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Polledo S.A.I.C.F. — Interim / Quarterly Report 2005
Sep 8, 2005
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ESTADOS CONTABLES
AL 31 DE MARZO DE 2005
PRESENTADOS EN FORMA COMPARATIVA
LISMORE INTERNATIONAL S.A.
ESTADOS CONTABLES
AL 31 DE MARZO DE 2005
PRESENTADOS EN FORMA COMPARATIVA
INDICE
Informe de revisión limitada
Estado de situación patrimonial
Estado de resultados
Estado de evolución del patrimonio neto
Estado de flujo de efectivo
Notas a los estados contables
Anexo C
Informe de la comisión fiscalizadora
LISMORE INTERNATIONAL S.A.
ESTADOS CONTABLES al 31 de marzo de 2005, presentados en forma comparativa.
Domicilio legal: Av. Alicia Moreau de Justo 170 – 2° Piso – (C1107 AAD) Capital Federal
Fecha de Inscripción en el Registro Público de Comercio:
Del Estatuto: 15 de abril de 1998
De la última modificación: 6 de febrero de 2001
Número de Registro en la Inspección General de Justicia: 1.648.618
Composición del capital
| Cantidad | Tipo | Valor nominal unitario |
| 45.962.652 | Ordinarias | 1 |
LISMORE INTERNATIONAL S.A.
ESTADOS CONTABLES al 31 de marzo de 2005, presentados en forma comparativa.
DIRECTORIO
| PRESIDENTE | |
| Ing. Enrique A. Clutterbuck | |
| VICEPRESIDENTE | |
| Ing. Oscar Enzo Terráneo | |
| DIRECTOR | |
| Arq. Alejandro Carlos Roggio | |
| DIRECTORES SUPLENTES | |
| Cdor. Carlos Raúl Pérez | |
| Cdor. Alberto Esteban Verra |
| ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL al 31 de marzo de 2005 y 31 de diciembre de 2004. | ||
| 31.03.05 | 31.12.04 | |
| En pesos | ||
| ACTIVO | ||
| Activo no corriente | ||
| Inversiones (Anexo C) | 120.029.625,51 | 122.386.645,74 |
| Total del activo no corriente | 120.029.625,51 | 122.386.645,74 |
| Total del activo | 120.029.625,51 | 122.386.645,74 |
| Total del pasivo | - | - |
| PATRIMONIO NETO (según estado respectivo) | 120.029.625,51 | 122.386.645,74 |
| Total del pasivo y patrimonio neto | 120.029.625,51 | 122.386.645,74 |
Las notas 1 a 4 y el anexo C que se acompañan forman parte integrante de los presentes estados contables.
ESTADO DE RESULTADOS por el período de tres meses finalizadoel 31 de marzo de 2005, comparativo con igual período del ejercicio anterior.
| 31.03.05 | 31.03.04 | |
| En pesos | ||
| Resultado de inversiones permanentes | (2.357.020,23) | (1.405.498,11) |
| Pérdida del ejercicio | (2.357.020,23) | (1.405.498,11) |
Las notas 1 a 4 y el anexo C que se acompañan forman parte integrante de los presentes estados contables.
ESTADO DE EVOLUCION DEL PATRIMONIO NETO por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2005 y 2004.
| Rubros | Capital Social | Ajuste de Capital | Resultados No Asignados | Total | |
| 31.03.05 | 31.03.04 | ||||
| Saldo al inicio del ejercicio | 45.962.652 | 14.367,29 | 76.409.626,37 | 122.386.645,74 | 121.605.154,89 |
| Ajuste resultados ejercicios anteriores | - | - | - | - | 8.656.731,94 |
| Saldo al inicio del ejercicio ajustados | 45.962.652 | 14.367,29 | 76.409.626,37 | 122.386.645,74 | 130.261.886,83 |
| Pérdida del ejercicio | - | - | (2.357.020,23) | (2.357.020,23) | (1.405.498,11) |
| Saldo al cierre del ejercicio | 45.962.652 | 14.367,29 | 74.052.606,14 | 120.029.625,51 | 128.856.388,72 |
Las notas 1 a 4 y el anexo C que se acompañan forman parte integrante de los presentes estados contables.
ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO por el período de tres meses finalizadoel 31 de marzo de 2005, comparativo con igual período del ejercicio anterior.
| 31.03.05 | 31.03.04 | |
| En pesos | ||
| VARIACION DE LOS FONDOS | ||
| Fondos al inicio del ejercicio | - | - |
| Variación de los fondos | - | - |
| Fondos al cierre del ejercicio | - | - |
| Flujo de fondos de las actividades operativas | ||
| Pérdida del ejercicio | (2.357.020,23) | (1.405.498,11) |
| Ajustes para reconciliar el resultado a las variaciones de fondos operativas | ||
| Resultado de inversiones permanentes | 2.357.020,23 | 1.405.498,11 |
| Fondos netos originados en las actividades operativas | - | - |
| Variación de fondos | - | - |
Las notas 1 a 4 y el anexo C que se acompañan forman parte integrante de los presentes estados contables.
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 31 de marzo de 2005 presentados en forma comparativa
NOTA 1 – RENEGOCIACIÓN DE CONTRATOS CELEBRADOS CON LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA
A partir de la sanción de la Ley N º 25.561, quedaron sin efecto las cláusulas de ajuste en dólares u otras monedas extranjeras u otros mecanismos indexa torios incluidos en los contratos celebrados con la Administración Pública. Los precios y tarifas vigentes a dicha fecha fueron convertidos a pesos al tipo de cambio de $ 1 por US$ 1. Asimismo, el Gobierno Nacional quedó autorizado a renegociar dichos contratos debiendo tomar en consideración aspectos tales como el impacto de las tarifas en la competitividad de la economía y en la distribución de los ingresos, la rentabilidad de las empresas, etc. En cumplimiento de ello, a partir del dictado del Decreto 293 del 12 de febrero de 2002, se dio inicio al proceso de renegociación contractual, mediante la creación de la Comisión de Renegociación de Contratos de Obras y Servicios Públicos, para que las concesionarias de obras y servicios públicos presentaran sus propuestas de renegociación. Al respecto, a la fecha de emisión de los presentes estados contables, la situación es la que se detalla continuación:
- Coviares S.A. (“Coviares”): Los plazos originalmente establecidos para el proceso de negociación fueron prorrogados y a través del Decreto N° 311 del 3 de julio de 2003, se creó una nueva Comisión en el ámbito de los Ministerios de Economía y Producción y de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, en sustitución de la constituida anteriormente, denominada “Unidad de Renegociación y análisis de Contratos de Servicios Públicos” (“UNIREN”).
UNIREN, a través de la Ley 25.790 de octubre de 2003, dispuso la extensión hasta el 31 de diciembre de 2004 del plazo para llevar a cabo la renegociación de los contratos de obras y servicios. Según la mencionada ley, los acuerdos de renegociación podrían abarcar aspectos parciales de los contratos de concesión o licencia, incluyendo la posibilidad de revisiones periódicas. Coviares fue convocada con fecha 28 de noviembre de 2003 para continuar el proceso de renegociación.
En enero de 2004 y a pedido de las nuevas autoridades de UNIREN, se realizó una nueva presentación en la cual se revisaron y actualizaron los conceptos ya evaluados en anteriores presentaciones.
La referida UNIREN debatió con los concesionarios, la suscripción de una “Carta de Entendimiento” que regiría en forma transitoria hasta la suscripción del Acuerdo definitivo previsto por la ley 25.790, a debatirse en Audiencia Pública.
Por otra parte, con fecha 24 de noviembre de 2004 se sancionó la Ley 25.972 la cuál prorrogó una vez más la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria hasta el día 31 de diciembre de 2005, lo cuál lleva a una prórroga del plazo de renegociación.
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 31 de marzo de 2005 presentados en forma comparativa (Cont.)
NOTA 1 – RENEGOCIACIÓN DE CONTRATOS CELEBRADOS CON LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA (Cont.)
- Coviares S.A. (“Coviares”) (Cont.):
A lo largo del proceso antes explicado, Coviares efectuó varias presentaciones ante la Comisión de Renegociación de Contratos de Obras y Servicios Públicos, ahora UNIREN, en las cuales se sugieren distintas alternativas para aliviar la crítica situación que provocan las medidas mencionadas. Algunas de las propuestas que plantea Coviares son las siguientes:
- Ampliación del plazo de la concesión por un término mínimo de 12 años,
- Incremento gradual de la tarifa (para los primeros cuatro años 20%, 20%, 20%, 7% y luego 3% anual),
- Compensación de la Deuda con el Estado Nacional,
- Reprogramación de las inversiones previstas y ejecución de obras adicionales,
- Corrimiento de obras de ampliación de carriles (la realización de estas obras están definidas en función del tránsito, pero tiene un tope de tiempo aún cuando no se alcanzaran estos niveles),
- Disminución de la carga financiera, por medio de la reprogramación de los pagos de capital y la eliminación de la aplicación del CER y/o coeficientes similares.
Según surge del Acta Acuerdo de Reordenamiento Contractual modificada por la Adenda al Acta Acuerdo de enero de 2001, la Deuda con el Estado Nacional, en origen en pesos, fue reexpresada en dólares estadounidenses. El sistema de ajuste de la Deuda, tanto en el contrato de Concesión como en su Adenda, se hallaba establecido en función de la evolución de la tarifa por peaje, régimen basado en la economía propia del contrato. Conforme lo establecido en la Cláusula OCTAVA del Acta Acuerdo de Reformulación Contractual de 1993 y su Anexo IV, al igual que lo establecido en el Artículo 4° de la Adenda, el Contrato establecía una tarifa de peaje en dólares de los Estados Unidos, adoptando como factor de ajuste o corrección anual la variación porcentual habida en el Índice de Precios al Consumidor –todos los rubros- (Consumer Price Index – All Items-) de los EE.UU. (CPI). Al solo efecto del cobro a los usuarios la tarifa se expresaría en pesos. Desde el 29 de diciembre de 1993 hasta el 31 de diciembre de 2011 se aplicará a la deuda una tasa del 5,70% TNA.
Más allá de que la tarifa de peaje no experimentó ajuste alguno desde la habilitación de la Concesión y que fue congelada en el año 2001 según lo establecido por la Ley de Emergencia Económica, el tratamiento dado a los aportes mencionados en los estados contables emitidos a partir del 30 de junio de 2002 y hasta el 30 de septiembre de 2003 ha sido la pesificación (u$s1 = $1) y aplicación del CER desde el 3 de febrero de 2002.
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 31 de marzo de 2005 presentados en forma comparativa (Cont.)
NOTA 1 – RENEGOCIACIÓN DE CONTRATOS CELEBRADOS CON LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA (Cont.)
- Coviares S.A. (“Coviares”) (Cont.):
Por lo explicado precedentemente, y según se menciona en estados contables anteriores y en el punto aclaratorio ya mencionado, Coviares cuestionó la aplicación de cualquier tipo de ajuste al valor de la Deuda que no se corresponda con un aumento de tarifa equivalente, teniendo en cuenta las previsiones contractuales.
Por ello, y considerando que el Contrato de Concesión de Coviares quedó comprendido en el artículo 8° de la Ley 25.561 y pesificadas las obligaciones que derivan de dicho contrato en virtud de sus disposiciones, razón por la cual la deuda con el Estado Nacional no resulta alcanzada por el CER, al no encontrarse incluida entre aquellas obligaciones mencionadas en el Artículo 1° del Decreto 214/02, corresponde, en opinión de sus asesores legales, revertir el ajuste por CER correspondiente a la Deuda con el Estado Nacional, lo cual ha sido reflejado como Ajuste de resultados de ejercicios anteriores en los estados contables al 31de marzo de 2005. Asimismo se han corregido los resultados de períodos intermedios.
A la fecha, Coviares se encuentra actualmente renegociando el Contrato de Concesión a los efectos de contrarrestar el impacto de las medidas adoptadas por el Gobierno y analizando planes de acción que le permitan equilibrar sus compromisos con sus ingresos futuros. A pesar de que, la Dirección de Coviares entiende que existen alternativas viables, no es posible asegurar, que tendrá éxito al implementarlas y si permitirán, una vez implementadas, que Coviares cumpla con sus obligaciones.
NOTA 2 – NORMAS CONTABLES
2.1. Consideración de los efectos de la inflación
Los presentes estados contables han sido preparados en moneda constante, reconociendo en forma integral los efectos de la inflación hasta el 28 de febrero de 2003. Para ello se ha seguido el método de reexpresión establecido por la Resolución Técnica Nº 6, con las modificaciones introducidas por la Resolución Técnica Nº 19, empleando para ajustar el Índice de Precios Internos Mayoristas Nivel General a partir del 1º de enero de 2002, de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto Nº 1.269/02 del Poder Ejecutivo Nacional.
Con fecha 25 de marzo de 2003, el Poder Ejecutivo Nacional emitió el Decreto N° 664 que establece que los estados contables de ejercicios que cierran a partir de dicha fecha sean expresados en moneda nominal. En consecuencia, y de acuerdo con la Resolución General N° 4/2003 emitida por la I.G.J. y la Resolución General N° 441/03 emitida por la CNV, la Sociedad discontinuó la reexpresión de los estados contables a partir del 1 de marzo de 2003.
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 31 de marzo de 2005 presentados en forma comparativa (Cont.)
NOTA 2 – NORMAS CONTABLES (Cont.)
2.1. Consideración de los efectos de la inflación (Cont.)
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (“CPCECABA”) mediante su Resolución MD Nº 41/2003 del 29 de Octubre de 2003 establece que desde el 1º de Octubre de 2003 y hasta tanto dicho organismo se expida nuevamente debe discontinuarse la aplicación de la reexpresión a moneda homogénea prevista en la Resolución Técnica Nº 6.
-
- Criterios de valuación
Los estados contables han sido preparados de acuerdo con lo establecido por las normas contables profesionales adoptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
2.2.1. Inversiones permanentes
Los estados contables de Coviares al 31 de marzo de 2005, que sirvieron de base para la preparación de los presentes estados contables especiales, han sido confeccionados, en base a lo informado en el Anexo C. Lismore International S.A. participa del Grupo de Control a través de su accionista mayoritario, CCI – Concesiones Sociedad Anónima y del Grupo que integra dicha sociedad.
2.2.2. Impuesto a las ganancias e impuesto a la ganancia mínima presunta
No se ha contabilizado provisión para impuesto a las ganancias dado que no se ha generado utilidad imponible de acuerdo con la legislación impositiva vigente.
No se ha contabilizado provisión para impuesto a la ganancia mínima presunta, dado que no existen activos imponibles.
NOTA 3 - IMPUESTO SOBRE LOS ACTIVOS - COVIARES
De acuerdo con lo establecido en el Contrato de Concesión original, Coviares había considerado la inversión en obra como un bien de cambio. Similar tratamiento fue otorgado a la obra respecto del impuesto sobre los activos.
Con fecha 31 de octubre de 1997, la AFIP-DGI emitió una determinación de oficio respecto del impuesto sobre los activos por un monto nominal aproximado de $ 4,9 millones, en base a un criterio que había sido confirmado mediante un fallo del Tribunal Fiscal.
Coviares considera que esta determinación se realizó como consecuencia de un cambio de criterio de la AFIP-DGI, repartición que ha publicado históricamente dictámenes coincidentes con la posición de Coviares.
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 31 de marzo de 2005 presentados en forma comparativa (Cont.)
NOTA 3 - IMPUESTO SOBRE LOS ACTIVOS – COVIARES (Cont.)
Coviares interpuso un recurso ante la Cámara Nacional de Apelaciones cuyo fallo fue negativo. Por dicha resolución, se presentó un recurso ordinario ante la mencionada Cámara con el objeto de que fuera elevado a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (“C.S.J.N.”).
Ante la negativa de la Cámara para conceder el recurso mencionado en el párrafo anterior, con fecha 9 de mayo de 2002 se interpuso un recurso de queja ante la C.S.J.N.
Con fecha 19 de agosto de 2003, a pesar de las razones legales, doctrina administrativa y antecedentes jurisprudenciales, incluso fallos de la C.S.J.N. que avalaban la posición de Coviares, la C.S.J.N. notificó a esa sociedad la desestimación del recurso de queja interpuesto. El expediente se encuentra en el Tribunal Fiscal para efectuar la liquidación correspondiente.
A la fecha de emisión de los presentes estados contables, la sociedad presentó un Régimen de Asistencia Ampliado en el que incluyó esta deuda por $°23.145.970 la cual devenga a partir de la fecha de regularización un interés del 1,5% mensual sobre saldos.
Al 31 de marzo la deuda por este concepto asciende a $ 17.338.029 y $ 5.635.240 que Coviares S.A. exponen en el rubro deudas fiscales corriente y no corriente, respectivamente.
La AFIP-DGI inició indebidamente una ejecución fiscal, toda vez que aun no existe una liquidación aprobada de la suma de impuesto exigible, habiéndose opuesto excepciones que no fueron recogidas por el tribunal actuante. De todas maneras, atendiendo a lo corregido en el párrafo anterior, la discusión se redujo a determinar la procedencia y el monto de las costas por la ejecución.
NOTA 4 – CAMBIO DE DENOMINACION DE COVIARES
Con fecha 27 de octubre de 2004 la Inspección General de Justicia inscribió el cambio de denominación de la sociedad vinculada Concesionaria Vial Argentino Española Sociedad Anónima - Coviares S.A. por COVIARES S.A. de acuerdo a la escritura N° 102 del 01 de junio de 2004.
Estados contables al 31 de marzo de 2005 y 31 de diciembre de 2004
INVERSIONES
| Denominación y Características | Cantidad Nominal | Información sobre el ente del balance al 31 de marzo de 2005 | Valor residual al | |||
| Capital | Valor Nominal | Patrimonio Neto | 31.03.05 | 31.12.04 | ||
| Coviares S.A. – (1) | 23.425.197 | 200.226.175 | 200.226.175 | 1.025.981.926 | 120.029.625,51 | 122.386.645,75 |
| Saldo | 23.425.197 | 200.226.175 | 200.226.175 | 1.025.981.926 | 120.029.625,51 | 122.386.645,75 |
(1) Se trata de una participación en los términos del Art. 35 de la Ley 19.550 otorgada a la sociedad sobre acciones de Coviares S.A., que representan el 11,699% de su capital.
INFORME DE REVISION LIMITADA
A los señores
Directores y Accionistas de
LISMORE INTERNATIONAL S.A.
Alicia Moreau de Justo 170 2° Piso
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
En mi carácter de Contador Público independiente, informo el resultado de la revisión limitada que he realizado de los estados contables individualizados en el apartado 1. Los mismos han sido preparados y aprobados por el Directorio de LISMORE INTERNATIONAL S.A., en ejercicio de sus funciones. Mi tarea profesional consiste en emitir una opinión sobre los mismos.
- ESTADOS CONTABLES OBJETO DE AUDITORIA
- Estado de situación patrimonial por el período iniciado el 1 de enero de 2005 y finalizado el 31 de marzo de 2005.
- Estado de resultados por el período iniciado el 1 de enero de 2005 y finalizado el 31 de marzo de 2005.
- Estado de evolución del patrimonio neto por el período iniciado el 1 de enero de 2005 y finalizado el 31 de marzo de 2005.
- Estado de flujo de efectivo por el período iniciado el 1 de enero de 2005 y finalizado el 31 de marzo de 2005.
- Notas 1 a 4 y el Anexo C que los complementan.
- ALCANCE DE LA REVISION LIMITADA
He realizado el examen de revisión limitada de acuerdo con las normas de auditoria vigentes – incluidas en la Resolución Técnica N° 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas – aprobadas por la Res. N° 267/85 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Estas normas exigen la adecuada planificación y ejecución de la auditoria para poder establecer con un nivel de razonable seguridad, que la información proporcionada por los estados contables considerados en su conjunto, carece de errores o distorsiones significativos.
Una auditoria comprende básicamente, la aplicación de pruebas selectivas para obtener evidencias respaldatorias de montos y afirmaciones relevantes; la evaluación de aquellas estimaciones importantes realizadas por la dirección de la sociedad y la revisión del cumplimiento de las normas contables profesionales de valuación y exposición vigentes. El alcance de esta revisión es sustancialmente inferior al de un examen de auditoria, cuyo objetivo es expresar una opinión sobre los estados contables bajo análisis. Consecuentemente no expresamos opinión sobre la situación patrimonial, estado de resultados, estado de evolución del patrimonio neto y estado de flujo de efectivo.
Los estados contables de la sociedad vinculada Coviares S.A. que sirvieron de base para determinar el valor patrimonial proporcional de la inversión en esa sociedad, han sido examinados por otros auditores, quienes expresaron una opinión con salvedades sobre dichos estados contables en su informe de fecha 15 de junio de 2005.
- CONCLUSION
En base a la revisión limitada que he realizado, excepto por la limitación en el alcance de mi examen descripto en el último párrafo del apartado 2, Alcance de la revisión limitada, los estados contables detallados en el apartado 1, han sido preparados de acuerdo a normas contables vigentes y consideran todos los hechos y circunstancias significativos que son de mi conocimiento y que, en relación a los mismos, no tengo otras observaciones que formular.
- INFORMACION ADICIONAL REQUERIDA POR DISPOSICIONES LEGALES
En cumplimiento de disposiciones vigentes, informo que:
- Los estados contables que se mencionan en el punto 1, surgen de registros contables llevados de conformidad con normas legales.
- Al 31 de marzo de 2005 no existe deuda devengada a favor del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones que surja de los registros contables, ya que la sociedad no posee personal bajo relación de dependencia.
Buenos Aires, 15 de junio de 2005
| Dr. Luis Héctor Lovotrico |
| Contador Público (UBA) |
| C.P.C.E.C.A.B.A. T° XX F° 98 |
INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA
15 de junio de 2005.
Señores Accionistas de
Lismore International S.A.
En nuestro carácter de Comisión Fiscalizadora, hemos dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 294 de la Ley Nº 19.550 de Sociedades Comerciales y sus modificatorias. En ejercicio de estas funciones informamos sobre el examen que hemos realizado de los documentos detallados en el apartado I siguiente. Los mismos constituyen información preparada y emitida por el Directorio de la Sociedad en ejercicio de sus funciones exclusivas.-
Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre dichos documentos basada en nuestro examen con el alcance que mencionamos en el párrafo II.-
- DOCUMENTOS EXAMINADOS
-
- Estado de situación patrimonial por el período iniciado el 1 de enero de 2005 y finalizado el 31 de marzo de 2005.
- Estado de resultados por el período iniciado el 1 de enero de 2005 y finalizado el 31 de marzo de 2005.
- Estado de evolución del patrimonio neto por el período iniciado el 1 de enero de 2005 y finalizado el 31 de marzo de 2005.
- Estado de flujo de efectivo por el período iniciado el 1 de enero de 2005 y finalizado el 31 de marzo de 2005.
- Notas 1 a 4 y el Anexo C que los complementan.
- ALCANCE DEL EXAMEN
En ejercicio del control de legalidad que nos compete, de los actos decididos por los órganos de la Sociedad que fueron expuestos en las reuniones de Directorio, hemos verificado los documentos detallados en los ítems a) a e) del punto I. Para el examen de los mismos nos hemos basado fundamentalmente en el trabajo realizado por el auditor externo quien lo han efectuado de acuerdo con normas de auditoría vigentes. Por lo tanto nuestra tarea se circunscribe a la razonabilidad de la información significativa de los documentos examinados y congruencia con la restante información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales.
- DICTAMEN
En nuestra opinión y basándonos en el contenido del Informe de revisión limitada que emitió el auditor externo en el día de la fecha, los documentos mencionados incluyen todos los hechos y circunstancias que son de nuestro conocimiento y que, en relación con los mismos, no tenemos observaciones que formular.
Saludamos a los señores Accionistas muy atentamente.
| Luis Héctor Lovotrico | ||
| Contador Público | ||
| Comisión fiscalizadora | ||