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Raghsa S.A. Capital/Financing Update 2024

Apr 3, 2024

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Capital/Financing Update

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ACTA DE DIRECTORIO DEL 3 DE ABRIL DE 2024: En la ciudad de Buenos Aires, a los 3 días del mes de abril de 2024, se reúnen bajo la presidencia del Señor Edgardo Khafif, los miembros del Directorio de RAGHSA Sociedad Anónima (la “ Sociedad ”) Elena Khafif, Héctor E. Salvo, Isaac R. Khafif, Mariano J. Vega, y Juan Pablo Morad de forma presencial, y Edgardo Khafif, de forma remota, quienes manifiestan haber sido debidamente convocados. La señora Isabel Caamaño se encuentra presente de forma remota en representación de los miembros de la Comisión Fiscalizadora. Se deja sentado que (i) los miembros del Directorio y de la Comisión Fiscalizadora se encuentran comunicados entre sí a través de un medio de transmisión simultánea de sonido, imagen y palabra, y que por lo tanto todos los participantes pueden ser identificados, seguir e intervenir en la deliberación de las cuestiones tratadas en la presente reunión, y (ii) los Directores se comprometen a transcribir lo resuelto en la presente y a firmar el libro de actas rubricado a tal efecto. Siendo las 12 horas, y luego de verificar la existencia de quórum suficiente, el señor Presidente da comienzo a la reunión, por lo que se pasa a tratar los siguientes puntos del orden del día: 1º) Consideración y aprobación de la emisión de una o más nuevas clases de obligaciones negociables, a ser emitidas en una, dos o más series bajo el Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables Simples (garantizadas o no, subordinadas o no y no convertibles en acciones) por un valor nominal de hasta U$S500.000.000 (o su equivalente en otras monedas o unidades de valor) y sus correspondientes términos y condiciones (el “Programa”). Puesto a consideración el primer punto del orden del día, el Presidente hace uso de la palabra y manifiesta que, en virtud de las actuales condiciones de mercado, y en ejercicio de las facultades que fueran delegadas en este Directorio mediante Asamblea Extraordinaria de Accionistas de fecha 30 de junio de 2020 (la “ Asamblea ”) para la determinación de la oportunidad de emisión de nuevas clases de obligaciones negociables bajo el Programa, resulta oportuno que el Directorio considere disponer la emisión de una o más nuevas clases de obligaciones negociables, a ser emitidas en una, dos o más series bajo el Programa (las “ Obligaciones Negociables ”). En tal sentido, el Presidente propone al Directorio que apruebe los términos y condiciones para la emisión de las Obligaciones Negociables que se detallan a continuación y que se encuentran en el borrador del suplemento de prospecto correspondiente a las Obligaciones Negociables (el “ Suplemento de Prospecto ”), que ha sido distribuido a los presentes con suficiente antelación, sin perjuicio de que los mismos puedan ser modificados y/o complementados, según sea el caso, con posterioridad a la presente, en virtud del uso de las facultades subdelegadas a determinados miembros del Directorio y gerentes de primera línea de la Sociedad designados en los términos del artículo 270 de la Ley N°19.550 en el segundo punto del orden del día de la presente (los “ Subdelegados ”): (i) Emisor : Raghsa Sociedad Anónima; (ii) Clase : 6 y sucesivas en caso de ser emitida en dos o más clases o series; (iii) Descripción : obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones; (iv) Moneda : denominadas y pagaderas en Dólares Estadounidenses o en aquella moneda que determinen oportunamente los Subdelegados; (v) Valor nominal : hasta U$S 10.000.000 (Dólares Estadounidenses diez millones) o aquel monto que determinen oportunamente los Subdelegados; (vi) Fecha de Emisión : la que oportunamente determinen los Subdelegados; (vii) Suscripción e Integración : la integración (total o parcial) del precio de suscripción de las Obligaciones Negociables podrá ser realizada en efectivo, en Dólares Estadounidenses en Argentina y/o en Pesos; de acuerdo a lo que determinen los Subdelegados; (viii) Precio de Emisión : aquel que oportunamente determinen los Subdelegados; (ix) Fecha de Vencimiento : será aquella fecha que determinen oportunamente los Subdelegados; (x) Amortización : el capital de las Obligaciones Negociables se amortizará en la forma que oportunamente determinen los Subdelegados; (xi) Intereses : las Obligaciones Negociables devengaran intereses a una tasa de interés fija, variable o mixta de acuerdo a lo que determinen oportunamente los Subdelegados; (xii) Fechas de Pago de Intereses : las que oportunamente determinen los Subdelegados; (xiii) Destino de los Fondos : el producido neto de la colocación de las Obligaciones Negociables será destinado según de acuerdo con los requerimientos previstos en los términos del art. 36 de la Ley N°23.576 de Obligaciones Negociables, según esta sea modificada, complementada y/o reglamentada de tiempo en tiempo (la “ Ley de Obligaciones Negociables ”) y/o el destino que determinen los Subdelegados dentro de los dispuesto por el art. 36 de la Ley de Obligaciones Negociables; (xiv) Ley Aplicable : las Obligaciones Negociables se emitirán de conformidad con las leyes de Argentina (Ley de Obligaciones Negociables, Ley de Mercado de Capitales N°26.831 y Ley de Financiamiento Productivo N°27.440, y, según las mismas fueran modificadas y complementadas de tiempo en tiempo) y con las restantes normas vigentes incluyendo, sin limitación, las normas de la Comisión Nacional de Valores (“ CNV ”) que resulten de aplicación a las Obligaciones Negociables y/o cualquier otra que determinen oportunamente los Subdelegados; (xvi) Listado : se solicitará el listado de las Obligaciones Negociables en Bolsas y Mercados de Buenos Aires S.A. (“ ByMA ”), la negociación y el listado en el Mercado Abierto Electrónico (“ MAE ”) y podrá solicitarse el listado en cualquier otro mercado de valores autorizados por la CNV y/o mercado de valores del exterior que determinen oportunamente los Subdelegados. Los restantes términos y condiciones de las Obligaciones Negociables están descriptos en el borrador del Suplemento de Prospecto que ha sido distribuido a los miembros del Directorio con suficiente antelación. Se deja expresa constancia que los Subdelegados podrán modificar

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los términos y condiciones descriptos. Luego de una breve deliberación, la moción es sometida a votación y resulta aprobada con el voto afirmativo unánime de los Directores que participan de esta reunión. A continuación, se pasa a tratar el segundo punto del orden del día: 2º) Consideración y aprobación de la subdelegación de facultades en uno o más de los integrantes del Directorio y/o gerentes de la Sociedad designados en los términos del artículo 270 de la Ley N° 19.550. Toma la palabra nuevamente el Presidente y destaca la conveniencia de subdelegar en los señores Mariano Javier Vega y Juan Pablo Morad , lo cual ha sido expresamente autorizado a este Directorio por la Asamblea, para que cualesquiera de ellos, e individualmente, ejerzan aquellas facultades delegadas oportunamente en el Directorio por la Asamblea en relación con el Programa, incluyendo sin limitación las siguientes facultades: (i) decidir, de acuerdo a la situación imperante de los mercados en el momento oportuno, la oportunidad de la emisión de las Obligaciones Negociables y/o la posibilidad de modificar y/o de declarar desierta la oferta y de no emitir las Obligaciones Negociables y/o la posibilidad de disponer emisiones adicionales de Obligaciones Negociables y/o la posibilidad de emitir una, dos o más clases de obligaciones negociables; (ii) negociar, revisar, aceptar, determinar, modificar, aprobar y suscribir los términos y condiciones definitivos de las Obligaciones Negociables, incluyendo, sin limitación, la época y monto de emisión, forma de integración y suscripción, moneda, incorporación de una clase adicional, forma de emisión, vencimiento, calificación de riesgo, plazo y frecuencia de amortización del capital, tasa de interés, precio de emisión, organizadores y agentes participantes en la transacción, forma de pago y demás términos y condiciones de emisión de las Obligaciones Negociables; (iii) negociar, revisar, aceptar, determinar, modificar, aprobar y suscribir el texto definitivo del Suplemento de Prospecto, avisos complementarios y cualquier documento necesario para consumar la emisión de las Obligaciones Negociables; (iv) contratar organizadores, fiduciarios y agentes de cualquier clase, incluyendo agentes de información, calificadoras de riesgo, agentes de pago y/o de registro y, eventualmente, agentes de depósito del certificado global representativo de las Obligaciones Negociables y cualquier otro agente que pudiera ser necesario y/o conveniente en relación con la emisión de las Obligaciones Negociables, así como para negociar y fijar los términos y condiciones de los contratos eventualmente suscriptos con estos y eventualmente firmar estos contratos y cualesquiera notificaciones, instrucciones y/u otra documentación accesoria o relacionada con estos; (v) realizar ante la CNV todas las gestiones necesarias para obtener las autorizaciones necesarias para la emisión de las Obligaciones Negociables; y (vi) realizar ante la CNV, la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (“ BCBA ”), el MAE, ByMA, Caja de Valores S.A. (“ CVSA ”), y/o cualquier otro mercado de valores autorizado por la CNV y/o mercado del exterior y/o cualquier organismo público y/o privado local y/o del exterior todas las gestiones que fueran necesarias y/o convenientes para la emisión de las Obligaciones Negociables. Luego de un breve intercambio de ideas, los señores Directores resuelven por unanimidad aprobar la subdelegación de facultades en los señores Mariano Javier Vega y Juan Pablo Morad, para que realicen las tareas propuestas por el señor Presidente, con los alcances descriptos precedentemente. A continuación, se pasa a tratar el tercer y último punto del orden del día: 3º) Autorización. El señor Presidente manifiesta que, a los fines de obtener las autorizaciones necesarias para los trámites que se describen en los puntos precedentes respecto de la emisión de las Obligaciones Negociables, resulta conveniente designar y autorizar a los Sres. Alejandro Perelsztein, Lucrecia von Petery, Leandro Belusci, Manuel Etchevehere, Josefina Mortola Saiach, Sebastián Pereyra Pagiari, Quimey Lia Waisten, Pedro Azumendi, Sofía Maselli, Malena Tarrío, Agustin Caputo, Melina Signorello, Facundo Suarez Loñ y Teo Panich para que, actuando indistintamente uno o cualesquiera de ellos, realicen las pertinentes presentaciones ante la CNV, BCBA, ByMA, MAE, CVSA, Boletín Oficial de la República Argentina y/o cualquier otro mercado de valores autorizado por la CNV y/o mercado de valores del exterior y/o cualquier organismo público y/o privado de Argentina y/o del exterior, reparticiones gubernamentales en los cuales se presente el Suplemento de Prospecto (tanto en sus versiones preliminares como definitivas) y cuanto más documento resulte pertinente (incluyendo, avisos complementarios al Suplemento de Prospecto), teniendo, en forma también indistinta, la facultad de tomar vista de las actuaciones, contestar vistas, impulsar los trámites, retirar copias, realizar notificaciones, publicar edictos y avisos, presentar escritos, recibir notificaciones, suscribir e inicialar toda la documentación que resulte necesaria, incluyendo sin limitación, las versiones definitivas del Suplemento de Prospecto, avisos de suscripción, avisos de resultados, avisos complementarios a los documentos antes mencionados y cualquier documento necesario para realizar la emisión de las Obligaciones Negociables. Luego de un intercambio de ideas, los señores Directores resuelven por unanimidad aprobar la moción. Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las 13 horas.

Juan Pablo Morad Director

RAGHSA Sociedad Anónima