AI assistant
Raghsa S.A. — Capital/Financing Update 2024
Oct 30, 2024
68526_rns_2024-10-30_75a826f0-a1ae-440a-8d39-947712aafbbd.pdf
Capital/Financing Update
Open in viewerOpens in your device viewer
==> picture [208 x 78] intentionally omitted <==
==> picture [136 x 73] intentionally omitted <==
ACTA DE DIRECTORIO DEL 29 DE OCTUBRE DE 2024: En la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, a los 29 días del mes de octubre de 2024, se reúnen bajo la presidencia del Señor Edgardo Khafif, los miembros del Directorio de RAGHSA Sociedad Anónima (la “ Sociedad ”) Elena Khafif, Héctor Emilio Salvo, Mariano Javier Vega, Pablo Raúl Kiesel y Juan Pablo Morad de forma presencial, y Gloria Btesh de Khafif, Edgardo Khafif e Isaac Roberto Khafif de forma remota, quienes manifiestan haber sido debidamente convocados. La Señora Isabel Caamaño se encuentra presente de forma remota, en representación de los miembros de la Comisión Fiscalizadora. Se deja sentado que (i) los miembros del Directorio y de la Comisión Fiscalizadora se encuentran comunicados entre sí a través de un medio de transmisión simultánea de sonido, imagen y palabra, y que por lo tanto todos los participantes pueden ser identificados, seguir e intervenir en la deliberación de las cuestiones tratadas en la presente reunión, en virtud del artículo décimo tercero de los estatutos de la Sociedad; y (ii) los Señores Directores se comprometen a transmitir lo resuelto en la presente y a firmar el libro de actas rubricado a tal efecto. Siendo las 12 horas, y luego de verificar la existencia de quórum suficiente, el Señor Presidente da comienzo a la reunión y cede la palabra al Director Mariano Javier Vega para que la conduzca, por lo que se pasa a tratar el primer punto del Orden del Día: 1º) Consideración y aprobación del proceso de oferta de canje que será dirigida a los tenedores de las Obligaciones Negociables Clase 4. Toma la palabra el Señor Director Mariano Javier Vega e indica a los Señores Directores que, como es de su conocimiento, con fecha 11 de mayo de 2020 fueron emitidas las obligaciones negociables clase 4 por un valor nominal total de U$S58.342.000 (las “ Obligaciones Negociables Clase 4 ” o las “ Obligaciones Negociables Existentes ”, indistintamente). En este sentido, el Señor Director Mariano Javier Vega manifiesta que, dada las actuales condiciones del mercado de capitales, y a los efectos de administrar de manera eficiente y sostenible los pasivos de la Sociedad, resulta conveniente que la Sociedad inicie un proceso de oferta de canje dirigida a los tenedores de las Obligaciones Negociables Existentes (la “ Oferta de Canje ”). El Señor Director Mariano Javier Vega manifiesta que la Oferta de Canje consistirá en ofrecer a los tenedores de las Obligaciones Negociables Existentes (los “ Tenedores ”), que presenten en canje sus tenencias de Obligaciones Negociables Existentes por las Nuevas Obligaciones Negociables (conforme se define más adelante) a ser emitidas en los términos que se aprobarán en el siguiente punto del Orden del Día. Continúa con el uso de la palabra el Señor Director Mariano Javier Vega e informa que los términos y condiciones de la Oferta de Canje se encuentran detallados en el documento denominado en inglés Exchange Offer Memorandum con su correspondiente traducción al español para su difusión en la Argentina (en conjunto, los “ Documentos de la Oferta de Canje ”), cuyo borrador ha sido distribuido a los Señores Directores con antelación a la presente reunión. Finalmente, el Señor Director Mariano Javier Vega propone que los Subdelegados (conforme se define más adelante), en uso de las facultades dispuestas en el tercer punto del Orden del Día, puedan modificar y/ o complementar los términos y condiciones descriptos anteriormente, como así también disponer el lanzamiento de la Oferta de Canje en el momento que consideren oportuno. Luego de un breve intercambio de opiniones, el Directorio resuelve, por unanimidad de los Directores que participan de esta reunión, aprobar la propuesta del Señor Director Mariano Javier Vega, incluyendo sin limitación el lanzamiento de la Oferta de Canje y el borrador de los Documentos de la Oferta de Canje distribuido entre los Señores Directores con suficiente antelación a esta reunión. A continuación, se pasa a tratar el segundo punto del Orden del Día: 2º) Consideración y
==> picture [208 x 78] intentionally omitted <==
==> picture [136 x 73] intentionally omitted <==
aprobación de la emisión de una o más nuevas clases de obligaciones negociables, en una, dos o más series bajo el Programa y sus correspondientes términos y condiciones. Puesto a consideración el segundo punto del Orden del Día, el Señor Director Mariano Javier Vega hace uso de la palabra y manifiesta que, en virtud de la Oferta de Canje aprobada por la Sociedad en el primer punto del Orden del Día, de las actuales condiciones de mercado, y en ejercicio de las facultades que fueran delegadas en este Directorio mediante Asamblea Ordinaria de Accionistas de fecha 30 de junio de 2020 (la “ Asamblea ”) para la determinación de la oportunidad de emisión de nuevas clases de obligaciones negociables bajo el programa global de emisión de obligaciones negociables simples por un valor nominal de hasta U$S 500.000.000 en cualquier momento en circulación y/o su equivalente en otras monedas (el “ Programa ”), resulta oportuno que el Directorio considere disponer la emisión de una o más nuevas clases de obligaciones negociables, en una, dos o más series bajo el Programa (las “ Nuevas Obligaciones Negociables ”). En tal sentido, el Señor Director Mariano Javier Vega propone al Directorio que apruebe los términos y condiciones preliminares para la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables que se detallan a continuación y que se encuentran contenidos en el formulario denominado “T-3” presentado ante la SEC (conforme dicho término es definido más adelante) y en el borrador del suplemento de prospecto correspondiente a las Nuevas Obligaciones Negociables (el “ Suplemento de Prospecto ”), que ha sido distribuido a los presentes con suficiente antelación, sin perjuicio de que los mismos puedan ser modificados y/o complementados, según sea el caso, con posterioridad a la presente, en virtud del uso de las facultades subdelegadas a determinados miembros del Directorio y gerentes de primera línea de la Sociedad designados en los términos del artículo 270 de la Ley N° 19.550 en el tercer punto del Orden del Día de la presente (los “ Subdelegados ”): (i) Emisor : Raghsa S.A.; (ii) Clase : 7 y sucesivas en caso de ser emitida en dos o más clases; (iii) Descripción : obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones; (iv) Moneda : denominadas y pagaderas en Dólares Estadounidenses o en aquella moneda que determinen oportunamente los Subdelegados; (v) Valor nominal : hasta U$S U$S58.342.000 (Dólares Estadounidenses cincuenta y ocho millones trescientos cuarenta y dos mil) o aquel que determinen oportunamente los Subdelegados; (vi) Fecha de Emisión : la que oportunamente determinen los Subdelegados; (vii) Suscripción e Integración : la integración será exclusivamente en especie mediante el canje de las Obligaciones Negociables Existentes en el marco de la Oferta de Canje o en aquella otra modalidad que establezcan los Subdelegados; (viii) Precio de Emisión : 100% del valor nominal o aquel que oportunamente determinen los Subdelegados; (ix) Fecha de Vencimiento : será aquella fecha que determinen oportunamente los Subdelegados; (x) Amortización : el capital de las Nuevas Obligaciones Negociables se repagará en la forma que oportunamente determinen los Subdelegados; (xi) Intereses: tasa fija nominal anual, o aquella que determinen oportunamente los Subdelegados; (xii) Fechas de Pago de Intereses : las que oportunamente determinen los Subdelegados; (xiii) Destino de los Fondos: refinanciación de deuda en los términos del art. 36 de la Ley de Obligaciones Negociables y/o el destino que determinen los Subdelegados dentro de los dispuestos por el art. 36 de la Ley de Obligaciones Negociables; (xiv) Forma : las Nuevas Obligaciones Negociables serán ofrecidas al amparo de la exención de registro prevista en el Artículo 3(a)(9) de la Ley de Títulos Valores de 1933 de los Estados Unidos y/o en la forma que oportunamente determinen los Subdelegados; (xv) Ley Aplicable : las Nuevas Obligaciones Negociables se emitirán de conformidad con las leyes
==> picture [208 x 78] intentionally omitted <==
==> picture [136 x 73] intentionally omitted <==
del Estado de Nueva York, Estados Unidos de Norteamérica, y con las leyes de la República Argentina (Ley de Obligaciones Negociables N° 23.576, Ley de Mercado de Capitales N° 26.831 y Ley de Financiamiento Productivo N° 27.440, y, según las mismas fueran modificadas y complementadas de tiempo en tiempo) y con las restantes normas vigentes incluyendo, sin limitación, las Normas de la CNV que resulten de aplicación a las Nuevas Obligaciones Negociables y/o cualquier otra que determinen oportunamente los Subdelegados; (xvi) Listado : se solicitará el listado de las Nuevas Obligaciones Negociables en Bolsas y Mercados de Buenos Aires S.A. (“ ByMA ”), y podrá solicitarse el listado en cualquier otro mercado de valores autorizados por la Comisión Nacional de Valores (la “ CNV ”) y/o mercado de valores del exterior que determinen oportunamente los Subdelegados. Continúa con el uso de la palabra el Señor Director Mariano Javier Vega y manifiesta que teniendo en cuenta la particularidad de la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables y de acuerdo con lo establecido en el Art. 3, Sección I, Capítulo IV, Título VI de las Normas de la CNV, en los casos de refinanciación de deudas empresarias, como la transacción que se está aprobando mediante la presente, se considerará cumplimentado el requisito de oferta pública cuando los suscriptores de la nueva emisión revistan el carácter de tenedores de las obligaciones negociables objeto de canje. Los restantes términos y condiciones de las Nuevas Obligaciones Negociables están descriptos en el borrador del Suplemento de Prospecto que ha sido distribuido a los miembros del Directorio con suficiente antelación. Se deja expresa constancia que los Subdelegados podrán modificar los términos y condiciones descriptos. Luego de una breve deliberación, la moción es sometida a votación y resulta aprobada con el voto afirmativo unánime de los Directores que participan de esta reunión. A continuación, se pasa a tratar el tercer punto del Orden del Día: 3º) Subdelegación de facultades en uno o más de los integrantes del Directorio y/o gerentes de la Sociedad designados en los términos del artículo 270 de la Ley N° 19.550. Toma la palabra nuevamente el Señor Director Mariano Javier Vega y destaca la conveniencia de subdelegar en los Señores Mariano Javier Vega y Juan Pablo Morad, lo cual ha sido expresamente autorizado a este Directorio por la Asamblea, para que cualesquiera de ellos, e individualmente, ejerzan aquellas facultades delegadas oportunamente en el Directorio por la Asamblea en relación con el Programa, incluyendo sin limitación las siguientes facultades: (A) en relación con la Oferta de Canje aprobada en el primer punto del Orden del Día: (i) negociar y fijar los términos y condiciones definitivos relativos a la Oferta de Canje, como así también negociar y firmar las versiones definitivas de los documentos necesarios para realizar la Oferta de Canje (incluyendo, sin limitación, los Documentos de la Oferta de Canje), así como también, cualquier anexo y/o documento complementario (incluyendo gacetillas de prensa), que fuera menester extender, ya sea en instrumento público o privado y en particular, determinar la fecha de inicio y finalización de la Oferta de Canje, así como disponer el lanzamiento de la transacción, suspensiones, extensiones, prórrogas o fijar nuevas fechas de inicio y finalización de la Oferta de Canje; (ii) contratar organizadores, fiduciarios y agentes, incluyendo agentes de canje y agentes de información, calificadoras de riesgo, agentes de pago y/o de registro y cualquier otro agente que pudiera ser necesario y/o conveniente en relación con la Oferta de Canje; (iii) negociar, aprobar, suscribir y eventualmente modificar, prorrogar o complementar, todos y cada uno de los documentos y contratos relativos a, y/o relacionados con, la Oferta de Canje; (iv) realizar ante la CNV, la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la “ BCBA ”), el ByMA, el Mercado Abierto Electrónico S.A. (el “ MAE ”), Caja de Valores S.A. (“ CVSA ”), el Boletín Oficial de la República
==> picture [208 x 78] intentionally omitted <==
==> picture [136 x 73] intentionally omitted <==
Argentina y/o cualquier otro mercado de valores autorizado por la CNV y/o mercado del exterior y/o cualquier organismo público y/o privado de la República Argentina y/o del exterior todas las gestiones que fueran necesarias y/o convenientes para llevar a cabo la Oferta de Canje; y (B) en relación con la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables: (i) decidir, de acuerdo a la situación de los mercados imperantes en el momento oportuno, la oportunidad de la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables y/o la posibilidad de declarar desierta la oferta y no emitir las Nuevas Obligaciones Negociables y/o la posibilidad de disponer emisiones adicionales de Nuevas Obligaciones Negociables y/o la posibilidad de emitir una, dos o más clases de obligaciones negociables; (ii) negociar, revisar, aceptar, determinar, modificar, aprobar y suscribir los términos y condiciones definitivos de las Nuevas Obligaciones Negociables, incluyendo, sin limitación, la época y monto de emisión, forma de integración y suscripción, moneda, incorporación de una clase adicional, forma de emisión, calificación de riesgo, plazo de amortización, tasa de interés, organizador y agentes participantes en la transacción, forma de pago y demás términos y condiciones de emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables; (iii) negociar, revisar, aceptar, determinar, modificar, aprobar y suscribir el texto definitivo del Suplementos de Prospecto, el convenio de emisión ( indenture ) avisos complementarios y cualquier documento necesario para consumar la transacción; (iv) contratar organizadores, fiduciarios y agentes de cualquier clase, incluyendo agentes de información, calificadoras de riesgo, agentes de pago y/o de registro y, eventualmente, agentes de depósito del certificado global representativo de las Nuevas Obligaciones Negociables y cualquier otro agente que pudiera ser necesario y/o conveniente en relación con la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables, así como para negociar y fijar los términos y condiciones de los contratos eventualmente suscriptos con estos y eventualmente firmar estos contratos y cualesquiera notificaciones, instrucciones y/u otra documentación accesoria o relacionada con estos; (v) realizar ante la CNV todas las gestiones necesarias para obtener las autorizaciones necesarias para la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables; y (vi) realizar ante CNV, BCBA, MAE, ByMA, CVSA, U.S. Securities and Exchange Commission (la “ SEC ”) y/o cualquier otro mercado de valores autorizado por la CNV y/o mercado del exterior y/o cualquier organismo público y/o privado local y/o del exterior todas las gestiones que fueran necesarias y/o convenientes para la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables. Luego de un breve intercambio de ideas, los Señores Directores resuelven por unanimidad aprobar la subdelegación de facultades en los Señores Mariano Javier Vega y Juan Pablo Morad, para que realicen las tareas propuestas por el Señor Director Mariano Javier Vega, con los alcances descriptos precedentemente. A continuación, se pasa a tratar el cuarto y último punto del Orden del Día: 4º) Autorización. El Señor Director Mariano Javier Vega manifiesta que, a los fines de obtener las autorizaciones necesarias para los trámites que se describen en los puntos precedentes respecto de la Oferta de Canje y la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables, resulta conveniente designar y autorizar a los Sres. Alejandro Perelsztein, Matías López Figueroa, José María Bazán, Lucrecia Von Petery, Leandro Belusci, Ramón Augusto Poliche, Juan María Rosatto, Sebastián Pereyra Pagiari, Quimey Waisten, Branko Serventich, Pedro Azumendi, Sofía Maselli, Facundo Suárez Loñ, Malena Tarrío, Lucía de Luca, Gonzalo Javier Vilariño y/o Teo Panich para que, actuando indistintamente uno o cualesquiera de ellos, realicen las pertinentes presentaciones ante la CNV, BCBA, ByMA, MAE, CVSA, SEC, Boletín Oficial de la República Argentina y/o cualquier mercado de valores autorizado por la CNV y/o mercado de valores del exterior y/o cualquier organismo público y/o privado de
==> picture [208 x 78] intentionally omitted <==
==> picture [136 x 73] intentionally omitted <==
la República Argentina y/o del exterior, reparticiones gubernamentales en los cuales se presente la Oferta de Canje, el Suplemento de Prospecto (tanto en sus versiones preliminares como definitivas) y cuanto más documento resulte pertinente (incluyendo, avisos complementarios a la Oferta de Canje y al Suplemento de Prospecto), teniendo, en forma también indistinta, la facultad de tomar vista de las actuaciones, contestar vistas, impulsar los trámites, retirar copias, realizar notificaciones, publicar edictos y avisos, presentar escritos, recibir notificaciones, suscribir e inicialar toda la documentación que resulte necesaria, incluyendo sin limitación, las versiones definitivas de la Oferta de Canje, del Suplemento de Prospecto, avisos de suscripción, avisos de resultados, avisos complementarios a los documentos antes mencionados y cualquier documento necesario para realizar de la Oferta de Canje y/o la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables. Luego de un intercambio de ideas, los Señores Directores resuelven por unanimidad aprobar la moción. Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las 13 horas.
Firmado: Elena Khafif, Héctor Emilio Salvo, Mariano Javier Vega, Pablo Raúl Kiesel y Juan Pablo Morad.
Por la Comisión Fiscalizadora: Isabel Caamaño.
RAGHSA Sociedad Anónima