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Vidrala S.A.

AGM Information Dec 18, 2025

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AGM Information

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A LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES COMUNICACIÓN DE OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE

VIDRALA, S.A.

Programas de recompra de acciones, estabilización y autocartera

De conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Reglamento (UE) nº 596/2014 sobre Abuso de Mercado, el artículo 228 de la Ley 6/2023 de 17 de marzo de los Mercados de Valores y Servicios de Inversión y demás normativa aplicable, Vidrala, S.A. ("Vidrala" o la "Sociedad") comunica que –bajo el marco de la autorización a que se refiere el acuerdo quinto adoptado por la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el día 29 de abril de 2025– el Consejo de Administración ha acordado llevar a cabo un programa de recompra de acciones propias en los términos que se indican a continuación.

Propósito del programa. El objeto del programa es el de reducir el capital social de la Sociedad mediante amortización de acciones propias, con la finalidad de contribuir a la política de retribución al accionista mediante el incremento del beneficio por acción.

Dimensión máxima del programa. La Sociedad prevé comprar acciones en el mercado hasta acumular aproximadamente un 1% del capital social. En consecuencia, se adquirirán hasta un máximo de 350.000 acciones, por un importe efectivo máximo de 33 millones de euros.

Duración del programa. El programa tendrá una duración máxima de doce (12) meses, desde la publicación de este hecho relevante. No obstante, la Sociedad se reserva el derecho a finalizar el programa de recompra si, con anterioridad a la fecha límite de vigencia, hubiera adquirido acciones por un precio de adquisición que alcanzara el importe efectivo máximo o el número máximo de acciones autorizado por el Consejo de Administración, o si concurriese alguna otra circunstancia que así lo aconsejara.

Condiciones de negociación. Las acciones propias se adquirirán conforme a las condiciones de precio y volumen establecidas en el artículo 3 del Reglamento Delegado (UE) 2016/1052. En particular, en lo que se refiere al precio, la Sociedad no adquirirá acciones a un precio superior al más elevado de los siguientes: (a) el precio de la última operación independiente; o (b) la oferta independiente más alta de ese momento en el centro de negociación donde se efectúe la compra, cuando las acciones se negocien en diferentes centros de negociación. En lo que respecta al volumen de contratación, la Sociedad no adquirirá más del 25% del volumen medio diario –negociado en los veinte (20) días hábiles anteriores a la fecha de cada compra– de las acciones de la Sociedad en el centro de negociación en que se lleve a cabo la compra.

El Programa de Recompra tendrá como gestor principal a Kutxabank Investment, S.V., S.A.U.

La eventual modificación, interrupción o finalización del programa de recompra, así como las operaciones de compra de acciones realizadas en su virtud, serán comunicadas a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) de acuerdo con lo previsto en el artículo 5 del Reglamento (UE) Nº 596/2014 y en el Reglamento Delegado (UE) 2016/1052. Dichas operaciones serán también publicadas en la página web de la Sociedad según lo establecido en dichas normas.

Llodio, 18 de diciembre de 2025

José Ramón Berecíbar Mutiozábal Secretario del Consejo de Administración

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