AGM Information • Apr 23, 2021
AGM Information
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Viscofan SA PolÍgono Industrial Berroa C/ Berroa 15-4ª Planta 31192 Tajonar – Navarra (España) Tel: +34 948 198 444 Fax: +34 948 198 431 www.viscofan.com
C.N.M.V. (Att. Director de mercados secundarios) Edison, 4. 28006 Madrid.
Tajonar 23 de abril de 2021
Muy Señores nuestros:
En cumplimiento de la obligación de comunicación de Otra Información relevante que afecte a entidades cotizadas, les informamos de que la Junta General de accionistas de Viscofan, S.A. celebrada el día 23 de abril de 2021, en segunda convocatoria, con un quórum de 82,1% adoptó los siguientes acuerdos:
% votos a favor: 99,6% % votos en contra: 0,0% % abstenciones: 0,4%
% votos a favor: 99,9% % votos en contra: 0,0% % abstenciones: 0,1%
% votos a favor: 99,4% % votos en contra: 0,5% % abstenciones: 0,1%
Teniendo en cuenta el dividendo a cuenta repartido el 22 de diciembre de 2020, que fue de 1,40 euros por acción, representando una cifra total de 64.904.781,20 euros, y la prima por asistencia a la Junta
General de 0,01 euros por acción, la retribución total por acción que se propone alcanza un total de 1,70 euros por acción.
% votos a favor: 99,9% % votos en contra: 0,0% % abstenciones: 0,1%
% votos a favor: 99,9% % votos en contra: 0,0% % abstenciones: 0,1%
A tal efecto y en su virtud se adoptan los siguientes acuerdos:
6.1. A efectos de lo previsto en los arts. 36 y 37 LME (aplicables por remisión del artículo 73 de la LME), se aprobó íntegramente y sin reserva de ninguna clase como balance de Segregación de Viscofan el balance individual cerrado a 31 de diciembre de 2020, que es el último balance de ejercicio cerrado, formulado por su Consejo de Administración en su reunión de fecha 25 de febrero de 2021, debidamente verificado con fecha 26 de febrero de 2021 por PricewaterhouseCoopers Auditores S.L., auditor de cuentas de Viscofan. Se considera a estos efectos como balance de segregación por haber sido cerrado dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de formulación del Proyecto Común de Segregación.
% votos a favor: 99,9% % votos en contra: 0,0% % abstenciones: 0,1%
6.2. Se aprobó en su integridad y en todas sus menciones, el Proyecto Común de Segregación, el cual fue redactado, formulado y suscrito por los Consejos de Administración de Viscofan y de Viscofan España, los días 25 y 24 de febrero de 2021, respectivamente.
% votos a favor: 99,9% % votos en contra: 0,0% % abstenciones: 0,1%
America – Europe – Asia – Oceania
6.3. Se aprobó la Segregación y, en consecuencia, el traspaso en bloque del patrimonio segregado de Viscofan a favor de Viscofan España, que lo adquirirá por sucesión a título universal, todo ello en los términos y condiciones establecidos en el Proyecto Común de Segregación.
% votos a favor: 99,9% % votos en contra: 0,0% % abstenciones: 0,1%
6.4. Se aprobó que la Segregación se acoja al régimen fiscal especial de neutralidad previsto en el Capítulo VIII del Título VIII de la Ley Foral 26/2016 de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades de Navarra.
% votos a favor: 99,9% % votos en contra: 0,0% % abstenciones: 0,1%
6.5. Se aprobó facultar a D. José Domingo de Ampuero y Osma, Presidente del Consejo de Administración, D. José Antonio Canales García, Consejero Director General, así como al Secretario no consejero, D. José Antonio Cortajarena Manchado, para que, cada uno de ellos, por sí solos, puedan realizar cuantos actos, negocios jurídicos, contratos, declaraciones y operaciones sean precisas, y suscribir y otorgar cuantos documentos públicos o privados sean necesarios o procedentes en relación con los anteriores acuerdos, con facultades expresas de sustitución, delegación, ratificación, aclaración, rectificación y subsanación y, en particular:
(i) aclarar, precisar y completar los acuerdos adoptados y resolver cuantas dudas o aspectos se presenten, subsanando y completando cuantos defectos u omisiones impidan u obstaculicen la efectividad o inscripción de las correspondientes decisiones;
(ii) publicar los anuncios de la Segregación en la forma que legalmente procedan.
(iii) declarar el transcurso del plazo de oposición de acreedores; así como, en su caso, atender al ejercicio del derecho de oposición de aquellos acreedores que pudieran ejercitarlo en los términos previstos en la Ley, incluyendo la prestación de garantías a satisfacción de los acreedores de la Sociedad que, en su caso, se hayan opuesto a la segregación.
(iv) adoptar los acuerdos que sean precisos o necesarios para la ejecución y desarrollo de las decisiones adoptadas, y suscribir los documentos públicos y/o privados y realizar cuantos actos, negocios jurídicos, contratos, declaraciones y operaciones sean procedentes al mismo fin;
(v) decidir renunciar o no al acogimiento (total o parcial) al régimen fiscal descrito en el acuerdo 6.4 anterior, comunicando a las autoridades tributarias procedentes el acogimiento o la renuncia, según sea el caso, a dicho régimen fiscal;
(vi) comparecer ante Notario para otorgar la escritura de la Segregación y demás escrituras públicas o actas notariales necesarias o convenientes a tal fin, con facultad expresa de ratificación, subsanación, aclaración o rectificación;
(vii) solicitar o remitir cualesquiera autorizaciones, verificaciones o comunicaciones ante cualesquiera otros órganos competentes, y realizar cuantos trámites y actuaciones sean precisos, ante cualquier otro organismo, entidad o registro, público o privado, nacional o extranjero, que sea necesario o conveniente en relación con la Segregación, así como la totalidad de acuerdos previstos bajo este punto del orden del día, todo ello a fin de realizar los trámites y actuaciones necesarios para su más completo desarrollo y efectividad.
Se autoriza expresamente a las personas facultadas al amparo de lo previsto en el artículo 249 bis) de la Ley de Sociedades de Capital, para que, cada uno de ellos, por sí solos, pueda subdelegar (con la facultad de sustitución cuando así proceda) en cualquier otro consejero que estime pertinente, todas y cada una de las facultades delegadas en virtud del presente acuerdo.
America – Europe – Asia – Oceania
% votos a favor: 99,9% % votos en contra: 0,0% % abstenciones: 0,1%
% votos a favor: 94,9% % votos en contra: 0,5% % abstenciones: 4,6%
% votos a favor: 99,0% % votos en contra: 0,3% % abstenciones: 0,7%
% votos a favor: 99,9% % votos en contra: 0,0% % abstenciones: 0,1%
Aprovechamos la ocasión para saludarles muy atentamente
José Antonio Canales García Consejero-Director General. Grupo Viscofan
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