AI assistant
IMPSA S.A. — Interim / Quarterly Report 2003
Jun 19, 2003
Preview isn't available for this file type.
Download source fileEstados Contables Especiales
Informe de la Comisión Fiscalizadora
SOLURBAN S.A.
31 de marzo de 2003
INFORME DE REVISIÓN LIMITADA DE ESTADOS CONTABLES DE PERÍODO
INTERMEDIO
A los Señores Directores de
SOLURBAN S.A.
- Hemos efectuado una revisión limitada del estado de situación patrimonial adjunto de SOLURBAN S.A. al 31 de marzo de 2003 y los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el período de tres meses finalizado en esa fecha. Dichos estados contables son responsabilidad de la Dirección de la Sociedad.
- Nuestra revisión limitada fue efectuada de acuerdo con las normas de la Resolución Técnica N° 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas aplicables a la revisión limitada de estados contables de períodos intermedios. De acuerdo con dichas normas, una revisión limitada consiste principalmente en aplicar procedimientos analíticos a la información contable y en efectuar indagaciones a los responsables de las cuestiones contables y financieras. El alcance de una revisión es sustancialmente menor al de una auditoría de estados contables, cuyo objetivo es la expresión de una opinión sobre los estados contables tomados en su conjunto. Por lo tanto, no expresamos tal opinión.
- Tal como indica la Nota 3.I a los estados contables adjuntos, y de acuerdo con las normas del organismo de control societario, la Sociedad no ha reconocido contablemente los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda originados a partir del 1° de marzo de 2003, lo que es requerido por las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina. Los efectos de no haber reconocido dichas variaciones no han sido significativos en relación a los estados contables adjuntos.
- Debido al objetivo específico de los estados contables especiales, que se expone en Nota 1, los mismos no contemplan en su totalidad las normas generales de exposición contable requeridas por las Resoluciones Técnicas Nº 8 y 9 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.
- Según se explica en la Nota 9 a los estados contables adjuntos, debido a la situación controversial entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (G.C.A.B.A.) y la Administración Federal de Ingresos Públicos respecto a la gravabilidad, frente al impuesto al valor agregado, de ciertos conceptos remuneratorios pagados al personal como consecuencia de la aplicación de la Circular 33 del G.C.A.B.A. a la fecha de emisión del presente informe existe una incertidumbre respecto a los plazos y forma de recupero del crédito por tal concepto a favor de la Sociedad.
- Basados en nuestra revisión, excepto por lo mencionado en el párrafo 4., no hemos tomado conocimiento de ninguna modificación significativa que deba efectuarse a los estados contables mencionados en el párrafo 1. para que los mismos estén presentados de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina. Esta manifestación debe ser leída considerando la incertidumbre descripta previamente en el párrafo 5., cuya resolución no puede determinarse a la fecha de este informe.
- En cumplimiento de disposiciones vigentes, informamos que:
- Los estados contables mencionados en el párrafo 1. surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las normas legales vigentes.
- Al 31 de marzo de 2003 la deuda devengada en concepto de aportes y contribuciones con destino al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, que surge de los registros contables de la Sociedad, asciende a $ 78.790,39, no siendo exigible a esa fecha.
Buenos Aires,
25 de abril de 2003
| PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 13 |
| EDUARDO A. RIÁDIGOS (Socio) Contador Público (U.B.A.) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 57 - F° 82 |
SOLURBAN S.A.
ESTADOS CONTABLES ESPECIALES AL 31 de MARZO de 2003 POR EL PERÍODO DE TRES MESES CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO ECONÓMICO N°7 INICIADO EL 1° DE ENERO DE 2003
Cifras en Pesos – Nota 3.I.
Domicilio legal: Avda. Gaona 4660, Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Actividad principal: Recolección de residuos domiciliarios
Fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio:
- Del contrato social y complementario: 28 de noviembre de 1997
- De las modificaciones:4 de febrero de 1998
27 de marzo de 2003
Número de registro en la Inspección General de Justicia: 1.642.843
Fecha de finalización del plazo de duración de la Sociedad: 28 de noviembre de 2017
COMPOSICIÓN DEL CAPITAL - Nota 6
| Acciones | Suscripto e integrado $ | |
| Ordinarias, nominativas, no endosables, de valor nominal $ 1 y con derecho a un voto cada una | ||
| Clase A | 500.000 | |
| Clase B | 500.000 | |
| 1.000.000 |
ESTADO DE SITUACIÓN PATRIMONIAL AL 31 de marzo de 2003
Cifras en Pesos
Nota 3.I.
| ACTIVO | PASIVO | |||
| ACTIVO CORRIENTE | PASIVO CORRIENTE | |||
| Caja y bancos - Nota 4 a) | 304.463 | Cuentas por pagar - Nota 4 f) | 593.642 | |
| Inversiones - Nota 4 b) | 1.406.235 | Remuneraciones y cargas sociales - Nota 4 g) | 1.236.320 | |
| Créditos por servicios - Nota 4 c) | 4.119.832 | Cargas fiscales - Nota 4 h) | 186.140 | |
| Otros créditos - Nota 4 d) | 310.190 | Otros pasivos | 600 | |
| Otros activos | 408.163 | Previsiones - Nota 4 i) | 80.884 | |
| Total del activo corriente | 6.548.883 | Total del pasivo corriente | 2.097.586 | |
| ACTIVO NO CORRIENTE | PASIVO NO CORRIENTE | |||
| Créditos por servicios - Nota 4 c) | 1.347.757 | Remuneraciones y cargas sociales – Nota 4 g) | 2.527.807 | |
| Impuesto diferido activo | 266.835 | Cargas fiscales - Nota 4 h) | 369.943 | |
| Inversiones – Nota 4 b) | 28.756 | Total del pasivo no corriente | 2.897.750 | |
| Bienes de uso - Nota 4 e) | 8.937 | Total del pasivo | 4.995.336 | |
| Total del activo no corriente | 1.652.285 | |||
| PATRIMONIO NETO - Según estado | ||||
| respectivo | 3.205.832 | |||
| TOTAL | 8.201.168 | TOTAL | 8.201.168 |
Las notas 1 a 12 adjuntas integran estos estados contables.
ESTADO DE RESULTADOS
Por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2003
Cifras en Pesos
Nota 3.I.
| Ingresos por servicios | 5.061.485 |
| Costo de los servicios prestados - Nota 4 j) | (4.408.005) |
| Ganancia bruta | 653.480 |
| Gastos de administración - Nota 4 j) | (525.168) |
| Impuesto sobre los ingresos brutos | (151.908) |
| Resultados financieros y por tenencia (incluyendo el resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda) | (19.408) |
| Resultado del período antes de impuesto a las ganancias | (43.004) |
| Impuesto a las ganancias – Nota 12 | 31.000 |
| Pérdida del período | (12.004) |
Las notas 1 a 12 adjuntas integran estos estados contables.
ESTADO DE EVOLUCIÓN DEL PATRIMONIO NETO
Por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2003
Cifras en Pesos
Nota 3.I.
| Aporte de los propietarios | Ganancias reservadas | |||||||||||
| Concepto | Capital suscripto | Ajuste de capital | Total | Reserva legal | Resultados no asignados | Total del patrimonio neto | ||||||
| Saldos al inicio del período | 1.000.000 | 1.199.780 | 2.199.780 | 254.286 | 533.458 | 2.987.524 | ||||||
| Modificación de saldos al inicio | - | - | - | - | 236.312 | 236.312 | ||||||
| Saldos al inicio del período modificados | 1.000.000 | 1.199.780 | 2.199.780 | 254.286 | 769.770 | 3.223.836 | ||||||
| Distribución de resultados acumulados (1) | ||||||||||||
| - Honorarios Comisión Fiscalizadora | - | - | - | - | (6.000) | (6.000) | ||||||
| Pérdida del período | - | - | - | - | (12.004) | (12.004) | ||||||
| Saldos al cierre del período | 1.000.000 | 1.199.780 | 2.199.780 | 254.286 | 751.766 | 3.205.832 |
- Dispuesta por la Asamblea General Ordinaria del 14 de marzo de 2003. Ver Nota 7.
Las notas 1 a 12 adjuntas integran estos estados contables.
ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO
Por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2003
Cifras en Pesos
Nota 3.I.
| VARIACIÓN DEL EFECTIVO: | |
| Efectivo y equivalentes al inicio del ejercicio | 1.168.375 |
| Efectivo y equivalentes al cierre del período | 1.710.698 |
| Aumento neto del efectivo | 542.323 |
| CAUSAS DE LAS VARIACIONES DEL EFECTIVO: | |
| Actividades operativas | |
| Pérdida ordinaria del período | (12.004) |
| Impuesto a las ganancias devengado en el período | (31.000) |
| Ajustes para arribar al flujo neto de efectivo proveniente de las actividades operativas: | |
| Depreciación de bienes de uso | 2.681 |
| Cambios en activos y pasivos operativos: | |
| Disminución en créditos por servicios | 823.603 |
| Aumento en otros créditos | (119.639) |
| Aumento en otros activos | (84.599) |
| Aumento en cuentas por pagar | 51.376 |
| Disminución en remuneraciones y cargas sociales | (50.366) |
| Disminución en cargas fiscales | (28.157) |
| Disminución en previsiones | (3.411) |
| Pago de honorarios Comisión Fiscalizadora | (6.000) |
| Flujo neto de efectivo generado por las actividades operativas | 542.484 |
| ACTIVIDADES DE INVERSIÓN | |
| Aumento en inversiones | (161) |
| Flujo neto de efectivo utilizado en las actividades de inversión | (161) |
| Aumento neto del efectivo | 542.323 |
Las notas 1 a 12 adjuntas integran estos estados contables.
NOTA 1 - Objetivo de la preparación de los estados contables especiales
Los presentes estados contables especiales han sido preparados al sólo efecto de ser utilizados por Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A.I.C. y F. para la determinación del valor patrimonial proporcional de su inversión en esta Sociedad. Por dicho motivo no contemplan en su totalidad las normas generales de exposición contable requeridas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.).
NOTA 2 - efecto en los estados contables de las nuevas normas contables PROFESIONALES
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.P.C.E.C.A.B.A.) ha aprobado nuevas normas contables incluidas en las Resoluciones Técnicas Nros. 16 a 19, emitidas por la F.A.C.P.C.E., con vigencia obligatoria para ejercicios que se inicien a partir del 1° de julio de 2002.
Dichas normas contables difieren de las aplicadas hasta el 31 de diciembre de 2002 por la Sociedad para la confección de sus estados contables, principalmente, en los siguientes aspectos relevantes:
- Cálculo del impuesto a las ganancias aplicando el método del impuesto diferido.
- Valuación de ciertos créditos y pasivos sobre bases descontadas.
- Reclasificación de costos incluidos en ventas netas.
El efecto de los cambios introducidos por las nuevas normas contables en el resultado del período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2003, ascendió aproximadamente a 117.023 (ganancia).
Los efectos de los cambios introducidos por las nuevas normas contables sobre los saldos al inicio del período, se presentan como correcciones al saldo inicial de los resultados no asignados en el Estado de evolución del patrimonio neto. El efecto combinado de los ajustes de resultados de ejercicios anteriores, asciende a 236.312 (ganancia).
NOTA 3 - Bases de PREPARACIÓN Y presentación de los estados contables especiales
-
- Reexpresión a moneda constante
Los estados contables reconocen los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda hasta el 28 de febrero de 2003, siguiendo el método de reexpresión establecido por la Resolución Técnica (RT) N° 6 de la F.A.C.P.C.E.. De acuerdo con el Decreto 664/2003 del Poder Ejecutivo Nacional y la Resolución General N° 4/2003 de la Inspección General de Justicia (I.G.J.), la Sociedad discontinuó la aplicación de dicho método y, por lo tanto, no reconoció contablemente los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda originados a partir del 1° de marzo de 2003. Las normas contables profesionales mantienen vigente la aplicación de este método. Los efectos de no haber reconocido dichas variaciones no han sido significativos en relación a los presentes estados contables.
Se resume a continuación la siguiente información patrimonial y de resultados, expresada en moneda homogénea de acuerdo con el método de la RT N° 6 de la F.A.C.P.C.E. y requerida por el C.P.C.E.C.A.B.A. con los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda hasta el 31 de marzo de 2003.
| Activo corriente | 6.548.883 |
| Activo no corriente | 1.652.235 |
| Pasivo corriente | 2.097.586 |
| Pasivo no corriente | 2.897.750 |
| Patrimonio neto | 3.205.782 |
| Ganancia del período | 4.634 |
-
- Criterios de valuación
Los principales criterios de valuación utilizados para la preparación de los estados contables especiales son los siguientes:
NOTA 3 - Bases de PREPARACIÓN Y presentación de los estados contables especiales - Continuación
- Caja y bancos
Se encuentran valuados a su valor nominal.
- Créditos por servicios, otros créditos, crédito por impuesto diferido y pasivos
A su valor de contado o valor descontado, según corresponda, siguiendo los lineamientos establecidos en la Resolución M.D. 32/02 del C.P.C.E.C.A.B.A.
- Inversiones
Certificados de depósito a plazo fijo: a su valor nominal, más el interés devengado a la fecha de cierre del período.
Euro Bono Provincia de Buenos Aires: a su valor nominal otorgado por el rescate del Fondo Común de Inversión Pionero.
Boden 2007: a su valor neto de realización.
- Otros activos
Bienes de consumo: se valuaron principalmente a su costo de reposición.
- Bienes de uso
Se valuaron a su costo de adquisición reexpresados de acuerdo con lo descripto en la Nota 3.I., menos las correspondientes depreciaciones acumuladas, calculadas proporcionalmente a los meses de vida útil estimada.
Los valores así determinados no exceden su valor recuperable.
NOTA 3 - Bases de PREPARACIÓN Y presentación de los estados contables especiales - Continuación
- Previsiones
Para juicios: se han constituido para afrontar situaciones contingentes que probablemente originen obligaciones para la Sociedad. En la estimación de dichos montos se ha considerado la opinión de los abogados de la Sociedad.
- Patrimonio neto
Las cuentas componentes del patrimonio neto se encuentran reexpresadas de acuerdo con lo mencionado en la Nota 3.I., excepto la cuenta “Capital suscripto” que se ha mantenido por su valor de origen. El ajuste derivado de su reexpresión se expone en la cuenta “Ajuste de capital”.
- Estado de resultados
Los saldos mensuales han sido reexpresados de acuerdo con lo mencionado en la Nota 3.I., excepto los cargos por consumo de activos no monetarios cuyo valor reexpresado se determinó en función de los importes ajustados de tales activos.
Bajo la denominación de “Resultados financieros y por tenencia” se exponen en forma conjunta los siguientes conceptos:
- Ganancias y costos financieros reales.
- Los resultados por tenencia generados en el período.
-
El resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda.
-
Impuestos a las ganancias y a la ganancia mínima presunta
Durante el período la Sociedad no ha contabilizado provisión para el Impuesto a las ganancias por haberse estimado la existencia de quebranto.
NOTA 3 - Bases de PREPARACIÓN Y presentación de los estados contables especiales - Continuación
En cumplimiento con la Ley N° 25.063, se ha contabilizado una provisión para el impuesto a la ganancia mínima presunta proporcionada al período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2003, la cual se determinó aplicando el 1% sobre la valuación impositiva de los activos de la empresa al cierre del período.
Asimismo la Sociedad ha registrado los efectos del método del impuesto diferido sobre bases descontadas, con motivo de la aplicación de las nuevas normas contables. Ha registrado un crédito por impuesto diferido en el presente período, a pesar de haber tenido pérdidas en el mismo, debido a que estima que al finalizar su objeto social, la venta de sus activos fijos generará una ganancia impositiva que alcanzará para absorber las diferencias temporarias netas y el quebranto impositivo.
Los efectos del método del impuesto diferido se han aplicado retroactivamente afectando los resultados de ejercicios anteriores en la suma de 236.312 (ganancia), tal como se expone en el estado de evolución del patrimonio neto.
En Nota 12 se expone la conciliación entre el impuesto a las ganancias cargado a resultados y el impuesto a las ganancias que resultaría de la aplicación de la tasa del impuesto al resultado contable.
- Uso de estimaciones
La preparación de estados contables de acuerdo con las normas contables profesionales requiere la consideración por parte de la Dirección de la Sociedad de estimaciones y supuestos que impactan en los saldos informados de activos y pasivos, la exposición de activos y pasivos contingentes a la fecha de dichos estados, como así también los montos de ingresos y gastos del período. Los resultados finales podrían diferir de estos estimados.
NOTA 4 - COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS
| 1. Caja y bancos | |
| Bancos | 251.587 |
| Letras de cancelación de obligaciones provinciales (LECOP) | 46.809 |
| Fondo fijo | 6.067 |
| 304.463 | |
| 1. Inversiones | |
| Corrientes | |
| Certificados de depósito a plazo fijo | 1.406.235 |
| 1.406.235 | |
| No corrientes | |
| Boden 2007 | 23.592 |
| Euro Bono Provincia de Buenos Aires en dólares | 5.164 |
| 28.756 | |
| 1. Créditos por servicios | |
| Corrientes | |
| Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - G.C.A.B.A. | 4.119.832 |
| 4.119.832 | |
| No corrientes | |
| IVA Circular N° 33 G.C.A.B.A. - Nota 9 | 1.347.757 |
| 1.347.757 | |
| 1. Otros créditos | |
| Asignaciones familiares a recuperar | 280.424 |
| Seguros a devengar | 17.215 |
| Diversos | 12.551 |
| 310.190 |
NOTA 4 - COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS - Continuación
| 1. Bienes de uso | |
| Rodados | 10.594.935 |
| Amortización acumulada rodados | (10.594.935) |
| Mejoras sobre inmuebles de terceros | 1.647.722 |
| Amortización acumulada mejoras sobre inmuebles de terceros | (1.647.722) |
| Contenedores | 688.648 |
| Amortización acumulada contenedores | (684.327) |
| Maquinarias | 351.280 |
| Amortización acumulada maquinarias | (351.280) |
| Muebles y útiles | 228.745 |
| Amortización acumulada muebles y útiles | (228.745) |
| Instalaciones | 148.059 |
| Amortización acumulada instalaciones | (148.059) |
| Equipos de computación | 791.476 |
| Amortización acumulada equipos de computación | (786.860) |
| 8.937 | |
| 1. Cuentas por pagar | |
| Proveedores | 465.508 |
| Provisión facturas a recibir | 122.446 |
| Provisión patentes a pagar | 5.688 |
| 593.642 | |
| 1. Remuneraciones y cargas sociales | |
| Corrientes | |
| Sueldos, jornales y cargas sociales a pagar | 1.236.320 |
| 1.236.320 | |
| No corrientes | |
| Provisión para indemnizaciones por despido | 2.527.807 |
| 2.527.807 |
NOTA 4 - COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS - Continuación
| 1. Cargas fiscales | |
| Corrientes | |
| I.V.A. a pagar | 116.937 |
| Moratoria Dto.1384-01 | 33.633 |
| Ingresos brutos a pagar | 17.905 |
| Diversos | 17.665 |
| 186.140 | |
| No corrientes | |
| Moratoria Dto.1384-01 | 355.553 |
| Provisión impuesto a la ganancia mínima presunta | 14.390 |
| 369.943 |
| 1. Previsiones | ||||||||
| Detalle | Saldos al inicio del período | Aumentos | Disminuciones (1) | Saldos al cierre del período | ||||
| Incluidas en el pasivo | ||||||||
| Juicios laborales | 84.295 | - | 3.411 | 80.884 | ||||
| 84.295 | - | 3.411 | 80.884 |
(1) Corresponde a compensaciones y reexpresión de saldos al inicio de período.
NOTA 4 - COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS- Continuación
| 1. Información requerida por el art. 64 apartado 1, inc. b) de la Ley N° 19.550 | ||||||
| Cuentas | Total | Costo de los servicios prestados | Gastos de administración | |||
| Sueldos y jornales | 2.948.263 | 2.676.275 | 271.988 | |||
| Mantenimiento de bienes de uso | 306.844 | 306.844 | - | |||
| Honorarios | 299.446 | 223.116 | 76.330 | |||
| Personal temporario | 293.151 | 293.151 | - | |||
| Combustibles y lubricantes | 292.156 | 292.156 | - | |||
| Cargas sociales | 225.381 | 207.628 | 17.753 | |||
| Servicios prestados por terceros | 180.431 | 160.283 | 20.148 | |||
| Consumo almacén | 161.050 | 161.050 | - | |||
| Seguridad y gastos de edificios | 78.852 | - | 78.852 | |||
| Impuestos | 39.504 | 39.504 | - | |||
| Seguros | 27.320 | 27.320 | - | |||
| Servicios al personal | 22.154 | - | 22.154 | |||
| Gastos de oficina | 20.628 | - | 20.628 | |||
| Honorarios Directores | 9.012 | - | 9.012 | |||
| Gastos de movilidad | 6.627 | 99 | 6.528 | |||
| Depreciación de bienes de uso | 2.681 | 1.296 | 1.385 | |||
| Diversos | 19.673 | 19.283 | 390 | |||
| 4.933.173 | 4.408.005 | 525.168 |
NOTA 5 - PLAZOS Y TASAS DE INTERÉS DE INVERSIONES, CRÉDITOS Y DEUDAS
- Clasificación de los saldos de inversiones, créditos y deudas en las siguientes categorías:
| De plazo vencido | |
| Créditos | |
| Hasta tres meses | 60.138 |
| De tres meses a seis meses | 66.413 |
| De seis meses a nueve meses | 83.392 |
| De nueve meses a un año | 121.213 |
| Más de un año | 1.176.279 |
| 1.507.435 |
NOTA 5 - PLAZOS Y TASAS DE INTERÉS DE INVERSIONES, CRÉDITOS Y DEUDAS- Continuación
| Sin plazo establecido a la vista | |
| Deudas | 80.884 |
| A vencer | |
| Inversiones | |
| Hasta tres meses | 1.406.235 |
| Más de un año | 28.756 |
| 1.434.991 | |
| Créditos | |
| Hasta tres meses | 4.193.275 |
| De tres meses a seis meses | 77.069 |
| Más de un año | 266.835 |
| 4.537.179 | |
| Deudas | |
| Hasta tres meses | 1.826.583 |
| De tres meses a seis meses | 8.345 |
| De seis meses a nueve meses | 172.576 |
| De nueve meses a un año | 9.198 |
| Más de un año | 2.897.750 |
| 4.914.452 |
- Los saldos que devengan intereses y los que no lo hacen se detallan a continuación:
| Inversiones | |
| Devengan intereses | 1.429.827 |
| No devengan intereses | 5.164 |
| 1.434.991 | |
| Créditos | |
| No devengan intereses | 6.044.614 |
| 6.044.614 |
NOTA 5 - PLAZOS Y TASAS DE INTERÉS DE INVERSIONES, CRÉDITOS Y DEUDAS- Continuación
| Deudas | |
| Devengan intereses | 389.186 |
| No devengan intereses | 4.606.150 |
| 4.995.336 |
- Detalle de inversiones que devengan intereses a tasa fija:
| Concepto | Monto | Tasa promedio anual | ||
| Certificados de depósito a plazo fijo | 1.406.235 | 13,50 % | ||
| Boden 2007 | 23.592 | 2 % |
- Detalle de deudas que devengan intereses a tasa fija:
| Concepto | Monto | Tasa promedio anual | ||
| Cargas fiscales | 389.186 | 6% |
nota 6 - Capital Social
El capital emitido, suscripto e integrado de la Sociedad al 31 de marzo de 2003, asciende a $1.000.000, el cual se encuentra totalmente inscripto en el Registro Público de Comercio.
Nota 7 - Disposición de los resultados no asignados
De acuerdo con lo dispuesto por la Asamblea General Ordinaria del 14 de marzo de 2003, se resolvió por unanimidad autorizar al Directorio a disponer el pago de dividendos en efectivo con afectación al saldo de la cuenta resultados no asignados, que al 31 de diciembre de 2002 ascendía a 533.458, previo a la modificación de saldos al inicio.
NOTA 8 - garantía de EJECUCIÓN
En cumplimiento del contrato celebrado con el G.C.A.B.A. mencionado en Nota 10, la Sociedad ha constituido una garantía de ejecución del mismo, por un valor de $6.092.320.
Al 31 de Marzo de 2003 dicha póliza se encuentra vigente.
NOTA 9 - IVA Circular N° 33 Gobierno de la Ciudad AUTÓNOMA de Buenos Aires
Corresponde al Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) sobre los diversos conceptos remuneratorios que percibe el personal como consecuencia de la aplicación de dicha circular. Conforme lo dispuesto, existe una controversia entre el G.C.A.B.A. y la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), por la cual según el primero de los organismos, los conceptos contenidos en la Circular Nro. 33 corresponden a recupero de gastos por lo cual no estarían gravados por el I.V.A.. La opinión generalizada, inclusive la de la Sociedad y la de la A.F.I.P. es que corresponden gravar con el impuesto a los mencionados conceptos.
La Sociedad factura dichos conceptos con I.V.A. e ingresa el impuesto a la A.F.I.P. sin que la incidencia impositiva sea abonada por el G.C.A.B.A.. Por tal motivo se inició una acción declarativa de certeza con fecha 27 de diciembre de 1999 ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 8, Secretaría N° 15. El día 23 de marzo de 2000 fue notificado de la demanda el G.C.A.B.A. y el día 28 de marzo de 2000 la A.F.I.P. La demanda ha sido contestada tanto por la A.F.I.P. como por el G.C.A.B.A., ambos solicitaron el rechazo de la acción declarativa. Con fecha 6 de julio de 2000 se ordenó correr traslado a la A.F.I.P. del expediente administrativo iniciado por la Sociedad ante el G.C.A.B.A.
El juzgado dispuso de oficio la suspensión de los plazos procesales de conformidad a lo dispuesto por la Ley N° 25.344 de Emergencia Económico-Financiera. Transcurrido el plazo la Sociedad solicitó que, en atención a la inexistencia de hechos controvertidos, se declare la cuestión de puro derecho, a fin de que el Tribunal dicte sentencia con las constancias de la causa. El Juzgado hizo lugar al pedido de la Sociedad, y así lo dispuso el 30 de abril de 2001.
NOTA 9 - IVA Circular N° 33 Gobierno de la Ciudad AUTÓNOMa de Buenos Aires - Continuación
Esta resolución no fue impugnada por las demandadas y habiendo quedado firme, el Tribunal resolvió el día 29 de junio que el expediente pase a sentencia. El Juzgado dictó el 9 de noviembre de 2001, una medida para mejor proveer que tuvo por objeto solicitar a la A.F.I.P. las actuaciones administrativas relacionadas con la Circular 33. Esta diligencia fue cumplida por la A.F.I.P., el 13 de noviembre de 2001.
Una vez levantada la feria judicial el Juzgado dispuso suspender el plazo para dictar sentencia y correr traslado de la documentación presentada por la A.F.I.P.. Con fecha 21 de febrero de 2002 la empresa contestó el traslado de la documentación solicitando el pase de las actuaciones a sentencia. Desde el 19 de febrero de 2002 hasta el 5 de abril de 2002 inclusive, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo contencioso Administrativo Federal, a través de la Acordada N°1/02, dispuso prorrogar por 30 días el plazo para dictar sentencia. Cumplido el plazo de suspensión el 18 de abril de 2002 el expediente entró a sentencia.
Luego de tres suspensiones de 60 días la Cámara del Fuero Contencioso Administrativo Federal volvió a suspender los plazos, y en consecuencia el Juzgado debería dictar sentencia el 1 de julio de 2003.
Para el hipotético caso que el Tribunal definiera que los conceptos mencionados en el primer párrafo no están gravados por el I.V.A., compartiendo la opinión con el G.C.A.B.A., la Sociedad podría rectificar las declaraciones juradas presentadas y generar un saldo a favor, por el cual tendría el derecho a pedir su devolución, generándose así un crédito con el Fisco.
Por el contrario, si el Juzgado resolviera que los conceptos están alcanzados por el impuesto, la Sociedad podrá requerir el pago de tales importes al G.C.A.B.A. y de ser necesario iniciar una acción judicial tendiente a obtener su reintegro sin necesidad de recurrir al reclamo administrativo.
El monto por este concepto, que asciende al 31 de marzo de 2003 a 1.347.757, se expone dentro del rubro créditos por servicios, en el activo no corriente.
NOTA 10 - Duración del Contrato de Concesión
Con fecha 31 de octubre de 1997 la Sociedad firmó con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el Contrato de Concesión para la prestación de los servicios de recolección de residuos domiciliarios, barrido de calles y limpieza de sumideros en la Zona 3 de la Ciudad de Buenos Aires. El mencionado contrato tiene una vigencia de cuatro años a partir del 31 de Enero de 1998.
El artículo 5 del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública N° 14/97, faculta al G.C.A.B.A. a prorrogar el Contrato de Concesión por un período de dos años por única vez.
Asimismo en el artículo 7 se establece que el contratista deberá continuar con la prestación de los servicios hasta que un nuevo contratista se haga cargo de los mismos. Este plazo no podrá excederse de los 120 días corridos.
Habiendo ya sido prorrogado a través del Decreto 2134-G.C.A.B.A.-01 por un solo año, con fecha 27 de diciembre de 2002 el G.C.A.B.A. dictó el Decreto N° 1849-G.C.A.B.A.-02, por el cual se prorroga el Contrato de Concesión a partir del 1 de febrero de 2003 y por el período máximo de un año.
En este decreto, en su artículo 4to., se establece que las empresas alcanzadas por las prórrogas previstas deben cesar en la prestación de los servicios si antes del vencimiento del plazo de prórroga otorgado se adjudicara la nueva licitación y se emitiera la orden de comienzo de los nuevos servicios, no teniendo nada que reclamar ante tal situación.
La empresa considera que dicho artículo es nulo de nulidad absoluta ya que el G.C.A.B.A. pretende arrogarse la facultad de reducir el plazo del contrato en violación a lo dispuesto en el artículo 5to. del Pliego de Bases y Condiciones mencionado precedentemente, y además de cercenar el derecho de propiedad intentando la imposición por decreto de una renuncia anticipada del derecho de reclamar compensaciones por daños y lucro cesante que derive de esta decisión.
La empresa, en consecuencia, ha presentado con fecha 16 de enero de 2003 la impugnación del art. 4 del Decreto 1849/02 ante el G.C.A.B.A.
NOTA 10 - Duración del Contrato de Concesión - Continuación
No obstante lo mencionado en los párrafos precedentes, la Sociedad, de acuerdo a su conocimiento y experiencia respecto a los procedimientos necesarios para la implementación de la licitación y adjudicación del servicio, entiende que el plazo para la finalización de su actividad no será menor a un año.
NOTA 11 - ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS A.F.I.P.
La A.F.I.P. a partir de inspecciones realizadas, con fecha 19 de junio de 2002, 2 de septiembre de 2002 y 21 de marzo de 2003, ha conferido vista de las actuaciones administrativas y del cargo formulado con relación al Impuesto a las Ganancias, correspondientes a los períodos fiscales 2000, 1999 y 1998, respectivamente.
Las diferencias determinadas, que ascienden a 39.102 para el período fiscal 1998, 191.688 para el período fiscal 1999 y a 182.668 para el período fiscal 2000, se deben a que la A.F.I.P. considera que la deducción en el impuesto a las ganancias del cargo por Provisión para despidos que realiza la Sociedad, no corresponde.
La Sociedad, en legal tiempo y forma, ha realizado el descargo con el ofrecimiento de las pruebas pertinentes de las vistas correspondientes a los años fiscales 1999 y 2000, teniendo previsto actuar de igual forma para el año 1998.
El criterio sustentado por la Sociedad, con el patrocinio de sus asesores legales y fiscales, es el de considerar deducibles los gastos devengados registrados que surgen de calcular la deuda cierta que se va generando, a medida que avanza el contrato de concesión, por los despidos que necesariamente se verificarán a su finalización. Ello es así ya que, a la finalización del contrato, la Sociedad no podrá, de acuerdo a su estatuto, realizar ninguna otra tarea que no sea la del contrato de operación de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene Urbana realizada por el G.C.A.B.A..
Dado que los procedimientos de determinación de oficio iniciados por el Fisco Nacional son contrarios a las normas legales que en materia tributaria han sido objeto de análisis, por el Principio de Accesoriedad, también resulta improcedente la aplicación de intereses resarcitorios.
NOTA 11 - ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS A.F.I.P. - Continuación
Por último, y antes del ofrecimiento de las pruebas, se han ofrecido los descargos a los sumarios instruidos, en los cuales se solicita dejar sin efecto atento a la improcedencia de los mismos, en atención a no verificarse en forma concurrente los elementos objetivo y subjetivo que den nacimiento a una conducta punible.
Por lo mencionado, la Sociedad no ha registrado cargo alguno por las determinaciones realizadas por la A.F.I.P., por no corresponder.
NOTA 12 - CONCILIACIÓN ENTRE EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS CARGADO A RESULTADOS Y EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS QUE RESULTARÍA DE LA APLICACIÓN DE LA TASA DE IMPUESTO AL RESULTADO CONTABLE
| Resultado contable antes de impuesto a las ganancias (pérdida) | (43.004) | ||
| Tasa del impuesto | 35% | ||
| Monto resultante de aplicar al resultado contable la tasa de impuestos | 15.051 | ||
| Ajustes impositivos al resultado contable | (31.283) | ||
| Tasa del impuesto | 35% | ||
| Monto resultante de aplicar a los ajustes impositivos la tasa de impuestos | 10.949 | 10.949 | |
| Monto resultante | 26.000 | ||
| Efecto de la aparición o reversión de diferencias temporarias | 5.000 | ||
| Impuesto a las ganancias según estado de resultados | 31.000 | ||
INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA
Señores Accionistas de
SOLURBAN S.A.
En cumplimiento de las disposiciones legales en vigencia hemos examinado el estado de situación patrimonial, y los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto, de flujo de efectivo y las notas correspondientes, presentados por el Directorio deSOLURBAN S.A. al 31 de marzo de 2003 por el período de tres meses finalizado en esa fecha.
El desempeño de nuestra función incluyó la revisión selectiva de los registros contables y documentación respaldatoria, habiendo obtenido todas las aclaraciones y explicaciones que hemos considerado necesarias, contando además, con el informe de revisión limitada emitido por los auditores externos.
Dejamos expresa constancia que, en lo que resultó pertinente, se ha dado pleno cumplimiento a lo dispuesto por el art. 294 de la Ley de Sociedades Comerciales. En nuestra opinión, por lo que antecede, estamos en condiciones de expresar que la documentación examinada refleja todas las circunstancias y hechos significativos de los que hemos tomado conocimiento y ha sido preparada de conformidad con la Ley de Sociedades Comerciales y demás normas vigentes de aplicación.
Sin otro particular, saludamos con nuestra mayor consideración.
Buenos Aires,
13 de mayo de 2003
ALFREDO A. RICIGLIANO
Por Comisión Fiscalizadora
SOLURBAN S.A.
RATIFICACIÓN DE FIRMAS IMPRESAS
Por la presente, se ratifican las firmas que obran litografiadas en las fojas que anteceden desde la página N° 1 hasta la página N° 21 de los estados contables de Solurban S.A..
| PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 13 | ||
| ALFREDO A. RICIGLIANO Por Comisión Fiscalizadora | EDUARDO A. RIÁDIGOS (Socio) Contador Público (U.B.A.) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 57 - F° 82 | JULIO CÉSAR LUZZATTO Presidente |