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Raghsa S.A. — Capital/Financing Update 2008
Mar 6, 2008
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Download source fileACTA DE DIRECTORIO DEL DIA 04 DE MARZO DE 2008: En la ciudad de Buenos Aires, a los 4 días del mes de marzo de 2008, se reúnen los miembros del Directorio de RAGHSA Sociedad Anónima, contando con la presencia de la Dra. Haydee E. Laksman en representación de los miembros de la Comisión Fiscalizadora, que firman al pie, en la sede social de Avenida Corrientes 447 -5º piso-, bajo la presidencia del Señor Moisés Khafif, siendo las 9.00 horas se da comienzo a la reunión que tiene por objeto tratar el siguiente Orden del Día: 1°) Consideración de la firma de un contrato de préstamo con el Banco Itaú Europa S.A., Sucursal Londres. Informa el Sr. Presidente que la sociedad ha estado negociando un préstamo con el Banco Itaú Europa S.A., Sucursal Londres, con el objeto de financiar las inversiones de capital que se propone realizar la sociedad en los próximos meses. Tales negociaciones han sido exitosamente concluidas, así como también los borradores de los textos de la documentación que deberá firmarse para efectivizar el préstamo. Expone a continuación los términos fundamentales de la operación puesta a consideración del Directorio:
- Prestamista: Banco Itaú Europa S.A., Sucursal Londres.
- Monto: Dólares estadounidenses ocho millones (US$ 8.000.000), a ser entregados en un solo desembolso durante la primera semana de marzo de 2008.
- Interés: ocho por ciento (8%) anual, tasa fija.
- Repago del préstamo: el repago del préstamo se efectuará en cuarenta y nueve (49) cuotas mensuales iguales y consecutivas, la primera de ellas con vencimiento 365 días a partir de la fecha de desembolso. En cada fecha de repago del préstamo también se pagarán intereses sobre el saldo pendiente de pago a cada fecha.
- Garantías: la obligación de repago del pago del préstamo, así como también de pago de las restantes obligaciones que surgen del contrato de préstamo (incluyendo intereses compensatorios y moratorios, gastos e impuestos), será garantizada mediante la afectación con el derecho real de prenda sobre los créditos de la sociedad contra las sociedades ARCOR S.A.I.C. y ACCENTURE S.A., emergentes de los contratos de locación de los mismos con la sociedad. Adicionalmente, el Presidente de la sociedad garantizará en forma personal el repago de todas las obligaciones emergentes del contrato de préstamo y el promissory note.
- Documentación: las partes firmarán un contrato de préstamo, y un contrato de prenda. El contrato de préstamo será también firmado por el Sr. Khafif, en su calidad de garante, y su cónyuge. Por último, la sociedad librará un promissory note a favor del banco, el cual servirá para evidenciar la deuda emergente del préstamo y dotarla de fuerza ejecutiva.
- Impuestos: la sociedad se compromete a pagar montos extras al Banco en caso de aumentos de la carga impositiva aplicable, de tal manera que reciba la misma cantidad en concepto de pagos de capital o intereses, como si dicho aumento no hubiera sucedido.
- Compromisos financieros: la sociedad se compromete asimismo a mantener en todo momento una relación de endeudamiento sobre patrimonio neto inferior a 1,6, y una relación entre el monto de los créditos por locaciones prendados sobre monto de capital del préstamo, superior a 1,3.
- Ley aplicable y jurisdicción: el contrato de préstamo y el promissory note se regirán por la ley del estado de Nueva York, Estados Unidos, y se sujetarán a la competencia de los tribunales de la ciudad de Nueva York, mientras que el contrato de prenda se regirá por la ley argentina y se sujetará a la compentencia de los tribunales comerciales de la ciudad de Buenos Aires.
Luego de un extenso intercambio de opiniones, del cual surge la importancia de concluir exitosamente las negociaciones para el préstamo, y en línea con el mandato otorgado por los accionistas de la sociedad, el Directorio por unanimidad de votos RESUELVE aprobar la celebración de los contratos necesarios para obtener la financiación objeto de la presente reunión (incluyendo la afectación en prenda de los contratos de locación de ARCOR Y ACCENTURE y la apertura de las cuentas que sean necesarias) los cuales serán firmados por el Sr. Moisés Khafif en su calidad de Presidente del Directorio. La Sra. Presidenta de la Comisión Fiscalizadora se da por notificada. No habiendo más temas que tratar, se da por concluida la sesión siendo las 10.00 horas.
Firmado: Sr. Moisés Khafif, Dra. Susana B. Giovinazzo, Dr. Héctor E. Salvo, Sra. Elena Khafif de Chammah, Dr. Pablo L. Cavallaro y por la Comisión Fiscalizadora la Dra. Haydee E. Laksman.
Dra. Susana B. Giovinazzo
Directora
RAGHSA Sociedad Anónima