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IMPSA S.A. — Interim / Quarterly Report 2005
Oct 21, 2005
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NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES
CORRESPONDIENTES AL PERÍODO DE SEIS MESES FINALIZADO EL 30 DE JUNIO DE 2005
(presentadas en forma comparativa con datos patrimoniales de cierre del último
ejercicio anual, al 31 de diciembre de 2004, y de resultados y evolución del
patrimonio neto del período equivalente del ejercicio anterior, 30 de junio de 2004)
(cifras expresadas en pesos)
1. MOTIVO DE PREPARACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES
Los presentes estados contables han sido preparados al sólo efecto de la aplicación del método del valor patrimonial proporcional y su posterior consolidación por parte de la sociedad controlante Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A. Por esta razón no se presenta la totalidad de la información básica y complementaria que requieren las normas contables vigentes para la preparación de estados contables de períodos intermedios o finales de presentación periódica.
2. SITUACIÓN DE LA SOCIEDAD
Al 30 de junio de 2005 y 31 de diciembre de 2004 el capital de trabajo de la Sociedad es negativo. Además, en virtud de los resultados negativos acumulados al 30 de junio de 2005 y 31 de diciembre de 2004, la sociedad se encuentra alcanzada por las disposiciones del artículo 206 de reducción obligatoria de capital de la Ley N° 19550 de Sociedades Comerciales debido a que sus resultados acumulados negativos son superiores al 50% del capital más sus reservas libres. El Directorio y los Accionistas de la Sociedad están analizando distintas alternativas que permitan recomponer la relación indicada.
No obstante, el Decreto N° 540/05 de Poder Ejecutivo Nacional, prorroga hasta el 10 de diciembre de 2005 la suspensión del citado artículo 206 dispuesta por el Decreto N° 1269/02 y prorrogada por el Decreto N° 1293/03.
3. BASES DE PREPARACION
3.1 Normas contables aplicadas:
Los presentes estados contables se han preparado de acuerdo con las normas establecidas por la Resolución N° 459/2004 de la Comisión Nacional de Valores (en adelante, “C.N.V”.). Esta resolución adoptó para la contabilización de las operaciones, la valuación de activos y pasivos y la medición de sus resultados las disposiciones establecidas por las Resoluciones Técnicas N° 6, 8, 9, 16, 17, 18, 20 y 21 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (en adelante, “F.A.C.P.C.E.”), tal como fueron adoptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según el texto ordenado de la Resolución CD 87/3 del citado Consejo Profesional, y considerando cuatro excepciones establecidas por el Organismo de Control. Entre las excepciones más significativas resueltas por la C.N.V., que impactan en los estados contables de la Sociedad, se destaca la de requerir que activos y pasivos por impuestos diferidos se expongan por sus valores nominales y no por sus valores descontados aunque, en los presentes estados contables, la diferencia entre ambos criterios no es significativa.
3.2 Consideración de los efectos de la inflación
Los presentes estados contables reconocen los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda hasta diciembre de 2002, siguiendo el método de reexpresión establecido por la Resolución Técnica N° 6 de la F.A.C.P.C.E.. El Decreto N° 664/03 del Poder Ejecutivo Nacional suspendió la preparación de estados contables en moneda homogénea a partir del 1° de marzo de 2003. Por otra parte, las normas contables profesionales discontinuaron la reexpresión de los estados contables en moneda homogénea a partir del 1° de octubre de 2003, según Resolución 190/2003 del C.P.C.E.C.A.B.A. Dado el escaso nivel de significatividad de las tasas de inflación medidas según las variaciones en el índice de precios internos al por mayor, que es el establecido para la expresión de estados contables en moneda homogénea, durante el lapso diciembre 2002 a septiembre 2003, la Sociedad ha optado por no aplicar ninguna reexpresión. Cabe aclarar que el coeficiente que debería aplicarse hasta el mes de febrero de 2003 sería de 1,008, en tanto que el aplicable hasta septiembre de 2003 ascendería a 0,986, mientras que el promedio de los primeros nueve meses del año 2003 fue de 0,998.
4. PRINCIPALES CRITERIOS DE VALUACIÓN Y EXPOSICIÓN
Los principales criterios de valuación y exposición utilizados en la preparación de los estados contables, son los siguientes:
a) Rubros monetarios:
Caja y bancos, créditos y pasivos en pesos, se han mantenido a sus valores nominales, agregando o deduciendo según corresponda, los resultados financieros pertinentes al cierre del período o ejercicio.
En el caso de saldos por cobrar y por pagar de largo plazo que no tuvieran asociada una tasa de interés o para los cuales no existiera una forma de compensación financiera contemplada, se determinaron los valores actuales en base a la interpretación establecida por la Resolución CD N° 87 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Este criterio no fue aplicado a los rubros corrientes dado que los bajos niveles de tasas de interés imperantes en el período o ejercicio y de variación en los índices de precios internos al por mayor, como quedo expuesto en la nota 3.2, permiten considerar al período como de estabilidad monetaria.
b) Activos y pasivos en moneda extranjera:
Se han valuado aplicando los tipos de cambio aplicables vigentes al cierre del período o ejercicio y tratados de la misma manera que los nominados en pesos.
c) Bienes de cambio:
Están valuados a sus respectivos costos de reposición o reproducción al cierre del período o ejercicio con el límite de sus valores recuperables.
d) Participaciones permanentes en sociedades:
Las participaciones permanentes en las sociedades controladas según el artículo 33 de la Ley 19.550 han sido valuadas aplicando el método del valor patrimonial proporcional, determinado sobre los estados contables preparados a la fecha de cierre de la sociedad controlante, y por períodos coincidentes, expresados en moneda homogénea en función de lo explicado en nota 3.2.
El valor de la inversión en la sociedad controlada Idifer S.A. ha sido determinado sobre la base de información contable al 31 de diciembre de de 2003, última disponible, preparada por la gerencia de esa sociedad y por lo tanto no cuenta con informe de revisión limitada emitida por contador público independiente.
Las sociedades del exterior en las cuales la Sociedad participa, han sido definidas como sociedades no integradas debido a que acumulan efectivo y otras partidas monetarias, incurren en gastos, generan ingresos y obtienen financiación en el exterior. Los activos y pasivos de dicha sociedad fueron convertidos a pesos utilizando las cotizaciones vigentes al cierre del periodo o ejercicio, según corresponda. Los resultados fueron convertidos empleando los tipos de cambio correspondientes a las fechas de las transacciones. Las correspondientes diferencias de cambio generadas en la conversión han sido imputadas en el rubro “Diferencias transitorias de conversión” del estado de situación patrimonial.
La evolución de la cuenta “Diferencias transitorias de conversión” es la siguiente:
| Saldo al 31 de diciembre de 2004 | 5.536.329 |
| Aumento del período | 5.903.015 |
| Saldo al 30 de junio de 2005 | 11.439.344 |
e) Bienes de uso:
Valores de origen: fueron expresados en moneda homogénea en función de lo explicado en nota 3.2, neto de las depreciaciones acumuladas correspondientes a la vida útil asignada.
Depreciaciones: se calcularon a partir del mes de su incorporación, aplicando el método de la línea recta sobre los valores expresados en moneda homogénea y utilizando las alícuotas suficientes que permitan agotar el valor original al fin de su vida útil determinada.
Los valores así determinados no superan, en su conjunto, sus valores recuperables.
f) Patrimonio neto:
Capital social, Aportes no capitalizados, Reserva Legal, Reserva por Revalúo Técnico en sociedad controlada y Resultados no asignados: estas cuentas han sido ajustadas en función de lo explicado en la nota 3.2. El exceso del valor ajustado del capital social con respecto a su valor nominal, se imputó al rubro “Ajuste del Capital”.
Cuentas del estado de resultados: Las cuentas de resultados se expresaron en moneda homogénea en función de lo explicado en nota 3.2, excepto: a) los cargos por activos consumidos (bienes de cambio y bienes de uso), que se determinaron en función de los valores en moneda homogénea de tales activos; y b) el resultado de inversiones en entes relacionados, que se determinó en función de la variación patrimonial proporcional, computado sobre estados contables expresados en moneda homogénea en función de lo explicado en la nota 3.2 y en el apartado d) de esta nota.
g) Impuesto a las ganancias:
Las normas contables vigentes requieren la contabilización del cargo por impuesto a las ganancias por el método del impuesto diferido. Este criterio implica el reconocimiento de los quebrantos impositivos recuperables y de partidas de activos y de pasivos por impuesto diferido, en los casos en que se produzcan diferencias temporarias entre la valuación contable y la valuación fiscal de los activos y de los pasivos.
Las diferencias temporarias para la aplicación de éste método no han sido calculadas, aunque si se ha contabilizado el respectivo crédito por los quebrantos impositivos acumulados, el cual ha sido previsionado en su totalidad en función de que no existen al presente indicaciones claras acerca de su recuperabilidad (ver nota 5).
h) Uso de estimaciones en la preparación de los estados contables:
La preparación de los estados contables de acuerdo con normas contables vigentes requiere que la Dirección y la Gerencia de la Sociedad efectúen estimaciones que inciden en la determinación de los importes de los activos y pasivos y en la revelación de contingencias a la fecha de presentación de los estados contables. Las resoluciones finales e importes reales pueden diferir de las estimaciones efectuadas para la preparación de los estados contables.
5. IMPUESTO DIFERIDO
El detalle del impuesto diferido es el siguiente:
| ...31/03/05... | ...31/12/04... | ||
| Impuesto diferido (Nota 4g) | 13.470.954 | 13.470.954 | |
| Previsión para desvalorización de activos (Nota 4g) | (13.470.954) | (13.470.954) | |
| Total | - | - |
6. PARTICIPACIONES PERMANENTES EN SOCIEDADES
El rubro se compone de la siguiente manera:
| Acciones sin cotización | Clase | Cantidad | Valor de libros | Ganancia del período (seis meses) | ||
| 2005 | 2004 | 2005 | 2004 | |||
| - Tecnología em Componentes Automotivos (1) | Acciones ordinarias nominativas, sin valor nominal | 15.075.524 | 62.768.878 | 54.493.292 | 1.386.636 | 2.487.321 |
| - Idifer | Acciones ordinarias nominativas, sin valor nominal | 375.000 | (6.512) | (6.512) | - | - |
| - Los Olivos de Lagarde S.A. | Acciones ordinarias nominativas valor nominal $ 1 c/u | 2.591.781 | 4.449.670 | 4.135.528 | 314.142 | - |
| TOTAL | 67.212.036 | 58.622.308 | 1.700.778 | 2.487.321 |
- Al 30 de junio de 2005 y 31 de diciembre de 2004, la sociedad controlada T.C.A. - Tecnologia em Componentes Automotivos S.A. (T.C.A. Brasil) posee notas de débito pendientes de registración de su cliente Volkswagen do Brasil por un monto total de 2.482.454 y 1.991.641 respectivamente, los cuales son discutidos por la sociedad. A la fecha de emisión de los presentes estados contables no existe resolución sobre este tema. El Directorio de T.C.A. Brasil entiende que se resolverá favorablemente la situación descripta por lo que no consideró necesario registrar previsión alguna.
Además al 30 de junio de 2005 y 31 de diciembre de 2004, las autoridades fiscales del Brasil han emitido actas de infracción por un total de 3.701.107 y 6.117.991 respectivamente, y el Banco Central de Brasil por un total de 2.956.093 y 2.658.125, respectivamente, los cuales no fueron previsionados porque los asesores legales de T.C.A. Brasil consideran que la resolución de estas disputas será favorable.
7. SOCIEDAD CONTROLANTE Y SOCIEDADES ART. 33 LEY Nº 19.550
a) La sociedad controlante, al cierre del período y ejercicio, es la siguiente:
| Sociedad | Carácter | ...30/06/05... | ...31/12/04... | |
| Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A. | Controlante | 88,9336% | 88,9336% | |
b) Las sociedades artículo 33 Ley N° 19.550 al cierre del período y ejercicio son las siguientes:
| Sociedad | Carácter | ...30/06/05... | ...31/12/04... | |
| TCA - Tecnología em Componentes Automotivos S.A | Controlada | 99,9999% | 99,9999% | |
| Idifer S.A. | Controlada | 100% | 100% | |
| Los Olivos de Lagarde S.A. | Controlada | 68,93% | 95% |
c) Los saldos al cierre del período y ejercicio son los siguientes:
| 30/06/2005 | |||
| Créditos por ventas | Deudas comerciales | Prestamos financieros no corrientes | |
| Controlante: | |||
| Industrias Metalúricas Pescarmona S.A. | 13.365 | 4.648.093 | |
| Controladas: | |||
| TCA S.A. Brasil | 1.010.380 | 668.113 | 26.156.862 |
| Totales | 1.010.380 | 681.478 | 30.804.955 |
| 31/12/2004 | ||||
| Créditos por ventas | Otros créditos | Deudas comerciales | Prestamos financieros no corrientes | |
| Controlante: | ||||
| Industrias Metalúricas Pescarmona S.A. | - | 2.136.662 | 688.876 | 2.401.483 |
| Controladas: | ||||
| TCA S.A. Brasil | 1.044.238 | - | 697.586 | 27.110.386 |
| Totales | 1.044.238 | 2.136.662 | 1.386.462 | 29.511.869 |
8. REGIMENES DE PROMOCION INDUSTRIAL
a) Con fecha 29 de febrero de 1988 el Gobierno de la Provincia de San Juan promulgó el Decreto 0396, por el cual le otorga a Puerto Seco S.A., anterior denominación de TCA S.A., los beneficios del Régimen de Desarrollo Económico instaurado por la Ley Nacional Nº 22.021, extendida a la Provincia de San Juan por la Ley Nacional Nº 22.973, para la instalación en dicha Provincia de una planta para la fabricación de conductores eléctricos especiales y mazos de cables. Asimismo mediante Decreto 804 del año 1996 (redistribución de cupos no utilizados), el Gobierno de San Juan decidió ampliar los montos y los plazos del uso de beneficios fiscales por 15 años más a partir del ejercicio 1997, comprometiéndose la empresa a la implementación de nuevos proyectos como los son la fabricación de cables y tubos. Tales beneficios consisten en:
- la exención del pago de los impuestos a las ganancias y a los activos durante un lapso de 15 años desde la puesta en marcha de la planta y desde la ampliación de la promoción, operadas el 30 de abril de 1988 y el 2 de abril de 1998 respectivamente, aplicando porcentajes de liberación decrecientes;
- la liberación del débito fiscal del impuesto al valor agregado correspondiente a las ventas de la Sociedad durante el lapso mencionado en el párrafo anterior; y
- la liberación del débito fiscal del impuesto al valor agregado resultante de las ventas que realicen a la Sociedad los productores de materias primas y semielaborados.
Con fecha 6 de enero de 2005, la Dirección General Impositiva notificó a la Sociedad los montos acreditados en la cuenta corriente computarizada correspondiente a los beneficios anuales por los conceptos detallados precedentemente, asignados de acuerdo con el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 2.054/92, el Decreto 804/96, de la propia Dirección General Impositiva y que abarca el período 2005.
En el ámbito provincial, y con fecha 7 de junio de 2005, la Dirección General de Rentas otorgó a TCA S.A. la exención al 100% en el impuesto a los ingresos brutos en virtud de lo estipulado en el artículo 130 de la ley 3.908. La validez de la misma rige hasta 31 de mayo del 2006.
b) En el marco de las leyes mencionadas en el primer párrafo del acápite anterior, con fechas 24 de mayo de 1996 y 2 de abril de 1998, el Gobierno de la provincia de San Juan promulgó los Decretos N° 0658/96 (Anexo LXXIII) y 0415/98, respectivamente, por los cuales otorgó a TCA S.A. los beneficios del Régimen de Desarrollo Económico para ampliación de una planta industrial destinada a la fabricación de cables y alambres con aislamiento y/o conductores eléctricos especiales y ramales eléctricos o mazos de cables.
Tales beneficios consisten en:
- la exención del pago de los impuestos a las ganancias durante un lapso de 15 años desde la puesta en marcha de la planta, operada parcialmente el 10 de noviembre de 1998, aplicando porcentajes de liberación decrecientes;
- la liberación del débito fiscal del impuesto al valor agregado correspondiente a las ventas de la Sociedad durante el lapso mencionado en el párrafo anterior; y
- la liberación del débito fiscal del impuesto al valor agregado resultante de las ventas que realicen a la Sociedad los productores de materias primas y semielaboradas.
De acuerdo con lo detallado en los decretos mencionados en el primer párrafo, el proyecto promovido se concretará mediante una inversión total mínima de 4.475.000; adicionalmente, la Sociedad deberá producir volúmenes crecientes que van desde 1.634.600 Kgs. a 3.269.200 Kgs. y ocupar un mínimo de personal en relación de dependencia.
9. IMPUESTOS A RECUPERAR
El Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 1.033/91 estableció que las empresas que hubieran sido beneficiadas por la franquicia dejada sin efecto por el Decreto Nº 435/90 del Poder Ejecutivo Nacional tendrán derecho a percibir certificados de crédito fiscal, en función del grado de cumplimiento del régimen de promoción. El monto final de los certificados que le correspondan a la Sociedad será determinado por la Dirección General Impositiva, de acuerdo a lo establecido por la Resolución Nº 1.280/92 del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Nación.
Con fecha 18 de noviembre de 1994 la Dirección General Impositiva emitió la Resolución General Nº 3.905 la que reglamentó el otorgamiento de los mencionados certificados de crédito fiscal y estableció una serie de pautas y de información que deberán cumplimentar las empresas incluidas en la situación comentada.
La Sociedad se encuentra comprendida en los términos del Decreto 1.033/91 mencionado anteriormente, por lo que efectuó las presentaciones requeridas. Al 30 de junio de 2005 y 31 de diciembre de 2004, el Directorio, quien entiende, basado en la opinión de sus asesores impositivos, que cobrará la totalidad de estos créditos, registró sus derechos por 1.302.241 y 1.276.497, respectivamente, los que están incluidos en el rubro “Otros créditos no corrientes”.
10. CAPITAL SOCIAL
Al 30 de junio de 2005 y 31 de diciembre de 2004, según surge del Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 20 de diciembre de 1995, el capital social asciende a 10.725.590, encontrándose totalmente suscripto, integrado e inscripto en el Registro Público de Comercio de la ciudad de San Juan.
11. IMPUESTOS A LAS GANANCIAS Y A LA GANANCIA MINIMA PRESUNTA
Al 30 de junio de 2005 y 31 de diciembre de 2004 no se ha constituido provisión por impuesto a las ganancias dado que la Sociedad presenta pérdidas impositivas acumuladas. Dichas pérdidas podrán compensarse con utilidades impositivas de ejercicios futuros.
El impuesto a la ganancia mínima presunta fue establecido en el ejercicio finalizado el 30 de junio de 1999 por la Ley N° 25.063 por el término de diez ejercicios anuales. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias, dado que mientras este último grava la utilidad impositiva del ejercicio, el impuesto a la ganancia mínima presunta constituye una imposición mínima que grava la renta potencial de ciertos activos productivos a la tasa del 1%, de modo que la obligación fiscal de la Sociedad coincidirá con el mayor de ambos impuestos. Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un ejercicio fiscal al impuesto a las ganancias, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta que pudiera producirse en cualquiera de los diez ejercicios siguientes.
Al 30 de junio de 2005 y 31 de diciembre de 2004 los impuestos pagados en años anteriores por 962.645 y 1.056.293, respectivamente, se incluyen en el rubro “Otros créditos no corrientes” del activo, en virtud de que las proyecciones de la Entidad hacen prever que podrá computarse como pago a cuenta de excedentes del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta en cualquiera de los diez ejercicios siguientes al de su origen.
12. REVALÚO TÉCNICO EN LA SOCIEDAD CONTROLADA
La sociedad controlada T.C.A. - Tecnología em Componentes Automotivos S.A. ha realizado un revalúo técnico de algunos de sus bienes de uso al 28 de febrero de 1999, el cual fue aprobado por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas el 28 de abril de 1999. El revalúo técnico fue preparado por peritos valuadores independientes.
TCA S.A., la sociedad controlante, registró el incremento patrimonial en la cuenta “Reserva por revalúo técnico en sociedades controladas” en función de su porcentaje de participación en el capital de la misma. Dicha reserva se ha desafectado en la proporción correspondiente al mayor cargo por amortizaciones de aquellos bienes que le han dado origen, según el siguiente detalle:
| Ejercicio 1999 | 297.298 | |
| Ejercicio 2000 | 468.763 | |
| Ejercicio 2001 | 402.646 | |
| Ejercicio 2002 | 494.130 | |
| Ejercicio 2003 | 534.462 | |
| Ejercicio 2004 | 530.958 | (1) |
| Ejercicio 2005 | 277.305 | |
| TOTAL | 3.005.562 |
- De este importe total, 219.716 corresponden al período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2004.
13. RESULTADOS EXTRAORDINARIOS
El 14 de abril de 2004 se firmó un acuerdo entre Valeo Electronique et Systemes de Liasion S.A., TCA S.A., Tecnología em Componentes Automotivos S.A., Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A. (en adelante “I.M.P.S.A.”) y otros accionistas minoritarios de TCA S.A. por el cual se transfirieron las acciones que Valeo poseía en TCA S.A. a favor de I.M.P.S.A.
Como consecuencia de esta transferencia, las deudas comerciales que TCA S.A. mantenía con el grupo Valeo fueron condonadas, como así también las regalías devengadas a favor de Valeo e I.M.P.S.A.
Esta operación generó para la Sociedad una utilidad de 4.208.328, que se expone en el rubro “Ganancia por operaciones extraordinarias” del estado de resultados.
| C.P.N. JUAN CARLOS ROLDÁN | Sr. LUIS MARCIAL |
| Por Comisión Fiscalizadora | Director |
3. BASES DE PREPARACIÓN
3.1 Normas contables aplicadas
Los presentes estados contables se han preparado de acuerdo con las normas establecidas por la Resolución N° 459/2004 de la Comisión Nacional de Valores (en adelante, “C.N.V”.). Esta resolución adoptó para la contabilización de las operaciones, la valuación de activos y pasivos y la medición de sus resultados las disposiciones establecidas por las Resoluciones Técnicas Nros. 6, 8, 9, 16, 17, 18, 20 y 21 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (en adelante, “F.A.C.P.C.E.”), tal como fueron adoptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según el texto ordenado de la Resolución CD 87/3 del citado Consejo Profesional, y considerando cuatro excepciones establecidas por el Organismo de Control. Entre las excepciones más significativas resueltas por la C.N.V., que impactan en los estados contables de la Sociedad, se destaca la de requerir que activos y pasivos por impuestos diferidos se expongan por sus valores nominales y no por sus valores descontados aunque, en los presentes estados contables, la diferencia entre ambos criterios no es significativa.
3.2 Consideración de los efectos de la inflación
Los presentes estados contables reconocen los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda hasta diciembre de 2002, siguiendo el método de reexpresión establecido por la Resolución Técnica N° 6 de la F.A.C.P.C.E.. El Decreto N° 664/03 del Poder Ejecutivo Nacional suspendió la preparación de estados contables en moneda homogénea a partir del 1° de marzo de 2003. Por otra parte, las normas contables profesionales discontinuaron la reexpresión de los estados contables en moneda homogénea a partir del 1° de octubre de 2003, según Resolución 190/2003 del C.P.C.E.C.A.B.A. Dado el escaso nivel de significatividad de las tasas de inflación medidas según las variaciones en el índice de precios internos al por mayor, que es el establecido para la expresión de estados contables en moneda homogénea, durante el lapso diciembre 2002 a septiembre 2003, la Sociedad ha optado por no aplicar ninguna reexpresión. Cabe aclarar que el coeficiente que debería aplicarse hasta el mes de febrero de 2003 sería de 1,008, en tanto que el aplicable hasta septiembre de 2003 ascendería a 0,986, mientras que el promedio de los primeros nueve meses del año 2003 fue de 0,998.
4. PRESENTACIÓN DE ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS
Los estados contables consolidados de TCA S.A. con sus sociedades controladas T.C.A. Tecnologia em Componentes Automotivos S.A. y Los Olivos de Lagarde S.A., han sido preparados de acuerdo a la Ley N° 19.550 (t.o. en 1.984) siguiendo los lineamientos de la Resolución Técnica Nro. 21 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas que, básicamente, consisten en la acumulación de los importes de los mismos rubros y la eliminación de saldos y resultados entre la sociedad controlante y sus controladas.
Las sociedades controladas cuyos estados contables se consolidan y los porcentajes de participación totales de TCA S.A. al cierre del período o ejercicio son los siguientes:
| Sociedad | % de participación | |
| …30/06/2005… | …31/12/2004… | |
| T.C.A. Tecnología em Componentes Automotivos S.A. Los Olivos de Lagarde S.A | 99,99 68,96 | 99,99 95,00 |
La sociedad controlada Idifer S.A. no ha sido consolidada debido a la escasa significatividad de sus saldos.
5. PRINCIPALES CRITERIOS DE VALUACIÓN Y EXPOSICIÓN
Los principales criterios de valuación utilizados, que son similares en las compañías, son los siguientes:
a) Rubros monetarios:
Caja y bancos, créditos y pasivos en pesos, se han mantenido a sus valores nominales, agregando o deduciendo según corresponda, los resultados financieros pertinentes al cierre del período o ejercicio.
En el caso de saldos por cobrar y por pagar de largo plazo que no tuvieran asociada una tasa de interés o para los cuales no existiera una forma de compensación financiera contemplada, se determinaron los valores actuales en base a la interpretación establecida por la Resolución CD N° 87 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Este criterio no fue aplicado a los rubros corrientes dado que los bajos niveles de tasas de interés imperantes en el período o ejercicio y de variación en los índices de precios internos al por mayor, como quedo expuesto en la nota 3.2, permiten considerar al período como de estabilidad monetaria.
b) Activos y pasivos en moneda extranjera
Se han valuado aplicando los tipos de cambio vigentes al cierre del período o ejercicio y tratados de la misma manera que los nominados en pesos.
c) Bienes de cambio
Están valuados a sus respectivos costos de reposición o reproducción al cierre del período o ejercicio, con el límite de sus valores recuperables.
d) Inversiones corrientes
Se han valuado a su costo al valor de capital invertido más los intereses devengados al cierre del período o ejercicio.
e) Bienes de uso
Valores de origen: han sido valuados a su costo o valuación técnica reexpresado en función de lo indicado en la nota 3.2, neto de las depreciaciones acumuladas correspondientes a la vida útil asignada.
Depreciaciones: se calcularon a partir del mes de su incorporación, aplicando el método de la línea recta sobre los valores expresados en moneda homogénea.
Los valores así determinados no superan, en su conjunto, su valor recuperable.
La sociedad controlada T.C.A. Tecnologia em Componentes Automotivos S.A. ha realizado un revalúo técnico de algunos de sus bienes de uso al 28 de febrero de 1999, el cual fue aprobado por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas el 28 de abril de 1999. El revalúo técnico fue preparado por peritos valuadores independientes.
T.C.A. S.A., como sociedad controlante, registró el incremento patrimonial en la cuenta “Reserva por revalúo técnico en sociedades controladas” en función de su porcentaje de participación en el capital de la misma. Dicha reserva se ha desafectado en la proporción correspondiente al mayor cargo por amortizaciones de aquellos bienes que le han dado origen.
f) Previsiones para juicios
Fueron estimadas con base en el porcentaje de probabilidad de ocurrencia determinado sobre los montos de las demandas actualizadas.
g) Impuesto a las ganancias
Las normas contables vigentes requieren la contabilización del cargo por impuesto a las ganancias por el método del impuesto diferido. Este criterio implica el reconocimiento de los quebrantos impositivos recuperables y de partidas de activos y de pasivos por impuesto diferido, en los casos en que se produzcan diferencias temporarias entre la valuación contable y la valuación fiscal de los activos y de los pasivos.
Las diferencias temporarias para la aplicación de éste método no han sido calculadas, aunque si se ha contabilizado el respectivo crédito por los quebrantos impositivos acumulados, el cual ha sido previsionado en su totalidad en función de que no existen al presente indicaciones claras acerca de su recuperabilidad.
h) Uso de estimaciones en la preparación de los estados contables
La preparación de los estados contables de acuerdo con normas contables vigentes requiere que la Dirección y la Gerencia de la Sociedad efectúen estimaciones que inciden en la determinación de los importes de los activos y pasivos y en la revelación de contingencias a la fecha de presentación de los estados contables. Las resoluciones finales e importes reales pueden diferir de las estimaciones efectuadas para la preparación de los estados contables.
6. PROCEDIMIENTO DE CONVERSIÓN A MONEDA ARGENTINA DE LOS ESTADOS CONTABLES DE LA SOCIEDAD CONTROLADA EXTRANJERA
La Sociedad aplica las disposiciones de la Resolución Técnica N° 18 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas para convertir a moneda argentina los estados contables de la sociedad controlada constituida en el exterior. La sociedad controlada ha sido tratada como una sociedad no integrada debido a que acumula efectivo y otras partidas monetarias, incurre en gastos, genera ingresos y obtiene financiación en el exterior. Los activos y pasivos de dicha sociedad fueron convertidos a pesos utilizando las cotizaciones vigentes al cierre del período o ejercicio, según corresponda. Los resultados fueron convertidos empleando los tipos de cambio correspondientes a las fechas de las transacciones. Las correspondientes diferencias de cambio generadas en la conversión han sido imputadas en el rubro “Diferencias transitorias de conversión” del estado de situación patrimonial.
Los estados contables de la sociedad controlada T.C.A. Tecnologia em Componentes Automotivos S.A. fueron adecuados a las normas contables profesionales vigentes en Argentina.
Con fecha 6 de enero de 2005, la Dirección General Impositiva notificó a la Sociedad los montos acreditados en la cuenta corriente computarizada correspondiente a los beneficios anuales por los conceptos detallados precedentemente, asignados de acuerdo con el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 2.054/92, el Decreto 804/96, de la propia Dirección General Impositiva y que abarca el período 2005.
En el ámbito provincial, y con fecha 7 de junio de 2005, la Dirección General de Rentas otorgó a TCA S.A. la exención al 100% en el impuesto a los ingresos brutos en virtud de lo estipulado en el artículo 130 de la ley 3.908. La validez de la misma rige hasta 31 de mayo del 2006.
b) En el marco de las leyes mencionadas en el primer párrafo del acápite anterior, con fechas 24 de mayo de 1996 y 2 de abril de 1998, el Gobierno de la provincia de San Juan promulgó los Decretos N° 0658/96 (Anexo LXXIII) y 0415/98, respectivamente, por los cuales otorgó a TCA S.A. los beneficios del Régimen de Desarrollo Económico para ampliación de una planta industrial destinada a la fabricación de cables y alambres con aislamiento y/o conductores eléctricos especiales y ramales eléctricos o mazos de cables.
Tales beneficios consisten en:
- la exención del pago de los impuestos a las ganancias durante un lapso de 15 años desde la puesta en marcha de la planta, operada parcialmente el 10 de noviembre de 1998, aplicando porcentajes de liberación decrecientes;
- la liberación del débito fiscal del impuesto al valor agregado correspondiente a las ventas de la Sociedad durante el lapso mencionado en el párrafo anterior; y
- la liberación del débito fiscal del impuesto al valor agregado resultante de las ventas que realicen a la Sociedad los productores de materias primas y semielaboradas.
De acuerdo con lo detallado en los decretos mencionados en el primer párrafo, el proyecto promovido se concretará mediante una inversión total mínima de 4.475.000; adicionalmente, la Sociedad deberá producir volúmenes crecientes que van desde 1.634.600 Kgs. a 3.269.200 Kgs. y ocupar un mínimo de personal en relación de dependencia.
11. IMPUESTOS A LAS GANANCIAS Y A LA GANANCIA MINIMA PRESUNTA
Al 30 de junio de 2005 y 31 de diciembre de 2004 no se ha constituido provisión por impuesto a las ganancias dado que la Sociedad presenta pérdidas impositivas acumuladas. Dichas pérdidas podrán compensarse con utilidades impositivas de ejercicios futuros.
El impuesto a la ganancia mínima presunta fue establecido en el ejercicio finalizado el 30 de junio de 1999 por la Ley N° 25.063 por el término de diez ejercicios anuales. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias, dado que mientras este último grava la utilidad impositiva del ejercicio, el impuesto a la ganancia mínima presunta constituye una imposición mínima que grava la renta potencial de ciertos activos productivos a la tasa del 1%, de modo que la obligación fiscal de la Sociedad coincidirá con el mayor de ambos impuestos. Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un ejercicio fiscal al impuesto a las ganancias, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta que pudiera producirse en cualquiera de los diez ejercicios siguientes.
Al 30 de junio de 2005 y 31 de diciembre de 2004 los impuestos pagados en años anteriores por 962.645 y 1.056.293, respectivamente, se incluyen en la cuenta “Saldos impositivos a favor” del rubro “Otros créditos no corrientes” del activo, en virtud de que las proyecciones de la Entidad hacen prever que podrá computarse como pago a cuenta de excedentes del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta en cualquiera de los diez ejercicios siguientes al de su origen.
12. BIENES DE DISPONIBILIDAD RESTRINGIDA
Con fecha 7 de abril de 2003 la sociedad controlada T.C.A. Tecnologia em Componentes Automotivos S.A. obtuvo un préstamo bancario de hasta aproximadamente 6.000.000, destinado a capital de trabajo. El plazo de dicho préstamo es de 24 meses, con fecha de vencimiento final el 15 de enero de 2006. La Sociedad otorgó una garantía hipotecaria sobre la planta industrial localizada en Jaboatao, Pernambuco.
13. CONTINGENCIAS
Al 30 de junio de 2005 y 31 de diciembre de 2004, la sociedad controlada T.C.A. Tecnologia em Componentes Automotivos S.A. (T.C.A. Brasil) posee notas de débito pendientes de registración emitidas por su cliente Volkswagen do Brasil por un monto total de 2.482.454 y 1.991.641 respectivamente, los cuales son discutidos por la sociedad. A la fecha de emisión de los presentes estados contables no existe resolución sobre este tema. El Directorio de T.C.A. Brasil entiende que se resolverá favorablemente la situación descripta por lo que no considera necesario registrar previsión alguna.
Además al 30 de junio de 2005 y 31 de diciembre de 2004, las autoridades fiscales del Brasil han emitido actas de infracción por un total de 3.701.107 y 6.117.991 respectivamente, y el Banco Central de Brasil por un total de 2.956.093 y 2.658.125, respectivamente, los cuales no fueron provisionados porque los asesores legales de T.C.A. Brasil consideran que la resolución de estas disputas será favorable.
14. RESULTADOS EXTRAORDINARIOS
El 14 de abril de 2004 se firmó un acuerdo entre Valeo Electronique et Systemes de Liasion S.A., TCA S.A., Tecnología em Componentes Automotivos S.A., Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A. (en adelante “I.M.P.S.A.”) y otros accionistas minoritarios de TCA S.A. por el cual se transfirieron las acciones que Valeo poseía en TCA S.A. a favor de I.M.P.S.A.
Como consecuencia de esta transferencia, las deudas comerciales que TCA S.A. y T.C.A. Tecnología em Componentes Automotivos S.A. mantenían en el grupo Valeo fueron condonadas, como así también las regalías devengadas a favor de Valeo e I.M.P.S.A.
Esta operación generó para el grupo económico una utilidad de 6.406.516, que se expone en el rubro “Ganancia por operaciones extraordinarias” del estado de resultados.
| CPN JUAN CARLOS ROLDÁN | SR. LUIS MARCIAL |
| por Comisión Fiscalizadora | Director |
INFORME DE LOS AUDITORES
(Revisión limitada)
Señores Presidente y Directores de
TCA Sociedad Anónima
Lateral Circunvalación 441 (N). Santa Lucía
SAN JUAN
1. Identificación de los estados contables objeto de la revisión
- Hemos efectuado una revisión limitada del estado de situación patrimonial de TCA Sociedad Anónima al 30 de junio de 2005 y de los correspondientes estados de resultados y de evolución del patrimonio neto correspondientes al período de seis meses finalizado en esa fecha, con sus notas 1 a 13.
- Nuestra revisión limitada incluyó la información contable complementaria, consistente en el estado de situación patrimonial consolidado de TCA Sociedad Anónima con sus sociedades controladas, T.C.A. Tecnologia em Componentes Automotivos S.A. y Los Olivos de Lagarde S.A., al 30 de junio de 2005 y el correspondiente estado de resultados consolidado correspondiente al período de seis meses finalizado en esa fecha, con sus notas 1 a 14.
Los estados y demás documentos anteriormente detallados constituyen una información preparada y emitida por el Directorio de la Sociedad en ejercicio de sus funciones exclusivas. Nuestra responsabilidad consiste en emitir un informe sobre ellos basados en la revisión efectuada con el alcance que mencionamos en el capítulo 2 siguiente.
2. Alcance de la tarea realizada
Nuestra revisión, excepto por lo indicado en el apartado a) del capítulo 3 siguiente, se limitó a la aplicación de los procedimientos establecidos por la Resolución Técnica N° 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas para la revisión de estados contables de períodos intermedios. Dichas normas establecen un alcance que es sustancialmente menor a la aplicación de todos los procedimientos de auditoría necesarios para poder emitir una opinión profesional sobre los estados contables considerados en su conjunto. Las referidas normas sobre revisión limitada consisten básicamente en aplicar procedimientos analíticos sobre los importes incluidos en los estados contables, efectuar comprobaciones globales y realizar indagaciones al personal de la Sociedad responsable de la preparación de la información incluida en los estados contables. Consecuentemente, no expresamos opinión sobre la situación patrimonial y financiera de la Sociedad al 30 de junio de 2005, ni sobre los resultados de sus operaciones y la evolución de su patrimonio neto por el período de seis meses finalizado en esa fecha. Tampoco expresamos opinión sobre la situación patrimonial y financiera consolidada de la Sociedad al 30 de junio de 2005 ni sobre los resultados de las operaciones consolidadas por el período de seis meses finalizado en esa fecha.
3. Aclaraciones previas a la manifestación de los auditores
- No hemos revisado los estados contables de la sociedad controlada Los Olivos de Lagarde S.A. Dichos estados contables fueron revisados por otro profesional independiente. La participación de TCA Sociedad Anónima. en dicha sociedad representa el 5% del total de su activo y el 14% de su patrimonio neto al 30 de junio de 2005.
- Tal como se menciona en la nota 4.g) a los estados contables individuales y nota 5.g) a los estados contables consolidados, la Sociedad no ha calculado las diferencias temporarias para la aplicación del método de impuesto diferido, tal como lo disponen las normas contables profesionales.
- Tal como se menciona en la nota 1 a los estados contables individuales y consolidados, los presentes estados contables han sido preparados al sólo efecto de la aplicación del método del valor patrimonial proporcional y su posterior consolidación por parte de la sociedad controlante, Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A. Por esta razón la Sociedad no presenta la totalidad de la información básica y complementaria que requieren las normas contables vigentes para la preparación de estados contables de períodos intermedios o finales de presentación periódica.
- Tal como se indica en el primer párrafo de la nota 2 a los estados contables individuales, la Sociedad presenta capital de trabajo negativo. El Directorio y los Accionistas de la Sociedad están analizando distintas alternativas que permitan recomponer la relación indicada.
- Tal como se indica en los dos últimos párrafos de las notas 6 y 13 a los estados contables individuales y consolidados respectivamente, la sociedad controlada T.C.A. Tecnologia em Componentes Automotivos S.A. tiene pendientes de resolución al 30 de junio de 2005:
- una situación comercial con su cliente Volskwagen do Brasil por un monto de $ 2.482.454,
- una situación tributaria con las autoridades fiscales del Brasil quienes han emitido actas de infracción por un total de $ 3.701.107, y
- una situación cambiaria con el Banco Central de Brasil por un monto total de $ 2.956.093.
El Directorio de esa sociedad entiende que las situaciones indicadas se resolverán favorablemente, por lo que no consideró necesario registrar previsión alguna.
- Tal como se indica en las notas 9 a los estados contables individuales y 10 a los estados contables consolidados, la Sociedad tiene créditos impositivos a recuperar por $ 1.302.241 y $ 1.276.497 al 30 de junio de 2005 y 31 de diciembre de 2004, respectivamente. El Directorio de la Sociedad entiende, basado en la opinión de sus asesores impositivos, que se recuperará el total de los mismos por lo que los presentes estados contables no contienen previsiones por riesgo de incobrabilidad atribuible a estos créditos.
- Tal como se describe en las nota 11 a los estados contables individuales y consolidados, la Sociedad ha registrado como crédito no corriente, el monto pagado en concepto de impuesto a la ganancia mínima presunta, que entiende, basada en sus proyecciones, que podrá computarse como pago a cuenta de excedentes del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta en cualquiera de los diez ejercicios siguientes al de su origen. Los presentes estados contables no contienen previsiones por riesgo de incobrabilidad atribuible a estos créditos.
- Con relación al cierre del último ejercicio anual, 31 de diciembre de 2004 (que se presenta como comparativo del estado de situación patrimonial al 30 de junio de 2005) nuestro informe de auditoría fue emitido con fecha 30 de marzo de 2005. Nuestra opinión sobre los estados contables al 31 de diciembre de 2004 contenía salvedades a nuestra opinión principal por las situaciones indicadas en los apartados a), b) y d) a g) de este capítulo. En cuanto al período equivalente del ejercicio anterior para el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2005, es el periódo de seis meses concluído el 30 de junio de 2004, sobre cuyos estados contables emitimos nuestro informe de revisión limitada con fecha 17 de agosto de 2004, con observaciones relacionadas principalmente con las situaciones enunciadas en los apartados b) a f) de este capítulo 3.
4. Manifestación de los auditores
Sobre la base de la labor realizada según lo señalado en el capítulo 2 de este informe, que no incluyó todos los procedimientos necesarios para permitirnos expresar una opinión sobre los estados contables objeto de esta revisión, estamos en condiciones de informar que:
- los estados contables individuales de TCA Sociedad Anónima al 30 de junio de 2005 indicados en el apartado a) del capítulo 1 de este informe contemplan todos los hechos y circunstancias significativos de los que hemos tomado conocimiento;
- los estados contables consolidados de TCA Sociedad Anónima al 30 de junio de 2005 señalados en el apartado b) del capítulo 1 de este informe han sido preparados de acuerdo con las bases de consolidación descriptas en la nota 3 a dichos estados, las que siguen los lineamientos de la Resolución Técnica N°21 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas;
- excepto por lo mencionado en los apartados a), b) y c) del capítulo 3 precedente y sujeto a la resolución final de las situaciones descriptas en los apartados d) a g) del capítulo 3 de este informe, no tenemos otras observaciones significativas que formular sobre los mencionados estados contables.
5. Información requerida por disposiciones vigentes
(período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2005)
- Las cifras de los estados contables individuales mencionados en el apartado a) del capítulo 1 de este informe concuerdan con los registros contables auxiliares de la Sociedad. Dichos estados se exponen de acuerdo con lo dispuesto por la Ley N° 19.550 y, excepto por lo indicado en el apartado b) del capítulo 3, con la Resolución General N° 459/04 de la Comisión Nacional de Valores. Los estados citados se encuentran pendientes de ser asentados en el libro Inventario y Balances.
- Según surge de los registros contables de la Sociedad, el pasivo devengado al 30 de junio de 2005 a favor del Régimen Nacional de la Seguridad Social en concepto de aportes y contribuciones previsionales ascendía a $ 185.952 no siendo exigibles a esa fecha.
San Juan, 25 de agosto de 2005
| DELOITTE & Co. CUYO |
| NORBERTO J. MANZINO (Socio) |
| Contador Público ( U.B.A) |
| Matrícula 1520 |
| C.P.C.E. Pcia. de San Juan |