Skip to main content

AI assistant

Sign in to chat with this filing

The assistant answers questions, extracts KPIs, and summarises risk factors directly from the filing text.

Raghsa S.A. Board/Management Information 2015

Dec 18, 2015

Preview isn't available for this file type.

Download source file

ACTA DE DIRECTORIO DEL 17 DE DICIEMBRE DE 2015: En la ciudad de Buenos Aires a los 17 días del mes de diciembre de 2015, siendo las 11:00 horas, se reúnen en la sede social de la calle San Martín 344, Piso 29 de la ciudad de Buenos Aires, los miembros del directorio de RAGHSA Sociedad Anónima que firman al pie, quienes manifiestan haber sido debidamente convocados, contando con la presencia de la Dra. Haydee E. Laksman en representación de los miembros de la Comisión Fiscalizadora con el fin de tratar el primer y único punto del orden del día: 1°) Otorgamiento de poder general administrativo, extrajudicial y judicial. Toma la palabra el señor Presidente y manifiesta que a fin de agilizar los negocios sociales resulta conveniente el otorgamiento de un poder general administrativo, extrajudicial y judicial. Acto seguido, por unanimidad resuelve: OTORGAR PODER GENERAL ADMINISTRATIVO EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL a favor del Dr. Juan Pablo Morad D.N.I. 28.693.232; para que pueda ejercer las siguientes facultades en nombre y representación de RAGHSA Sociedad Anónima: 1) ADMINISTRATIVAS: Realizar todas las gestiones que fueran necesarias, en todos los asuntos, causas y negocios que en el presente o en adelante tuviere la sociedad ante el Gobierno Nacional, Gobiernos Provinciales, Municipalidades, sus Ministerios, Direcciones, Secretarías y Subsecretarías, Cámaras y con las demás dependencias y reparticiones en general, nacionales, provinciales, municipales, entidades centralizadas, descentralizadas, autónomas y/o autárquicas, y empresas y Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas y Sociedades de Economía Mixta nacionales, provinciales o municipales; Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES); Administración Nacional de Seguro de Salud (ANSSAL); Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT); Aseguradoras de Riesgo del Trabajo (ART); Superintendencia de Seguros de la Nación; Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP); Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (SAFJP); Comisiones de Conciliación y Arbitraje; Subsecretaría de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires y sus delegaciones regionales, Empresas de Seguros, Sindicatos, Inspección de Seguridad e Higiene del Trabajo; Policía del Trabajo y Obras Sociales; Administración Federal de Ingresos Públicos; Dirección General de Aduanas; Banco Central de la República Argentina, Banco de la Nación Argentina, Inspección General de Justicia, Registro Público de Comercio de la Ciudad de Buenos Aires y los registros correspondientes en el ámbito provincial; Comisión Nacional de Defensa de la Competencia; Subsecretaria de Defensa del Consumidor y los organismos correspondientes en el ámbito provincial y municipal; Tribunal de Cuentas de la Nación; Procuración del Tesoro de la Nación; Tribunal Fiscal de la Nación; Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO); Dirección General Impositiva (DGI); Tribunal de Arbitraje General de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires; Dirección de Migraciones; Dirección General de Rentas de la Ciudad de Buenos Aires y la Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Buenos Aires y las respectivas de cualquier otra provincia; Dirección Nacional de Lealtad Comercial; Registro Nacional de las Personas; Tribunales Municipales de Faltas; Comisión Nacional de Comunicaciones; Comisión Nacional de Valores; Registro de Inversiones Extranjeras, Registro de Créditos Prendarios; Registro de la Propiedad Intelectual; Registro de la Propiedad Inmueble; Registro de la Propiedad del Automotor; Registro de Marcas y Patentes; Policía Federal Argentina; Policía de la Provincia de Buenos Aires y Policías de las distintas provincias y municipios, empresas prestatarias de servicios públicos en general; Telefónica de Argentina S.A; Telecom Argentina Stet-France Telecom S.A; Distribuidora de Gas del Sur S.A; Distribución de Gas del Centro S.A; Distribuidora de Gas Pampeana S.A; Ferrocarriles Argentinos; Aguas Argentinas S.A; Edesur S.A.; Eseba S.A. y cualquier otra Sociedad de servicios públicos o privada así como cualquier empresa de transporte de todo tipo ya sea aéreo, marítimo o terrestre correspondiente al ámbito provincial. La precedente mención es simplemente enunciativa y de ninguna manera restringe o limita el carácter amplio de la representación aquí otorgada para actuar ante los distintos organismos de la Administración Pública Nacional; Provincial o Municipal de la República Argentina o de cualquier subdivisión política o administrativa, pudiendo a tal efecto presentarse con solicitudes, peticiones, denuncias, descargos, escritos, escrituras, documentos, informes, planos certificados, títulos, notas, declaraciones juradas, justificativos y comprobantes; pagar derechos y tasas, aportes, contribuciones e impuestos; formular impugnaciones; ofrecer y producir pruebas; apelar resoluciones; solicitar inspecciones; interponer recursos administrativos, realizar todos los actos procesales legislados en la Ley de Procedimientos Administrativos y sus reglamentaciones, y en cualquiera otras normas que reglen procedimientos especiales relacionados con la materia administrativa, notificarse de resoluciones, consentirlas o apelarlas, hacer reserva de derechos, reclamos sobre impuestos y sobre valuaciones, exigir recibos y finiquitos, solicitar exoneraciones de multas, permisos y/o comprobantes, efectuar protestos y protestas; protocolizar instrumentos públicos y/o privados, hacer ratificaciones, aclaratorias, aceptaciones, intimaciones, emplazamientos y citaciones y finalmente practicar cuantos más actos, trámites y diligencias sean conducentes al mejor desempeño de este mandato; y 2) RECLAMOS EXTRAJUDICIALES, JUDICIALES Y TRIBUNAL ARBITRAL: Para que en nombre y representación de su mandante pueda intervenir en defensa de sus derechos e intereses en todos los asuntos, causas, gestiones y litigios judiciales o extrajudiciales, incluyendo las causas en las que se hayan pactado jurisdicción arbitral, pendientes o que se presenten en el futuro, en la que la mandante tenga interés y en toda clase de juicios que tramiten actualmente o que deban tramitarse, ante los Tribunales de la Nación, de la Ciudad de Buenos Aires o de las Provincias, de cualquier fuero o jurisdicción, incluyendo expresamente las que tramiten ante el Tribunal de Arbitraje General de la Bolsa de Comercio o ante cualquier otro Tribunal Arbitral que corresponda, ejercitando las acciones pertinentes como actora o demandada, denunciante, querellante, querellada o tercerista, o en cualquier otro carácter ya sea civil, comercial, criminal o de cualquier otra naturaleza, con facultad para presentar escritos, incluyendo la facultad para comprometer en árbitros y formular el compromiso arbitral correspondiente, escrituras, títulos, partidas, testigos y demás pruebas, y toda especie de documentos, ejerciendo los derechos que le acuerden las leyes de fondo y de procedimientos en vigor, querellar, denunciar, recusar, promover o contestar demandas de cualquier naturaleza y reconvenir; asistir a juicios verbales, audiencias de conciliación obligatorias o voluntarias y al cotejo de documentos, firmas y letras o exámenes periciales; asistir a procesos de mediación, interpelar, cursar y contestar notificaciones en general y notificaciones judiciales por acta notarial y/o carta documento, desistir, decir de nulidad, celebrar transacciones, declinar o prorrogar jurisdicciones, poner y absolver posiciones, y producir todo otro género de pruebas, escritos, escrituras, solicitudes e informaciones; interponer o renunciar recursos legales o derechos adquiridos en virtud de prescripciones u otras causas; oponer o interrumpir prescripciones, transigir o rescindir transacciones; formular protestos y protestas, alegar la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de cualquier ley, ordenanza o decreto; prestar o deferir juramentos; oponer y contestar todo tipo de excepciones; pedir embargos preventivos o definitivos e inhibiciones y sus levantamientos, solicitar desalojos y desahucios, lanzamientos, conceder u otorgar recibos, finiquitos, esperas o quitas y acordar términos, aceptar y rechazar o renovar concordatos, formas de pago, adjudicaciones o cesiones de bienes, arreglos u otros convenios; reconocer obligaciones anteriores al mandato, nombrar o consentir el nombramiento de administradores de bienes, tasadores, rematadores, escribanos, partidores y peritos de toda índole, fijando o no los puntos de pericia, reconocer o negar firmas, señalando los documentos indubitados, hacer, aceptar o rechazar consignaciones en pago y obligaciones; prestar o exigir fianzas, cauciones reales y juratorias, arraigos y demás garantías; cobrar y percibir, otorgando recibos y cartas de pago; comprometer la causa en árbitros o arbitradores, mediación, amigables componedores o de juris con terceros para el caso de discordia e imposición de multas o sin ellas, y reglando los compromisos del caso, hacer cargos por daños y perjuicios y demandar indemnizaciones e intereses fijando o no el monto de los mismos por consignación, tomar posesión de bienes; ratificar, aclarar, confirmar y registrar actos jurídicos y contratos; solicitar testimonios, diligencias, exhortos, mandamientos, oficios, intimaciones y citaciones, adoptar o solicitar medidas conservatorias, inscripciones, devolución de documentos, pedir cotejos y compulsas de libros; solicitar quiebras, concursos, la venta de los bienes de los deudores, con facultad para asistir a Asambleas o juntas de acreedores, verificar u observar créditos, y su graduación; celebrar arreglos privados con autorización para solicitar, admitir o denegar quitas o remisiones de deudas; aceptar o desempeñar esos cargos en nombre del mandante; pedir rehabilitaciones, practicar mensuras; fijar y marcar límites, cobrar y pagar créditos activos y pasivos; iniciar y proseguir las testamentarias y juicios sucesorios en que el mismo tenga interés o de sus deudores; interviniendo en la tramitación de los juicios y en los incidentes o incidencias que se produzcan, tomando posesión de los bienes que se le adjudicaren, solicitar rendiciones de cuentas, formular manifestaciones de bienes, solicitar declaratorias de herederos y autos de identidad de personas, aceptar herencias, abonar tasas, asumir deudas por impuestos y tasas, entablar y contestar demandas, contrademandas, reconvenciones, denuncias y querellas, asistir a audiencias, deducir tercerías o juicios reivindicatorios, solicitar órdenes de no innovar, formular denuncias, efectuar los pagos bajo protesta, cobrar y percibir, diligenciar exhortos, oficios, citaciones y emplazamientos; apelar e interponer y/o renunciar a todos los recursos que crean convenientes incluyendo el extraordinario y denunciar y querellar, formular acusaciones y presentar defensas, pedir detenciones provisorias, encarcelaciones, excarcelaciones y sobreseimientos provisorios y definitivos, otorgar poderes generales y especiales a abogados y procuradores, y revocar tales poderes, firmar y otorgar todos los instrumentos públicos o privados que sean necesarios o convenientes. Se deja constancia que las facultades enunciadas son meramente ejemplificativas y no limitativas por cuyo motivo el mandatario queda autorizado para realizar todos los actos y diligencias necesarios que directa o indirectamente se relacionen con este mandato, que se confiere con toda amplitud. Se deja constancia que el presente poder no revoca ni restringe otros poderes otorgados con anterioridad a este mandato. Finalmente, por unanimidad se autoriza al señor Presidente Moisés Khafif a elevar la presente acta por escritura pública. No habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las 11:30 horas.

Firmado: Sr. Moisés Khafif. Sra. Gloria Btesh de Khafif. Sra. Elena Khafif. Dr. Héctor Emilio Salvo. Por la Comisión Fiscalizadora: Dra. Haydee E. Laksman.

RAGHSA Sociedad Anónima

Héctor E. Salvo

Apoderado