Major Shareholding Notification • Apr 24, 2024
Major Shareholding Notification
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| Fecha fin del ejercicio de referencia: | 31/12/2023 | |
|---|---|---|
| CIF: | A-20017638 | |
| Denominación Social: URBAR INGENIEROS, S.A. |
||
| Domicilio social: |
CTRA. VILLABONA-ASTEASU, KM. 3,5 APTDO. 247 (ASTEASU) GUIPUZCOA

A.1. Complete el siguiente cuadro sobre el capital social y los derechos de voto atribuidos, incluidos, en su caso, los correspondientes a las acciones con voto por lealtad, a la fecha de cierre del ejercicio:
Indique si los estatutos de la sociedad contienen la previsión de voto doble por lealtad:
[ ] Sí
[ √ ] No
| Fecha de última | Capital social (€) | Número de | Número de | |
|---|---|---|---|---|
| modificación | acciones | derechos de voto | ||
| 21/09/2022 | 3.237.771,18 | 53.962.853 | 53.962.853 |
Indique si existen distintas clases de acciones con diferentes derechos asociados:
[ ] Sí
[ √ ] No
A.2. Detalle los titulares directos e indirectos de participaciones significativas a la fecha de cierre del ejercicio, incluidos los consejeros que tengan una participación significativa:
| Nombre o denominación |
% derechos de voto atribuidos a las acciones |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de | |||
|---|---|---|---|---|---|---|
| social del accionista | Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | derechos de voto | |
| DON RAFAEL SALAMA FALABELLA |
15,42 | 9,35 | 0,00 | 0,00 | 24,78 | |
| DON FRANCISCO MARTIN MORALES DE CASTILLA |
4,63 | 22,62 | 0,00 | 0,00 | 27,25 | |
| DON FRANCISCO DEIROS CASTOSA |
0,00 | 20,25 | 0,00 | 0,00 | 20,25 |
| Nombre o denominación social del titular indirecto |
Nombre o denominación social del titular directo |
% derechos de voto atribuidos a las acciones |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de derechos de voto |
|---|---|---|---|---|
| Sin datos |

En abril 2021 se llevó a cabo una ampliación de capital por compensación de créditos y el número de acciones pasó de 26.304.827 acciones a 40.462.853 acciones. Tras la ampliación de capital de abril 2021, la estructura accionarial de los accionistas con participación significativa quedó de la siguiente manera:
En diciembre 2021 se llevó a cabo una ampliación de capital dineraria que fué íntegramente suscrita por Francisco Martin Morales de Castilla y el número de acciones pasó de 40.462.853 acciones a 47.462.83 acciones.Tras la ampliación de capital de diciembre 2021, la estructura accionarial de los accionistas con participación significativa quedó de la siguiente manera:
En septiembre 2022 la Sociedad llevó a cabo una ampliación de capital dineraria que fue suscrita por Francisco Martin Morales de Castilla y por Rafael Salama. El numero de acciones pasó de 47.462.853 acciones a 53.962.853 acciones. Tras la ampliación de capital de diciembre 2022, la estructura accionarial de los accionistas con participación significativa quedó de la siguiente manera:
| Nombre o denominación social del consejero |
% derechos de voto atribuidos a las acciones (incluidos votos por lealtad) |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de derechos de voto |
Del % total de derechos de voto atribuidos a las acciones, indique, en su caso, el % de los votos adicionales atribuidos que corresponden a las acciones con voto por lealtad |
|||
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | Directo Indirecto |
|||
| Sin datos |
% total de derechos de voto titularidad de miembros del consejo de administración 52,03

| Nombre o denominación social del consejero |
Nombre o denominación social del titular directo |
% derechos de voto atribuidos a las acciones (incluidos votos por lealtad) |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de derechos de voto |
Del % total de derechos de voto atribuidos a las acciones, indique, en su caso, el % de los votos adicionales atribuidos que corresponden a las acciones con voto por lealtad |
|---|---|---|---|---|---|
| Sin datos |
Detalle el porcentaje total de derechos de voto representados en el consejo:
| % total de derechos de voto representados en el consejo de administración | 52,03 |
|---|---|
| --------------------------------------------------------------------------- | ------- |
A.4. Indique, en su caso, las relaciones de índole familiar, comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, en la medida en que sean conocidas por la sociedad, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario, excepto las que se informen en el apartado A.6:
| Nombre o denominación social relacionados | Tipo de relación | Breve descripción |
|---|---|---|
| Sin datos |
A.5. Indique, en su caso, las relaciones de índole comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, y la sociedad y/o su grupo, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario:
| Nombre o denominación social relacionados | Tipo de relación | Breve descripción |
|---|---|---|
| Sin datos |

A.6. Describa las relaciones, salvo que sean escasamente relevantes para las dos partes, que existan entre los accionistas significativos o representados en el consejo y los consejeros, o sus representantes, en el caso de administradores persona jurídica.
Explique, en su caso, cómo están representados los accionistas significativos. En concreto, se indicarán aquellos consejeros que hubieran sido nombrados en representación de accionistas significativos, aquellos cuyo nombramiento hubiera sido promovido por accionistas significativos, o que estuvieran vinculados a accionistas significativos y/o entidades de su grupo, con especificación de la naturaleza de tales relaciones de vinculación. En particular, se mencionará, en su caso, la existencia, identidad y cargo de miembros del consejo, o representantes de consejeros, de la sociedad cotizada, que sean, a su vez, miembros del órgano de administración, o sus representantes, en sociedades que ostenten participaciones significativas de la sociedad cotizada o en entidades del grupo de dichos accionistas significativos:
| Nombre o denominación | Nombre o denominación | Denominación social de | |
|---|---|---|---|
| social del consejero o | social del accionista | la sociedad del grupo del | Descripción relación/cargo |
| representante, vinculado | significativo vinculado | accionista significativo | |
| Sin datos |
A.7. Indique si han sido comunicados a la sociedad pactos parasociales que la afecten según lo establecido en los artículos 530 y 531 de la Ley de Sociedades de Capital. En su caso, descríbalos brevemente y relacione los accionistas vinculados por el pacto:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
Indique si la sociedad conoce la existencia de acciones concertadas entre sus accionistas. En su caso, descríbalas brevemente:
[ ] [ √ ] Sí No
En el caso de que durante el ejercicio se haya producido alguna modificación o ruptura de dichos pactos o acuerdos o acciones concertadas, indíquelo expresamente:
A.8. Indique si existe alguna persona física o jurídica que ejerza o pueda ejercer el control sobre la sociedad de acuerdo con el artículo 5 de la Ley del Mercado de Valores. En su caso, identifíquela:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |

| Número de | Número de acciones | % total sobre | |
|---|---|---|---|
| acciones directas | indirectas(*) | ||
| 120.010 | 120.010 | 0,22 |
| Nombre o denominación social del titular directo de la participación | Número de acciones directas |
|
|---|---|---|
| URBAR INGENIEROS, S.A. | 120.010 | |
| Total | 120.010 |
No procede
En la Junta General de Accionistas de la sociedad, celebrada el 29 de junio de 2014 se procedió a aprobar por unanimidad en su punto Tercero la Autorización para que la sociedad pueda proceder a la adquisición de acciones propias.
De conformidad con lo dispuesto en artículo 146 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, se propone autorizar y facultar al Consejo de Administración para que la sociedad, directamente o indirectamente a través de sus sociedades dominadas, pueda adquirir acciones de la Sociedad en las siguientes condiciones:
1.- La adquisición para la que se solicita la autorización, podrá efectuarse mediante compraventa, permuta, donación, adjudicación, o dación de pago, y, en general, por cualquier otra modalidad de adquisición a título oneroso de acciones en circulación e íntegramente desembolsadas, incluyendo la utilización de instrumentos financieros derivados, entre ellos particularmente todas las operaciones de opciones (Puts y Calls).
2.- Se podrán adquirir las acciones representativas que, sumadas a las que ya posea la sociedad, representen como máximo el 10% del capital social.
3.- El contravalor de adquisición de las acciones no será inferior al 20 % de la cotización de cierre en el Mercado, y hasta un máximo que no podrá exceder del 20% de la cotización de cierre en el Mercado del día en que la operación se realice.
4.- La duración de la autorización será de cinco años a partir de la adopción del presente acuerdo.
5.- Expresamente se autoriza a que las acciones adquiridas por la sociedad en uso de esta autorización puedan destinarse directamente, en todo o en parte, a su entrega o venta a los trabajadores o administradores de la sociedad, o como consecuencia del ejercicio de derechos de opción de que aquéllos sean titulares.

A.11. Capital flotante estimado:
| % | |
|---|---|
| Capital flotante estimado | 6,00 |
A.12. Indique si existe cualquier restricción (estatutaria, legislativa o de cualquier índole) a la transmisibilidad de valores y/o cualquier restricción al derecho de voto. En particular, se comunicará la existencia de cualquier tipo de restricciones que puedan dificultar la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado, así como aquellos regímenes de autorización o comunicación previa que, sobre las adquisiciones o transmisiones de instrumentos financieros de la compañía, le sean aplicables por normativa sectorial.
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
En su caso, explique las medidas aprobadas y los términos en que se producirá la ineficiencia de las restricciones:
A.14. Indique si la sociedad ha emitido valores que no se negocian en un mercado regulado de la Unión Europea.
[ ] [ √ ] Sí No
En su caso, indique las distintas clases de acciones y, para cada clase de acciones, los derechos y obligaciones que confiera:
No

B.2. Indique y, en su caso, detalle si existen diferencias con el régimen previsto en la Ley de Sociedades de Capital (LSC) para la adopción de acuerdos sociales:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
B.3. Indique las normas aplicables a la modificación de los estatutos de la sociedad. En particular, se comunicarán las mayorías previstas para la modificación de los estatutos, así como, en su caso, las normas previstas para la tutela de los derechos de los socios en la modificación de los estatutos.
Se aplican las normas establecidas en la Ley de Sociedades de Capital.
B.4. Indique los datos de asistencia en las juntas generales celebradas en el ejercicio al que se refiere el presente informe y los de los dos ejercicios anteriores:
| Datos de asistencia | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| % voto a distancia % de % en |
|||||
| Fecha junta general | presencia física | representación | Voto electrónico | Otros | Total |
| 21/06/2018 | 0,00 | 73,02 | 0,00 | 0,00 | 73,02 |
| De los que Capital flotante | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
| 25/07/2019 | 0,00 | 74,28 | 0,00 | 0,00 | 74,28 |
| De los que Capital flotante | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
| 29/10/2020 | 6,69 | 49,74 | 0,00 | 0,00 | 56,43 |
| De los que Capital flotante | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
| 28/06/2021 | 21,80 | 49,86 | 0,00 | 0,00 | 71,66 |
| De los que Capital flotante | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
| 15/06/2022 | 18,59 | 56,12 | 0,00 | 0,00 | 74,71 |
| De los que Capital flotante | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
| 26/06/2023 | 23,26 | 55,95 | 0,00 | 0,00 | 79,21 |
| De los que Capital flotante | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
B.5. Indique si en las juntas generales celebradas en el ejercicio ha habido algún punto del orden del día que, por cualquier motivo, no haya sido aprobado por los accionistas:
[ ] [ √ ] Sí No

B.7. Indique si se ha establecido que determinadas decisiones, distintas a las establecidas por Ley, que entrañan una adquisición, enajenación, la aportación a otra sociedad de activos esenciales u otras operaciones corporativas similares, deben ser sometidas a la aprobación de la junta general de accionistas:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
B.8. Indique la dirección y modo de acceso a la página web de la sociedad a la información sobre gobierno corporativo y otra información sobre las juntas generales que deba ponerse a disposición de los accionistas a través de la página web de la Sociedad:
La dirección de acceso a la página web de la sociedad es "www.urbar.com".
El acceso a la información para accionistas e inversores se realiza a través de un enlace en la parte superior de la página principal: "Información Accionista".
Con carácter previo a cada Junta se habilita un foro de accionistas en la propia página principal de la web www.urbar.com a través del enlace en la parte superior de la página principal "Información Accionista" y "Foro de Accionistas"

C.1.1 Número máximo y mínimo de consejeros previstos en los estatutos sociales y el número fijado por la junta general:
| Número máximo de consejeros | 15 |
|---|---|
| Número mínimo de consejeros | 5 |
| Número de consejeros fijado por la junta | 5 |
| Nombre o denominación social del consejero |
Representante | Categoría del consejero |
Cargo en el consejo |
Fecha primer nombramiento |
Fecha último nombramiento |
Procedimiento de elección |
|---|---|---|---|---|---|---|
| DON FRANCISCO MARTIN MORALES DE CASTILLA |
Ejecutivo | PRESIDENTE | 04/02/2021 | 04/02/2021 | COOPTACION | |
| DON JUAN IGNACIO VITORIA CARRACEDO |
Independiente | CONSEJERO | 30/09/2021 | 30/09/2021 | COOPTACION | |
| DON RAFAEL SALAMA FALABELLA |
Dominical | CONSEJERO | 30/09/2021 | 30/09/2021 | COOPTACION | |
| DON ALEXANDRE DÍEZ BAUMANN |
Independiente | CONSEJERO | 30/03/2023 | 30/03/2023 | COOPTACION | |
| DON MARÍA SALAMA CASTILLO |
Dominical | CONSEJERO | 20/07/2023 | 20/07/2023 | COOPTACION | |
| DON ROBERT DENDA |
Independiente | CONSEJERO | 26/06/2023 | 26/06/2023 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
Número total de consejeros 6
10 / 54

| Nombre o denominación social del consejero |
Categoría del consejero en el momento del cese |
Fecha del último nombramiento |
Fecha de baja | Comisiones especializadas de las que era miembro |
Indique si el cese se ha producido antes del fin del mandato |
|---|---|---|---|---|---|
| DON ANTONIO RICARDO ALLONA KRAUEL |
Independiente | 30/09/2021 | 28/12/2022 | SI | |
| DON ALFONSO RECIO ZAPATA |
Independiente | 04/02/2021 | 27/06/2023 | Comisión de auditoria |
SI |
| CONSEJEROS EJECUTIVOS | ||
|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Cargo en el organigrama de la sociedad |
Perfil |
| DON FRANCISCO MARTIN MORALES DE CASTILLA |
Presidente Ejecutivo | Ingeniero de minas con amplia experiencia en empresas multinacionales españolas asumiendo cargos de dirección general en el sector de proyectos de energía y plantas industriales, desarrollando comercialmente proyectos de generación (Iberoamérica, Oriente Medio, África…) por valor superior a 25GW construidos tanto de energía convencional como renovable. Francisco Martín se posiciona como accionista de referencia, asumiendo también desde mediados del año 2021 el cargo de máximo ejecutivo de la compañía. |
| Número total de consejeros ejecutivos | 1 |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | 16,67 |
| CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES | ||||
|---|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Nombre o denominación del accionista significativo a quien representa o que ha propuesto su nombramiento |
Perfil | ||
| DON RAFAEL SALAMA FALABELLA |
DON RAFAEL SALAMA FALABELLA |
Licenciado por la universidad de Tufts y Executive MBA Harvard y Stanford . Trabajó seis años en JPmorgan/Chase. Posteriormente constituyó su propio negocio Financiero Internacional de banca especializada que se vendió a Guggenheim Partners en el 2003. Tiene dilatada experiencia en cargos ejecutivos en grandes multinacionales. |

| CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES | ||||
|---|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Nombre o denominación del accionista significativo a quien representa o que ha propuesto su nombramiento |
Perfil | ||
| DON MARÍA SALAMA CASTILLO |
DON FRANCISCO MARTIN MORALES DE CASTILLA |
Actualmente trabaja en Personio, una startup de software de RRHH de origen alemán liderando el desarrollo e implementación de la estrategia comercial y operaciones de los mercados internacionales fuera de Alemania. Previamente, María trabajó en reconocidas startups en Estrategia y Operaciones: en EEUU en Hopin, empresa de software de eventos virtuales, y en Cabify en España, app líder de ridesharing. Comenzó su carrera en Rothschild en M&A y durante su MBA trabajó en el fondo de Venture Capital Mundi Ventures. María es graduada de ADE bilingüe en CUNEF y MBA de The Wharton School |
| Número total de consejeros dominicales | 2 |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | 33,33 |
| CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES | |||
|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Perfil | ||
| DON JUAN IGNACIO VITORIA CARRACEDO |
Abogado mercantil con más de 30 años de experiencia en abogacía. Dilatada experiencia en cargos ejecutivos en empresas del sector industrial principalmente |
||
| DON ALEXANDRE DÍEZ BAUMANN |
Experto en el Sector de la Energía, de Derecho de la Energía y Derecho Comunitario Europeo comparte el mundo académico con el mundo empresarial. Socio de Abogados López-Ibor Mayor y Profesor del Máster EMIN, Máster Internacional de Economía y Gestión de Redes Industriales del ICAI, Madrid. Lienciado en Derecho en Université de Genève, Master en Derecho Bancario y del Mercado Financiero en Université de Genève, y Alumni de Harvard Business School. |
||
| DON ROBERT DENDA |
CEO de la empresa Gridspertise desde junio de 2021.Anteriormente, fue Director de Innovación e Industrialización en Enel Global Infrastructure y Redes; desde junio de 2015 había sido Jefe de Tecnología e Innovación de Redes en la misma línea de negocio del Grupo Enel. Participante activo en asociaciones europeas e internacionales relacionadas con el sector de la energía. Es diplomado en Ciencias de la Computación y Administración de Empresas y Doctor de la Universidad de Mannheim, Alemania. |
| Número total de consejeros independientes | 3 |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | 50,00 |

Indique si algún consejero calificado como independiente percibe de la sociedad, o de su mismo grupo, cualquier cantidad o beneficio por un concepto distinto de la remuneración de consejero, o mantiene o ha mantenido, durante el último ejercicio, una relación de negocios con la sociedad o con cualquier sociedad de su grupo, ya sea en nombre propio o como accionista significativo, consejero o alto directivo de una entidad que mantenga o hubiera mantenido dicha relación.
En su caso, se incluirá una declaración motivada del consejo sobre las razones por las que considera que dicho consejero puede desempeñar sus funciones en calidad de consejero independiente.
| Nombre o denominación social del consejero |
Descripción de la relación | Declaración motivada |
|---|---|---|
| Sin datos |
| OTROS CONSEJEROS EXTERNOS | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Se identificará a los otros consejeros externos y se detallarán los motivos por los que no se puedan considerar dominicales o independientes y sus vínculos, ya sea con la sociedad, sus directivos, o sus accionistas: |
|||||
| Nombre o denominación social del consejero |
Sociedad, directivo o Motivos accionista con el que Perfil mantiene el vínculo |
||||
| Sin datos |
| Número total de otros consejeros externos | N.A. |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | N.A. |
Indique las variaciones que, en su caso, se hayan producido durante el periodo en la categoría de cada consejero:
| Nombre o denominación Fecha del cambio social del consejero |
Categoría anterior | Categoría actual | |||
|---|---|---|---|---|---|
| Sin datos |
| Número de consejeras | % sobre el total de consejeros de cada categoría |
|||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio | Ejercicio | Ejercicio | Ejercicio | Ejercicio | Ejercicio | Ejercicio | Ejercicio | |
| 2023 | 2022 | 2021 | 2020 | 2023 | 2022 | 2021 | 2020 | |
| Ejecutivas | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | ||||
| Dominicales | 1 | 50,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |||
| Independientes | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | ||||
| Otras Externas | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |

| Número de consejeras | % sobre el total de consejeros de cada categoría |
|||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2023 |
Ejercicio 2022 |
Ejercicio 2021 |
Ejercicio 2020 |
Ejercicio 2023 |
Ejercicio 2022 |
Ejercicio 2021 |
Ejercicio 2020 |
|
| Total | 1 | 16,67 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
En caso afirmativo, describa estas políticas de diversidad, sus objetivos, las medidas y la forma en que se ha aplicado y sus resultados en el ejercicio. También se deberán indicar las medidas concretas adoptadas por el consejo de administración y la comisión de nombramientos y retribuciones para conseguir una presencia equilibrada y diversa de consejeros.
En caso de que la sociedad no aplique una política de diversidad, explique las razones por las cuales no lo hace.
Descripción de las políticas, objetivos, medidas y forma en que se han aplicado, así como los resultados obtenidos
El Consejo de Administración ha encomendado a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones la responsabilidad de velar por que, al proveerse nuevas vacantes o al nombrar a nuevos consejeros, los procedimientos de selección no adolezcan de sesgos implícitos que puedan implicar discriminación alguna y, en particular, no obstaculicen la selección de consejeras.
C.1.6 Explique las medidas que, en su caso, hubiese convenido la comisión de nombramientos para que los procedimientos de selección no adolezcan de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de consejeras, y que la compañía busque deliberadamente e incluya entre los potenciales candidatos, mujeres que reúnan el perfil profesional buscado y que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres. Indique también si entre estas medidas está la de fomentar que la compañía cuente con un número significativo de altas directivas:
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones vela porque las propuestas de candidatos recaigan sobre personas honorables, idóneas y de reconocida solvencia, competencia, experiencia, cualificación, formación, disponibilidad y compromiso con su función, procurando que en la selección de candidatos se consiga un adecuado equilibrio del Consejo de Administración en su conjunto, que enriquezca la toma de decisiones y aporte puntos de vista plurales al debate de los asuntos de su competencia.
La Comisión de nombramientos pondrá en marcha todas las iniciativas procedentes en orden a la inclusión de consejeras en el Consejo de Administración, no existiendo en los procedimientos de selección ningún obstáculo o sesgo alguno en este sentido.

La Comisión de Nombramientos y Retribuciones vela constantemente para que los procedimientos de selección de consejeros se cumplan y no entorpezcan u obstaculicen la elección de mujeres como futuras consejeras. Así mismo, la comisión esta desarrollando procesos con el objetivo de alcanzar el % establecido.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones vela constantemente para que los procedimientos de selección de consejeros se cumplan y no entorpezcan u obstaculicen la elección de mujeres como futuras consejeras. Así mismo, la comisión esta desarrollando procesos con el objetivo de alcanzar el % establecido.
| Nombre o denominación social del accionista |
Justificación | ||||
|---|---|---|---|---|---|
| Sin datos |
Indique si no se han atendido peticiones formales de presencia en el consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial es igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales. En su caso, explique las razones por las que no se hayan atendido:
[ ] Sí
[ √ ] No
C.1.9 Indique, en el caso de que existan, los poderes y las facultades delegadas por el consejo de administración, incluyendo los relativos a la posibilidad de emitir o recomprar acciones, en consejeros o en comisiones del consejo:
| Nombre o denominación social del consejero o comisión |
Breve descripción |
|---|---|
| Sin datos |
| Nombre o denominación social del consejero |
Denominación social de la entidad del grupo |
Cargo | ¿Tiene funciones ejecutivas? |
|---|---|---|---|
| DON FRANCISCO MARTIN MORALES DE CASTILLA |
Virlab, S.A | REPRESENTANTE ADMINISTRADOR UNICO |
SI |
| DON FRANCISCO MARTIN MORALES DE CASTILLA |
URBAR SOLUCIONES DE INGENIERIA, S.L. |
REPRESENTANTE ADMINISTRADOR UNICO |
SI |

C.1.11 Detalle los cargos de consejero, administrador o director, o representante de los mismos, que desempeñen los consejeros o representantes de consejeros miembros del consejo de administración de la sociedad en otras entidades, se traten o no de sociedades cotizadas:
| Identificación del consejero o representante |
Denominación social de la entidad, cotizada o no |
Cargo |
|---|---|---|
| Sin datos |
Indique, en su caso, las demás actividades retribuidas de los consejeros o representantes de los consejeros, cualquiera que sea su naturaleza, distinta de las señaladas en el cuadro anterior.
| Identificación del consejero o representante | Demás actividades retribuidas |
|---|---|
| Sin datos |
| Remuneración devengada en el ejercicio a favor del consejo de administración (miles de euros) | 170.367 |
|---|---|
| Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de ahorro a largo plazo con derechos económicos consolidados(miles de euros) |
|
| Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de ahorro a largo plazo con derechos económicos no consolidados(miles de euros) |
|
| Importe de los fondos acumulados por los consejeros antiguos por sistemas de ahorro a largo plazo (miles de euros) |
| Nombre o denominación social | Cargo/s |
|---|---|
| DON ROBERTO VIDAL PERAL | DIRECTOR DE I.T. OPERACIONES Y DESARROLLO NUEVAS LINEAS DE ACTIVIDAD |
| Número de mujeres en la alta dirección | |
|---|---|
| Porcentaje sobre el total de miembros de la alta dirección | 0,00 |
| Remuneración total alta dirección (en miles de euros) | 88.240 |
C.1.15 Indique si se ha producido durante el ejercicio alguna modificación en el reglamento del consejo:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |

C.1.16 Indique los procedimientos de selección, nombramiento, reelección y remoción de los consejeros. Detalle los órganos competentes, los trámites a seguir y los criterios a emplear en cada uno de los procedimientos.
El Consejo de Administración propone a la Junta General el nombramiento de los consejeros, tras un examen previo de la Comisión de Nombramiento y Retribución.
El Consejo, dentro de los límites mínimo y máximo establecidos en los Estatutos, propondrá a la Junta General la designación de un número de Consejeros que, de acuerdo con las cambiantes circunstancias de la Sociedad, resulte más adecuado para asegurar la debida representatividad y el eficaz funcionamiento del órgano.
Las personas designadas como Consejeros habrán de reunir, además de las condiciones exigidas por la Ley y los Estatutos, las previstas por este Reglamento, comprometiéndose formalmente en el momento de su toma de posesión a cumplir las obligaciones y deberes en él previstos.
En el ejercicio de sus facultades de propuesta a la Junta General y de cooptación para la designación de Consejeros, el Consejo de Administración procurará que en la composición del mismo los consejeros externos o no ejecutivos representen una amplia mayoría sobre los consejeros ejecutivos, y que dentro de aquellos haya un número razonable de independientes. Los Consejeros serán designados por la Junta General o por el Consejo de Administración en caso de vacante anticipada por cooptación, de conformidad con las normas contenidas en la Ley de Sociedades de Capital vigente en cada momento y en los Estatutos de la Sociedad.
La cooptación en las sociedades cotizadas se regirá por lo establecido en la Ley de Sociedades de Capital vigente en cada momento, con las siguientes excepciones:
a) El administrador designado por el consejo no tendrá que ser, necesariamente, accionista de la sociedad.
b) De producirse la vacante una vez convocada la Junta General y antes de su celebración, el Consejo de Administración podrá designar un consejero hasta la celebración de la siguiente Junta General.
Corresponderá a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, si se trata de consejeros independientes, y al propio Consejo, en los demás casos, la propuesta de nombramiento de los miembros del Consejo.
Los Consejeros ejercerán su cargo por periodos de cuatro (4) años, no obstante, podrán ser reelegidos una o varias veces, por periodos de igual duración. Los Consejeros designados por cooptación ejercerán su cargo hasta la fecha de la primera Junta General que se celebre.
De conformidad con el artículo 529 nonies de la Ley de Sociedades de Capital y de las recomendaciones recogidas en el Código de Buen Gobierno de las Sociedades cotizadas, el Consejo ha aprobado el siguiente plan de acción con el fin de mejorar la calidad y eficiencia del funcionamiento del propio consejo así como el funcionamiento y composición de sus comisiones:
a) La modificación de los estatutos sociales de la Sociedad con el fin de adaptar los mismos a la legislación vigente,
especialmente en materia de gobierno corporativo, responsabilidad de administradores, conflicto de interés y composición de las comisiones del Consejo de Administración.
b) Elaboración y aprobación de un nuevo Reglamento de la Junta General de Accionistas y de un nuevo Reglamento del Consejo de Administración adaptado a la legislación vigente en materia de gobierno corporativo.
c) Modificación de la composición de la Comisión de Auditoría y de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones con el fin de adaptarlas a los Estatutos Sociales y al nuevo Reglamento del Consejo de Administración.
d) Aprobación de un sistema de Compliance que contribuya a la mejora del funcionamiento de los órganos de gobierno de la sociedad, estableciendo protocolos de actuación que regulen un procedimiento de adopción de decisiones y ejecución de las mismas en el seno de la compañía.
Describa el proceso de evaluación y las áreas evaluadas que ha realizado el consejo de administración auxiliado, en su caso, por un consultor externo, respecto del funcionamiento y la composición del consejo y de sus comisiones y cualquier otra área o aspecto que haya sido objeto de evaluación.
No aplica

C.1.18 Desglose, en aquellos ejercicios en los que la evaluación haya sido auxiliada por un consultor externo, las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo.
C.1.19 Indique los supuestos en los que están obligados a dimitir los consejeros.
Los supuestos de dimisión de los Consejeros son los que marcan la Ley y los Estatutos Sociales.
C.1.20 ¿Se exigen mayorías reforzadas, distintas de las legales, en algún tipo de decisión?:
En su caso, describa las diferencias.
El Consejo quedará válidamente constituido cuando concurran a la reunión, presentes o representados, más de la mitad de sus miembros. La representación se conferirá mediante carta dirigida al Presidente y sólo podrá efectuarse a favor de otro miembro del Consejo.
Igualmente, el Consejo de Administración se entenderá válidamente constituido sin previa convocatoria cuando estén presentes o representados todos los miembros del Consejo de Administración y acepten por unanimidad la celebración de dicha reunión del Consejo de Administración y el orden del día del mismo.
A fin de acreditar la válida constitución del Consejo, antes de entrar a deliberar sobre los asuntos del orden del día se formará la lista de asistentes.

C.1.25 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de administración durante el ejercicio. Asimismo, señale, en su caso, las veces que se ha reunido el consejo sin la asistencia de su presidente. En el cómputo se considerarán asistencias las representaciones realizadas con instrucciones específicas.
| Número de reuniones del consejo | 6 |
|---|---|
| Número de reuniones del consejo sin la asistencia del presidente |
0 |
Indíquese el número de reuniones mantenidas por el consejero coordinador con el resto de consejeros, sin asistencia ni representación de ningún consejero ejecutivo:
| Número de reuniones | 0 |
|---|---|
Indique el número de reuniones que han mantenido en el ejercicio las distintas comisiones del consejo:
| Número de reuniones de COMISION DE AUDITORIA |
1 |
|---|---|
| Número de reuniones de COMISION DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
1 |
| Número de reuniones con la asistencia presencial de al menos el 80% de los consejeros | 6 |
|---|---|
| % de asistencia presencial sobre el total de votos durante el ejercicio | 100,00 |
| Número de reuniones con la asistencia presencial, o representaciones realizadas con instrucciones específicas, de todos los consejeros |
6 |
| % de votos emitidos con asistencia presencial y representaciones realizadas con instrucciones específicas, sobre el total de votos durante el ejercicio |
100,00 |
C.1.27 Indique si están previamente certificadas las cuentas anuales individuales y consolidadas que se presentan al consejo para su formulación:
Identifique, en su caso, a la/s persona/s que ha/han certificado las cuentas anuales individuales y consolidadas de la sociedad, para su formulación por el consejo:
C.1.28 Explique, si los hubiera, los mecanismos establecidos por el consejo de administración para que las cuentas anuales que el consejo de administración presente a la junta general de accionistas se elaboren de conformidad con la normativa contable.
Las cuentas anuales que el consejo de administración presenta a la junta de accionistas se elaboran de conformidad con la normativa contable porque están auditadas por una firma de reconocido prestigio (en este caso Auren que es el auditor desde el año 2021)

Si el secretario no tiene la condición de consejero complete el siguiente cuadro:
| Nombre o denominación social del secretario | Representante |
|---|---|
| DON JOSÉ MARÍA MARTÍNEZ VALVERDE |
C.1.30 Indique los mecanismos concretos establecidos por la sociedad para preservar la independencia de los auditores externos, así como, si los hubiera, los mecanismos para preservar la independencia de los analistas financieros, de los bancos de inversión y de las agencias de calificación, incluyendo cómo se han implementado en la práctica las previsiones legales.
La función primordial del Comité de Auditoría es servir de apoyo al Consejo de Administración en sus cometidos de vigilancia, mediante la revisión periódica del proceso de elaboración de la información económico- financiera, de la función de auditoría interna y de la independencia del Auditor externo.
Para asegurar la independencia del auditor externo y, a tal efecto solicitará anualmente de los auditores de cuentas de la Sociedad una declaración de su independencia frente a la entidad o entidades vinculadas a ésta directa o indirectamente, así como la información de los servicios adicionales de cualquier clase prestados y los correspondientes honorarios percibidos de estas entidades por el auditor externo o por las personas o entidades vinculados a este de acuerdo con lo dispuesto en la legislación sobre auditoría de cuentas.
En el caso de que hubieran existido desacuerdos con el auditor saliente, explique el contenido de los mismos:

C.1.34 Indique el número de ejercicios que la firma actual de auditoría lleva de forma ininterrumpida realizando la auditoría de las cuentas anuales individuales y/o consolidadas de la sociedad. Asimismo, indique el porcentaje que representa el número de ejercicios auditados por la actual firma de auditoría sobre el número total de ejercicios en los que las cuentas anuales han sido auditadas:
| IndividualesConsolidadas | ||
|---|---|---|
| Número de ejercicios ininterrumpidos | 3 | 3 |
| IndividualesConsolidadas | ||
| Nº de ejercicios auditados por la firma actual de auditoría / Nº de ejercicios que la sociedad o su grupo han sido auditados (en %) |
10,34 | 10,34 |
C.1.35 Indique y, en su caso detalle, si existe un procedimiento para que los consejeros puedan contar con la información necesaria para preparar las reuniones de los órganos de administración con tiempo suficiente:
[ √ ] [ ] Sí No
Toda la información relevante para la celebración del Consejo se envía con antelación a las reuniones, tanto a los Consejeros como al Secretario del Consejo. Asimismo el Reglamento del Consejo, como se ha indicado anteriormente, faculta a los Consejeros a solicitar la información y asesoramiento que precisen sobre cualquier aspecto de la Sociedad, canalizando estas peticiones a través del Presidente o del Secretario del Consejo o de las Comisiones correspondientes, quienes deben atender las solicitudes que de forma razonable planteé el Consejero, facilitándole directamente la información, ofreciéndole los interlocutores apropiados o arbitrando cuantas medidas sean razonablemente necesarias para el examen solicitado.
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |

C.1.37 Indique, salvo que hayan concurrido circunstancias especiales de las que se haya dejado constancia en acta, si el consejo ha sido informado o ha conocido de otro modo alguna situación que afecte a un consejero, relacionada o no con su actuación en la propia sociedad, que pueda perjudicar al crédito y reputación de ésta:
| [ ] | Sí | |
|---|---|---|
[ √ ] No
C.1.38 Detalle los acuerdos significativos que haya celebrado la sociedad y que entren en vigor, sean modificados o concluyan en caso de cambio de control de la sociedad a raíz de una oferta pública de adquisición, y sus efectos.
C.1.39 Identifique de forma individualizada, cuando se refiera a consejeros, y de forma agregada en el resto de casos e indique, de forma detallada, los acuerdos entre la sociedad y sus cargos de administración y dirección o empleados que dispongan indemnizaciones, cláusulas de garantía o blindaje, cuando éstos dimitan o sean despedidos de forma improcedente o si la relación contractual llega a su fin con motivo de una oferta pública de adquisición u otro tipo de operaciones.
| Numero de beneficiarios | 0 | |
|---|---|---|
| Tipo de beneficiario | Descripción del acuerdo | |
| No aplica | No aplica |
Indique si, más allá de en los supuestos previstos por la normativa, estos contratos han de ser comunicados y/o aprobados por los órganos de la sociedad o de su grupo. En caso positivo, especifique los procedimientos, supuestos previstos y la naturaleza de los órganos responsables de su aprobación o de realizar la comunicación:
| Consejo de administración | Junta general | |
|---|---|---|
| Órgano que autoriza las cláusulas | √ | |
| Si | No | |
| ¿Se informa a la junta general sobre las cláusulas? |
√ |
C.2.1 Detalle todas las comisiones del consejo de administración, sus miembros y la proporción de consejeros ejecutivos, dominicales, independientes y otros externos que las integran:
| COMISION DE AUDITORIA | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Cargo | Categoría | |||
| DON JUAN IGNACIO VITORIA CARRACEDO | PRESIDENTE | Independiente | |||
| DON RAFAEL SALAMA FALABELLA | SECRETARIO | Dominical | |||
| DON ALEXANDRE DÍEZ BAUMANN | VOCAL | Independiente |

| % de consejeros ejecutivos | 0,00 | ||
|---|---|---|---|
| % de consejeros dominicales | 33,33 | ||
| % de consejeros independientes | 66,67 | ||
| % de consejeros otros externos | 0,00 |
Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.
Constituye la función primordial del Comité de Auditoría servir de apoyo al Consejo de Administración en sus cometidos de vigilancia, mediante la revisión periódica del proceso de elaboración de la información económico- financiera, de la función de auditoría interna y de la independencia del Auditor externo.
El Comité de Auditoría supervisará la auditoría interna, que velará por el buen funcionamiento de los sistemas de información y control interno. El responsable de la función de auditoría interna presentará al Comité de Auditoría su plan anual de trabajo; le informará directamente de las incidencias que se presenten en su desarrollo; y le someterá al final de cada ejercicio un informe de actividades.
Al Comité de Auditoría corresponde:
a) En relación con los sistemas de información y control interno:
i) Supervisar el proceso de elaboración y presentación de la información financiera preceptiva relativa a la sociedad y al grupo, revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación y la correcta aplicación de los criterios contables.
ii) Supervisar la eficacia del control interno de la Sociedad, la auditoría interna y los sistemas de gestión de riesgos, incluidos los fiscales, así como discutir con los auditores de cuentas las debilidades significativas del sistema de control interno detectadas en el desarrollo de la auditoría.
iii) Velar por la independencia y eficacia de la función de auditoría interna; proponer la selección, nombramiento, reelección y cese del responsable del servicio de auditoría interna; proponer el presupuesto de ese servicio; recibir información periódica sobre sus actividades; y verificar que la alta dirección tiene en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes. iv) Establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados comunicar, de forma confidencial y, si se considera apropiado, anónima, las irregularidades de potencial trascendencia, especialmente financieras y contables, que adviertan en el seno de la empresa.
b) En relación con el auditor externo:
i) Elevar al Consejo las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor externo, así como las condiciones de su contratación.
ii) Recibir regularmente del auditor externo información sobre el plan de auditoría y los resultados de su ejecución, y verificar que la alta dirección tiene en cuenta sus recomendaciones.
iii) Asegurar la independencia del auditor externo y, a tal efecto:
Solicitará anualmente de los auditores de cuentas de la Sociedad una declaración de su independencia frente a la entidad o entidades vinculadas a ésta directa o indirectamente, así como la información de los servicios adicionales de cualquier clase prestados y los correspondientes honorarios percibidos de estas entidades por el auditor externo o por las personas o entidades vinculados a este de acuerdo con lo dispuesto en la legislación sobre auditoría de cuentas.
La sociedad comunicará como hecho relevante a la CNMV el cambio de auditor y lo acompañará de una declaración sobre la eventual existencia de desacuerdos con el auditor saliente y, si hubieran existido, de su contenido.
En caso de renuncia del auditor externo, el Comité examinará las circunstancias que la hubieran motivado.
iv) Emitir anualmente, con carácter previo a la emisión del informe de auditoría de cuentas, un informe en el que se expresará una opinión sobre la independencia de los auditores de cuentas. Este informe deberá contener, en todo caso, la valoración de la prestación de los servicios adicionales a que hace referencia el apartado iii anterior individualmente considerados y en su conjunto, distintos de la auditoría legal y en relación con el régimen de independencia o con la normativa reguladora de auditoría.
v) Respecto del grupo Urbar, el Comité favorecerá que el auditor del grupo asuma la responsabilidad de las auditorías de las empresas que lo integren.
c) En relación con otras funciones, corresponde al Comité de Auditoría:
i) Informar en la Junta General de Accionistas sobre las cuestiones que en ella planteen los accionistas en materias de su competencia.
ii) Supervisar el proceso de elaboración de las Cuentas Anuales e Informe de Gestión, individuales y consolidados, para su formulación por el Consejo de acuerdo con la Ley.
iii) Informar al Consejo, para su formulación de acuerdo con la ley, sobre la corrección y fiabilidad de las cuentas anuales e informes de gestión, individuales y consolidados, y de la información financiera periódica que se difunda a los mercados. iv) Evacuar informes sobre las propuestas de modificación del presente Reglamento.
v) Decidir lo que proceda en relación con los derechos de información de los Consejeros que acudan a este Comité.
vi) Emitir los informes y las propuestas que le sean solicitados por el Consejo de Administración o por el Presidente de éste y los que estime pertinentes para el mejor cumplimiento de sus funciones.

d) Informar, con carácter previo, al Consejo de administración sobre todas las materias previstas en la ley, los Estatutos Sociales y en el Reglamento del Consejo y en particular sobre:
i) La información financiera que, por su condición de cotizada, la sociedad deba hacer pública periódicamente. El Comité debiera asegurarse de que las cuentas intermedias se formulan con los mismos criterios contables que las anuales y, a tal fin, considerar la procedencia de una revisión limitada del auditor externo.
ii) La creación o adquisición de participaciones en entidades de propósito especial o domiciliadas en países o territorios que tengan la consideración de paraísos fiscales, así como cualesquiera otras transacciones u operaciones de naturaleza análoga que, por su complejidad, pudieran menoscabar la transparencia de la Sociedad o de su Grupo.
iii) Las operaciones con partes vinculadas.
Identifique a los consejeros miembros de la comisión de auditoría que hayan sido designados teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o en ambas e informe sobre la fecha de nombramiento del Presidente de esta comisión en el cargo.
| Nombres de los consejeros con experiencia |
DON RAFAEL SALAMA FALABELLA |
|---|---|
| Fecha de nombramiento del presidente en el cargo |
24/10/2018 |
| COMISION DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Cargo | Categoría | |||
| DON FRANCISCO MARTIN MORALES DE CASTILLA | SECRETARIO | Ejecutivo | |||
| DON ROBERT DENDA | PRESIDENTE | Independiente | |||
| DON MARÍA SALAMA CASTILLO | VOCAL | Dominical |
| % de consejeros ejecutivos | 33,33 | ||
|---|---|---|---|
| % de consejeros dominicales | 33,33 | ||
| % de consejeros independientes | 33,33 | ||
| % de consejeros otros externos | 0,00 |
Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones tendrá, como mínimo, las siguientes funciones:
a) Elevar al Consejo de Administración las propuestas de nombramientos de consejeros independientes para su designación por cooptación o para su sometimiento a la decisión de la Junta General de Accionistas, así como las propuestas para la reelección o separación de dichos consejeros por la Junta General de Accionistas.
b) Informar las propuestas de nombramiento de los consejeros ejecutivos y dominicales para su designación por cooptación o para su sometimiento a la decisión de la Junta General de Accionistas, así como las propuestas para su reelección o
separación por la Junta General de Accionistas.
c) Informar las propuestas de cese de los miembros de las Comisiones.
d) Verificar el carácter de cada consejero y revisar que cumple los requisitos para su calificación como ejecutivo, independiente o dominical.
f) Examinar y organizar, de la forma que se entienda adecuada, la sucesión del Presidente y del primer ejecutivo y, en su caso, hacer propuestas al Consejo, para que dicha sucesión se produzca de forma ordenada y bien planificada.
g) Informar anualmente sobre el desempeño de sus funciones por el Presidente del Consejo y por el primer ejecutivo de la sociedad.
h) Informar el nombramiento del Presidente y del Secretario del Consejo, así como del o de los Vicepresidentes y del Vicesecretario, en su caso.

i) Informar las propuestas de nombramiento y separación de altos directivos y las condiciones básicas de sus contratos. j) Establecer un objetivo de representación para el sexo menos representado en el Consejo de Administración y elaborar orientaciones sobre cómo alcanzar dicho objetivo.
k) Proponer al Consejo la política de retribución de los consejeros y de los directores generales o de quienes desarrollen sus funciones de alta dirección bajo la dependencia directa del Consejo de Administración, de la Comisión Ejecutiva o de consejeros delegados, en su caso, así como la retribución individual y las demás condiciones contractuales de los consejeros ejecutivos, velando por su observancia.
l) Velar por la observancia de la política retributiva establecida por la sociedad.
m) Elaborar y llevar un registro de situaciones de Consejeros y Altos Directivos de Urbar.
n) Informar sobre el aprovechamiento en beneficio de un Consejero de oportunidades de negocio previamente estudiadas y
desestimadas por el Grupo Urbar, o sobre el uso de activos del Grupo de Sociedades para obtener una ventaja patrimonial.
| Número de consejeras | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2020 | |||||
| Número | % | Número | % | Número | % | Número | % | |
| COMISION DE AUDITORIA |
0 | 0,00 | 0 | 0,00 | 0 | 0,00 | 0 | 0,00 |
| COMISION DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
0 | 0,00 | 0 | 0,00 | 0 | 0,00 | 0 | 0,00 |
Constituye la función primordial del Comité de Auditoría servir de apoyo al Consejo de Administración en sus cometidos de vigilancia, mediante la revisión periódica del proceso de elaboración de la información económico- financiera, de la función de auditoría interna y de la independencia del Auditor externo.
El Comité de Auditoría supervisará la auditoría interna, que velará por el buen funcionamiento de los sistemas de información y control interno. El responsable de la función de auditoría interna presentará al Comité de Auditoría su plan anual de trabajo;le informará directamente de las incidencias que se presenten en su desarrollo; y le someterá al final de cada ejercicio un informe de actividades.
La regulación de las comisiones se contempla en el nuevo reglamento del Consejo aprobado en 2016. Dicho reglamento se
encuentra inscrito en el Registro Mercantil, y publicado en CNMV y en la web www.urbar.com.
No se ha elaborado informe anual sobre las actividades de cada comisión.

D.1. Explique, en su caso, el procedimiento y órganos competentes para la aprobación de operaciones con partes vinculadas e intragrupo, indicando los criterios y reglas generales internas de la entidad que regulen las obligaciones de abstención de los consejero o accionistas afectados y detallando los procedimientos internos de información y control periódico establecidos por la sociedad en relación con aquellas operaciones vinculadas cuya aprobación haya sido delegada por el consejo de administración.
El Consejero deberá abstenerse de participar en la deliberación y votación de acuerdos o decisiones en las que él o una persona vinculada tenga un conflicto de interés, directo o indirecto. Se excluirán de la anterior obligación de abstención los acuerdos o decisiones que le afecten en su condición de administrador, tales como su designación o revocación para cargo en el órgano de administración u otros de análogo significado.
Las operaciones que la sociedad realice con consejeros, con accionistas significativos o representados en el Consejo, o con personas a ellos vinculadas deberán ser autorizadas por el Consejo, previo informe del Comité de Auditoría.
En todo caso, las transacciones relevantes de cualquier clase, realizadas por cualquier consejero con la Sociedad, sus filiales o participadas, deberán constar en el Informe Anual de Gobierno Corporativo. Esta obligación abarca, asimismo, las transacciones relevantes realizadas entre la Sociedad y sus accionistas directos e indirectos significativos.
D.2. Detalle de manera individualizada aquellas operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas entre la sociedad o sus entidades dependientes y los accionistas titulares de un 10 % o más de los derechos de voto o representados en el consejo de administración de la sociedad, indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:
| Nombre o denominación social del accionista o de cualquiera de sus sociedades dependientes |
% Participación |
Nombre o denominación social de la sociedad o entidad dependiente |
Importe (miles de euros) |
Órgano que la ha aprobado |
Identificación del accionista significativo o consejero que se hubiera abstenido |
La propuesta a la junta, en su caso, ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de independientes |
|
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Sin datos |
| Nombre o | Naturaleza | Tipo de la operación y otra información necesaria para su evaluación | |
|---|---|---|---|
| denominación social | de la relación | ||
| del accionista o | |||
| de cualquiera de | |||
| sus sociedades | |||
| dependientes | |||
| Sin datos |
2. El Consejero deberá informar al Consejo, con la debida antelación, de cualquier situación susceptible de suponer un conflicto de intereses con el interés del Grupo de sociedades de Urbar o de sus sociedades vinculadas.
4. El Consejo decidirá sobre las operaciones vinculadas previo informe del Comité de Auditoría . Los consejeros a los que afecten dichas operaciones, además de no ejercer ni delegar su derecho de voto, deberán ausentarse de la sala de reuniones mientras el Consejo delibera y vota sobre ellas.

D.3. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con los administradores o directivos de la sociedad, incluyendo aquellas operaciones realizadas con entidades que el administrador o directivo controle o controle conjuntamente, e indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:
| Nombre o denominación social de los administradores o directivos o de sus entidades controladas o bajo control conjunto |
Nombre o denominación social de la sociedad o entidad dependiente |
Vínculo | Importe (miles de euros) |
Órgano que la ha aprobado |
Identificación del accionista significativo o consejero que se hubiera abstenido |
La propuesta a la junta, en su caso, ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de independientes |
|
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Sin datos |
| Nombre o | ||
|---|---|---|
| denominación | ||
| social de los | ||
| administradores | ||
| o directivos o de | Naturaleza de la operación y otra información necesaria para su evaluación | |
| sus entidades | ||
| controladas o | ||
| bajo control | ||
| conjunto | ||
| Sin datos |
D.4. Informe de manera individualizada de las operaciones intragrupo significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad con su sociedad dominante o con otras entidades pertenecientes al grupo de la dominante, incluyendo las propias entidades dependientes de la sociedad cotizada, excepto que ninguna otra parte vinculada de la sociedad cotizada tenga intereses en dichas entidades dependientes o éstas se encuentren íntegramente participadas, directa o indirectamente, por la cotizada.
En todo caso, se informará de cualquier operación intragrupo realizada con entidades establecidas en países o territorios que tengan la consideración de paraíso fiscal:
| Denominación social de la entidad de su grupo |
Breve descripción de la operación y otra información necesaria para su evaluación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|
| Sin datos |

D.5. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con otras partes vinculadas que lo sean de conformidad con las Normas Internacionales de Contabilidad adoptadas por la UE, que no hayan sido informadas en los epígrafes anteriores.
| Denominación social de la parte vinculada |
Breve descripción de la operación y otra información necesaria para su evaluación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|
| Sin datos |
D.6. Detalle los mecanismos establecidos para detectar, determinar y resolver los posibles conflictos de intereses entre la sociedad y/o su grupo, y sus consejeros, directivos, accionistas significativos u otras partes vinculadas.
El propio Consejo de Administración es el encargado de regular y dirimir los conflictos de intereses de acuerdo con la normativa aplicable.

El sistema de control interno está diseñado para proporcionar un grado de seguridad razonable en cuanto a la consecución de sus objetivos, asumiendo, reduciendo o mitigando los logros que puedan amenazar el logro de los mismos. El sistema se articula en las siguientes fases:
La identificación de forma continuada de los riesgos y amenazas relevantes atendiendo a su posible incidencia sobre los objetivos clave de gestión y los estados financieros (incluyendo pasivos contingentes y otros riesgos fuera de balance).
El análisis de dichos riesgos, tanto en cada uno de los negocios o funciones corporativas, como atendiendo a su efecto integrado sobre el conjunto del Grupo.
La medición y control de los riesgos siguiendo procedimientos y estándares homogéneos y comunes a todo el Grupo. El mantenimiento de un sistema de control del cumplimiento de las políticas, directrices y límites, a través de procedimientos y sistemas adecuados, incluyendo los planes de contingencia necesarios para mitigar el impacto de la materialización de los riesgos.
El órgano responsable es la Comisión de Auditoría.
Tras la aprobación del Convenio de Acreedores, el Grupo se encuentra en una situación adecuada de liquidez, negocios restructurados y disponiendo de los recursos necesarios para atender a las obligaciones correspondientes al corto plazo. De hecho, durante el primer trimestre de 2021, se anticipó el primer pago del 25% previsto para el ejercicio 2022, y en el primer trimestre de 2023 se ha realizado el pago establecido del segundo 25%.
Durante el ejercicio 2022, la Sociedad amortizó de manera anticipada parte de la deuda que mantenía con diversos de los acreedores financieros, viéndose reducida en 211 miles de euros.
Durante el ejercicio 2023, la Sociedad ha realizado el pago del segundo 25% acordado en el Convenio de Acreedores y ha amortizado de manera anticipada la deuda integra que mantenía con diversos de los acreedores financieros, viéndose reducida en 433 miles de euros.
En el mes de febrero de 2024 la Sociedad realizó el 3er y último pago marcado por el Convenio de acreedores por un total de 15 miles de euros a los acreedores comerciales.
Adicionalmente, en el mes de marzo de 2024 la Sociedad ha realizado el pago de manera anticipada de la deuda subordinada de varios de los acreedores financieros pendientes.
La Sociedad posee descripciones de los flujos de actividades de los principales procesos con impacto en la información financiera, entre ellos, procedimiento de cierre contable y de elaboración de informes donde se especifica el proceso de revisión de juicios, estimaciones y proyecciones relevantes. Para cada uno de estos procedimientos se han identificado los controles más significativos, el grado de tolerancia a los riesgos, y las transacciones que pudieran afectar de modo material a los estados financieros.

Riesgos derivados de la situación concursal del Grupo que limita el acceso a fuentes de financiación
E.6. Explique los planes de respuesta y supervisión para los principales riesgos de la entidad, incluidos los fiscales, así como los procedimientos seguidos por la compañía para asegurar que el consejo de administración da respuesta a los nuevos desafíos que se presentan.
La Sociedad cuenta con una Política de Control y Gesión de Riesgos, por el cual se identifican y evalúan, entre otros, los riesgos más significativos. Esta política tiene en cuenta los efectos de otras tipologías de riesgos (operativos, tecnológicos, legales, reputacionales , medioambientales, etc.) Los riesgos más significativos son comunicados al Comité de Auditoría para su posterior información al Consejo de Administración.

Describa los mecanismos que componen los sistemas de control y gestión de riesgos en relación con el proceso de emisión de información financiera (SCIIF) de su entidad.
Informe, señalando sus principales características de, al menos:
F.1.1 Qué órganos y/o funciones son los responsables de: (i) la existencia y mantenimiento de un adecuado y efectivo SCIIF; (ii) su implantación; y (iii) su supervisión.
La Sociedad cuenta con una Política de Control y Gestión de Riesgos, por el cual se identifican y evalúan, entre otros, los riesgos financieros más significativos. Esta política tiene en cuenta los efectos de otras tipologías de riesgos (operativos, tecnológicos, legales, reputacionales , medioambientales, etc.) Los riesgos más significativos son comunicados al Comité de Auditoría para su posterior información al Consejo de Administración. El Comité de Auditoría es el órgano encargado de la supervisión del sistema de identificación y gestión de riesgos.
El Consejo de Administración define la estructura organizativa de primer nivel. Los responsables de estas organizaciones de primer nivel realizan el despliegue en sus respectivos ámbitos.
El departamento encargado de elaborar la información financiera es el departamento de administración y finanzas, supervisado por los responsables de las áreas de administración y finanzas del Grupo y el Comité de Auditoría de la Sociedad.
Existe un canal de denuncias confidencial.
El Consejo de Administración de la Sociedad garantiza que la identidad del comunicante, así como la situación comunicada, serán tratadas con absoluta y estricta confidencialidad, tanto en el proceso de comunicación como en el eventual proceso de evaluación y clarificación de los hechos por la Comisión de Auditoría y las organizaciones de la Sociedad o terceros que participen a requerimiento de dicha Comisión.

· Programas de formación y actualización periódica para el personal involucrado en la preparación y revisión de la información financiera, así como en la evaluación del SCIIF, que cubran al menos, normas contables, auditoría, control interno y gestión de riesgos:
El personal involucrado en la preparación y revisión de la información financiera cuenta con experiencia y participa periódicamente en programas de formación relacionados con normas contables, auditoría, control interno y gestión de riesgos.
Informe, al menos, de:
El proceso está documentado mediante políticas de control de los principales riesgos contables y administrativos.
· Si el proceso cubre la totalidad de objetivos de la información financiera, (existencia y ocurrencia; integridad; valoración; presentación, desglose y comparabilidad; y derechos y obligaciones), si se actualiza y con qué frecuencia:
El proceso cubre los principales objetivos de la información financiera en cuanto a existencia y frecuencia, integridad, valoración, presentación, derechos y obligaciones.
· La existencia de un proceso de identificación del perímetro de consolidación, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, la posible existencia de estructuras societarias complejas, entidades instrumentales o de propósito especial:
No existe un procedimiento de identificación del perímetro de consolidación ya que la estructura societaria es sencilla, al estar formada por la sociedad matriz (urbar ingenieros, S.A.) y dos filiales nacionales (Virlab, S.A. y Urbar Soluciones de Ingenieria, S.L.).
· Si el proceso tiene en cuenta los efectos de otras tipologías de riesgos (operativos, tecnológicos, financieros, legales, fiscales, reputacionales, medioambientales, etc.) en la medida que afecten a los estados financieros:
El proceso tiene en cuenta otras tipologías de riesgos en la medida que afecten a los estados financieros.
· Qué órgano de gobierno de la entidad supervisa el proceso:
El Comité de Auditoría es el órgano encargado de la supervisión del sistema de identificación y gestión de riesgos.

Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:
F.3.1 Procedimientos de revisión y autorización de la información financiera y la descripción del SCIIF, a publicar en los mercados de valores, indicando sus responsables, así como de documentación descriptiva de los flujos de actividades y controles (incluyendo los relativos a riesgo de fraude) de los distintos tipos de transacciones que puedan afectar de modo material a los estados financieros, incluyendo el procedimiento de cierre contable y la revisión específica de los juicios, estimaciones, valoraciones y proyecciones relevantes
El proceso o estructura de certificación de la información financiera, que se lleva a cabo formalmente con periodicidad trimestral, coincidiendo con los cierres intermedios y anual, refleja la forma en que se genera la información financiera en el Grupo. En dicho proceso, el departamento de administración y finanzas (en los cierres intermedios) junto con los auditores (para los cierres anuales) certifican la fiabilidad de la información financiera. Finalmente, el presidente junto con el consejero delegado, como máximos responsables ejecutivos,
certifican al Consejo de Administración la fiabilidad de las cuentas individuales y consolidadas.
F.3.2 Políticas y procedimientos de control interno sobre los sistemas de información (entre otras, sobre seguridad de acceso, control de cambios, operación de los mismos, continuidad operativa y segregación de funciones) que soporten los procesos relevantes de la entidad en relación a la elaboración y publicación de la información financiera.
Entre los controles considerados para mitigar o gestionar los riesgos de error en la información financiera existen algunos relacionados con las aplicaciones informáticas más relevantes, como son los controles relativos a los permisos de acceso de usuarios o los relativos a la integridad del traspaso de información entre aplicaciones.
F.3.3 Políticas y procedimientos de control interno destinados a supervisar la gestión de las actividades subcontratadas a terceros, así como de aquellos aspectos de evaluación, cálculo o valoración encomendados a expertos independientes, que puedan afectar de modo material a los estados financieros.
El Grupo Urbar Ingenieros no tiene funciones significativas subcontratadas a terceros con incidencia directa en la información financiera.
Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:
F.4.1 Una función específica encargada de definir, mantener actualizadas las políticas contables (área o departamento de políticas contables) y resolver dudas o conflictos derivados de su interpretación, manteniendo una comunicación fluida con los responsables de las operaciones en la organización, así como un manual de políticas contables actualizado y comunicado a las unidades a través de las que opera la entidad.
n/a

F.4.2 Mecanismos de captura y preparación de la información financiera con formatos homogéneos, de aplicación y utilización por todas las unidades de la entidad o del grupo, que soporten los estados financieros principales y las notas, así como la información que se detalle sobre el SCIIF.
El mecanismo de captura y preparación de la información que soporta los estados financieros se basa, principalmente, en la utilización del ERP Dynamics en todo el Grupo , consolidando la información obtenida en hojas de cálculo. Durante el ejercicio 2022 se llevó a cabo un proceso de implantación a este nuevo sistema de gestión (Microsoft Dynamics) que ha sustituido a SAP y que esta operativo y a pleno rendimiento desde el segundo semestre del año 2022.
Informe, señalando sus principales características, al menos de:
F.5.1 Las actividades de supervisión del SCIIF realizadas por la comisión de auditoría así como si la entidad cuenta con una función de auditoría interna que tenga entre sus competencias la de apoyo a la comisión en su labor de supervisión del sistema de control interno, incluyendo el SCIIF. Asimismo se informará del alcance de la evaluación del SCIIF realizada en el ejercicio y del procedimiento por el cual el encargado de ejecutar la evaluación comunica sus resultados, si la entidad cuenta con un plan de acción que detalle las eventuales medidas correctoras, y si se ha considerado su impacto en la información financiera.
Las actividades de supervisión del SCIIF realizadas por la Comisión de Auditoría incluyen fundamentalmente: la supervisión de los servicios de auditoría interna en el caso de que se establezca dicho órgano dentro de la organización empresarial de la Sociedad; el conocimiento del proceso de información financiera y de los sistemas de control interno de la Sociedad; las relaciones con los auditores externos para recibir información que puedan poner en peligro la independencia de éstos y cualesquiera otras relacionadas con el proceso de auditoría de cuentas.
F.5.2 Si cuenta con un procedimiento de discusión mediante el cual, el auditor de cuentas (de acuerdo con lo establecido en las NTA), la función de auditoría interna y otros expertos puedan comunicar a la alta dirección y a la comisión de auditoría o administradores de la entidad las debilidades significativas de control interno identificadas durante los procesos de revisión de las cuentas anuales o aquellos otros que les hayan sido encomendados. Asimismo, informará de si dispone de un plan de acción que trate de corregir o mitigar las debilidades observadas.
Comunicación mediante correo electrónico de un informe con las debilidades detectadas.
n/a
Informe de:
F.7.1 Si la información del SCIIF remitida a los mercados ha sido sometida a revisión por el auditor externo, en cuyo caso la entidad debería incluir el informe correspondiente como anexo. En caso contrario, debería informar de sus motivos.
La información del SCIIF remitida a los mercados no ha sido sometida a revisión por el auditor externo por coherencia con el hecho de que el resto de la información contenida en el Informe anual de gobierno corporativo sólo se somete a revisión por el auditor externo en relación con la información contable contenida en dicho informe.

Indique el grado de seguimiento de la sociedad respecto de las recomendaciones del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas.
En el caso de que alguna recomendación no se siga o se siga parcialmente, se deberá incluir una explicación detallada de sus motivos de manera que los accionistas, los inversores y el mercado en general, cuenten con información suficiente para valorar el proceder de la sociedad. No serán aceptables explicaciones de carácter general.
Cumple [ X ] Explique [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

Y que, sin perjuicio de las obligaciones legales de difusión de información privilegiada y otro tipo de información regulada, la sociedad cuente también con una política general relativa a la comunicación de información económico-financiera, no financiera y corporativa a través de los canales que considere adecuados (medios de comunicación, redes sociales u otras vías) que contribuya a maximizar la difusión y la calidad de la información a disposición del mercado, de los inversores y demás grupos de interés.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]
La sociedad no dispone de una política de comunicación con accionistas, inversores institucionales y asesores de voto. Sin embargo facilita a éstos distintos canales de comunicación y contactos. Habilita un email exclusivo para éstos ([email protected]) y un foro electrónico para
accionistas como espacio habilitado en la página web corporativa de la Sociedad (www.urbar.com), cuya finalidad es facilitar la comunicación entre los accionistas individuales y las asociaciones voluntarias de accionistas con ocasión de la celebración de las Juntas Generales de Accionistas
Y que cuando el consejo de administración apruebe cualquier emisión de acciones o de valores convertibles con exclusión del derecho de suscripción preferente, la sociedad publique inmediatamente en su página web los informes sobre dicha exclusión a los que hace referencia la legislación mercantil.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]
La Sociedad solo elabora los informes a) y c).

Y que la sociedad cuente con mecanismos que permitan la delegación y el ejercicio del voto por medios telemáticos e incluso, tratándose de sociedades de elevada capitalización y en la medida en que resulte proporcionado, la asistencia y participación activa en la Junta General.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]
la Sociedad cumple con lo establecido en la legislación vigente no siendo obligatorio por ley retransmitir las Juntas a través de la web corporativa.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Y que tales requisitos y procedimientos favorezcan la asistencia y el ejercicio de sus derechos a los accionistas y se apliquen de forma no discriminatoria.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Y que en la búsqueda del interés social, además del respeto de las leyes y reglamentos y de un comportamiento basado en la buena fe, la ética y el respeto a los usos y a las buenas prácticas comúnmente aceptadas, procure conciliar el propio interés social con, según corresponda, los legítimos intereses de sus empleados, sus proveedores, sus clientes y los de los restantes grupos de interés que puedan verse afectados, así como el impacto de las actividades de la compañía en la comunidad en su conjunto y en el medio ambiente.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Explique [ ]

Que el resultado del análisis previo de las competencias requeridas por el consejo de administración se recoja en el informe justificativo de la comisión de nombramientos que se publique al convocar la junta general de accionistas a la que se someta la ratificación, el nombramiento o la reelección de cada consejero.
La comisión de nombramientos verificará anualmente el cumplimiento de esta política y se informará de ello en el informe anual de gobierno corporativo.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Y que el número de consejeras suponga, al menos, el 40% de los miembros del consejo de administración antes de que finalice 2022 y en adelante, no siendo con anterioridad inferior al 30%.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]
Hay tres consejeros independientes, dos dominicales y dos consejeros ejecutivos. No cumplimos con la recomendación de número de consejeras por la dificultad que ha tenido el Grupo en identificar mujeres interesadas en el puesto como consecuencia de la situación concursal del Grupo, hecho que esperamos solventar entre el año 2023 y 2024.
Este criterio podrá atenuarse:
Cumple [ X ] Explique [ ]

Que, sin embargo, cuando la sociedad no sea de elevada capitalización o cuando, aun siéndolo, cuente con un accionista o varios actuando concertadamente, que controlen más del 30% del capital social, el número de consejeros independientes represente, al menos, un tercio del total de consejeros.
Cumple [ X ] Explique [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]
La página web recoge la composición de los miembros del Consejo y su categoría.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

También podrá proponerse la separación de consejeros independientes como consecuencia de ofertas públicas de adquisición, fusiones u otras operaciones corporativas similares que supongan un cambio en la estructura de capital de la sociedad, cuando tales cambios en la estructura del consejo de administración vengan propiciados por el criterio de proporcionalidad señalado en la recomendación 16.
Cumple [ X ] Explique [ ]
Y que, habiendo sido informado o habiendo conocido el consejo de otro modo alguna de las situaciones mencionadas en el párrafo anterior, examine el caso tan pronto como sea posible y, atendiendo a las circunstancias concretas, decida, previo informe de la comisión de nombramientos y retribuciones, si debe o no adoptar alguna medida, como la apertura de una investigación interna, solicitar la dimisión del consejero o proponer su cese. Y que se informe al respecto en el informe anual de gobierno corporativo, salvo que concurran circunstancias especiales que lo justifiquen, de lo que deberá dejarse constancia en acta. Ello sin perjuicio de la información que la sociedad deba difundir, de resultar procedente, en el momento de la adopción de las medidas correspondientes.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Y que cuando el consejo de administración adopte decisiones significativas o reiteradas sobre las que el consejero hubiera formulado serias reservas, este saque las conclusiones que procedan y, si optara por dimitir, explique las razones en la carta a que se refiere la recomendación siguiente.
Esta recomendación alcanza también al secretario del consejo de administración, aunque no tenga la condición de consejero.

Y que, sin perjuicio de que se dé cuenta de todo ello en el informe anual de gobierno corporativo, en la medida en que sea relevante para los inversores, la sociedad publique a la mayor brevedad posible el cese incluyendo referencia suficiente a los motivos o circunstancias aportados por el consejero.
| Cumple [ X ] | Cumple parcialmente [ ] | Explique [ ] | No aplicable [ ] |
|---|---|---|---|
Y que el reglamento del consejo establezca el número máximo de consejos de sociedades de los que pueden formar parte sus consejeros.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]
No existen reglas ni en Estatutos ni en el Reglamento del Consejo que establezcan el número de consejos de los que pueden formar parte sus consejeros. Aunque no hay un mecanismo previsto, los consejeros cumplen con la dedicación necesaria para el desempeño de sus funciones.
Por otra parte, no se ha considerado necesario establecer en los Estatutos ni Reglamentos el número de consejos de los que pueden formar parte, ya que todos los consejeros propuestos por la comisión de nombramiento y remuneración podían compatibilizar las actividades que llevan a cabo.
En resumen, se ha decidido hacer una selección a priori de los consejeros exigiendo, para que puedan formar parte del consejo, que dispongan del tiempo suficiente para desempeñar su cargo adecuadamente
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]
El Consejo siempre se ha reunido, al menos, 4 veces al año, tal y como marca LSC.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cuando, excepcionalmente, por razones de urgencia, el presidente quiera someter a la aprobación del consejo de administración decisiones o acuerdos que no figuraran en el orden del día, será preciso el consentimiento previo y expreso de la mayoría de los consejeros presentes, del que se dejará debida constancia en el acta.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

Cumple [ X ] Explique [ ]
Para la realización de la evaluación de las distintas comisiones se partirá del informe que estas eleven al consejo de administración, y para la de este último, del que le eleve la comisión de nombramientos.
Cada tres años, el consejo de administración será auxiliado para la realización de la evaluación por un consultor externo, cuya independencia será verificada por la comisión de nombramientos.
Las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo deberán ser desglosadas en el informe anual de gobierno corporativo.
El proceso y las áreas evaluadas serán objeto de descripción en el informe anual de gobierno corporativo.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
El Presidente de la Comisión de Auditoría dispone de experiencia y conocimientos financieros y de gestión de riesgos.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]
Esta recomendación no se cumple ya que por el tamaño de la sociedad no se dispone de una unidad que asuma la función de auditoría interna

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]
En relación con los sistemas de información y de control interno, no hay auditor interno por el tamaño de la sociedad.

En relación con el auditor externo se cumplen todos los puntos.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Y que cualquier consejero pueda solicitar de la comisión de nombramientos que tome en consideración, por si los encuentra idóneos a su juicio, potenciales candidatos para cubrir vacantes de consejero.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]
Debido al reducido tamaño de la sociedad no se ha establecido aún una política de responsabilidad social corporativa.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]
Debido al reducido tamaño de la sociedad no se ha establecido aún una política de responsabilidad social corporativa.
Cumple [ X ] Explique [ ]
Se podrá contemplar la entrega de acciones como remuneración a los consejeros no ejecutivos cuando se condicione a que las mantengan hasta su cese como consejeros. Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar, en su caso, para satisfacer los costes relacionados con su adquisición.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]
n/a

Y, en particular, que los componentes variables de las remuneraciones:
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Que, adicionalmente, las entidades valoren el establecimiento de una cláusula de reducción ('malus') basada en el diferimiento por un período suficiente del pago de una parte de los componentes variables que implique su pérdida total o parcial en el caso de que con anterioridad al momento del pago se produzca algún evento que lo haga aconsejable.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

Se exceptúa el caso en el que el consejero mantenga, en el momento de la transmisión o ejercicio, una exposición económica neta a la variación del precio de las acciones por un valor de mercado equivalente a un importe de al menos dos veces su remuneración fija anual mediante la titularidad de acciones, opciones u otros instrumentos financieros.
Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar para satisfacer los costes relacionados con su adquisición o, previa apreciación favorable de la comisión de nombramientos y retribuciones, para hacer frente a situaciones extraordinarias sobrevenidas que lo requieran.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
A efectos de esta recomendación, entre los pagos por resolución o extinción contractual se considerarán cualesquiera abonos cuyo devengo u obligación de pago surja como consecuencia o con ocasión de la extinción de la relación contractual que vinculaba al consejero con la sociedad, incluidos los importes no previamente consolidados de sistemas de ahorro a largo plazo y las cantidades que se abonen en virtud de pactos de no competencia post-contractual.

En concreto, se indicará si la sociedad está sometida a legislación diferente a la española en materia de gobierno corporativo y, en su caso, incluya aquella información que esté obligada a suministrar y sea distinta de la exigida en el presente informe.
n/a
Este informe anual de gobierno corporativo ha sido aprobado por el consejo de Administración de la sociedad, en su sesión de fecha:

presente Informe.
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