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Nicolas Correa S.A. Proxy Solicitation & Information Statement 2026

Mar 18, 2026

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Proxy Solicitation & Information Statement

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NICOLAS CORREA, S.A.

En Burgos a 18 de marzo de 2026

De conformidad con lo establecido en el artículo 228 del Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores ("LMV"), NICOLAS CORREA, S.A. (la "Sociedad") procede, por medio del presente escrito, a comunicar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores la convocatoria de la Junta General Ordinaria de la Sociedad y la Propuesta de Acuerdos, mediante la siguiente

OTRA INFORMACION RELEVANTE

NICOLÁS CORREA, S.A.

CONVOCATORIA DE JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

El consejo de administración de Nicolás Correa, S.A. (la "Sociedad") convoca a los accionistas a la junta general ordinaria de accionistas que se celebrará el día 27 de abril de 2026, a las 12:00 horas, en el domicilio social, sito en c/ Alcalde Martín Cobos nº 16-A, Burgos, en primera convocatoria y, en caso de no alcanzarse el quórum necesario, en el mismo lugar el día 28 de abril de 2026, a las 12:00 horas, en segunda convocatoria, con arreglo al siguiente:

Orden del Día

1º.- Aprobación de las cuentas anuales (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de flujos de efectivo, estado de cambios en el patrimonio neto y memoria) y el informe de gestión de la Sociedad, todo ello referido al ejercicio 2025.

2º.- Aprobación de las cuentas anuales del grupo consolidado (balance consolidado, cuenta de resultados consolidados, estado del resultado global consolidado, estado de cambios en el patrimonio neto consolidado, estado de flujos de efectivo consolidado y memoria consolidada) y el informe de gestión del grupo consolidado, todo ello referido al ejercicio 2025.

3º.- Aprobación del estado de información no financiera del grupo consolidado correspondiente al ejercicio 2025.

4º.- Aprobación de la gestión del consejo de administración correspondiente al ejercicio 2025.

5º.- Aprobación de la aplicación del resultado del ejercicio 2025 y distribución de un dividendo ordinario.

6º.- Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección del consejero D. Borja Oria Riu como consejero independiente.

7º.- Aprobar la modificación de la política de remuneración del consejo de administración vigente y determinación de su vigencia para el período comprendido desde la aprobación de la misma y los tres ejercicios siguientes.


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8º.- Fijación del importe máximo de la remuneración de los consejeros en su condición de tales.

9º.- Aprobación de la aplicación a la consejera delegada de un plan de entrega de acciones de Nicolás Correa, S.A. como parte de su remuneración.

10º.- Autorización al consejo de administración para la adquisición derivativa de acciones propias, dejando sin efecto la autorización aprobada por la junta general de accionistas de 25 de abril de 2024.

11º.- Sometimiento a votación, con carácter consultivo, del informe anual sobre remuneraciones de los consejeros correspondiente al ejercicio 2025.

12º.- Delegación de facultades al consejo de administración para la interpretación, subsanación, complemento, ejecución y desarrollo de los acuerdos que se adopten por la junta general.

Asistencia

Se regirá por lo regulado en los Estatutos Sociales, el Reglamento de la Junta General de accionistas de la Sociedad y la legislación aplicable.

Todos los accionistas, incluidos los que no tienen derecho a voto, podrán asistir a la junta general.

Será requisito esencial para asistir que el accionista tenga inscrita la titularidad de sus acciones en el registro de anotaciones en cuenta que corresponda, con una antelación de cinco (5) días al día previsto para la celebración de la junta general en primera convocatoria. El cumplimiento de dicho requisito se acreditará mediante la presentación del oportuno certificado expedido por alguna de las entidades depositarias.

Derecho de representación

Todo accionista que tenga derecho de asistencia a la junta general podrá hacerse representar por medio de otra persona, cumpliendo los requisitos y formalidades legalmente exigidos, los contenidos en los Estatutos Sociales y en el Reglamento de la Junta General, así como en la presente convocatoria.

La representación deberá ser aceptada por el representante y deberá conferirse con carácter especial para esta junta general de accionistas, bien mediante delegación impresa en la tarjeta de asistencia o bien por cualquier otra forma admitida por la Ley.

Podrá también conferirse la representación a través de medios electrónicos o por correspondencia postal.

  • Medios electrónicos:

Se deberá garantizar debidamente la representación atribuida y la identidad del representado. Será admitida la representación otorgada por estos medios cuando el documento electrónico en cuya virtud se confiere incorpore la firma electrónica reconocida empleada por el representado y cumpla con las demás exigencias establecidas en las disposiciones legales vigentes.


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  • Correspondencia postal:

Se deberá cumplimentar la tarjeta de asistencia emitida por la entidad depositaria o el formulario que, a tal efecto, se puede obtener en la página web de la Sociedad.

En ambos casos, deberá acreditarse la titularidad del accionista representado. Para su validez, la representación conferida por medios de comunicación a distancia deberá recibirse por la Sociedad en el domicilio social o a través de correo electrónico a [email protected], no más tarde de las 24:00 horas del día inmediatamente anterior al de celebración de la junta general en primera convocatoria.

La asistencia personal a la junta general por el accionista que hubiere delegado su representación, sea cual fuere el medio utilizado, dejará sin efecto la delegación.

Conflicto de intereses:

A los efectos de lo dispuesto en los artículos 523 y 526 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa de que la presidenta del consejo, así como cualquier otro miembro del consejo de administración, pueden encontrarse en conflicto de intereses.

La persona a quien se hubiera conferido la representación no estará incursa en causa de conflicto de intereses cuando los accionistas representados hubieran hecho constar instrucciones precisas al representante.

Voto a distancia:

Los accionistas de la Sociedad con derecho a voto que no asistan a la junta general podrán emitir el voto en relación con los puntos del orden del día, con carácter previo a su celebración, a través de medios de comunicación a distancia, siempre que cumplan con los requisitos legalmente exigidos y con los previstos en la presente convocatoria.

Para la emisión del voto a distancia, el accionista podrá utilizar la tarjeta emitida por las entidades adheridas a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores (IBERCLEAR) u organismo que lo sustituya, o descargarla de la página web de la Sociedad (www.nicolascorrea.com/es), cumplimentarla debidamente y firmarla a mano para remitirla posteriormente por (i) correo postal certificado al domicilio social de la Sociedad, sito en Burgos, Calle Alcalde Martín Cobos, 16-A; o (ii) correo electrónico dirigido a [email protected]. El accionista deberá indicar correctamente el sentido del voto en relación con cada una de las propuestas de acuerdo sometidas a la junta general, acompañando el original del documento justificativo de la titularidad de sus acciones, expedido a tal fin por la entidad depositaria de las mismas, y fotocopia de su documento nacional de identidad o pasaporte. En caso de ser una persona jurídica, deberá remitirse, además, copia del documento que acredite la representación de quien firme la tarjeta de voto a distancia en nombre de la misma.

Solamente serán considerados válidos los votos recibidos por la Sociedad hasta las 11:00 horas del día de celebración de la junta general de accionistas en primera convocatoria. Los accionistas que emitan su voto a distancia en los términos expuestos serán considerados como presentes a los efectos de la constitución de la junta general. El accionista que emite su voto a distancia y no hiciera constar instrucciones de voto respecto de los puntos del orden del día se entenderá que desea votar a favor de las respectivas propuestas formuladas por el consejo de administración.


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El accionista que ejercite el voto a distancia deberá tener inscritas sus acciones en el registro de anotaciones en cuenta correspondiente con cinco (5) días de antelación a la fecha en que haya de celebrarse la junta general. En caso de que se produjese una transmisión de las acciones cuya titularidad confiere el derecho de voto con posterioridad al referido plazo de antelación, el voto emitido a distancia quedará sin efecto. A su vez, el voto emitido a distancia se entenderá revocado por la asistencia a la junta general del accionista que lo hubiera emitido.

Derecho de información:

Los accionistas podrán examinar en el domicilio social de la Sociedad, sito en Burgos, Calle Alcalde Martín Cobos, 16-A, todos los documentos relativos a los puntos del orden del día que se someten a votación, así como en la página web de la Sociedad (www.nicolascorrea.com/es) de forma ininterrumpida hasta la celebración de la junta general, u obtener la entrega o envío gratuito de los mismos mediante su solicitud hasta el quinto (5) día anterior al previsto para la celebración de la junta en primera convocatoria.

En particular, se pone a disposición de los accionistas los siguientes documentos:

  1. El anuncio de la convocatoria.
  2. La información sobre el número total de acciones y derechos de voto a la fecha de la convocatoria.
  3. Texto íntegro de las propuestas de acuerdos correspondientes a los puntos del orden del día, sometidos por el consejo de administración.
  4. Texto íntegro de las cuentas anuales (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de flujos de efectivo, estado de cambios en el patrimonio neto y memoria) e informe de gestión de la Sociedad y su grupo consolidado, correspondientes al ejercicio 2025, así como los respectivos informes del auditor de cuentas de la Sociedad.
  5. Estado de información no financiera del grupo consolidado, correspondiente al ejercicio 2025.
  6. Los informes a los que se refiere el artículo 529 decies de la Ley de Sociedades de Capital sobre el consejero cuya ratificación del nombramiento por cooptación y reelección se somete a la junta general de accionistas, así como el documento con su identidad, currículo y la categoría a la que pertenece.
  7. Informe Anual de Gobierno Corporativo correspondiente al ejercicio 2025.
  8. Informe Anual de Remuneraciones correspondiente al ejercicio 2025.
  9. Texto de la política de remuneración de los consejeros para el período comprendido desde la aprobación de la misma y los ejercicios 2027, 2028 y 2029, así como los informes a que se refiere el artículo 529 novodecies de la Ley de Sociedades de Capital.
  10. Plan de entrega de acciones a la consejera delegada.
  11. Tarjeta de asistencia, delegación y voto.

Complemento de la convocatoria


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De conformidad con el artículo 519 de la Ley de Sociedades de Capital, el artículo 11 de los Estatutos Sociales y el artículo 8bis del Reglamento de la Junta General de Accionistas, los accionistas que representen al menos el tres por ciento (3%) del capital social podrán solicitar que se publique un complemento a la convocatoria de la junta general de accionistas incluyendo uno o más puntos del orden del día, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdo justificada. Asimismo, los accionistas que representen al menos el tres por ciento (3%) del capital social podrán presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre los asuntos ya incluidos en el orden del día de esta convocatoria.

El ejercicio de estos derechos deberá hacerse mediante notificación fehaciente a la Sociedad, que habrá de recibirse en el domicilio social, sito en Burgos, Calle Alcalde Martín Cobos, 16-A, a la atención de la secretaria del consejo de administración, dentro de los cinco (5) días siguientes a la publicación de esta convocatoria, con indicación de la identidad de los accionistas que ejercitan el derecho y del número de acciones de los que son titulares, acompañando cuanta otra documentación resulte procedente.

Intervención de notario en la junta general:

El consejo de administración ha acordado requerir la presencia de notario para que levante acta de la junta general, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 203 de la Ley de Sociedades de Capital, en relación con los artículos 101 y 103 del Reglamento del Registro Mercantil y el artículo 6.5 del Reglamento de la Junta General de Accionistas de la Sociedad.

Foro electrónico de accionistas

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 539.2 de la Ley de Sociedades de Capital, la Sociedad tiene habilitado un foro electrónico de accionistas en la página web de la Sociedad, al que podrán acceder, con las debidas garantías, tanto los accionistas individuales como las asociaciones voluntarias que, en su caso, puedan constituirse con arreglo a lo previsto en la referida norma.

Protección de datos

Los datos de carácter personal que los accionistas remitan a la Sociedad para el ejercicio de sus derechos de asistencia, delegación y voto en la junta general o que sean facilitados por entidades bancarias y sociedades y agencias de valores en las que dichos accionistas tengan depositadas sus acciones, serán tratados por la Sociedad únicamente a los efectos de convocatoria, organización y celebración de la junta general, quedando incorporados dichos datos a un fichero cuyo titular es la Sociedad, pudiendo en todo caso ejercitar los accionistas los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, cuando resulten legalmente procedentes mediante comunicación escrita dirigida al domicilio de la Sociedad. En aquellos casos en que se incluyan datos de carácter personal de terceros en la tarjeta de asistencia o delegación de voto, el accionista deberá informarles de los extremos señalados anteriormente y cumplir con cualquier otro requisito que fuera necesario para la cesión de los datos de carácter personal a la Sociedad, sin que esta deba realizar ninguna acción adicional.


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Previsión sobre la fecha de celebración de la junta general

Dado el quórum de asistencia preciso para la válida adopción de los acuerdos incluidos en la propuesta que se somete a la aprobación de los accionistas y la experiencia de años anteriores, se comunica que la junta general convocada se celebrará, con toda probabilidad, en segunda convocatoria, el 28 de abril de 2026.

En Burgos, a 26 de febrero de 2026.

Consejera secretaria

Ana Nicolás-Correa Barragán

TEXTO DE LOS ACUERDOS QUE EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE NICOLÁS CORREA, S.A. PROPONE PARA SU ADOPCIÓN POR LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS CONVOCADA PARA SU CELEBRACIÓN EL DÍA 27 DE ABRIL DE 2026 EN PRIMERA CONVOCATORIA Y EL DÍA 28 DE ABRIL DE 2026 EN SEGUNDA CONVOCATORIA.

PROPUESTA DE ACUERDOS A SOMETER A LA APROBACIÓN DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS.

Primero.- Aprobación de las cuentas anuales (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de flujos de efectivo, estado de cambios en el patrimonio neto y memoria) y el informe de gestión de la sociedad todo ello referido al ejercicio 2025.

Aprobar las cuentas anuales de la sociedad correspondientes al ejercicio de 2025, que comprenden el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de flujos de efectivo, el estado de cambios en el patrimonio neto y la memoria, así como el informe de gestión de la sociedad, que han sido verificados por la firma de auditoría Ernst & Young, S.L.

Las cuentas anuales de la sociedad, que se corresponden con las auditadas y que serán objeto de depósito en el Registro Mercantil, están firmadas por todos los miembros del consejo de administración.

Segundo.- Aprobación de las cuentas anuales del grupo consolidado (balance consolidado, cuenta de resultados consolidados, estado del resultado global consolidado, estado de cambios en el patrimonio neto consolidado, estados de flujos de


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efectivo consolidado y memoria consolidada) y el informe de gestión del grupo consolidado, todo ello referido al ejercicio 2025.

Aprobar las cuentas anuales del grupo consolidado formado por Nicolás Correa, S.A. y sus sociedades dependientes relativas al ejercicio de 2025, que comprenden el balance consolidado, la cuenta de resultados consolidados, el estado del resultado global consolidado, el estado de cambios en el patrimonio neto consolidado, el estado de flujos de efectivo consolidado, y la memoria consolidada, así como el informe de gestión del grupo consolidado, que han sido verificados por la firma de auditoría Ernst & Young, S.L.

Las cuentas anuales del grupo consolidado, que se corresponden con las auditadas y serán objeto de depósito en el Registro Mercantil, están firmadas por todos los miembros del consejo de administración.

Tercero.- Aprobación del estado de información no financiera del grupo consolidado correspondiente al Ejercicio 2025.

Aprobar el estado de información no financiera del grupo consolidado correspondiente al ejercicio 2025 que forma parte integrante del informe de gestión del grupo consolidado.

Cuarto.- Aprobación de la gestión del consejo de administración correspondiente al ejercicio 2025.

Aprobar la gestión del consejo de administración correspondiente al ejercicio 2025.

Quinto.- Aprobación de la aplicación del resultado del Ejercicio 2025 y distribución de un dividendo ordinario.

Aprobar la propuesta de aplicación del resultado de la sociedad del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2025.

Euros

Base de reparto
Beneficio del ejercicio 10.149.893,22

Distribución
Reservas voluntarias 5.109.904,76
Reserva de capitalización 1.362.581,26
Dividendo 3.677.407,20


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El importe del dividendo bruto por acción correspondiente al ejercicio 2025 será de 0,30 euros por acción con derecho a dividendo, cuyo pago se realizará el 8 de mayo de 2026, con las retenciones legales que procedan. Se deja expresa constancia de que el agente de pago del referido dividendo será CaixaBank, S.A.

Sexto.- Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección del consejero D. Borja Oria Riu, como consejero independiente.

A propuesta del comité de nombramientos y retribuciones, el consejo de administración propone ratificar el nombramiento por cooptación del consejero D. Borja Oria Riu realizado por el consejo de administración el 26 de febrero de 2026 y reelegirle como consejero de la sociedad por el plazo estatutario de cuatro (4) años desde la fecha de adopción de este acuerdo, con la calificación de consejero independiente.

Se hace constar que los informes emitidos por la comisión de nombramiento y retribuciones y por el consejo de administración fueron puestos a disposición de los accionistas al momento de efectuarse la convocatoria de la junta general de accionistas.

Séptimo.- Aprobar la modificación de la política de remuneración del consejo de administración vigente y determinación de su vigencia para el período comprendido desde la aprobación de la misma y los tres ejercicios siguientes.

Aprobar la modificación de la política de remuneración del consejo de administración vigente y determinación de su vigencia para el período comprendido desde la aprobación de la misma y para los tres ejercicios siguientes.

El texto correspondiente a la modificación de la política de remuneración del consejo de administración y el informe justificativo de la misma aprobado por el consejo de administración, previo informe de la comisión de nombramientos y retribuciones, están a disposición de los señores accionistas en la web de la sociedad y podrán solicitar el envío gratuito de dichos documentos.

Octavo.- Fijación del importe máximo de la remuneración de los consejeros en su condición de tales

La política de remuneraciones de los consejeros establece para los consejeros en su condición de tales una remuneración fija y el abono de dietas por asistencia. En ese sentido, fijar el importe máximo agregado de dicha remuneración para el ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2026 en 1.500.000 euros.

Señalar que la política de remuneraciones de los consejeros establece los criterios para la remuneración aplicable a la consejera ejecutiva, y que los importes y conceptos relativos a ésta no se encuentran incluidos dentro del límite señalado anteriormente.

Se hace constar que la presente propuesta ha recibido informe favorable de la comisión de nombramientos y retribuciones.

Noveno.- Aprobación de la aplicación a la consejera delegada de un plan de entrega de acciones de Nicolás Correa, S.A. como parte de su remuneración, así como la ratificación de actuaciones previas.


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Aprobar, de conformidad con el artículo 219 de la Ley de Sociedades de Capital y la política de remuneraciones de los consejeros, la aplicación a la consejera delegada de un plan de entrega de acciones de Nicolás Correa, S.A. a la consejera delegada de la sociedad como parte de su retribución (el “Plan”) en los términos que figuran en el informe emitido por la comisión de nombramientos y retribuciones a tal efecto, el 26 de febrero de 2026, y que ha sido puesto a disposición de los accionistas junto con el resto de documentación relativa a la junta general de accionistas desde la fecha de su convocatoria.

Los principales términos del Plan son los siguientes:

  1. Descripción: el plan forma parte de la retribución variable concedida a Dª. Carmen Pinto Fuentes con motivo de su condición de consejera delegada de la sociedad y está recogido en el contrato mercantil que tiene suscrito con la sociedad.
  2. Destinatarios: la consejera delegada.
  3. Objetivo: El cumplimiento del plan está condicionado a que la sociedad alcance de manera acumulada, durante los ejercicios 2026, 2027 y 2028, la cifra del beneficio antes de impuestos (BAI) que consta definida en los presupuestos anuales consolidados del GRUPO CORREA, aprobado anualmente por el consejo de administración para dichos años (el “Objetivo”). A efectos aclarativos, si finalizado el ejercicio 2028 se constata que el BAI acumulado en los ejercicios 2026, 2027 y 2028 es igual o superior a los BAIs indicados para dichos años, se entenderá cumplido el plan, por lo que no se requiere el cumplimiento del objetivo del BAI anualmente.
  4. Número máximo de acciones destinadas al Plan: 75.000 acciones de la Sociedad (las “Acciones”), adquiridas por la Sociedad a través de un programa de recompra de acciones propias (el “Programa de Recompra”).
  5. Determinación del número de acciones a entregar: el número de acciones que se entregará a la consejera delegada en aplicación del plan se determinará en función del grado de cumplimiento del objetivo del siguiente modo:

a. si el objetivo alcanza o supera el 100%, la consejera delegada percibirá el 100% de las acciones
b. si el objetivo alcanza el 90%, la consejera delegada percibirá el 80% de las acciones; o
c. si el objetivo alcanza entre un 90% y un 100%, la consejera delegada percibirá un porcentaje de las acciones que se calculará sobre la base del número de acciones de la sociedad que le hubieran correspondido de conformidad con los apartados (i) y (ii) anteriores, de forma proporcional al grado de cumplimiento del objetivo que efectivamente se haya alcanzado entre dichos umbrales.

  1. A efectos aclaratorios, si el objetivo no se alcanza en, al menos, un 90%, la consejera delegada no percibirá ninguna acción de la Sociedad.
  2. Forma de pago: el pago se realizará mediante la entrega, en su caso, de un número de acciones de la sociedad en función del grado de cumplimiento del objetivo, y se hará efectivo en el plazo máximo de 2 meses tras la formulación de cuentas por el consejo de administración de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2028. Esta entrega de acciones se considerará como retribución en especie, y el impuesto sobre la renta de las personas físicas que esta retribución tribute será asumido por la empresa.

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  1. Coste: 75.000 acciones al precio de cotización al que se adquieran las acciones de la sociedad en el marco del programa de recompra y dentro de los límites establecidos en el artículo 3.2 del Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión, de 8 de marzo de 2016, por el que se completa el Reglamento (UE) 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a las condiciones aplicables a los programas de recompra y a las medidas de estabilización.

  2. Duración, fechas y plazos: el plan tiene una duración de tres años, esto es, los ejercicios 2026, 2027 y 2028.

  3. Programa de Recompra: a los efectos de cumplir con el plan, el consejo de administración ha aprobado el programa de recompra cuya entrada en vigor quedaba sujeto a la aprobación, en su caso, del plan en la presente reunión.

  4. Por otro lado, facultar al consejo de administración, con expresas facultades de sustitución y delegación, para que implemente, desarrolle, formalice, ejecute y liquide el plan, adoptando cuantos acuerdos y firmando cuantos documentos, públicos o privados, sean necesarios o convenientes para su plenitud de efectos, con facultad incluso de subsanación, rectificación, modificación o complemento del presente acuerdo.

Décimo.

Autorización al consejo de administración para la adquisición derivativa de acciones propias, dejando sin efecto la autorización aprobada por la junta general de accionistas de 25 de abril de 2024.

Autorizar al consejo de administración de la sociedad para la adquisición derivativa de acciones propias, por título de compraventa o por cualquier otro acto “intervivos” a título oneroso, directamente o a través de sociedades integradas en su grupo consolidado, hasta un número máximo de acciones cuyo valor nominal, sumándose al de las que posea la sociedad adquirente y sus filiales, no sea superior al cinco por ciento del capital social, durante un plazo de veinticuatro meses, y por un precio mínimo del valor nominal de la acción y máximo de quince euros, así como para la enajenación ó amortización de las mismas, dejando sin efecto, en lo no ejecutado, la autorización concedida por la junta general de accionistas celebrada el 25 de abril de 2024.

Expresamente se hace constar que la autorización otorgada para adquirir acciones de la sociedad puede ser utilizada total o parcialmente para la ejecución del programa de recompra aprobado por el consejo de administración en su reunión de fecha 26 de febrero de 2026 con la finalidad de cumplir con el plan en los términos y condiciones previstos en el acuerdo anterior, así como para que la sociedad entregue o transmita a administradores o a trabajadores de la sociedad o de sociedades de su grupo, acciones de la sociedad, ya sea directamente o como consecuencia del ejercicio por parte de aquéllos de derechos de opción, todo ello, en el marco de los sistemas retributivos referenciados al valor de cotización de las acciones de la sociedad aprobados en debida forma.


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Decimoprimero. - Sometimiento a votación, con carácter, consultivo del Informe Anual sobre remuneración de los consejeros correspondiente al ejercicio 2025.

Aprobar, con carácter consultivo, el informe anual sobre remuneración de consejeros correspondiente al ejercicio 2025, elaborado por el consejo de administración en cumplimiento del artículo 541 de la Ley de Sociedades de Capital.

El texto íntegro ha sido puesto a disposición de los accionistas en la página web de la Sociedad (www.nicolascorrea.com) y publicado en la página web de la CNMV.

Decimosegundo. - Delegación de facultades al consejo de administración para la interpretación, subsanación, complemento, ejecución y desarrollo de los acuerdos que se adopten por la junta general.

Facultar al consejo de administración, con la mayor amplitud posible, incluida la facultad de delegar en todo o en parte las facultades recibidas, en consejeros, cuantas facultades sean precisas para la interpretación, subsanación, complemento, ejecución y desarrollo de los acuerdos que adoptados por la junta general. Las facultades englobarán, en particular, las necesarias para formalizar los acuerdos adoptados por la junta general, e inscribir los que estén sujetos a este requisito, en su totalidad o en parte, incluyendo las facultades relativas a la formalización del depósito de las cuentas anuales.

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