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Polledo S.A.I.C.F. Interim / Quarterly Report 2019

Nov 8, 2019

68500_rns_2019-11-08_21f95adb-17b6-4acc-a891-1fda08c862c8.pdf

Interim / Quarterly Report

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POLLEDO SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL CONSTRUCTORA Y FINANCIERA

ESTADOS FINANCIEROS AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2019

  • Estados Financieros Consolidados Intermedios Condensados al 30 de septiembre de 2019

  • Reseña Informativa

  • Informe de Revisión sobre Estados Financieros Consolidados Intermedios Condensados

  • Estados Financieros Individuales Intermedios Condensados al 30 de septiembre de 2019

  • Información adicional requerida por el artículo 12, capítulo III, título IV de las Normas de la Comisión Nacional de Valores

  • Informe de Revisión sobre Estados Financieros Individuales Intermedios Condensados

  • Informe de Comisión Fiscalizadora

AV. LEANDRO N. ALEM 1050 – 9° PISO – (CP C1001AAS) CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

POLLEDO SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, CONSTRUCTORA Y FINANCIERA

ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS INTERMEDIOS CONDENSADOS

Por el período de nueve meses iniciado el 1° de enero de 2019 y finalizado el 30 de septiembre de 2019, presentados en forma comparativa

Contenido

Estados financieros consolidados intermedios condensados Estado de resultados consolidado intermedio condensado Estado del resultado integral consolidado intermedio condensado Estado de situación financiera consolidado intermedio condensado Estado de cambios en el patrimonio consolidado intermedio condensado Estado de flujos de efectivo consolidado intermedio condensado

Notas a los estados financieros consolidados intermedios condensados

Reseña informativa

Informe de revisión sobre estados financieros consolidados intermedios condensados

POLLEDO SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, CONSTRUCTORA Y FINANCIERA Y SUBSIDIARIAS ESTADO DE RESULTADOS CONSOLIDADO INTERMEDIO CONDENSADO

Correspondiente a los períodos de tres y nueve meses finalizados el 30 de septiembre de 2019, presentado en forma comparativa

RESULTADOS CONSOLIDADOS
Notas
Gastos de Administración
4
Resultado Operativo
Ingresos financieros
5
Costos financieros
5
Resultado de Inversiones en compañías asociadas
Resultado antes de impuestos
Impuesto a las ganancias
Resultado del período
Resultado atribuible a:
Propietarios de la controladora
Participaciones no controladoras
Ganancia por acción atribuibles a accionistas de la
compañía durante el período básica y diluida
(expresado en $ por acción)
12
Período de tres meses
finalizado
30/09/2019
30/09/2018
Pesos
Pesos
(3.559.239)
(1.236.130)
(3.559.239)
(1.236.130)
3.463.895
5.393.629
(208.463)
(423.808)
(330)
(574)
(304.137)
3.733.117
-
32.107
(304.137)
3.765.224
(291.473)
3.786.315
(12.664)
(21.091)
(304.137)
3.765.224
(0,045)
0,590
Período de nueve meses
finalizado
30/09/2019 30/09/2018
Pesos
Pesos

(7.829.580) (6.867.330)
(7.829.580) (6.867.330)
10.420.114 11.955.531
(753.786) (1.160.427)
(998)
(1.317)
1.835.750
3.926.457
(160.079)
(486.144)
1.675.671
3.440.313
1.714.490
3.514.959
(38.819)
(74.646)
1.675.671
3.440.313


0,267
0,547
Período de nueve meses
finalizado
30/09/2019 30/09/2018
Pesos
Pesos

(7.829.580) (6.867.330)
(7.829.580) (6.867.330)
10.420.114 11.955.531
(753.786) (1.160.427)
(998)
(1.317)
1.835.750
3.926.457
(160.079)
(486.144)
1.675.671
3.440.313
1.714.490
3.514.959
(38.819)
(74.646)
1.675.671
3.440.313


0,267
0,547

(6.867.330)
(6.867.330)
11.955.531
(1.160.427)

(1.317)

3.926.457
(486.144)

3.440.313

3.514.959

(74.646)

3.440.313


0,547

Las notas que se acompañan son parte integrante de estos Estados Financieros Consolidados Intermedios Condensados. Estos Estados Financieros Consolidados Intermedios Condensados deben ser leídos con los Estados Financieros auditados por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018.

Véase nuestro informe de fecha 8 de noviembre de 2019

PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

(Socio)

C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17

Dr. Carlos Martín Barbafina Contador Público (UCA)

Jorge A. Mencarini Comisión Fiscalizadora

Alberto E. Verra Presidente

C.P.C.E.C.A.B.A. T° 175 F° 65

3

POLLEDO SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, CONSTRUCTORA Y FINANCIERA Y SUBSIDIARIAS ESTADO DEL RESULTADO INTEGRAL CONSOLIDADO INTERMEDIO CONDENSADO

Correspondiente a los períodos de tres y nueve meses finalizados el 30 de septiembre de 2019, presentado en forma comparativa

OTROS RESULTADOS INTEGRALES
CONSOLIDADOS
Resultado del período
Otros resultados Integrales
Partidas que posteriormente pueden
ser reclasificadas a resultados
Efecto de conversión monetaria
Otros resultados Integrales del
período
Resultado integral total del período
Resultado atribuible a:
Propietarios de la controladora
Participaciones no controladoras
Período de tres meses
finalizado el
30/09/2019
30/09/2018
Pesos
Pesos
(304.137)
3.765.224
(3.273.452)
(5.140.596)
(3.273.452)
(5.140.596)
(3.577.589)
(1.375.372)
(3.564.925)
(1.354.281)
(12.664)
(21.091)
(3.577.589)
(1.375.372)
Período de nueve meses
finalizado el
30/09/2019
30/09/2018
Pesos
Pesos

1.675.671
3.440.313


(197.840)
(8.217.550)
(197.840)
(8.217.550)

1.477.831
(4.777.237)
1.516.650
(4.702.591)
(38.819)
(74.646)
1.477.831
(4.777.237)
Período de nueve meses
finalizado el
30/09/2019
30/09/2018
Pesos
Pesos

1.675.671
3.440.313


(197.840)
(8.217.550)
(197.840)
(8.217.550)

1.477.831
(4.777.237)
1.516.650
(4.702.591)
(38.819)
(74.646)
1.477.831
(4.777.237)

3.440.313
(8.217.550)
(8.217.550)
(4.777.237)

(4.702.591)
(74.646)
(4.777.237)

Las notas que se acompañan son parte integrante de estos Estados Financieros Consolidados Intermedios Condensados. Estos Estados Financieros Consolidados Intermedios Condensados deben ser leídos con los Estados Financieros auditados por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018.

Véase nuestro informe de fecha 8 de noviembre de 2019

PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

(Socio)

C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17

Dr. Carlos Martín Barbafina Contador Público (UCA)

Jorge A. Mencarini Comisión Fiscalizadora

Alberto E. Verra Presidente

C.P.C.E.C.A.B.A. T° 175 F° 65

4

POLLEDO SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, CONSTRUCTORA Y FINANCIERA Y SUBSIDIARIAS ESTADO DE SITUACION FINANCIERA CONSOLIDADO INTERMEDIO CONDENSADO AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2019 Y AL 31 DE DICIEMBRE 2018

Notas 30/09/2019
Pesos
31/12/2018
Pesos
394.393
2.648
2.552.522
413.208
3.646
3.613.567
ACTIVO
Activo No Corriente
Propiedades, planta y equipos 6
Inversiones en compañías asociadas
Otros créditos
Total del activo no corriente 2.949.563
858.981
86.183
4.030.421
1.665.312
172.646
Activo Corriente
Otros créditos
Efectivo y equivalentes alefectivo 7
Total del activo corriente 945.164 1.837.958
Total del Activo 3.894.727 5.868.379
(82.072.657)
(20.886)
(83.589.307)
(136.222)
PATRIMONIO
Atribuible a los propietarios de la controladora
Participacionesno controladoras
Total del Patrimonio (82.093.543)
72.448.036
72.448.036
11.851.841
1.543.191
145.202
13.540.234
(83.725.529)
79.962.938
79.962.938
7.591.822
2.039.148
-
9.630.970
PASIVO
Pasivo No Corriente
Otros pasivos
Total del pasivo no corriente
Pasivo Corriente
Otros pasivos
Cuentas por pagar
Deudas bancarias y financieras
Total del pasivo corriente
Total del Pasivo 85.988.270 89.593.908
Total del Pasivo y Patrimonio 3.894.727 5.868.379

Las notas que se acompañan son parte integrante de estos Estados Financieros Consolidados Intermedios Condensados. Estos Estados Financieros Consolidados Intermedios Condensados deben ser leídos con los estados financieros auditados por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018.

Véase nuestro informe de fecha 8 de noviembre de 2019

PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

(Socio)

C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17

Dr. Carlos Martín Barbafina Contador Público (UCA)

Jorge A. Mencarini Comisión Fiscalizadora

Alberto E. Verra Presidente

C.P.C.E.C.A.B.A. T° 175 F° 65

5

POLLEDO SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, CONSTRUCTORA Y FINANCIERA Y SUBSIDIARIAS ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO CONSOLIDADO INTERMEDIO CONDENSADO Correspondiente al período de nueve meses finalizado el 30 de septiembre de 2019, presentado en forma comparativa

Concepto Atribuible a los Propietarios de la Controladora
Participaciones
no
controladoras
Total
Patrimonio
Capital
Suscripto
(Nota 1)
Ajuste de
Capital
Efecto de
conversión
monetaria
Resultados no
asignados
Total
Saldos al 01/01/2019 6.420.394
91.745.008
20.211.681
(201.966.390)
(83.589.307)
(136.222)
(83.725.529)
Resultado del periodo 1.714.490
1.714.490
(38.819)
1.675.671
(197.840)
(197.840)
-
(197.840)
Otros resultados integrales delperiodo
Total de Resultados Integrales -
-
(197.840)
1.714.490
1.516.650
(38.819)
1.477.831
Transacciones con Accionistas
Aportes en subsidiarias -
154.155
154.155
Total Transacciones con Accionistas -
-
-
-
-
154.155
154.155
Absorción Resultados no asignados(*) (89.324.842)
89.324.842
-
-
-
Saldos al 30/09/2019 6.420.394
2.420.166
20.013.841
(110.927.058)
(82.072.657)
(20.886)
(82.093.543)

(*) Según Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 29 de abril de 2019, reexpresado al 30 de septiembre de 2019.

Concepto Atribuible a los Propietarios de la Controladora
Participaciones
no
controladoras
Total
Patrimonio
Capital
Suscripto
(Nota 1)
Ajuste de
Capital
Efecto de
conversión
monetaria
Resultados no
asignados
Total
Saldos al 01/01/2018 6.420.394
91.745.008
24.370.130
(209.565.120)
(87.029.588)
(55.105)
(87.084.693)
Resultado del periodo 3.514.959
3.514.959
(74.646)
3.440.313
(8.217.550)
(8.217.550)
-
(8.217.550)
Otros resultados integrales delperiodo
Total de Resultados Integrales -
-
(8.217.550)
3.514.959
(4.702.591)
(74.646)
(4.777.237)
Transacciones con Accionistas
Aportes en subsidiarias -
9.681
9.681
Total Transacciones con Accionistas -
-
-
-
-
9.681
9.681
Saldos al 30/09/2018 6.420.394
91.745.008
16.152.580
(206.050.161)
(91.732.179)
(120.070)
(91.852.249)

Las notas que se acompañan son parte integrante de estos Estados Financieros Consolidados Intermedios Condensados. Estos Estados Financieros Consolidados Intermedios Condensados deben ser leídos con los estados financieros auditados por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018.

Véase nuestro informe de fecha 8 de noviembre de 2019

PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

(Socio)

C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17 Dr. Carlos Martín Barbafina Contador Público (UCA)

Jorge A. Mencarini Comisión Fiscalizadora

Alberto E. Verra Presidente

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6

POLLEDO SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, CONSTRUCTORA Y FINANCIERA Y SUBSIDIARIAS ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO CONSOLIDADO INTERMEDIO CONDENSADO Correspondiente al período de nueve meses finalizado el 30 de septiembre de 2019, presentado en forma comparativa

Notas
Flujos de efectivo de las actividades operativas
Resultado del periodo
Ajustes por:
Depreciaciones
6
Impuesto a las ganancias
Más intereses ganados o perdidos, netos
5
Otros ingresos y egresos financieros, netos
5
Resultado de Inversiones en compañías asociadas
Variaciones en activos y pasivos operativos:
Disminución de Otros créditos operativos
Aumento de Deudas operativas
Flujos neto de efectivo aplicado a las operaciones
Pagos de intereses
Flujos neto de efectivo aplicado a las actividades operativas
Flujo de efectivo de las actividades financieras
Aumento de otras deudas
Disminución de otros créditos
Toma de deudas financieras
Aportes de capital de accionistas minoritarios
Flujo neto de efectivo generado por las actividades financieras
Subtotal
Efecto de conversión monetaria del efectivo y equivalentes al efectivo
Resultado por exposición a los cambios en el poder adquisitivo de la
moneda del efectivo y equivalentes al efectivo
(Disminución) / Aumento neto de efectivo
Efectivo y equivalentes al efectivo al inicio
Efectivo y equivalentes al efectivo al cierre del periodo
30/09/2019
Pesos
1.675.671
20.926
160.079
(131.337)
(9.534.991)
998
185.450
(1.097.176)
(8.720.380)
(123.173)
(8.843.553)


7.265.346
1.164.961
145.202
154.155
8.729.664

(113.889)

43.223
(15.797)
(86.463)

172.646

86.183
30/09/2018
Pesos

3.440.313
39.315
486.144
(182.435)
(10.612.669)
1.317
109.727
(835.361)
(7.553.649)
(254.703)
(7.808.352)
7.371.475
566.805
-
9.681
7.947.961
139.609
37.148
(44.407)
132.350
203.056
335.406

Las notas que se acompañan son parte integrante de estos Estados Financieros Consolidados Intermedios Condensados. Estos Estados Financieros Consolidados Intermedios Condensados deben ser leídos con los Estados Financieros auditados por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018.

Véase nuestro informe de fecha 8 de noviembre de 2019 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

(Socio)

C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17

Dr. Carlos Martín Barbafina Contador Público (UCA) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 175 F° 65

Jorge A. Mencarini Comisión Fiscalizadora

Alberto E. Verra Presidente

7

POLLEDO SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, CONSTRUCTORA Y FINANCIERA Y SUBSIDIARIAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS INTERMEDIOS CONDENSADOS Correspondiente al período de nueve meses finalizado el 30 de septiembre de 2019, presentado en forma comparativa

Contenido de las notas a los Estados financieros consolidados intermedios condensados

  1. Información general

  2. Políticas contables y bases de preparación

  3. Información por segmentos

  4. Apertura de costos y gastos 5. Ingresos financieros y costos financieros

  5. Propiedades, planta y equipos

  6. Efectivo y equivalentes de efectivo

  7. Previsiones y provisiones 9. Saldos y operaciones con partes relacionadas 10. Contingencias, compromisos y restricciones a la distribución de utilidades

  8. Gestión del riesgo financiero

  9. Resultado por acción 13. Cambios en las normas contables

  10. Artículos 206 y 94 inciso 5 de la Ley 19.550

Véase nuestro informe de fecha

8 de noviembre de 2019 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

(Socio)

C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17

Dr. Carlos Martín Barbafina Contador Público (UCA)

C.P.C.E.C.A.B.A. T° 175 F° 65

Jorge A. Mencarini Comisión Fiscalizadora

Alberto E. Verra Presidente

8

POLLEDO SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, CONSTRUCTORA Y FINANCIERA Y SUBSIDIARIAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS INTERMEDIOS CONDENSADOS Correspondiente al período de nueve meses finalizado el 30 de septiembre de 2019, presentado en forma comparativa

1. Información general

El Acta de Constitución de Polledo S.A.I.C. y F. (en adelante “Polledo” o “la Sociedad”) fue inscripta en el Registro Público de Comercio el 29 de noviembre de 1934 bajo el N° 203 del Libro 44, Tomo A, de los Estatutos Nacionales con un plazo de duración hasta el 9/10/2034. El número de inscripción en la Inspección General de Justicia es el 71.706/238.377. La última modificación de sus Estatutos Sociales fue aprobada por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 31 de octubre de 2007 e inscripta en la Inspección General de Justicia bajo el N° 7.461 de fecha 14 de abril de 2008, Libro 39 de Sociedades por Acciones.

La sociedad controladora de Polledo se denomina Roggio S.A., con domicilio legal en Leandro N. Alem 1050, 9° Piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo su actividad principal Sociedad de Inversión. Roggio S.A. participa directa e indirectamente con el 68,11% del capital y los votos de Polledo.

Se describe a continuación la composición y evolución del Capital Social de Polledo:

Capital social
Acciones Nominativas, V.N. $1 – 1 voto, en circulación al inicio del ejercicio
Acciones Nominativas, V.N. $1 – 1 voto, en circulación al cierre del ejercicio
30/09/2019
6.420.394
6.420.394
31/12/2018
6.420.394
6.420.394
31/12/2017

6.420.394

6.420.394

Contexto económico en que opera la Sociedad

Los presentes estados financieros deben ser leídos a la luz del contexto económico en que opera la Sociedad, cuyas variables principales han tenido una fuerte volatilidad, como la caída del PBI, un aumento significativo en la inflación y en las tasas de interés, y una fuerte desvalorización del peso.

La Dirección de la Sociedad monitorea permanentemente la evolución de las variables que afectan sus negocios, para identificar los potenciales impactos en su situación patrimonial y financiera y definir los cursos de acción necesarios.

2. Políticas contables y bases de preparación

Las principales políticas contables adoptadas por la Sociedad se encuentran descriptas en la Nota 2 de los Estados Financieros Consolidados auditados por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018. Asimismo, y en relación a la determinación del impuesto a las ganancias, cabe aclarar que conforme a lo previsto en la Ley 27.430, el ajuste por inflación impositivo establecido en el Título VI de la Ley de Impuesto a las Ganancias, resulta de aplicación para los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2018, en la medida que se cumpla un parámetro de inflación acumulada del 100% trianual a computar desde dicha fecha. Posteriormente, la ley 27.468 modificó el régimen de transición establecido por la citada Ley 27.430 estableciendo que, para el primer, segundo y tercer ejercicio a partir de su vigencia, el procedimiento de ajuste será aplicable en caso que la variación del índice de precios al consumidor (IPC), calculada desde el inicio y hasta el cierre de cada uno de esos ejercicios, supere un cincuenta y cinco por ciento (55%), un treinta por ciento (30%) y un quince por ciento (15%), respectivamente. El ajuste por inflación correspondiente al ejercicio que se liquide incidirá como un ajuste positivo o negativo, según corresponda, y deberá imputarse un tercio en ese período fiscal y los dos tercios restantes, en partes iguales, en los dos períodos fiscales inmediatos siguientes. A la fecha de cierre de los presentes estados financieros intermedios condensados consolidados, la Sociedad ha estimado que los parámetros que establece la Ley de Impuesto a las Ganancias para la aplicación del ajuste por inflación impositivo en Argentina, se cumplirán al cierre de su ejercicio fiscal y, en consecuencia, consideró el mismo en la determinación del resultado por impuesto a las ganancias (corriente y diferido) del período intermedio. Asimismo, en la Nota 13 se describen normas contables, modificaciones e interpretaciones que han entrado en vigor para el ejercicio financiero iniciado el 1 de enero de 2019. Los estados financieros se expresan en pesos argentinos sin centavos.

2.1. Normas contables aplicadas

La Comisión Nacional de Valores (“CNV”) ha establecido la aplicación de las Resolución Técnica Nº 26, y sus modificatorias, de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), que adoptan las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF” o “IFRS” por sus siglas en inglés), emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés), para las entidades incluidas en el régimen de oferta pública, ya sea por su capital o por sus obligaciones negociables, o que hayan solicitado autorización para estar incluidas en el citado régimen. La aplicación de tales normas resultó obligatoria para la Sociedad a partir del ejercicio iniciado el 1° de enero de 2012.

Los presentes Estados Financieros Consolidados Intermedios Condensados de la Sociedad por el período de nueve meses finalizado al 30 de septiembre de 2019, han sido preparados de acuerdo con las NIIF emitidas por el IASB.

Véase nuestro informe de fecha

8 de noviembre de 2019

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POLLEDO SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, CONSTRUCTORA Y FINANCIERA Y SUBSIDIARIAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS INTERMEDIOS CONDENSADOS Correspondiente al período de nueve meses finalizado el 30 de septiembre de 2019, presentado en forma comparativa

Los presentes Estados Financieros Consolidados Intermedios Condensados de la Sociedad por el período de nueve meses finalizado al 30 de septiembre de 2019, han sido preparados de conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 34 “Información Financiera Intermedia”. Los Estados Financieros Consolidados Intermedios Condensados han sido preparados de acuerdo con las políticas contables utilizadas en la preparación de la información bajo NIIF al 31 de diciembre de 2018 (descriptas en Nota 2 a los Estados Financieros Consolidados auditados por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018) y, en caso de corresponder, con aquellas NIIF que se espera estén vigentes al 31 de diciembre de 2019 (descriptas en Nota 13 (a), de los presentes Estados Financieros Consolidados Intermedios Condensados).).

Las cifras al 31 de diciembre de 2018 y 30 de septiembre de 2018 que se exponen en estos Estados Financieros Consolidados Intermedios Condensados a efectos comparativos, surgen de la reexpresión a unidad de medida corriente de los Estados Financieros a dicha fecha, de acuerdo a la NIC 29.

Los Estados Financieros Consolidados Intermedios Condensados se expresan en pesos argentinos sin centavos excepto el resultado por acción que se expresa con decimales y la información por segmentos, la cual se presenta en miles de pesos argentinos. Los presentes Estados Financieros Consolidados Intermedios Condensados han sido preparados en moneda homogénea, criterio aplicable para economías hiperinflacionarias, conforme lo establecido por la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 29 (“Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias”).

Los presentes Estados Financieros Consolidados Intermedios Condensados han sido aprobados por el Directorio de la Sociedad con fecha 8 de noviembre de 2019.

2.2. Bases de consolidación

Los estados financieros consolidados intermedios condensados incluyen los estados financieros individuales de Polledo y los de las siguientes subsidiarias:

siguientes subsidiarias:
Tenencia directa e Tenencia directa e
Sociedades indirecta al indirecta al Actividad
30/09/2019 31/12/2018
-Polledo do Brasil Concessões e Investimentos Ltda. 100,00% 99,99% Prestación de servicios de asesoramiento
- Catastros y Relevamientos S.A. 95,00% 95,00% Relevamiento catastral

2.3. Políticas contables

Las políticas contables adoptadas por la Sociedad se encuentran descriptas en la nota 2 de los Estados Financieros Consolidados auditados por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018.

2.4. Estimaciones

La preparación de estados financieros requiere el uso de estimaciones. También requiere que la Dirección de la Sociedad ejerza su juicio de valor en el proceso de aplicación de las políticas contables. Las estimaciones y juicios se evalúan continuamente y se basan en la experiencia histórica y otros factores, incluidas las expectativas de hechos futuros que se consideran razonables en las circunstancias.

La Sociedad hace estimaciones e hipótesis en relación con el futuro. Las estimaciones contables resultantes pueden no ser iguales a los resultados que efectivamente ocurran. A continuación se explican las estimaciones y juicios más significativos de la compañía.

a. Impuesto a las ganancias

La Sociedad está sujeta al impuesto a las ganancias en los países en los que opera. En la determinación de la provisión por impuesto a las ganancias en cada una de las jurisdicciones donde tributa este impuesto, la Sociedad aplica el juicio profesional para reflejar las consecuencias fiscales de los hechos económicos de cada ejercicio, en base a las legislaciones impositivas vigentes, realizando las mejores estimaciones en función a la información disponible a la fecha de los estados financieros consolidados.

b. Provisiones por juicios y contingencias

La evaluación de los pasivos contingentes es realizada por la Dirección y los asesores legales de la Sociedad en base a los elementos de juicio disponibles a la fecha de preparación de los estados financieros consolidados. En la estimación de los montos se ha considerado, entre otras cuestiones, la probabilidad de su concreción. Si en la evaluación de la contingencia existe la probabilidad de que se materialice una pérdida y el monto puede ser estimado de forma fiable, un pasivo es contabilizado en el rubro provisiones para contingencias. Si la potencial pérdida no es probable, o es probable pero su monto no puede ser estimado de forma fiable, la naturaleza del pasivo contingente y una estimación de la posibilidad de ocurrencia es expuesta en nota a los estados financieros consolidados.

Véase nuestro informe de fecha

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3. Información por segmentos

Los segmentos están presentados en forma consistente con la información interna provista al Directorio de Polledo, que es la máxima autoridad en la toma de decisiones de operación. Los segmentos operativos se han determinado basándose en información que revisa el Directorio a efectos de asignar recursos y evaluar el rendimiento.

3.1. Segmentos al 30 de septiembre de 2019:

La apertura por segmentos geográficos de las unidades de negocio es la siguiente:

Por el período iniciado el 1° de enero de 2019 y
finalizado el 30 de septiembre de 2019
Argentina
Por el período iniciado el 1° de enero de 2019 y
finalizado el 30 de septiembre de 2019
Argentina
Exterior
Total
Exterior
Total
Resultado operativo (2.979.543) (4.850.037) (7.829.580)
Total activos 2.733.526 1.161.201 3.894.727
Total pasivos 74.580.696 11.407.574 85.988.270

Depreciación de bienes de uso
- (20.926) (20.926)

3.2. Segmentos al 30 de septiembre de 2018:

La apertura por segmentos geográficos de las unidades de negocio es la siguiente:

apertura por segmentos geográficos de las unidades de negocio es la siguiente: apertura por segmentos geográficos de las unidades de negocio es la siguiente:
Por el período iniciado el 1° de enero de 2018 y
finalizado el 30 de septiembre de 2018
Argentina
Exterior
Total
Resultado operativo (3.423.346)
(3.443.984)
(6.867.330)
Total activos 4.475.559
1.030.735
5.506.294
Total pasivos 44.700.620
52.657.923
97.358.543
Depreciación de bienes de uso -
(39.315)
(39.315)

3.3. Información de sociedades asociadas

3.3.1. Coviares S.A.

Polledo participa directa e indirectamente en el 31,78% de Coviares S.A. (“Coviares”), sociedad que tiene como objeto la construcción, conservación y explotación de la Autopista La Plata - Buenos Aires, Ribereña de la Capital Federal y Nuevo Puente sobre el Riachuelo, según lo dispuesto en el Acuerdo de Reformulación del contrato de concesión (“el Contrato de Concesión”) de fecha 29 de diciembre de 1993, celebrado con la Secretaría de Obras Públicas y Comunicaciones del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos de la Nación (“la Secretaría de Obras Públicas” o “el Concedente”), que fue aprobado por Resolución Ministerial Nº 538/94 y decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 1638/1994. La concesión comprende, entre otras obligaciones, la construcción de la autopista, el mantenimiento, reparación y conservación de las obras y la administración, explotación y prestación de servicios durante el período de concesión, estipulado en veintidós años contados a partir de la fecha de habilitación de la primera casilla de peaje (1° de julio de 1995).

El contrato se vio seriamente afectado por la crisis del año 2001/2002; que motivó el dictado de la ley de emergencia económica 25.561, que derogó las cláusulas de ajuste de la tarifa en dólares; aumento de gastos en forma exponencial y tarifa congelada (2001), que a su vez venía inalterada desde 1995; distorsión consecuente del PEF; autorización para renegociar los contratos, lo que dio lugar a un larguísimo proceso de renegociación del contrato. Con fecha 21 de febrero de 2007 se suscribió una Carta de Entendimiento cuyo objeto era establecer las bases y condiciones razonables y convenientes para adecuar el Contrato de Concesión. El documento fue debatido en Audiencia Pública, celebrada el 28 de junio de 2007 por Disposición N° 1/2007 de la UNIREN, cuyas conclusiones fueron consideradas, para definir el Acuerdo de Renegociación Contractual, “ad referéndum” del Poder Ejecutivo Nacional.

Con fecha 29 de enero de 2009 se suscribió el Acuerdo de Renegociación Contractual mencionado, parcialmente modificado con motivo del cambio de la autoridad a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, suscribiéndose un nuevo Acuerdo de Renegociación Contractual con fecha 9 de octubre de 2009 “ad referéndum” de la firma del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional. El 27 de julio de 2010 se publicó en el Boletín Oficial el decreto 1057/2010, el cual ratificó el Acuerdo de Renegociación Contractual suscripto entre la UNIREN y Coviares.

Luego del largo proceso de renegociación contractual, y pendiente de cumplimiento el Acuerdo aprobado por el decreto 1057/2010, Coviares S.A. fue notificada por el Órgano de Control de Concesiones Viales del proyecto denominado: "Proyecto del Convenio de Transferencia de Derechos y Obligaciones del Contrato de Concesión de la Autopista Buenos Aires – La Plata" del Estado Nacional a la Provincia de Buenos Aires. El 26 de junio de 2012 Coviares S.A. prestó conformidad a los lineamientos del proyecto. Coviares S.A. celebró la Asamblea Extraordinaria el 24 de Agosto de 2012 por el cual los accionistas consideraron el Convenio de Transferencia de Derechos y Obligaciones del Contrato de Concesión de la Autopista Buenos Aires La Plata, de la Nación a la Provincia de Buenos Aires, resolución que fue aprobada por unanimidad de las acciones presentes. El 10 de octubre de 2012 fue suscripto el Convenio entre la Nación y la Provincia “ad referéndum” de la aprobación del mismo a través de una Ley de la Legislatura Provincial. Por Resolución N° 2142/12 del 9 de octubre de 2012 del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, Secretaría de Obras Públicas, Dirección Nacional de Vialidad, se resolvió

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la aprobación del Convenio de Transferencia de Derechos y Obligaciones del Contrato de Concesión de la Autopista Buenos Aires – La Plata celebrado entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Provincia de Buenos Aires. Dicha resolución fue notificada el 11 de octubre de 2012. Posteriormente, en el marco de lo dispuesto por la Ley 14.443, sancionada por el H. Congreso de la Provincia de Buenos Aires, publicada en el B.O. el 25 de enero de 2013, se aprobó el “Convenio de Transferencia de Derechos y Obligaciones del Contrato de Concesión”, en el ámbito provincial. Asimismo, por Resolución N° 74/2013, el Ministerio de Infraestructura de la Provincia asumió el carácter de Concedente a partir del 5 de febrero de 2013; la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, el rol de Autoridad de Control; y se asignó a la Unidad de Análisis Económico Regulatorio de Concesiones Viales la intervención en todo procedimiento que tenga implicancia regulatoria de la concesión. Por otra parte, se dispuso por Resolución N° 26/2013 la Intervención Administrativa Temporal de la concesionaria, y se mantuvo la veeduría designada por la Provincia por Resolución N° 394/2012 del Ministerio de Infraestructura.

A partir del momento de asunción de la Provincia en su rol de Concedente y titular del Contrato de Concesión, Coviares formalizó numerosas presentaciones tendientes a obtener el cumplimiento de las acciones que el Acuerdo de Transferencia ponía en cabeza de la Provincia, ya que las condiciones del contrato original mantenían plena vigencia, así como la obligación de reformular las condiciones contractuales, afectadas por la emergencia económica aludida en el Acuerdo de Renegociación Contractual suscripto entre la UNIREN y Coviares, aprobado por Decreto 1057/2010 del Poder Ejecutivo Nacional.

Coviares no obtuvo respuesta a sus requerimientos y con fecha 12 de julio de 2013, intempestivamente, se publica en el BO de la Provincia de Buenos Aires el Decreto N° 419, por medio del cual se declaró rescindido el Contrato de Concesión de Coviares, se desplazó a Coviares S.A. de la Concesión, y se puso a cargo de “Autopistas de Buenos Aires S.A. –AUBASA-“, una sociedad constituida por la Provincia a esos efectos. Al mismo tiempo se procedió a confeccionar el inventario detallado de los bienes y personal afectados a la concesión, y se declaró la “emergencia pública vial” sobre la autopista.

Frente a tal medida, Coviares efectuó una presentación por la cual rechazó la rescisión declarada, negó los incumplimientos contractuales en que se basó la rescisión, y solicitó la declaración de ilegitimidad y nulidad absoluta e insanable del Decreto Provincial N° 419/2013, por incompetencia de la Provincia para disponer la rescisión, por falta de causa, por ser falsos los hechos invocados y por violación de los procedimientos esenciales y sustanciales previstos por el ordenamiento legal aplicable, así como por violación de la finalidad y el objeto del Convenio de Transferencia de derechos y Obligaciones del Contrato de Concesión. Coviares rechazó fundadamente los supuestos incumplimientos contractuales invocados en los considerandos del decreto 419/2013; así la improcedente imputación de abandono de la explotación, mantenimiento, conservación, ejecución de todo tipo de obra y la omisión de prestar los servicios esenciales al usuario. Coviares hizo reserva a su vez de sus derechos y acciones contra la Provincia y contra el Estado Nacional con motivo de la rescisión del contrato de concesión. En el mes de diciembre de 2013 Coviares interpuso una acción judicial contra la Provincia de Buenos Aires y contra el Estado Nacional, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a efectos de que se declare la nulidad del acto administrativo que dispuso la rescisión y se condene a los demandados a abonar a Coviares los daños y perjuicios derivados de la rescisión del contrato. Cabe destacar que dicha indemnización se encuentra cedida en garantía –oportunamente-, al Fideicomiso que administra el repago del Préstamo Sindicado de Coviares, razón por la cual el mismo deberá integrar la Litis en calidad de tercero de intervención obligada. En el mes de agosto de 2015, el juicio quedó radicado en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 7, a cargo de la Dra. María Cristina Carrión de Lorenzo.

La Sociedad ha tomado conocimiento de que Coviares S.A. ha solicitado la apertura de su concurso preventivo de acreedores el día 30 de abril de 2014, la cual ha sido decretada y tramita como Expediente N° 61006/2014, ante el Juzgado Nacional de Primera instancia en lo Comercial 22, Secretaría 43.

El 3 de Octubre de 2014 venció el plazo para que los acreedores verifiquen sus créditos, habiéndose presentado, entre otros, la Dirección Nacional de Vialidad y la Provincia de Buenos Aires, a verificar créditos que incluyen penalidades. Ambos acreedores hicieron reservas de derechos, ya que alegaron no haber finalizado el proceso de liquidación de la Concesión. Coviares impugnó y rechazó los créditos reclamados por dichos organismos, en base principalmente a los argumentos expuestos en la demanda por rescisión y a la improcedencia de la aplicación de multas. Con fecha 7 de abril de 2015, y conforme al dictamen de la Sindicatura concursal, se tuvieron por verificados los créditos conforme a lo dispuesto por el art. 36 de la Ley de Concurso y Quiebras.

Por el Decreto N° 13/2015 se modificó la Ley de Ministerios estableciéndose que las cuestiones vinculadas a las concesiones y licencias de servicios públicos así como la determinación de los precios y tarifas aplicables, quedaran bajo la órbita de diferentes carteras ministeriales. Consecuentemente, se dictó el Decreto 367/2016, por el cual se le asignaron a los respectivos Ministerios, las facultades de renegociación de los contratos de obras y servicios públicos y se derogó el Decreto N° 311/2003, que establecía que dicha renegociación esté a cargo de la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos (UNIREN). Fue así que la Dirección Nacional de Vialidad (hoy en el ámbito del Ministerio de Transporte), inició tratativas con directivos de COVIARES S.A., para revisar la situación, de modo de analizar la posibilidad de arribar a una solución extrajudicial del conflicto. En ese ámbito, se suscribió una Carta de Entendimiento, sin reconocer hechos ni derechos y con expresa reserva de acciones y defensas legales, que dispone la creación de una comisión evaluadora para que analice lo actuado respecto de la concesión, elabore un informe y como consecuencia de dicho informe se faculte a la Dirección Nacional de Vialidad a celebrar un acuerdo. La Comisión está conformada y ya tuvo su primera reunión, lo cual fue informado al juzgado del concurso. En virtud del inicio de las tratativas aludidas, se suspendieron los plazos procesales en las actuaciones “COVIARES S.A. c/ EN-DNV y Otros/PROCESO DE CONOCIMIENTO – ORDINARIO” (Expte. N° 1526/2013) en trámite ante el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 7, Secretaría N° 14, hasta la emisión del informe final de la Comisión Evaluadora. Asimismo, también en virtud de estas tratativas, COVIARES S.A. solicitó al juez del concurso, y éste así lo dispuso, sucesivas prórrogas del período de exclusividad, la última de ellas al 30 de junio de 2018, debiendo informar Coviares S.A. y el funcionario concursal, periódicamente, el grado de avance de lo

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acordado en la Carta de Entendimiento. Apelada por la AFIP la ampliación de plazo, la Cámara ordenó al juez de primera instancia, disponga la continuidad de los actos procesales correspondientes. Coviares S.A. interpuso un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el cual fue rechazado el 2 de agosto de 2018.

A solicitud del síndico actuante se ha cursado un pedido de Informes a COVIARES para que exponga el estado de las tratativas con el Concedente; respecto de cualquier transferencia de bienes a terceros y actualización de domicilio, directorio, etc.

Polledo, como accionista minoritario de Coviares, registra desde el 31 de diciembre de 2011 en cero su participación en dicha sociedad, y se encuentra actualmente analizando las eventuales implicancias económicas, financieras y jurídicas que la situación de Coviares podría tener para la Sociedad.

3.3.2. Covimet S.A.

Polledo participa directa e indirectamente en el 31,802% de Covimet S.A. (“Covimet”), sociedad que se constituyó originalmente con un objeto social destinado a la construcción, conservación y explotación de la Autopista 9 de Julio - Tramo Norte, de acuerdo con el Contrato de Concesión de fecha 21 de diciembre de 1993. Al respecto, con la modificación del Estatuto de fecha 15 de julio de 1986, el objeto social de Covimet se hizo extensivo a la construcción de toda otra clase de obras de ingeniería y arquitectura, públicas y privadas; la realización de proyectos de obras y prestación de servicios de ingeniería, asesoramiento industrial y comercial e inversora. A los fines mencionados, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por otros estatutos.

Con fecha 25 de febrero de 2003 el Jefe de Gobierno de la CABA dictó el decreto 149/GCABA/2003 mediante el cual dispuso: (a) revocar el decreto 3135/GCABA/1998, alegando su nulidad absoluta e insanable; y (b) rescindir el contrato de concesión de obra pública para la construcción y concesión de la remodelación y prolongación de la Av. 9 de Julio Tramo Norte (Autopista Arturo Illia), argumentando incumplimiento de Covimet.

Polledo ha tomado conocimiento de que en los autos “COVIMET S.A. c/ GCBA s/ cobro de pesos” (Expte. N° 2874/0) y “COVIMET S.A. c/ GCBA s/impugnación actos administrativos” (Expte. N° 8333/0) se ha dictado sentencia en primera instancia rechazando las demandas interpuestas por Covimet por la que se resuelve que no prosperarán ninguno de los planteos esgrimidos por la actora. La sentencia de Primera Instancia fue apelada. Se ha tomado conocimiento del Informe del representante del Ministerio Público Fiscal, admitiendo que asistiría razón a la apelante en cuanto a que las cláusulas contractuales del Pliego de Condiciones, contemplan el cobro de un reintegro tanto para el supuesto de la terminación anticipada de la concesión, como para el caso de resolución por incumplimiento del concesionario, indicando que la comprobación del monto de las inversiones no amortizadas, implica la ponderación de cuestiones de hecho y prueba, ajenas a su intervención. El 17 de noviembre de 2016 la Cámara de Apelaciones SALA I - Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – dictó sentencia en los autos “Covimet S.A. c/ GCBA s/ impugnación actos administrativos”, expte. Nº8333 y su acumulado “Covimet S.A. c/ GCBA s/ cobro de pesos”, expte. Nº2874/0, resolviendo: i) confirmar la nulidad del decreto 3135/98 que había aprobado el Convenio de Reordenamiento Contractual; ii) confirmar, en consecuencia, la validez del decreto 149/03 que declaró la rescisión del contrato por culpa de la concesionaria, y iii) hacer lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la parte actora, únicamente con relación al reconocimiento del rubro reclamado en concepto de liquidación de las cuentas pendientes y diferir la determinación del quantum del ítem mencionado para la etapa de ejecución de la sentencia de conformidad con las pautas establecidas en el Pliego a esos efectos.

A la fecha de emisión de los presentes estados financieros consolidados intermedios condensados, Polledo no ha tomado conocimiento de otros hechos o circunstancias relevantes, relativas a este proceso.

Ante el pedido de quiebra por parte del Banco Patagonia S.A. y el fracaso de la gestión conciliatoria en sede judicial, COVIMET S.A. presentó su concurso preventivo de acreedores ante el Juzgado Comercial 24, Secretaría 47. El 23 de junio de 2016, se declaró abierto el Concurso Preventivo de COVIMET S.A., fijándose –entre otros-, el cierre del período de exclusividad, para el 1º de agosto de 2017, luego prorrogado al 26 de octubre de 2017. Una vez vencido el período de exclusividad, con fecha 8 de noviembre 2017, fue declarada la quiebra.

Polledo, como accionista minoritario de Covimet, registra desde el 31 de diciembre de 2010, a valor cero su participación en dicha sociedad.

4. Apertura de costos y gastos

Apertura de costos y gastos
Totales al Totales al
**Gastos de Administración ** 30/09/2019 30/09/2018
Gastos órganos de contralor 391.107 771.615
Sueldos, jornales y cargas sociales 225.670 168.310
Honorarios y retribuciones por servicios 6.001.177 4.556.038
Depreciaciones 20.926 39.315
Impuestos, tasas y contribuciones 97.157 494.536
Impresos y papelería 4.046 7.772
Participación en Catrel S.A. U.T.E 10.077 12.547
Gastos de representación. 704.291 504.941
Publicaciones legales y certificaciones 299.635 87.507
Diversos 75.494 224.749
TOTALES 7.829.580 6.867.330

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5. Ingresos financieros y costos financieros

Totales al
30/09/2019
Totales al
30/09/2018
Ingresos financieros
Intereses generados por pasivos
Resultado porexposiciónalos cambios enelpoderadquisitivo delamoneda
131.337
10.288.777
10.420.114
182.435
11.773.096
**11.955.531 **
TOTALES
Costos financieros
Otros Resultados Financieros
Diferencias de Cambio
(731.374)
(22.412)
(738.179)
(422.248)
TOTALES (753.786) (1.160.427)

6. Propiedades, planta y equipos

Valores de origen
Depreciaciones acumuladas
Concepto Al inicio
del
Ejercicio
Diferencia
de
Conversión
Al cierre
del
período
Acumuladas
al inicio del
Ejercicio
Del
período
Diferencia
de
Conversión
Acumuladas
al cierre del
período
Valor
residual al
30/09/2019
Valor
residual al
30/09/2018
Mejoras sobre
inmuebles de terceros
429.857
10.831
440.688
21.365
16.165
8.765
46.295
394.393
448.983
MueblesyÚtiles 36.992
932
37.924
32.287
4.761
876
37.924
-
12.919
Total al 30/09/2019 466.849
11.763
478.612
53.652
20.926
9.641
84.219
394.393
Total al 30/09/2018 474.609
91.359
565.968
49.861
39.315
14.890
104.066
461.902

7. Efectivo y equivalentes de efectivo

Cuentas corrientes bancarias
Cuentas corrientes bancarias en moneda extranjera
Depósitos a plazo fijo
Caja y Ctas. Ctes. bancarias por participación en Catrel S.A. U.T.E.
Total
30/09/2019
26.626
-
51.443
8.114
86.183
31/12/2018
69.700
242
100.392
2.312
172.646

8. Previsiones y provisiones

(a) Período finalizado el 30 de septiembre de 2019:

a)Período finalizado el 30 de septiembre de 2019:
Saldos al
inicio del
ejercicio
Ajuste por
inflación
Aumentos
Saldos al
30/09/2019
**Descripción **
Previsiones
Previsión para otros créditos de dudosa recuperabilidad 47.050.038
(12.882.074)
649.652
34.817.616
Previsión para Desvalorización - Alcalis de la Patagonia S.A.I.C. 2.565.130
-
2.565.130

Previsión para Desvalorización - Otras Inversiones
204.151
-
204.151
Previsión para Desvalorización-Eriday U.T.E. (*) 5.602.299
-
5.602.299
Total Previsiones 55.421.618
(12.882.074)
649.652
43.189.196

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  • (b) Período finalizado el 30 de septiembre de 2018:
b)Período finalizado el 30 de septiembre de 2018:
**Descripción ** Saldos al
inicio del
ejercicio
Ajuste por
inflación
Aumentos Saldos al
30/09/2018
Previsiones
Previsión para otros créditos de dudosa recuperabilidad 60.021.515 (8.305.411) 374.134 52.090.238
Previsión para Desvalorización - Alcalis de la Patagonia S.A.I.C. 2.247.932 - - 2.247.932
Previsión para Desvalorización - Otras Inversiones 178.906 - - 178.906
PrevisiónparaDesvalorización - Eriday U.T.E.(*) 4.909.532 - - 4.909.532
Total Previsiones 67.357.885 (8.305.411) 374.134 59.426.608

(*) La Sociedad tiene una participación minoritaria en Eriday U.T.E. Tal lo informado por la U.T.E., la misma ha optado por la posibilidad prevista en el Contrato de obra del Proyecto Yacyretá de someter ciertos asuntos contractuales pendientes a un arbitraje internacional. La demanda de arbitraje fue recibida por la Corte Internacional de la Cámara de Comercio Internacional, quien no se ha expedido hasta la fecha.

9. Saldos con partes relacionadas al 30 de septiembre 2019 y al 31 de diciembre 2018:

30/09/2019 31/12/2018
ACTIVO CORRIENTE
Otros créditos
Otras partes relacionadas
Clisa - Compañía Latinoamericana de Infraestructura & Servicios S.A. - 278.122
Asociadas
Covimet S.A. 220.398 303.477
Total 220.398 581.599
ACTIVO NO CORRIENTE
Otros créditos
Otras partes relacionadas
Roggio A.C.E. 1.884.888 2.595.394
Asociadas
Eriday U.T.E. 28.587.541 39.363.623
Total 30.472.429 41.959.017
PASIVO CORRIENTE
Cuentas por pagar
Otras partes relacionadas
Benito Roggio e Hijos S.A. 49.356 67.961
Asociadas
Eriday U.T.E. 906.374 816.995
Total 955.730 884.956
Otras deudas
Otras partes relacionadas
Benito Roggio e Hijos S.A. 11.058.999 -
BSA Empreend. Ltda. 340.744 6.656.435
Asociadas
Eriday U.T.E. 8.943 12.348
Total 11.408.686 6.668.783
PASIVO NO CORRIENTE
Otras deudas
Otras partes relacionadas
Clisa - Compañía Latinoamericana de Infraestructura & Servicios S.A. 30.905.189 37.946.101
RoggioBrasil Investimentos e ServiçosLtda. 41.202.709 41.277.357
Total 72.107.898 79.223.458

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10. Contingencias, compromisos y restricciones a la distribución de utilidades

La Sociedad ha otorgado fianza a favor del Banco Provincia de Buenos Aires (en adelante “BAPRO”) por el préstamo sindicado otorgado a Coviares, por el 10,4% del total del préstamo. Esta fianza es ejecutable sólo en caso de rescisión del contrato de concesión por culpa de Coviares (ver Nota 3.3.1). El monto total de la fianza otorgada ascendía al 31 de diciembre de 2012 a $ 63 millones, no contando la Sociedad con información actualizada. En opinión de los asesores legales, la situación que se describe en Nota 3.3.1 ha configurado un escenario jurídico en el que Coviares rechaza las medidas adoptadas y consideran que no medió ninguna responsabilidad o culpa por parte de la Concesionaria en la decisión adoptada por el Concedente. Roggio S.A., accionista controlante indirecto de la Sociedad, ha suscripto con BAPRO un acuerdo para evitar la eventual ejecución de esta garantía por parte de la entidad financiera, lo cual no implica reconocimiento alguno en relación a la situación judicial de Coviares.

Garantía Prendaria sobre acciones de Coviares: Los principales accionistas de Coviares constituyeron derecho real de prenda en primer grado de prelación y privilegio, sobre acciones representativas del 60% del capital social y de los votos de Coviares, por las sumas del préstamo y de las obligaciones asumidas en el marco del Contrato de Préstamo Sindicado de Coviares.

11. Gestión del riesgo financiero

Las actividades de la Sociedad la exponen a una variedad de riesgos: riesgo de mercado (incluyendo los efectos de las variaciones de los tipos de cambio y de las tasas de interés), riesgo de crédito y riesgo de liquidez.

No ha habido cambios de significación en las políticas de gestión de riesgo.

12. Resultado por acción

El resultado por acción es calculado dividiendo el resultado del período atribuible a los accionistas de la Sociedad por la cantidad promedio de acciones ordinarias en circulación durante el período.

e acciones ordinarias en circulación durante el período.
Resultado del período atribuible a los propietarios de la controladora
Promedio ponderado de acciones ordinarias en circulación
Ganancia por acción básica y diluida (pesos por acción)
30/09/2019
30/09/2018
1.714.490
3.514.959
6.420.394
6.420.394
0,267
0,547

13. Cambios en las normas contables

(a) Normas, modificaciones e interpretaciones que han entrado en vigor a partir del ejercicio iniciado el 1 de enero de 2019:

NIIF 16 “Arrendamientos”: En enero de 2016, el IASB emitió la NIIF 16, “Arrendamientos”, la cual modifica la contabilización de dichas operaciones, al eliminar principalmente la distinción entre arrendamientos operativos y financieros. Esta modificación implica cambios para la mayor parte de los contratos de arrendamiento en el reconocimiento de activos, por el derecho a usar el elemento arrendado y en los pasivos, por el pago de rentas. Existe una exención opcional para los arrendamientos a corto plazo y de bajo valor. La NIIF 16 es aplicable para los períodos anuales iniciados a partir del 1 de enero de 2019.

A partir de la aplicación de la NIIF 16, se reconoce como un activo y un pasivo el derecho de uso de los activos que surge de los contratos de arrendamiento desde la fecha en que el activo arrendado está disponible para su uso, al valor presente de los pagos a realizar en el plazo del contrato, considerando la tasa de descuento implícita en el contrato de arrendamiento, si esta puede ser determinada, o la tasa de endeudamiento incremental de la Sociedad.

El pasivo por derecho de uso comprende los pagos fijos, los pagos variables que dependen del uso de un índice o tasa, los importes que se esperan pagar como garantías de valor residual, el precio de ejercicio de la opción de compra cuando es probable que se va a ejercer dicha opción y las penalidades por la terminación anticipada del contrato si el plazo del arrendamiento refleja que el arrendatario ejercerá la opción. El costo del activo por derecho de uso comprende el importe de la medición inicial del pasivo, los pagos efectuados antes de la fecha de aplicación inicial, los costos iniciales directos y los costos de restauración asociados.

Posteriormente, el activo por derecho de uso se mide al costo menos la depreciación acumulada y las pérdidas acumuladas por deterioro de valor, en caso de existir. La depreciación del activo es calculada utilizando el método de depreciación lineal en el plazo del contrato o la vida útil del activo, el menor. El pasivo por derecho de uso es acrecentado por el devengamiento de los intereses y remedido para reflejar los cambios en los pagos, el alcance del contrato y la tasa de descuento. El costo del activo por derecho de uso es ajustado por el efecto de la remedición del pasivo.

La Sociedad adoptó la NIIF 16 retrospectivamente a partir del 1 de enero de 2019, pero no ha reexpresado los comparativos para el período 2018, según lo permitido por las disposiciones transitorias específicas en la norma. Las reclasificaciones y los ajustes derivados de las nuevas disposiciones de la norma se reconocen en el presente estado financiero de apertura de ejercicio 2019.

La aplicación de dicha norma no ha generado impactos significativos en los presentes estados financieros.

Véase nuestro informe de fecha

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CINIIF 23 “Incertidumbre sobre el tratamiento del impuesto a las ganancias”: esta norma clarifica como el reconocimiento y las exigencias de medición de la NIC 12 “Impuesto a las ganancias”, son aplicados cuando hay incertidumbre sobre el tratamiento de impuesto a las ganancias. La aplicación de esta modificación no generó impactos significativos en los presentes estados financieros consolidados intermedios condensados.

Modificaciones a la NIC 19 “Beneficios al personal”: esta modificación requiere que una entidad utilice premisas actualizadas para determinar el costo corriente operativo y financiero para el resto del período después de una modificación, reducción o liquidación del plan y reconocer el efecto en el resultado del ejercicio como parte del costo de servicios pasados, o como ganancia o pérdida en la liquidación. La aplicación de esta modificación no generó impactos significativos en los presentes estados financieros consolidados intermedios condensados.

(b) Normas, modificaciones e interpretaciones publicadas que todavía no han entrado en vigor para ejercicios que comiencen a partir de 1 de enero de 2019 y no han sido adoptadas anticipadamente:

No hay otras NIIF o interpretaciones CINIIF que no sean efectivas todavía y que se espere que tengan un efecto significativo en los Estados Financieros Individuales Intermedios Condensados de la Sociedad.

14. Artículos 206 y 94 inciso 5 de la Ley 19.550

Durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 la Sociedad registraba pérdidas acumuladas por $ 146.676.632 (en moneda de dicha fecha) situación por la cual continuaba encuadrada en la causal de disolución del artículo 94 inciso 5° de la Ley General de Sociedades Nro. 19.550. Los accionistas, reunidos en Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria celebrada el 29 de abril de 2019, resolvieron que el Directorio continúe haciendo un seguimiento pormenorizado de la secuencia de actos producidos en el proceso del arbitraje internacional de Eriday U.T.E., en trámite con la Entidad Binacional Yacyretá, y continúe aportando su experiencia en la toma de decisiones dentro de Eriday U.T.E. a fin de lograr que el arbitraje efectivamente se encause hacia el dictado de un laudo arbitral en el menor plazo posible, se absorban parte de las pérdidas acumuladas del ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2018 con la totalidad del saldo de la cuenta “Ajuste de Capital” de $64.871.521 (en moneda de esa fecha), y que en virtud de lo expuesto, se difiera a futuro ejercicio la absorción de los Resultados no Asignados negativos al 31 de diciembre de 2018 remanentes. Al 30 de septiembre de 2019 la Sociedad registra una ganancia neta de $ 1.714.490 y pérdidas acumuladas por $ 110.927.058, situación por la cual continúa encuadrada en la causal de disolución del artículo 94 inciso 5° de la Ley General de Sociedades Nro. 19.550. De persistir tal situación al cierre del ejercicio, los accionistas de la Sociedad deberán tomar las medidas que sean necesarias para resolver esta situación.

La Sociedad ha preparado los estados contables utilizando principios contables aplicables a una empresa en marcha. Por lo tanto, dichos estados no incluyen los efectos de los eventuales ajustes y reclasificaciones, si los hubiere, que pudieran requerirse de no resolverse la situación descripta a favor de la continuidad de las operaciones de la Sociedad y la misma se viera obligada a realizar sus activos y cancelar sus pasivos, incluyendo los contingentes, en condiciones diferentes al curso normal de sus negocios.

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RESEÑA INFORMATIVA AL 30 SEPTIEMBRE DE 2019

En cumplimiento de lo establecido por las Normas de la Comisión Nacional de Valores (N.T. 2013), el Directorio de la Sociedad ha aprobado la presente reseña informativa correspondiente al período de nueve meses iniciado el 1 de enero del año 2019 y finalizado el 30 de septiembre del año 2019.

Actividades de la Sociedad:

Durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 la Sociedad registra pérdidas acumuladas por $ 146.676.632 (en moneda de dicha fecha) situación por la cual continúa encuadrada en la causal de disolución del artículo 94 inciso 5° de la Ley General de Sociedades Nro. 19.550. Los accionistas, reunidos en Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria celebrada el 29 de abril de 2019, resolvieron que el Directorio continúe haciendo un seguimiento pormenorizado de la secuencia de actos producidos en el proceso del arbitraje internacional de Eriday U.T.E. en trámite con la Entidad Binacional Yacyretá, y continúe aportando su experiencia en la toma de decisiones dentro de Eriday U.T.E. a fin de lograr que el arbitraje efectivamente se encause hacia el dictado de un laudo arbitral en el menor plazo posible, se absorban parte de las pérdidas acumuladas del ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2018 con la totalidad del saldo de la cuenta “Ajuste de Capital” de $64.871.521 (en moneda de esa fecha), y que en virtud de lo expuesto, se difiera a futuro ejercicio la absorción de los Resultados no Asignados negativos al 31 de diciembre de 2018 remanentes. Al 30 de septiembre de 2019 la Sociedad registra una ganancia neta de $ 1.714.490 y pérdidas acumuladas por $ 110.927.058, situación por la cual continúa encuadrada en la causal de disolución del artículo 94 inciso 5° de la Ley General de Sociedades Nro. 19.550. De persistir tal situación al cierre del ejercicio, los accionistas de la Sociedad deberán tomar las medidas que sean necesarias para resolver esta situación.

A continuación se expone una breve descripción de la situación de cada uno de los proyectos en que participa Polledo S.A.I.C. y F.

Coviares S.A.

Polledo participa directa e indirectamente en el 31,78% de Coviares S.A. (“Coviares”), sociedad que tiene como objeto la construcción, conservación y explotación de la Autopista La Plata - Buenos Aires, Ribereña de la Capital Federal y Nuevo Puente sobre el Riachuelo, según lo dispuesto en el Acuerdo de Reformulación del contrato de concesión (“el Contrato de Concesión”) de fecha 29 de diciembre de 1993, celebrado con la Secretaría de Obras Públicas y Comunicaciones del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos de la Nación (“la Secretaria de Obras Públicas” o “el Concedente”), que fue aprobado por Resolución Ministerial Nº 538/94 y decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 1638/1994. La concesión comprende, entre otras obligaciones, la construcción de la autopista, el mantenimiento, reparación y conservación de las obras y la administración, explotación y prestación de servicios durante el período de concesión, estipulado en veintidós años contados a partir de la fecha de habilitación de la primera casilla de peaje (1° de julio de 1995).

El contrato se vio seriamente afectado por la crisis del año 2001/2002; que motivó el dictado de la ley de emergencia económica 25.561, que derogó las cláusulas de ajuste de la tarifa en dólares; aumento de gastos en forma exponencial y tarifa congelada (2001), que a su vez venía inalterada desde 1995; distorsión consecuente del PEF; autorización para renegociar los contratos, lo que dio lugar a un larguísimo proceso de renegociación del contrato. Con fecha 21 de febrero de 2007 se suscribió una Carta de Entendimiento cuyo objeto era establecer las bases y condiciones razonables y convenientes para adecuar el Contrato de Concesión. El documento fue debatido en Audiencia Pública, celebrada el 28 de junio de 2007 por Disposición N° 1/2007 de la UNIREN, cuyas conclusiones fueron consideradas, para definir el Acuerdo de Renegociación Contractual, “ad referéndum” del Poder Ejecutivo Nacional.

Con fecha 29 de enero de 2009 se suscribió el Acuerdo de Renegociación Contractual mencionado, parcialmente modificado con motivo del cambio de la autoridad a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, suscribiéndose un nuevo Acuerdo de Renegociación Contractual con fecha 9 de octubre de 2009 “ad referéndum” de la firma del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional. El 27 de julio de 2010 se publicó en el Boletín Oficial el decreto 1057/2010, el cual ratificó el Acuerdo de Renegociación Contractual suscripto entre la UNIREN y Coviares.

Luego del largo proceso de renegociación contractual, y pendiente de cumplimiento el Acuerdo aprobado por el decreto 1057/2010, Coviares S.A. fue notificada por el Órgano de Control de Concesiones Viales del proyecto denominado: "Proyecto del Convenio de Transferencia de Derechos y Obligaciones del Contrato de Concesión de la Autopista Buenos Aires – La Plata" del Estado Nacional a la Provincia de Buenos Aires. El 26 de junio de 2012 Coviares S.A. prestó conformidad a los lineamientos del proyecto. Coviares S.A. celebró la Asamblea Extraordinaria el 24 de Agosto de 2012 por el cual los accionistas consideraron el Convenio de Transferencia de Derechos y Obligaciones del Contrato de Concesión de la Autopista Buenos Aires La Plata, de la Nación a la Provincia de Buenos Aires, resolución que fue aprobada por unanimidad de las acciones presentes. El 10 de octubre de 2012 fue suscripto el Convenio entre la Nación y la Provincia “ad referéndum” de la aprobación del mismo a través de una Ley de la Legislatura Provincial. Por Resolución N° 2142/12 del 9 de octubre de 2012 del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, Secretaría de Obras Públicas, Dirección Nacional de Vialidad, se resolvió la aprobación del Convenio de Transferencia de Derechos y Obligaciones del Contrato de Concesión de la Autopista Buenos Aires – La Plata celebrado entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Provincia de Buenos Aires. Dicha resolución fue notificada el 11 de octubre de 2012. Posteriormente, en el marco de lo dispuesto por la Ley 14.443, sancionada por el H. Congreso de la Provincia de Buenos Aires, publicada en el B.O. el 25 de enero de 2013, se aprobó el “Convenio de Transferencia de Derechos y Obligaciones del Contrato de Concesión”, en el ámbito provincial. Asimismo, por Resolución N° 74/2013, el Ministerio de Infraestructura de la Provincia asumió el carácter de Concedente a partir del 5 de febrero de 2013; la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, el rol de Autoridad de Control; y se asignó a la Unidad de Análisis Económico Regulatorio de Concesiones Viales la intervención en todo procedimiento que tenga implicancia regulatoria de la concesión. Por otra parte, se dispuso por Resolución N° 26/2013 la Intervención Administrativa Temporal de la concesionaria, y se mantuvo la veeduría designada por la Provincia por Resolución N° 394/2012 del Ministerio de Infraestructura.

A partir del momento de asunción de la Provincia en su rol de Concedente y titular del Contrato de Concesión, Coviares formalizó numerosas presentaciones tendientes a obtener el cumplimiento de las acciones que el Acuerdo de Transferencia

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ponía en cabeza de la Provincia, ya que las condiciones del contrato original mantenían plena vigencia, así como la obligación de reformular las condiciones contractuales, afectadas por la emergencia económica aludida en el Acuerdo de Renegociación Contractual suscripto entre la UNIREN y Coviares, aprobado por Decreto 1057/2010 del Poder Ejecutivo Nacional.

Coviares no obtuvo respuesta a sus requerimientos y con fecha 12 de julio de 2013, intempestivamente, se publica en el BO de la Provincia de Buenos Aires el Decreto N° 419, por medio del cual se declaró rescindido el Contrato de Concesión de Coviares, se desplazó a Coviares S.A. de la Concesión, y se puso a cargo de “Autopistas de Buenos Aires S.A. –AUBASA-“, una sociedad constituida por la Provincia a esos efectos. Al mismo tiempo se procedió a confeccionar el inventario detallado de los bienes y personal afectados a la concesión, y se declaró la “emergencia pública vial” sobre la autopista.

Frente a tal medida, Coviares efectuó una presentación por la cual rechazó la rescisión declarada, negó los incumplimientos contractuales en que se basó la rescisión, y solicitó la declaración de ilegitimidad y nulidad absoluta e insanable del decreto provincial N° 419/2013, por incompetencia de la Provincia para disponer la rescisión, por falta de causa, por ser falsos los hechos invocados y por violación de los procedimientos esenciales y sustanciales previstos por el ordenamiento legal aplicable, así como por violación de la finalidad y el objeto del Convenio de Transferencia de derechos y Obligaciones del Contrato de Concesión. Coviares rechazó fundadamente los supuestos incumplimientos contractuales invocados en los considerandos del decreto 419/2013; así la improcedente imputación de abandono de la explotación, mantenimiento, conservación, ejecución de todo tipo de obra y la omisión de prestar los servicios esenciales al usuario. Coviares hizo reserva a su vez de sus derechos y acciones contra la Provincia y contra el Estado Nacional con motivo de la rescisión del contrato de concesión. En el mes de diciembre de 2013 Coviares interpuso una acción judicial contra la Provincia de Buenos Aires y contra el Estado Nacional, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a efectos de que se declare la nulidad del acto administrativo que dispuso la rescisión y se condene a los demandados a abonar a Coviares los daños y perjuicios derivados de la rescisión del contrato. Cabe destacar que dicha indemnización se encuentra cedida en garantía –oportunamente-, al Fideicomiso que administra el repago del Préstamo Sindicado de Coviares, razón por la cual el mismo deberá integrar la Litis en calidad de tercero de intervención obligada. En el mes de agosto de 2015, el juicio quedó radicado en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal, N° 7, a cargo de la Dra. María Cristina Carrión de Lorenzo.

La Sociedad ha tomado conocimiento de que Coviares S.A. ha solicitado la apertura de su concurso preventivo de acreedores el día 30 de abril de 2014, la cual ha sido decretada y tramita como Expediente N° 61006/2014, ante el Juzgado Nacional de Primera instancia en lo Comercial 22, Secretaría 43.

El 3 de Octubre de 2014 venció el plazo para que los acreedores verifiquen sus créditos, habiéndose presentado, entre otros, la Dirección Nacional de Vialidad y la Provincia de Buenos Aires, a verificar créditos que incluyen penalidades. Ambos acreedores hicieron reservas de derechos, ya que alegaron no haber finalizado el proceso de liquidación de la Concesión. Coviares impugnó y rechazó los créditos reclamados por dichos organismos, en base principalmente a los argumentos expuestos en la demanda por rescisión y a la improcedencia de la aplicación de multas. Con fecha 7 de abril de 2015, y conforme al dictamen de la Sindicatura concursal, se tuvieron por verificados los créditos conforme a lo dispuesto por el art. 36 de la Ley de Concurso y Quiebras.

Por el Decreto N° 13/2015 se modificó la Ley de Ministerios estableciéndose que las cuestiones vinculadas a las concesiones y licencias de servicios públicos así como la determinación de los precios y tarifas aplicables, quedaran bajo la órbita de diferentes carteras ministeriales. Consecuentemente, se dictó el Decreto 367/2016, por el cual se le asignaron a los respectivos Ministerios, las facultades de renegociación de los contratos de obras y servicios públicos y se derogó el Decreto N° 311/2003, que establecía que dicha renegociación esté a cargo de la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos (UNIREN). Fue así que la Dirección Nacional de Vialidad (hoy en el ámbito del Ministerio de Transporte), inició tratativas con directivos de COVIARES S.A., para revisar la situación, de modo de analizar la posibilidad de arribar a una solución extrajudicial del conflicto. En ese ámbito, se suscribió una Carta de Entendimiento, sin reconocer hechos ni derechos y con expresa reserva de acciones y defensas legales, que dispone la creación de una comisión evaluadora para que analice lo actuado respecto de la concesión, elabore un informe y como consecuencia de dicho informe se faculte a la Dirección Nacional de Vialidad a celebrar un acuerdo. La Comisión está conformada y ya tuvo su primera reunión, lo cual fue informado al juzgado del concurso. En virtud del inicio de las tratativas aludidas, se suspendieron los plazos procesales en las actuaciones “COVIARES S.A. c/ EN-DNV y Otros/PROCESO DE CONOCIMIENTO – ORDINARIO” (Expte. N° 1526/2013) en trámite ante el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 7, Secretaría N° 14, hasta la emisión del informe final de la Comisión Evaluadora. Asimismo, también en virtud de estas tratativas, COVIARES S.A. solicitó al juez del concurso, y éste así lo dispuso, sucesivas prórrogas del período de exclusividad, la última de ellas al 30 de junio de 2018, debiendo informar Coviares S.A. y el funcionario concursal, periódicamente, el grado de avance de lo acordado en la Carta de Entendimiento. Apelada por la AFIP la ampliación de plazo, la Cámara ordenó al juez de primera instancia, disponga la continuidad de los actos procesales correspondientes. Coviares S.A. interpuso un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el cual fue rechazado el 2 de agosto de 2018.

A solicitud del síndico actuante se ha cursado un pedido de Informes a COVIARES para que exponga el estado de las tratativas con el Concedente; respecto de cualquier transferencia de bienes a terceros y actualización de domicilio, directorio, etc.

Polledo, como accionista minoritario de Coviares, registra desde el 31 de diciembre de 2011 en cero su participación en dicha sociedad, y se encuentra actualmente analizando las eventuales implicancias económicas, financieras y jurídicas que la situación de Coviares podría tener para la Sociedad.

Covimet S.A.

Se constituyó originalmente con un objeto social destinado a la construcción, conservación y explotación de la Autopista 9 de Julio - Tramo Norte, de acuerdo con el Contrato de Concesión de fecha 21 de diciembre de 1993. Al respecto, con la modificación del Estatuto de fecha 15 de julio de 1986, el objeto social de Covimet se hizo extensivo a la construcción de toda otra clase de obras de ingeniería y arquitectura, públicas y privadas; la realización de proyectos de obras y prestación de servicios de ingeniería, asesoramiento industrial y comercial e inversora. A los fines mencionados, la Sociedad tiene plena

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capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por otros estatutos.

Con fecha 25 de febrero de 2003 el Jefe de Gobierno de la CABA dictó el decreto 149/GCABA/2003 mediante el cual dispuso: (a) revocar el decreto 3135/GCABA/1998, alegando su nulidad absoluta e insanable; y (b) rescindir el contrato de concesión de obra pública para la construcción y concesión de la remodelación y prolongación de la Av. 9 de Julio Tramo Norte (Autopista Arturo Illia), argumentando incumplimiento de Covimet.

Polledo ha tomado conocimiento de que en los autos “COVIMET S.A. c/ GCBA s/ cobro de pesos” (Expte. N° 2874/0) y “COVIMET S.A. c/ GCBA s/impugnación actos administrativos” (Expte. N° 8333/0) se ha dictado sentencia en primera instancia rechazando las demandas interpuestas por Covimet por la que se resuelve que no prosperarán ninguno de los planteos esgrimidos por la actora. La sentencia de Primera Instancia fue apelada. Se ha tomado conocimiento del Informe del representante del Ministerio Público Fiscal, admitiendo que asistiría razón a la apelante en cuanto a que las cláusulas contractuales del Pliego de Condiciones, contemplan el cobro de un reintegro tanto para el supuesto de la terminación anticipada de la concesión, como para el caso de resolución por incumplimiento del concesionario, indicando que la comprobación del monto de las inversiones no amortizadas, implica la ponderación de cuestiones de hecho y prueba, ajenas a su intervención. El 17 de noviembre de 2016 la Cámara de Apelaciones SALA I - Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – dictó sentencia en los autos “Covimet S.A. c/ GCBA s/ impugnación actos administrativos”, expte. Nº8333 y su acumulado “Covimet S.A. c/ GCBA s/ cobro de pesos”, expte. Nº2874/0, resolviendo: i) confirmar la nulidad del decreto 3135/98 que había aprobado el Convenio de Reordenamiento Contractual; ii) confirmar, en consecuencia, la validez del decreto 149/03 que declaró la rescisión del contrato por culpa de la concesionaria, y iii) hacer lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la parte actora, únicamente con relación al reconocimiento del rubro reclamado en concepto de liquidación de las cuentas pendientes y diferir la determinación del quantum del ítem mencionado para la etapa de ejecución de la sentencia de conformidad con las pautas establecidas en el Pliego a esos efectos.

A la fecha de emisión de los presentes estados financieros, Polledo no ha tomado conocimiento de otros hechos o circunstancias relevantes, relativas a este proceso.

Ante el pedido de quiebra por parte del Banco Patagonia S.A. y el fracaso de la gestión conciliatoria en sede judicial, COVIMET S.A. presentó su concurso preventivo de acreedores ante el Juzgado Comercial 24, Secretaría 47. El 23 de junio de 2016, se declaró abierto el Concurso Preventivo de COVIMET S.A., fijándose –entre otros-, el cierre del período de exclusividad, para el 1º de agosto de 2017, luego prorrogado al 26 de octubre de 2017. Una vez vencido el período de exclusividad, con fecha 8 de noviembre 2017, fue declarada la quiebra.

Polledo, como accionista minoritario de Covimet, registra desde el 31 de diciembre de 2010, a valor cero su participación en dicha sociedad.

Estructura patrimonial comparativa con los mismos períodos de anteriores ejercicios:

30/09/2019 30/09/2018
Activo corriente 945.164 1.008.604
Activo no corriente 2.949.563 4.497.690
Total del activo 3.894.727 5.506.294
Pasivo corriente 13.540.234 54.844.925
Pasivo no corriente 72.448.036 42.513.618
Total del pasivo 85.988.270 97.358.543
Patrimonio neto controlante (82.072.657) (91.732.179)
Patrimonio neto no controlante (20.886) (120.070)
Patrimonio neto total (82.093.543) (91.852.249)
Total de Pasivo más Patrimonio neto total 3.894.727 5.506.294

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Alberto E. Verra Presidente

POLLEDO SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, CONSTRUCTORA Y FINANCIERA

Estructura de resultados comparativa con los mismos períodos de anteriores ejercicios: Estructura de resultados comparativa con los mismos períodos de anteriores ejercicios: Estructura de resultados comparativa con los mismos períodos de anteriores ejercicios:
01/01/2019 al
30/09/2019
01/01/2018 al
30/09/2018
Resultado operativo o de explotación (7.829.580) (6.867.330)
Resultados financieros 9.666.328 10.795.104
Resultado de inversiones (998) (1.317)
Resultado neto del ejercicio, antes de impuesto a las ganancias
(Pérdida)/ Ganancia
1.835.750 3.926.457
Impuesto a las ganancias (160.079) (486.144)
Resultado neto del ejercicio (Pérdida) / Ganancia (a) 1.675.671 3.440.313
Otro resultado integral luego de impuesto a las ganancias (b)
Resultado integral total del ejercicio (a) + (b) (197.840) (8.217.550)
Estructura del flujo de efectivo comparativa con los mismos períodos de anteriores ejercicios: Estructura del flujo de efectivo comparativa con los mismos períodos de anteriores ejercicios: Estructura del flujo de efectivo comparativa con los mismos períodos de anteriores ejercicios:

01/01/2018 al
30/09/2018
(7.808.352)
7.947.961
37.148
(44.407)
132.350
01/01/2019 al
30/09/2019
01/01/2018 al
30/09/2018
Fondos aplicados a las actividades operativas (8.843.553) (7.808.352)
Fondos generados por las actividades de financiación 8.729.664 7.947.961
Diferencia de conversión de los fondos 43.223 37.148
Efecto de la inflación sobre los fondos (15.797) (44.407)
Total de fondos (aplicados) / generados durante el ejercicio (86.463) 132.350
Índices comparativos con los mismos períodos de anteriores ejercicios: Índices comparativos con los mismos períodos de anteriores ejercicios:
30/09/2019 30/09/2018
Liquidez (1) 0,0698 0,0184
Solvencia (2) (0,9547) (0,9434)
Inmovilización del capital (3) 0,7573 0,8168

PERSPECTIVAS FUTURAS

La Sociedad continúa monitoreando la evolución de los procesos administrativos y judiciales respecto a los contratos en los cuales la Sociedad participa o ha participado, los que en virtud de no ser controlados por nosotros, exige una permanente atención sobre la evolución de sus acontecimientos.

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Alberto E. Verra Presidente