE SE BASA EN LA INFORMACIÓN DISPONIBLE Y EN LAS ESTIMACIONES RAZONABLES DE SU ADMINISTRACIÓN.
Se advierte al público inversor que la Emisora cumple con los requisitos previstos en el Decreto N°621/2021 (“Decreto N° 621”). Atento a ello, en caso de que el Agente de Depósito Colectivo y/o la Emisora incumplan con los deberes de información previstos por la Resolución General N° 917 de la CNV podría dejar de gozar de las exenciones impositivas respecto al impuesto a las ganancias y/o al impuesto a los bienes personales de los que gozaría el potencial inversor en su carácter tenedor de las Obligaciones Negociables a emitirse en el marco del presente.
El Prospecto se encuentra a disposición del público inversor: en su versión impresa: (i) en el horario habitual de la actividad comercial, en la sede de la Sociedad, 14 de Julio 642, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Teléfono + (54 11) 4552-4357, Correo Electrónico [email protected] y (ii) en el domicilio informado del Colocador. Asimismo, el Prospecto se encuentra disponible digitalizado en: (i) el sitio web la CNV: https://www.argentina.gob.ar/cnv (la “Página Web de la CNV”); (ii) el boletín diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, disponible en https://bolsar.info/ (el “Boletín Diario de la BCBA”); y (iii) en el sitio web del A3 Mercados S.A. (“A3 Mercados”), www.a3mercados.com.ar, bajo la sección “Mercado Primario” (“la Página Web de A3 Mercados”).
Firmado digitalmente Matias Jose por Matias Jose Trombetta Trombetta Fecha: 2025.06.03 14:33:37 -03'00'
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ORGANIZADOR, COLOCADOR Y ENTIDAD DE GARANTÍA
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BANCO CMF S.A.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV N° 63 Teléfono: 011 4318-6800 Correo electrónico: [email protected]
La fecha de este Prospecto es 04 de junio 2025
Matias Firmado digitalmente por Jose Matias Jose Trombetta Trombetta Fecha: 2025.06.03 14:34:06 -03'00'
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I. DESCRIPCIÓN DE LA EMISORA
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a. Denominación, tipo societario y datos de contacto : ASSERCA S.R.L., CUIT: 33710735609 es una sociedad de responsabilidad limitada con domicilio social en 14 de Julio 642, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Teléfono: + (54 11) 4552-4357; correo electrónico [email protected].
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b. Sede de administración: la sede de la administración se encuentra sita 14 de Julio 642, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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c. Fecha de Constitución, plazo de duración y datos de inscripción en el registro público: ASSERCA S.R.L. fue constituida el 16 de julio de 2008, e inscripta en el Registro Público local el 3 de septiembre de 2008, bajo el N° 9009, del Libro N° 129, tomo - de Sociedades de Responsabilidad Limitada. El plazo de duración de la sociedad es de noventa y nueve años, contados a partir del 16 de julio de 2008, fecha de constitución de la sociedad.
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d. Descripción y actividad principal de la Emisora: La Emisora tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: A) INDUSTRIAL: La producción, fabricación, elaboración, subdivisión, fraccionamiento y/o preparación de soluciones para nutrición, drogas y medicamentos de uso humano o animal en todas sus variantes o combinaciones. La prestación de servicios de apoyo nutricional de alimentación parenteral y/o enteral. Mezclas de soluciones intravenosas. La asistencia a los pacientes, internados o ambulatorios, en centros asistenciales, consultorios o a domicilio. Asesoramiento científico. Expender específicos, recetas magistrales, productos farmacéuticos, de laboratorio, y todos los rubros propios de la actividad farmacéutica, conforme a lo determinado por las normas vigentes. B) COMERCIAL: La compra, venta, importación y/o exportación, representación, distribución, consignación, comisión de materiales, productos, equipos, aparatos, instrumental y todo otro elemento que se destine al uso y práctica de la medicina.
Productos comercializados: Guantes de Latex, Jeringas Hipodérmicas, Agujas intravenosas, Guías de Suero, Bolsas para Sangre, Filtros de Leuco reducción, Catéteres intravenosos, Termómetros Digitales, Líneas de Sangre, Agujas de Fistula, Hemodializadores, Tubos para extracción de sangre al Vacío, Llaves de tres vías, Barbijos y el reciente producto lanzado que consta en fabricar la mezcla necesaria para inyectar en bolsas destinadas a la alimentación parenteral.
Jurisdicciones en las que desarrolla sus negocios: Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires, San Juan, Córdoba, Santa Fe, Mendoza, Corrientes, San Luis y Entre Ríos.
Empleados: a la fecha del presente Prospecto la Emisora cuenta con un total de 45 empleados.
Se deja constancia de que, con fecha 9 de abril de 2025, mediante reunión de socios, se aprobaron los últimos estados contables de la Sociedad correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2024.
- e. Monto promedio de los ingresos totales anuales según las Normas de la CNV y pasivo total de la Emisora según último balance disponible:
Se informa que a la fecha del presente Prospecto no han existido variaciones significativas respecto a los Estados Contables de la Sociedad al 31 de diciembre de 2024.
| BALANCE | 31.12.2024 | 31.12.2023 | 31.12.2022 | PROMEDIO |
|---|---|---|---|---|
| VENTAS/INGRESOS | $ 10.037.175.199 | $ 4.109.977.488 | $ 1.714.510.802 | $ 5.287.221.163 |
| Conforme Estado de Resultados en Pesos en Moneda Homogénea al_31.12.2024_según corresponda. |
Matias Jose Firmado digitalmente por Matias Jose Trombetta Trombetta Fecha: 2025.06.03 14:37:21 -03'00'
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| BALANCE | 31.12.2024 |
|---|---|
| Pasivo corriente | $3.225.277.011 |
| Pasivo no corriente | $1.482.409.160 |
| Pasivo total | $4.707.686.171 |
Conforme Estado de Situación Patrimonial en Pesos en Moneda Homogénea al 31.12.2024.
Se informa al público inversor que no se han introducido modificaciones significativas con posterioridad al cierre del ejercicio de la Sociedad.
Se informa al público inversor que no se han distribuido honorarios profesionales a los socios gerentes por el último ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2024.
Firmado digitalmente Matias Jose por Matias Jose Trombetta Trombetta Fecha: 2025.06.03 14:37:35 -03'00'
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II. CONDICIONES DE LA EMISIÓN
Emisora: ASSERCA S.R.L.
Denominación:
Obligaciones Negociables PyME CNV Garantizadas Serie I.
Organizador, Colocador, Banco CMF S.A. (el “Organizador”, el “Colocador” y la “Entidad de Entidad de Garantía y Garantía”, según sea el caso y el contexto lo requiera). Agente de Cálculo: Monto de la Emisión: El valor nominal de las Obligaciones Negociables será de $ 1.200.000.000 (Pesos mil doscientos millones) (o su equivalente en otras monedas o unidades de valor) (el “Monto Máximo de la Emisión”).
LA EMISORA PODRÁ DECLARAR DESIERTO EL PROCESO DE ADJUDICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES. EN CASO DE QUE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES SE DECLAREN DESIERTAS NO SE EMITIRÁ OBLIGACIÓN NEGOCIABLE ALGUNA. ESTA CIRCUNSTANCIA NO GENERARÁ RESPONSABILIDAD ALGUNA POR PARTE DEL ORGANIZADOR NI DEL COLOCADOR, NI LA EMISORA, NI OTORGARÁN A LOS INVERSORES DERECHO A COMPENSACIÓN NI INDEMNIZACIÓN ALGUNA.
Moneda de Integración, Las Obligaciones Negociables Serie I estarán denominadas, serán Denominación y Pago: integradas y pagaderas en Pesos argentinos en la República Argentina. Garantía de las Las Obligaciones Negociables Serie I estarán garantizadas por el Obligaciones Certificado de Garantía (tal como se definen más adelante) a ser otorgada Negociables: por la Entidad de Garantía, en concepto de capital, intereses y gastos. Para más información, véase la Sección III. “ Garantía ” de este Prospecto. Unidad Mínima de La unidad mínima de negociación de las Obligaciones Negociables Serie Negociación: I será de $ 1 (Pesos uno) y múltiplos enteros de $ 1 (Pesos uno) por encima de dicho monto.
Monto Mínimo de El monto mínimo de suscripción de las Obligaciones Negociables Serie I Suscripción: será de $ 500.000 (Pesos quinientos mil) y múltiplos enteros de $ 1 (Pesos uno) superiores a dicho monto.
Valor Nominal Unitario: El valor nominal unitario de las Obligaciones Negociables será de $ 1 (Pesos uno).
Descripción: Las Obligaciones Negociables serán ofrecidas bajo el régimen PYME CNV Garantizadas y serán simples. Tendrán en todo momento igual prioridad de pago entre sí y estarán garantizadas por Banco CMF S.A. en los términos expuestos en la Sección III ( Garantía ) del presente Prospecto.
Período de Es el período comprendido entre una Fecha de Pago de Intereses y la Fecha Devengamiento de de Pago de Intereses siguiente, incluyendo el primer día y excluyendo el Intereses: último día. El primer Período de Devengamiento de Intereses será el comprendido entre la Fecha de Emisión y Liquidación, y la primera Fecha de Pago de Intereses, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. Los intereses serán pagaderos trimestralmente por período vencido desde la Fecha de Emisión y Liquidación en las fechas que sean un número de día idéntico al de la Fecha de Emisión y Liquidación, pero del correspondiente mes en que los intereses deban ser abonados o, de no ser un Día Hábil (conforme dicho término se define más adelante) o no existir
Firmado digitalmente Matias Jose por Matias Jose Trombetta Trombetta Fecha: 2025.06.03 14:37:49 -03'00'
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dicho día, el primer Día Hábil posterior (cada una, una “Fecha de Pago de Intereses”). La última Fecha de Pago de Intereses será en la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Serie I. Las Fechas de Pago de Intereses serán informadas mediante un aviso de resultados a ser publicado en la Autopista de la Información Financiera (“AIF”) y en los sistemas informáticos de los mercados autorizados donde se listen y/o negocien las Obligaciones Negociables Serie I (el “Aviso de Resultados”).
“Día Hábil” significa cualquier día que no sea sábado, domingo o cualquier otro día en el cual los bancos comerciales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o los mercados de valores autorizados no estuvieran autorizados o requeridos por las disposiciones legales vigentes a cerrar o que, de otra forma, no estuvieran abiertos para operar o tuvieran alguna restricción para operar dispuesta por el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”). Si una fecha de pago no fuera un Día Hábil, el pago deberá hacerse el Día Hábil inmediato posterior, salvo que ese día caiga después de la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Serie I, caso en el cual el pago deberá hacerse el Día Hábil inmediato anterior. En el caso de que el día en el que debe realizarse el pago sea un día que no tenga numeración correspondiente en el mes calendario que corra (por ejemplo, el día 29 de febrero en un año no bisiesto), ese pago deberá realizarse el último Día Hábil de ese mes calendario. Cualquier pago adeudado bajo las Obligaciones Negociables Serie I efectuado en dicho Día Hábil inmediatamente posterior tendrá la misma validez que si hubiera sido efectuado en la fecha en la cual vencía el mismo, devengándose los intereses durante el período comprendido entre dicha fecha y el día inmediato anterior al del efectivo pago.
Base para el cómputo de los días:
Tasa de Interés:
Tasa de Referencia:
Para el cálculo de los intereses se considerará la cantidad real de días transcurridos y un año de trescientos sesenta y cinco (365) días (cantidad real de días transcurridos/365).
Las Obligaciones Negociables Serie I devengarán intereses, sobre su capital pendiente de pago a una tasa de interés nominal anual variable determinada sobre la base de la Tasa de Referencia más el Margen Aplicable a licitarse (según estos términos se definen a continuación) y que será informada en el Aviso de Resultados (la “Tasa de Interés de las Obligaciones Negociables Serie I”).
Será el promedio aritmético simple de la tasa mayorista Argentina para depósitos a plazo fijo de más de $1.000.000.000 (Pesos mil millones) por períodos de entre treinta (30) y treinta y cinco (35) días de plazo de bancos privados de Argentina publicada por el BCRA (la “Tasa TAMAR Privada”), durante el período que se inicia el séptimo Día Hábil anterior al inicio de cada Período de Devengamiento de Intereses (según se define más adelante) y finaliza el séptimo Día Hábil anterior a la Fecha de Pago de Intereses correspondiente (excluido este último). En caso de que la Tasa TAMAR Privada dejare de ser informada por el BCRA, se tomará: (i) la tasa sustituta de la Tasa TAMAR Privada que informe el BCRA o (ii) en caso de no existir o no informarse la tasa sustituta indicada en (i) precedente, el Agente de Cálculo calculará la Tasa de Referencia, considerando el promedio de tasas informadas para depósitos a plazos fijo de más de $1.000.000.000 (Pesos mil millones), o el monto que resulte actualizado anualmente, por períodos de entre treinta (30) y treinta y cinco (35) días de plazo de los cinco (5) primeros bancos privados de Argentina. A fin de seleccionar los cinco (5) primeros bancos privados se considerará el último informe de depósitos disponibles publicados por el BCRA.
Firmado digitalmente Matias Jose por Matias Jose Trombetta Fecha: 2025.06.03 Trombetta 14:38:02 -03'00'
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Margen Aplicable:
Es la cantidad de puntos básicos (expresada como un porcentaje nominal anual truncado a dos decimales) (“Margen Aplicable”) a ser adicionado a la Tasa de Referencia de las Obligaciones Negociables Serie I en cada Período de Devengamiento de Intereses. El Margen Aplicable será determinado a través del proceso licitatorio descripto en el presente Prospecto, e informado con anterioridad a la Fecha de Emisión y Liquidación sobre la base del resultado del procedimiento de colocación y adjudicación de las Obligaciones Negociables Serie I detallado en el apartado “ Adjudicación. Determinación del Margen aplicable y/o Precio de Emisión ” de esta sección del Prospecto e informado mediante el Aviso de Resultados. El Margen Aplicable podrá ser mayor, igual a 0,00% o negativo. En caso de que el Margen Aplicable fuera negativo, los puntos básicos en cuestión serán detraídos de la Tasa de Referencia en la Fecha de Pago de Intereses según pudiera aplicar. En el caso de que la Tasa de Interés diera resultado negativo, se entenderá que la Tasa de Interés es 0,00%.
Fechas de Pago de Los intereses serán pagaderos trimestralmente por período vencido, Intereses: comenzando su pago en la fecha en que se cumplan 3 (tres) meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación. Las fechas en las cuales se abonarán los intereses de las Obligaciones Negociables Serie I serán informadas en el Aviso de Resultados (cada una, una “Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables Serie I” y junto con la Fecha de Amortización de las Obligaciones Negociables Serie I, las “Fechas de Pago de las Obligaciones Negociables Serie I”). La última Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables Serie I será el mismo día de la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Serie I.
Fecha de Vencimiento: Será en la fecha en que se cumplan 24 (veinticuatro) meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación y será informada en el Aviso de Resultados (la “Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Serie I” o “Fecha de Vencimiento”).
Amortización y Fechas La amortización de las Obligaciones Negociables Serie I será realizada en de Pago de 4 pagos, conforme surge a continuación: (i) 25% (veinticinco por ciento) Amortización: a los 6 (seis) meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación; (ii) 25% (veinticinco por ciento) a los 12 (doce) meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación; (iii) 25% (veinticinco por ciento) a los 18 (dieciocho) meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación; y (iv) 25% (veinticinco por ciento) a los 24 (veinticuatro) meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación (cada una de ellas, una “Fecha de Amortización de las Obligaciones Negociables Serie I”).
Agente Creador: Banco CMF S.A. será el encargado de generar en el Sistema SIOPEL el pliego de licitación de la colocación primaria de las Obligaciones Negociables.
Agentes y todo otro La Emisora designó a Banco CMF S.A., Agente de Liquidación y interviniente en el Compensación y Agente de Negociación Integral matrícula N° 63 de la proceso de emisión y CNV como Organizador y Colocador, cuya comisión será de 1,50% (uno colocación y gastos 50/100 por ciento) por el monto efectivamente suscripto, integrado y correspondientes: emitido de las Obligaciones Negociables Serie I, que será pagadera con el producido de la colocación.
Además, la Emisora designó a Banco CMF S.A. como Entidad de Garantía, cuya comisión será de 4% (cuatro por ciento) calculado sobre el capital pendiente de pago, pagadero por semestre adelantado, más el 4% (cuatro por ciento) sobre los intereses pendientes de pago, pagaderos trimestralmente por período vencido. Todo ello, más el IVA en caso de
Firmado digitalmente Matias Jose por Matias Jose Trombetta Trombetta Fecha: 2025.06.03 14:38:14 -03'00'
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corresponder.
El gasto pertinente al asesoramiento legal de la Emisora, para la emisión de las Obligaciones Negociables Serie I, llevado a cabo por el estudio jurídico Marval O’Farrell Mairal no podrá superar el 0,30% (30/100 por ciento) del Monto Máximo de la Emisión. Asimismo, las Obligaciones Negociables Serie I se encuentran garantizadas por el Certificado de Garantía emitido por la Entidad de Garantía.
Agentes Habilitados:
Son agentes del A3 Mercados, los agentes adherentes del A3 Mercados, los agentes habilitados y/o demás intervinientes o intermediarios que oportunamente sean autorizados por Agente de Liquidación para ingresar a Ofertas de Compra en la rueda del Sistema SIOPEL en que se encuentra habilitada la Subasta Pública de las Obligaciones Negociables, excluyendo a los efectos del presente al Colocador (los “Agentes del A3 Mercados”).
Forma:
Las Obligaciones Negociables Serie I estarán representadas en un certificado global permanente, a ser depositado en Caja de Valores S.A. (la “CVSA”) de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 24.587 de Nominativita de los Títulos Valores Privados. Los tenedores renuncian al derecho a exigir la entrega de láminas individuales. Las transferencias se realizarán dentro del sistema de depósito colectivo, conforme a la Ley Nº 20.643 y sus posteriores modificaciones, encontrándose habilitada la CVSA para cobrar los aranceles de los depositantes, que éstos podrán trasladar a los tenedores.
Precio de Emisión de las 100% del valor nominal (a la par). Obligaciones Negociables Serie I:
Pago de Servicios de Interés y Amortización:
Los pagos a ser realizados en las Fechas de Amortización de las Obligaciones Negociables Serie I y Fechas de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables Serie I serán efectuados por la Emisora mediante la transferencia de los importes correspondientes a CVSA para su acreditación en las cuentas de los tenedores con derecho a cobro.
La amortización y pagos de los intereses correspondientes a las obligaciones negociables serán efectuados por la Emisora mediante la transferencia de los importes correspondientes al Agente de Depósito Colectivo indicado en el apartado de Agente de Depósito Colectivo, anterior para su acreditación en las cuentas de los tenedores con derecho a cobro.
Mecanismo de La colocación de las Obligaciones Negociables Serie I será realizada por Colocación: subasta o licitación pública, a través del sistema informático de colocaciones primarias “SIOPEL” de propiedad de y operado por el A3 Mercados bajo la modalidad “abierta” conforme lo dispuesto en las Normas de la CNV y de los mercados autorizados en los cuales las mismas se listen y/o negocien (incluyendo, sin limitación, el A3 Mercados). En la oportunidad que determinen la Emisora y el Colocador en forma conjunta, luego de aprobada la oferta pública de las Obligaciones Negociables Serie I por parte de la CNV, se publicará un aviso de suscripción en la AIF de la CNV, como asimismo, en el sistema de información de los mercados autorizados donde se listen y/o negocien las Obligaciones Negociables Serie I, en el que se indicará: (1) la fecha de inicio y de finalización del Período de Difusión (conforme dicho término es definido a continuación); (2) la fecha de inicio y de finalización del Período de Licitación Pública (conforme dicho término es definido a continuación); (3) los datos de contacto del Colocador; y (4) demás datos que se consideren necesarios (el “Aviso de Suscripción”). La difusión pública de las Obligaciones
Matias Jose Firmado digitalmente por Matias Jose Trombetta Fecha: 2025.06.03 14:38:27 Trombetta -03'00'
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Negociables Serie I tendrá una duración no inferior a tres (3) Días Hábiles y comenzará en la fecha que se indique en el Aviso de Suscripción (el “Período de Difusión”), durante el cual se recibirán las órdenes de compra. La licitación pública de las Obligaciones Negociables Serie I tendrá una duración de, por lo menos, un (1) Día Hábil y comenzará el Día Hábil siguiente al de finalización del Período de Difusión (el “Período de Licitación Pública”). En todos los casos, el Período de Licitación Pública deberá ser posterior al Período de Difusión.
Todos los agentes autorizados (distintos del Colocador) podrán ser habilitados para participar en la rueda de licitación pública del SIOPEL. Todos aquellos agentes que cuenten con línea de crédito otorgada por el Colocador serán, a pedido de dichos agentes, dados de alta en la rueda. Dicho pedido deberá ser realizado dentro del día hábil posterior al inicio del Período de Difusión. Aquellos agentes que no cuenten con línea de crédito deberán solicitar al Colocador la habilitación a la rueda con antelación suficiente, para lo cual deberán acreditar entre otra información, el cumplimiento de las normas en materia de prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo de forma satisfactoria para el Colocador, quien observará y respetará en todo momento el trato igualitario entre los inversores.
Prórroga:
Tramo Competitivo y Tramo No Competitivo:
La Emisora o el Colocador (indistintamente), sin necesidad de invocar motivo alguno, podrá suspender, modificar, prorrogar y/o terminar el Período de Difusión y/o el Período de Licitación Pública en cualquier momento de los mismos, luego de lo cual se indicará, en su caso, la nueva fecha de vencimiento del Período de Difusión y/o del Período de Licitación Pública, según corresponda, o la fecha en que se reanudará el curso de los mismos o la forma en que se hará pública la reanudación del curso de los mismos, pero siempre con una antelación mínima de 2 horas de anticipación a la finalización del Período de que se trate. La terminación, modificación, suspensión y/o prórroga del Período de Difusión y/o del Período de Licitación Pública no generará responsabilidad alguna para la Emisora y/o para el Colocador, ni otorgará a los inversores interesados que hayan presentado órdenes de compra, derecho a compensación y/o indemnización alguna. En caso de terminación del Período de Difusión y/o del Período de Licitación Pública, todas las órdenes de compra que en su caso se hayan presentado hasta ese momento quedarán automáticamente sin efecto. En caso de suspensión, modificación y/o prórroga del Período de Difusión y/o del Período de Licitación Pública, las órdenes de compra presentadas con anterioridad a tal suspensión y/o prórroga podrán ser retiradas en cualquier momento anterior a la finalización del Período de Licitación Pública, sin penalidad alguna.
La oferta pública de las Obligaciones Negociables Serie I constará de un tramo competitivo (el “Tramo Competitivo”) y de un tramo no competitivo (el “Tramo No Competitivo”). Las órdenes de compra remitidas bajo el Tramo Competitivo deberán indefectiblemente incluir el Margen Aplicable solicitado de las Obligaciones Negociables Serie I (el “Margen Aplicable Solicitado”), mientras que aquellas que se remitan bajo el Tramo No Competitivo no incluirán dicha variable.
Bajo el Tramo Competitivo, los inversores interesados, en caso de que así lo deseen, podrán limitar su adjudicación final en un porcentaje máximo del valor nominal total a emitirse de las Obligaciones Negociables Serie I, porcentaje que deberá ser detallado por cada inversor interesado en la respectiva orden de compra (el “Porcentaje Máximo”). Dicho Porcentaje Máximo deberá ser detallado por cada inversor interesado en su respectiva orden de compra correspondiente al Tramo Competitivo. Para la
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adjudicación final de las Obligaciones Negociables Serie I se tomará en consideración: (i) el monto que resulte de aplicar el Porcentaje Máximo al monto de Obligaciones Negociables Serie I que decida emitir la Emisora, y (ii) el monto nominal previsto en la orden de compra solicitada; el que sea menor”.
Se considerarán órdenes de compra del Tramo No Competitivo aquellas que sean por un valor nominal igual o inferior a $ 1.000.000 (Pesos un millón) para las Obligaciones Negociables Serie I.
Adjudicación, Determinación del Margen Aplicable y/o Precio de Emisión:
Tan pronto como sea posible luego de finalizado el Período de Licitación Pública, las órdenes de compra recibidas de las Obligaciones Negociables Serie I serán ordenadas en forma ascendente en SIOPEL, sobre la base del Margen Aplicable Solicitado. En caso de que la Emisora decidiera adjudicar las Obligaciones Negociables Serie I, determinará el monto efectivo a emitir de Obligaciones Negociables Serie I y el Margen Aplicable como porcentaje positivo anual truncado a dos decimales. La determinación del monto de Obligaciones Negociables Serie I y del Margen Aplicable será realizada mediante el sistema denominado “subasta o licitación pública” a través del SIOPEL, e informada en el Aviso de Suscripción.
La adjudicación de las órdenes de compra comenzará por el Tramo No Competitivo: Todas las órdenes de compra que conformen el Tramo No Competitivo serán adjudicadas, no pudiendo superar el 50% del monto de las Obligaciones Negociables Serie I a emitirse; salvo que el total de las órdenes de compra adjudicadas en el Tramo Competitivo, más la suma de las órdenes de compra adjudicadas bajo el Tramo No Competitivo, sea menor al monto a ser adjudicado, en cuyo caso la cantidad de órdenes de compra a ser aceptadas bajo el Tramo No Competitivo podrá incrementarse hasta el porcentaje que permita cubrir el monto total a ser emitido. En caso de que dichas órdenes de compra que conformen el Tramo No Competitivo superen el 50% del monto total a ser emitido y las órdenes de compra que conformen el Tramo Competitivo sean iguales al 50% del monto total a ser emitido, la totalidad de las órdenes de compra que conformen el Tramo No Competitivo serán prorrateadas reduciéndose en forma proporcional los montos de dichas órdenes de compra hasta alcanzar el 50% del monto a ser emitido. En todo momento las adjudicaciones se realizarán de conformidad con los límites establecidos en las Normas de la CNV y las demás normas aplicables.
En caso de que las órdenes de compra del Tramo No Competitivo superen dicho 50%, las mismas serán adjudicadas a prorrata sobre la base del monto solicitado reduciéndose en forma proporcional con los montos de dichas órdenes de compra hasta alcanzar el 50% del monto a ser emitido, desestimándose aquellas órdenes de compra que por efecto de la prorrata resulten por debajo del Monto Mínimo de Suscripción.
En el supuesto que se adjudiquen órdenes de compra para el Tramo No Competitivo por un monto inferior al 50% del monto a ser emitido, el monto restante será adjudicado a las órdenes de compra que conforman el Tramo Competitivo.
El monto restante será adjudicado a las órdenes de compra que conforman el Tramo Competitivo de la siguiente forma: Las órdenes de compra que conformen el Tramo Competitivo serán ordenadas en forma ascendente sobre el Margen Aplicable Solicitado; Las órdenes de compra cuyo Margen Aplicable Solicitado sea menor al Margen Aplicable de las Obligaciones Negociables Serie I serán adjudicadas comenzando por aquellas con menor Margen Aplicable Solicitado y continuando en
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forma ascendente; Todas las órdenes de compra del Tramo Competitivo con Margen Aplicable Solicitado igual al Margen Aplicable serán adjudicadas en su totalidad al Margen Aplicable, pero en caso de sobresuscripción serán adjudicadas al Margen Aplicable a prorrata entre sí, sobre la base de su valor nominal y sin excluir ninguna orden de compra, desestimándose cualquier orden de compra que como resultado de dicho prorrateo su monto sea inferior al Monto Mínimo de Suscripción.
Todas las órdenes de compra con un Margen Aplicable Solicitado superior al Margen Aplicable no serán adjudicadas. La Emisora no puede asegurar a los inversores interesados que sus órdenes de compra serán adjudicadas y que de serlo serán adjudicadas por la totalidad del monto solicitado en las órdenes de compra en base a lo detallado más arriba, ni que la proporción del monto de Obligaciones Negociables Serie I solicitado adjudicado a los inversores interesados que hayan presentado órdenes de compra idénticas sea el mismo.
Fecha de Emisión y Es aquella fecha en la que se emitan las Obligaciones Negociables Serie I, Liquidación: de acuerdo con lo decidido por el Colocador en conjunto con la Emisora, lo cual tendrá lugar dentro de los tres (3) Días Hábiles siguientes al Período de Licitación, o aquella posterior que se informe en el Aviso de Resultados.
Negociación y listado:
Se solicitará autorización de listado de las Obligaciones Negociables Serie I a Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“BYMA”) y autorización de negociación al A3 Mercados.
Destino de Fondos:
La Emisora aplicará el producido neto de la colocación de Obligaciones Negociables para los destinos previstos en el artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables Nº 23.576. En particular, la Emisora aplicará el 100% del producido neto de la colocación de las Obligaciones Negociables conforme el siguiente detalle:
-
(i) 37,50% a la integración de capital de trabajo en Argentina, en particular para incrementar el capital de trabajo por el desarrollo del nuevo negocio de producción; y
-
(ii) 62,50% a la refinanciación de pasivos existentes, en particular a afrontar los compromisos de pago por la hipoteca del inmueble donde se desarrolla parte de su actividad comercial y a mejorar el perfil de los pasivos de la Compañía.
Rescate por cuestiones impositivas:
Las Obligaciones Negociables Serie I podrán rescatarse, a opción de la Emisora, en su totalidad, pero no en parte, en cualquier momento, previa notificación de no menos de 30 y no más de 60 días de anticipación a los tenedores, a un precio de rescate igual al monto de capital pendiente de pago, junto con el interés devengado a la fecha fijada para el rescate, a la fecha estipulada para el rescate en los siguientes casos: (i) si como resultado de cualquier cambio o modificación de las leyes (o normas o regulaciones dictadas en virtud de las mismas) de la Argentina o de cualquier subdivisión política o autoridad impositiva de o para la misma que afectara los impuestos de la forma que fuera, o de cualquier cambio de la posición oficial relativa a la ampliación o interpretación de dichas leyes, normas y regulaciones (incluyendo, entre otras, la interpretación sostenida por los tribunales competentes), y dicho cambio, enmienda, aplicación o interpretación entrara en vigencia en la Fecha de Emisión y Liquidación de las Obligaciones Negociables Serie I o con posterioridad a ella, si la Sociedad hubiera pagado o se viera obligada a pagar sumas adicionales respecto de las Obligaciones Negociables Serie I y (ii) dicha obligación no pudiera ser evitada por la Sociedad tomando las medidas razonables disponibles. La fecha estipulada para dicho rescate no podrá
Firmado digitalmente Matias Jose por Matias Jose Trombetta Trombetta Fecha: 2025.06.03 14:39:06 -03'00'
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ser anterior a la última fecha posible en la cual la Sociedad podría realizar el pago en cuestión sin que le fuera requerido realizar dicha retención o deducción.
Ley Aplicable y Las Obligaciones Negociables Serie I se emitirán conforme con la Ley de Jurisdicción: Obligaciones Negociables y demás normas vigentes en la República Argentina que resultaren de aplicación en la Fecha de Emisión y Liquidación.
Toda controversia que se suscite entre la Compañía, los tenedores de las Obligaciones Negociables Serie I, cualquier persona que intervenga en cualquier carácter en la colocación y suscripción de las Obligaciones Negociables Serie I y cualquier tercero con relación a lo previsto en este Prospecto, su existencia, validez, calificación, interpretación, alcance, cumplimiento o resolución se podrá someter a la jurisdicción del Tribunal Arbitral del A3 Mercados. Sin perjuicio de ello, de conformidad con el Artículo 46 de la Ley de Mercado de Capitales, los tenedores podrán someter sus controversias en relación con las Obligaciones Negociables Serie I a la jurisdicción no exclusiva del Tribunal Arbitral del A3 Mercados o el que se cree en el futuro de conformidad con el artículo 29 de la Ley de Mercado de Capitales o bien a la de los juzgados de primera instancia en lo comercial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a opción exclusiva del tenedor en cuestión. A su vez, en los casos en que las normas vigentes establezcan la acumulación de acciones entabladas con idéntica finalidad ante un solo tribunal, la acumulación se efectuará ante el tribunal judicial.
Notificación:
Órganos y fechas en las que se dispuso el ingreso a la oferta pública y las condiciones de la emisión:
Suscripción e Integración:
Todas las notificaciones a los tenedores de Obligaciones Negociables Serie I se considerarán debidamente efectuadas si se publican por un día en los Sistemas Informáticos de los mercados autorizados donde se listen y/o negocien las Obligaciones Negociables Serie I. Las notificaciones se considerarán efectuadas el día en que se realizó dicha publicación. El costo de cualquier publicación y/o notificación estará a cargo de la Emisora. Sin perjuicio de ello, la Emisora deberá efectuar todas las publicaciones que requieran las Normas de la CNV y las demás normas vigentes, y, en su caso, todas las publicaciones que requieran las normas vigentes de las bolsas y/o mercados autorizados del país. La omisión en dar aviso a un tenedor de las Obligaciones Negociables Serie I en particular, o algún defecto en la notificación efectuada a un tenedor en particular de las Obligaciones Negociables Serie I, no afectará la suficiencia de cualquier notificación efectuada a los restantes Tenedores de las Obligaciones Negociables Serie I.
El ingreso de la Sociedad al régimen de oferta pública y la autorización de la emisión fue decidido por la Reunión Extraordinaria de Socios de la Emisora celebrada el 19 de marzo de 2025. La emisión fue autorizada por la Gerencia de la Emisora, en su reunión del 21 de marzo de 2025. Los términos y condiciones de la emisión fueron autorizados mediante acta de Subdelegado de fecha 9 de mayo de 2025.
La suscripción e integración de las Obligaciones Negociables Serie I se realizará a través del sistema de compensación Clear, administrado por el A3 Mercados o el sistema de compensación y liquidación que lo reemplace en el futuro. Cada orden de compra presentada por cualquier oferente a través de un colocador habilitado a operar en la rueda y/o por cualquier Agente del A3 Mercados, deberá indicar las cuentas de los custodios participantes en el sistema de compensación administrado por Clear a ser utilizadas para la liquidación e integración de las Obligaciones Negociables Serie I adjudicadas; estableciéndose que cada Agente del A3 Mercados sólo podrá indicar una única e idéntica cuenta custodio de su
Firmado digitalmente Matias Jose por Matias Jose Trombetta Trombetta Fecha: 2025.06.03 14:40:49 -03'00'
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titularidad en el sistema de compensación administrado por Clear en todas las órdenes de compra presentadas por dicho Agente del A3 Mercados para la liquidación e integración de Obligaciones Negociables Serie I a través del sistema de compensación Clear. Cada oferente (en el caso de órdenes de compra presentadas a través de un Colocador habilitado a operar en la rueda) y cada Agente del A3 Mercados (en el caso órdenes ingresadas por éstos a través del SIOPEL) se compromete a tomar todos los recaudos necesarios a tal efecto en relación con el pago del precio de Suscripción de las Obligaciones Negociables Serie I que le fueren adjudicadas. En tal sentido, en la Fecha de Emisión y Liquidación, cada uno de dichos inversores y Agentes del A3 Mercados deberá causar que los Pesos suficientes para cubrir el valor nominal de las Obligaciones Negociables Serie I que le fuera adjudicado (el “Monto a Integrar”) se encuentre disponible (i) en las cuentas de los custodios participantes en el sistema de compensación administrado por Clear indicadas por el oferente adjudicado en sus respectivas órdenes de compra (en el caso de aquellas entregadas a un Colocador), o (ii) en la cuenta custodio del Agente del A3 Mercados abierta en el sistema de compensación administrado por Clear e indicada por dicho Agente del A3 Mercados adjudicado en su correspondiente orden de compra (en el caso de ofertas ingresadas por éste a través del SIOPEL). En la Fecha de Emisión y Liquidación, una vez efectuada la integración de las Obligaciones Negociables Serie I, las mismas serán acreditadas en las cuentas de los custodios participantes en el sistema de compensación administrado por Clear que hubiese indicado el oferente en su respectiva orden de compra y/o el Agente del A3 Mercados, según fuera aplicable. Asimismo, cada Agente del A3 Mercados deberá de forma inmediata transferir dichas Obligaciones Negociables Serie I a la cuenta indicada por cada inversor adjudicado en las respectivas órdenes de compra presentadas a través suyo. Lo dispuesto precedentemente no resulta aplicable en aquellos casos en los cuales por cuestiones regulatorias sea necesario transferir las Obligaciones Negociables Serie I a los inversores adjudicados con anterioridad al pago del precio de suscripción, en cuyo caso lo descripto en este punto podrá ser realizado con anterioridad a la correspondiente integración.
Fecha de Integración:
Base de Cálculo de Intereses:
Acción Ejecutiva:
Agente de Depósito Colectivo:
Factor de Prorrateo:
Será la Fecha de Emisión y Liquidación.
Para el cálculo de los intereses se considerará la cantidad real de días transcurridos y un año de 365 días (cantidad real de días transcurridos/365).
De acuerdo con el artículo 29 de la Ley de Obligaciones Negociables, los instrumentos representativos de las obligaciones otorgan acción ejecutiva a sus tenedores para reclamar el capital, actualizaciones e intereses y para ejecutar las garantías otorgadas.
Caja de Valores S.A.
Si como resultado de los prorrateos, el monto a asignar a una orden de compra fuera un monto que incluya entre 1 y 49 centavos, el monto asignado será el importe entero inferior. Si como resultado de los prorrateos, el monto a asignar a una orden de compra fuera un monto que incluya entre 50 y 99 centavos, el monto asignado será el importe entero superior. Si como resultado de los prorrateos el monto a asignar a una orden de compra fuera un monto inferior al monto mínimo de suscripción, a esa orden de compra no se le asignarán Obligaciones Negociables Serie I, según corresponda, y el monto de dichas Obligaciones Negociables Serie I, según corresponda, no asignado a tal orden de compra será distribuido a prorrata entre las demás órdenes de compra para el Tramo
Firmado digitalmente Matias Jose por Matias Jose Trombetta Trombetta Fecha: 2025.06.03 14:41:10 -03'00'
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No Competitivo y entre las órdenes de compra con la variable a licitar solicitada igual a la variable a licitar de corte para el Tramo Competitivo.
Impuestos:
Los pagos respecto de las Obligaciones Negociables Serie I, incluyendo, sin limitación, los pagos de capital e intereses serán efectuados por el Emisor de acuerdo con las normas impositivas vigentes en la República Argentina.
Firmado digitalmente Matias Jose por Matias Jose Trombetta Fecha: 2025.06.03 Trombetta 14:41:23 -03'00'
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III. GARANTÍA
Las Obligaciones Negociables Serie I están garantizadas en un 100% (cien por ciento) por hasta el Monto Máximo de la Emisión (o su equivalente en otras monedas o unidades de valor) con más los intereses correspondientes, compensatorios pactados, accesorios y los gastos que razonablemente demande en conjunto con el cobro de cualesquiera de los montos impagos bajo las Obligaciones Negociables Serie I, incluidas las costas judiciales por Banco CMF S.A., quien asumirá (hasta dicho porcentaje) el carácter de liso, llano y principal pagador de las Obligaciones Negociables Serie I, con renuncia al beneficio de excusión y división, en este último caso solo respecto de la Emisora.
En caso de que la Emisora no cumpla con las obligaciones de pago conforme lo indicado en el presente Prospecto, la Entidad de Garantía responderán por cada incumplimiento dentro del plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles del vencimiento del plazo correspondiente.
Naturaleza de la garantía: Garantía Común.
Información sobre Banco CMF S.A.
Banco CMF S.A (“Banco CMF”) es una sociedad anónima debidamente constituida bajo las leyes de la Argentina, habiendo sido constituida el 21 de junio de 1978. Su plazo de duración es de 99 (noventa y nueve) años, expirando en el año 2077, con la posibilidad de ser prorrogado. Originalmente fue autorizada a funcionar como compañía financiera y su denominación era Corporación Metropolitana de Finanzas S.A. Los actuales accionistas adquirieron la entidad en 1990. El 10 de abril de 1996, mediante la Resolución N° 208/96, y el 5 de mayo de 1996, mediante la Comunicación “B” 6010, el B.C.R.A. aprobó su transformación a banco comercial. Con fecha 23 de marzo de 1999, mediante la Comunicación “B” 6500 del B.C.R.A., se aprobó su cambio de denominación social y adoptó la actual razón social de Banco CMF. Fue inscripto originalmente en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial de Registro el 21 de junio de 1978, bajo el número 1926 del Libro 88, Tomo A de Sociedad Anónimas Nacionales.
Domicilio y contacto: Macacha Güemes 150, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C1106BKD) Teléfono: 4318-6800 Sitio Web: www.bancocmf.com.ar. Correo electrónico: [email protected].
El potencial inversor podrá acceder a información completa económica, financiera y societaria de Banco CMF publicada en la CNV y el BCRA siguiendo los links que se indican a continuación:
-
https://www.cnv.gov.ar/sitioWeb/Empresas
-
https://www.bcra.gob.ar/SistemasFinancierosYdePagos/Sistema_financiero.asp?opcion=1&tit=1
Síntesis de la situación patrimonial de Banco CMF S.A., expresados en pesos, al 31 de diciembre de 2024 (ID #3331766):
| 31/12/2024 | |
|---|---|
| TOTAL ACTIVO | 598.468.180* |
| TOTAL PASIVO | 423.874.742* |
| PATRIMONIO NETO | 174.593.438* |
*Cifras expresadas en miles de Pesos.
Banco CMF fue autorizado a actuar como Entidad de Garantía por la Comisión Nacional de Valores con fecha 5 de abril de 2018.
Calificación de Riesgo
La calificación de riesgo vigente otorgada por FIX SCR S.A. en fecha 1 de abril de 2025 y publicada en AIF bajo ID #3340976 es:
- Endeudamiento de Largo Plazo A+(arg) con perspectiva Estable : La Categoría “A(arg)” implica una sólida calidad crediticia respecto de otros emisores o emisiones del país. Sin embargo, cambios en las circunstancias o condiciones económicas pueden afectar la capacidad de repago en tiempo
Firmado digitalmente Matias Jose por Matias Jose Trombetta Fecha: 2025.06.03 Trombetta 14:41:34 -03'00'
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y forma en un grado mayor que para aquellas obligaciones financieras calificadas con categorías superiores. Los signos "+" o "-" se añaden a una calificación para darle una mayor o menor importancia relativa dentro de la correspondiente categoría y no alteran la definición de la Categoría a la cual se los añade.
- Endeudamiento de Corto Plazo A1(arg): Indica una muy sólida capacidad de pago en tiempo y forma de los compromisos financieros respecto de otros emisores o emisiones del mismo país. Cuando las características de la emisión o emisor son particularmente sólidas, se agrega un signo “+” a la categoría.
La calificación de riesgo se encuentra a disposición del público inversor a través del siguiente link: https://www.fixscr.com/emisor/view?type=emisor&id=66.
La calificación de riesgo se encuentra cargada en la AIF de Banco CMF S.A. bajo el número de ID # 3340976 y en la AIF de la calificadora bajo ID # 3340663.
Firmado digitalmente Matias Jose por Matias Jose Trombetta Trombetta Fecha: 2025.06.03 14:41:46 -03'00'
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IV. CAPITALIZACIÓN Y ENDEUDAMIENTO
Composición del endeudamiento
El siguiente cuadro desglosa el endeudamiento total de la Emisora, clasificando las deudas según su tipo al 30 de abril de 2025:
| Al 30 de abril de 2025(1) | |
|---|---|
| Cifras expresadas en Ps. | |
| Proveedores terceros | $ 981.604.529 |
| Préstamos financieros y financiación de importaciones | $ 3.319.716.271 |
| Préstamos no bancarios | $ 2.691.000.000 |
| Préstamos financieros con sociedades relacionadas | - |
| Obligaciones negociables | - |
| Pasivospor arrendamientos | - |
| Total | $ 6.992.320.800 |
- (1) Corresponde a los saldos de préstamos de la Sociedad al 30 de abril de 2025 calculados en base a información de gestión de la Emisora.
El siguiente cuadro indica el vencimiento de las obligaciones de la Emisora en los siguientes tramos contados a partir del 30 de abril de 2025:
Con vencimiento menor a 2 meses (contados a partir del 30 de abril de 2025):
| Instrumento | Fecha de vencimiento | Monto* | |
|---|---|---|---|
| Pagarés bursátiles | - | - | - |
| - | - | - | |
| Cheques de pago diferido | - | 30/06/2025 | $ 5.448 |
| - | - | - | |
| Cheques electrónicos | - | 12/06/2025 | $ 79.306 |
| - | - | - | |
| Facturas de crédito | - | - | - |
| - | - | - | |
| Cauciones | - | - | - |
| ~~D~~eudas financieras bancarias | Call recibidos | - | - |
| Obligaciones Negociables | - | - | |
| Préstamos Interfinancieros | 30/06/2025 | $ 445.042 | |
| Prestamos no bancarios | 26/06/2025 | $ 672.750 | |
| Otras deudas | Deudas Fiscales | 16/06/2025 | $ 46.417 |
(*) Montos expresados en miles de Pesos a moneda homogénea al 30 de abril de 2025. La información de esta tabla corresponde a información interna de la Compañía.
Con vencimiento de 2 a 6 meses (contados a partir del 30 de abril de 2025):
| Instrumento | Fecha de vencimiento | Monto* | |
|---|---|---|---|
| Pagarés bursátiles | - | - | - |
| - | - | - | |
| Cheques de pago diferido | - | 22/08/2025 | $ 6.616 |
| - | - | - | |
| - | 15/07/2025 | $149.306 |
Matias Jose Firmado digitalmente por Matias Jose Trombetta Fecha: 2025.06.03 Trombetta 14:42:01 -03'00'
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| Cheques electrónicos | - | - | - |
|---|---|---|---|
| Facturas de crédito | - | - | - |
| - | - | - | |
| Cauciones | - | - | - |
| ~~D~~eudas financieras bancarias | Call recibidos | - | - |
| Obligaciones Negociables | - | - | |
| Préstamos Interfinancieros | 25/10/2025 | $ 1.314.708 | |
| Prestamos no bancarios | 26/06/2025 | $ 672.750 | |
| Otras deudas | Deudas Fiscales | 16/10/2025 | $ 115.091 |
(*) Montos expresados en miles de Pesos, a moneda homogénea al 30 de abril de 2025. La información de esta tabla corresponde a información interna de la Compañía.
Con vencimiento de 6 meses a 1 año (contados a partir del 30 de abril de 2025):
| Instrumento | Fecha de vencimiento | Monto* | |
|---|---|---|---|
| Pagarés bursátiles | - | - | - |
| - | - | - | |
| Cheques de pago diferido | - | - | - |
| - | - | - | |
| Cheques electrónicos | - | - | - |
| - | - | - | |
| Facturas de crédito | - | - | - |
| - | - | - | |
| Cauciones | - | - | - |
| ~~D~~eudas financieras bancarias | Call recibidos | - | - |
| Obligaciones Negociables | - | - | |
| Préstamos Interfinancieros | 23/04/2026 | $ 2.235.061 | |
| Prestamos no bancarios | 26/06/2025 y 26/12/2025 | $ 1.345.500 | |
| Otras deudas | Deudas Fiscales | 16/10/2025 | $ 25.114 |
(*) Montos expresados en miles de Pesos, a moneda homogénea al 30 de abril de 2025. La información de esta tabla corresponde a información interna de la Compañía.
Con vencimiento mayor a 1 año (contados a partir del 30 de abril de 2025):
| Instrumento | Fecha de vencimiento | Monto* | |
|---|---|---|---|
| Pagarés bursátiles | - | - | - |
| - | - | - | |
| Cheques de pago diferido | - | - | - |
| - | - | - | |
| Cheques electrónicos | - | - | - |
| - | - | - | |
| Facturas de crédito | - | - | - |
| - | - | - | |
| Cauciones | - | - | - |
| Call recibidos | - | - | |
| Deudas financieras bancarias | Obligaciones Negociables | - | - |
Firmado digitalmente Matias Jose por Matias Jose Trombetta Fecha: 2025.06.03 Trombetta 14:42:13 -03'00'
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| Préstamos Interfinancieros | 23/09/2030 | $ 1.084.654 | |
|---|---|---|---|
| Prestamos no bancarios | 26/06/2026 y 26/12/2026 | $ 1.345.500 | |
| Otras deudas | - | - |
(*) Montos expresados en miles de Pesos, a moneda homogénea al 30 de abril de 2025. La información de esta tabla corresponde a información interna de la Compañía.
Variación porcentual del endeudamiento total
El siguiente cuadro expone la relación entre el endeudamiento y el pasivo total, el activo total, el patrimonio neto y los resultados de la Compañía, para el período finalizado el 31 de diciembre de 2024, comparativo con la información disponible al 30 de abril de 2025, expresado a moneda homogénea del 31 de diciembre de 2024.
| Concepto* | 31/12/2024 | 30/04/2025 | Variación % |
|---|---|---|---|
| Deuda financiera** / Pasivo Total |
56% | 73% | 31% |
| Deuda financiera** / Activo Total |
44% | 64% | 45% |
| Deuda Financiera** / Patrimonio Neto |
211% | 522% | 147% |
| Deuda Financiera** / Resultado |
-732% | -6561% | 796% |
| Pasivo total / Activo total |
79% | 88% | 11% |
| Pasivo Total / Patrimonio Neto |
379% | 714% | 88% |
| Pasivo Total / Resultado |
-1311% | -8968% | 584% |
* Los ratios fueron elaborados por la Emisora, tomando como base los estados financieros por el período finalizado el 31 de diciembre de 2024. Estos últimos exponen información comparativa al 30 de abril de 2025 y se encuentran expresados a moneda constante del 31 de diciembre de 2024.
** A los efectos del presente, la deuda financiera surge de los rubros Depósitos y Financiaciones recibidas del B.C.R.A. y otras instituciones financieras de los Estados Financieros correspondientes.
Firmado digitalmente Matias Jose por Matias Jose Trombetta Trombetta Fecha: 2025.06.03 14:42:26 -03'00'
20
EMISORA
==> picture [161 x 34] intentionally omitted <==
ASSERCA S.R.L.
14 de Julio 642, Ciudad Autónoma de Buenos Aires República Argentina Teléfono: + (54 11) 4552-4357
Correo electrónico: [email protected]
ORGANIZADOR, COLOCADOR Y ENTIDAD DE GARANTÍA
==> picture [154 x 43] intentionally omitted <==
BANCO CMF S.A.
Macacha Güemes 150 (C1106BKD) Ciudad Autónoma de Buenos Aires República Argentina Teléfono: 011 4318-6800 Correo electrónico: [email protected]
ASESORES LEGALES DE LA TRANSACCIÓN
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MARVAL O´FARRELL MARIAL
Av. Leandro Alem 882 (C001AAR) Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina (5411) 4310-0100
Firmado digitalmente por Matias Jose Trombetta Fecha: 2025.06.03 14:42:40 -03'00'
Matias Jose Trombetta
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