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Pescanova S.A. — Remuneration Information 2019
Mar 30, 2019
1872_def-14a_2019-03-30_e1a2a4bb-979d-407a-ae5e-7bbe4fed4cab.pdf
Remuneration Information
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DATOS IDENTIFICATIVOS DEL EMISOR
| Fecha fin del ejercicio de referencia: | 30/11/2018 | |
|---|---|---|
| CIF: | A-36603587 | |
| Denominación Social: | ||
| PESCANOVA, S.A. | ||
| Domicilio social: |
RUA JOSE FERNANDEZ LOPEZ, S/N (CHAPELA (REDONDELA)) PONTEVEDRA

A. POLÍTICA DE REMUNERACIONES DE LA SOCIEDAD PARA EL EJERCICIO EN CURSO
A.1. Explique la política vigente de remuneraciones de los consejeros aplicable al ejercicio en curso. En la medida que sea relevante se podrá incluir determinada información por referencia a la política de retribuciones aprobada por la junta general de accionistas, siempre que la incorporación sea clara, específica y concreta.
Se deberán describir las determinaciones específicas para el ejercicio en curso, tanto de las remuneraciones de los consejeros por su condición de tal como por el desempeño de funciones ejecutivas, que hubiera llevado a cabo el consejo de conformidad con lo dispuesto en los contratos firmados con los consejeros ejecutivos y con la política de remuneraciones aprobada por la junta general.
En cualquier caso, se deberá informar, como mínimo, de los siguientes aspectos:
- Descripción de los procedimientos y órganos de la sociedad involucrados en la determinación y aprobación de la política de remuneraciones y sus condiciones.
- Indique y en su caso, explique si se han tenido en cuenta empresas comparables para establecer la política de remuneración de la sociedad.
- Información sobre si ha participado algún asesor externo y, en su caso, identidad del mismo.
El régimen y la política de remuneraciones del Consejo de Administración de la Sociedad vienen establecidos en el artículo 38º de los Estatutos Sociales y en el artículo 20 del Reglamento del Consejo de Administración. Para una más detallada comprensión de la política de remuneraciones de los consejeros, reproducimos a continuación ambos artículos:
ARTÍCULO 38º RESPONSABILIDAD Y REMUNERACIÓN: Los Consejeros desempeñarán su cargo con la diligencia de un ordenado comerciante y de un fiel representante obrando de buena fe y en el mejor interés de la Sociedad y debiendo observar, entre otros, el deber de secreto y el deber de evitar situaciones de conflicto de interés, en los términos establecidos en la Ley de Sociedades de Capital. Están sujetos a la responsabilidad determinada en la Ley de Sociedades de Capital y cualquier otra que resulte legalmente aplicable. Los Consejeros tendrán derecho a una retribución anual fija y dietas por asistencia a las reuniones del Consejo y de sus Comisiones, así como a que se les reponga de los gastos de desplazamiento. Las percepciones anteriores serán compatibles e independientes de las remuneraciones o prestaciones económicas que algún Consejero pudiera percibir por el desempeño de funciones ejecutivas, que se recogerán en un contrato que deberá ser aprobado por el Consejo de Administración con el voto favorable de las dos terceras partes de sus miembros y la abstención del Consejero afectado.
Artículo 20. Retribución del consejero.
-
El consejero tendrá derecho a obtener la retribución y el sistema de previsión que se fije con arreglo a las previsiones estatutarias.
-
La cuantía y/o conceptos de la remuneración del Consejo de Administración deberán recogerse en la documentación que lo requiera en los términos legalmente establecidos. El Consejo de Administración podrá determinar una publicidad o un desglose más amplio.
-
Importancia relativa de los conceptos retributivos variables respecto a lo fijos (mix retributivo) y qué criterios y objetivos se han tenido en cuenta en su determinación y para garantizar un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración. En particular, señale las acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, lo que incluirá, en su caso, una referencia a medidas previstas para garantizar que en la política de remuneración se atienden a los resultados a largo plazo de la sociedad, las medidas adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad y medidas previstas para evitar conflictos de intereses, en su caso.
Asimismo, señale si la sociedad ha establecido algún período de devengo o consolidación de determinados conceptos retributivos variables, en efectivo, acciones u otros instrumentos financieros, un

período de diferimiento en el pago de importes o entrega de instrumentos financieros ya devengados y consolidados, o si se ha acordado alguna cláusula de reducción de la remuneración diferida o que obligue al consejero a la devolución de remuneraciones percibidas, cuando tales remuneraciones se hayan basado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta.
| El régimen y la política de remuneraciones del Consejo de Administración de la Sociedad vienen establecidos en el | |
|---|---|
| artículo 38º de los Estatutos Sociales y en el artículo 20 del Reglamento del Consejo de Administración. | |
| Para una más detallada comprensión de la política de remuneraciones de los consejeros, reproducimos a continuación ambos artículos: |
|
| ARTÍCULO 38º RESPONSABILIDAD Y REMUNERACIÓN: Los Consejeros desempeñarán su cargo con la diligencia | |
| de un ordenado comerciante y de un fiel representante obrando de buena fe y en el mejor interés de la Sociedad y | |
| debiendo observar, entre otros, el deber de secreto y el deber de evitar situaciones de conflicto de interés, en los términos | |
| establecidos en la Ley de Sociedades de Capital. Están sujetos a la responsabilidad determinada en la Ley de Sociedades | |
| de Capital y cualquier otra que resulte legalmente aplicable. Los Consejeros tendrán derecho a una retribución anual fija | |
| y dietas por asistencia a las reuniones del Consejo y de sus Comisiones, así como a que se les reponga de los gastos de | |
| desplazamiento. Las percepciones anteriores serán compatibles e independientes de las remuneraciones o prestaciones | |
| económicas que algún Consejero pudiera percibir por el desempeño de funciones ejecutivas, que se recogerán en un | |
| contrato que deberá ser aprobado por el Consejo de Administración con el voto favorable de las dos terceras partes de | |
| sus miembros y la abstención del Consejero afectado. | |
| Artículo 20. Retribución del consejero. | |
| 1. El consejero tendrá derecho a obtener la retribución y el sistema de previsión que se fije con arreglo a las previsiones | |
| estatutarias. | |
| 2. La cuantía y/o conceptos de la remuneración del Consejo de Administración deberán recogerse en la documentación | |
| que lo requiera en los términos legalmente establecidos. El Consejo de Administración podrá determinar una publicidad o un desglose más amplio. |
- Importe y naturaleza de los componentes fijos que se prevé devengarán en el ejercicio los consejeros en su condición de tales.
El régimen y la política de remuneraciones del Consejo de Administración de la Sociedad vienen establecidos en el artículo 38º de los Estatutos Sociales y en el artículo 20 del Reglamento del Consejo de Administración. Para una más detallada comprensión de la política de remuneraciones de los consejeros, reproducimos a continuación ambos artículos:
ARTÍCULO 38º RESPONSABILIDAD Y REMUNERACIÓN: Los Consejeros desempeñarán su cargo con la diligencia de un ordenado comerciante y de un fiel representante obrando de buena fe y en el mejor interés de la Sociedad y debiendo observar, entre otros, el deber de secreto y el deber de evitar situaciones de conflicto de interés, en los términos establecidos en la Ley de Sociedades de Capital. Están sujetos a la responsabilidad determinada en la Ley de Sociedades de Capital y cualquier otra que resulte legalmente aplicable. Los Consejeros tendrán derecho a una retribución anual fija y dietas por asistencia a las reuniones del Consejo y de sus Comisiones, así como a que se les reponga de los gastos de desplazamiento. Las percepciones anteriores serán compatibles e independientes de las remuneraciones o prestaciones económicas que algún Consejero pudiera percibir por el desempeño de funciones ejecutivas, que se recogerán en un contrato que deberá ser aprobado por el Consejo de Administración con el voto favorable de las dos terceras partes de sus miembros y la abstención del Consejero afectado.
Artículo 20. Retribución del consejero.
-
El consejero tendrá derecho a obtener la retribución y el sistema de previsión que se fije con arreglo a las previsiones estatutarias.
-
La cuantía y/o conceptos de la remuneración del Consejo de Administración deberán recogerse en la documentación que lo requiera en los términos legalmente establecidos. El Consejo de Administración podrá determinar una publicidad o un desglose más amplio.
-
Importe y naturaleza de los componentes fijos que serán devengados en el ejercicio por el desempeño de funciones de alta dirección de los consejeros ejecutivos.
NO APLICA
- Importe y naturaleza de cualquier componente de remuneración en especie que será devengado en el ejercicio incluyendo, pero no limitado a, las primas de seguros abonadas en favor del consejero.

NO APLICA
- Importe y naturaleza de los componentes variables, diferenciando entre los establecidos a corto y largo plazo. Parámetros financieros y no financieros, incluyendo entre estos últimos los sociales, medioambientales y de cambio climático, seleccionados para determinar la remuneración variable en el ejercicio en curso, explicación de en qué medida tales parámetros guardan relación con el rendimiento, tanto del consejero, como de la entidad y con su perfil de riesgo, y la metodología, plazo necesario y técnicas previstas para poder determinar, al finalizar el ejercicio, el grado de cumplimiento de los parámetros utilizados en el diseño de la remuneración variable.
Indique el rango en términos monetarios de los distintos componentes variables en función del grado de cumplimiento de los objetivos y parámetros establecidos, y si existe algún importe monetario máximo en términos absolutos.
NO APLICA
- Principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo. Entre otra información, se indicarán las contingencias cubiertas por el sistema, si es de aportación o prestación definida, la aportación anual que se tenga que realizar a los sistemas de aportación definida, la prestación a la que tengan derecho los beneficiarios en el caso de sistemas de prestación definida, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado, o derivado de la terminación de la relación contractual, en los términos previstos, entre la sociedad y el consejero.
Se deberá indicar si el devengo o consolidación de alguno de los planes de ahorro a largo plazo está vinculado a la consecución de determinados objetivos o parámetros relacionados con el desempeño a corto y largo plazo del consejero.
NO APLICA
- Cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado o derivado de la terminación de la relación contractual en los términos previstos entre la sociedad y el consejero, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, así como cualquier tipo de pactos acordados, tales como exclusividad, no concurrencia post-contractual y permanencia o fidelización, que den derecho al consejero a cualquier tipo de percepción.
NO APLICA
- Indique las condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos. Entre otras, se informará sobre la duración, los límites a las cuantías de indemnización, las cláusulas de permanencia, los plazos de preaviso, así como el pago como sustitución del citado plazo de preaviso, y cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo. Incluir, entre otros, los pactos o acuerdos de no concurrencia, exclusividad, permanencia o fidelización y no competencia post-contractual, salvo que se hayan explicado en el apartado anterior.

NO APLICA
- La naturaleza e importe estimado de cualquier otra remuneración suplementaria que será devengada por los consejeros en el ejercicio en curso en contraprestación por servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
NO APLICA
- Otros conceptos retributivos como los derivados, en su caso, de la concesión por la sociedad al consejero de anticipos, créditos y garantías y otras remuneraciones.
NO APLICA
- La naturaleza e importe estimado de cualquier otra remuneración suplementaria prevista no incluida en los apartados anteriores, ya sea satisfecha por la entidad u otra entidad del grupo, que se devengará por los consejeros en el ejercicio en curso.
NO APLICA
- A.2. Explique cualquier cambio relevante en la política de remuneraciones aplicable en el ejercicio en curso derivada de:
- Una nueva política o una modificación de la política ya aprobada por la Junta.
- Cambios relevantes en las determinaciones específicas establecidas por el consejo para el ejercicio en curso de la política de remuneraciones vigente respecto de las aplicadas en el ejercicio anterior.
- Propuestas que el consejo de administración hubiera acordado presentar a la junta general de accionistas a la que se someterá este informe anual y que se proponen que sea de aplicación al ejercicio en curso.
NO HAY CAMBIOS
A.3. Identifique el enlace directo al documento en el que figure la política de remuneraciones vigente de la sociedad, que debe estar disponible en la página web de la sociedad.
http://www.pescanova.es
A.4. Explique, teniendo en cuenta los datos facilitados en el apartado B.4, cómo se ha tenido en cuenta el voto de los accionistas en la junta general a la que se sometió a votación, con carácter consultivo, el informe anual de remuneraciones del ejercicio anterior.
NO APLICA
B. RESUMEN GLOBAL DE CÓMO SE APLICÓ LA POLITICA DE RETRIBUCIONES DURANTE EL EJERCICIO CERRADO

B.1. Explique el proceso que se ha seguido para aplicar la política de remuneraciones y determinar las retribuciones individuales que se reflejan en la sección C del presente informe. Esta información incluirá el papel desempeñado por la comisión de retribuciones, las decisiones tomadas por el consejo de administración y, en su caso, la identidad y el rol de los asesores externos cuyos servicios se hayan utilizado en el proceso de aplicación de la política retributiva en el ejercicio cerrado.
La retribución de los consejeros por el desempeño de su actividad como tales se compone, dentro del marco legal y estatutario, de los siguientes conceptos retributivos:
a) Cantidad fija: El consejero percibirá una cantidad fija anual adecuada a los estándares del mercado.
b) Dietas Los consejeros tendrán derecho a que les sean abonadas determinadas cantidades en concepto de dietas de asistencia por cada una de las reuniones del Consejo de Administración.
c) Reposición de gastos de desplazamiento. Finalmente, los consejeros tienen derecho a que se les reponga de los gastos de desplazamiento devengados por la asistencia por cada una de las reuniones del Consejo de Administración o de las reuniones de las Comisiones a las que pertenezcan.
La junta general de accionistas celebrada el día 29 de mayo de 2015 aprobó la política de remuneraciones del Consejo de Administración.
Como datos más destacables se señalan:
a) Que el importe máximo anual de la remuneración anual a satisfacer al conjunto de los Consejeros en su condición de tales será igual a 360.000 euros, cantidad que permanecerá vigente en tanto la Junta General de Accionistas no apruebe su modificación.
b) Que la sociedad no tenía ningún consejero delegado ni consejero que desempeñara funciones ejecutivas en el sentido del artículo 249 de la Ley de Sociedades de Capital.
En noviembre de 2015, finalizaron las operaciones de reestructuración previstas en los convenios de Pescanova, S.A. y de sus antiguas filiales, tras lo cual la Compañía quedó básicamente configurada como una sociedad de cartera con una participación en el capital social de Nueva Pescanova, S.L.
Durante el discurrir del ejercicio 2018 el Consejo de Administración, por unanimidad, acordó que, para el ejercicio 2018, la totalidad de los componentes del Consejo percibieran una retribución
total de 212 miles de euro, lo que permite cumplir con el artículo 529 sexdecies LSC que establece que el cargo de
administrador de
una sociedad cotizada es necesariamente retribuido.
Así pues, en el ejercicio 2018 se devengó para el conjunto de los cuatro consejeros la siguiente remuneración, cuyo total, se encuentra dentro del límite máximo acordado:
Retribución fija: 212 miles de euros
Total 2018: 212 miles de euros.
B.2. Explique las diferentes acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración y cómo han contribuido a reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, incluyendo una referencia a las medidas que han sido adoptadas para garantizar que en la remuneración devengada se ha atendido a los resultados a largo plazo de la sociedad y alcanzado un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, qué medidas han sido adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad, y qué medidas han sido adoptadas para evitar conflictos de intereses, en su caso.
Los administradores no han tenido ningún sistema de retribución variable ni de opciones sobre acciones y/u otros instrumentos financieros, ni de otras formas de retribución como anticipos, garantías o créditos. No existen blindajes en relación con los consejeros ejecutivos, dejándose constancia de que ninguno de los consejeros actuales pertenece a dicha categoría.
B.3. Explique cómo la remuneración devengada en el ejercicio cumple con lo dispuesto en la política de retribución vigente.
Informe igualmente sobre la relación entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento, a corto y largo plazo, de la entidad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros,

incluyendo las devengadas cuyo pago se hubiera diferido, y cómo éstas contribuyen a los resultados a corto y largo plazo de la sociedad.
NO APLICA
B.4. Informe del resultado de la votación consultiva de la junta general al informe anual sobre remuneraciones del ejercicio anterior, indicando el número de votos negativos que en su caso se hayan emitido
| Número % sobre el total Votos emitidos 566.541 Número % sobre emitidos Votos negativos Votos a favor 566.173 Abstenciones 368 |
|||||
|---|---|---|---|---|---|
| 100,00 | |||||
| 0,00 | |||||
| 99,94 | |||||
| 0,06 |
Observaciones
B.5. Explique cómo se han determinado los componentes fijos devengados durante el ejercicio por los consejeros en su condición de tales, y cómo han variado respecto al año anterior.
El consejero percibirá una cantidad fija anual adecuada a los estándares del mercado.
B.6. Explique cómo se han determinado los sueldos devengados, durante el ejercicio cerrado, por cada uno de los consejeros ejecutivos por el desempeño de funciones de dirección, y cómo han variado respecto al año anterior.
NO APLICA
B.7. Explique la naturaleza y las principales características de los componentes variables de los sistemas retributivos devengados en el ejercicio cerrado.
En particular:
- Identifique cada uno de los planes retributivos que han determinado las distintas remuneraciones variables devengadas por cada uno de los consejeros durante el ejercicio cerrado, incluyendo información sobre su alcance, su fecha de aprobación, fecha de implantación, periodos de devengo y vigencia, criterios que se han utilizado para la evaluación del desempeño y cómo ello ha impactado en la fijación del importe variable devengado, así como los criterios de medición que se han utilizado y el plazo necesario para estar en condiciones de medir adecuadamente todas las condiciones y criterios estipulados.
En el caso de planes de opciones sobre acciones u otros instrumentos financieros, las características generales de cada plan incluirán información sobre las condiciones tanto para adquirir su titularidad incondicional (consolidación), como para poder ejercitar dichas opciones o instrumentos financieros, incluyendo el precio y plazo de ejercicio.

- Cada uno de los consejeros, y su categoría (consejeros ejecutivos, consejeros externos dominicales, consejeros externos independientes u otros consejeros externos), que son beneficiarios de sistemas retributivos o planes que incorporan una retribución variable.
- En su caso, se informará sobre los periodos de devengo o de aplazamiento de pago establecidos que se hayan aplicado y/o los periodos de retención/no disposición de acciones u otros instrumentos financieros, si existieran.
Explique los componentes variables a corto plazo de los sistemas retributivos:
NO APLICA
Explique los componentes variables a largo plazo de los sistemas retributivos:
NO APLICA
B.8. Indique si se ha procedido a reducir o a reclamar la devolución de determinados componentes variables cuando se hubieran, en el primer caso, consolidado y diferido el pago o, en el segundo caso, consolidado y pagado, atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta. Describa los importes reducidos o devueltos por la aplicación de las cláusulas de reducción o devolución (clawback), por qué se han ejecutado y los ejercicios a que corresponden.
NO APLICA
B.9. Explique las principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo cuyo importe o coste anual equivalente figura en los cuadros de la Sección C, incluyendo jubilación y cualquier otra prestación de supervivencia, que sean financiados, parcial o totalmente, por la sociedad, ya sean dotados interna o externamente, indicando el tipo de plan, si es de aportación o prestación definida, las contingencias que cubre, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero.
NO APLICA
B.10. Explique, en su caso, las indemnizaciones o cualquier otro tipo de pago derivados del cese anticipado, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, o de la terminación del contrato, en los términos previstos en el mismo, devengados y/o percibidos por los consejeros durante el ejercicio cerrado.
NO APLICA
B.11. Indique si se han producido modificaciones significativas en los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos y, en su caso, explique las mismas. Así mismo, explique las condiciones principales de los nuevos contratos firmados con consejeros ejecutivos durante el ejercicio, salvo que se hayan explicado ya en el apartado A.1.
NO APLICA

B.12. Explique cualquier remuneración suplementaria devengada a los consejeros como contraprestación por los servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
NO APLICA
B.13. Explique cualquier retribución derivada de la concesión de anticipos, créditos y garantías, con indicación del tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía.
NO APLICA
B.14. Detalle la remuneración en especie devengada por los consejeros durante el ejercicio, explicando brevemente la naturaleza de los diferentes componentes salariales.
NO APLICA
B.15. Explique las remuneraciones devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero, cuando dichos pagos tengan como fin remunerar los servicios de éste en la sociedad.
NO APLICA
B.16. Explique cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, especialmente cuando tenga la consideración de operación vinculada o su emisión distorsione la imagen fiel de las remuneraciones totales devengadas por el consejero.
NO APLICA

C. DETALLE DE LAS RETRIBUCIONES INDIVIDUALES CORRESPONDIENTES A CADA UNO DE LOS CONSEJEROS
| Nombre | Tipología | Periodo de devengo ejercicio 2018 | |||
|---|---|---|---|---|---|
| Don LUIS MALO DE MOLINA LEZAMA-LEGUIZAMON | Presidente independiente | Desde 01/12/2017 hasta 30/11/2018 | |||
| Don ALEJANDRO FERNANDEZ ZUGAZABEITIA | Consejero Independiente | Desde 01/12/2017 hasta 30/11/2018 | |||
| Don JUAN MANUEL GINZO SANTISO | Consejero Independiente | Desde 01/12/2017 hasta 30/11/2018 | |||
| Don LEOPOLDO FERNANDEZ ZUGAZABEITIA | Consejero Independiente | Desde 01/12/2017 hasta 30/11/2018 |
- C.1. Complete los siguientes cuadros respecto a la remuneración individualizada de cada uno de los consejeros (incluyendo la retribución por el ejercicio de funciones ejecutivas) devengada durante el ejercicio.
- a) Retribuciones de la sociedad objeto del presente informe:
- i) Retribución devengada en metálico (en miles de €)
- a) Retribuciones de la sociedad objeto del presente informe:
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2018 |
Total ejercicio 2017 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don LUIS MALO DE MOLINA LEZAMA-LEGUIZAMON | 53 | 53 | 12 | |||||||
| Don ALEJANDRO FERNANDEZ ZUGAZABEITIA | 53 | 53 | 12 | |||||||
| Don JUAN MANUEL GINZO SANTISO | 53 | 53 | 106 | 24 | ||||||
| Don LEOPOLDO FERNANDEZ ZUGAZABEITIA |

Observaciones
ii) Cuadro de movimientos de los sistemas de retribución basados en acciones y beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados.
| Nombre | Denominación del Plan |
Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2018 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2018 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2018 |
||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
||
| Don LUIS MALO DE MOLINA LEZAMA LEGUIZAMON |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ALEJANDRO FERNANDEZ ZUGAZABEITIA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JUAN MANUEL GINZO SANTISO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don LEOPOLDO FERNANDEZ ZUGAZABEITIA |
Plan | 0,00 |

iii) Sistemas de ahorro a largo plazo.
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don LUIS MALO DE MOLINA LEZAMA-LEGUIZAMON | |
| Don ALEJANDRO FERNANDEZ ZUGAZABEITIA | |
| Don JUAN MANUEL GINZO SANTISO | |
| Don LEOPOLDO FERNANDEZ ZUGAZABEITIA |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||||
| Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | |||
| Don LUIS MALO DE MOLINA LEZAMA-LEGUIZAMON |
||||||||||
| Don ALEJANDRO FERNANDEZ ZUGAZABEITIA |
||||||||||
| Don JUAN MANUEL GINZO SANTISO |
||||||||||
| Don LEOPOLDO FERNANDEZ ZUGAZABEITIA |

iv) Detalle de otros conceptos
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don LUIS MALO DE MOLINA LEZAMA-LEGUIZAMON | Concepto | |
| Don ALEJANDRO FERNANDEZ ZUGAZABEITIA | Concepto | |
| Don JUAN MANUEL GINZO SANTISO | Concepto | |
| Don LEOPOLDO FERNANDEZ ZUGAZABEITIA | Concepto |
Observaciones
b) Retribuciones a los consejeros de la sociedad por su pertenencia a consejos de otras sociedades del grupo:
i) Retribución devengada en metálico (en miles de €)
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2018 |
Total ejercicio 2017 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don LUIS MALO DE MOLINA LEZAMA-LEGUIZAMON | ||||||||||
| Don ALEJANDRO FERNANDEZ ZUGAZABEITIA | ||||||||||
| Don JUAN MANUEL GINZO SANTISO | ||||||||||
| Don LEOPOLDO FERNANDEZ ZUGAZABEITIA |

Observaciones
ii) Cuadro de movimientos de los sistemas de retribución basados en acciones y beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados.
| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2018 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2018 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2018 |
||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Don LUIS MALO DE MOLINA LEZAMA LEGUIZAMON |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ALEJANDRO FERNANDEZ ZUGAZABEITIA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JUAN MANUEL GINZO SANTISO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don LEOPOLDO FERNANDEZ ZUGAZABEITIA |
Plan | 0,00 |

Observaciones
iii) Sistemas de ahorro a largo plazo.
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
||||
|---|---|---|---|---|---|
| Don LUIS MALO DE MOLINA LEZAMA-LEGUIZAMON | |||||
| Don ALEJANDRO FERNANDEZ ZUGAZABEITIA | |||||
| Don JUAN MANUEL GINZO SANTISO | |||||
| Don LEOPOLDO FERNANDEZ ZUGAZABEITIA |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
|||||
| Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | ||
| Don LUIS MALO DE MOLINA LEZAMA-LEGUIZAMON |
|||||||||
| Don ALEJANDRO FERNANDEZ ZUGAZABEITIA |
|||||||||
| Don JUAN MANUEL GINZO SANTISO |

| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
|||||
| Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | ||
| Don LEOPOLDO FERNANDEZ ZUGAZABEITIA |
Observaciones
iv) Detalle de otros conceptos
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don LUIS MALO DE MOLINA LEZAMA-LEGUIZAMON | Concepto | |
| Don ALEJANDRO FERNANDEZ ZUGAZABEITIA | Concepto | |
| Don JUAN MANUEL GINZO SANTISO | Concepto | |
| Don LEOPOLDO FERNANDEZ ZUGAZABEITIA | Concepto |

c) Resumen de las retribuciones (en miles de €):
Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.
| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2018 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2018 grupo |
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| Don LUIS MALO DE MOLINA LEZAMA-LEGUIZAMON | 53 | 53 | |||||||||
| Don ALEJANDRO FERNANDEZ ZUGAZABEITIA | 53 | 53 | |||||||||
| Don JUAN MANUEL GINZO SANTISO | 106 | 106 | |||||||||
| Don LEOPOLDO FERNANDEZ ZUGAZABEITIA | |||||||||||
| TOTAL | 212 | 212 |

D. OTRAS INFORMACIONES DE INTERÉS
Si existe algún aspecto relevante en materia de remuneración de los consejeros que no se haya podido recoger en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas retributivas de la sociedad en relación con sus consejeros, detállelos brevemente.
NO APLICA
Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha:

Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
[ ] [ √ ] Si No