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AGROIDEAS S A Capital/Financing Update 2025

Nov 18, 2025

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Capital/Financing Update

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AVISO DE SUSCRIPCIÓN

OBLIGACIONES NEGOCIABLES BAJO EL RÉGIMEN PYME CNV GARANTIZADA AGROIDEAS SERIE IV

POR UN VALOR NOMINAL DE HASTA \$1.300.000.000 (PESOS MIL TRESCIENTOS MILLONES), DENOMINADAS, INTEGRADAS Y PAGADERAS EN PESOS A UNA TASA DE INTERÉS VARIABLE CON VENCIMIENTO EL 15 DE OCTUBRE DE 2027

EMISORA

AGROIDEAS S.A. Teléfono: 03492 - 496346 Mail: [email protected]

Tarallo S.A. ALyC Propio y AN Nº 198 de CNV Teléfono: 0341 -5302709 [email protected]

COLOCADORES

Allaria S.A. ALyC Integral y AN Nº 24 de CNV Teléfono: 54 (11) 5555 6000 Mail: [email protected]

Tarallo S.A. ALyC Propio y AN N° 198 de CNV. Teléfono: 0341-5302709 Mail: [email protected]

ENTIDAD DE GARANTÍA

Se comunica al público inversor en general que AGROIDEAS S.A. (la "Emisora" o la "Sociedad", o "AGROIDEAS" en forma indistinta) ofrece en suscripción las obligaciones negociables PYME CNV Garantizadas AGROIDEAS Serie IV, denominadas, integradas y pagaderas en pesos a una tasa de interés variable con vencimiento el 15 de octubre de 2027 (conforme este término se define más adelante) (las "ON AGROIDEAS SERIE IV" o las "Obligaciones Negociables") por un valor nominal de hasta \$ 1.300.000.000 (Pesos mil trescientos millones), el ("Monto Máximo de la Emisión"), de acuerdo a los términos y condiciones detallados en el Prospecto (conforme este término se define más adelante).

Las ON AGROIDEAS SERIE IV serán emitidas en el marco del régimen previsto en la Sección III, Capítulo VI, Título II de las normas de la Comisión Nacional de Valores (respectivamente, la "CNV" y las "Normas de la CNV"). Asimismo, dicha emisión ha sido autorizada por la CNV mediante Disposición de la Gerencia de Emisoras Nº DI-2025-213-APN-GE#CNV de fecha 13 de noviembre de 2025, y de acuerdo con los principales términos y condiciones que se resumen a continuación y que forman parte del prospecto de emisión de las ON AGROIDEAS SERIE IV de fecha 18 de noviembre de 2025 (el "Prospecto") y que fuera publicado en la página web de la CNV https://www.argentina.gob.ar/cnv (la "AIF" y la "Página Web de la CNV", respectivamente), y en el boletín diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la "BCBA"), en virtud del ejercicio de la facultad delegada por Bolsas y Mercados Argentinos S.A. ("BYMA") a la BCBA conforme lo dispuesto por la Resolución N° 18.629 de la CNV (el "Boletín Diario de la BCBA"). Asimismo, se encuentra disponible en la sede de la Sociedad y de los Colocadores (conforme este término se define más adelante).

Todos los términos que comiencen en mayúscula que no se encuentren expresamente definidos en el presente aviso, tendrán el significado que se les asigna en el Prospecto.

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE EMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADA AGROIDEAS SERIE IV.

Emisora: AGROIDEAS S.A.

Denominación de la Emisión: Obligaciones Negociables PYME CNV GARANTIZADA AGROIDEAS SERIE IV.

Monto de emisión de las ON AGROIDEAS SERIE IV: Hasta V/N \$1.300.000.000 (Pesos mil trescientos millones) (el "Monto Máximo de la Emisión"). El valor nominal definitivo de la emisión será determinado con anterioridad a la Fecha de Emisión y Liquidación e informado en el aviso de resultado de colocación que se publicará con anterioridad a la Fecha de Emisión y Liquidación (el "Aviso de Resultado de Colocación").

Moneda de Denominación, suscripción y pago: Las ON AGROIDEAS SERIE IV estarán denominadas, serán integradas y pagaderas en pesos.

Valor nominal unitario: V/N \$1 (pesos uno).

Unidad Mínima de Negociación: V/N \$1 (pesos uno) y múltiplos de V/N \$1 (pesos uno) superiores a dicho monto.

Monto Mínimo de Suscripción: V/N \$ 10.000 (pesos diez mil) y montos superiores que sean múltiplos de V/N \$1 (pesos uno).

Precio de Suscripción: 100% (cien por ciento) del valor nominal.

Amortización y fechas de pago de capital: La amortización de las ON AGROIDEAS SERIE IV será en 4 cuotas: (i) la primera cuota será del 20% del capital emitido y pagadera el 15 de abril de 2026, (ii) la segunda cuota será del 30% del capital emitido y pagadera el 15 de octubre de 2026; (iii) la tercera cuota será del 20% del capital emitido y pagadera el 15 de abril de 2027; y (iv) la cuarta y última cuota será del 30% del capital emitido y pagadera en la Fecha de Vencimiento.

Tasa de Interés: Las ON AGROIDEAS SERIE IV devengarán intereses a una tasa nominal anual variable equivalente a la Tasa de Referencia (conforme dicho término se define más adelante) más un Diferencial de Tasa, a licitarse durante el Período de Licitación. El Diferencial de Tasa deberá ser expresado como un porcentaje anual truncado a dos (2) decimales y el mismo podrá ser positivo, igual al 0,00% o negativo.

En caso de que el Diferencial de Tasa fuera negativo, los puntos básicos en cuestión serán detraídos de la Tasa de Referencia en la Fecha de Pago de Intereses, según pudiera aplicar. En el caso de que la Tasa de Interés Aplicable (sumatoria de la Tasa de Referencia y el Diferencial de Tasa) diera como resultado un monto negativo, se entenderá que la Tasa de Interés Aplicable bajo las ON AGROIDEAS SERIE IV será de 0,00%.

Tasa de Referencia: la Tasa Mayorista de Argentina "TAMAR" que publica el BCRA calculada en base a los depósitos concertados a plazo fijo de 1.000 millones de pesos o más por períodos de entre treinta (30) y treinta y cinco (35) días de bancos privados de Argentina, correspondiente al plazo que transcurre a partir del séptimo Día Hábil anterior al inicio de cada Período de Devengamiento de Intereses y finaliza el séptimo Día Hábil anterior al inicio de cada Período de Devengamiento de Intereses y finaliza el séptimo Día Hábil anterior al último día del Período de Devengamiento de Intereses.

De no ser posible el cálculo de la Tasa de Referencia por encontrarse suspendida la publicación por el BCRA de cualquiera de las tasas de interés que se promedian para el cálculo de la Tasa TAMAR se considerará como Tasa de Referencia a la tasa sustituta de aquella que informe el BCRA, o en caso de no existir dicha tasa sustituta, la tasa que resulte de considerar el promedio aritmético de tasas pagadas para depósitos en pesos por un monto mayor a un millón de pesos para idéntico plazo por los 5 (cinco) primeros bancos privados, en cantidad de depósitos, según el último informe de depósitos disponible publicado por el BCRA, en todos los casos, correspondiente al mes calendario anterior a cada Fecha de Pago de Intereses.

Actualmente la Tasa TAMAR es informada por el BCRA en su página de internet (www.bcra.gob.ar) (la "Página Web del BCRA"), Sección "Publicaciones y Estadísticas/ Estadísticas/ Monetarias y Financieras/ Cuadros estandarizados de series estadísticas/ Tasas de interés/ Por depósitos/ Series diarias/ TAMAR - Tasas de interés por depósitos a plazo fijo de 30 (treinta) a 35 (treinta y cinco) días de plazo y de más de1.000 millones de pesos, en % nominal anual".

Diferencial de Tasa: Es la tasa nominal anual adicional que se pagará por sobre la Tasa de Referencia respecto de las ON AGROIDEAS SERIE IV, y que se determinará, a través del sistema de colocación, luego del cierre del Período de Licitación Pública e informado mediante el Aviso de Resultado de Colocación (el "Diferencial de Tasa"). Dicho Diferencial de Tasa se corresponderá con el Diferencial de Corte. Se aclara a los potenciales inversores que el Diferencial

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de Tasa podrá ser positivo, igual al 0,00% o negativo. En caso de que el Diferencial de Tasa fuera negativo, los puntos básicos en cuestión serán detraídos de la Tasa de Referencia en la Fecha de Pago de Intereses, según pudiera aplicar. En el caso de que la Tasa de Interés Aplicable (sumatoria de la Tasa de Referencia y el Diferencial de Tasa) diera como resultado un monto negativo, se entenderá que la Tasa de Interés Aplicable bajo las ON AGROIDEAS SERIE IV será de 0,00%.

Intereses moratorios: Los intereses moratorios se devengarán desde cada Fecha de Pago de Servicios (conforme este término se define más adelante) respecto del servicio impago. Los mismos ascenderán a una vez y media el interés determinado sobre los conceptos adeudados.

Forma: Las Obligaciones Negociables serán documentadas por un certificado global permanente depositado en la Caja de Valores S.A ("CVSA") de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 24.587 de Nominatividad de Títulos Valores Privados. Los tenedores de las Obligaciones Negociables renuncian al derecho a exigir la entrega de láminas individuales, por lo que todas las transferencias se realizarán a través del sistema de depósito colectivo, conforme a lo establecido por la Ley Nº 20.643 y sus modificatorias y complementarias, encontrándose habilitada la CVSA para cobrar los aranceles de los depositantes, que estos podrán trasladar a los tenedores.

Agente de Depósito Colectivo: Caja de Valores S.A.

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Garantía de las Obligaciones Negociables: Las Obligaciones Negociables estarán garantizadas en un 100% por hasta el Monto Máximo de la Emisión por la Entidad de Garantía, quien asumirán el carácter de fiador liso, llano y principal pagador del capital, intereses compensatorios pactados, intereses moratorios, gastos y demás accesorios que razonablemente demande el cobro de las Obligaciones Negociables impagas, incluidas las costas judiciales. Argenpymes S.G.R. garantizará el 100% de tales conceptos.

La garantía se instrumentará a través delo Certificado de Garantía a ser emitido por la Entidad de Garantía.

La Entidad de Garantía deberá pagar los conceptos adeudados por la Emisora dentro del quinto día hábil de la intimación cursada por medio fehaciente por cualquier obligacionista. Para mayor información, véase la Sección "Garantía" del Prospecto.

Forma de colocación: La colocación entre el público inversor será realizada por los Colocadores, por "subasta o licitación pública" a través del sistema informático de colocaciones primarias de Bolsas y Mercados Argentinos S.A. ("BYMA") denominado "BYMA Primarias" bajo la modalidad abierta, conforme a lo dispuesto por las Normas de CNV y negociarse en BYMA, y eventualmente en cualquier otro mercado autorizado.

Tarallo S.A. será el encargado de generar el pliego de licitación en el sistema "BYMA Primarias". Ni la Emisora ni los Colocadores tendrán responsabilidad alguna por las órdenes de compra presentadas a agentes de BYMA distintos de los Colocadores. Los inversores interesados en presentar órdenes de compra deberán contactar a cualquier agente de BYMA (incluyendo, sin limitación, a los Colocadores) con suficiente anticipación a la finalización del Período de Licitación, a fin de posibilitar que las correspondientes órdenes de compra sean presentadas a través del módulo de licitaciones del sistema "BYMA Primarias" antes de que finalice el Período de Licitación Pública. Ni la Emisora ni los Colocadores pagarán comisión y/o reembolsarán gasto alguno a los agentes de BYMA (distintos de los Colocadores) a través de los cuales se presenten órdenes de compra, sin perjuicio de que estos podrían cobrar comisiones y/o gastos directamente a los inversores que presenten órdenes de compra a través de los mismos.

La oferta de las ON AGROIDEAS SERIE IV constará de un tramo competitivo (el "Tramo Competitivo") y un tramo no competitivo (el "Tramo No Competitivo").

Las órdenes de compra remitidas bajo el Tramo Competitivo deberán indefectiblemente incluir el Diferencial de Tasa Solicitado, mientras que aquellas que se remitan bajo el Tramo No Competitivo no incluirán dichas variables.

La totalidad de ON AGROIDEAS SERIE IV adjudicadas al Tramo No Competitivo no podrá superar el 50% de las ON AGROIDEAS SERIE IV, salvo que el total de las ofertas adjudicadas en el Tramo Competitivo, con más la suma de las ofertas adjudicadas bajo el Tramo No Competitivo, sea menor al monto a ser adjudicado, en cuyo caso la cantidad de órdenes de compra a ser aceptadas bajo el Tramo No Competitivo podrá incrementarse hasta el porcentaje que permita cubrir el monto total a ser emitido.

Todas las órdenes de compra bajo el Tramo No Competitivo no podrán ser superiores a \$ 1.000.000. Todas las órdenes de compra que superen dichos montos serán consideradas órdenes de compra bajo el Tramo Competitivo debiendo indicar el Diferencial de Tasa Solicitado.

Bajo el Tramo Competitivo los oferentes podrán presentar, sin limitación alguna, más de una orden de compra que contengan los montos solicitados y Diferencial de Tasa que pueden ser distintos entre sí, de las distintas órdenes de compra del mismo oferente, pudiendo quedar adjudicadas una, todas o ninguna de las órdenes de compra remitidas, de conformidad con el procedimiento que se describe en esta sección.

Ningún inversor podrá ingresar ofertas por un monto superior al Monto Máximo de Emisión, ya sea que se presenten en una o más ofertas a través de uno o más colocadores.

Los inversores interesados que presenten órdenes de compra en el Tramo Competitivo podrán limitar el monto solicitado en sus órdenes de compra a un porcentaje máximo del valor nominal total de las ON AGROIDEAS SERIE IV a emitirse (el "Porcentaje Máximo"). Dicho Porcentaje Máximo deberá ser detallado por cada inversor interesado en su respectiva orden de compra correspondiente al Tramo Competitivo. Para la adjudicación final de las ON AGROIDEAS SERIE IV se tomará en consideración: (i) el monto que resulte de aplicar el Porcentaje Máximo al monto de ON AGROIDEAS SERIE IV que decida emitir la Emisora, y (ii) el monto nominal previsto en la orden de compra solicitada; el que sea menor.

Las ON AGROIDEAS SERIE IV serán colocadas conforme el Diferencial de Tasa Solicitado en las órdenes de compra recibidas durante el Período de Licitación Pública, volcando en primer lugar las órdenes de compra que formen parte del Tramo No Competitivo y en segundo lugar las órdenes de compra que formen parte del Tramo Competitivo. La Emisora, teniendo en cuenta las condiciones de mercado vigentes, determinará el Diferencial de Corte (conforme este término se define más adelante) y el monto a emitir de ON AGROIDEAS SERIE IV, pudiendo en su defecto declarar desierta la colocación. La adjudicación se realizará a un Diferencial de Tasa único (el mayor Diferencial de Tasa aceptado) para todas las ofertas aceptadas (el "Diferencial de Corte").

El Diferencial de Tasa deberá ser expresado como un porcentaje anual truncado a dos decimales y el mismo podrá ser positivo, igual al 0,00% o negativo.

La Emisora podrá declarar desierta la colocación de las ON AGROIDEAS SERIE IV en caso de: (i) ausencia de órdenes de compra respecto de la totalidad de las ON AGROIDEAS SERIE IV ofrecidas, (ii) que los Diferenciales de Tasa hubieren sido superiores a los esperados por la Emisora; (iii) que el valor nominal total de las órdenes de compra recibidas hubiere sido inferior al esperado por la Emisora; (iv) que hubieren sucedido cambios adversos en los mercados financieros o de capitales locales, así como en las condiciones generales de la Emisora o de la República Argentina, incluyendo, con carácter meramente enunciativo, condiciones políticas, económicas, financieras, sanitarias o de tipo de cambio en la República Argentina o crediticias de la Emisora que pudieran hacer que no resulte aconsejable efectuar la colocación de las ON AGROIDEAS SERIE IV; o (v) que los oferentes no hubieren dado cumplimiento con las normas legales sobre prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo emitida por la

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Unidad de Información Financiera ("UIF"), las normas del mercado de capitales que impiden y prohíben el lavado de activos emitidas por la UIF, y las normas de la CNV o el Banco Central de la República Argentina ("BCRA"). En dichos casos, las respectivas órdenes de compra quedarán automáticamente sin efecto, sin que tal circunstancia otorgue a los oferentes derechos a compensación ni indemnización alguna. La decisión de declarar desierta la colocación de las ON AGROIDEAS SERIE IV será informada mediante un aviso complementario al Prospecto.

Se podrá adjudicar a los oferentes una cantidad inferior a la totalidad de las ON AGROIDEAS SERIE IV ofrecidas en caso de (i) ausencia de órdenes de compra respecto de la totalidad de las ON AGROIDEAS SERIE IV ofrecidas, o (ii) que se acepte un Diferencial de Tasa que tan solo permita colocar parte de las ON AGROIDEAS SERIE IV ofrecidas.

En cualquier caso, las órdenes de compra que no alcancen el Diferencial de Corte aceptado quedarán automáticamente sin efecto y serán restituidas a los oferentes sin que tal circunstancia otorgue a estos últimos derechos a compensación ni indemnización algunos.

La determinación de los montos de emisión y el Diferencial de Corte será realizado a través del sistema "BYMA PRIMARIAS, en virtud del cual:

(i) todas las ofertas del Tramo No Competitivo serán adjudicadas al Diferencial de Corte, estableciéndose, sin embargo, que a las ofertas remitidas bajo el Tramo No Competitivo en ningún caso se les adjudicará un monto de ON AGROIDEAS SERIE IV superior al 50% del monto final de las ON AGROIDEAS SERIE IV que será efectivamente emitido, y estableciéndose, asimismo, que en caso que las ofertas del Tramo No Competitivo superen dicho 50%, las mismas serán adjudicadas a prorrata, según lo dispuesto por BYMA Primarias, sobre la base del monto solicitado, sólo excluyendo aquellas ofertas que -en virtud de la aplicación de la prorrataresultaran ofertas cuyo monto fuera inferior al monto mínimo de suscripción.

En cualquier caso, las órdenes de compra que no alcancen el Diferencial de Corte aceptado quedarán automáticamente sin efecto y serán restituidas a los oferentes sin que tal circunstancia otorgue a estos últimos derecho a compensación ni indemnización alguna.

La determinación de los montos de emisión y el Diferencial de Corte será realizado a través del sistema SIOPEL, en virtud del cual:

(i) todas las ofertas del Tramo No Competitivo serán adjudicadas al Diferencial de Corte, estableciéndose, sin embargo, que a las ofertas remitidas bajo el Tramo No Competitivo en ningún caso se les adjudicará un monto de las ON AGROIDEAS SERIE IV superior al 50% del monto final de las ON AGROIDEAS SERIE IV que será efectivamente emitido, y estableciéndose, asimismo, que en caso que las ofertas del Tramo No Competitivo superen dicho 50%, las mismas serán adjudicadas a prorrata, sobre la base del monto solicitado, sólo excluyendo aquellas ofertas que -en virtud de la aplicación de la prorrata- resultaran ofertas cuyo monto fuera inferior al monto mínimo de suscripción.

En caso que el total de las ofertas adjudicadas en el Tramo Competitivo, con más la suma de las órdenes de compra adjudicadas bajo el Tramo No Competitivo, sea menor al monto a ser adjudicado, la cantidad de órdenes de compra a ser aceptadas bajo el Tramo No Competitivo podrá incrementarse hasta el porcentaje que permita cubrir el monto total a ser emitido.

En caso que dichas ofertas que conformen el Tramo No Competitivo superen el 50% del monto total a ser emitido y las órdenes de compra que conformen el Tramo Competitivo sean iguales al 50% del monto total a ser emitido, la totalidad de las órdenes de compra que conformen el Tramo No Competitivo serán prorrateadas reduciéndose en forma proporcional los montos de dichas órdenes de compra hasta alcanzar el 50% del monto a ser emitido.

Luego, bajo el Tramo Competitivo, las ofertas se ordenarán de forma ascendente sobre la base del Diferencial de Tasa Solicitado, y se adjudicarán de la siguiente forma:

(ii) todas las ofertas con Diferencial de Tasa Solicitado para las AGROIDEAS SERIE IV inferior al Diferencial de Corte serán adjudicadas al Diferencial de Corte en su totalidad.

(iii) todas las ofertas con Diferencial de Tasa Solicitado para las ON AGROIDEAS SERIE IV igual al Diferencial de Corte serán adjudicadas al Diferencial de Corte en su totalidad, pero en caso de sobresuscripción, serán adjudicadas a prorrata entre sí sobre la base del monto solicitado desestimándose cualquiera de las órdenes de compra que por efecto de la prorrata su monto fuera inferior al monto mínimo de suscripción y el monto de las ON AGROIDEAS SERIE IV no asignado a tales órdenes de compra será distribuido a prorrata entre las demás órdenes de compra con Diferencial de Tasa Solicitado igual al Diferencial de Corte.

(iv) todas las ofertas con Diferencial de Tasa Solicitado para las ON AGROIDEAS SERIE IV superior al Diferencial de Corte no serán adjudicadas.

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Si como resultado del prorrateo bajo el mecanismo de adjudicación arriba descripto, el valor nominal a adjudicar a una oferta contuviera decimales por debajo de los \$0.50, los mismos serán suprimidos a efectos de redondear el valor nominal de las ON AGROIDEAS SERIE IV a adjudicar. Contrariamente, si contuviera decimales iguales o por encima de \$ 0,50, los mismos serán ponderados hacia arriba, otorgando \$1 para el valor nominal de las ON AGROIDEAS SERIE IV a adjudicar. Si como resultado de los prorrateos el monto a asignar a una orden de compra fuera un monto inferior al monto mínimo de suscripción, a esa orden de compra no se le asignarán ON AGROIDEAS SERIE IV y el monto no asignado a tales órdenes de compra será distribuido a prorrata entre las demás órdenes de compra con Diferencial de Tasa solicitado igual al Diferencial de Corte.

Ni la Emisora ni los Colocadores serán responsables por problemas, fallas, pérdidas de enlace, errores en la aplicación y/o caídas del software al utilizar el sistema "BYMA Primarias" de ByMA.

Período de Devengamiento de Intereses: Es el período comprendido entre una Fecha de Pago de Intereses (conforme este término se defines más adelante) de las Obligaciones Negociables y la Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables inmediatamente posterior, incluyendo el primer día y excluyendo el último día (el "Período de Devengamiento de Intereses"). Respecto de la primera Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables, se considerará Período de Devengamiento de Intereses el comprendido entre la Fecha de Emisión y Liquidación y la primera Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables, incluyendo el primer día y excluyendo el último. Respecto de la última Fecha de Pago de Intereses, se considerará Período de Devengamiento de Intereses al comprendido entre la Fecha de Pago de Intereses inmediata anterior a la Fecha de Vencimiento y dicha Fecha de Vencimiento, incluyendo el primer día y excluyendo el último.

Fechas de Pago de Intereses: Los intereses de las Obligaciones Negociables se pagarán trimestralmente en forma vencida, salvo por la primera fecha de pago de intereses que será irregular y vencerá el 15 de abril de 2026. Las fechas en las cuales se abonarán los intereses de las Obligaciones Negociables se informarán en el Cuadro de Pago de Servicios inserto en el presente Aviso de Suscripción (cada una, una "Fecha de Pago de Intereses").

Base de Cálculo de los Servicios: El interés se calculará sobre el saldo de capital (o valor residual de las Obligaciones Negociables emitidas) al inicio de cada Período de Devengamiento de Intereses por la cantidad de días de cada Período de Devengamiento de Intereses, considerando para su cálculo la base de un año de 365 (trescientos sesenta y cinco) días (cantidad de días transcurridos/365).

Fecha de Pago de Servicios: Los servicios de intereses y de amortización de las Obligaciones Negociables serán pagaderos en las fechas de pago de servicios (las "Fechas de Pago de Servicios") que se indican en el cuadro de pago de servicios inserto al pie del presente (el "Cuadro

de Pago de Servicios"). Si la fecha fijada para el pago fuera un día inhábil, quedará pospuesta al Día Hábil siguiente, devengando intereses por el o los días que se posponga el vencimiento. Las obligaciones de pago se considerarán cumplidas y liberadas en la medida en que la Emisora ponga a disposición de CVSA los fondos correspondientes. Se entenderá por "Día Hábil" cualquier día que no sea sábado, domingo o cualquier otro día en el cual los bancos comerciales en la República Argentina y/o los mercados de valores autorizados estuvieran autorizados o requeridos por las disposiciones legales vigentes a cerrar o que, de otra forma, no estuvieran abiertos para operar o tuvieran alguna restricción para operar dispuesta por el BCRA y/o alguna otra autoridad competente. Si una fecha de pago no fuera un Día Hábil, el pago deberá hacerse el Día Hábil inmediato posterior, salvo que ese día caiga después de la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables, caso en el cual el pago deberá hacerse el Día Hábil inmediato anterior. En el caso de que el día en el que debe realizarse el pago sea un día que no tenga numeración correspondiente en el mes calendario que corra (por ejemplo, el día 29 de febrero en un año no bisiesto), ese pago deberá realizarse el último Día Hábil de ese mes calendario. Cualquier pago adeudado bajo las Obligaciones Negociables efectuado en dicho Día Hábil inmediatamente posterior tendrá la misma validez que si hubiera sido efectuado en la fecha en la cual vencía el mismo, devengándose los intereses durante el período comprendido entre dicha fecha y el día inmediato anterior al del efectivo pago.

Pagos de Servicios: La amortización y pago de los intereses correspondientes a las Obligaciones Negociables serán efectuados por la Emisora mediante la transferencia de los importes correspondientes a CVSA, para su acreditación en las cuentas de los tenedores con derecho a cobro.

Reembolso anticipado a opción del Emisor: El Emisor podrá reembolsar anticipadamente la totalidad o una parte de las ON AGROIDEAS SERIE IV que se encuentren en circulación, al valor residual con más los intereses devengados hasta la fecha de pago del valor de reembolso. El importe a pagar a los obligacionistas será el valor de reembolso, que resultará de sumar al valor residual los intereses devengados conforme a las condiciones de emisión hasta el día de pago del valor de reembolso. La decisión será publicada en los sistemas de información de BYMA, de A3, de MAV y en la Autopista de Información Financiera de la CNV. Tal publicación constituirá notificación suficiente para los obligacionistas. El valor de reembolso se pagará en un plazo no mayor a treinta (30) días desde la publicación del aviso correspondiente respetando el trato igualitario ente los obligacionistas.

Resolución de conflictos: Conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de Mercado de Capitales, todo conflicto que se suscite entre los obligacionistas y la Emisora y/o los Colocadores relativo al Prospecto, las condiciones de emisión, su suscripción, y todos los actos y documentos relacionados, será resuelto a opción de los obligacionistas: (a) ante los tribunales competentes de la sede social de la Emisora o (b) en forma inapelable por el Tribunal Arbitral de BYMA (el "Tribunal Arbitral"), por las reglas del arbitraje de derecho. Ello sin perjuicio de la acción ejecutiva de cobro que tramitará ante los tribunales competentes de la sede social de la Emisora.

Ley Aplicable: Las Obligaciones Negociables se emitirán conforme con la Ley de Obligaciones Negociables y las demás normas vigentes en la Argentina. Todas las cuestiones relacionadas con las Obligaciones Negociables se regirán por, y deberán ser interpretadas exclusivamente de conformidad con, las leyes de la República Argentina.

Colocadores: (i) Tarallo S.A. sito en Corrientes 730, Piso 4°, oficina 4, Edificio Armonía de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y (ii) Allaria S.A. sito en calle 25 de Mayo 359 piso 12°, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe

Mercados autorizados en los que se ofrecerán las Obligaciones Negociables: Se ha solicitado el listado en BYMA y podrá solicitarse el listado en A3, en MAV o en otro mercado autorizado. Las ON AGROIDEAS SERIE IV serán negociadas en BYMA.

Período de Difusión Pública: desde el miércoles 19 de noviembre al martes 25 de noviembre de 2025.

Período de licitación Pública: miércoles 26 de noviembre de 2025 en el horario de 10 a 16 hs. Luego del cierre del Período de Litación, la Sociedad informará el resultado de la colocación mediante aviso a publicar en el Boletín Diario de la BCBA y en la AIF.

Fecha de Emisión y liquidación: será el viernes 28 de noviembre de 2025

Fecha de Vencimiento: será el 15 de octubre de 2027.

Agente de Liquidación: Tarallo S.A

Prórroga, modificación y/o suspensión del período de Colocación: El Período de Difusión Pública y/o el Período de Licitación Pública podrá ser prorrogado, modificado y/o suspendido por la Emisora, de común acuerdo con los Colocadores, circunstancia que se informará mediante la publicación de un nuevo aviso de colocación en los sistemas de información de BYMA y en la AIF - dejando expresa constancia de que los inversores iniciales podrán, en su caso, retirar sus ofertas de suscripción sin penalización alguna hasta el Día Hábil anterior al cierre del Período de Licitación Pública.

Fechas de Pago de Servicios
de Capital
Porcentaje de
Amortización
Fechas de Pago de Servicios
de Intereses
15/4/2026 20 % 15/4/2026
$0\%$ 15/7/2026
15/10/2026 30% 15/10/2026
$0\%$ 15/1/2027
15/4/2027 20% 15/4/2027
0% 15/7/2027
15/10/2027 30% 15/10/2027

Cuadro de pago de Servicios:

Podrán solicitarse copias de los estados contables de la Emisora y del Prospecto el domicilio de la Emisora sito en calle Rivadavia 87, Pueblo Ramona, CP 2301 (Teléfono: 03492 - 496346; correo electrónico: [email protected]) de la Provincia de Santa Fe, cualquier Día Hábil en el horario comercial de 9:00 a 17:00 horas. Asimismo, el Prospecto y el último balance estarán disponibles en la Página Web de la CNV, así como en las oficinas de Tarallo S.A., con domicilio en Corrientes 730, Piso 4°, oficina 4, Edificio Armonía de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe (Teléfono: 0341 -5302709; correo electrónico: [email protected]) y de Allaria S.A. con domicilio en 25 de Mayo 359 piso 12° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Teléfono: 54 (11) 5555 6000; correo electrónico: [email protected]), los Días Hábiles en el horario comercial de 10:00 a 15:00 horas.

El presente Aviso de Suscripción deberá ser leído en forma conjunta con el Prospecto, cualquier aviso complementario, y los estados contables de AGROIDEAS S.A. El contenido del presente documento no deberá ser interpretado como asesoramiento de inversión, impositivo, cambiario o legal. Se recomienda consultar a su propio abogado, contador y asesor de negocios respecto de asuntos legales, impositivos, cambiarios, comerciales y sobre cualquier otro aspecto relacionado con una potencial compra de las ON AGROIDEAS SERIE IV.

EMISORA

AGROIDEAS S.A. Teléfono: 03492 - 496346 Mail: [email protected]

ORGANIZADOR

Tarallo S.A. ALyC Propio y AN N° 198 de CNV. Teléfono: 0341 -5302709 Mail: [email protected]

COLOCADORES

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Allaria S.A. ALyC Integral y AN Nº 24 de CNV Teléfono.: 54 (11) 5555 6000 Mail: [email protected]

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