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OVERSEAS PROPERTIES S.A. Capital/Financing Update 2019

Jul 16, 2019

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Capital/Financing Update

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CERTIFICADO DE GARANTÍA Nº 34.170

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 15 días del mes de julio de 2019, GARANTIZAR S.G.R. con domicilio en Maipú 73, 6º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por María Florencia Gomez Galvani, en su carácter de apoderada, se constituye en fiador solidario liso, llano y principal pagador, en los términos del Libro Tercero, Título IV, Capítulo 23, Sección 1°, Art. 1574, sig. y concordantes, del Código Civil y Comercial de la Nación, hasta la suma de U\$S 100.000.-(Dólares Estadounidenses cien mil con 00/100.-).- (en adelante, el "Monto Máximo") en concepto de capital y a favor de todo tenedor de la siguiente operación: Obligación Negociable emitida por OVERSEAS PROPERTIES S.A. (el "deudor") bajo el Régimen PYME CNV GARANTIZADA según el Capítulo VI del Título II "Emisoras" de las NORMAS de la Comisión Nacional de Valores autorizada según Resolución CNV Nº RESFC-2019-20332-APN-DIR#CNV de fecha 11 de julio 2019 por la suma de US\$100,000, - (Dólares Estadounidenses cien mil con 00/100, -) de capital, pagadero en seis (6) cuotas semestrales y consecutivas (en adelante, las "Obligaciones Garantizadas"). La presente garantía comprende los intereses compensatorios pactados, así como todo otro accesorio de las Obligaciones Garantizadas y los gastos que razonablemente demande su cobro, incluidas las costas judiciales cuyos montos se adicionarán al Monto Máximo. Asimismo, la presente garantía se emite con renuncia a los beneficios de excusión y de división, en este último caso sólo respecto del deudor y no así respecto de otros co-fiadores, de existir, como así también de la posibilidad de subrogarse en los derechos del tenedor contra el deudor hasta tanto el crédito del tenedor de las Obligaciones Garantizadas haya sido totalmente satisfecho. Las prórrogas, renovaciones, modificaciones o novaciones que pudieran otorgarse con relación a las obligaciones contraídas como consecuencia de las Obligaciones Garantizadas deberán contar con el consentimiento expreso de GARANTIZAR S.G.R... Consiguientemente GARANTIZAR S.G.R.. se obliga, ante el primer requerimiento del tenedor efectuado al domicilio indicado precedentemente mediante notificación fehaciente, a abonar dentro de los CINCO (5) días hábiles cualquier suma adeudada bajo las Obligaciones Garantizadas hasta su efectiva cancelación. (En caso que el instrumento se emita en Dólares Estadounidenses, la entidad de garantía deberá incluir las cláusulas correspondientes al modo de pago). Esta garantía permanecerá plenamente vigente

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y operativa hasta tanto se produzca la total cancelación de las Obligaciones Garantizadas. El monto máximo fijado en el presente certificado de garantía determina la cuantía total de la obligación asumida, y deberán deducirse de ése monto los pagos efectuados por el deudor OVERSEAS PROPERTIES S.A.. La presente garantía se otorga para ser cumplida en los mismos términos, plazos y condiciones que los previstos en las condiciones de emisión de las Obligaciones Garantizadas. Se deja expresa constancia que cualquier impuesto, tasa o contribución que deba abonarse con motivo de la firma, mantenimiento y ejecución de esta garantía será a cargo de GARANTIZAR S.G.R.. El presente instrumento es emitido a favor de todo tenedor de las Obligaciones Garantizadas y será título ejecutivo por el monto y las condiciones arriba expresadas, conforme a lo previsto por el art. 70 de la ley 24.467 (t.o. Ley 25.300). Aceptamos expresamente someternos para cualquier cuestión judicial que se suscitare entre las Partes, a los Tribunales Nacionales de Primera Instancia en lo Comercial con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción.

FIRMA CERTIFICADA EN EL SELLO Mat. 5655 scriban $\mathcal{O}$

[email protected]

0810 345 4272

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ISSUED BY

ACTADE CERTIFIC DE FIRMAS

Buenos Aires, 15 1 Julio de de 2019 . En mi carácter de escribano $\overline{2}$ Titular del Registro Notarial Nº 892 CERTIFICO: Que la/s firma 3 que obra/n en el documento que adjunto a esta foja, cuyo requerimiento de certificación se $\overline{4}$ formaliza simultáneamente por ACTA número 5 123 del LIBRO 6 número 11 , es/son puesta/s en mi presencia por la/s persona/s cuyo/s nombre/s, documento/s de identidad y justificación de identidad se indican: $\overline{7}$ María Florencia GÓMEZ GALVANI, D.N.I. Nº 22.285.208, quien identifico 8 conforme el artículo 306, inciso b) del Código Civil y Comercial de la Na-9 ción. Concurre como apoderada de "GARANTIZAR S.G.R.", con domicilio $10$ en la calle Maipú Nº 73, 6º Piso de la CABA, lo que acredita con: a) poder $11$ general y especial elevado a escritura pública el 04/5/2018, pasado ante el $12$ escribano Rodrigo María Iturriaga, al Folio 5120 del Registro 501 de su $13$ adscripción; b) la sociedad Garantizar SGR se constituyó el 12/2/1997 pa- $14$ sada al Folio 79 y Escritura complementaria suscripta el 17/3/1997 pasada 15 al Folio 206 ambas ante el escribano Oscar D. Cesaretti adscripto al Re-16 gistro 1044 e inscriptas en IGJ en forma conjunta el 21/3/1997 bajo el nº $17$ 2762 del Lº 120 Tº A de SA y c) Cambio de la sede social por la actual 18 resuelta por Acta de la Reunión del Consejo de Administración nº 2676, del 19 8/4/2015, inscripta en la IGJ el 23/4/2015, nº 10688, del Lº 74, Tº de So-20 ciedades por Acciones. La documentación relacionada, en su original tengo $21$ a la vista, surgiendo de la misma las facultades suficientes para este acto. $22$ 23 La compareciente manifiesta la plena vigencia de la representación invo-24 cada. Conste.-

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