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OILTANKING EBYTEM SA — AGM Information 2022
Nov 10, 2022
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AGM Information
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AMAGIROS3 48 5999 MAINULA INSPECCION GENERAL DE JUSTICIÀ COLEGIO DE ESCRIBANOS
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES 不可 DECRETO Nº 754/95 LEY Nº 23412 Ľ 000674779 Rúbrica Nº 47730-01 Pertenece a: OILTANKING EBYTEM SOCIEDAD ANONIMA Domicilio AV. MOREAU DE JUSTO 00872 Piso 4 Of. 7 Libro: ACTAS DE ASAMBLEAS Número de Consta de: 0100 páginas ANA B. BOMPAROLA Libro: -2 Observaciones: Sin observaciones En la fecha se procede a la rúbrica del presente libro con intervención de escribano habilitado para actuar en el Registro Notarial Nro. 1028 de la Ciudad de Buenos Aires. Buenos Aires, $\frac{de}{2001}$ de $\Lambda$ Julio VIAARIFIOS WYTHICULA $\sqrt{1}$ gg M A $\sqrt{1}$ MIDRO PATRICIO FURLONG 94,93,79, 3
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Acta Nº 65: A los 22 días del mes de agosto de 2022, siendo las 14:05 horas, se reúnen a distancia, mediante la plataforma digital Microsoft Teams Meetings, que permite la comunicación en simultáneo de audio y video, los Accionistas de OILTANKING EBYTEM S.A que se detallan en el Libro de Depósito de Acciones y Registro de Asistencia a Asambleas Generales Nro. 2, al folio 19. La presente reunión a distancia se celebra en los términos del artículo 23 del estatuto de la Sociedad. En mi carácter de vicepresidente de la sociedad en ejercicio de la presidencia por ausencia temporaria del Sr. Presidente del Directorio, conforme acta de directorio Nº _429 de fecha _4 de julio de 2022, luego de constatar la asistencia del 100% del capital social, declaro legalmente constituida la Asamblea Genèral Extraordinaria de Accionistas. La presente Asamblea fue convocada por reunión de Directorio del día 4 de agosto de 2022 y dicha reunión de Directorio fue debidamente convocada, contó con quórum suficiente, la convocatoria a la presente Asamblea fue incluida en su orden del día y las decisiones se tomaron por unanimidad de los directores presentes. Se encuentra presente el síndico titular, Sr. Sergio Crivelli, en representación de la comisión fiscalizadora.
A fin de facilitar el desarrollo de la presente reunión, solicito por favor a los accionistas y al resto de los participantes que tengan a bien aguardar a que se les conceda la palabra e identificarse al momento de solicitar el uso de esta. A continuación, invito a los Accionistas a considerar el siguiente Orden del Día:
1) Designación de los accionistas para aprobar y firmar el Acta de Asamblea: Se propone que el representante del Accionista Clase B, YPF S.A., y el representante del Accionista Clase A, Oiltanking Argentina S.A., sean las personas encargadas para suscribir el Acta junto con el vicepresidente. Someto la propuesta a votación.
Soy Martin Franzini, representante Oiltanking Argentina S.A.: estoy de acuerdo; y Soy Valeria Moglia, representante YPF S.A.: estoy de acuerdo.
2) Consideración del ingreso de la Sociedad al régimen de oferta pública como emisor de obligaciones negociables: Toma la palabra el Sr. Vicepresidente, quien manifiesta que en virtud de las actuales condiciones de mercado de capitales y a fin de obtener financiamiento, resulta pertinente que la Sociedad resuelva ingresar al régimen de oferta pública de valores negociables, en los términos de la Ley Nº 26.831 y sus modificatorias (la "Ley de Mercado de Capitales") y las disposiciones contenidas en las Normas de la Comisión Nacional de Valores (la "CNV") (N.T. 2013) y sus normas modificatorias y complementarias (las "Normas de la CNV"), y el Decreto 1023/2013 (y sus modificatorias, complementarias y reglamentarias), y la inscripción de la Sociedad en el registro especial para constituir programas globales de emisiones de obligaciones negociables previsto en la Sección IV, Capítulo V, Título II de las Normas de la CNV. En el marco del programa se procurará colocar
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mediante oferta pública una o más clases y/o series de obligaciones negociables durante su plazo de vigencia para atender las necesidades de financiamiento de la Sociedad delegando en el Directorio y en las personas que éste designe, la realización de todas las gestiones necesarias a tal fin. Luego de un intercambio de opiniones, se resuelve aprobar por unanimidad: a) el ingreso de la Sociedad al régimen de oferta pública como emisor de obligaciones negociables, en los términos dispuestos en la Ley de Mercado de Capitales y las disposiciones contenidas en las Normas de la CNV y el Decreto 1023/2013; b) solicitar la correspondiente autorización de ingreso al régimen de oferta pública como emisor de obligaciones negociables ante la CNV, a criterio del Directorio o de las personas que éste órgano designe; y c) delegar en el Directorio y en las personas que éste designe, la realización de todas las gestiones necesarias a tal fin.
Soy Martin Franzini, representante Oiltanking Argentina S.A.: estoy de acuerdo; y Soy Valeria Moglia, representante YPF S.A.: estoy de acuerdo.
3) Consideración de la creación de un Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables Simples (No Convertibles en Acciones) por un monto máximo de hasta USD 200.000.000 (Dólares estadounidenses [doscientos] millones) (o su equivalente en otras monedas y/o unidades de valor) en circulación en cualquier momento, en el marco del cual la Sociedad podrá conforme a la Ley N° 23.576, y sus modificatorias, reglamentarias y demás normas vigentes, emitir distintas clases y/o series de obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones, subordinadas o no, emitidas con garantía común, especial y/o flotante, y con o sin garantía de terceros (el "Programa"): El Sr. Vicepresidente expone que a efectos de obtener financiación a través de los mercados de capitales locales y/o internacionales el Directorio, en su reunión de fecha 4 de agosto de 2022, dispuso someter a consideración de la Asamblea de Accionistas la creación de un programa global de emisión de obligaciones negociables simples (No Convertibles en Acciones) por un monto máximo de hasta USD 200.000.000 (Dólares estadounidenses [doscientos] millones) (o su equivalente en otras monedas), cuyas emisiones quedarán supeditadas a la extensión de la concesión por 10 años más que eventualmente otorgue el Gobierno Nacional. En tal sentido, el Sr. Vicepresidente informa que resulta conveniente a los intereses sociales abrir un nuevo canal de financiamiento para la Sociedad, siendo que la principal ventaja de la creación del Programa reside en que la Sociedad pueda emitir obligaciones negociables en uno o más clases y/o series hasta el monto máximo autorizado, pudiendo la Directorio de la Sociedad decidir los términos y condiciones específicos de cada clase y/o serie. De tal forma, la Sociedad obtiene flexibilidad y agilidad necesaria para acceder a los mercados de capitales locales e internacionales en el momento más conveniente, de acuerdo con las necesidades de financiamiento y las condiciones financieras de tales mercados. En consecuencia, la


propuesta que se somete a consideración consiste en aprobar la creación de un Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables Simples (No convertibles en acciones) por un valor nominal de hasta USD 200.000.000 (Dólares estadounidenses [doscientos] millones) (o su equivalente en otras monedas y/o unidades de valor) en circulación, en el marco del cual la Sociedad podrá, conforme a la Ley Nº 23.576, y sus modificatorias, reglamentarias (la "Ley de Obligaciones Negociables") y demás normas vigentes, emitir distintas clases y/o series de obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones, subordinadas o no, emitidas con garantía común, especial y/o flotante, y con o sin garantía de terceros. Luego de una deliberación, la propuesta es aprobada por unanimidad.
Soy Martin Franzini. representante Oiltanking Argentina S.A.: estoy de acuerdo; y Soy Valeria Moglia, representante YPF S.A.: estoy de acuerdo.
4) Consideración del destino a dar a los fondos que se obtengan como resultado de colocación de las Obligaciones Negociables a emitirse: Continúa con la palabra el Sr. Vicepresidente y mociona para que, los fondos obtenidos por la colocación de las obligaciones negociables sean destinadas para uno o más de los destinos previstos en el artículo 36 de la Ley Nº23.576 de Obligaciones Negociables a efectos de obtener tratamiento fiscal beneficioso aplicable a dichos valores (según fuera modificada y complementada). Asimismo, la Sociedad podrá, siempre y cuando así se determine en el Suplemento de Prospecto, utilizar los fondos netos provenientes de la colocación de las Obligaciones Negociables, para destinarlos a proyectos acordes a los "Lineamientos para la Emisión de Valores Negociables Sociales, Verdes y Sustentables en Argentina" de la CNV previstos en el Anexo I de la Resolución General Nº788/2019 (según fuera modificada y complementada); correspondiendo al Directorio, o en su caso a los funcionarios subdelegados por el mismo, determinar dentro de este marco general a qué destino en particular se afectará el producido neto de la colocación de cada clase y/o serie. Luego de un breve debate se resuelve por unanimidad aprobar la moción del Sr. Vicepresidente en su totalidad.
Soy Martin Franzini. representante Oiltanking Argentina S.A.: estoy de acuerdo; y Soy Valeria Moglia, representante YPF S.A.: estoy de acuerdo.
5) Delegación en el Directorio de las más amplias facultades para determinar y establecer todos los términos y condiciones del Programa que no sean expresamente establecidos por la Asamblea, y demás términos y condiciones de las distintas clases y/o series de obligaciones negociables que se emitan bajo el mismo, así como la realización ante la CNV, BYMA, MAE, la Caja de Valores S.A. y/o cualquier otro organismo, de todas las gestiones necesarias para obtener las autorizaciones correspondientes para le emisión, listado, negociación y depósito o registro de las obligaciones negociables: El Sr. Vicepresidente
LEANDRO PATRIQIO FURLONG

informa sobre la conveniencia de delegar en el Directorio las facultades para la determinación de los restantes términos y condiciones del Programa, conforme lo permite el artículo 9 de la Ley de Obligaciones Negociables, así como también aquellas facultades necesarias para decidir en cada caso para (i) la emisión y colocación de las obligaciones negociables, dentro del monto máximo fijado por esta reunión de accionistas y establecer las restantes condiciones de emisión del Programa, y de cada clase y/o serie incluyendo, sin carácter limitativo, monto del Programa y de cada emisión bajo el mismo, moneda, época, plazo, precio, tasa de interés, forma, condiciones de pago, y demás términos y condiciones de los valores negociables a emitir; (ii) solicitar la autorización de oferta pública de las obligaciones negociables a emitirse en el marco del Programa a la CNV y/u organismos similares del exterior; (iii) solicitar aprobación del Programa por un mercado organizado y/o el listado y la negociación de una o más clases y/u series de obligaciones negociables a los mercados organizados de Argentina, y/o en una o más bolsas y/o mercados del exterior; (iv) determinar el destino de los fondos de cada una de las clases y/o series de las obligaciones negociables a emitirse bajo el Programa, teniendo en cuenta los destinos de fondos resueltos en la Asamblea; (v) celebrar los contratos relativos a la creación del Programa, emisión y colocación de las obligaciones negociables, incluyendo sin limitación la contratación de las calificadores de riesgo a los efectos de la calificación de cada clase y/o series de obligaciones negociables, suscribiendo estas personas o quienes ellos designen cualquier documentación necesaria y/o conveniente a esos efectos y realizar cualquier modificación a la misma, así como en relación con el pago, registro y custodia de las obligaciones negociables; (vi) suscribir los prospectos y/o suplementos de prospecto, y contratar con sociedades calificadoras de riesgo; (vii) realizar cuanto acto sea necesario para implementar las facultades antes mencionadas, con la posibilidad de que el Directorio subdelegue en uno o más de sus integrantes y/o en uno o más de los directores de primera línea de la Sociedad designados en los términos del artículo 270 de la Ley Nº 19.550, de conformidad a la normativa vigente aplicable, el ejercicio de la totalidad de las facultades referidas en esta propuesta; y (viii) realizar, por intermedio de cualquiera de los miembros del Directorio o de las personas que se designen, todos los trámites pertinentes ante la CNV, Bolsas y Mercados Argentinos S.A. ("BYMA"), Mercado Abierto Electrónico S.A. ("MAE"), Caja de Valores S.A. ("CVSA") y cualesquiera otras bolsas o mercados de la República Argentina y/o mercados de valores del exterior; y cualquier otro acto, gestión, presentación y/o trámite relacionado con la creación del Programa y/o la emisión de las obligaciones negociables bajo el mismo. Puesta a consideración, la propuesta es aprobada por unanimidad de los Sres. Accionistas.
Soy Martin Franzini, representante Oiltanking Argentina S.A.: estoy de acuerdo; y Soy Valeria Moglia, representante YPF S.A.: estoy de acuerdo.


6) Autorización al Directorio para subdelegar en uno o más de sus integrantes, o en quien ellos consideren conveniente el ejercicio de las facultades referidas en el apartado anterior: Se mociona para que se autorice al Directorio a subdelegar en uno o más de sus integrantes, o en quien se considere conveniente el ejercicio de las facultades referidas en el apartado anterior. Luego de ser sometida a votación, la moción es aprobada por unanimidad
Soy Martin Franzini, representante Oiltanking Argentina S.A.: estoy de acuerdo; y Soy Valeria Moglia, representante YPF S.A.: estoy de acuerdo.
7) Consideración de la renuncia presentada por el Sr. Dario Héctor Di Luca su cargo en el Directorio: Toma la palabra el Sr. vicepresidente e informa que el día 2 de junio de 2022, el Sr. Dario Héctor Di Luca, presentó su renuncia formal e irrevocable a su cargo de director suplente, por motivo de índole personal y con efectos inmediatos, la que fue aprobada por el directorio de la Sociedad en reunión de misma fecha. En consecuencia, el representante del accionista OILTANKING EBYTEM S.A. mociona para: (i) tomar conocimiento de la renuncia del Sr. Dario Héctor Di Luca a su respectivo cargo en el Directorio de la Sociedad, dejando constancia que la misma no fue dolosa ni intempestiva y (ii) aprobar la gestión del director renunciante hasta el día de la fecha, agradeciéndole los importantes servicios prestados a la Sociedad durante su gestión. Someto la propuesta a votación.
Soy Martin Franzini, representante Oiltanking S.A.: estoy de acuerdo Soy Valeria Moglia, representante YPF S.A.: estoy de acuerdo
8) Designación de un director suplente en reemplazo del director renunciante a propuesta del Accionista Clase A: Continúa con el uso de la palabra el Sr. vicepresidente y expresa que con motivo de la renuncia presentadas el día 2 de junio, corresponde designar un director suplente en reemplazo del director saliente. Acto seguido, el representante de OILTANKING EBYTEM S.A. propone para que se designe al Sr. Grover Francisco Leiva Centurion como director suplente de la Sociedad. Luego de una breve deliberación la moción resulta aprobada por unanimidad, dejándose constancia que el director precedentemente designado permanecerá en el cargo durante la vigencia del mandato del actual directorio designado por Asamblea de fecha 22 de febrero de 2021 y hasta la fecha en que se celebre la Asamblea General Ordinaria de Accionistas anual que considere la renovación del directorio. Someto la propuesta a votación.
Soy Martin Franzini, representante Oiltanking S.A.: estoy de acuerdo
Soy Valeria Moglia, representante YPF S.A.: estoy de acuerdo
9) Otorgamiento de autorizaciones: Los señores accionistas resolvieron autorizar a Alexia Rosenthal, Jaime Uranga, Juan Sanguinetti, Rocío Carrica, Ignacio Nantes, Ignacio Criado Díaz,
PATRICIOFURLONG

$\frac{3}{2}$
Carolina Mercero, Mariana Troncoso, Pilar Domínguez Pose, Teófilo Jorge Trusso, Juan Manuel Simó, Agustín Astudillo y/o a quienes estos designen para que cualquiera de ellos, actuando en forma individual e indistinta, puedan cumplir con las formalidades necesarias a los fines de realizar la inscripción de las precedentes resoluciones de asamblea, con facultad para realizar todos los actos necesarios para obtener la aprobación y registro de la presente asamblea, con facultad para suscribir dictámenes profesionales, escritos, edictos y demás documentos públicos o privados que fuere menester para efectuar las publicaciones de ley y obtener las correspondientes autorizaciones para el Programa, ante la Inspección General de Justicia y/o CNV y/o BYMA y/o MAE y/o ante cualquier otro mercado u organismo que fuera necesario. La propuesta es aprobada por los accionistas por unanimidad de votos presentes.
Soy Martin Franzini, representante Oiltanking Argentina S.A.: estoy de acuerdo; y Soy Valeria Moglia, representante YPF S.A.: estoy de acuerdo.
Soy Rolando Balsamello: dejo constancia de que los puntos del Orden del Día de la presente Asamblea han sido aprobados por unanimidad por lo que la presente Asamblea reúne las condiciones del artículo 237 in fine de la Ley de Sociedades Comerciales.
La misma ha sido celebrada sin que se hayan producido cortes de comunicación ni desajustes técnico alguno que haya impedido la deliberación o la emisión de los votos o en modo alguno cercenado la participación regular del acto.
No habiendo más asuntos que tratar, doy por finalizada la reunión siendo las [14:26] horas y dejo constancia de que la transcripción del acta de la presente reunión y su firma en el libro societario correspondiente será coordinada una vez levantadas las medidas de emergencia vigentes.
anto BALSAME 13.617.693
cro caivem $16763692$
| SiVi いい سيدس |
$\sqrt{2}$ |
|---|---|
| 48652101 | $qli$ s こんしゅく しょう |
| CERTIFICO que la atestación correspondiente |
|---|
| a la fotocopia se formaliza en el sello de Actuación Notarial Nº 24012830892 |
| 19/21 Alahia Blanca O "EAAO1230842"UALE |
| 94 O. Y. M. B. E. O., |

$\overline{1}$
RICIO FURI
CERTIFICACIÓN DE REPRODUCCIONES EAAD12830842

bNG
ORTOBI
CERTIFICO que el documento adjunto que consta de SIETE (7) fojas que llevan mi sello y firma, son FOTOCOPIA FIEL de su original, que tengo a la vista en la fecha $\overline{2}$ de esta certificación, doy fe. Registro Notarial número CINCUENTA del Distrito $\overline{3}$ Notarial de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires. Bahía Blanca, VEINTINUEVE $\overline{4}$ DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS. CORRESPONDE a: ACTA Nº 65 5 CELEBRADA EL 22/08/2022 OBRANTE A FOJA 62, DEL LIBRO ACTAS DE/ 6 ASAMBLEA Nº 2. RÚBRICA NÚMERO 47730-01 DE FECHA 04 DE JULIO DE 2001, $\overline{7}$ ANTE LA INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, ANA B. BOMPAROLA RESPONSABLE 8 DEL ÁREA INTERVENCIÓN Y RÚBRICA DE LIBROS. L 000674779. DOCUMENTACIÓN, 9 PERTENECIENTE A: "OILTANKING EBYTEM SOCIEDAD ANONIMA" COWSTE. $10$

FAADD8828785
LEGALIZACIONES
Decreto - Ley 9020 (Artículos 117/118)


EL COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES República Argentina, en virtud de la facultad que le confiere la Ley Orgánica del Notariado, legaliza la firma y el sello del notario DFURLONG LEANDRO PATRICIO
obrantes en el Documento Nº EAA 12830842
La presente legalización no juzga sobre el contenido y forma del documento.
de
BAHIA BLANCA, 30
Septiembre
de 2022
NOT. FRANCO SPACCASASSI

EAAD12830842
| BAHIA BLANCA, | La mma y el sello que anteceden se legalizan por el valor de legalizacion Nº FAA 008828785 m 30 SEP 2022 NOT. FRANCO SPA DELEGACION BAHIA BLANCA |
101450-01- Ω ∢ ROUND |
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