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IMPSA S.A. — Interim / Quarterly Report 2002
Jun 12, 2002
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Informe de la Comisión Fiscalizadora
SOLURBAN S.A.
31 de marzo de 2002
INFORME DE REVISIÓN LIMITADA
A los Señores Directores de
SOLURBAN S.A.
Hemos efectuado una revisión limitada del estado de situación patrimonial de SOLURBAN S.A. al 31 de marzo de 2002 y los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de origen y aplicación de fondos y sus notas 1 a 10 por el período de tres meses finalizado en esa fecha. Dichos estados contables son responsabilidad del Directorio de la mencionada Sociedad.
Nuestra revisión limitada fue efectuada de acuerdo con normas de auditoría vigentes en la República Argentina para dicho propósito, contenidas en la Resolución Técnica N° 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas y, por lo tanto, no incluyen todos los procedimientos necesarios para realizar una auditoría completa de dichos estados contables. Una revisión limitada de estados contables correspondientes a períodos intermedios consiste principalmente en la aplicación de procedimientos analíticos de revisión y en efectuar preguntas a ejecutivos y empleados responsables por los aspectos contables de la Sociedad. El alcance de la revisión es sustancialmente menor al requerido para efectuar una auditoría según normas de auditoría vigentes en la República Argentina cuyo objetivo es expresar una opinión sobre los estados contables tomados en su conjunto. Por lo tanto no expresamos tal opinión.
Tal como indica el primer apartado de la nota 2 a los estados contables adjuntos, la Sociedad no ha reconocido contablemente los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda ocurridas desde el 1° de enero de 2002, lo que es requerido por la Resolución M.D. 3/2002 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. De haberse aplicado dicha Resolución, la ganancia por el período de tres meses finalizado en dicha fecha se hubiera convertido en una pérdida de aproximadamente $ 727.481, manteniéndose el patrimonio neto al 31 de marzo de 2002 en $ 2.633.781.
Como se explica en la Nota 10 a los estados contables adjuntos, el Gobierno Nacional ha introducido cambios significativos de política económica, habiéndose dispuesto principalmente la modificación del régimen cambiario establecido por la Ley de Convertibilidad vigente desde el año 1991. En la misma nota se describen también otras medidas conocidas hasta la fecha, que afectan significativamente el entorno económico, algunas de ellas aún en proceso de instrumentación y reglamentación. El contexto general y el marco normativo vigente se hallan expuestos a cambios futuros como consecuencia de la evolución de los acontecimientos. Los presentes estados contables deben ser leídos teniendo en cuenta las circunstancias previamente explicadas.
Debido al objetivo específico de los estados contables especiales, que se expone en nota 1, los mismos no contemplan en su totalidad las normas generales de exposición contable requeridas por la Resolución Técnica Nº 8 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.
Basados en nuestra revisión, excepto por lo mencionado en el quinto párrafo precedente, informamos que no estamos en conocimiento de ninguna modificación significativa que deba hacerse a los estados contables mencionados en el primer párrafo para que los mismos estén presentados de acuerdo con las normas pertinentes de la Inspección General de Justicia y, excepto por la falta de reconocimiento de los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda mencionada en el tercer párrafo, con las normas contables profesionales vigentes en la República Argentina.
A los efectos de cumplir con disposiciones vigentes, informamos que:
- Las normas de auditoría y las normas contables profesionales vigentes en la República Argentina, mencionadas en los párrafos anteriores, corresponden a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Los estados contables mencionados en el primer párrafo surgen de los registros contables llevados en sus aspectos formales, de conformidad con normas legales.
- Al 31 de marzo de 2002 la deuda devengada en concepto de aportes y contribuciones con destino al régimen de jubilaciones y pensiones que surge de los registros contables ascendía a $ 55.103,21, no siendo exigible a esa fecha.
Buenos Aires
2 de mayo de 2002
| HENRY MARTIN, LISDERO Y ASOCIADOS C.P.C.E.C.F. - R.A.P.U. Tº I Fº 7 |
| Juan Carlos Cincotta (Socio) Contador Público (U.B.A.) C.P.C.E.C.F. T° 45 F° 71 |
SOLURBAN S.A.
ESTADOS CONTABLES ESPECIALES AL 31 de marzo de 2002 POR EL EJERCICIO ECONÓMICO N° 6 INICIADO EL 1° DE ENERO DE 2002
Cifras en pesos
Domicilio legal: Avda. Gaona 4660, Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Actividad principal: Recolección de residuos domiciliarios
Fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio:
- Del contrato social y complementario: 28 de noviembre de 1997
- De la última modificación: 4 de febrero de 1998
Número de registro en la Inspección General de Justicia: 1.642.843
Fecha de finalización del plazo de duración de la Sociedad: 28 de noviembre de 2017
COMPOSICIÓN DEL CAPITAL - Nota 5
| Acciones | Suscripto e Integrado $ | |
| Ordinarias, nominativas, no endosables, de valor nominal $ 1 y con derecho a un voto cada una | ||
| Clase A | 500.000 | |
| Clase B | 330.000 | |
| Clase C | 170.000 | |
| 1.000.000 |
ESTADO DE SITUACIÓN PATRIMONIAL AL 31 de marzo de 2002
Cifras en Pesos
Nota 2
| ACTIVO | PASIVO | |||
| ACTIVO CORRIENTE | PASIVO CORRIENTE | |||
| Caja y bancos | 484.305 | Cuentas por pagar - Nota 3 f) | 985.182 | |
| Inversiones - Nota 3 a) | 367.544 | Remuneraciones y cargas sociales - Nota 3 g) | 3.129.222 | |
| Créditos por servicios - Nota 3 b) | 5.986.037 | Cargas fiscales | 1.129.439 | |
| Otros créditos - Nota 3 c) | 316.377 | Otros pasivos - Nota 3 h) | 6.600 | |
| Otros activos | 199.496 | Previsiones - Nota 3 i) | 149.400 | |
| Total del activo corriente | 7.353.759 | Total del pasivo corriente | 5.399.843 | |
| ACTIVO NO CORRIENTE | PASIVO NO CORRIENTE | |||
| Créditos por servicios - Nota 3 b) | 1.069.051 | Cargas fiscales | 389.186 | |
| Bienes de uso - Nota 3 d) | ‑ | Total del pasivo no corriente | 389.186 | |
| Activos intangibles – Nota 3 e) | ‑ | Total del pasivo | 5.789.029 | |
| Total del activo no corriente | 1.069.051 | |||
| PATRIMONIO NETO - Según estado | ||||
| respectivo | 2.633.781 | |||
| TOTAL | 8.422.810 | TOTAL | 8.422.810 |
Las notas 1 a 10 que se acompañan integran estos estados contables.
ESTADO DE RESULTADOS
Por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2002
Cifras en Pesos
Nota 2
| Ingresos por servicios netos - Nota 3 j) | 5.185.192 |
| Costo de los servicios prestados - Nota 3 k) | (3.734.155) |
| Ganancia bruta | 1.451.037 |
| Gastos de administración - Nota 3 k) | (556.841) |
| Resultados financieros y por tenencia | 77.675 |
| Impuesto a las ganancias | (310.763) |
| Ganancia ordinaria | 661.108 |
| Resultados extraordinarios - Nota 9 | (572.283) |
| Ganancia del período | 88.825 |
Las notas 1 a 10 que se acompañan integran estos estados contables.
ESTADO DE EVOLUCIÓN DEL PATRIMONIO NETO
Por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2002
Cifras en Pesos
Nota 2
| Aporte de los propietarios | Ganancias reservadas | |||||||
| Concepto | Capital suscripto | Reserva legal | Resultados no asignados | Total del Patrimonio Neto | ||||
| Saldos al inicio del período | 1.000.000 | 72.365 | 1.478.591 | 2.550.956 | ||||
| Distribución de resultados acumulados (1) | ||||||||
| - Honorarios Comisión Fiscalizadora | ‑ | ‑ | (6.000) | (6.000) | ||||
| - Reserva legal | ‑ | 43.231 | (43.231) | ‑ | ||||
| Ganancia del período | ‑ | ‑ | 88.825 | 88.825 | ||||
| Saldos al cierre del período | 1.000.000 | 115.596 | 1.518.185 | 2.633.781 |
(1) Dispuesta por la Asamblea General Ordinaria del 18 de marzo de 2002.
Las notas 1 a 10 que se acompañan integran estos estados contables.
ESTADO DE ORIGEN Y APLICACION DE FONDOS
Por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2002
Cifras en Pesos
Nota 2
| VARIACIÓN DE LOS FONDOS | |
| Fondos al inicio del período | 1.430.451 |
| Disminución de los fondos | (578.602) |
| Fondos al cierre del período | 851.849 |
| CAUSAS DE VARIACIÓN DE LOS FONDOS | |
| Ganancia ordinaria del período | 661.108 |
| Más: | |
| Partidas que no representan erogación de fondos | |
| Depreciación de bienes de uso | 147.510 |
| Amortización de activos intangibles | 19.101 |
| Remuneraciones y cargas sociales devengadas no pagadas | 1.200.955 |
| Bajas de bienes de uso | 210 |
| Impuesto a las ganancias | 310.763 |
| Menos: | |
| Partidas que no representan origen de fondos | |
| Servicios devengados no cobrados | (4.482.988) |
| Fondos aplicados a las operaciones ordinarias | (2.143.341) |
| Pérdida extraordinaria | (572.283) |
| Más: | |
| Partidas que no representan erogación de fondos | |
| Cargas fiscales devengadas y no pagadas | 559.266 |
| Fondos aplicados a las operaciones extraordinarias | (13.017) |
| Fondos aplicados a las operaciones | (2.156.358) |
| Cancelación de préstamos | (581.263) |
| Cancelación de remuneraciones y cargas sociales al inicio | (1.130.586) |
| Cancelación de deudas | (178.927) |
| Aumento de otros créditos | (136.688) |
| Aumento de otros activos | (8.565) |
| Otras causas de aplicación de fondos | (2.036.029) |
| Total de aplicaciones de fondos | (4.192.387) |
| Disminución de créditos por servicios | 3.234.745 |
| Nuevas deudas a corto plazo | 379.040 |
| Total de orígenes de fondos | 3.613.785 |
| Disminución de los fondos | (578.602) |
Las notas 1 a 10 que se acompañan integran estos estados contables.
NOTA 1 - Objetivo de la preparación de los estados contables especiales
Los presentes estados contables especiales han sido preparados al sólo efecto de ser utilizados por Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A.I.C. y F. para la determinación del valor patrimonial proporcional de su inversión en esta Sociedad. Por dicho motivo no contemplan en su totalidad las normas generales de exposición contable requeridas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.
NOTA 2 - Bases de presentación de los estados contables especiales
Reexpresión a moneda constante
Los estados contables no reconocen los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda en forma integral, de acuerdo con el Decreto N° 316/95 del Poder Ejecutivo de la Nación y la Resolución General Nº 8/95 de la Inspección General de Justicia, en base a las condiciones de estabilidad económica prevalecientes. Este criterio ha sido aceptado por las normas contables profesionales hasta el 31 de diciembre de 2001.
Teniendo en cuenta la existencia de un nuevo contexto inflacionario -el incremento del índice aplicable para la reexpresión de estados contables fue del 32% en el período enero a marzo de 2002)- y las condiciones creadas por el nuevo régimen establecido por la Ley de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario, que se describen más detalladamente en la nota 10, con fecha 6 de marzo de 2002, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.P.C.E.C.A.B.A.) aprobó la Resolución M.D. N° 3/2002, que establece, entre otros aspectos, la reanudación del ajuste por inflación en los ejercicios o períodos intermedios cerrados a partir del 31 de marzo de 2002, inclusive, y admite que las mediciones contables que tengan fecha de origen en el período de estabilidad, se consideren expresadas en moneda de diciembre de 2001.
La Sociedad deberá aplicar las normas de la Resolución M.D. N° 3/2002 del C.P.C.E.C.A.B.A. una vez que sean aprobadas por el organismo de control societario.
NOTA 2 - Bases de presentación de los estados contables especiales - Continuación
De haberse aplicado dicha Resolución, la ganancia por el período de tres meses finalizado en dicha fecha se hubiera convertido en una pérdida de aproximadamente $ 727.481, manteniéndose el patrimonio neto al 31 de marzo de 2002 en $ 2.633.781.
Criterios de valuación
Los principales criterios de valuación utilizados para la preparación de los estados contables especiales son los siguientes:
- Caja y bancos, créditos y deudas
A su valor nominal.
Los saldos de deudas incluyen la porción devengada hasta el cierre del período de los resultados financieros pertinentes.
- Inversiones
Letras del tesoro en dólares (LETES): Han sido valuadas a su valor neto de realización, determinado por el valor de compra de certificados de crédito fiscal para la cancelación de deudas impositivas realizada con posterioridad al cierre del período.
Certificados de depósitos a plazo fijo y Euro Bono Provincia de Buenos Aires: a su valor nominal otorgado por el rescate del Fondo Común de Inversión Pionero.
- Otros activos
Bienes de consumo: se valuaron a su costo de adquisición.
NOTA 2 - Bases de presentación de los estados contables especiales - Continuación
- Bienes de uso
Se valuaron a su costo de adquisición menos las correspondientes depreciaciones acumuladas, calculadas proporcionalmente a los meses de vida útil estimada.
- Activos intangibles
Se valuaron a su costo de adquisición menos las correspondientes amortizaciones acumuladas, calculadas proporcionalmente a los meses de vida útil asignada.
- Previsiones
Para juicios: se han constituido para afrontar situaciones contingentes que probablemente originen obligaciones para la Sociedad. En la estimación de dichos montos se ha considerado la opinión de los abogados de la Sociedad.
- Patrimonio neto
Las cuentas componentes del patrimonio neto se exponen a su valor nominal, de acuerdo con lo mencionado en el primer párrafo de la presente nota.
- Estado de resultados
Las cuentas del estado de resultados se mantuvieron a su valor de origen no reexpresado. Bajo la denominación “Resultados financieros y por tenencia” se exponen en forma conjunta las ganancias y los costos financieros nominales.
NOTA 2 - Bases de presentación de los estados contables especiales - Continuación
- Impuesto a las ganancias
La provisión para el impuesto a las ganancias ha sido calculada aplicando la tasa vigente del 35% sobre la utilidad impositiva del período.
- Impuesto a la ganancia mínima presunta
En cumplimiento con la Ley N° 25.063, se ha contabilizado una provisión para el impuesto a la ganancia mínima presunta proporcionada al período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2002, la cual se determinó aplicando el 1% sobre la valuación impositiva de los activos de la empresa al cierre del período. Asimismo, la Sociedad generó un excedente del impuesto a las ganancias suficiente como para absorber dicho resultado, debido a que es computable como pago a cuenta del mismo, exponiéndose dentro del cargo del Impuesto a las ganancias.
NOTA 3 - COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS
| 1. Inversiones | |
| Letras del Tesoro en dólares (LETES) | 350.110 |
| Plazo fijo en dólares | 11.659 |
| Euro Bono Provincia de Buenos Aires en dólares | 5.775 |
| 367.544 | |
| 1. Créditos por servicios | |
| Corrientes | |
| Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - G.C.A.B.A. | 5.986.037 |
| 5.986.037 | |
| No corrientes | |
| IVA Circular N° 33 G.C.A.B.A. - Nota 7 | 1.069.051 |
| 1.069.051 |
NOTA 3 - COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS - Continuación
| 1. Otros créditos | |
| Asignaciones familiares a recuperar | 205.758 |
| Seguros a devengar | 80.053 |
| Diversos | 30.566 |
| 316.377 | |
| 1. Bienes de uso | |
| Rodados | 4.829.105 |
| Amortización acumulada rodados | (4.829.105) |
| Mejoras sobre inmuebles de terceros | 749.039 |
| Amortización acumulada mejoras sobre inmuebles de terceros | (749.039) |
| Contenedores | 376.736 |
| Amortización acumulada contenedores | (376.736) |
| Maquinarias | 159.688 |
| Amortización acumulada maquinarias | (159.688) |
| Muebles y útiles | 103.985 |
| Amortización acumulada muebles y útiles | (103.985) |
| Instalaciones | 67.306 |
| Amortización acumulada instalaciones | (67.306) |
| Equipos de computación | 356.860 |
| Amortización acumulada equipos de computación | (356.860) |
| ‑ | |
| 1. Activos intangibles | |
| Gastos preoperativos | 900.816 |
| Amortización acumulada gastos preoperativos | (900.816) |
| Marcas y patentes | 9.336 |
| Amortización acumulada marcas y patentes | (9.336) |
| ‑ | |
| 1. Cuentas por pagar | |
| Proveedores | 766.557 |
| Provisiones facturas a recibir | 214.021 |
| Provisión patentes a pagar | 4.604 |
| 985.182 |
NOTA 3 - COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS - Continuación
| 1. Remuneraciones y cargas sociales | ||||||||
| Sueldos, jornales y cargas sociales a pagar | 1.066.628 | |||||||
| Provisión para indemnizaciones por despido | 2.062.594 | |||||||
| 3.129.222 | ||||||||
| 1. Otros pasivos | ||||||||
| Honorarios Comisión Fiscalizadora | 6.000 | |||||||
| Garantía de los Directores | 600 | |||||||
| 6.600 | ||||||||
| 1. Previsiones | ||||||||
| Detalle | Saldos al comienzo del período | Aumentos | Disminuciones | Saldos al cierre del período | ||||
| INCLUIDAS EN EL pasivo | ||||||||
| Juicios laborales | 149.400 | ‑ | ‑ | 149.400 | ||||
| 149.400 | ‑ | ‑ | 149.400 | |||||
| 1. Ingresos por servicios netos | ||||||||
| Ingresos por servicios | 5.345.837 | |||||||
| Impuesto sobre los ingresos brutos | (160.645) | |||||||
| 5.185.192 |
NOTA 3 - COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS - Continuación
| 1. Información requerida por el art. 64 apartado 1, inc. b) de la Ley N° 19.550 | ||||||
| Cuentas | Total | Costo de los servicios prestados | Gastos de administración | |||
| Sueldos y jornales | 2.586.473 | 2.309.019 | 277.454 | |||
| Cargas sociales | 176.614 | 161.184 | 15.430 | |||
| Personal temporario | 266.774 | 263.769 | 3.005 | |||
| Servicios prestados por terceros | 258.514 | 230.312 | 28.202 | |||
| Honorarios | 212.400 | 159.081 | 53.319 | |||
| Mantenimiento de bienes de uso | 185.724 | 185.724 | ‑ | |||
| Depreciación de bienes de uso | 147.510 | 125.504 | 22.006 | |||
| Combustibles y lubricantes | 134.910 | 134.910 | ‑ | |||
| Consumo almacén | 112.476 | 112.476 | ‑ | |||
| Seguridad y gastos de edificios | 72.597 | ‑ | 72.597 | |||
| Servicios al personal | 32.176 | ‑ | 32.176 | |||
| Seguros | 26.954 | 26.954 | ‑ | |||
| Amortización de activos intangibles | 19.101 | ‑ | 19.101 | |||
| Gastos de oficina | 15.606 | ‑ | 15.606 | |||
| Impuestos | 14.692 | 14.692 | ‑ | |||
| Honorarios Directores | 9.000 | ‑ | 9.000 | |||
| Gastos de movilidad | 7.260 | 593 | 6.667 | |||
| Diversos | 12.215 | 9.937 | 2.278 | |||
| 4.290.996 | 3.734.155 | 556.841 |
NOTA 4 - PLAZOS Y TASAS DE INTERÉS DE INVERSIONES, CRÉDITOS Y DEUDAS
- Clasificación de los saldos de inversiones, créditos y deudas en las siguientes categorías:
| De plazo vencido | |
| Créditos | |
| Hasta tres meses | 1.290.066 |
| De tres meses a seis meses | 294.061 |
| De seis meses a nueve meses | 235.111 |
| De nueve meses a un año | 48.349 |
| Más de un año | 871.146 |
| 2.738.733 | |
| Sin plazo establecido a la vista | |
| Deudas | 149.400 |
| 149.400 | |
| A vencer | |
| Inversiones | |
| Hasta tres meses | 367.544 |
| 367.544 | |
| Créditos | |
| Hasta tres meses | 4.578.425 |
| De tres meses a seis meses | 23.243 |
| De seis meses a nueve meses | 22.934 |
| De nueve meses a un año | 8.130 |
| 4.632.732 | |
| Deudas | |
| Hasta tres meses | 3.163.913 |
| De tres meses a seis meses | 7.860 |
| De seis meses a nueve meses | 7.978 |
| De nueve meses a un año | 2.070.692 |
| Más de un año | 389.186 |
| 5.639.629 |
NOTA 4 - PLAZOS Y TASAS DE INTERÉS DE INVERSIONES, CRÉDITOS Y DEUDAS - Continuación
- Los saldos que devengan intereses y los que no lo hacen se detallan a continuación:
| Inversiones | |
| Devengan intereses | 11.659 |
| No devengan intereses | 355.885 |
| 367.544 | |
| Créditos | |
| No devengan intereses | 7.371.465 |
| 7.371.465 | |
| Deudas | |
| Devengan intereses | 573.574 |
| No devengan intereses | 5.215.455 |
| 5.789.029 |
- Detalle de deudas que devengan intereses a tasa fija:
| Concepto | Monto | Tasa promedio anual | ||
| Cargas fiscales | 152.708 | 36% | ||
| Cargas fiscales | 420.866 | 6% | ||
| 573.574 |
nota 5 - Capital Social
El capital emitido, suscripto e integrado de la Sociedad al 31 de marzo de 2002, asciende a 1.000.000, el cual se encuentra totalmente inscripto en el Registro Público de Comercio.
Nota 6- Disposición de los resultados no asignados
De acuerdo con lo dispuesto por la Asamblea General Ordinaria del 18 de marzo de 2002, se resolvió por unanimidad autorizar al Directorio a disponer el pago de dividendos en efectivo con afectación al saldo de la cuenta resultados no asignados.
NOTA 7 - IVA Circular N° 33 Gobierno de la Ciudad AUTONOMA de Buenos Aires
Corresponde al Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) sobre los diversos conceptos remuneratorios que percibe el personal como consecuencia de la aplicación de dicha circular. Conforme lo dispuesto, existe una controversia entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (G.C.A.B.A.) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), por la cual según el primero de los organismos, los conceptos contenidos en la Circular N° 33 corresponden a recupero de gastos por lo cual no estarían gravados por el I.V.A.. La opinión generalizada, inclusive la de la Sociedad y la de la A.F.I.P., es que corresponden gravar con el impuesto a los mencionados conceptos.
La Sociedad factura dichos conceptos con I.V.A. e ingresa el impuesto a la A.F.I.P. sin que la incidencia impositiva sea abonada por el G.C.A.B.A.. Por tal motivo se inició una acción declarativa de certeza con fecha 27 de diciembre de 1999 ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 8, Secretaría N° 15. El día 23 de marzo de 2000 fue notificado de la demanda el G.C.A.B.A. y el día 28 de marzo de 2000 la A.F.I.P. La demanda ha sido contestada tanto por la A.F.I.P. como por el G.C.A.B.A., solicitando ambos el rechazo de la acción declarativa. Con fecha 6 de julio de 2000 se ordenó correr traslado a la A.F.I.P. del expediente administrativo iniciado por la Sociedad ante el G.C.A.B.A.
NOTA 7 - IVA Circular N° 33 Gobierno de la Ciudad AUTONOMa de Buenos Aires - continuación
El juzgado dispuso de oficio la suspensión de los plazos procesales de conformidad a lo dispuesto por la Ley N° 25.344 de Emergencia Económico-Financiera. Transcurrido el plazo la Sociedad solicitó que, en atención a la inexistencia de hechos controvertidos, se declare la cuestión de puro derecho, a fin de que el Tribunal dicte sentencia con las constancias de la causa. El Juzgado hizo lugar al pedido de la Sociedad, y así lo dispuso el 30 de abril de 2001. Esta resolución no fue impugnada por las demandadas y habiendo quedado firme, el Tribunal resolvió el día 29 de junio que el expediente pase a sentencia. El Juzgado dictó el 9 de noviembre de 2001, una medida para mejor proveer que tuvo por objeto solicitar a la A.F.I.P. las actuaciones administrativas relacionadas con la Circular N° 33. Esta diligencia fue cumplida por la A.F.I.P. el 13 de noviembre de 2001.
Una vez levantada la feria judicial el Juzgado dispuso suspender el plazo para dictar sentencia y correr traslado de la documentación presentada por la A.F.I.P.. Con fecha 21 de febrero de 2002 la empresa contestó el traslado de la documentación solicitando el pase de las actuaciones a sentencia. El trámite estuvo suspendido hasta el día 15 de abril inclusive y, hasta la fecha de emisión de los presentes estados contables, no se han producido novedades al respecto.
Para el hipotético caso que el Tribunal definiera que los conceptos mencionados en el primer párrafo no están gravados por el I.V.A., compartiendo la opinión con el G.C.A.B.A., la Sociedad podría rectificar las declaraciones juradas presentadas y generar un saldo a favor, por el cual tendría el derecho a pedir su devolución, generándose así un crédito con el Fisco.
Por el contrario, si el Juzgado resolviera que los conceptos están alcanzados por el impuesto, la Sociedad podrá requerir el pago de tales importes al G.C.A.B.A. y de ser necesario iniciar una acción judicial tendiente a obtener su reintegro sin necesidad de recurrir al reclamo administrativo.
NOTA 8 - Duración del Contrato de Concesión
Con fecha 31 de octubre de 1997 la Sociedad firmó con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el Contrato de Concesión para la prestación de los servicios de recolección de residuos domiciliarios, barrido de calles y limpieza de sumideros en la Zona 3 de la Ciudad de Buenos Aires. El mencionado contrato tiene una vigencia de cuatro años a partir del 31 de enero de 1998.
NOTA 8 - Duración del Contrato de Concesión - Continuación
El artículo 5 del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública N° 14/97, faculta al G.C.A.B.A. a prorrogar el Contrato de Concesión por un período de dos años por única vez.
Con fecha 28 de diciembre de 2001 el G.C.A.B.A dictó el decreto 2134-GCABA-01, mediante el cual le otorga a la Sociedad una prórroga en el Contrato de Concesión por un período de un año contado a partir del 1° de febrero de 2002.
La Sociedad, con fecha 15 de enero de 2002, sin perjuicio de prestar conformidad con la prórroga del contrato de concesión, ha solicitado al Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, modifique el plazo de extensión, ya que por la interpretación de lo establecido en el Pliego, puede prorrogarlo sólo por dos años y no por uno. La Sociedad estima un resultado favorable a su solicitud.
NOTA 9 - Resultados extraordinarios
La Sociedad, a efectos de valuar sus bienes de uso, ha aplicado el criterio de amortizar los mismos en función de su desgaste por el uso intensivo generado por la actividad específica desarrollada por la empresa, coincidente con el plazo de vigencia de la Concesión. Este criterio, fue también aplicado para la liquidación del impuesto a las ganancias.
Durante el año 2001, la Administración Federal de Ingresos Públicos, ha efectuado una inspección integral, la cual determinó ajustes a las Declaraciones Juradas de los años 1998, 1999 y 2000, por aplicar en el cálculo de amortización de los bienes de uso los años de vida útil según los usos y costumbres, sin tener en cuenta el excesivo desgaste de aquellos.
La Sociedad, no obstante ratificar el método adoptado en las liquidaciones de las DDJJ presentadas oportunamente, y a efectos de evitar costos procesales futuros, se ha acogido al Plan de Facilidades de Pago según el Decreto N° 1384/01 presentando las rectificativas de las DDJJ de los años 1998, 1999 y 2000 y considerando similar criterio para la DDJJ del año 2001.
Este recálculo ha generado una pérdida de $ 572.283, la cual se expone como resultados extraordinarios en el estado respectivo.
NOTA 10 - Contexto económico y del mercado de cambios
Durante los últimos meses del año 2001 y hasta la fecha de emisión de los presentes estados contables, la economía argentina experimentó una fuerte disminución en su nivel general de actividad con el consiguiente deterioro de los mercados locales. Paralelamente se incrementaron considerablemente las tasas de interés requeridas por los inversores en títulos de deuda de la República Argentina, las cotizaciones de dichos títulos disminuyeron significativamente y el sistema financiero sufrió la reducción del nivel de depósitos y la restricción del acceso al crédito internacional. En dicho contexto, las autoridades nacionales implementaron diversas medidas que comprendieron, entre otras, la reestructuración de la deuda pública nacional y provincial, restricciones a la libre disponibilidad de los fondos depositados en entidades financieras, así como la imposibilidad de efectuar transferencias al exterior que no correspondan a ciertas operaciones comerciales.
Asimismo, el Gobierno Nacional declaró el incumplimiento del pago de los servicios de la deuda externa y el 6 de enero de 2002 se sancionó la Ley 25.561 de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario, en virtud de la cual se facultó al Poder Ejecutivo para establecer el sistema que determinará la relación de cambio entre el peso y las divisas extranjeras y dictar regulaciones cambiarias. Asimismo, la citada ley modificó la Ley 23.928 (Ley de Convertibilidad) y por ende el modelo económico vigente desde 1991.
El 30 de diciembre de 2001 se ha declarado la Ley N° 744 de la Ciudad de Buenos Aires, que establece la emergencia económica y financiera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de seis meses. En la misma se ha facultado al Poder Ejecutivo a:
- disponer la revisión de las condiciones de los contratos referentes a compras y contrataciones de bienes, servicios, suministros y obra pública, celebrados con sus proveedores con anterioridad a la vigencia de la presente Ley, teniendo la posibilidad de suspender, modificar o rescindir las contrataciones en cuestión.
- utilizar medios de pago alternativos, emitidos o a emitirse por la Nación o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que tengan poder cancelatorio para hacer frente a sus obligaciones.
NOTA 10 - Contexto económico y del mercado de cambios - continuación
- en el caso de sentencias judiciales que reconozcan la existencia de obligaciones de dar sumas de dinero que resulten contrarias al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se dispondrá su pago con Letras de Tesorería de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o "LECOP", o con otros instrumentos similares emitidos por la Nación.
Con fecha 8 de febrero de 2002, el Poder Ejecutivo emitió el Decreto N° 260/02, por el cual dispuso un mercado libre y único de cambios a través del cual se cursarán todas las operaciones en divisas extranjeras quedando todas esta operaciones sujetas a los requisitos y reglamentaciones del BCRA. Según surge de normas del BCRA las transferencias al exterior por servicios de intereses y de capital por deudas con el exterior de carácter financiero, requerirán la previa conformidad del BCRA. Debido a la complejidad de la materia seguramente el BCRA dictará en lo sucesivo nuevas normas reglamentarias.
A la fecha de emisión de los presentes estados contables, el Gobierno Nacional se encuentra aún en una etapa de análisis y emisión de normas adicionales y complementarias a las mencionadas anteriormente.
Debido a la actividad que desarrolla la Sociedad como concesionaria de los servicios de recolección de residuos domiciliarios, barrido de calles y limpieza de sumideros en la zona 3 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, su único cliente es el Gobierno de la Ciudad, la cual también se encuentra afectada por la situación y los riesgos de mercado descriptos, circunstancia que debe ser tenida en cuenta en relación con la evolución de los negocios futuros de la Sociedad y con el recupero que eventualmente pudiera corresponder de acuerdo con lo explicado en la nota 7.
Los presentes estados contables e información complementaria revelan todos los efectos derivados de las nuevas medidas económicas y cambiarias significativas conocidas a la fecha de emisión de los mismos.
En tal sentido, la Dirección de la Sociedad ha efectuado sus estimaciones considerando dichas medidas. Los efectos que medidas adicionales o complementarias futuras pudieran tener sobre la Sociedad, serán reconocidos contablemente cuando las mismas sean de conocimiento de la Dirección.
INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA
Señores Accionistas de
SOLURBAN S.A.
En cumplimiento de las disposiciones legales en vigencia hemos examinado el estado de situación patrimonial, los estados de resultados, de evolución del patrimonio neto, de origen y aplicación de fondos y las notas correspondientes, presentados por el Directorio deSOLURBAN S.A. al 31 de marzo de 2002 por el período de tres meses finalizado en esa fecha.
El desempeño de nuestra función incluyó la revisión selectiva de los registros contables y documentación respaldatoria, habiendo obtenido todas las aclaraciones y explicaciones que hemos considerado necesarias, contando además, con el informe de revisión limitada emitido por los auditores externos.
Dejamos expresa constancia que, en lo que resultó pertinente, se ha dado pleno cumplimiento a lo dispuesto por el art. 294 de la Ley de Sociedades Comerciales. En nuestra opinión, por lo que antecede, estamos en condiciones de expresar que la documentación examinada refleja todas las circunstancias y hechos significativos de los que hemos tomado conocimiento y ha sido preparada de conformidad con la Ley de Sociedades Comerciales y demás normas vigentes de aplicación.
Sin otro particular, saludamos con nuestra mayor consideración.
Buenos Aires,
2 de mayo de 2002
ALFREDO A. RICIGLIANO
Por Comisión Fiscalizadora
SOLURBAN S.A.
RATIFICACIÓN DE FIRMAS IMPRESAS
Por la presente, se ratifican las firmas que en facsímil obran en las fojas que anteceden, desde la página 3 hasta la página 21, cuyo contenido también se ratifica y que reemplazan las correspondientes firmas ológrafas colocadas en los originales de los estados básicos y demás documentación de la empresa Solurban S.A., correspondientes al período finalizado el 31 de marzo de 2002.
| HENRY MARTIN, LISDERO Y ASOCIADOS C.P.C.E.C.F. - R.A.P.U. T° I F° 7 | ||
| ALFREDO A. RICIGLIANO Por Comisión Fiscalizadora | Juan Carlos Cincotta (Socio) Contador Público (U.B.A.) C.P.C.E.C.F. T° 45 F° 71 | JULIO CÉSAR LUZZATTO Presidente |