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TECNOVAX S.A. Capital/Financing Update 2023

Jul 4, 2023

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Capital/Financing Update

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AVISO DE SUSCRIPCIÓN

TECNOVAX S.A.

OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME SERIE I CLASE 1 DENOMINADAS Y PAGADERAS EN PESOS A TASA VARIABLE CON VENCIMIENTO A LOS 18 MESES CONTADOS DESDE LA FECHA DE EMISIÓN Y LIQUIDACION

OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME SERIE I CLASE 2 DENOMINADAS EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES A SER INTEGRADAS EN PESOS AL TIPO DE CAMBIO INICIAL Y PAGADERAS EN PESOS AL TIPO DE CAMBIO APLICABLE A TASA FIJA CON VENCIMIENTO A LOS 36 MESES DESDE LA FECHA DE EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN

POR UN VALOR NOMINAL EN CONJUNTO DE HASTA USS 5.000.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MILLONES) O AMPLIABLE HASTA USS 10.000.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES DIEZ MILLONES) (O SU EQUIVALENTE EN OTRAS MONEDAS)

A SER EMITIDAS BAJO EL PROGRAMA GLOBAL DE EMISIÓN DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES SIMPLES (NO CONVERTIBLES EN ACCIONES) BAJO EL RÉGIMEN PYME CNV AMPLIABLES POR UN VALOR NOMINAL DE HASTA USS 19.000.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES DIECINUEVE MILLONES) (O SU EQUIVALENTE EN OTRAS MONEDAS)

LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV FUERON CALIFICADAS COMO VERDES Y SE ENCUENTRAN ALINEADAS A LOS CUATRO COMPONENTES PRINCIPALES DE LOS PRINCIPIOS DE BONOS VERDES DE 2021 ("GBP" POR SUS SIGLAS EN INGLÉS) DEL ICMA (INTERNATIONAL CAPITAL MARKET ASSOCIATION) Y LA GUÍA DE BONOS VERDES SOCIALES Y SUSTENTABLES ("SVS") DE BOLSAS Y MERCADOS ARGENTINOS S.A. ("BYMA") ENUNCIADOS EN LA GUÍA DE BONOS SVS, Y CON INTENCIÓN DE SER LISTADOS EN EL PANEL DE BYMA.

Mediante el presente aviso de suscripción (en adelante, el "Aviso de Suscripción") se comunica a los inversores calificados que Tecnovax S.A. (en adelante, "Tecnovax", la "Emisora", la "Compañía" o la "Sociedad", indistintamente) ofrece en suscripción (i) las obligaciones negociables Tecnovax PYME Serie I Clase 1 a tasa de interés variable nominal anual con vencimiento a los 18 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación (según se define más adelante), denominadas, suscriptas, integradas y pagaderas en Pesos (en adelante, las "Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 1"); (ii) las obligaciones negociables Tecnovax PYME Serie I Clase 2 a tasa de interés fija con vencimiento a los 36 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación (según se define más adelante), denominadas en Dólares Estadounidenses a ser suscriptas e integradas en pesos al Tipo de Cambio Inicial y pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable (en adelante, las "Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 2" y junto con las Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 1, las "Obligaciones Negociables PYME", las "Obligaciones Negociables PYME Serie I" o las "Obligaciones Negociables"), por un valor nominal de hasta U\$S 5.000.000 (Dólares estadounidenses cinco millones) (o su equivalente en otras monedas) o ampliable por hasta U\$S 10.000.000 (Dólares estadounidenses diez millones) (en adelante, el "Monto Total Autorizado"), a ser emitidas en el marco del Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables Simples (no convertibles en acciones) bajo el régimen PYME CNV por un valor nominal de hasta U\$S 19.000.000 (Dólares estadounidenses diecinueve millones) (o su equivalente en otras monedas y/o unidades de valor) en circulación en cualquier momento (en adelante, el "Programa"), de acuerdo con los términos y condiciones detallados en el Prospecto del Programa de fecha 26 de junio de 2023 (en adelante, el "Prospecto") y en el Suplemento de Prospecto correspondiente a las Obligaciones Negociables PYME Serie I de fecha 03 de julio de 2023 (en adelante, el "Suplemento de Prospecto"), que se encuentran disponibles en el micro sitio web de licitaciones del sistema "SIOPEL" del Mercado Abierto Electrónico S.A. (en adelante, el "MAE"), en el Boletín Electrónico del MAE, en el boletín diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la "BCBA") -en virtud del ejercicio de las facultades delegadas por Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (en adelante, "BYMA") a la BCBA- (el "Boletín Diario de la BCBA"), en el sitio web de la Comisión Nacional de Valores (en adelante, la "CNV"), www.argentina.gob.ar/cnv bajo el ítem: "Empresas" (en adelante, la "AIF") y en el sitio web institucional de la Emisora (https://www.tecnovax.com.ar/). Los términos en mayúsculas utilizados, pero que no están definidos en el presente tienen el significado que se les asigna en el Suplemento de Prospecto o en el Prospecto, según corresponda.

  • 1) Emisora: Tecnovax S.A., con domicilio en Luis Viale Nº 2835, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, (correo electrónico: [email protected]; teléfono: 5246-7100; página web: https://www.tecnovax.com.ar/).
  • 2) Organizador y Colocador: StoneX Securities S.A. con domicilio en Sarmiento 459 piso 9, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina (Atención: Nadia Fraga/Rosario Vidiri; correo electrónico: [email protected]; teléfono: 4390-7597).
  • 3) Período de Difusión: Comenzará el 05 de julio de 2023 y terminará el 10 de julio de 2023.
  • 4) Período de Subasta: Comenzará el 11 de julio de 2023 a las 10:00 y finalizará el mismo día a las 16:00. Durante el Período de Subasta, los oferentes podrán presentar Órdenes de Compra al Organizador y Colocador y a los Agentes del MAE habilitados a tal efecto.
  • 5) Terminación, modificación, suspensión o prórroga de la Oferta: La Compañía, quien podrá solicitar el asesoramiento del Colocador, podrá terminar y dejar sin efecto, modificar, suspender y/o prorrogar el Período de Difusión y/o el Período de Subasta en cualquier momento hasta las 15.00 horas del día de finalización del Período de Difusión y/o del Período de Subasta, lo cual será informado mediante un aviso complementario que será publicado por un (1) Día Hábil en la AIF de la CNV y en los sistemas de información en donde listen las Obligaciones Negociables Serie I. La terminación, modificación, suspensión y/o prórroga del Período de Difusión y/o el Período de Subasta, no generará responsabilidad alguna a la Compañía y/o al Colocador, ni otorgará a los oferentes derecho a compensación y/o indemnización alguna. En caso de suspensión y/o prórroga del Período de Subasta, los oferentes que hayan presentado ofertas con anterioridad a dicha suspensión y/o prórroga podrán a su solo criterio retirar tales ofertas en cualquier momento anterior a la finalización del Período de Subasta, sin penalidad alguna. En caso de terminación del Período de Subasta, todas las ofertas que, en su caso, se hayan presentado hasta ese momento, quedarán automáticamente sin efecto.
  • 6) Procedimiento de Colocación Primaria de las Obligaciones Negociables PYME Serie I: La colocación primaria de las Obligaciones Negociables Serie I se realizará de conformidad con lo establecido en los Artículos 27, Sección IV, Capítulo V, Título II, y 1º, Sección I, Capítulo IV, Título VI de las Normas de la CNV. Asimismo, se dará cumplimiento con las pautas mínimas previstas en el Artículo 8, Sección II, Capítulo IV, Título VI de las Normas de la CNV. Para tal fin, el Colocador llevará adelante las actividades usuales para la difusión pública de la información referida a la Compañía y a las Obligaciones Negociables Serie I, y para invitar a potenciales inversores a presentar las correspondientes órdenes de compra para suscribir Obligaciones Negociables Serie I (en adelante, las "Ordenes de Compra").

La colocación será realizada a través del proceso licitatorio denominado "subasta o licitación pública" (en adelante, la "Subasta"), de acuerdo con lo dispuesto por el art. 2 del Reglamento de Bonos SVS de BYMA, conforme a los parámetros y condiciones que a continuación se detallan: Las Órdenes de podrán ser remitidas: (i) a los Colocadores habilitados a participar en la rueda de licitación, quienes las recibirán, procesarán e ingresarán como ofertas durante el Período de Licitación Pública, a través del módulo de licitaciones del Sistema SIOPEL de propiedad de y operado por el MAE (el "Sistema SIOPEL"), o (ii) como ofertas por agentes del MAE (excluyendo los Colocadores) y/o adherentes al mismo, quienes las recibirán, procesarán e ingresarán, a través del módulo de licitaciones del Sistema SIOPEL, todo ello de acuerdo con el Prospecto del Programa y el Suplemento de Prospecto.

Sin perjuicio que el ingreso de las ofertas por agentes del MAE (incluyendo, sin limitación, a los Colocadores y/o adherentes del mismo) se efectúe a través del módulo de licitaciones del Sistema SIOPEL, cabe destacar que la formación del libro y aceptación de ofertas y suscripciones de las Obligaciones Negociables Serie I se llevará a cabo en BYMA, a través del sistema habilitado a tal fin denominado BYMA Primarias (el "Registro"). La Emisora realizará la adjudicación de las Obligaciones Negociables Serie I a través de BYMA Primarias de acuerdo con los procedimientos descriptos en el título "Plan de Distribución - Adjudicación. Determinación del Margen Aplicable de las Obligaciones Negociables Serie I Clase 1" y "Plan de Distribución - Adjudicación. Determinación de la Tasa de Interés y/o Precio de Emisión de las Obligaciones Negociables Serie I Clase 2." del Suplemento de Prospecto.

La rueda de la Subasta tendrá la modalidad de "abierta", conforme lo establece el Artículo 8, inciso d), Sección II, Capítulo IV del Título VI de las Normas de la CNV. Respecto de cada Orden de Compra, constará en el Registro la siguiente información:

  • los datos identificatorios del inversor o el nombre del Agente del MAE que cargó dicha oferta, y si lo hizo para cartera propia o por cuenta y orden de terceros;
  • valor nominal de las Obligaciones Negociables Serie I que se desee suscribir, el cual no podrá ser inferior al Monto Mínimo de Suscripción (en adelante, el "Monto Solicitado");
  • aceptación del oferente de la sección "Plan de Distribución. Colocación de las Obligaciones Negociables Serie I" del Suplemento de Prospecto, incluido, pero no limitado a sus apartados "Adjudicación. Determinación del Margen Aplicable de las Obligaciones Negociables Serie I Clase I" y "Adjudicación. Determinación de la Tasa de Interés y/o Precio de Emisión de las Obligaciones Negociables Serie I Clase 2.":
  • la fecha, hora, minuto y segundo de recepción de la oferta;
  • su número de orden:
  • tipo de Inversor Calificado: (i) Inversor Institucional (personas jurídicas que sean: (1) compañías de seguro; (2) fondos comunes de inversión; (3) Agentes de Mercado Abierto Electrónico y/u organismos públicos nacionales, incluyendo la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES); (ii) Inversor Corporativo (personas jurídicas no comprendidas dentro de la definición de Inversores Institucionales, tales como, a modo meramente enunciativo y no taxativo, Cajas Profesionales, Asociaciones, Mutuales, Cooperativas, y otras entidades intermedias como Municipios, etc.); e (iii) Inversor minorista que revista el carácter de inversor calificado, según la definición establecida en el Artículo 12 de la Sección I, Capítulo IV, Título II de las Normas de la CNV (personas humanas);
  • el margen solicitado para las Obligaciones Negociables Serie I Clase 1 y la tasa solicitada para las Obligaciones Negociables Serie I Clase 2 (expresados como porcentajes nominales anuales, truncados a dos decimales) (en adelante, el "Margen Solicitado" o la "Tasa Solicitada", respectivamente);
  • en el caso que así lo deseen, los oferentes podrán limitar su adjudicación final en un porcentaje máximo del valor nominal a emitir de las Obligaciones Negociables Serie I, porcentaje que deberá ser detallado en dichas Ordenes de Compra; y
  • otros datos que requiera el formulario de ingresos de órdenes del Sistema SIOPEL.

Finalmente, a través del BYMA Primarias, la Compañía realizará la adjudicación de las Obligaciones Negociables Serie I de acuerdo con los procedimientos descriptos en el título "Adjudicación. Determinación del Margen Aplicable de las Obligaciones Negociables Serie I Clase I" contenido en la sección "Términos y Condiciones Particulares De Las Obligaciones Negociables Serie I Clase 1" y en la sección "Plan de Distribución. Colocación de las Obligaciones Negociables Serie I" del Suplemento de Prospecto y en el título "Adjudicación. Determinación de la Tasa de Interés y/o Precio de Emisión de las Obligaciones Negociables Serie I Clase 2" contenido en la sección "Términos y Condiciones Particulares De Las Obligaciones Negociables Serie I Clase 2" y en la sección "Plan de Distribución. Colocación de las Obligaciones Negociables Serie I"

Todos los agentes del MAE y/o adherentes al mismo deberán solicitar al Organizador y Colocador su habilitación a participar en la rueda de licitación pública antes de las 12 horas del último día del Período de Difusión. Aquellos agentes del MAE y/o adherentes al mismo que no cuenten con línea de crédito otorgada por los Colocadores, también deberán solicitar a los mismos la habilitación para participar en la rueda, para lo cual deberán acreditar su inscripción ante la CNV como "Agente Registrado" en los términos de la Ley de Mercado de Capitales y el cumplimiento de las normas en materia de prevención de encubrimiento, lavado de activos y financiación del terrorismo de forma satisfactoria para el Organizador y Colocador. En cualquier caso, la solicitud deberá realizarse hasta las 12 horas del último día del Período de Difusión.

Ningún inversor podrá presentar Órdenes de Compra cuyos Montos Solicitados superen el Monto Máximo Autorizado, ya sea que se presenten en una o más Órdenes de Compra del mismo inversor.

Respecto a este punto y a todos los efectos, deberá tomarse únicamente por valido lo indicado en este Aviso de Suscripción o aquello que fuese informado posterior a este Aviso de Suscrición, mediante un Aviso Rectificatorio v/o Aviso de prórroga.

7) Valor nominal ofrecido: El valor nominal ofrecido de las Obligaciones Negociables Serie I Clase 1 y Clase 2 será en conjunto de hasta U\$S 5.000.000 (Dólares estadounidenses cinco millones) ampliable hasta U\$S 10.000.000 (Dólares Estadounidenses diez millones) (o su equivalente en otras monedas).

Dado que las Obligaciones Negociables Serie I Clase 2 serán denominadas en Dólares Estadounidenses, el Tipo de Cambio Inicial será utilizado a los efectos de poder acreditar que no se ha superado el Monto Máximo Autorizado. El valor nominal a emitir de las Obligaciones Negociables PYME Serie I no podrá superar el Monto Total Autorizado; y será determinado sobre la base del resultado del procedimiento de adjudicación de las Obligaciones Negociables PYME Serie I detallado en la sección "Plan de Distribución. Colocación de las Obligaciones Negociables Serie I' del Suplemento de Prospecto e informado mediante el Aviso de Resultados.

  • 8) Precio de Emisión: El precio de emisión de las Obligaciones Negociables será de 100% del valor nominal (a la par).
  • 9) Forma: Las Obligaciones Negociables PYME Serie I estarán representadas en sendos certificados globales permanentes, a ser depositados en CVSA de acuerdo con lo establecido por la Ley Nº 24.587 de Nominatividad de los Títulos Valores Privados. Conforme a lo establecido por el Artículo 131 de la Ley de Mercado de Capitales, los tenedores de las Obligaciones Negociables PYME Serie I podrán solicitar comprobantes de las Obligaciones Negociables PYME Serie I a los efectos y con el alcance indicados en el inciso e) del Artículo 129 de la referida ley. Los tenedores de las Obligaciones Negociables PYME Serie I renuncian al derecho a exigir la entrega de láminas individuales. Las transferencias se realizarán dentro del sistema de depósito colectivo, conforme a la Ley Nº 20.643 y sus posteriores modificaciones, encontrándose CVSA habilitada para cobrar los aranceles de los depositantes, que éstos podrán trasladar a los tenedores.

10) Monto Mínimo de Suscripción

  • a. Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 1: El monto mínimo de suscripción de las Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 1 será de \$1.000 (Pesos mil) y múltiplos de \$1 (Pesos uno) superiores a dicho monto.
  • Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 2: El monto mínimo de suscripción de las $b.$ Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 2 será de U\$S100 (Dólares Estadounidenses cien) y múltiplos de U\$S1 (Dólares Estadounidenses uno) superiores a dicho monto

11) Unidad Mínima de Negociación:

  • Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 1: La unidad mínima de negociación de las a. Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 1 será de \$1 (Pesos uno) y múltiplos de \$1 (Pesos uno) superiores a dicho monto.
  • Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 2: La unidad mínima de negociación de las $b.$ Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 2 será de U\$S1 (Dólares Estadounidenses uno) y múltiplos de USS1 (Dólares Estadounidenses uno) superiores a dicho monto.

12) Moneda de Denominación:

  • a. Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 1: Pesos.
  • b. Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 2: Dólares Estadounidenses.

13) Moneda de Integración:

  • a. Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 1: Pesos.
  • b. Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 2: Pesos al Tipo de Cambio Inicial.

14) Moneda de Pago:

  • Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 1: Los pagos de las sumas de capital, servicios de a. intereses y demás sumas que correspondan bajo las Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 1 serán realizados en Pesos.
  • b. Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 2: Los pagos de las sumas de capital, servicios de intereses y demás sumas que correspondan bajo las Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 2 serán realizados en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable.
  • 15) Pago: Todos los pagos serán efectuados por la Emisora mediante transferencia de los importes correspondientes a CVSA para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores con derecho a cobro. Las obligaciones de pago bajo las Obligaciones Negociables PYME Serie I se considerarán cumplidas y liberadas en la medida en que la Emisora ponga a disposición de CVSA los fondos correspondientes al pago en cuestión.
  • 16) Fecha de Emisión y Liquidación: Será la fecha que se informe en el Aviso de Resultados y tendrá lugar a los 2 (dos) Días Hábiles de finalizado el Período de Subasta. Respecto a este punto y a todos los efectos, deberá

tomarse únicamente por válido lo indicado en este Aviso de Suscripción o aquello que fuese informado posterior a este Aviso de Suscrición, mediante un Aviso Rectificatorio y/o Aviso de prórroga.

17) Suscripción y Liquidación: Cada uno de los oferentes que hubiere presentado sus Órdenes de Compra a través del Organizador y Colocador habilitados a operar en la rueda y los Agentes del MAE que hubieren ingresado ofertas a través del SIOPEL, deberá indicar, en sus correspondientes Órdenes de Compra (en el caso de los mencionados inversores) o mediante nota escrita y firmada dirigida al Organizador y Colocador habilitado a operar en la rueda respectivo a más tardar el Día Hábil anterior a la Fecha de Emisión y Liquidación (en el caso de dichos Agentes del MAE) (en adelante, cada una de ellas, una "Notificación de Elección"), si optan por la suscripción e integración de las Obligaciones Negociables PYME Serie I que pudieren serle adjudicadas a través del sistema de compensación MAE-Clear, administrado por el MAE o el sistema de compensación y liquidación, que lo reemplace en el futuro, o a través del Organizador y Colocador, conforme los procedimientos que se detallan en la sección "PLAN DE DISTRIBUCIÓN. COLOCACIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES SERIE I" del Suplemento de Prospecto.

18) Tasa de Interés:

  • a. Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 1: El capital no amortizado de las Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 1 devengará intereses a una tasa de interés variable nominal anual desde la Fecha de Emisión y Liquidación inclusive hasta la fecha en que el capital sea totalmente amortizado (no inclusive), estableciéndose que dicha tasa de interés será el equivalente a la suma de: (i) la Tasa de Referencia, más (ii) el Margen Aplicable. Se entenderá por "Margen Aplicable de las Obligaciones Negociables Serie I Clase 1" a la cantidad de puntos básicos (expresada como porcentaje nominal anual truncada a dos decimales) adicional a la Tasa de Referencia, que será determinado de conformidad con lo dispuesto en "Adjudicación. Determinación del Margen Aplicable de las Obligaciones Negociables Serie I Clase I" de la sección "Plan de Distribución. Colocación de las Obligaciones Negociables Serie I Clase I" del Suplemento de Prospecto e informado al público inversor en el Aviso de Resultados (en adelante, la "Tasa de Interés de las Obligaciones Negociables Serie I Clase 1"). La "Tasa de Referencia" será el promedio aritmético simple de la Tasa Badlar Bancos Privados informada durante el período que se inicia el séptimo (7°) Día Hábil anterior al inicio de cada Período de Devengamiento de Intereses y finaliza el séptimo (7°) Día Hábil anterior a la Fecha de Pago de Intereses correspondiente, incluyendo el primero, pero excluyendo el último. La Tasa Badlar Bancos Privados será aquella informada por el BCRA en su página de internet (www.bcra.gov.ar), Sección "Estadísticas /Monetarias y Financieras/Cuadros estandarizados de series estadísticas/ Tasas de interés y montos operados/ Por depósitos/ Series diarias / Tasas de interés por depósitos en caja de ahorros común, a plazo fijo, BADLAR (tasas de interés por depósitos a plazo fijo de 30 a 35 días de plazo y de más de un millón de pesos)", en porcentaje nominal anual ("Tasa Badlar Bancos Privados"). En caso que la Tasa Badlar Bancos Privados dejare de ser informada por el BCRA, se tomará: (i) la tasa sustitutiva de la Tasa Badlar Bancos Privados que informe el BCRA o (ii) en caso de no existir o no informarse la tasa sustituta indicada en (i) precedente, la Emisora calculará la Tasa de Referencia, considerando el promedio de tasas informadas para depósitos a plazos fijo de más de \$1.000.000 (Pesos un millón) por períodos de entre treinta (30) y treinta y cinco (35) días de plazo de los cinco primeros bancos privados de Argentina. A fin de seleccionar los cinco primeros bancos privados se considerará el último informe de depósitos disponibles publicados por el BCRA.
  • b. Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 2: Las Obligaciones Negociables Serie I Clase 2 devengarán intereses sobre su capital pendiente de pago a una tasa de interés fija, truncada a dos decimales, que podrá será licitada de conformidad con lo dispuesto en "Adjudicación. Determinación de la Tasa de Interés y/o Precio de Emisión de las Obligaciones Negociables Serie I Clase 2." de la sección "Plan de Distribución. Colocación de las Obligaciones Negociables Serie I." del Suplemento de Prospecto e informado al público inversor en el Aviso de Resultados.
  • 19) Tipo de Cambio Inicial de las Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 2: Será el tipo de cambio publicado por el BCRA mediante la Comunicación "A" 3500 (o la regulación que la sucediere o modificare en el tiempo) truncado a cuatro decimales, correspondiente al Día Hábil previo al Período de Subasta. El Tipo de Cambio Inicial será informado mediante el Aviso de Resultados. Respecto a este punto y a todos los efectos, deberá tomarse únicamente por valido lo indicado en este Aviso de Suscripción o aquello que fuese informado posterior a este Aviso de Suscrición, mediante un Aviso Rectificatorio y/o Aviso de prórroga.
  • 20) Tipo de Cambio Aplicable de las Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 2: Será el promedio aritmético simple de los últimos tres (3) Días Hábiles previos a la Fecha de Cálculo del tipo de cambio de referencia Dólares Estadounidenses/ Pesos informado por el BCRA mediante la Comunicación "A" 3500 (Mayorista) (o la regulación que la sucediere o modificare en el tiempo) en base al procedimiento de encuesta de cambio establecido en la misma. En el supuesto que (x) el BCRA dejare de efectuar dicha determinación y publicación, el Tipo de Cambio Aplicable será calculado de acuerdo al promedio aritmético simple de los últimos

tres (3) Días Hábiles previos a la Fecha de Cálculo del tipo de cambio Dólar Estadounidense divisa vendedor informado por el Banco de la Nación Argentina ("BNA"), al cierre de sus operaciones; o (y) el BCRA decida desdoblar el mercado libre de cambios, será (A) el tipo de cambio comprador de los Pesos equivalentes a un Dólar Estadounidense divisa correspondiente a la liquidación de divisas proveniente de exportación (por oposición al dólar financiero) informado por el BCRA al cierre de operaciones; o (B) si este último no se encontrara disponible por cualquier causa, en segundo lugar, el promedio aritmético de la cotización del Dólar Estadounidense divisa comprador correspondiente a la liquidación de divisas proveniente de la exportación de Productos de Referencia informada por los siguientes bancos: La Sucursal de Citibank, N.A establecida en la República Argentina, Banco Santander Río S.A., Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A.U, Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U. y HSBC Bank Argentina S.A. en Argentina, al cierre de sus operaciones. Todos los cálculos del promedio aritmético serán expresados en cuatro decimales y serán realizados por el Agente de Cálculo. En la medida de lo posible y en caso de que corresponda, la Emisora comunicará al público inversor el/los sitios donde se informen los tipos de cambios descriptos en el presente apartado en caso de desdoblamiento cambiario.

  • 21) Productos de Referencia: Son aquellos bienes que, a la fecha del presente, se encuentran descriptos en la posición arancelaria 3002.30 - Vacunas para la medicina veterinaria.
  • 22) Fecha de Cálculo de las Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 2: Será la fecha correspondiente al sexto Día Hábil anterior a una Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables Serie I Clase 2 y a la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Serie I Clase 2, según corresponda.
  • 23) Fecha de Cálculo Inicial de las Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 2: Corresponde al día de cierre del Período de Licitación.
  • 24) Pago de Intereses: Los intereses serán pagaderos trimestralmente por período vencido, comenzando su pago en la fecha en que se cumplan tres (3) meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación. Las fechas en las cuales se abonarán los intereses de las Obligaciones Negociables PYME Serie I serán informadas en el Aviso de Resultados. La última Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables PYME Serie I será el mismo día de la Fecha de Vencimiento.
  • 25) Período de Devengamiento de Intereses: Significa el período comprendido entre una Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables PYME Serie I y la Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 1 siguiente, incluyendo el primer día y excluyendo el último día (cada uno, en adelante, un "Período de Devengamiento de Intereses"). El primer Período de Devengamiento de Intereses de las Obligaciones Negociables PYME Serie I será el comprendido entre la Fecha de Emisión y Liquidación y la primer Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables PYME Serie I, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. El último Período de Devengamiento de Intereses de las Obligaciones Negociables PYME Serie I será el comprendido entre la Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables PYME Serie I inmediatamente anterior a la Fecha de Vencimiento y la Fecha de Vencimiento, incluyendo el primer día y excluyendo el último día.
  • 26) Base de Cálculo de Intereses: Para el cálculo de los intereses se considerará la cantidad real de días transcurridos y un año de 365 días (cantidad real de días transcurridos/365).
  • 27) Fecha de Vencimiento:
  • Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 1: Será en la fecha en que se cumplan 18 meses $ai$ contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación (la "Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Serie I Clase 1") y será informada en el Aviso de Resultados.
  • b. Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 2: Será en la fecha en que se cumplan 36 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación (la "Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Serie I Clase 2" y, junto a la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Serie I Clase 1, las "Fechas de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Serie I") y será informada en el Aviso de Resultados.
  • 28) Amortización: El capital de las Obligaciones Negociables será amortizado en un único pago en las Fechas de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Serie I.
  • 29) Listado y Negociación: Se ha solicitado el listado de las Obligaciones Negociables en BYMA, incluyendo en el Panel de Bonos SVS de BYMA y su negociación en el MAE. Asimismo, se podrá solicitar el listado y/o negociación en cualquier otro mercado autorizado en la Argentina.
  • 30) Rango: Las Obligaciones Negociables PYME Serie I calificarán como obligaciones negociables PYME simples no convertibles en acciones según la Ley de Obligaciones Negociables y tendrán derecho a los beneficios allí establecidos y se encontrarán sujetas a los requisitos de forma establecidos por dicha norma. Las Obligaciones Negociables PYME Serie I cuentan con garantía común sobre el patrimonio de la Emisora y tendrán igual

prioridad de pago que todo otro endeudamiento no garantizado y no subordinado, presente y futuro de la Emisora (salvo las obligaciones que gozan de preferencia por ley o de puro derecho).

  • 31) Comisiones: Por los servicios para actuar como colocador de la oferta pública de las Obligaciones Negociables sobre la base de sus mejores esfuerzos, conforme los procedimientos usuales en el mercado de capitales de la República Argentina, el Organizador y Colocador recibirá una comisión de parte de la Emisora.
  • 32) Integración: Deberá realizarse conforme se especifica en el Suplemento de Prospecto, y tendrá lugar en la Fecha de Emisión y Liquidación.
  • 33) Calificación de Riesgo: Moody's Local AR Agente de Calificación de Riesgo S.A. (en adelante "Moody's") asignó a las Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 1 y a las Obligaciones Negociables PYME Serie I Clase 2 la calificación "A-.ar" con perspectiva Estable, en su informe de fecha 23 de junio de 2023.

Al respecto, la categoría "A.ar" implica que emisores o emisiones calificados en A.ar poseen una calidad crediticia por encima del promedio en comparación con otros emisores locales. Moody's agrega los modificadores "+" y "-" a cada categoría de calificación genérica que va de AA a CCC. El modificador "+" indica que la obligación se ubica en el extremo superior de su categoría de calificación genérica, ningún modificador indica una calificación media, y el modificador "-" indica una calificación en el extremo inferior de la categoría de calificación genérica. Tal calificación de riesgo podría ser modificada, suspendida o revocada en cualquier momento, conforme lo prescripto por el Artículo 47, Sección X, Capítulo I, Título IX de las Normas de la CNV.

  • 34) Calificación de Bono Verde: Las Obligaciones Negociables Serie I cuentan con una calificación Bono Verde otorgada por Moody's, quien ha calificado con fecha 20 de abril de 2023 a las Obligaciones Negociables PYME CNV como alineadas con los cuatro componentes principales de los Principios de Bonos Verdes 2021 emitidos por ICMA.
  • 35) Ley Aplicable y Jurisdicción: Las Obligaciones Negociables PYME CNV se emitirán conforme con la Ley de Obligaciones Negociables y demás normas vigentes en Argentina y se regirán por, y deberán ser interpretadas exclusivamente de conformidad con, las leyes de la República Argentina. Toda controversia que se suscite entre la Emisora y los tenedores de Obligaciones Negociables Serie I en relación con dichas obligaciones negociables se resolverá definitivamente por el Tribunal de Arbitraje General de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires o el que se cree en el futuro en la BCBA de conformidad con el artículo 46 de la Ley de Mercado de Capitales y en virtud de la delegación de facultades otorgadas por ByMA a la BCBA en materia de constitución de tribunales arbitrales, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución N°18.629 de la CNV. No obstante, los Inversores Calificados tendrán el derecho de optar por acudir a los tribunales judiciales competentes. Asimismo, en los casos en que las normas vigentes establezcan la acumulación de acciones entabladas con idéntica finalidad ante un solo tribunal, la acumulación se efectuará ante el tribunal judicial competente.
  • 36) Día Hábil: Significa cualquier día que no sea sábado ni domingo, o cualquier otro día en el cual los bancos comerciales en la Ciudad de Buenos Aires no estuvieran autorizados o requeridos por las normas vigentes a cerrar o que, de otra forma, no estuvieran abiertos para operar. Si una Fecha de Pago no es un Día Hábil, el pago deberá hacerse el Día Hábil inmediato posterior, devengándose intereses desde la última Fecha de Pago hasta la fecha en que efectivamente se haga el Pago de Servicios.
  • 37) Agente de Cálculo: La Emisora.
  • 38) Agente de Depósito Colectivo: Caja de Valores S.A.
  • 39) Agente de Liquidación: StoneX Securities S.A.

Oferta pública autorizada en los términos de la Ley N° 26.831, los Decretos N°1.087/93 y 1.023/13 y Normas de la Comisión Nacional de Valores, registrada bajo Resolución RE-2023-75642366-APN-GE#CNV del 03 de julio de 2023 de la Comisión Nacional de Valores, cuya negociación se encuentra reservada con exclusividad a inversores calificados. El Programa ha sido autorizado por la Resolución RESFC-2023-22322-APN-DIR#CNV del 22 de junio de 2023 de la Comisión Nacional de Valores. Esta autorización sólo significa que se ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información. La Comisión Nacional de Valores no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en el prospecto. La veracidad de la información contable, financiera y económica, así como de toda otra información suministrada en el presente prospecto es exclusiva responsabilidad del órgano de administración de la emisora y demás responsables según los artículos 119 y 120 de la Ley N°26.831. El órgano de administración manifiesta, con carácter de declaración jurada, que el presente prospecto contiene, a la fecha de su publicación, información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera de la emisora y de toda aquella que deba ser de conocimiento de los inversores calificados con relación a la presente emisión, conforme a las normas vigentes.

La Comisión Nacional de Valores no ha emitido juicio sobre el carácter Social, Verde y/o Sustentable que pueda tener la presente emisión. A tal fin, el órgano de administración manifiesta haberse orientado por los "Lineamientos para la Emisión de Valores Negociables Sociales, Verdes y Sustentables en Argentina" (los "Lineamientos") contenidos en el Anexo III del Capítulo I del Título VI de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.)

Las Obligaciones Negociables se encuentran alineadas a los cuatro componentes principales de los principios de Bonos Verdes de 2021 (SBP por sus siglas en inglés) del ICMA (International Capital Market Association) teniendo en cuenta la Guía de Bonos Verdes Sociales y Sustentables ("SVS") de Bolsas y Mercados Argentinos S.A. ("BYMA") enunciados en la Guía de Bonos SVS, y con intención de ser listados en el Panel de BYMA. La evaluación de las Obligaciones Negociables como Bonos SVS se encuentra emitida a la fecha del presente Prospecto por Moody's Local AR Agente de Calificación de Riesgo S.A. (en adelante, "Moody's"), en su carácter de revisor externo (el "Revisor Externo"). El emisor espera que, luego de emitidas las Obligaciones Negociables, estas sean autorizadas a listar en el panel Sustentable de BYMA. Para más información véase la sección "Destino de los Fondos" del Suplemento de Prospecto.

La Emisora destinará los fondos provenientes de la emisión de las Obligaciones Negociables PYME CNV en cumplimiento del Artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables a la refinanciación de proyectos SVS ya ejecutados, los cuales se encuentran en consonancia con los principios previstos por la CNV en el marco de los Lineamientos para la emisión de Bonos SVS. Para más información véase la sección "Destino de los Fondos" del Suplemento de Prospecto. En línea con lo expresado, el Revisor Externo ha calificado a las Obligaciones Negociables como Verdes. En su evaluación de las Obligaciones Negociables PYME CNV a ser emitidas por la Sociedad, el Revisor Externo ha concluido que las mismas se encuentran alineadas a los cuatro componentes principales de los principios de Bonos Verdes de 2021 (SBP por sus siglas en inglés) del ICMA, generando un impacto verde positivo para la sociedad. Para un resumen de la evaluación del Bono SVS, véase la sección "Evaluación del Bono Verde" del Suplemento de Prospecto. La evaluación del Bono SVS se encuentra disponible para el público inversor en la página web de la Sociedad y en la página web de la CNV.

LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME SERIE I SERÁN OFRECIDAS POR OFERTA PÚBLICA A POTENCIALES INVERSORES EN LA REPÚBLICA ARGENTINA QUE SEAN INVERSORES CALIFICADOS DE ACUERDO CON LA DEFINICIÓN ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 12 DE LA SECCIÓN I DEL CAPÍTULO VI DEL TÍTULO II DE LAS NORMAS DE LA CNV, MEDIANTE LA ENTREGA Y/O LA PUESTA A DISPOSICIÓN, DEL SUPLEMENTO DE PROSPECTO.

SE CONSIDERAN INVERSORES CALIFICADOS: (A) EL ESTADO NACIONAL, LAS PROVINCIAS Y MUNICIPALIDADES, ENTIDADES AUTÁRQUICAS, SOCIEDADES DEL ESTADO Y EMPRESAS DEL ESTADO; (B) ORGANISMOS INTERNACIONALES Y PERSONAS JURÍDICAS DE DERECHO PÚBLICO; (C) FONDOS FIDUCIARIOS PÚBLICOS; (D) LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) - FONDO DE GARANTÍA DE SUSTENTABILIDAD (FGS); (E) CAJAS PREVISIONALES; (F) BANCOS Y ENTIDADES FINANCIERAS PÚBLICAS Y PRIVADAS; (G) FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN; (H) FIDEICOMISOS FINANCIEROS CON OFERTA PÚBLICA; (I) COMPAÑÍAS DE SEGUROS, DE REASEGUROS Y ASEGURADORAS DE RIESGOS DE TRABAJO; (J) SOCIEDADES DE GARANTÍA RECÍPROCA; (K) PERSONAS JURÍDICAS REGISTRADAS POR LA CNV COMO AGENTES, CUANDO ACTÚEN POR CUENTA PROPIA; (L) PERSONAS HUMANAS QUE SE ENCUENTREN INSCRIPTAS, CON CARÁCTER DEFINITIVO, EN EL REGISTRO DE IDÓNEOS A CARGO DE LA CNV; (M) PERSONAS HUMANAS O JURÍDICAS, DISTINTAS DE LAS ENUNCIADAS EN LOS INCISOS ANTERIORES, QUE AL MOMENTO DE EFECTUAR LA INVERSIÓN CUENTEN CON INVERSIONES EN VALORES NEGOCIABLES Y/O DEPÓSITOS EN ENTIDADES FINANCIERAS POR UN MONTO EQUIVALENTE A UNIDADES DE VALOR ADQUISITIVO TRESCIENTAS CINCUENTA MIL (UVA 350.000); Y (N) PERSONAS JURÍDICAS CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO Y PERSONAS HUMANAS CON DOMICILIO REAL EN EL EXTRANJERO.

Los restantes términos y condiciones de las Obligaciones Negociables PYME Serie I se detallan en el Suplemento de Prospecto. El Prospecto, el Suplemento de Prospecto y demás documentos relevantes para la emisión de las Obligaciones Negociables PYME Serie I se encuentran a disposición de los interesados en la AIF, en el Boletín Diario de la BCBA, en el sitio web de la Emisora (https://www.tecnovax.com.ar/), así como en el domicilio de la Emisora.

ORGANIZADOR Y COLOCADOR

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Tel.: 4390-7597 E-mail: [email protected]

La fecha de este Aviso de Suscripción es 04 de julio de 2023. Pablo Grand Poncet Subdelegado

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