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IMPSA S.A. Interim / Quarterly Report 2003

Mar 9, 2004

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TCA S.A.

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES CORRESPONDIENTES AL PERÍODO DE SEIS MESES FINALIZADO EL 30 DE JUNIO DE 2003, PRESENTADOS EN FORMA COMPARATIVA CON LOS DATOS PATRIMONIALES DE CIERRE DEL ÚLTIMO EJERCICIO ANUAL, AL 31 DE DICIEMBRE DE 2002 Y DE RESULTADOS Y DE FLUJO DE EFECTIVO DEL PERÍODO EQUIVALENTE DEL EJERCICIO ANTERIOR, 30 DE JUNIO DE 2002

(expresados en moneda homogénea – en pesos)

1. SITUACIÓN DE LA SOCIEDAD

Según surge de los estados contables al 30 de junio de 2003 y 31 de diciembre de 2002 el activo corriente es inferior al pasivo corriente, por lo que el Directorio de la Sociedad se encuentra abocado a la implementación de medidas económicas y financieras que permitan el ordenamiento de la relación indicada. Dichos estados contables han sido preparados aplicando principios contables correspondientes a una empresa en marcha.

Además en virtud de los resultados negativos acumulados al 30 de junio de 2003 y 31 de diciembre de 2002 que exceden el monto de su Reserva Legal y el 50% del Capital Social, la Sociedad se encuentra alcanzada por las disposiciones del artículo 206 de la Ley N° 19.550 de Sociedades Comerciales, la cual prevé una reducción de capital o una nueva capitalización, que deberá ser tratada en oportunidad de la consideración de los estados contables por la Asamblea General de Accionistas que apruebe los estados contables al 31 de diciembre de 2002. No obstante, con fecha 16 de julio de 2002 se publicó el Decreto N° 1269/02 del Poder Ejecutivo Nacional mediante el cual se suspende la aplicación del inciso 5 del artículo 94 y del artículo 206 de la Ley N° 19.550 hasta el 10 de diciembre de 2003.

2 - CAMBIO DE RÉGIMEN MONETARIO Y DEVALUACIÓN DE LA MONEDA ARGENTINA

Con fecha 6 de enero de 2002, el Poder Legislativo Nacional sancionó la Ley N° 25.561 de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario, posteriormente complementada por otras disposiciones, en particular por el Decreto N° 214/2002 del 3 de febrero de 2002 de Reordenamiento del Sistema Financiero y varias comunicaciones del Banco Central de la República Argentina (“B.C.R.A.”).

En síntesis, la nueva normativa y sus disposiciones complementarias establecen el abandono de la convertibilidad del peso y la puesta en vigencia de la libre flotación del tipo de cambio.

El mercado de cambio comenzó a operar el 11 de enero de 2002 con un limitado volumen de operaciones. El B.C.R.A. debe autorizar ciertas transferencias de divisas al exterior, tales como pago de deudas financieras y sus intereses, regalías, dividendos y otras similares.

Las deudas en dólares estadounidenses con el sistema financiero, como las obligaciones exigibles de las sumas de dinero expresadas en dicha moneda no vinculadas al sistema financiero, cualquiera sea su origen y naturaleza, existentes a la sanción de la Ley N° 25.561, fueron convertidas al tipo de cambio $ 1 por U$S 1 y se les aplica el Coeficiente de Estabilización de

Referencia. Si por aplicación de las disposiciones antes mencionadas sobre las obligaciones exigibles en dólares estadounidenses no vinculadas al sistema financiero, el valor resultante de la cosa, bien o prestación, fuere superior o inferior al del momento de pago, cualquiera de las partes podrá solicitar un reajuste equitativo del precio.

Para el caso particular de las deudas en dólares estadounidenses con el sistema financiero, además del coeficiente antes mencionado, se aplica una tasa que no podrá superar la tasa máxima establecida por el B.C.R.A.

Todos los contratos existentes hasta el 6 de enero de 2002, cuyos valores estuvieron establecidos en dólares estadounidenses, se convirtieron en pesos a la cotización de $1 por dólar, y se ajustan de ahí en adelante en base al ya mencionado Coeficiente de Estabilización de Referencia, previéndose la posibilidad de negociaciones entre las partes en caso de una manifiesta inequidad en el valor de las prestaciones mutuas. Para nuevos contratos acordados conposterioridad a la referida fecha, no se admiten indexaciones ni cláusulas de ajuste.

Con fecha 8 de febrero de 2002, se emitió el Decreto N° 260/2002, que estableció un mercado libre de cambio para la liquidación de todas las operaciones en moneda extranjera, incluidas las exportaciones y las importaciones. Continúa requiriéndose aprobación previa del B.C.R.A. para realizar pagos al exterior.

Además, como consecuencia del estado actual de las finanzas públicas, ciertos créditos con el Estado Nacional, tanto corrientes como no corrientes, pueden verse sujetos a reprogramación para su cobro. Asimismo, las interpretaciones legales acerca del tipo de cambio aplicable para la liquidación de deudas en moneda extranjera con instituciones financieras u obligacionistas del exterior, pueden diferir de las que esgriman los acreedores y requerir la aplicación de algún mecanismo de resolución de disputas.

Con fecha 5 de marzo de 2003 y para un caso particular, el de un depósito en el Banco de la Nación Argentina efectuado por la provincia de San Luis, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que la devolución debía efectuarse en la moneda original en la que el depósito había sido efectuado. No están definidos todavía los alcances generales de este fallo de última instancia.

El efecto de la nueva política monetaria y el resto de las medidas económicas adoptadas por el Gobierno Nacional hasta la fecha de la preparación de los presentes estados contables sobre la situación patrimonial y de resultados de la Sociedad, fue contemplado en los estados contables al 30 de junio de 2003.

3. BASES DE PREPARACION

Los presentes estados contables han sido preparados al sólo efecto de la aplicación del método del valor patrimonial proporcional y su consolidación por parte de la sociedad controlante Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A.. Por esta razón no se presenta la totalidad de la información complementaria que requieren las normas contables vigentes para la preparación de estados contables de períodos intermedios o finales de presentación periódica.

De acuerdo con lo dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 664/03, se suspende desde el 1° de marzo de 2003 la preparación de los estados contables en moneda homogénea.

Por su parte y desde el punto de vista de las normas contables profesionales la expresión de estados contables en moneda homogénea sigue vigente. En el caso particular del período de seis meses terminado el 30 de junio de 2003, por lo tanto, desde el punto de vista de los Organismos de control se debió aplicar dicha reexpresión hasta el mes de febrero de 2003 en tanto que correspondía la reexpresión hasta junio de 2003 por aplicación de las normas contables profesionales.

Dado el escaso nivel de significatividad de las tasas de inflación medidas según las variaciones en el índice de precios internos al por mayor, que es el establecido para la expresión de estados contables en moneda homogénea, durante el lapso diciembre de 2002 a junio de 2003, la Sociedad ha optado por no practicar ninguna reexpresión en el corriente período. Cabe aclarar que el coeficiente que debería aplicarse hasta el mes de febrero sería el de 1,008, en tanto el aplicable hasta junio de 2003 sería de 0,975.

Hasta el 31 de diciembre de 2002, y en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 1.269/02, los estados contables se preparaban de acuerdo con normas contables de exposición y valuación que incluían la expresión en moneda homogénea establecida por la Resolución Técnica N° 6 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, con las modificaciones introducidas por la Resolución Técnica N° 19 de la misma Federación.

Los datos comparativos tanto de diciembre de 2002 para la parte patrimonial, como de junio de 2002 para las líneas de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo, están expresados en moneda homogénea de diciembre de 2002, de manera que resultan directamente comparables con las del corriente período en función de lo referido en el segundo párrafo de esta nota.

Cabe hacer notar que a partir del 1º de enero de 2003, y por lo tanto desde el corriente período, la Sociedad utiliza en la contabilización de sus operaciones, en la valuación de sus activos y pasivos y en la medición de sus resultados las disposiciones de las Resoluciones Técnicas Nros. 16 a 20 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, según fueran adoptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de San Juan.

En el caso de la contabilización del impuesto a las ganancias por el método de lo diferido, de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución Técnica N° 18, el cambio de criterio se ha efectuado desde el inicio del período de aplicación, o sea con fecha 31 de diciembre de 2002. El estado patrimonial comparativo, que corresponde a dicha fecha, contiene las modificaciones para adecuarlo a la aplicación del referido criterio, en tanto que desde el punto de vista de resultados y de flujo de efectivo, que para efectos comparativos corresponde a la información al 30 de junio de 2002, no se han considerado los efectos del referido cambio, que sí aparecerán en los estados contables de cierre del ejercicio.

La misma situación se presenta con la aplicación del criterio de determinar valores actuales en el caso de créditos o deudas que no tienen asociada una tasa de interés u otra forma de compensación financieras, tanto en saldos en moneda local como en moneda extranjera. El cambio de criterio se ha efectuado al inicio del ejercicio de aplicación, o sea el 31 de diciembre de 2002 y desde el punto de vista de la información comparativa se ha seguido el mismo procedimiento indicado en el párrafo anterior para el método de impuesto diferido.

4. PRINCIPALES CRITERIOS DE VALUACIÓN, EXPOSICIÓN Y EXPRESIÓN EN MONEDA HOMOGÉNEA

Los principales criterios de valuación, exposición y expresión en moneda homogénea utilizados en la preparación de los estados contables, son los siguientes:

a) Rubros monetarios:

Caja y bancos, créditos y pasivos en pesos, se han mantenido a sus valores nominales, agregando o deduciendo según corresponda, los resultados financieros pertinentes al cierre del período o ejercicio.

En el caso de saldos por cobrar y por pagar de largo plazo que no tuvieran asociada una tasa de interés o para los cuales no existiera una forma de compensación financiera contemplada, se determinaron los valores actuales en base a la interpretación establecida por la Resolución MD N° 32/02 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Este criterio no fue aplicado a los rubros corrientes dado que el bajo nivel de variación en los índices de precios internos al por mayor, como quedo expuesto en la nota 3, permiten considerar el período como de estabilidad monetaria.

b) Activos y pasivos en moneda extranjera:

Se han valuado aplicando los tipos de cambio aplicables vigentes al cierre del período o ejercicio.

En el caso de saldos por cobrar y por pagar de largo plazo que no tuvieran asociada una tasa de interés o para los cuales no existiera una forma de compensación financiera contemplada, se determinaron los valores actuales en base a la interpretación establecida por la Resolución MD N° 32/02 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Este criterio no fue aplicado a los rubros corrientes dado que el bajo nivel de variación en los índices de precios internos al por mayor, como quedo expuesto en la nota 3, permiten considerar el período como de estabilidad monetaria.

c) Bienes de cambio:

Están valuados a sus respectivos costos de reposición o reproducción al cierre del período o ejercicio con el límite de sus valores recuperables.

d) Inversiones no corrientes

Las inversiones permanentes en las sociedades controladas según el artículo 33 de la Ley 19.550 han sido valuadas aplicando el método del valor patrimonial proporcional, determinado sobre los estados contables preparados a la fecha de cierre de la sociedad controlante, y por períodos coincidentes, expresados en moneda homogénea en función de lo explicado en nota 3.

Ya que se trata de sociedades del exterior han sido valuadas de acuerdo con los lineamientos de la Resolución Técnica N° 18 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas para sociedades no integradas, lo que implica la imputación a un rubro especial (“Diferencias temporarias de conversión”), presentado entre el pasivo y el patrimonio neto, de las diferencias provenientes de la conversión de la moneda extranjera en la que están expresados los respectivos estados contables, a la moneda argentina.

e) Bienes de uso:

Valores de origen: fueron expresados en moneda homogénea en función de lo explicado en nota 3, neto de las depreciaciones correspondientes a la vida útil asignada.

Amortizaciones: se calcularon a partir del mes de su incorporación, aplicando el método de la línea recta sobre los valores expresados en moneda homogénea y utilizando las alícuotas expuestas en el Anexo II.

Los valores así determinados no superan, en su conjunto, sus valores recuperables.

f) Patrimonio neto

Capital social:

Los valores nominales se expresaron en moneda homogénea en función de lo explicado en la nota 3. El exceso del valor ajustado del capital con respecto a su valor nominal se imputó al rubro Ajuste de Capital.

Aportes no capitalizados, Reserva Legal, Reserva por Revalúo Técnico y Resultados no asignados:

Se expresaron en moneda homogénea en función de lo explicado en nota 3.

Cuentas del estado de resultados: Las cuentas de resultados se expresaron en moneda homogénea en función de lo explicado en nota 3, excepto: a) los cargos por activos consumidos (bienes de cambio y bienes de uso), que se determinaron en función de los valores en moneda homogénea de tales activos; y b) el resultado por inversiones permanentes, que se determinó en función de la variación patrimonial proporcional, computado sobre estados contables expresados en moneda homogénea en función de lo explicado en la nota 3 y en el apartado d) de esta nota.

g) Impuesto a las ganancias

A partir del corriente ejercicio, las normas vigentes requieren la contabilización del cargo por impuesto a las ganancias por el método del impuesto diferido. Este criterio implica el reconocimiento de partidas de activos y de pasivos por impuesto diferido, en los casos en que se produzcan diferencias temporarias entre la valuación contable y la valuación fiscal de los activos y de los pasivos.

La Sociedad no ha calculado las diferencias temporarias para la aplicación de éste método, aunque si ha contabilizado el respectivo crédito por los quebrantos impositivos acumulados, el cual ha sido previsionado en su totalidad en función de que no existen al presente indicaciones claras acerca de su recuperabilidad.

Tal como se indica en el anteúltimo párrafo de la nota 3, el cambio de criterio se ha efectuado al inicio del ejercicio de aplicación, o sea con fecha 31 de diciembre de 2002.

h) Uso de estimaciones en la preparación de los estados contables

La preparación de los estados contables de acuerdo con normas contables vigentes requiere que la Dirección y la Gerencia de la Sociedad efectúen estimaciones que inciden en la determinación de los importes de los activos y pasivos y en la revelación de contingencias a la fecha de presentación de los estados contables. Las resoluciones finales e importes reales pueden diferir de las estimaciones efectuadas para la preparación de los estados contables.

i) Reclasificaciones

Ciertas reclasificaciones se han realizado en los estados contables al 31 de diciembre de 2002 (en la parte patrimonial) y al 30 de junio de 2002 (en los aspectos de resultados y de flujo de efectivo), para uniformarlos con la presentación de los correspondientes al 30 de junio de 2003.

j) Modificación del saldo al inicio del patrimonio neto

Como consecuencia de la aplicación de las disposiciones de la Resoluciones Técnicas Nros. 16 a 20 mencionadas en la nota 3, se efectuaron modificaciones al saldo del patrimonio neto al 31 de diciembre de 2002 de acuerdo con el siguiente detalle:

Participación en los resultados de Sociedades art. 33 Ley N° 19.550 (Diferencia temporaria de conversión) 2.900.099
Aplicación del valor actual a saldos no corrientes (857.515)
Reconocimiento de quebrantos impositivos acumulados 38.448.439
Cargo por previsión para activos por impuestos diferidos (38.448.439)
Total modificación del saldo al inicio - Ganancia 2.042.584

5. COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS DE LOS ESTADOS CONTABLES

a) CAJA Y BANCOS

El detalle de caja y bancos es el siguiente:

.....30/06/03...... .......31/12/02.......
Caja 7.005 8.110
Bancos 722.094 890.185
TOTAL 729.099 898.295

b) CREDITOS POR VENTAS

El detalle de los créditos por ventas es el siguiente:

.....30/06/03...... .......31/12/02.......
Deudores comunes 1.878.918 1.486.054
Valores al cobro 204.458 93.699
Sociedad art. 33 Ley N° 19550 (Nota 6b) 5.086.376 6.169.455
Previsión para deudores incobrables (Anexo III) (93.134) (66.530)
TOTAL 7.076.618 7.682.678

c) OTROS CRÉDITOS

El detalle de otros créditos es el siguiente:

.....30/06/03...... .......31/12/02.......
Corrientes
Deudores varios 59.898 59.898
Saldos impositivos a favor 726.157 602.469
Reintegros de exportación a cobrar 2.400.397 3.659.255
Anticipos varios 401.079 302.923
Depósitos en garantía 1.750 1.750
TOTAL 3.589.281 4.626.295
No corrientes
Impuestos a recuperar (Nota 8) 1.202.279 1.186.942
Saldos impositivos a favor 886.226 1.253.499
TOTAL 2.088.505 2.440.441

d) BIENES DE CAMBIO

El detalle de los bienes de cambio es el siguiente:

.....30/06/03...... .......31/12/02.......
Materias primas y materiales 7.596.003 8.941.207
Productos en proceso y terminados 3.286.747 2.450.598
Mercadería en tránsito 335.101 308.093
Subtotal 11.217.851 11.699.898
Previsión para obsolescencia (Anexo III) (1.391.612) (1.289.257)
TOTAL 9.826.239 10.410.641

e) IMPUESTO DIFERIDO

El detalle del impuesto diferido es el siguiente:

.....30/06/03...... .......31/12/02.......
Impuesto diferido (Nota 4g) 38.448.439 38.448.439
Previsión para desvalorización de activos (Nota 4g) (38.448.439) (38.448.439)
TOTAL - -

f) OTROS ACTIVOS

Se incluye en este rubro el inmueble situado en el departamento de Pocito, provincia de San Juan por el cual, con fecha 27 de setiembre de 1999 se firmó un acuerdo de compraventa por un valor total de $ 1.000.000.- Al 30 de junio de 2003 y 31 de diciembre de 2002 se ha recibido en concepto de anticipos por esta operación la suma de 950.000 (nota 5i). La entrega del inmueble al comprador y la correspondiente escrituración se formalizará durante el año 2003.

g) DEUDAS COMERCIALES

La composición de las cuentas por pagar es la siguiente:

.....30/06/03...... .......31/12/02.......
Proveedores 4.820.053 11.553.946
Sociedades art. 33 Ley Nº 19.550 (Nota 6b) 4.187.635 2.051.284
TOTAL 9.007.688 13.605.230

h) PRESTAMOS BANCARIOS Y FINANCIEROS

El detalle de los préstamos bancarios y financieros es el siguiente:

.....30/06/03...... .......31/12/02.......
Corrientes
Adelantos en cuenta corriente 213.836 139.383
Bancarios 3.269.801 2.951.243
Financieros 8.076.949 10.519.226
TOTAL 11.560.586 13.609.852
No corrientes
Sociedades art. 33 Ley 19550 (Nota 6b) 46.553.568 48.043.363
TOTAL 46.553.568 48.043.363

i) OTRAS DEUDAS

El detalle de otras deudas es el siguiente:

.....30/06/03.... .......31/12/02.......
Sociedades art. 33 Ley Nro. 19.550 (Nota 6b) 665.271 505.948
Provisión gastos de receso 150.000 330.000
Honorarios directores y síndicos (neto de anticipos) 57.252 13.043
Anticipos recibidos por venta de inmuebles (Nota 5f) 950.000 950.000
Diversas 35.666 50.168
TOTAL 1.858.189 1.849.159

j) VENTAS NETAS DE BIENES

La composición de esta línea es la siguiente:

.....30/06/03.... .....30/06/02....
Ventas nacionales 9.059.816 14.322.418
Exportaciones 582.721 2.120.297
Reembolso a las exportaciones 64.071 1.263.140
Impuestos sobre los ingresos brutos (74.536) (84.464)
TOTAL 9.632.072 17.621.391

k) RESULTADOS FINANCIEROS Y POR TENENCIA

El detalle de los resultados financieros y por tenencia es el siguiente:

.....30/06/03.... .....30/06/02....
a) Generados por activos
Intereses ganados y descuentos obtenidos 39.455 31.742
Resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda (9.614.903)
Diferencias de cambio 1.092.015 6.169.146
Total de resultados financieros generados
por activos Ganancia - (Pérdida) 1.131.470 (3.414.015)
b) Generados por pasivos
Intereses (2.116.752) (1.544.003)
Comisiones y gastos bancarios (251.110) (262.606)
Resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda 24.542.061
Diferencias de cambio y actualizaciones 6.249.227 (62.941.871)
Total de resultados financieros generados
por pasivos - Ganancia - (Pérdida) 3.881.375 (40.206.419)
TOTAL Ganancia - (Pérdida) 5.012.845 (43.620.434)

l). RESULTADO POR INVERSIONES PERMANENTES

El detalle es el siguiente:

.....30/06/03.... .....30/06/02....
Resultado por participación en inversiones permanentes (Pérdida) - Ganancia (8.474.588) 26.444
Resultado por tenencia originado por la participación en sociedades controladas - Ganancia 23.858.270
TOTAL (Pérdida) - Ganancia (8.474.588) 23.884.714

m) ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO

.....30/06/03.... .....30/06/02....
a) Partidas que no significan utilización de efectivo
Amortización de bienes de uso 1.537.283 1.224.608
Compras y gastos no pagados 296.863 8.692.116
Aumento de previsiones 133.515 804.220
Resultado por inversiones permanentes 8.474.588
Resultados financieros 40.738.750
10.442.249 51.459.694
b) Partidas que no significan generación de efectivo
Ventas no cobradas 7.076.618 10.499.904
Disminución de previsiones 328.539 1.300.063
Resultados financieros 5.341.561
Resultado por inversiones permanentes 23.884.714
12.746.718 35.684.681

6. SOCIEDADES ART. 33 LEY Nº 19.550

a) Las sociedades artículo 33 Ley 19.550, al cierre de cada período y ejercicio, son las siguientes:

Sociedad Carácter .....30/06/03..... ...31/12/02...
Participación en el capital de TCA S.A.
Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A. Controlante 68,9336% 68,9336%
Valeo Connective Systems Vinculada 20,0000% 20,0000%
Carácter .....30/06/03..... ...31/12/02...
Participación en el capital de:
Tecnología em Componentes Automotivos S.A Controlada 99,9999% 99,9999%
Idifer S.A. Controlada 100% 100%

b) Los saldos al cierre de cada período y ejercicio son los siguientes:

……………………....……30/06/2003……………...................
Créditos por ventas Cuentas por pagar Prestamos financieros Otras deudas
Corrientes no corrientes
Controlante:
Industrias Metalúrgicas
Pescarmona S.A. 585.434 22.162.795 360.162
Vinculada:
Valeo Connective Systems 823.803 305.109
Controladas:
TCA S.A. Brasil 5.086.376 2.778.398 24.390.773
Totales 5.086.376 4.187.635 46.553.568 665.271
…………………….……….31/12/2002……….………................
Créditos por ventas Cuentas por pagar Prestamos financieros Otras deudas
corrientes no corrientes
Controlante:
Industrias Metalúrgicas
Pescarmona S.A. 555.144 23.970.905 283.022
Vinculada:
Valeo Connective Systems 930.220 222.926
Controladas:
TCA S.A. Brasil 6.169.455 565.920 24.072.458
Totales 6.169.455 2.051.284 48.043.363 505.948

7. REGIMENES DE PROMOCION INDUSTRIAL

a) Con fecha 29 de febrero de 1988 el Gobierno de la Provincia de San Juan promulgó el Decreto 0396, por el cual le otorga a Puerto Seco S.A., anterior denominación de TCA S.A., los beneficios del Régimen de Desarrollo Económico instaurado por la Ley Nacional Nº 22.021, extendida a la Provincia de San Juan por la Ley Nacional Nº 22.973, para la instalación en dicha Provincia de una planta para la fabricación de conductores eléctricos especiales y mazos de cables. Tales beneficios consisten en:

  • la exención del pago de los impuestos a las ganancias y a los activos durante un lapso de 15 años desde la puesta en marcha de la planta, operada el 30 de abril de 1988, aplicando porcentajes de liberación decrecientes;
  • la liberación del débito fiscal del impuesto al valor agregado correspondiente a las ventas de la Sociedad durante el lapso mencionado en el párrafo anterior; y

  • la liberación del débito fiscal del impuesto al valor agregado resultante de las ventas que realicen a la Sociedad los productores de materias primas y semielaborados.

Con fecha 8 de agosto de 1994, la Dirección General Impositiva notificó a la Sociedad los montos acreditados en la cuenta corriente computarizada correspondiente a los beneficios anuales por los conceptos detallados precedentemente, asignados de acuerdo con el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 2.054/92, la Resolución (M.E.) Nº 1.280/92 y la Resolución General Nº 3.600 de la propia Dirección General Impositiva y que abarcan los períodos 1992 a 2003.

Adicionalmente, y mediante el Decreto Nº 2729 del 26 de septiembre de 1988, el Gobierno de la Provincia de San Juan dispuso beneficiar a la Sociedad con una eximición, en el ámbito de esa provincia, del 50% del pago de los impuestos sobre los ingresos brutos, inmobiliario, a la radicación de automotores y todo tributo provincial presente o futuro, salvo las tasas retributivas de servicios, por el término de diez años desde la puesta en marcha de la planta.

b) En el marco de las leyes mencionadas en el primer párrafo del acápite anterior, con fechas 24 de mayo de 1996 y 2 de abril de 1998, el Gobierno de la provincia de San Juan promulgó los Decretos N° 0658/96 (Anexo LXXIII) y 0415/98, respectivamente, por los cuales otorgó a TCA S.A. los beneficios del Régimen de Desarrollo Económico para ampliación de una planta industrial destinada a la fabricación de cables y alambres con aislamiento y/o conductores eléctricos especiales y ramales eléctricos o mazos de cables.

Tales beneficios consisten en:

  • la exención del pago de los impuestos a las ganancias durante un lapso de 15 años desde la puesta en marcha de la planta, operada parcialmente el 10 de noviembre de 1998, aplicando porcentajes de liberación decrecientes;
  • la liberación del débito fiscal del impuesto al valor agregado correspondiente a las ventas de la Sociedad durante el lapso mencionado en el párrafo anterior; y
  • la liberación del débito fiscal del impuesto al valor agregado resultante de las ventas que realicen a la Sociedad los productores de materias primas y semielaboradas.

A la fecha de emisión de los presentes estados contables, la Sociedad está a la espera de la notificación pertinente por parte de la Dirección General Impositiva sobre los montos acreditados en la cuenta corriente computarizada correspondiente a los beneficios anuales por los impuestos detallados precedentemente.

De acuerdo con lo detallado en los decretos mencionados en el primer párrafo, el proyecto promovido se concretará mediante una inversión total mínima de 4.475.000; adicionalmente, la Sociedad deberá producir volúmenes crecientes que van desde 1.634.600 Kgs. a 3.269.200 Kgs. y ocupar un mínimo de personal en relación de dependencia.

8. IMPUESTOS A RECUPERAR

El Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 1.033/91 estableció que las empresas que hubieran sido beneficiadas por la franquicia dejada sin efecto por el Decreto Nº 435/90 del Poder Ejecutivo Nacional tendrán derecho a percibir certificados de crédito fiscal, en función del grado de cumplimiento del régimen de promoción. El monto final de los certificados que le correspondan a la Sociedad será determinado por la Dirección General Impositiva, de acuerdo a los establecido por la Resolución Nº 1.280/92 del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Nación.

Con fecha 18 de noviembre de 1994 la Dirección General Impositiva emitió la Resolución General Nº 3.905 la que reglamentó el otorgamiento de los mencionados certificados de crédito fiscal y estableció una serie de pautas y de información que deberán cumplimentar las empresas incluidas en la situación comentada.

La Sociedad se encuentra comprendida en los términos del Decreto 1.033/91 mencionado anteriormente, por lo que efectúo las presentaciones requeridas. Al 30 de junio de 2003 y 31 de diciembre de 2002, registró sus derechos por 1.198.637 y 1.186.942 respectivamente, en la cuenta “Impuestos a recuperar” del rubro “Otros créditos no corrientes”.

9. CAPITAL SOCIAL

Al 30 de junio de 2003 y 2002, según surge del Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 20 de diciembre de 1995, el capital social asciende a 10.725.590, encontrándose totalmente suscripto, integrado e inscripto en el Registro Público de Comercio de la ciudad de San Juan.

10. IMPUESTOS A LAS GANANCIAS Y A LA GANANCIA MINIMA PRESUNTA

Al 30 de junio de 2003 y 2002 no se ha constituido provisión por impuesto a las ganancias dado que la Sociedad presenta pérdidas impositivas acumuladas. Dichas pérdidas podrán compensarse con utilidades impositivas de ejercicios futuros.

El impuesto a la ganancia mínima presunta fue establecido en el ejercicio finalizado el 30 de junio de 1999 por la Ley N° 25.063 por el término de diez ejercicio anuales. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias, dado que mientras este último grava la utilidad impositiva del ejercicio, el impuesto a la ganancia mínima presunta constituye una imposición mínima que grava la renta potencial de ciertos activos productivos a la tasa del 1%, de modo que la obligación fiscal de la Sociedad coincidirá con el mayor de ambos impuestos. Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un ejercicio fiscal al impuesto a las ganancias,

dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta que pudiera producirse en cualquiera de los diez ejercicios siguientes.

La Sociedad fue incluida en el “Convenio para mejorar la competitividad y la generación del empleo” establecida por el Decreto 730/01 del Poder Ejecutivo Nacional, extendido a la industria automotriz mediante el Decreto 761/01. De acuerdo con lo establecido por la Administración Federal de Ingresos Públicos como organismo encargado por el citado decreto 730/01 para establecer las formas, plazos, condiciones y detalle de los beneficios que se otorgan a cada sector, la Sociedad se beneficiará desde el 1 de julio de 2001 hasta el 30 de abril de 2002 y del 31 de agosto de 2002 hasta el 31 de marzo de 2003, con una exención del 100% de los impuestos a la ganancia mínima presunta y sobre los intereses pagados y el costo financiero del endeudamiento empresario y del cómputo, como crédito fiscal en el impuesto al valor agregado, del 100% de las contribuciones patronales con destino al Sistema Unico de la Seguridad Social.

Al 30 de junio de 2003 y 31 de diciembre de 2002 los impuestos pagados en años anteriores por 886.226 y 839.636, respectivamente, se incluyen en la cuenta “Saldos impositivos a favor” del rubro “Otros créditos no corrientes” del activo, en virtud de que las proyecciones de la Entidad hacen prever que podrá computarse como pago a cuenta de excedentes del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta en cualquiera de los diez ejercicios siguientes al de su origen.

11. REVALUO TECNICO EN LA SOCIEDAD CONTROLADA

La sociedad controlada T.C.A. Tecnología em Componentes Automotivos S.A. ha realizado un revalúo técnico de algunos de sus bienes de uso al 28 de febrero de 1999, el cual fue aprobado por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas el 28 de abril de 1999. El revalúo técnico fue preparado por peritos valuadores independientes.

T.C.A. S.A., la sociedad controlante, registró el incremento patrimonial en la cuenta “Reserva por revalúo técnico en sociedades controladas” en función de su porcentaje de participación en el capital de la misma. Dicha reserva se ha desafectado en la proporción correspondiente al mayor cargo por amortizaciones de aquellos bienes que le han dado origen, según el siguiente detalle:

Ejercicio 1999 297.298
Ejercicio 2000 468.763
Ejercicio 2001 402.646
Ejercicio 2002 494.130 (1)
Ejercicio 2003 278.831
Total 1.941.668
  1. De este importe total, 332.002 corresponden al período de seis meses terminado el 30 de junio de 2002.

12. BIENES DE DISPONIBILIDAD RESTRINGIDA

Al 30 de junio de 2003 y 2002 existe un inmueble afectado en garantía de un préstamo hipotecario por 6.000.000 y 6.167.100, respectivamente, el cual se expone en el rubro Préstamos bancarios y financieros. El valor residual contable de dicho inmueble asciende a aproximadamente 7.000.000 y 7.200.000 al 30 de junio de 2003 y 2002, respectivamente. Además al 30 de junio de 2002 existían reintegros de exportaciones por un valor de 498.813 en garantía de préstamos bancarios corrientes por 355.328.

C.P.N. Juan Carlos Roldán Sr. Luis Marcial

Por Comisión Fiscalizadora Director

INFORMACIÓN CONTABLE COMPLEMENTARIA

TCA S.A.

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS CORRESPONDIENTES AL PERÍODO DE SEIS MESES FINALIZADO EL 30 DE JUNIO DE 2003, PRESENTADO EN FORMA COMPARATIVA CON LOS DATOS PATRIMONIALES DE CIERRE DEL ÚLTIMO EJERCICIO ANUAL, AL 31 DE DICIEMBRE DE 2002 Y DE RESULTADOS Y DE FLUJO DE EFECTIVO DEL PERÍODO EQUIVALENTE DEL EJERCICIO ANTERIOR, 30 DE JUNIO DE 2002

(en pesos – en moneda homogénea)

1. SITUACIÓN DE LA SOCIEDAD

Según surge de los estados contables al 30 de junio de 2003 y 31 de diciembre de 2002 el activo corriente es inferior al pasivo corriente, por lo que el Directorio de la Sociedad se encuentra abocado a la implementación de medidas económicas y financieras que permitan el ordenamiento de la relación indicada. Dichos estados contables han sido preparados aplicando principios contables correspondientes a una empresa en marcha.

Además en virtud de los resultados negativos acumulados al 30 de junio de 2003 y 31 de diciembre de 2002 que exceden el monto de su Reserva Legal y el 50% del Capital Social, la Sociedad se encuentra alcanzada por las disposiciones del artículo 206 de la Ley N° 19.550 de Sociedades Comerciales, la cual prevé una reducción de capital o una nueva capitalización, que deberá ser tratada en oportunidad de la consideración de los estados contables por la Asamblea General de Accionistas que apruebe los estados contables al 31 de diciembre de 2002. No obstante, con fecha 16 de julio de 2002 se publicó el Decreto N° 1269/02 del Poder Ejecutivo Nacional mediante el cual se suspende la aplicación del inciso 5 del artículo 94 y del artículo 206 de la Ley N° 19.550 hasta el 10 de diciembre de 2003.

2 - CAMBIO DE RÉGIMEN MONETARIO Y DEVALUACIÓN DE LA MONEDA ARGENTINA

Con fecha 6 de enero de 2002, el Poder Legislativo Nacional sancionó la Ley N° 25.561 de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario, posteriormente complementada por otras disposiciones, en particular por el Decreto N° 214/2002 del 3 de febrero de 2002 de Reordenamiento del Sistema Financiero y varias comunicaciones del Banco Central de la República Argentina (“B.C.R.A.”).

En síntesis, la nueva normativa y sus disposiciones complementarias establecen el abandono de la convertibilidad del peso y la puesta en vigencia de la libre flotación del tipo de cambio.

El mercado de cambio comenzó a operar el 11 de enero de 2002 con un limitado volumen de operaciones. El B.C.R.A. debe autorizar ciertas transferencias de divisas al exterior, tales como pago de deudas financieras y sus intereses, regalías, dividendos y otras similares.

Las deudas en dólares estadounidenses con el sistema financiero, como las obligaciones exigibles de las sumas de dinero expresadas en dicha moneda no vinculadas al sistema financiero, cualquiera sea su origen y naturaleza, existentes a la sanción de la Ley N° 25.561, fueron convertidas al tipo de cambio $ 1 por U$S 1 y se les aplica el Coeficiente de Estabilización de Referencia, indicado en el párrafo anterior. Si por aplicación de las disposiciones antes mencionadas sobre las obligaciones exigibles en dólares estadounidenses no vinculadas al sistema

financiero, el valor resultante de la cosa, bien o prestación, fuere superior o inferior al del momento de pago, cualquiera de las partes podrá solicitar un reajuste equitativo del precio.

Para el caso particular de las deudas en dólares estadounidenses con el sistema financiero, además del coeficiente antes mencionado, se aplica una tasa que no podrá superar la tasa máxima establecida por el B.C.R.A.

Todos los contratos existentes hasta el 6 de enero de 2002, cuyos valores estuvieron establecidos en dólares estadounidenses, se convirtieron en pesos a la cotización de $1 por dólar, y se ajustan de ahí en adelante en base al ya mencionado Coeficiente de Estabilización de Referencia, previéndose la posibilidad de negociaciones entre las partes en caso de una manifiesta inequidad en el valor de las prestaciones mutuas. Para nuevos contratos acordados conposterioridad a la referida fecha, no se admiten indexaciones ni cláusulas de ajuste.

Con fecha 8 de febrero de 2002, se emitió el Decreto N° 260/2002, que estableció un mercado libre de cambio para la liquidación de todas las operaciones en moneda extranjera, incluidas las exportaciones y las importaciones. Continúa requiriéndose aprobación previa del B.C.R.A. para realizar pagos al exterior.

Además, como consecuencia del estado actual de las finanzas públicas, ciertos créditos con el Estado Nacional, tanto corrientes como no corrientes, pueden verse sujetos a reprogramación para su cobro. Asimismo, las interpretaciones legales acerca del tipo de cambio aplicable para la liquidación de deudas en moneda extranjera con instituciones financieras u obligacionistas del exterior, pueden diferir de las que esgriman los acreedores y requerir la aplicación de algún mecanismo de resolución de disputas.

Con fecha 5 de marzo de 2003 y para un caso particular, el de un depósito en el Banco de la Nación Argentina efectuado por la provincia de San Luis, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que la devolución debía efectuarse en la moneda original en la que el depósito había sido efectuado. No están definidos todavía los alcances generales de este fallo de última instancia.

El efecto de la nueva política monetaria y el resto de las medidas económicas adoptadas por el Gobierno Nacional hasta la fecha de la preparación de los presentes estados contables sobre la situación patrimonial y de resultados de la Sociedad, fue contemplado en los estados contables al 30 de junio de 2003.

3. BASES DE PREPARACION

Los presentes estados contables han sido preparados al sólo efecto de la aplicación del método del valor patrimonial proporcional y su consolidación por parte de la sociedad controlante Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A.. Por esta razón no se presenta la totalidad de la información complementaria que requieren las normas contables vigentes para la preparación de estados contables de períodos intermedios o finales de presentación periódica.

De acuerdo con lo dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 664/03, se suspende desde el 1° de marzo de 2003 la preparación de los estados contables en moneda homogénea.

Por su parte y desde el punto de vista de las normas contables profesionales la expresión de estados contables en moneda homogénea sigue vigente. En el caso particular del período de seis meses terminado el 30 de junio de 2003, por lo tanto, desde el punto de vista de los Organismos de control se debió aplicar dicha reexpresión hasta el mes de febrero de 2003 en tanto que correspondía la reexpresión hasta junio de 2003 por aplicación de las normas contables profesionales.

Dado el escaso nivel de significatividad de las tasas de inflación medidas según las variaciones en el índice de precios internos al por mayor, que –como se ha dicho- es el establecido para la expresión de estados contables en moneda homogénea, durante el lapso diciembre de 2002 a marzo de 2003, la Sociedad ha optado por no practicar ninguna reexpresión en el corriente período. Cabe aclarar que el coeficiente que debería aplicarse hasta el mes de febrero sería el de 1,008, en tanto el aplicable hasta junio de 2003 sería de 0,975.

Hasta el 31 de diciembre de 2002, y en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 1.269/02, los estados contables se preparaban de acuerdo con normas contables de exposición y valuación que incluían la expresión en moneda homogénea establecida por la Resolución Técnica N° 6 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, con las modificaciones introducidas por la Resolución Técnica N° 19 de la misma Federación.

Los datos comparativos tanto de diciembre de 2002 para la parte patrimonial, como de junio de 2002 para las líneas de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo, están expresados en moneda homogénea de diciembre de 2002, de manera que resultan directamente comparables con las del corriente período en función de lo referido en el segundo párrafo de esta nota.

Cabe hacer notar que a partir del 1º de enero de 2003, y por lo tanto desde el corriente período, la Sociedad utiliza en la contabilización de sus operaciones, en la valuación de sus activos y pasivos y en la medición de sus resultados las disposiciones de las Resoluciones Técnicas Nros. 16 a 20 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, según fueran adoptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de San Juan.

En el caso de la contabilización del impuesto a las ganancias por el método de lo diferido, de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución Técnica N° 18, el cambio de criterio se ha efectuado desde el inicio del período de aplicación, o sea con fecha 31 de diciembre de 2002. El estado patrimonial comparativo, que corresponde a dicha fecha, contiene las modificaciones para adecuarlo a la aplicación del referido criterio, en tanto que desde el punto de vista de resultados y de flujo de efectivo, que para efectos comparativos corresponde a la información al 30 de junio de 2002, no se han considerado los efectos del referido cambio, que sí aparecerán en los estados contables de cierre del ejercicio.

La misma situación se presenta con la aplicación del criterio de determinar valores actuales en el caso de créditos o deudas que no tienen asociada una tasa de interés u otra forma de compensación financieras, tanto en saldos en moneda local como en moneda extranjera. El cambio de criterio se ha efectuado al inicio del ejercicio de aplicación, o sea el 31 de diciembre de 2002 y desde el punto de vista de la información comparativa se ha seguido el mismo procedimiento indicado en el párrafo anterior para el método de impuesto diferido.

4. PRESENTACIÓN DE ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS

Cabe hacer notar que a partir del 1º de enero de 2003, y por lo tanto desde el corriente período, la Sociedad utiliza en la contabilización de sus operaciones, en la valuación de sus activos y pasivos y en la medición de sus resultados las disposiciones de las Resoluciones Técnicas Nros. 16 a 20 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, según fueran adoptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de San Juan.

Los estados contables consolidados de TCA S. A. con su sociedad controlada T.C.A. Tecnologia em Componentes Automotivos S.A., han sido preparados de acuerdo a la Ley N° 19.550 (t.o. en 1984) siguiendo los lineamientos de la Resolución Técnica Nro. 4 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas que, básicamente, consisten en la acumulación de los importes de los mismos rubros y la eliminación de saldos y resultados entre la sociedad controlante y su controlada.

La sociedad controlada cuyos estados contables se consolidan y los porcentajes de participación totales de TCA S.A. al cierre del período - ejercicio son los siguientes:

Sociedad % de participación
30-06-2003 31-12-2002
Tecnología em Componentes Automotivos S.A. 99,99 99,99

La sociedad controlada Idifer S.A. no ha sido consolidada debido a la escasa significatividad de sus saldos.

5. PRINCIPALES CRITERIOS DE VALUACIÓN

Los principales criterios de valuación utilizados, que son similares en ambas compañías, son los siguientes:

a) Activos y pasivos en moneda extranjera

Se han valuado aplicando los tipos de cambio vigentes al cierre del período o ejercicio.

b) Bienes de cambio

Están valuados a sus respectivos costos de reposición o reproducción al cierre del período o ejercicio. Los valores así determinados no superan, en su conjunto, su valor recuperable.

c) Inversiones corrientes

Se han valuado a su costo al valor de capital invertido más los intereses devengados al cierre del período o ejercicio.

d) Bienes de uso

Valores de origen: fueron expresados en moneda homogénea, de acuerdo a lo indicado en la nota 3.

Amortizaciones: se calcularon a partir del mes de su incorporación, aplicando el método de la línea recta.

Los valores así determinados no superan, en su conjunto, su valor recuperable.

La sociedad controlada T.C.A. Tecnologia em Componentes Automotivos S.A. ha realizado un revalúo técnico de algunos de sus bienes de uso al 28 de febrero de 1999, el cual fue aprobado por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas el 28 de abril de 1999. El revalúo técnico fue preparado por peritos valuadores independientes.

T.C.A. S.A., como sociedad controlante, registró el incremento patrimonial en la cuenta “Reserva por revalúo técnico en sociedades controladas” en función de su porcentaje de participación en el capital de la misma. Dicha reserva se ha desafectado en la proporción correspondiente al mayor cargo por amortizaciones de aquellos bienes que le han dado origen.

e) Activos intangibles

Valores de origen: se expresaron en moneda homogénea, de acuerdo a lo indicado en la nota 3.

Amortizaciones: se calcularon a partir del mes de su incorporación sobre los valores expresados en moneda homogénea, aplicando el método de la línea recta y utilizando las alícuotas expuestas en los párrafos siguientes.

f) Previsiones para juicios:

Fueron estimadas con base en el porcentaje de probabilidad de ocurrencia determinado sobre los montos de las demandas actualizadas.

g) Impuesto a las ganancias

A partir del corriente ejercicio, las normas vigentes requieren la contabilización del cargo por impuesto a las ganancias por el método del impuesto diferido. Este criterio implica el reconocimiento de partidas de activos y de pasivos por impuesto diferido, en los casos en que se produzcan diferencias temporarias entre la valuación contable y la valuación fiscal de los activos y de los pasivos.

La Sociedad no ha calculado las diferencias temporarias para la aplicación de éste método, aunque si ha contabilizado el respectivo crédito por los quebrantos impositivos acumulados, el cual ha sido previsionado en su totalidad en función de que no existen al presente indicaciones claras acerca de su recuperabilidad.

Tal como se indica en el anteúltimo párrafo de la nota 3 a los estados contables individuales, el cambio de criterio se ha efectuado al inicio del ejercicio de aplicación, o sea con fecha 31 de diciembre de 2002.

h) Uso de estimaciones en la preparación de los estados contables

La preparación de los estados contables de acuerdo con normas contables vigentes requiere que la Dirección y la Gerencia de la Sociedad efectúen estimaciones que inciden en la determinación de los importes de los activos y pasivos y en la revelación de contingencias a la fecha de presentación de los estados contables. Las resoluciones finales e importes reales pueden diferir de las estimaciones efectuadas para la preparación de los estados contables.

i) Reclasificaciones

Ciertas reclasificaciones se han realizado en los estados contables al 31 de diciembre de 2002 (en la parte patrimonial) y al 30 de junio de 2002 (en los aspectos de resultados y de flujo de efectivo), para uniformarlos con la presentación de los correspondientes al 30 de junio de 2003.

6. PROCEDIMIENTO DE CONVERSIÓN A MONEDA ARGENTINA DE LOS ESTADOS CONTABLES DE LA SOCIEDAD CONTROLADA EXTRANJERA.

La Sociedad aplica las disposiciones de la Resolución Técnica N° 18 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas para convertir a moneda argentina los estados contables de la sociedad controlada constituida en el exterior. La sociedad controlada ha sido tratada como una sociedad no integrada, lo que implica la imputación a un rubro especial (“Diferencias temporarias de conversión”), presentado entre el pasivo y el patrimonio neto, de las diferencias provenientes de la conversión de la moneda extranjera en la que están expresados los respectivos estados contables, a la moneda argentina.

En consecuencia, los activos y pasivos incluidos en esos estados contables que representan valores corrientes a la fecha de los mismos, o bien, costos históricos reexpresados a la misma fecha (ambos expresados en la moneda del país receptor de la inversión), fueron convertidos a moneda argentina empleando el tipo de cambio vendedor vigente al cierre del período - ejercicio. Las cuentas de patrimonio inicial fueron convertidas a moneda argentina empleando el tipo de cambio histórico y luego reexpresados en moneda de cierre los estados contables consolidados.

Los estados contables de la sociedad controlada fueron adecuados a las normas contables profesionales vigentes en Argentina.

7. COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS

7.1 CAJA Y BANCOS

El detalle de caja y bancos es el siguiente:

.........30/06/03....... .........31/12/02........
Caja 7.005 8.110
Bancos 757.818 954.631
TOTAL 764.823 962.741

7.2 INVERSIONES

El total de las inversiones corrientes al 30 de junio de 2003 y 31 de diciembre de 2002 corresponden a colocaciones de fondos más sus intereses devengados al cierre del período o ejercicio.

7.3 CREDITOS

El detalle de los créditos es el siguiente:

......30/06/03....... .........31/12/02........
Corrientes
a) Créditos por ventas
Deudores comunes 11.610.890 9.862.457
Valores al cobro 204.458 93.699
Previsión para deudores incobrables (93.134) (66.530)
11.722.214 9.889.626
b) Otros créditos
Deudores varios 59.898 59.898
Saldos impositivos a favor 9.481.940 7.666.681
Reintegros por exportación 2.400.397 3.659.255
Directores 0 100.810
Anticipos varios 401.079 736.730
Depósitos en garantía 1.750 1.750
Gastos pagados por adelantado 29.298 6.602
Anticipos a proveedores 1.918.958 6.061.796
Diversos 551.112
TOTAL 14.844.432 18.293.522
......30/06/03....... .........31/12/02........
No corrientes
c) Otros créditos
Impuestos a recuperar (Nota 10) 1.202.279 1.186.942
Saldos impositivos a favor 886.226 1.253.499
Depósitos judiciales 1.164.031 1.012.085
Contratos de mutuo con sociedades vinculadas 3.221.042 3.898.044
TOTAL 6.473.578 7.350.570

7.4 BIENES DE CAMBIO

El detalle de los bienes de cambio es el siguiente:

........30/06/03........ .........31/12/02........
Materias primas y materiales 16.251.924 20.269.796
Productos en proceso y terminados 4.583.126 3.585.561
Materiales en tránsito 335.101 308.093
Subtotal 21.170.151 24.163.450
Previsión para obsolescencia (2.327.516) (1.832.742)
TOTAL 18.842.635 22.330.708

7.5 OTROS ACTIVOS

Se incluye en este rubro el inmueble situado en el departamento de Pocito, provincia de San Juan por el cual, con fecha 27 de septiembre de 2000 se firmó un acuerdo de compraventa por un valor total de 1.000.000. Al 30 de junio de 2003 y 31 de diciembre de 2002 se ha recibido en concepto de anticipos por esta operación la suma de 950.000 (nota 7.10). La entrega del inmueble al comprador y la correspondiente escrituración se formalizará durante el año 2003.

7.6 BIENES DE USO

La evolución del rubro fue la siguiente:
........30/06/03........ .........31/12/02........
Valor residual al comienzo del ejercicio 43.328.452 44.649.092
Aumentos del ejercicio 47.757 654.309
Resultados financieros 803.570 5.096.720
Bajas del período - ejercicio (56.715) (144.513)
Amortización del período - ejercicio (2.733.999) (6.927.156)
Neto resultante al cierre del período – ejercicio 41.389.065 43.328.452

7.7 ACTIVOS INTANGIBLES:

El detalle de bienes intangibles es el siguiente:

.........30/06/03....... ........31/12/02.........
Gastos preoperativos 706.605 767.475
TOTAL 706.605 767.475
La evolución del rubro fue la siguiente:
Valor residual al comienzo del ejercicio 767.475 933.777
Resultados financieros 57.540 218.399
Amortización del período - ejercicio (118.410) (384.701)
Neto resultante al cierre del ejercicio 706.605 767.475

7.8 CUENTAS POR PAGAR

La composición de las cuentas por pagar es la siguiente:

.........31/12/03....... ........31/12/02........
Proveedores 26.582.189 29.735.865
Sociedades vinculadas 1.409.237 1.485.364
TOTAL 27.991.426 31.221.229

7.9 PRESTAMOS BANCARIOS Y FINANCIEROS

El detalle de los préstamos bancarios y financieros es el siguiente:

.........30/06/03....... .........31/12/02........
a) Corrientes
Adelantos en cuenta corriente 213.836 139.383
Bancarios 7.741.335 13.374.342
Financieros 8.076.949 10.519.226
TOTAL 16.032.120 24.032.951
b) No corrientes
Bancarios 5.939.658 2.134.556
Sociedades vinculadas 22.162.795 23.970.905
TOTAL 28.102.453 26.105.461

7.10 OTRAS DEUDAS

El detalle de otras deudas es el siguiente:

.........30/06/03....... .....31/12/02.....
Corrientes
Provisión gastos de receso 150.000 330.000
Honorarios directores y síndicos 57.252 0
Sociedades controlante y vinculadas 2.093.590 1.472.839
Asesoría técnica 0 457.177
Anticipos recibidos por venta de inmueble (Nota 7.5) 950.000 950.000
Diversas 1.688.075 1.259.199
TOTAL 4.938.917 4.469.215

7.11 VENTAS NETAS DE BIENES

La composición de esta línea es la siguiente:

.........30/06/03....... .....30/06/02.....
Ventas brutas 55.396.379 99.120.514
Reembolso a las exportaciones 64.071 1.263.140
Impuestos sobre los ingresos brutos y otros
Descuentos (4.734.056) (8.790.236)
TOTAL 50.726.394 91.593.418

7.12 RESULTADOS FINANCIEROS Y POR TENENCIA

El detalle de los resultados financieros y por tenencia es el siguiente:

........30/06/03....... .....30/06/02.....
a) Generados por activos
Intereses (1.150.755) 178.045
Resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda (300.230) (9.541.924)
Resultado por tenencia
Diferencias de cambio y descuentos obtenidos 791.318 6.362.401
Total de resultados financieros generados
por activos - Pérdida (659.667) (3.001.478)
b) Generados por pasivos
Intereses (2.464.775) (3.714.044)
Comisiones y gastos bancarios (266.704) (416.550)
Resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda 24.542.061
Diferencias de cambio y actualizaciones 6.403.975 (38.773.815)
Total de resultados financieros generados
por pasivos Ganancia - (Pérdida) 3.672.496 (18.362.348)
TOTAL Ganancia - (Pérdida ) 3.012.829 (21.363.826)

7.13 ESTADO DE ORIGEN Y APLICACION DE FONDOS

a) Gastos que no significan aplicaciones de fondos
........30/06/03....... .....30/06/02.....
Amortización de bienes de uso 2.733.999 2.602.352
Amortización de activos intangibles 118.410 66.413
Compras y gastos no pagados 1.560.079 8.409.642
Aumento de previsiones 352.502 826.429
Disminución de bienes de uso 56.715 16.799
Participación minoritaria 0 34.717.435
Resultados financieros
4.821.705 46.639.070
b) Ingresos que no significan orígenes de fondos
Ventas no cobradas 11.722.214 24.501.905
Participación minoritaria 866 32
Disminución de previsiones 11.156 990.030
Amortización del revalúo técnico 278.831 332.003
Resultados financieros 224.481
12.237.548 25.823.970

8. CAPITAL SOCIAL

Al 30 de junio de 2003 y 31 de diciembre de 2002 el capital de TCA S.A. según surge del Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 20 de diciembre de 1995, asciende a 10.725.590, encontrándose totalmente suscripto, integrado e inscripto en el Registro Público de Comercio de la ciudad de San Juan.

9. REGIMENES DE PROMOCION INDUSTRIAL

a) Con fecha 29 de febrero de 1988 el Gobierno de la Provincia de San Juan promulgó el Decreto 0396, por el cual le otorga a Puerto Seco S.A., anterior denominación de TCA S.A., los beneficios del Régimen de Desarrollo Económico instaurado por la Ley Nacional Nº 22.021, extendida a la Provincia de San Juan por la Ley Nacional Nº 22.973, para la instalación en dicha Provincia de una planta para la fabricación de conductores eléctricos especiales y mazos de cables. Tales beneficios consisten en:

  • la exención del pago de los impuestos a las ganancias y a los activos durante un lapso de 15 años desde la puesta en marcha de la planta, operada el 30 de abril de 1988, aplicando porcentajes de liberación decrecientes;
  • la liberación del débito fiscal del impuesto al valor agregado correspondiente a las ventas de la Sociedad durante el lapso mencionado en el párrafo anterior; y
  • la liberación del débito fiscal del impuesto al valor agregado resultante de las ventas que realicen a la Sociedad los productores de materias primas y semielaborados.

Con fecha 8 de agosto de 1994, la Dirección General Impositiva notificó a la Sociedad los montos acreditados en la cuenta corriente computarizada correspondiente a los beneficios anuales por los conceptos detallados precedentemente, asignados de acuerdo con el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 2.054/92, la Resolución (M.E.) Nº 1.280/92 y la Resolución General Nº 3.600 de la propia Dirección General Impositiva y que abarcan los períodos 1992 a 2003.

Adicionalmente, y mediante el Decreto Nº 2729 del 26 de septiembre de 1988, el Gobierno de la Provincia de San Juan dispuso beneficiar a la Sociedad con una eximición, en el ámbito de esa provincia, del 50% del pago de los impuestos sobre los ingresos brutos, inmobiliario, a la radicación de automotores y todo tributo provincial presente o futuro, salvo las tasas retributivas de servicios, por el término de diez años desde la puesta en marcha de la planta.

b) En el marco de las leyes mencionadas en el primer párrafo del acápite anterior, con fechas 24 de mayo de 1996 y 2 de abril de 1998, el Gobierno de la provincia de San Juan promulgó los Decretos N° 0658/96 (Anexo LXXIII) y 0415/98, respectivamente, por los cuales otorgo a TCA S.A. los beneficios del Régimen de Desarrollo Económico para ampliación de una planta industrial destinada a la fabricación de cables y alambres con aislamiento y/o conductores eléctricos especiales y ramales eléctricos o mazos de cables.

Tales beneficios consisten en:

  • la exención del pago de los impuestos a las ganancias durante un lapso de 15 años desde la puesta en marcha de la planta, operada parcialmente el 10 de noviembre de 1997, aplicando porcentajes de liberación decrecientes;
  • la liberación del débito fiscal del impuesto al valor agregado correspondiente a las ventas de la Sociedad durante el lapso mencionado en el párrafo anterior; y
  • la liberación del débito fiscal del impuesto al valor agregado resultante de las ventas que realicen a la Sociedad los productores de materias primas y semielaboradas.

A la fecha de emisión de los presentes estados contables, la Sociedad está a la espera de la notificación pertinente por parte de la Dirección General Impositiva sobre los montos acreditados en la cuenta corriente computarizada correspondiente a los beneficios anuales por los impuestos detallados precedentemente .

De acuerdo con lo detallado en los decretos mencionados en el primer párrafo, el proyecto promovido se concretará mediante una inversión total mínima de 4.475.000; adicionalmente, la Sociedad deberá producir volúmenes crecientes que van desde 1.634.600 Kgs. a 3.269.200 Kgs. y ocupar un mínimo de personal en relación de dependencia.

10. IMPUESTOS A RECUPERAR

El Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 1.033/91 estableció que las empresas que hubieran sido beneficiadas por la franquicia dejada sin efecto por el Decreto Nº 435/90 del Poder Ejecutivo Nacional tendrán derecho a percibir certificados de crédito fiscal, en función del grado de cumplimiento del régimen de promoción. El monto final de los certificados que le correspondan a la Sociedad será determinado por la Dirección General Impositiva, de acuerdo a los establecido por la Resolución Nº 1.280/92 del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Nación. Con fecha 18 de noviembre de 1994 la Dirección General Impositiva emitió la Resolución General Nº 3.905 la que reglamentó el otorgamiento de los mencionados certificados de crédito fiscal y estableció una serie de pautas y de información que deberán cumplimentar las empresas incluidas en la situación comentada.

La Sociedad se encuentra comprendida en los términos del Decreto 1.033/91 mencionado anteriormente, por lo que efectúo las presentaciones requeridas. Al 30 de junio de 2003 y 31 de diciembre de 2002 registró sus derechos por 1.198.637 y 1.186.942, respectivamente, en la cuenta “Impuestos a Recuperar” del rubro “Otros créditos no corrientes”.

11. BIENES DE DISPONIBILIDAD RESTRINGIDA

Al 30 de junio de 2003 y 2002 existe un inmueble afectado en garantía de un préstamo hipotecario por 6.000.000 y 6.167.100, respectivamente, el cual se expone en el rubro Préstamos bancarios y financieros. El valor residual contable de dicho inmueble asciende a aproximadamente a 7.000.000 y 7.200.000 al 30 de junio de 2003 y 2002, respectivamente.

Con fecha 7 de abril de 2003 a la sociedad controlada T.C.A. Tecnologia em Componentes Automotivos S.A. se le otorgó un préstamo bancario de hasta aproximadamente 5.200.000, destinado para capital de trabajo. El plazo de dicho préstamo es de 24 meses y posee garantía hipotecaria sobre la planta industrial localizada en Jaboatao, Pernambuco.

12. HECHOS POSTERIORES

Con fecha 14 de julio e 2003 a la sociedad controlada T.C.A. Tecnologia em Componentes Automotivos S.A. comunicó la paralización de actividades en la planta industrial de Ponta Grossa ya que la sociedad venía acumulando perjuicios económicos que hacían inviable su continuidad.

CPN JUAN CARLOS ROLDAN SR. LUIS MARCIAL

por Comisión Fiscalizadora Director

INFORME DE LOS AUDITORES

(Revisión limitada)

Señores Presidente y Directores de

TCA Sociedad Anónima

Lateral Circunvalación 441 (N). Santa Lucía

SAN JUAN

1. Identificación de los estados contables objeto de la revisión

  1. Hemos efectuado una revisión limitada del estado de situación patrimonial de TCA Sociedad Anónima al 30 de junio de 2003 y de los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo con sus notas 1 a 12 y anexos I a V, todos expresados en moneda homogénea (ver apartado c) del capítulo 3 de Aclaraciones previas), correspondientes al período de seis meses terminado en esa fecha.
  2. Nuestra revisión incluyó el estado de situación patrimonial consolidado de la Sociedad con su sociedad controlada al 30 de junio de 2003 y los correspondientes estados de resultados y de flujo de efectivo consolidados, con sus notas 1 a 12, todos expresados en moneda homogénea (ver apartado c) del capítulo 3 de Aclaraciones previas), correspondientes al período de seis meses finalizado en esa fecha, expuestos como información contable complementaria.

La preparación y emisión de estos estados contables es responsabilidad del Directorio de la Sociedad en ejercicio de sus funciones exclusivas. Nuestra responsabilidad es expresar una manifestación sobre dichos estados contables basada en la revisión limitada efectuada con el alcance que mencionamos en el apartado 2 siguiente.

  1. Alcance de la tarea realizada

Nuestra revisión se limitó a la aplicación de los procedimientos establecidos por la Resolución Técnica N° 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas para la revisión de estados contables de períodos intermedios. Dichas normas no requieren la aplicación de todos los procedimientos de auditoría necesarios para poder emitir una opinión profesional sobre los estados contables considerados en su conjunto. Las referidas normas consisten básicamente en la

aplicación de procedimientos analíticos sobre los importes incluidos en los estados contables, efectuar comprobaciones globales sobre la razonabilidad y en la realización de indagaciones al personal de la Sociedad responsable de la preparación de la información incluida en los estados contables. Consecuentemente, no expresamos opinión sobre la situación patrimonial de la Sociedad al 30 de junio de 2003, ni sobre los resultados de sus operaciones, la evolución de su patrimonio neto y las variaciones de su efectivo por el período de seis meses terminado en esa fecha. Tampoco expresamos opinión sobre la situación patrimonial consolidada de la Sociedad al 30 de junio de 2003 ni sobre los resultados de sus operaciones consolidadas ni las variaciones de su efectivo consolidado por el período de seis meses terminado en esa fecha.

3. Aclaraciones previas a la manifestación de los auditores

  1. Tal como se explica en la nota 3 a los estados contables a partir del corriente ejercicio, en la preparación de los estados contables a que se refiere el capítulo 1 de éste informe se han aplicado las disposiciones de las Resoluciones Técnicas Nros. 16 a 20 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, con las modificaciones o adecuaciones con las que fueron adoptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de San Juan. Los cambios introducidos están explicados en la nota 4 a los estados contables.
  2. Cabe enfatizar que una de las modificaciones introducidas según lo indicado en el apartado anterior de éste capítulo, consiste en que el estado de situación patrimonial se presente comparativo con el del último cierre del ejercicio anual (una vez introducidos a éste los efectos de ciertos cambios en las normas contables explicados en la nota 4 a los estados contables), en tanto los estados de evolución del patrimonio neto, de resultados y de flujo de efectivo, se expongan comparativos con los del período equivalente del ejercicio anterior.

  3. Con relación al cierre del último ejercicio anual, 31 de diciembre de 2002, (que se presenta como comparativo del estado de situación patrimonial al 30 de junio de 2003) nuestro informe de auditoría fue emitido con fecha 17 de junio de 2003. Nuestra opinión sobre los estados contables al 31 de diciembre de 2002 estaba sujeta a los efectos finales de la situación expuesta en los apartados a) y b) y basada en el informe de los peritos expuesto en el apartado c) del capítulo de Aclaraciones previas de aquel informe, que son coincidentes con las enunciadas en los apartados d), e) y g) de éste capítulo 3 de Aclaraciones previas.

  4. En cuanto al período equivalente del ejercicio anterior para el semestre terminado el 30 de junio de 2003, es el semestre concluido el 30 de junio de 2002, sobre cuyos estados contables emitimos nuestro informe de revisión limitada con fecha 22 de agosto de 2002, sobre los que no tuvimos otras observaciones que formular que las relacionadas con las situaciones enunciadas en los apartados d), e) y g) de éste capítulo 3 de Aclaraciones previas.

  5. Tal como se explica en la nota 3 a los estados contables de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 664/03, se suspende desde el 1° de marzo de

2003 la preparación de los estados contables en moneda homogénea. Por su parte, desde el punto de vista de las normas contables profesionales la expresión de estados contables en moneda homogéna sigue vigente. En el caso particular del período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2003, desde el punto de vista del Organismo de control, se debió aplicar dicha reexpresión hasta el mes de febrero de 2003, en tanto que correspondía la reexpresión hasta junio de 2003 por aplicación de las normas contables profesionales.

Dado el escaso nivel de significatividad de las tasas de inflación medidas según las variaciones en el índice de precios internos al por mayor, que es el establecido para la expresión de estados contables en moneda homogénea, durante el lapso diciembre de 2002 a junio de 2003, la Sociedad ha optado por no practicar ninguna reexpresión en el período de seis meses terminado el 30 de junio de 2003. Cabe aclarar que el coeficiente que debería aplicarse hasta el mes de febrero sería el de 1,008, en tanto el aplicable hasta junio de 2003 sería de 0,9753.

La información patrimonial comparativa, correspondiente al cierre de ejercicio 2002, y la información comparativa de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo, que corresponden al primer semestre del ejercicio anterior, cerrado el 30 de junio de 2002, están expuestas en moneda homogénea de diciembre de 2002.

  1. Tal como se indica en la nota 1 a los estados contables no consolidados y consolidados, no obstante que la Sociedad presenta capital de trabajo negativo, dichos estados contables han sido preparados aplicando principios contables correspondientes a una empresa en marcha. Además en virtud de los resultados negativos acumulados, la Sociedad se encuentra alcanzada por las disposiciones del artículo 206 de la Ley N° 19.550 de Sociedades Comerciales el cual prevé una reducción de capital o una nueva capitalización. Sin embargo el Decreto N° 1269/02 del Poder Ejecutivo Nacional suspende la aplicación de dicho artículo hasta el 10 de diciembre de 2003.
  2. Tal como se indica en la nota 2 a los estados contables no consolidados y consolidados, los impactos del conjunto de medidas adoptadas hasta la fecha de este informe por el Gobierno Nacional sobre los estados contables de la Sociedad al 30 de junio de 2003 se reconocieron de acuerdo con las evaluaciones y estimaciones realizadas por el Directorio a la fecha de preparación de dichos estados contables. Los resultados reales futuros podrían diferir de esas evaluaciones y estimaciones y las diferencias podrían ser significativas. Por lo tanto, los estados contables de la Sociedad pueden no informar todos los ajustes que podrían resultar de estas circunstancias. No es posible en estos momentos prever la evolución futura de la economía nacional ni sus consecuencias sobre la posición económica y financiera de la Sociedad, en consecuencia, los estados contables mencionados en el primer y segundo párrafos del apartado 1 de este informe deben ser leídos a la luz de estas circunstancias.
  3. Tal como se menciona en la nota 4 g) a los estados contables no consolidados y nota 5 g) a los estados contables consolidados, la Sociedad no ha calculado las diferencias temporarias para la aplicación del método del impuesto diferido, aunque sí ha contabilizado el respectivo crédito por los quebrantos impositivos acumulados, el cual ha sido previsionado

en su totalidad en función de que no existen indicaciones claras acerca de su recuperabilidad.

  1. Tal como se indica en la nota 11 a los estados contables no consolidados, la sociedad controlada TCA–Tecnología Em Componentes Automotivos SA ha realizado un revalúo técnico de algunos de sus bienes de uso al 28 de febrero de 1999, el cual fue aprobado por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas el 28 de abril de 1999. El revalúo técnico fue preparado por peritos valuadores independientes. En la sociedad controlada la contrapartida del revalúo fue imputada a la cuenta “Reserva de revalúo técnico” en el patrimonio neto. TCA Sociedad Anónima registró el incremento patrimonial en la cuenta “Reserva por revalúo técnico en sociedades controladas” en función de su porcentaje de participación en el capital de la misma. Dicha reserva se ha desafectado en la proporción correspondiente al mayor cargo por amortizaciones de aquellos bienes que le han dado origen.
  2. Como se menciona en la nota 3 a los estados contables no consolidados, los presentes estados contables han sido preparados al sólo efecto de la aplicación del valor patrimonial proporcional y su consolidación por parte de la sociedad controlante Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A. Por esta razón no se presenta la totalidad de la información complementaria que requieren las normas contables vigentes para la preparación de estados contables de períodos intermedios o finales de presentación periódica.

4. Manifestación de los auditores

Sobre la base de la labor realizada según lo señalado en el apartado 2 de este informe, que no incluyó todos los procedimientos necesarios para permitirnos expresar una opinión sobre los estados contables objeto de esta revisión y del informe de los peritos independientes que realizaron el revalúo técnico de algunos bienes de uso de la sociedad controlada TCA–Tecnología Em Componentes Automotivos SA, tal como se indica en el apartado 3g) anterior, estamos en condiciones de manifestar que:

  1. los estados contables indicados en el apartado 1a) de este informe contemplan todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento;
  2. los estados contables consolidados señalados en el apartado 1b) de este informe han sido preparados de acuerdo con las bases de consolidación descriptas en la nota 4 de la información contable complementaria, las que están de acuerdo con los lineamientos de la Resolución Técnica N° 4 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas; y
  3. no tenemos otras observaciones que formular sobre tales estados contables, adicionales a las consignadas en el apartado 3 de este informe.

5. Información requerida por disposiciones vigentes.

(sobre estados contables correspondientes al período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2003)

  1. Los estados contables mencionados en el apartado 1a) de este informe están preparados de acuerdo con lo dispuesto por la Ley N° 19.550.
  2. Las cifras de los estados contables citados en el apartado 1a) concuerdan con los registros contables de la Sociedad los que, en nuestra opinión y en sus aspectos formales, fueron llevados de conformidad con disposiciones legales vigentes.
  3. Los estados contables de la Sociedad y los estados contables consolidados se encuentran pendientes de transcripción en el libro rubricado Inventario y Balances.
  4. Según surge de los registros contables, el pasivo devengado al 30 de junio de 2003 a favor de la Administración Nacional de la Seguridad Social en concepto de aportes y retenciones previsionales totaliza $ 63.469, no siendo exigibles a esa fecha.

San Juan, 14 de octubre de 2003

DELOITTE & TOUCHE CUYO
NORBERTO J. MANZINO (Socio)
Contador Público ( U.B.A)
Matrícula 1520
C.P.C.E. Pcia. de San Juan