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OILTANKING EBYTEM SA Capital/Financing Update 2023

Nov 9, 2023

68749_rns_2023-11-09_05cd47f6-0288-42f0-8834-79fa90c5e545.pdf

Capital/Financing Update

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$\mathcal{P}$ DELEGACION: BAHIA BLANCA MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS FUMANOS
DIRECCION PROYINCIAL DE PERSONAS JUDICAS
DELEGACION BAHIA BLANCA DOMICILIO: Calle: TERMINAL MARITIMA PUERTO ROSALES Nro.: 0
Piso: Dito.: Localidad: PUNTA ALTA C.P.: 8109 LEGAJO: 146760 國人 FECHA: 03/02/2023 Nro.: 5 OFICIA
DIRECCIÓN FOLIOS: 250 (DOSCIENTOS CINCUENTA) ENTIDAD: OILTANKING EBYTEM S.A. LIBRO: ACTAS DE DIRECTORIO FECHA DE RUBRICA: 15/02/2023 PARTIDO: CORONEL ROSALES ACTA NRO.: 1228084/23 MATRÍCULA: 81030 OBSERVACIONES: CICOOD

Acta de Directorio Nº443

A los 25 días del mes de octupre de 2023, siendo las 12:00 horas se reúnen en la Terminal Marítima de Puerto Rosales, los miembros del Directorio de "OILTANKING EBYTEM S.A." La presente reunión se celebra en los términos del artículo 19 del estatuto de la Sociedad. El Sr. Holger Donath, quien preside la reunión en su carácter de Presidente del Directorio, verifica la existencia de quórum suficiente y deja constancia que se encuentran participando de la reunión los Sres. Directores Juan Pablo Rondina, Martin Redivo, Rolando Balsamello, Juan Giménez y Martin Gonzalez Riga, director suplente quien participa en la presente reunión en reemplazo del Director titular Carlos Grassia. Asisten también el Dr. Fabian Marcote y el Dr. Fabián Carlos Valle en representación de la Comisión Fiscalizadora y el Gerente Financiero Pablo Passoni.

Acto seguido, se solicita a cada Director, Síndico y al Sr. Gerente Financiero digan su nombre y apellido en el orden indicado precedentemente.

Abierto el acto, el Sr. Presidente, una vez constatada la existencia del quórum para funcionar, informa a los Sres. Directores el siguiente Orden del Día a tratar:

1. HSSE

  • A- Resultados de HSSE 3º trimestre 2023
  • B- Matriz de cumplimiento legal
    1. Actividad Operativa
  • A- Indicadores de Performance: Volúmenes Operados 3º Trimestre 2023
  • B- Estado de Existencias
    1. Finanzas
  • A- Reporte Gerencial 3° Trimestre 2023
  • B- Cuadro de Resultados
  • C- Inversiones 2023
  • D- Proyecciones Flujo de Caja
  • E- Obtención de financiamiento mediante aprobación de la emisión de Series II, III y IV de Obligaciones Negociables. Aprobación de la emisión de las Series, sus términos y condiciones, documentación preliminar, Destino de los Fondos, designación de subdelegados y autorizados.
    1. Actualización de Proyecto Expansión Puerto Rosales
    1. Ausencia del presidente -Asunción temporal del cargo de Presidente de la Sociedad por parte del Vicepresidente

Concedida la palabra al Sr. Vicepresidente, Rolando Balsamello, en relación con el primer punto del Orden del Día informa que el tercer trimestre de 2023 hubo un accidente registrable, y dos incidentes de pérdida de contención primaria, no ha habido impactos al medio ambiente ni a las personas para destacar.

El 22 de septiembre se hizo una tarea de limpieza de playa con voluntariado de empleados, rescatándose varias toneladas de residuos.

Con respecto a la matriz de cumplimiento legal, el Sr. Vicepresidente entrega una actualización de esta al 30 de septiembre de 2023.

En el tratamiento del segundo punto del Orden del Día, el Vicepresidente informa que con relación a los volú nenes operados durante el tercer trimestre del 2023 en la terminal marítima Puerto Rosales, el bombeo por oleoducto a La Plata alcanzó un promedio de 48.600 m3/día (3,0% por sobre el presupuesto) y el bombeo por eleoducto a la refinería de Trafigura promedió 5.500 m3/día (16,3% por sobre el presupuesto), mientras que la actividad de almacenaje, logrando un promedio de 135.000 m3/día, estuvo 44,6% debajo del presupuesto; también el uso de monoboya, tanto en ingreso como en egreso a la terminal estuvieron por debajo de los volúmenes presupuestados. Se operaron 62 buques tanque, en línea con el presupuesto.

Asimismo, el Sr. Vicepresidente entrega a los integrantes del Directorio el estado de las existencias propias de petróleo del primer trimestre, concluyendo el mismo con 20.500 m3 de petróleo Neuquino y 11.900 m3 de petróleo Mezcla. Recuerda al Directorio que el actual estudio tarifario (Res 158/2017) prevé como ingresos regulares las realizaciones de existencias propias.

Pasando al tercer punto del Orden del Día, toma la palabra el Sr. pablo Passoni, Gerente Financiero, quien entrega a los integrantes del Directorio un informe global de la situación económica y financiera de la compañía al cierre del tercer trimestre de 2023 conteniendo gráficos y planillas. También entrega un detalle del plan de inversiones de 2023, el estado de situación de caja, correspondiente al año en curso y el Estado Financiero Condensado al 30 de septiembre de 2023.

El Sr. Gerente Financiero expone el flujo de fondos del proyecto de Expansión de Puerto Rosales, indicando que será necesario el financiamiento del mismo.

Toma la palabra el Sr. Presidente a fin de poner a consideración de los Sres. Directores la emisión de Obligaciones Negociables simples, no convertibles en acciones Serie II por hasta V/N U\$S 10.000.000 (Dólares estadounidenses diez millones) ampliables por hasta V/N U\$S 50.000.000 (Dólares estadounidenses cincuenta millones) bajo el Programa global de emisión de Obligaciones Negociables simples, no convertibles en acciones, a corto, mediano y/o largo plazo, por un monto máximo de hasta U\$S 200.000.000 (Dólares estadounidenses doscientos millones) (o su equivalente en otras monedas y/o unidades de valor) (el "Programa").

El Sr. Presidente deja constancia que la Asamblea General Extraordinaria de fecha 22 de agosto de 2022 (la "Asamblea") aprobó el ingreso de la Sociedad al régimen de oferta pública y la creación de un programa de obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones, a corto, mediano y/o largo plazo, por un monto máximo de hasta U\$S200.000.000 (Dólares Estadounidenses doscientos millones) (o su equivalente en otras monedas y/o unidades de valor) (el "Programa"); el cual fue posteriormente autorizado por la Comisión Nacional de Valores (la "CNV") mediante Resolución Nº RESFC-2023-22149-APN-DIR#CNV de fecha 8 de febrero de 2023. En el marco de dicho Programa, en fecha 3 de marzo de 2023 fueron emitidas las Obligaciones Negociables Serie I de la Sociedad por el monto de U\$S 50.000.000 y a una tasa de interés del 0%. Luego, el Directorio de la Sociedad resolvió la actualización del Programa fue autorizada por la CNV mediante Resolución Nº RESFC-2023-69985642-APN-DIR#CNV de fecha 16 de junio de 2023.

Seguidamente expresa que, en virtud de las condiciones actuales del mercado, sería conveniente para la Sociedad recurrir nuevamente al mercado de capitales como una herramienta adicional de financiamiento, mediante la emisión de la "Serie II" de Obligaciones Negociables por un valor nominal de hasta U\$S 10.000.000 (Dólares estadounidenses diez millones) ampliables por hasta V/N U\$S 50.000.000 (Dólares estadounidenses ciricuenta millones) bajo el Programa (las "Obligaciones Negociables Serie II").

A continuación, el Sr. Presidente procede a resumir brevemente los principales términos y condiciones de las Obligaciones Negociables Serie II, conforme se encuentran detallados en el correspondiente Suplemento de Prospecto Preliminar de las Obligaciones Negociables Serie II, el que ha sido previamente distribuido a los señores Directores (el "Suplemento de Prospecto de las Obligaciones Negociables Serie II"), y los que podrán ser determinados y/o modificados total o parcialmente por los Subdelegados designados a tales efectos, y de conformidad con los términos y condiciones detallados en el Programa: 1) Títulos a ser Emitidos: Obligaciones Negociables; 2) Serie v/o Clase: Las Obligaciones Negociables Serie II podrán ser subdivididas en distintas clases, conforme se determine en el Suplemento de Prospecto; 3) Monto de la Emisión: El valor nominal de las Obligaciones Negociables Serie II será por hasta U\$S 10.000.000 (Dólares estadounidcnses diez millones) ampliables por hasta V/N U\$S 50.000.000 (Dólares estadounidenses cincuenta millones) (o su equivalente en otras monedas y/o unidades de valor) o por el monto que oportunamente determinen los Subdelegados a tales efectos; 4) Oferta: Las Obligaciones Negociables Serie II serán ofrecidas en la República Argentina en el marco de la Ley Nº26.831 (con sus modificatorias y complementarias, la "Ley de Mercado de Capitales"), la Ley Nº23.576 (con sus modificatorias y complementarias, la "Ley de Obligaciones Negociables"), y demás normativa aplicable o conforme se determine en el Suplemento de Prospecto. 5) Organizadores: Los que la Sociedad designe a tal efecto y/o se indiquen en el Suplemento de Prospecto; 6) Colocadores: Serán los que los que la Sociedad designe a tal efecto y/o se indiquen en el Suplemento de Prospecto de las Obligaciones Negociables Serie II; 7) Liqui Jación: La liquidación de las Obligaciones Negociables Serie II se realizara a través del sistema MAE Clear S.A., Caja de Valores S.A. y/o del modo que se determine en el Suplemento de Prospecto; 8) Sistema de Colocación: La colocación primaria de las Obligaciones Negociables Serie II podrá realizarse mediante subasta pública con posibilidad de participación de todos los interesados ("Subasta Pública") en la modalidad que se indique en el Suplemento de Prospecto, a través del módulo de licitaciones del sistema informático SIOPEL del Mercado Abierto Electrónico S.A. (el "MAE"), o conforme cualquier otro procedimiento que se indique en el Suplemento de Prospecto; 9) Forma: Las Obligaciones Negociables Serie II podrán estar

representadas bajo la forma de certificado global a ser depositado en el sistema de depósito colectivo llevado por Caja de Valores S.A., o en la forma que se determine en el Suplemento de Prospecto; 10) Moneda: Las Obligaciones Negociables Serie II podrán estar denominadas en Pesos, Dólares Estadounidenses, en unidades de valor adquisitivo actualizables por el Coeficiente de Estabilización de Referencia ("CER") - Ley Nº 25.827 ("UVA"), o en aquella otra moneda que oportunamente se determine en el Suplemento de Prospecto; 11) Fecha de emisión: Será la que oportunamente se determine en el Suplemento de Prospecto; 12) Fecha de vencimiento: Las Obligaciones Negociables Serie II vencerán en el plazo que se determine en el Suplemento de Prospecto ; 13) Precio de Suscripción: Las Obligaciones Negociables Serie II serán emitidas al 100% de su valor nominal o a un precio que será determinado una vez finalizado el procedimiento de colocación, conforme ello se establezca en el Suplemento de Prospecto; 14) Integración: Las Obligaciones Negociables Serie II podrán ser integradas en Pesos y/o Dólares Estadounidenses, o conforme se consigne en el Suplemento de Prospecto) Intereses: La Obligaciones Negociables Serie II podrán devengar intereses a tasa fija o variable, según determinen oportunamente los subdelegados de este Directorio; 16) Pagos: Todos los pagos podrán ser efectuados por la Sociedad, en la República Argentina, a través de Caja de Valores S.A., o conforme se indique en el Suplemento de Prospecto) Amortización: La amortización de las Obligaciones Negociables Serie II podrá ser íntegra en la Fecha de Vencimiento y/o de cualquier otro modo conforme se establezca en el Suplemento de Prospecto; 18) Fecha de Pago de Interés: Los Intereses de las Obligaciones Negociables Serie II serán pagados trimestralmente, en forma vencida, a partir de la Fecha de Emisión y Liquidación, o conforme se establezca en el Suplemento de Prospecto; 19) Moneda de Pago: Los pagos de las sumas de capital, servicios de intereses y demás sumas que correspondan bajo las Obligaciones Negociables Serie II podrán ser pagaderas en Dólares Estadounidenses, Pesos, en Pesos a tipo de cambio aplicable, o según lo determinen oportunamente los subdelegados de este Directorio; 20) Monto Mínimo de Suscripción y Unidad Mínima de Negociación: El monto mínimo de suscripción de las Obligaciones Negociables Serie II será determinado en el Suplemento de Prospecto de las Obligaciones Negociables Serie II; 21) Garantías: Las Obligaciones Negociables Serie II tendrán garantía común o podrán tener cualquier otro tipo de garantía que se indique en el Suplemento de Prospecto; 22) Listado y Negociación: Las Obligaciones Negociables Serie II serán listadas y/o negociadas en Bolsas y Mercados Argentinos S.A. ("BYMA") y/o en el MAE, sujeto a la autorización que otorguen dichas entidades y/o en cualquier mercado autorizado a operar en la República Argentina o en el exterior, conforme lo establezcan los Subdelegados del Directorio; 23) Período de Difusión Pública y de Licitación Pública: El período de Difusión Pública será de, al menos, 1 (un) día hábil con anterioridad a la fecha de inicio de la Licitación Pública, que será a su vez de, al menos, 1 (un) día hábil, de conformidad con la normativa aplicable o el plazo que se determine en el Suplemento de Prospecto de las Obligaciones Negociables Serie II, conforme a la normativa vigente, pudiendo ambos plazos ser ampliados, interrumpidos o prorrogados por la Emisora, o conforme ello se especifique en el Suplemento de Prospecto; 24) Calificación de Riesgo: Las Obligaciones Negociables Serie II podrán contar con calificación de riesgo, conforme se indique en el Suplemento de Prospecto ; 25) Lev Aplicable: Las Obligaciones Negociables Serie II se emitirán de conformidad con la Ley de Obligaciones Negociables y demás normas vigentes en la República Argentina que resulten de aplicación en la Fecha de Emisión y Liquidación; 26) Jurisdicción: Toda controversia que se suscite entre la Sociedad y los tenedores en relación con las Obligaciones Negociables Serie II se podrá someter a la jurisdicción del Tribunal de Arbitraje General de la BCBA o el que se cree en el futuro. No obstante lo anterior, los inversores tendrán el derecho de optar por acudir a los tribunales judiciales competentes; 27) Acción Ejecutiva: Las Obligaciones Negociables Serie II serán emitidas conforme con la Ley de Obligaciones Negociables, constituirán "obligaciones negociables" de conformidad con las disposiciones de la misma y gozarán de los derechos allí establecidos, lo que otorgará a los tenedores la posibilidad de accionar a través de un juicio ejecutivo en los términos del artículo 29 de la Ley de .
Obligaciones Negociables. Luego de un intercambio de ideas y de finalizado el análisis de la documentación distribuida, se somete la moción a consideración de los Sres. Directores, solicitando a tales fines el Sr. Presidente que cada Director diga su nombre y exprese su voto en idioma español, siguiendo el siguiente orden Holger Cristian Donath, Rolando Domingo Balsamello, Martin Ignacio Redivo, Juan Pablo Rondina, Juan Gimenez y Martin Gonzalez Riga, lo que se procederá a transcribir al libro de Actas de Directorio de la Sociedad. En virtud del resultado de la votación, el Directorio RESUELVE: (i) aprobar la emisión de las Obligaciones Negociables Serie II bajo el Programa; (ii) aprobar: (a) el Suplemento de Prospecto preliminar de las Obligaciones Negociables Serie II; (b) la suscripción de los documentos necesarios para instrumentar

la emisión de las Obligaciones Negociables Serie II por parte de los Subdelegados del Directorio, para obtener la autorización de oferta pública, listado y/o negociación de las Obligaciones Negociables Serie II ante la CNV, ByMA y MAE, según corresponda, y cuantos más actos sean necesarios a tales efectos.

Acto seguido, el Sr. Presidente procede a poner en consideración de los Sres. Directores la emisión de Obligaciones Negociables simples, no convertibles en acciones Serie III por hasta V/N U\$S 10.000.000 (Dólares estadounidenses diez millones) ampliables por hasta V/N U\$S 50.000.000 (Dótares estadounidenses cincuenta millones) bajo el Programa, El Sr. Presidente expresa que, en virtud de las condiciones actuales del mercado, sería conveniente para la Sociedad autorizar adicionalmente la emisión de la "Serie III" de Obligaciones Negociables por un valor nominal de hasta U\$S 10.000.000 (Dólares estadounidenses diez millones) ampliables por hasta V/N U\$S 50.000.000 (Dólares estadounidenses cincuenta millones) bajo el Programa (las "Obligaciones Negociables Serie III"). A continuación, el Sr. Presidente procede a resumir brevemente los principales términos y condiciones de las Obligaciones Negociables Serie III, conforme se encuentran detallados en el correspondiente Suplemento de Prospecto Preliminar de las Obligaciones Negociables Serie III, el que ha sido previamente distribuído a los señores Directores (el "Suplemento de Prospecto de las Obligaciones Negociables Serie III"), y los que podrán ser determinados y/o modificados total o parcialmente por los Subdelegados designados a tales efectos, de acuerdo con lo que se resuelva en el siguiente punto del Orden del Día, y de conformidad con los términos y condiciones detallados en el Programa: 1) Títulos a ser Emitidos: Obligaciones Negociables; 2) Serie y/o Clase: Las Obligaciones Negociables Serie III podrán ser subdivididas en distintas clases, conforme se determine en el Suplemento de Prospecto; 3) Monto de la Emisión: El valor nominal de las Obligaciones Negociables Serie III será por hasta V/N U\$S 10.000.000 (Dólares estadounidenses diez millones) ampliables por nasta V/N U\$S 50.000.000 (Dólares estadounidenses cincuenta millones) (o su equivalente en otras monedas y/o unidades de valor) o por el monto que oportunamente determinen los Subdelegados a tales efectos; 4) Oferta: Las Obligaciones Negociables Serie III serán ofrecidas en la República Argentina en el marco de la Ley de Mercado de Capitales, la Ley de Obligaciones Negociables, y demás normativa aplicable o conforme se determine en el Suplemento de Prospecto. 5) Organizadores: Los que la Sociedad designe a tal efecto y/o se indiquen en el Suplemento de Prospecto; 6) Colocadores: Serán los que los que la Sociedad designe a tal efecto y/o se indiquen en el Suplemento de Prospecto de las Obligaciones Negociables Serie III; 7) Liguidación: La liquidación de las Obligaciones Negociables Serie III se realizara a través del sistema MAE Clear S.A., Caja de Valores S.A. y/o del modo que se determine en el Suplemento de Prospecto; 8) Sistema de Colocación: La colocación primera de las Obligaciones Negociables Serie III podrá realizarse mediante Subasta Pública en la modalidad que se indique en el Suplemento de Prospecto, a través del módulo de licitaciones del sistema informático SIOPEL del MAE, o conforme cualquier otro procedimiento que se indique en el Suplemento de Prospecto; 9) Forma: Las Obligaciones Negociables Serie III podrán estar representadas bajo la forma de certificado global a ser depositado en el sistema de depósito colectivo llevado por Caja de Valores S.A., o en la forma que se determine en el Suplemento de Prospecto; 10) Moneda: Las Obligaciones Negociables Serie III podrán estar denominadas en Pesos, Dólares Estadounidenses, en UVA actualizables por el CER, o en aquella otra moneda que oportunamente se determine en el Suplemento de Prospecto; 11) Fecha de emisión: Será la que oportunamente se determine en el Suplemento de Prospecto; 12) Fecha de vencimiento: Las Obligaciones Negociables Serie III vencerán en el plazo que se determine en el Suplemento de Prospecto; 13) Precio de Suscripción: Las Obligaciones Negociables Serie III serán emitidas al 100% de su valor nominal o a un precio que será determinado una vez finalizado el procedimiento de colocación, conforme ello se establezca en el Suplemento de Prospecto; 14) Integración: Las Obligaciones Negociables Serie III podrán ser integradas en Pesos y/o Dólares Estadounidenses, o conforme se consigne en el Suplemento de Prospecto de las Obligaciones Negociables Serie III; 15) Intereses: La Obligaciones Negociables Serie III podrán devengar intereses a tasa fija o variable, según determinen oportunamente los subdelegados de este Directorio; 16) Pagos: Todos los pagos podrán ser efectuados por la Sociedad, en la República Argentina, a través de Caja de Valores S.A., o conforme se indique en el Suplemento de Prospecto de las Obligaciones Negociables Serie III; 17) Amortización: La amortización de las Obligaciones Negociables Serie III podrá ser íntegra en la Fecha de Vencimiento y/ de cualquier otro modo conforme se establezca en el Suplemento de Prospecto; 18) Fecha de Pago de Interés: Los Intereses de las Obligaciones Negociables Serie III serán pagados trimestralmente, en forma vencida, a partir de la Fecha de Emisión y Liquidación, o conforme se establezca en el Suplemento de Prospecto; 19) Moneda de Pago: Los pagos de las sumas de capital, servicios de

intereses y demás sumas que correspondan bajo las Obligaciones Negociables Serie III podrán ser pagaderas en Dólares Estadounidenses, Pesos, en Pesos a tipo de cambio aplicable, o según lo determinen oportunamente los subdelegados de este Directorio; 20) Monto Mínimo de Suscripción y Unidad Mínima de Negociación: El monto mínimo de suscripción de las Obligaciones Negociables Serie III será determinado en el Suplemento de Prospecto de las Obligaciones Negociables Serie III; 21) Garantías: Las Obligaciones Negociables Serie III tendrán garantía común o podrán tener cualquier otro tipo de garantía que se indique en el Suplemento de Prospecto; 22) Listado y Negociación: Las Obligaciones Negociables Serie III serán listadas y/o negociadas en BYMA y/o en el MAE, sujeto a la autorización que otorguen dichas entidades y/o en cualquier mercado autorizado a operar en la República Argentina o en el exterior, conforme lo establezcan los Subdelegados del Directorio; 23) Período de Difusión Pública y de Licitación Pública: El período de Difusión Pública será de, al menos, 1 día hábil con anterioridad a la fecha de inicio de la Licitación Pública, que será a su vez de, al menos, 1 día hábil, de conformidad con la normativa aplicable o el plazo que se determine en el Suplemento de Prospecto de las Obligaciones Negociables Serie III, conforme a la normativa vigente, pudiendo ambos plazos ser ampliados, interrumpidos o prorrogados por la Emisora, o conforme ello se especifique en el Suplemento de Prospecto de las Obligaciones Negociables Serie III; 24) Calificación de Riesgo: Las Obligaciones Negociables Serie III podrán contar con calificación de riesgo, conforme se indique en el Suplemento de Prospecto de las Obligaciones Negociables Serie III; 25) Lev Aplicable: Las Obligaciones Negociables Serie III se emitirán de conformidad con la Ley de Obligáciones Negociables y demás normas vigentes en la República Argentina que resulten de aplicación en la Fecha de Emisión y Liquidación; 26) Jurisdicción: Toda controversia que se suscite entre la Sociedad y los tenedores en relación con las Obligaciones Negociables Serie III se podrá someter a la jurisdicción del Tribunal de Arbitraje General de la BCBA o el que se cree en el futuro. No obstante lo anterior, los inversores tendrán el derecho de optar por acudir a los tribunales judiciales competentes; 27) Acción Eiecutiva: Las Obligaciones Negociables Serie II serán emitidas conforme con la Ley de Obligaciones Negociables, constituirán "obligaciones negociables" de conformidad con las disposiciones de la misma y gozarán de los derechos allí establecidos, lo que otorgará a los tenedores la posibilidad de accionar a través de un juicio ejecutivo en los términos del artículo 29 de la Ley de Obligaciones Negociables. Luego de un intercambio de ideas y de finalizado el análisis de la documentación distribuida, se somete la moción a consideración de los Sres. Directores, solicitando a tales fines el Sr. Presidente que cada Director diga su nombre y exprese su voto en idioma español, siguiendo el siguiente orden Holger Cristian Donath, Rolando Domingo Balsamello, Martin Ignacio Redivo, Juan Pablo Rondina, Juan Gimenez y Martin Gonzalez Riga, lo que se procederá a transcribir al libro de Actas de Directorio de la Sociedad. En virtud del resultado de la votación, el Directorio RECUELVE: (i) aprobar la emisión de las Obligaciones Negociables Serie III bajo el Programa; (ii) aprobar: (a) el Suplemento de Prospecto de las Obligaciones Negociables Serie III; (b) la suscripción de los documentos necesarios para instrumentar la emisión de las Obligaciones Negociables Serie III por parte de los Subdelegados del Directorio, para obtener la autorización de oferta pública, listado y/o negociación de las Obligaciones Negociables Serie III ante la CNV, ByMA y MAE, según corresponda, y cuantos más actos sean necesarios a tales efectos.

En el mismo sentido, el Sr. Presidente pone a consideración y mociona la aprobación por el Directorio de la emisión de la "Serie IV" Obligaciones Negociables simples, no convertibles en acciones Serie IV por hasta V/N U\$S 10.000.000 (Dólares estadounidenses diez millones) ampliables por hasta V/N U\$S 50.000.000 (Dólares estadounidenses cincuenta millones) bajo el Programa en virtud de las condiciones actuales del mercado, por un valor nominal de hasta U\$S 10.000.000 (Dólares estadounidenses diez millones) ampliables por hasta V/N U\$S 50.000.000 (Dólares estadounidenses cincuenta millones) bajo el Programa (las "Obligaciones Negociables Serie IV" y, junto con las Obligaciones Negociables Serie II y las Obligaciones Negociables Serie III, las "Obligaciones Negociables"). A continuación, el Sr. Presidente procede a resumir brevemente los principales términos y condiciones de las Obligaciones Negociables Serie IV, conforme se encuentran detallados en el correspondiente Suplemento de Prospecto Preliminar de las Obligaciones Negociables Serie IV, el que ha sido previamente distribuido a los señores Directores (el "Suplemento de Prospecto de las Obligaciones Negociables Serie IV"), y los que podrán ser determinados y/o modificados total o parcialmente por los Subdelegados designados a tales efectos, de acuerdo con lo que se resuelva en el siguiente punto del Orden del Día, y de conformidad con los términos y condiciones detallados en el Programa: 1) Títulos a ser Emitidos: Obligaciones Negociables; 2) Serie y/o Clase: Las Obligaciones Negociables Serie IV podrán ser subdivididas en distintas clases, conforme se

determine en el Suplemento de Prospecto; 3) Monto de la Emisión: El valor nominal de las Obligaciones Negociables Serie IV será por hasta U\$S 10.000.000 (Dólares estadounidenses diez millones) ampliables por hasta V/N U\$S 50.000.000 (Dólares estadounidenses cincuenta millones) (o su equivalente en otras monedas y/o unidades de valor) o por el monto que oportunamente determinen los Subdelegados a tales efectos; 4) Oferta: Las Obligaciones Negociables Serie IV serán ofrecidas en la República Argentina en el marco de la Ley de Mercado de Capitales, la Ley de Obligaciones Negociables, y demás normativa aplicable o conforme se determine en el Suplemento de Prospecto. 5) Organizadores: Los que la Sociedad designe a tal efecto y/o se indiquen en el Suplemento de Prospecto; 6) Colocadores: Serán los que los que la Sociedad designe a tal efecto y/o se indiquen en el Suplemento de Prospecto de las Obligaciones Negociables Serie IV; 7) Liquidación: La liquidación de las Obligaciones Negociables Serie IV se realizara a través del sistema MAE Clear S.A., Caja de Valores S.A. y/o del modo que se determine en el Suplemento de Prospecto; 8) Sistema de Colocación: La colocación primera de las Obligaciones Negociables Serie IV podrá realizarse mediante Subasta Pública en la modalidad que se indique en el Suplemento de Prospecto, a través del módulo de licitaciones del sistema informático SIOPEL del MAE, o conforme cualquier otro procedimiento que se indique en el Suplemento de Prospecto; 9) Forma: Las Obligaciones Negociables Serie IV podrán estar representadas bajo la forma de certificado global a ser depositado en el sistema de depósito colectivo llevado por Caja de Valores S.A., o en la forma que se determine en el Suplemento de Prospecto; 10) Moneda: Las Obligaciones Negociables Serie IV podrán estar denominadas en Pesos, Dólares Estadounidenses, en UVA actualizables por el CER, o en aquella otra moneda que oportunamente se determine en el Suplemento de Prospecto; 11) Fecha de emisión: Será la que oportunamente se determine en el Suplemento de Prospecto; 12) Fecha de vencimiento: Las Obligaciones Negociables Serie IV vencerán en el plazo que se determine en el Suplemento de Prospecto; 13) Precio de Suscripción: Las Obligaciones Negociables Serie IV serán emitidas al 100% de su valor nominal o a un precio que será determinado una vez finalizado el procedimiento de colocación, conforme ello se establezca en el Suplemento de Prospecto; 14) Integración: Las Obligaciones Negociables Serie IV podrán ser integradas en Pesos y/o Dólares Estadounidenses, o conforme se consigne en el Suplemento de Prospecto de las Obligaciones Negociables Serie IV; 15) Intereses: La Obligaciones Negociables Serie IV podrán devengar intereses a tasa fija o variable, según determinen oportunamente los subdelegados de este Directorio; 16) Pagos: Todos los pagos podrán ser efectuados por la Sociedad, en la República Argentina, a través de Caja de Valores S.A., o conforme se indique en el Suplemento de Prospecto de las Obligaciones Negociables Serie IV; 17) Amortización: La amortización de las Obligaciones Negociables Serie IV podrá ser íntegra en la Fecha de Vencimiento y/ de cualquier otro modo conforme se establezca en el Suplemento de Prospecto; 18) Fecha de Pago de Interés: Los Intereses de las Obligaciones Negociables Serie IV serán pagados trimestralmente, en forma vencida, a partir de la Fecha de Emisión y Liquidación, o conforme se establezca en el Suplemento de Prospecto; 19) Moneda de Pago: Los pagos de las sumas de capital, servicios de intereses y demás sumas que correspondan bajo las Obligaciones Negociables Serie IV podrán ser pagaderas en Dólares Estadounidenses, Pesos, en Pesos a tipo de cambio aplicable, o según lo determinen oportunamente los subdelegados de este Directorio; 20) Monto Mínimo de Suscripción y Unidad Mínima de Negociación: El monto mínimo de suscripción de las Obligaciones Negociables Serie IV será determinado en el Suplemento de Prospecto de las Obligaciones Negociables Serie IV; 21) Garantías: Las Obligaciones Negociables Serie IV tendrán garantía común o podrán tener cualquier otro tipo de garantía que se indique en el Suplemento de Prospecto; 22) Listado y Negociación: Las Obligaciones Negociables Serie IV serán listadas y/o negociadas en BYMA y/o en el MAE, sujeto a la autorización que otorguen dichas entidades y/o en cualquier mercado autorizado a operar en la República Argentina o en el exterior, conforme lo establezcan los Subdelegados del Directorio; 23) Período de Difusión Pública y de Licitación Pública: El período de Difusión Pública será de, al menos, 1 día hábil con anterioridad a la fecha de inicio de la Licitación Pública, que será a su vez de, al menos, 1 día hábil, de conformidad con la normativa aplicable o el plazo que se determine en el Suplemento de Prospecto de las Obligaciones Negociables Serie IV, conforme a la normativa vigente, pudiendo ambos plazos ser ampliados, interrumpidos o prorrogados por la Emisora, o conforme ello se especifique en el Suplemento de Prospecto de las Obligaciones Negociables Serie IV; 24) Calificación de Riesgo: Las Obligaciones Negociables Serie IV podrán contar con calificación de riesgo, conforme se indique en el Suplemento de Prospecto de las Obligaciones Negociables Serie IV; 25) Ley Aplicable: Las Obligaciones Negociables Serie IV se emitirán de conformidad con la Ley de Obligaciones Negociables y demás normas vigentes en la República Argentina que resulten de aplicación en la Fecha de Emisión y

Liquidación; 26) Jurisdicción: Toda controversia que se suscite entre la Sociedad y los tenedores en relaçtión con las Obligaciones Negociables Serie IV se podrá someter a la jurisdicción del Tribunal de Arbitraje Genèral de la BCBA o el que se cree en el futuro. No obstante lo anterior, los inversores tendrán el derecho de optar por acudir a los tribunales judiciales competentes; 27) Acción Ejecutiva: Las Obligaciones Negociables Serie II serán emitidas conforme con la Ley de Obligaciones Negociables, constituirán "obligaciones negociables" de conformidad con las disposiciones de la misma y gozarán de los derechos allí establecidos, lo que otorgará a los tenedores la posibilidad de accionar a través de un juicio ejecutivo en los términos del artículo 29 de la Ley de Obligaciones Negociables. Luego de un intercambio de ideas y de finalizado el análisis de la documentación distribuida, se somete la moción a consideración de los Sres. Directores, solicitando a tales fines el Sr. Presidente que cada Director diga su nombre y exprese su voto en idioma español, siguiendo el siguiente orden Holger Cristian Donath, Rolando Domingo Balsamello, Martin Ignacio Redivo, Juan Pablo Rondina, Juan Gimenez y Martin Gonzalez Riga, lo que se procederá a transcribir al libro de Actas de Directorio de la Sociedad. En virtud del resultado de la votación, el Directorio RESUELVE: (i) aprobar la emisión de las Obligaciones Negociables Serie IV bajo el Programa; (ii) aprobar: (a) el Suplemento de Prospecto de las Obligaciones Negociables Serie IV; (b) la suscripción de los documentos necesarios para instrumentar la emisión de las Obligaciones Negociables Serie IV por parte de los Subdelegados del Directorio, para obtener la autorización de oferta pública, listado y/o negociación de las Obligaciones Negociables Serie IV ante la CNV, ByMA y MAE, según corresponda, y cuantos más actos sean necesarios a tales efectos.

Destino de los Fondos: Toma la palabra el Sr. Presidente quien mociona para que, conforme el artículo 11 del Estatuto, la Sociedad destine el producido neto proveniente de la emisión de las Obligaciones Negociables, en cumplimiento de los requisitos del Artículo 36 inciso 2 de la Ley de Obligaciones Negociables, y otras reglamentaciones aplicables, para invertir en un 100% los fondos netos obtenidos de la colocación de las Obligaciones Negociables para financiar totalmente la obra de infraestructura relacionada con la expansión de la Terminal Marítima Puerto Rosales como punto clave de egreso de excedentes exportables por el océano Atlántico. Luego de una breve deliberación, se somete la moción a consideración de los Sres. Directores, solicitando a tales fines el Sr. Presidente que cada Director diga su nombre y exprese su voto en idioma español, siguiendo el siguiente orden Holger Cristian Donath, Rolando Domingo Balsamello, Martin Ignacio Redivo, Juan Pablo Rondina, Juan Gimenez y Martin Gonzalez Riga, lo que se procederá a transcribir al libro de Actas de Directorio de la Sociedad. En virtud del resultado de la votación, el Directorio por unanimidad resuelve aprobar la moción del Sr. Presidente.

Subdelegación: Toma la palabra el Sr. Presidente y mociona para que se proceda a subdelegar en Juan Pablo Rondina, Pablo Javier Passoni y Marcela Paula Domecq las facultades para que actuando indistintamente cualquiera de ellos, en relación a las Obligaciones Negociables: (a) modifique la información de los respectivos Suplementos de Prospecto correspondientes a la Obligaciones Negociables y solicite su aprobación, sin limitación; (b) negocie y apruebe los restantes términos y condiciones de la emisión de las Obligaciones Negociables, modifique los términos y condiciones aprobados bajo la presente (incluyendo sin limitación, las Clases y/o Series a ser emitidas, el monto de emisión, el valor nominal a emitir, el valor nominal de referencia a ser ofrecido por cada Clase o Serie - de así decidirse-, los organizadores, colocares, los sublocadores, la moneda de emisión, el precio de emisión, la forma y plazos de amortización, la fecha de vencimiento, el tipo y la tasa de interés, el destino de los fondos obtenidos de la colocación, el sistema de colocación, la duración del período de Difusión Pública y el período de Subasta Pública, la decisión de que las Obligaciones Negociables cuenten o no con una o más calificaciones de riesgo, la designación del Agente de Liquidación, entre otros); (c) modifique todos aquellos términos y condiciones que sean necesarios o convenientes conforme a lo que eventualmente requiera la Comisión Nacional de Valores, y/o BYMA y/o el MAE, o aquellos mercados donde las Obligaciones Negociables se listen y negocien, la Caja de Valores S.A. y cualquier otra institución ante la cual oportunamente se solicite algún tipo de autorización relacionada con las Obligaciones Negociables, con todas las facultades para proponer y/o realizar modificaciones a dichos términos y condiciones y aceptar, incluir, aprobar y/o impugnar las que soliciten, en su caso, dichas entidades; (d) firme, negocie, celebre, modifique y deje sin efecto todos aquellos contratos, reglamentos, acuerdos y documentos necesarios para la emisión, colocación, calificación, custodia y pago de las Obligaciones Negociables (incluyendo, Suplemento de Prospecto, Avisos, Contrato de Colocación, y demás documentación relacionada con la oferta), con las más amplias facultades a tales efectos, entendiéndose que la enumeración precedente es meramente enumerativa. Luego de una breve deliberación, se somete la moción a consideración de los Sres. Directores, solicitando a tales fines el Sr. Presidente que cada Director diga su nombre y exprese su voto en idioma español, siguiendo el siguiente orden Holger Cristian Donath, Rolando Domingo Balsamello, Martin Ignacio Redivo, Juan Pablo Rondina, Juan Gimenez y Martin Gonzalez Riga, lo que se procederá a transcribir al libro de Actas de Directorio de la Sociedad. En virtud del resultado de la votación, el Directorio por unanimidad RESUELVE aprobar la moción del Sr. Presidente.

Autorizaciones: A continuación, El Sr. Presidente manifiesta que, a los fines de obtener las autorizaciones necesarias para instrumentar las declaraciones de este directorio, resulta conveniente, y mociona para que así sea, autorizar y designar a Juan Pablo Rondina, Pablo Javier Passoni, Marcela Paula Domecq, Alexia Rosenthal, Jaime Uranga, Rocio Carrica, Juan Sanguinetti, Ignacio Criado Diaz, Ignacio Nantes, Mariana Troncoso, Teófilo Trusso, Juan Manuel Simó, Ana Lucía Miranda, Carolina Lourdes Mercero, Federico Grieben, Aguștín Poppi, Diego Alejo Medici Raymundi, Stefanía María Lo Valvo Ordoñez y/o a quienes ellos designen para firmar Avisos de Suscripción y efectuar todos los tramites, presentaciones, notificaciones y demás actos que fueren necesarios ante la CNV, el MAE, BYMA, y demás organismos y/o entidades involucradas que oportunamente se determinen, con el objetivo de efectuar los trámites que sean necesarios. A tal efecto, los nombrados y/o las personas que pueda designar el Directorio quedan facultados para presentar solicitudes, aceptar y proponer las modificaciones que el organismo de contralor respectivo considere necesarias, firmar documentos, presentar peticiones, contestaciones, formularios, documentos, notas y otros escritos, apelar o desistir de ese derecho, efectuar desgloses, contestar vistas o traslados y, en general, realizar todos los trámites y diligencias que sean necesarios para el cumplimiento de los fines resueltos, contando asimismo con todas aquellas facultades que no hayan sido expresamente delegadas precedentemente y que resulten necesarias o convenientes para la Sociedad a tales fines. Luego de una breve deliberación, se somete la moción a consideración de los Sres. Directores, solicitando a tales fines el Sr. Presidente que cada Director diga su nombre y exprese su voto en idioma español, siguiendo el siguiente orden: [Holger Cristian Donath], [Rolando Domingo Balsamello], [Martin Ignacio Redivo], [Juan Pablo Rondina], [Juan Gimenez] y [Marcos Capdepont], lo que se procederá a transcribir al libro de Actas de Directorio de la Sociedad. En virtud del resultado de la votación, el Directorio por unanimidad RESUELVE aprobar la moción del Sr. Presidente.

Pasando al cuarto punto del Orden del Día, el Directorio a través del director Martin Redivo toma conocimiento del estado de avance del proyecto de expansión de Puerto Rosales.

Pasando al quinto punto del Orden del Día, toma la palabra el Sr Presidente quien declara que por cuestiones laborales y personales, estará ausente por el plazo de 3 meses. Por ello, siendo necesaria durante dicho periodo la realización de trámites ante organismos públicos y privados, resulta conveniente, a fin de dar certeza a dichos actos, dejar constancia que durante dicho periodo el Sr. Rolando Domingo Balsamello en su carácter de vicepresidente asumirá formalmente la Presidencia y representación legal de la sociedad. Luego de una breve deliberación, se somete la moción a consideración de los Sres. Directores, solicitando a tales fines el Sr. Presidente que cada Director diga su nombre y exprese su voto en idioma español, siguiendo el siguiente orden Holger Cristian Donath, Rolando Domingo Balsamello, Martin Ignacio Redivo, Juan Pablo Rondina, Martin Gonzalez Riga y Juan Giménez, lo que se procederá a transcribir al libro de Actas de Directorio de la Sociedad. En virtud del resultado de la votación, el Directorio por unanimidad RESUELVE aprobar la moción del Sr. Presidente.

Acto seguido, el Sr. Rolando Domingo Balsamello acepta asumir la presidencia durante el período antes indicado por ausencia del Presidente.

No habiendo más asuntos que tratar, se levantó la sesión a las 13:30 horas.