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Polledo S.A.I.C.F. Interim / Quarterly Report 2005

Feb 13, 2006

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LISMORE INTERNATIONAL S.A.

ESTADOS CONTABLES

AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2005

PRESENTADOS EN FORMA COMPARATIVA

LISMORE INTERNATIONAL S.A.

ESTADOS CONTABLES

AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2005

PRESENTADOS EN FORMA COMPARATIVA

INDICE

Informe de revisión limitada

Estado de situación patrimonial

Estado de resultados

Estado de evolución del patrimonio neto

Estado de flujo de efectivo

Notas a los estados contables

Anexo C

Informe de la comisión fiscalizadora

LISMORE INTERNATIONAL S.A.

ESTADOS CONTABLES al 30 de septiembre de 2005, presentados en forma comparativa.

Domicilio legal: Av. Alicia Moreau de Justo 170 – 2° Piso – (C1107 AAD) Capital Federal

Fecha de Inscripción en el Registro Público de Comercio:

Del Estatuto: 15 de abril de 1998

De la última modificación: 6 de febrero de 2001

Número de Registro en la Inspección General de Justicia: 1.648.618

Composición del capital

Cantidad Tipo Valor nominal unitario
45.962.652 Ordinarias 1

LISMORE INTERNATIONAL S.A.

ESTADOS CONTABLES al 30 de septiembre de 2005, presentados en forma comparativa.

DIRECTORIO
PRESIDENTE
Ing. Enrique A. Clutterbuck
VICEPRESIDENTE
Ing. Oscar Enzo Terráneo
DIRECTOR
Arq. Alejandro Carlos Roggio
DIRECTORES SUPLENTES
Cdor. Carlos Raúl Pérez
Cdor. Alberto Esteban Verra
ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL al 30 de septiembre de 2005 y 31 de diciembre de 2004.
30.09.05 31.12.04
En pesos
ACTIVO
Activo no corriente
Inversiones (Anexo C) 114.484.729,10 122.386.645,74
Total del activo no corriente 114.484.729,10 122.386.645,74
Total del activo 114.484.729,10 122.386.645,74
Total del pasivo - -
PATRIMONIO NETO (según estado respectivo) 114.484.729,10 122.386.645,74
Total del pasivo y patrimonio neto 114.484.729,10 122.386.645,74

Las notas 1 a 3 y el anexo C que se acompañan forman parte integrante de los presentes estados contables.

ESTADO DE RESULTADOS por el período de nueve meses finalizadoel 30 de septiembre de 2005, comparativo con igual período del ejercicio anterior.

30.09.05 30.09.04
En pesos
Resultado de inversiones permanentes (7.901.916,64) (6.412.641,33)
Pérdida del período (7.901.916,64) (6.412.641,33)

Las notas 1 a 3 y el anexo C que se acompañan forman parte integrante de los presentes estados contables.

ESTADO DE EVOLUCION DEL PATRIMONIO NETO por el período de nueve meses finalizado el 30 de septiembre de 2005 y 2004.

Rubros Capital Social Ajuste de Capital Resultados No Asignados Total
30.09.05 30.09.04
Saldo al inicio del ejercicio 45.962.652 14.367,29 76.409.626,37 122.386.645,74 121.605.154,89
Ajuste resultados ejercicios anteriores - - - - 1.459.667,01
Saldo al inicio del ejercicio ajustados 45.962.652 14.367,29 76.409.626,37 122.386.645,74 123.064.821,90
Pérdida del periodo - - (7.901.916,64) (7.901.916,64) (6.412.641,33)
Saldo al cierre del periodo 45.962.652 14.367,29 68.507.709,73 114.484.729,10 116.652.180,56

Las notas 1 a 3 y el anexo C que se acompañan forman parte integrante de los presentes estados contables.

ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO por el período de nueve meses finalizadoel 30 de septiembre de 2005, comparativo con igual período del ejercicio anterior.

30.09.05 30.09.04
En pesos
VARIACION DE LOS FONDOS
Fondos al inicio del periodo - -
Variación de los fondos - -
Fondos al cierre del periodo - -
Flujo de fondos de las actividades operativas
Pérdida del periodo (7.901.916,64) (6.412.641,33)
Ajustes para reconciliar el resultado a las variaciones de fondos operativas
Resultado de inversiones permanentes 7.901.916,64 6.412.641,33
Fondos netos originados en las actividades operativas - -
Variación de fondos - -

Las notas 1 a 3 y el anexo C que se acompañan forman parte integrante de los presentes estados contables.

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de septiembre de 2005 presentados en forma comparativa

NOTA 1 – RENEGOCIACIÓN DE CONTRATOS CELEBRADOS CON LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA

A partir de la sanción de la Ley N º 25.561, quedaron sin efecto las cláusulas de ajuste en dólares u otras monedas extranjeras u otros mecanismos indexatorios incluidos en los contratos celebrados con la Administración Pública. Los precios y tarifas vigentes a dicha fecha fueron convertidos a pesos al tipo de cambio de $ 1 por US$ 1. Asimismo, el Gobierno Nacional quedó autorizado a renegociar dichos contratos debiendo tomar en consideración aspectos tales como el impacto de las tarifas en la competitividad de la economía y en la distribución de los ingresos, la rentabilidad de las empresas, etc. En cumplimiento de ello, a partir del dictado del Decreto 293 del 12 de febrero de 2002, se dio inicio al proceso de renegociación contractual, mediante la creación de la Comisión de Renegociación de Contratos de Obras y Servicios Públicos, para que las concesionarias de obras y servicios públicos presentaran sus propuestas de renegociación. Al respecto, a la fecha de emisión de los presentes estados contables, la situación es la que se detalla continuación:

  • Coviares S.A. (“Coviares”): Los plazos originalmente establecidos para el proceso de negociación fueron prorrogados y a través del Decreto N° 311 del 3 de julio de 2003, se creó una nueva Comisión en el ámbito de los Ministerios de Economía y Producción y de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, en sustitución de la constituida anteriormente, denominada “Unidad de Renegociación y análisis de Contratos de Servicios Públicos” (“UNIREN”).

UNIREN, a través de la Ley 25.790 de octubre de 2003, dispuso que los acuerdos de renegociación podrían abarcar aspectos parciales de los contratos de concesión o licencia, incluyendo la posibilidad de revisiones periódicas.

La referida UNIREN debatió con los concesionarios, la suscripción de una “Carta de Entendimiento” que regiría en forma transitoria hasta la suscripción del Acuerdo definitivo previsto por la ley 25.790, a debatirse en Audiencia Pública.

Por otra parte, con fecha 24 de noviembre de 2004 se sancionó la Ley 25.972 la cuál prorrogó una vez más la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria hasta el día 31 de diciembre de 2005, lo cuál lleva a una prórroga del plazo de renegociación.

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de septiembre de 2005 presentados en forma comparativa (Cont.)

NOTA 1 – RENEGOCIACIÓN DE CONTRATOS CELEBRADOS CON LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA (Cont.)

  • Coviares S.A. (“Coviares”) (Cont.):

A lo largo del proceso antes explicado, Coviares efectuó varias presentaciones ante la Comisión de Renegociación de Contratos de Obras y Servicios Públicos, ahora UNIREN, en las cuales se sugieren distintas alternativas para aliviar la crítica situación que provocan las medidas mencionadas. Algunas de las propuestas que plantea Coviares son las siguientes:

  1. Ampliación del plazo de la concesión por un término mínimo de 12 años,
  2. Incremento gradual de la tarifa (para los primeros cuatro años 20%, 20%, 20%, 7% y luego 3% anual),
  3. Compensación de la Deuda con el Estado Nacional,
  4. Reprogramación de las inversiones previstas y ejecución de obras adicionales,
  5. Corrimiento de obras de ampliación de carriles (la realización de estas obras están definidas en función del tránsito, pero tiene un tope de tiempo aún cuando no se alcanzaran estos niveles),
  6. Disminución de la carga financiera, por medio de la reprogramación de los pagos de capital y la eliminación de la aplicación del CER y/o coeficientes similares.

Según surge del Acta Acuerdo de Reordenamiento Contractual modificada por la Adenda al Acta Acuerdo de enero de 2001, la Deuda con el Estado Nacional, en origen en pesos, fue reexpresada en dólares estadounidenses. El sistema de ajuste de la Deuda, tanto en el contrato de Concesión como en su Adenda, se hallaba establecido en función de la evolución de la tarifa por peaje, régimen basado en la economía propia del contrato. Conforme lo establecido en la Cláusula OCTAVA del Acta Acuerdo de Reformulación Contractual de 1993 y su Anexo IV, al igual que lo establecido en el Artículo 4° de la Adenda, el Contrato establecía una tarifa de peaje en dólares de los Estados Unidos, adoptando como factor de ajuste o corrección anual la variación porcentual habida en el Índice de Precios al Consumidor –todos los rubros- (Consumer Price Index – All Items-) de los EE.UU. (CPI). Al solo efecto del cobro a los usuarios la tarifa se expresaría en pesos. Desde el 29 de diciembre de 1993 hasta el 31 de diciembre de 2011 se aplicará a la deuda una tasa del 5,70% TNA.

Más allá de que la tarifa de peaje no experimentó ajuste alguno desde la habilitación de la Concesión y que fue congelada en el año 2001 según lo establecido por la Ley de Emergencia Económica, el tratamiento dado a los aportes mencionados en los estados contables emitidos a partir del 30 de junio de 2002 y hasta el 30 de septiembre de 2003 ha sido la pesificación (u$s1 = $1) y aplicación del CER desde el 3 de febrero de 2002.

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de septiembre de 2005 presentados en forma comparativa (Cont.)

NOTA 1 – RENEGOCIACIÓN DE CONTRATOS CELEBRADOS CON LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA (Cont.)

  • Coviares S.A. (“Coviares”) (Cont.):

Por lo explicado precedentemente, y según se menciona en estados contables anteriores y en el punto aclaratorio ya mencionado, Coviares cuestionó la aplicación de cualquier tipo de ajuste al valor de la Deuda que no se corresponda con un aumento de tarifa equivalente, teniendo en cuenta las previsiones contractuales.

Por ello, y considerando que el Contrato de Concesión de Coviares quedó comprendido en el artículo 8° de la Ley 25.561 y pesificadas las obligaciones que derivan de dicho contrato en virtud de sus disposiciones, razón por la cual la deuda con el Estado Nacional no resulta alcanzada por el CER, al no encontrarse incluida entre aquellas obligaciones mencionadas en el Artículo 1° del Decreto 214/02, corresponde, en opinión de sus asesores legales, revertir el ajuste por CER correspondiente a la Deuda con el Estado Nacional, lo cual ha sido reflejado como Ajuste de resultados de ejercicios anteriores en los estados contables al 30 de junio de 2005. Asimismo se han corregido los resultados de períodos intermedios.

A la fecha, Coviares se encuentra actualmente renegociando el Contrato de Concesión a los efectos de contrarrestar el impacto de las medidas adoptadas por el Gobierno y analizando planes de acción que le permitan equilibrar sus compromisos con sus ingresos futuros. A pesar de que, la Dirección de Coviares entiende que existen alternativas viables, no es posible asegurar, que tendrá éxito al implementarlas y si permitirán, una vez implementadas, que Coviares cumpla con sus obligaciones.

NOTA 2 – NORMAS CONTABLES

2.1. Consideración de los efectos de la inflación

Los presentes estados contables han sido preparados en moneda constante, reconociendo en forma integral los efectos de la inflación hasta el 28 de febrero de 2003. Para ello se ha seguido el método de reexpresión establecido por la Resolución Técnica Nº 6, con las modificaciones introducidas por la Resolución Técnica Nº 19, empleando para ajustar el Índice de Precios Internos Mayoristas Nivel General a partir del 1º de enero de 2002, de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto Nº 1.269/02 del Poder Ejecutivo Nacional.

Con fecha 25 de marzo de 2003, el Poder Ejecutivo Nacional emitió el Decreto N° 664 que establece que los estados contables de ejercicios que cierran a partir de dicha fecha sean expresados en moneda nominal. En consecuencia, y de acuerdo con la Resolución General N° 4/2003 emitida por la I.G.J. y la Resolución General N° 441/03 emitida por la CNV, la Sociedad discontinuó la reexpresión de los estados contables a partir del 1 de marzo de 2003.

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 30 de septiembre de 2005 presentados en forma comparativa (Cont.)

NOTA 2 – NORMAS CONTABLES (Cont.)

2.1. Consideración de los efectos de la inflación (Cont.)

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (“CPCECABA”) mediante su Resolución MD Nº 41/2003 del 29 de Octubre de 2003 establece que desde el 1º de Octubre de 2003 y hasta tanto dicho organismo se expida nuevamente debe discontinuarse la aplicación de la reexpresión a moneda homogénea prevista en la Resolución Técnica Nº 6.

    1. Criterios de valuación

Los estados contables han sido preparados de acuerdo con lo establecido por las normas contables profesionales adoptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

2.2.1. Inversiones permanentes

Los estados contables de Coviares al 30 de septiembre de 2005, que sirvieron de base para la preparación de los presentes estados contables, han sido confeccionados, en base a lo informado en el Anexo C. Lismore International S.A. participa del Grupo de Control a través de su accionista mayoritario, CCI – Concesiones Sociedad Anónima y del Grupo que integra dicha sociedad.

2.2.2. Impuesto a las ganancias e impuesto a la ganancia mínima presunta

No se ha contabilizado provisión para impuesto a las ganancias dado que no se ha generado utilidad imponible de acuerdo con la legislación impositiva vigente.

No se ha contabilizado provisión para impuesto a la ganancia mínima presunta, dado que no existen activos imponibles.

NOTA 3 - IMPUESTO SOBRE LOS ACTIVOS - COVIARES

De acuerdo con lo establecido en el Contrato de Concesión original, Coviares había considerado la inversión en obra como un bien de cambio. Similar tratamiento fue otorgado a la obra respecto del impuesto sobre los activos.

Con fecha 31 de octubre de 1997, la Dirección General Impositiva (“DGI”) emitió una determinación de oficio respecto del impuesto sobre los activos por un monto nominal aproximado de $ 4,9 millones, en base a un criterio que había sido confirmado mediante un fallo del Tribunal Fiscal.

Luego de una serie de reclamos efectuados a la AFIP Coviares presentó un Régimen de Asistencia Ampliado en el que incluyó esta deuda por $ 23.145.970 la cual devenga a partir de la fecha de regularización un interés del 1,5% mensual sobre saldos. Al 30 de setiembre de 2005 la deuda por este concepto asciende a $ 2.287.867 y $ 20.834.641 (neto de intereses) que Coviares exponen en el rubro deudas fiscales corriente y no corriente, respectivamente.

La AFIP-DGI inició indebidamente una ejecución fiscal, toda vez que aun no existe una liquidación aprobada de la suma de impuesto exigible, habiéndose opuesto excepciones que no fueron recogidas por el tribunal actuante. De todas maneras, atendiendo a lo corregido en el párrafo anterior, la discusión se redujo a determinar la procedencia y el monto de las costas por la ejecución.

Estados contables al 30 de septiembre de 2005 y 31 de diciembre de 2004

INVERSIONES
Denominación y Características Cantidad Nominal Información sobre el ente del balance al 30 de junio de 2005 Valor residual al
Capital Valor Nominal Patrimonio Neto 30.09.05 31.12.04
Coviares S.A. – (1) 23.425.197 200.226.175 200.226.175 978.585.598 114.484.729,10 122.386.645,75
Saldo 23.425.197 200.226.175 200.226.175 978.585.598 114.484.729,10 122.386.645,75

(1) Se trata de una participación en los términos del Art. 35 de la Ley 19.550 otorgada a la sociedad sobre acciones de Coviares S.A., que representan el 11,699% de su capital.

INFORME DE REVISION LIMITADA

A los señores

Directores y Accionistas de

LISMORE INTERNATIONAL S.A.

Alicia Moreau de Justo 170 2° Piso

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

En mi carácter de Contador Público independiente, informo el resultado de la revisión limitada que he realizado de los estados contables individualizados en el apartado 1. Los mismos han sido preparados y aprobados por el Directorio de LISMORE INTERNATIONAL S.A., en ejercicio de sus funciones. Mi tarea profesional consiste en emitir una opinión sobre los mismos.

  1. ESTADOS CONTABLES OBJETO DE AUDITORIA
  2. Estado de situación patrimonial por el período iniciado el 1 de enero de 2005 y finalizado el 30 de septiembre de 2005.
  3. Estado de resultados por el período iniciado el 1 de enero de 2005 y finalizado el 30 de septiembre de 2005.
  4. Estado de evolución del patrimonio neto por el período iniciado el 1 de enero de 2005 y finalizado el 30 de septiembre de 2005.
  5. Estado de flujo de efectivo por el período iniciado el 1 de enero de 2005 y finalizado el 30 de septiembre de 2005.
  6. Notas 1 a 3 y el Anexo C que los complementan.
  7. ALCANCE DE LA REVISION LIMITADA

He realizado el examen de revisión limitada de acuerdo con las normas de auditoria vigentes – incluidas en la Resolución Técnica N° 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas – aprobadas por la Res. N° 267/85 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Estas normas exigen la adecuada planificación y ejecución de la auditoria para poder establecer con un nivel de razonable seguridad, que la información proporcionada por los estados contables considerados en su conjunto, carece de errores o distorsiones significativos.

Una auditoria comprende básicamente, la aplicación de pruebas selectivas para obtener evidencias respaldatorias de montos y afirmaciones relevantes; la evaluación de aquellas estimaciones importantes realizadas por la dirección de la sociedad y la revisión del cumplimiento de las normas contables profesionales de valuación y exposición vigentes. El alcance de esta revisión es sustancialmente inferior al de un examen de auditoria, cuyo objetivo es expresar una opinión sobre los estados contables bajo análisis. Consecuentemente no expresamos opinión sobre la situación patrimonial, estado de resultados, estado de evolución del patrimonio neto y estado de flujo de efectivo.

Los estados contables de la sociedad vinculada Coviares S.A. que sirvieron de base para determinar el valor patrimonial proporcional de la inversión en esa sociedad, han sido examinados por otros auditores, quienes expresaron una opinión con salvedades sobre dichos estados contables en su informe de fecha 16 de diciembre de 2005.

  1. CONCLUSION

En base a la revisión limitada que he realizado, excepto por la limitación en el alcance de mi examen descripto en el último párrafo del apartado 2, Alcance de la revisión limitada, los estados contables detallados en el apartado 1, han sido preparados de acuerdo a normas contables vigentes y consideran todos los hechos y circunstancias significativos que son de mi conocimiento y que, en relación a los mismos, no tengo otras observaciones que formular.

  1. INFORMACION ADICIONAL REQUERIDA POR DISPOSICIONES LEGALES

En cumplimiento de disposiciones vigentes, informo que:

  • Los estados contables que se mencionan en el punto 1, surgen de registros contables llevados de conformidad con normas legales.
  • Al 30 de septiembre de 2005 no existe deuda devengada a favor del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones que surja de los registros contables, ya que la sociedad no posee personal bajo relación de dependencia.

Buenos Aires, 16 de diciembre de 2005

Dr. Luis Héctor Lovotrico
Contador Público (UBA)
C.P.C.E.C.A.B.A. T° XX F° 98

INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA

16 de diciembre de 2005.

Señores Accionistas de

Lismore International S.A.

En nuestro carácter de Comisión Fiscalizadora, hemos dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 294 de la Ley Nº 19.550 de Sociedades Comerciales y sus modificatorias. En ejercicio de estas funciones informamos sobre el examen que hemos realizado de los documentos detallados en el apartado I siguiente. Los mismos constituyen información preparada y emitida por el Directorio de la Sociedad en ejercicio de sus funciones exclusivas.-

Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre dichos documentos basada en nuestro examen con el alcance que mencionamos en el párrafo II.-

  1. DOCUMENTOS EXAMINADOS
    1. Estado de situación patrimonial por el período iniciado el 1 de enero de 2005 y finalizado el 30 de septiembre de 2005.
    2. Estado de resultados por el período iniciado el 1 de enero de 2005 y finalizado el 30 de septiembre de 2005.
    3. Estado de evolución del patrimonio neto por el período iniciado el 1 de enero de 2005 y finalizado el 30 de septiembre de 2005.
    4. Estado de flujo de efectivo por el período iniciado el 1 de enero de 2005 y finalizado el 30 de septiembre de 2005.
    5. Notas 1 a 3 y el Anexo C que los complementan.
  2. ALCANCE DEL EXAMEN

En ejercicio del control de legalidad que nos compete, de los actos decididos por los órganos de la Sociedad que fueron expuestos en las reuniones de Directorio, hemos verificado los documentos detallados en los ítems a) a e) del punto I. Para el examen de los mismos nos hemos basado fundamentalmente en el trabajo realizado por el auditor externo quien lo han efectuado de acuerdo con normas de auditoría vigentes. Por lo tanto nuestra tarea se circunscribe a la razonabilidad de la información significativa de los documentos examinados y congruencia con la restante información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales.

  1. DICTAMEN

En nuestra opinión y basándonos en el contenido del Informe de revisión limitada que emitió el auditor externo en el día de la fecha, los documentos mencionados incluyen todos los hechos y circunstancias que son de nuestro conocimiento y que, en relación con los mismos, no tenemos observaciones que formular.

Saludamos a los señores Accionistas muy atentamente.

Luis Héctor Lovotrico
Contador Público
Comisión fiscalizadora

LISMORE INTERNATIONAL S.A.

RATIFICACIÓN DE FIRMAS LITOGRAFIADAS

Por la presente se ratifican las firmas que en facsímil obran en las hojas que anteceden de la página 1 a la 11 de los estados contables de Lismore International S.A. al 30 de septiembre de 2005.

Dr. Luis Héctor Lovotrico
Contador Público (UBA) Ing. Enrique A. Clutterbuck Dr. Luis Héctor Lovotrico
C.P.C.E.C.A.B.A. T° XX F° 98 Presidente Por Comisión Fiscalizadora