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Remuneration Information May 3, 2018

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Remuneration Information

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ANEXO 1

INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE LOS CONSEJEROS DE SOCIEDADES ANONIMAS COTIZADAS

DATOS IDENTIFICATIVOS DEL EMISOR

FECHA FIN DEL EJERCICIO DE REFERENCIA 31/12/2017

C.I.F. A-28354132

DENOMINACIÓN SOCIAL

SERVICE POINT SOLUTIONS, S.A.

DOMICILIO SOCIAL

C/SALCEDO, 2 MADRID

MODELO DE INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE

LOS CONSEJEROS DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS

A POLÍTICA DE REMUNERACIONES DE LA SOCIEDAD PARA EL AÑO EN CURSO

A.1 Explique la política de remuneraciones de la Sociedad. Dentro de este epígrafe se incluirá información sobre:

  • Principios y fundamentos generales de la política de remuneraciones.
  • Cambios más significativos realizados en la política de remuneraciones respecto a la aplicada durante el ejercicio anterior, así como las modificaciones que se hayan realizado durante el año de las condiciones de ejercicio de opciones ya concedidas.
  • Criterios utilizados y composición de los grupos de empresas comparables cuyas políticas de remuneración se hayan examinado para establecer la política de remuneración de la sociedad.
  • Importancia relativa de los conceptos retributivos variables respecto a los fijos y criterios seguidos para determinar los distintos componentes del paquete retributivo de los consejeros (mix retributivo).

Explique la política de remuneraciones

La política de retribuciones de Service Point Solutions, S.A. se ha desarrollado de acuerdo con lo establecido en los artículos 23 de los Estatutos Sociales y 28 y 29 del Reglamento del Consejo de Administración, que prevén el régimen aplicable a la remuneración del Consejo de Administración.

En particular, se establece que el cargo de Administrador será retribuido. La Junta General de Accionistas establecerá cada año o con validez para los ejercicios que la propia Junta decida la cuantía de la remuneración de los Consejeros, la cual consistirá en una retribución fija igual para todos los miembros del Consejo de Administración, y una cantidad variable a cada miembro del Consejo de Administración que no mantenga una relación laboral con la misma, que consistirá en una dieta para asistencia personal a las sesiones del Consejo de Administración, siendo el número máximo de sesiones a remunerar de doce por cada ejercicio social, quedando incluida dentro de estas doce sesiones a remunerar la asistencia a la Junta General Ordinaria de Accionistas.

Asimismo, la retribución de los Administradores que mantengan una relación laboral con la compañía y, en cualquier caso, la del Presidente del Consejo de Administración, podrá consistir en la entrega de acciones, de derechos de opción sobre las mismas u otra referenciada al valor de las acciones, siempre que al efecto lo determine la Junta General de Accionistas de la Sociedad de conformidad con lo previsto en los artículos 217 y 219 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. En el supuesto de que la compañía tuviera emitidas obligaciones y de que el Consejo de Administración tuviera creada en su seno una Comisión Delegada, el Comisario de cada uno de los Sindicatos de Obligacionistas tendrá derecho de asistir, con voz y sin voto, a las reuniones de dicha Comisión, a cuyo efecto, deberá ser debidamente convocado de conformidad con el régimen de convocatoria estatutaria y reglamentariamente previsto. Igualmente se procura que los consejeros perciban una retribución de mercado y competitiva, que resulte acorde con la que se satisfaga en el mercado por compañías de similar tamaño y actividad, tal y como lo establece expresamente el Reglamento del Consejo de Administración, el cual recoge asimismo que la retribución de los Consejeros será plenamente transparente.

En todo caso, la política de retribuciones de los consejeros se adaptará convenientemente a la coyuntura económica y al contexto internacional.

En lo que respecta a los consejeros ejecutivos, el criterio fundamental es el de ofrecer a éstos una retribución que permita atraer, retener y motivar a los profesionales más adecuados con el fin de facilitar que la Sociedad y el Grupo puedan cumplir sus objetivos estratégicos dentro del marco crecientemente competitivo e internacionalizado en que desarrollan sus actividades.

Los accionistas en la reunión de la JGA celebrada el día 28 de junio de 2018 aprobaron una modificación al artículo 23 los Estatutos Sociales relativo a la remuneración a los consejeros, estableciendo que "la remuneración de todos los miembros del Consejo de Administración, y en cualquier caso el Presidente del Consejo de Administración, podrá consistir en la entrega de acciones, de derechos de opción sobre las mismas u otra referenciada al valor de las acciones, siempre que al efecto lo determine la Junta General De Accionistas de la Sociedad de conformidad con lo previsto en el artículo 219 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital."

IMPORTES DE LA REMUNERACIÓN:

A partir de 1 de julio de 2015, los miembros del Consejo de Administración percibirán en su condición de tales una cantidad fija anual de 1.000 euros brutos. Cada consejero independiente y cada consejero dominical sin participación significativa, percibirá una cantidad de 1.000 euros brutos por asistencia efectiva a las reuniones del Consejo de Administración, siendo el número máximo de sesiones a remunerar de doce (12) por cada ejercicio social, quedando incluida dentro de estas doce sesiones a remunerar la asistencia a la Junta General Ordinaria de Accionistas.

El sistema de remuneración arriba fijado para el ejercicio 2015 se mantendrá durante los ejercicios posteriores y hasta que la Junta General de Accionistas adopte un acuerdo de modificación del mismo.

Sin perjuicio de lo anterior, los Sres. Consejeros, en la Junta General de Accionistas celebrada el día 30 de junio de 2015, decidieron renunciar a la remuneración que como consejeros les corresponde, de forma temporal hasta la fecha en que se levante la suspensión de cotización de la compañía. La suspensión de negociación de las acciones de SPS se levantó el día 27 de diciembre de 2016, por lo cual a partir de esa fecha los Sres. Consejeros tendrán derecho de percibir las cantidades según el sistema de remuneración arriba fijado.

Corresponderá al Consejo de Administración determinar, en cada ejercicio, la forma y momento de pago y acordar la distribución entre sus miembros del importe conjunto correspondiente a la retribución prevista. Dicha distribución podrá hacerse teniendo en cuenta las funciones y responsabilidades atribuidas a cada consejero, la pertenencia a Comisiones del consejo y demás circunstancias objetivas que el Consejo estime relevantes.

Los consejeros ejecutivos percibirán, por el desempeño de las funciones ejecutivas delegadas o encomendadas por el Consejo de Administración, la remuneración que el propio Consejo determine, la cual, se ajustara a la política de remuneraciones de los consejeros aprobada por la Junta y reflejarse en el contrato entre el consejero y la sociedad a que se refiere el artículo 249.3 de la Ley de Sociedades de Capital. En particular, y sin carácter limitativo, la remuneración de los consejeros ejecutivos y, en cualquier caso, la del Presidente del Consejo de Administración, podrá consistir en la entrega de acciones, de derechos de opción sobre las mismas u otra referenciada al valor de las acciones, siempre que al efecto lo determine la Junta General de Accionistas de la Sociedad de conformidad con lo previsto en el artículo 219 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

VIGENCIA DE LA POLÍTICA DE REMUNERACIÓN DE LOS CONSEJEROS:

La política de remuneraciones de los consejeros, se ajustará al sistema de retribuciones aquí previsto y se aprobará por la Junta al menos cada tres (3) años como punto separado del orden del día, conforme a lo legalmente previsto. La presente política resultará de aplicación para la remuneración de los consejeros de Service Point Solutions, S.A. de los ejercicios 2016, 2017 y 2018, salvo que se adopte un nuevo acuerdo por la Junta General. En todo caso esta política se entenderá sin perjuicio de cualesquiera pagos que corresponda realizar a los consejeros ejecutivos durante estos años, correspondientes a las cantidades diferidas de la retribución variable devengada en ejercicios anteriores.

APROBACIÓN DE ENTREGA DE ACCIONES DE SPS A LOS CONSEJEROS

Los accionistas de SPS, en la JGA celebrada el día 28 de junio de 2017, aprobaron la entrega de acciones de la sociedad a los consejeros de la compañía, en pago de la retribución que se les adeuda correspondiente al periodo desde el inicio del ejercicio 2014 hasta 20 de junio de 2018.

En la misma reunión se estableció el importe máximo de la retribución a satisfacer en acciones, que ha sido de 204.000 euros (2014: 69.000 euros; 2015: 39.500 euros; 2016: 32.500 euros; 2017: 42.000 euros; 2018 (primer semestre): 21.000 euros).

El número final de acciones que se entregarán a los consejeros en pago de dicha retribución se calculará teniendo en cuenta: (i) el importe de la retribución neta que efectivamente corresponda abonar a cada consejero (esto es, una vez deducidos los impuestos o retenciones que correspondan); y (ii) la media ponderada por volumen diario de las cotizaciones medias ponderadas de la acción de SPS correspondientes a los 90 días naturales anteriores al viernes, exclusive, de la semana previa a la fecha en que por el Consejo de Administración se acuerde el abono de la retribución en cuestión (la "cotización de referencia").

Se delegó en el Consejo de Administración la ejecución del acuerdo. En particular, el Consejo de Administración tendrá las facultades para determinar la fecha de pago, y el número concreto de acciones que corresponda a cada consejero, respetando los criterios y límites establecidos.

A.2 Información sobre los trabajos preparatorios y el proceso de toma de decisiones que se haya seguido para determinar la política de remuneración y papel desempeñado, en su caso, por la Comisión de Retribuciones y otros órganos de control en la configuración de la política de remuneraciones. Esta información incluirá, en su caso, el mandato y la composición de la Comisión de Retribuciones y la identidad de los asesores externos cuyos servicios se hayan utilizado para definir la política retributiva. Igualmente se expresará el carácter de los consejeros que, en su caso, hayan intervenido en la definición de la política retributiva.

Explique el proceso para determinar la política de remuneraciones

El Comité de Remuneración tiene como función primordial auxiliar al Consejo en la determinación, supervisión y revisión de la política de retribuciones de los consejeros y altos ejecutivos de la compañía y grupo de empresas. Dicha política deberá ajustarse a los criterios de moderación, relación con los rendimientos de la sociedad e información detallada e individualizada.

Conforme al artículo 34 del Reglamento del Consejo de Administración, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, es quien lleva a cabo la configuración y diseño de la política de retribuciones de los miembros del Consejo de Administración y, una vez fijada, la somete a la aprobación del propio Consejo. Dicha Comisión es quien, además, debe proponer la retribución individual del Consejero Ejecutivo y las demás condiciones de sus contratos, así como las condiciones básicas de los contratos de los altos directivos.

A.3 Indique el importe y la naturaleza de los componentes fijos, con desglose, en su caso, de las retribuciones por el desempeño de funciones de la alta dirección de los consejeros ejecutivos, de la remuneración adicional como presidente o miembro de alguna comisión del consejo, de las dietas por participación en el consejo y sus comisiones u otras retribuciones fijas como consejero, así como una estimación de la retribución fija anual a la que den origen. Identifique otros beneficios que no sean satisfechos en efectivo y los parámetros fundamentales por los que se otorgan.

Explique los componentes fijos de la remuneración

Los miembros del Consejo de Administración, reciben dietas por asistencia a las sesiones de dichos órganos, cuyo importe lo aprueba el Consejo de Administración, así como la Junta General de Accionistas.

Consejeros independientes y consejeros dominicales sin participación significativa:

A partir de 1 de julio de 2015 cada consejero independiente y consejero dominical sin participación significativa percibirá una cantidad de 1.000 euros brutos por cada asistencia efectiva a las reuniones del Consejo de Administración, siendo el número máximo de sesiones a remunerar, por cada ejercicio social, de doce (12), quedando incluida dentro de estas doce sesiones a remunerar la asistencia a la Junta General Ordinaria de Accionistas. El sistema de remuneración arriba fijado para el ejercicio 2015 se mantendrá durante los ejercicios posteriores y hasta que

la Junta General de Accionistas adopte un acuerdo de modificación del mismo.

Sin perjuicio de lo anterior, los Sres. Consejeros, en la Junta General de Accionistas celebrada el día 30 de junio de 2015, decidieron renunciar a la remuneración que como consejeros les corresponde, de forma temporal hasta la fecha en que se levante la suspensión de cotización de la compañía. La suspensión de negociación de las acciones de SPS se levantó el día 27 de diciembre de 2016, por lo cual a partir de esa fecha los Sres. Consejeros tendrán derecho de percibir las cantidades según la política de remuneraciones de consejeros aprobada por la Junta.

En el ejercicio 2017, y tras la aprobación por parte de los accionistas en la JGA celebrada el día 28 de junio de 2017, se ha registrado el gasto por asistencia a consejos desde el 1 de julio de 2015 hasta finales de 2016, además del gasto incurrido por asistencia a las reuniones celebradas durante el ejercicio 2017.

A.4 Explique el importe, la naturaleza y las principales características de los componentes variables de los sistemas retributivos.

En particular:

  • Identifique cada uno de los planes retributivos de los que los consejeros sean beneficiarios, su alcance, su fecha de aprobación, fecha de implantación, periodo de vigencia así como sus principales características. En el caso de planes de opciones sobre acciones y otros instrumentos financieros, las características generales del plan incluirán información sobre las condiciones de ejercicio de dichas opciones o instrumentos financieros para cada plan.
  • Indique cualquier remuneración en concepto de participación en beneficios o primas, y la razón por la que se otorgaron.
  • Explique los parámetros fundamentales y fundamento de cualquier sistema de primas anules (bonus).
  • Las clases de consejeros (consejeros ejecutivos, consejeros externos dominicales, consejeros externos independientes u otros consejeros externos) que son beneficiarios de sistemas retributivos o planes que incorporan una retribución variable.
  • El fundamento de dichos sistemas de retribución variable o planes, los criterios de evaluación del desempeño elegidos, así como los componentes y métodos de evaluación para determinar si se han cumplido o no dichos criterios de evaluación y una estimación del importe absoluto de las retribuciones variables a las que daría origen el

plan retributivo vigente, en función del grado de cumplimiento de las hipótesis u objetivos que tome como referencia.

  • En su caso, se informará sobre los periodos de diferimiento o aplazamiento de pago que se hayan establecido y/o los periodos de retención de acciones u otros instrumentos financieros si existieran.

Explique los componentes variables de los sistemas retributivos

A. Retribución variable derivada del cargo de consejero.

B. Retribución variable derivada del ejercicio de funciones ejecutivas.

Los Consejeros ejecutivos percibirán, por el desempeño de las funciones ejecutivas delegadas o encomendadas por el Consejo de Administración, la remuneración que el propio Consejo determine, la cual, se ajustará a la política de remuneraciones de los consejeros aprobada por la Junta y reflejándose en el contrato entre el consejero y la Sociedad a que se refiere el artículo 249.3 de la Ley de Sociedades de Capital.

A.5 Explique las principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo, incluyendo jubilación y cualquier otra prestación de supervivencia, financiados parcial o totalmente por la sociedad, ya sean dotados interna o externamente, con una estimación de su importe o coste anual equivalente, indicando el tipo de plan, si es de aportación o prestación definida, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero.

Indique también las aportaciones a favor del consejero a planes de pensiones de aportación definida; o el aumento de derechos consolidados del consejero, cuando se trate de aportaciones a planes de prestación definida.

Explique los sistemas de ahorro a largo plazo

No existen obligaciones contraídas por SPS en materia de pensiones, seguros de vida ni cualquier otro sistema de ahorro a largo plazo.

A.6 Indique cualesquiera indemnizaciones pactadas o pagadas en caso de terminación de las funciones como consejero.

Explique las indemnizaciones

No existen indemnizaciones pactadas o pagadas en caso de terminación de las funciones como Consejero.

A.7 Indique las condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos. Entre otras, se informará sobre la duración, los límites a las cuantías de indemnización, las cláusulas de permanencia, los plazos de preaviso, así como el pago como sustitución del citado plazo de preaviso, y cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo. Incluir, entre otros, los pactos o acuerdos de no concurrencia, exclusividad, permanencia o fidelización y no competencia post-contractual.

Explique las condiciones de los contratos de los consejeros ejecutivos

Los contratos de quienes ejercen funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos no están sujetos a otras condiciones que no sean las establecidas por las leyes vigentes. Cada contrato es negociado y sus condiciones establecidas de manera individual y personal entre el consejero ejecutivo y el Comité de Remuneración.

No existen condiciones preestablecidas en cuanto a duración, indemnización, cláusulas de permanencia, plazos de preaviso, indemnizaciones, blindajes, etc.

Los Consejeros no reciben retribución variable derivada de su cargo de consejero.

A.8 Explique cualquier remuneración suplementaria devengada a los consejeros como contraprestación por los servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.

Explique las remuneraciones suplementarias

No está prevista ni se ha devengado remuneración suplementaria alguna para los Consejeros como contraprestación a otros servicios pactados distintos de los inherentes a su cargo.

A.9 Indique cualquier retribución en forma de anticipos, créditos y garantías concedidos, con indicación del tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía.

Explique los anticipos, créditos y garantías concedidos

Ningún consejero es beneficiario de anticipos, créditos o garantías.

A.10 Explique las principales características de las remuneraciones en especie.

Explique las remuneraciones en especie

Ningún Consejero recibe remuneraciones en especie asociadas a su cargo de Consejero.

A.11 Indique las remuneraciones devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero, cuando dichos pagos tenga como fin remunerar los servicios de éste en la sociedad.

Explique las remuneración devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero

No existen remuneraciones devengadas por ningún consejero en virtud de pagos realizados por SPS a una tercera entidad en la que preste servicios el Consejero con el fin de remunerar los servicios de éste en la Sociedad.

A.12 Cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualesquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, especialmente cuando tenga la consideración de operación vinculada o su emisión distorsione la imagen fiel de las remuneraciones totales devengadas por el consejero.

Explique los otros conceptos retributivos

A excepción de la información expuesta en los apartados anteriores, los miembros del Consejo de Administración no tienen concedidos ni perciben ningún otro tipo de remuneración por parte de la Sociedad.

A.13 Explique las acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, lo que incluirá, en su caso, una referencia a: medidas previstas para garantizar que en la política de remuneración se atienden a los resultados a largo plazo de la sociedad, medidas que establezcan un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, medidas adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad, fórmulas o cláusulas de recobro para poder reclamar la devolución de los componentes variables de la remuneración basados en los resultados cuando tales componentes se hayan pagado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta y medidas previstas para evitar conflictos de intereses, en su caso.

Explique los acciones adoptadas para reducir los riesgos

Las acciones adoptadas por la Sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la Sociedad son fundamentalmente los siguientes:

a) Retribuir al Consejero ejecutivo de forma acorde con la que se satisfaga en el mercado en compañías de similar tamaño y actividad.

b) En cuanto a los Consejeros externos, establecer una remuneración tal que no comprometa su independencia.

B POLITICA DE REMUNERACIONES PREVISTA PARA EJERCICIOS FUTUROS

Derogado.

C RESUMEN GLOBAL DE CÓMO SE APLICÓ LA POLÍTICA DE RETRIBUCIONES DURANTE EL EJERCICIO CERRADO

C.1 Explique de forma resumida las principales características de la estructura y conceptos retributivos de la política de remuneraciones aplicada durante el ejercicio cerrado, que da lugar al detalle de las retribuciones individuales devengadas por cada uno de los consejeros que se reflejan en la sección D del presente informe, así como un resumen de las decisiones tomadas por el consejo para la aplicación de dichos conceptos.

Explique la estructura y conceptos retributivos de política de retribuciones aplicada durante el ejercicio

Ver epígrafes A.1, A.2, A.3 y A.4 anteriores, donde se explica la política de remuneraciones de la Sociedad. A partir de 1 de julio de 2015, los miembros del Consejo de Administración percibirán en su condición de tales una cantidad fija anual de 1.000 euros brutos. Cada consejero independiente y cada consejero dominical sin participación significativa, percibirá una cantidad de 1.000 euros brutos por asistencia efectiva a la reuniones del Consejo de Administración, siendo el número máximo de sesiones a remunerar de doce (12) por cada ejercicio social, quedando incluida dentro de estas doce sesiones a remunerar la asistencia a la Junta General Ordinaria de Accionistas.

El sistema de remuneración arriba fijado para el ejercicio 2015 se mantendrá durante los ejercicios posteriores y hasta que la Junta General de Accionistas adopte un acuerdo de modificación del mismo.

Sin perjuicio de lo anterior, los Sres. Consejeros, en la Junta General de Accionistas celebrada el día 30 de junio de 2015, decidieron renunciar a la remuneración que como consejeros les corresponde, de forma temporal hasta la fecha en que se levante la suspensión de cotización de la compañía. La suspensión de negociación de las acciones de SPS se levantó el día 27 de diciembre de 2016, por lo cual a partir de esa fecha los Sres. Consejeros tendrán derecho de percibir las cantidades según la política de remuneraciones de consejeros aprobada por la Junta.

En el ejercicio 2017, y tras la aprobación por parte de los accionistas en la JGA celebrada el día 28 de junio de 2017, se ha registrado el gasto por asistencia a consejos desde el 1 de julio de 2015 hasta finales de 2016, además del gasto incurrido por asistencia a las reuniones celebradas durante el ejercicio 2017.

D DETALLE DE LAS RETRIBUCIONES INDIVIDUALES DEVENGADAS POR CADA UNO DE LOS CONSEJEROS

Nombre Tipología Período de devengo ejercicio 2017
PARAGON FINANCIAL INVESTMENTS LTD Ejecutivo Desde 01/01/2017 hasta 31/12/2017.
MATTEO MARIA BUZZI Independiente Desde 01/01/2017 hasta 31/12/2017.
RAIMON ROTLLAN TERRADELLAS Independiente Desde 01/01/2017 hasta 31/12/2017.
VÍCTOR MANUEL RODRÍGUEZ MARTÍN Dominical Desde 01/01/2017 hasta 14/06/2017.
MAURICIO MIGUEL CANALS RAMONEDA Independiente Desde 01/01/2017 hasta 31/12/2017.
MIREIA BLANCH OLIVÉ Otro Externo Desde 01/01/2017 hasta 31/12/2017.

D.1 Complete los siguientes cuadros respecto a la remuneración individualizada de cada uno de los consejeros (incluyendo la retribución por el ejercicio de funciones ejecutivas) devengada durante el ejercicio.

a) Retribuciones devengadas en la sociedad objeto del presente informe:

i) Retribución en metálico (en miles de €)

Nombre Sueldos Remuneración
fija
Dietas Retribución
variable
a corto
plazo
Retribucion
variable
a largo
plazo
Remuneración
por
pertenencia
a
comisiones
del Consejo
Indemnizaciones Otros
conceptos
Total
año
2017
Total
año
2016
PARAGON FINANCIAL INVESTMENTS LTD 0 0 2 0 0 0 0 0 2 0
MATTEO MARIA BUZZI 0 0 6 0 0 0 0 0 6 53
MAURICIO MIGUEL CANALS RAMONEDA 0 0 27 0 0 0 0 0 27 0
MIREIA BLANCH OLIVÉ 0 0 3 0 0 0 0 0 3 0
VÍCTOR MANUEL RODRÍGUEZ MARTÍN 0 0 23 0 0 0 0 0 23 0
RAIMON ROTLLAN TERRADELLAS 0 0 14 0 0 0 0 0 14 0

ii) Sistemas de retribución basados en acciones

iii) Sistemas de ahorro a largo plazo

b) Retribuciones devengadas por los consejeros de la sociedad por su pertenencia a consejos en otras sociedades del grupo:

  • i) Retribución en metálico (en miles de €)
  • ii) Sistemas de retribución basados en acciones
  • iii) Sistemas de ahorro a largo plazo

c) Resumen de las retribuciones (en miles de €):

Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.

En el caso de los Sistemas de Ahorro a largo plazo, se incluirán las aportaciones o dotaciones realizadas a este tipo de sistemas:

Nombre Retribución devengada en la Sociedad Retribución devengada en sociedades del grupo Totales
Total
Retribución
metálico
Importe
de las
acciones
otorgadas
Beneficio
bruto
de las
opciones
ejercitadas
Total
ejercicio
2017
sociedad
Total
Retribución
metálico
Importe
de las
acciones
entregadas
Beneficio
bruto
de las
opciones
ejercitadas
Total
ejercicio
2017
grupo
Total
ejercicio
2017
Total
ejercicio
2016
Aportación
al
sistemas
de
ahorro
durante
el
ejercicio
PARAGON FINANCIAL INVESTMENTS LTD 2 0 0 2 0 0 0 0 2 0 0
MATTEO MARIA BUZZI 6 0 0 6 0 0 0 0 6 53 0
MAURICIO MIGUEL CANALS RAMONEDA 27 0 0 27 0 0 0 0 27 0 0
MIREIA BLANCH OLIVÉ 3 0 0 3 0 0 0 0 3 0 0
VÍCTOR MANUEL RODRÍGUEZ MARTÍN 23 0 0 23 0 0 0 0 23 0 0
RAIMON ROTLLAN TERRADELLAS 14 0 0 14 0 0 0 0 14 0 0
TOTAL 75 0 0 75 0 0 0 0 75 53 0

D.2 Informe sobre la relación entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento de la entidad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros.

En la Junta General de Accionistas celebrada el día 30 de junio de 2015, los consejeros decidieron renunciar a la remuneración que como consejeros les correspondía, de forma temporal hasta la fecha en que se levantara la suspensión de cotización de la compañía.

D.3 Informe del resultado de la votación consultiva de la junta general al informe anual sobre remuneraciones del ejercicio anterior, indicando el número de votos negativos que en su caso se hayan emitido:

Número % sobre
el total
Votos emitidos 797.339.718 100,00%
Número % sobre
el total
Votos negativos 1.743.598 0,22%
Votos a favor 795.545.596 99,78%
Abstenciones 50.524 0,00%

E OTRAS INFORMACIONES DE INTERÉS

Si existe algún aspecto relevante en materia de remuneración de los consejeros que no se haya podido recoger en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas retributivas de la sociedad en relación con sus consejeros, detállelos brevemente.

Entrega de acciones a consejeros de la Sociedad

El Consejo de Administración, en su sesión celebrada el día 5 de febrero de 2018, ha ejecutado el acuerdo cuarto aprobado en la Junta de Accionistas celebrada el día 28 de junio de 2017, y a tal fin efectuar la entrega de acciones a los consejeros en pago de sus honorarios. El número de acciones a entregar a cada consejero se ha calculado en los términos y condiciones establecidos en el acuerdo de la Junta. A finales de marzo de 2018, 125.733 acciones han sido puestas a disposición de los consejeros en pago de sus retribuciones devengadas hasta finales de diciembre de 2017.

Se detalla a continuación el número de acciones puestas a disposición de cada consejero:

MATTEO MARÍA BUZZI: 16.940 acciones MAURICIO MIGUEL CANALS RAMONEDA: 32.750 acciones MIREIA BLANCH OLIVÉ: 14.682 acciones VÍCTOR MANUEL RODRÍGUEZ MARTÍN: 29.363 acciones RAIMON ROTLLAN TERRADELLAS: 10.917 acciones

Asimismo se han entregado 21.081 acciones a antiguos consejeros que cesaron sus cargos en 2015.

Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha 28/03/2018.

Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.

Sí No X

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