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IMPSA S.A. Capital/Financing Update 2012

May 22, 2012

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INDUSTRIAS METALÚRGICAS PESCARMONA S.A.I.C. y F.

(constituida conforme a las leyes de la Argentina)

AVISO DE SUSCRIPCIÓN

OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE VI EN PESOS A TASA VARIABLE CON VENCIMIENTO A LOS 21 MESES DE LA FECHA DE EMISIÓN OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE VII EN DÓLARES A TASA FIJA CON VENCIMIENTO A LOS 24 MESES DE LA FECHA DE EMISIÓN

EN CONJUNTO POR UN VALOR NOMINAL GLOBAL TOTAL

DE HASTA $60.000.000 (O SU EQUIVALENTE

EN OTRAS MONEDAS)

Se comunica al público inversor en general que Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A.I.C. y F. (“IMPSA”, el “Emisor” o la “Compañía”) ofrece en suscripción pública las Obligaciones Negociables Clase VI por hasta V/N $30.000.000 a tasa variable con vencimiento a los 21 meses de la Fecha de Emisión (las “Obligaciones Negociables Clase VI” o la “Clase VI”) y las Obligaciones Negociables Clase VII en Dólares Estadounidenses hasta el equivalente de $ 30.000.000 convertidos al Tipo de Cambio Inicial o el monto mayor que determine la Compañía, a tasa fija con vencimiento a los 24 meses de la Fecha de Emisión (las “Obligaciones Negociables Clase VII” o la “Clase VII”, y conjuntamente con las Obligaciones Negociables Clase VI, las “Obligaciones Negociables”) a ser emitidas en conjunto por un valor nominal global total de hasta $60.000.000 (Pesos sesenta millones) (o su equivalente en otras monedas) (el “Monto de Emisión Máximo”) (salvo por lo establecido en el Suplemento de Precio con relación al Monto Total Autorizado), a ser emitidas en el marco del Programa Global de Emisión de Títulos de Deuda de Mediano Plazo para la emisión de obligaciones negociables en una o más series hasta un monto de capital total en cualquier momento en circulación de US$500.000.000 (Dólares Estadounidenses quinientos millones) (o su equivalente en otras monedas) (el “Programa”) y de acuerdo con los principales términos y condiciones que se resumen a continuación y que forman parte del prospecto del Programa actualizado de fecha 11 de mayo de 2012 (el “Prospecto”) y del suplemento de precio relativo a la emisión de las Obligaciones Negociables (el “Suplemento de Precio”) de fecha 18 de mayo de 2012, que fueran publicados en el Boletín Diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la “BCBA”) con fecha 14 de mayo de 2012 y 21 de mayo de 2012, respectivamente. Los términos en mayúscula no definidos en el presente aviso tienen el significado asignado en el Prospecto y/o en el Suplemento de Precio.

  1. Emisor: Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A.I.C. y F.
  2. Colocadores Principales: Banco Santander Río S.A. (“Banco Santander Río”), BACS Banco de Crédito y Securitización S.A. (“BACS”), Banco Hipotecario S.A. (“Banco Hipotecario” y junto con Banco Santander Río y BACS, los “Colocadores Principales”).
  3. Co-colocadores: Raymond James Argentina Sociedad de Bolsa S.A. (“Raymond James”) y SBS TRADE S.A. (“SBS”) actuando como co-colocadores de las Obligaciones Negociables (los “Co-Colocadores” y junto con los Colocadores Principales, los “Colocadores”).
  4. Período de Difusión: Constará de cuatro (4) Días Hábiles que comenzarán el 23 de mayo de 2012, a las 10 horas, y finalizarán el 29 de mayo de 2012, a las 15 horas, durante el cual se realizará la difusión pública de la información referida al Emisor y a las Obligaciones Negociables y se invitará a potenciales inversores a presentar las correspondientes órdenes de compra para suscribir Obligaciones Negociables. Durante dicho período no se presentarán ni se aceptarán Ofertas de Compra para suscribir Obligaciones Negociables.
  5. Período de Subasta Pública: Tendrá lugar los días 30 de mayo de 2012 y 31 de mayo de 2012, ambos en el horario de 10 a 15 horas, durante el cual, sobre la base de las Ofertas de Compra de potenciales inversores, los Colocadores y los agentes del MAE y/o adherentes del mismo podrán presentar las correspondientes órdenes de compra a través del módulo de licitaciones del sistema “SIOPEL” del MAE.
  6. Terminación, suspensión y/o prórroga del Período de Difusión y del Período de Subasta Pública: El Emisor, con el consentimiento previo de los Colocadores y sin necesidad de invocar motivo alguno, podrá suspender y/o prorrogar y/o terminar el Período de Difusión y/o el Período de Subasta Pública en cualquier momento del mismo, comunicando por escrito dicha circunstancia a los Colocadores, a la CNV y a aquellas bolsas y mercados autorregulados respecto de los cuales se haya solicitado autorización para la cotización y/o negociación de las Obligaciones Negociables, publicando un aviso de acuerdo a lo previsto en el Suplemento de Precio, a más tardar el Día Hábil bursátil anterior al vencimiento del Período de Difusión y/o del Período de Subasta Pública, en el cual se indicará, en su caso, la nueva fecha de vencimiento del Período de Difusión y/o del Período de Subasta Pública o la fecha en que se reanudará el curso del mismo o la forma en que se hará pública la reanudación del curso del mismo. La terminación, suspensión y/o prórroga del Período de Difusión y/o del Período de Subasta Pública no generará responsabilidad alguna al Emisor y/o a los Colocadores ni otorgará a los Inversores Interesados que hayan presentado Ofertas de Compra, ni a los agentes del MAE y/o adherentes del mismo que hayan presentado Ofertas de Compra, derecho a compensación y/o indemnización alguna. En caso de terminación del Período de Difusión y/o del Período de Subasta Pública, todas las Ofertas de Compra que en su caso se hayan presentado hasta ese momento quedarán automáticamente sin efecto. En caso de suspensión y/o prórroga del Período de Difusión y/o del Período de Subasta Pública, las Ofertas de Compra presentadas con anterioridad a tal suspensión y/o prórroga podrán ser retiradas en cualquier momento anterior a la finalización del Período de Subasta Pública, sin penalidad alguna.
  7. Método de Colocación y Adjudicación: La colocación primaria de las Obligaciones Negociables será realizada mediante una subasta pública a través del módulo de licitaciones del sistema informático MAE-SIOPEL, de conformidad con la Resolución N° 597/2011 y demás Normas de la CNV (la “Subasta Pública”). En este sentido, los Colocadores serán los encargados de generar en el MAE-SIOPEL el pliego de licitación de la colocación primaria de las Obligaciones Negociables. El mecanismo de adjudicación será el descripto en el Suplemento de Precio. Para mayor información sobre estas y otras cuestiones relativas a la colocación y adjudicación de las Obligaciones Negociables, véase la sección “Plan de Distribución” del Suplemento de Precio.
  8. Forma: Las Obligaciones Negociables serán escriturales, conforme un contrato a ser celebrado con Caja de Valores S.A. (“CVSA”).
  9. Monto de Emisión: De conformidad con lo establecido por acta de directorio de IMPSA de fecha 17 de abril de 2012, la Compañía podrá, a su exclusivo criterio, emitir las Obligaciones Negociables por hasta el Monto de Emisión Máximo, ya sea en Pesos, en el caso de la Clase VI, o en Dólares Estadounidenses, en el caso de la Clase VII. Asimismo, IMPSA se reserva la posibilidad de incrementar el Monto de Emisión Máximo por hasta un monto total de $225.000.000 (Pesos doscientos veinticinco millones) (el “Monto Total Autorizado”). El valor nominal total de las Obligaciones Negociables Clase VI, ya sea en forma individual o en conjunto con la Clase VII, podrá alcanzar el Monto de Emisión Máximo.
  10. Monto Nominal Ofrecido: Las Obligaciones Negociables se ofrecen por el Monto de Emisión Máximo. Sin embargo, la Compañía tiene la posibilidad de incrementar el Monto de Emisión Máximo por hasta el Monto Total Autorizado. En este sentido, el valor nominal total de la Clase VI será de $30.000.000 (Pesos treinta millones) y de la Clase VII será en Dólares Estadounidenses hasta el equivalente de $30.000.000 (Pesos treinta millones) convertidos al Tipo de Cambio Inicial, o el monto mayor o menor que determine el Emisor en cada caso. Consecuentemente, el monto de emisión de las Obligaciones Negociables, ya sea en forma individual o en conjunto, no podrá superar el Monto de Emisión Máximo o, en su caso, el Monto Total Autorizado. LA COMPAÑÍA PODRÁ DECLARAR DESIERTA LA COLOCACIÓN RESPECTO DE UNA O AMBAS CLASES, LO CUAL IMPLICARÁ QUE NO SE EMITIRÁ OBLIGACIÓN NEGOCIABLE ALGUNA DE LA/S CLASE/S DE QUE SE TRATE/N. EN CASO DE DECLARARSE DESIERTA LA COLOCACIÓN DE LA CLASE VI O DE LA CLASE VII, LA CLASE CUYO MONTO NO FUESE DECLARADO DESIERTO PODRÁ SER EMITIDA POR EL MONTO DE EMISIÓN MÁXIMO O, EN SU CASO, POR EL MONTO TOTAL AUTORIZADO. El monto definitivo de la emisión será determinado con anterioridad a la Fecha de Emisión e informado conforme se establece en el Suplemento de Precio bajo la sección “Plan de Distribución”.
  11. Precio de Emisión: 100% del valor nominal total de las Obligaciones Negociables (a la par).
  12. Fecha de Emisión: Será informada mediante un aviso complementario al Suplemento de Precio, que será publicado en el Boletín Diario de la BCBA y será comunicado a la CNV por medio de la AIF. La Fecha de Emisión ocurrirá dentro de los 2 (dos) Días Hábiles posteriores al cierre del Período de Subasta Pública.
  13. Denominaciones Mínimas:
    1. Clase VI: $1.000 y múltiplos de $1 superiores a dicho monto.
    2. Clase VII: U$S1.000 y múltiplos de U$S1 superiores a dicho monto.
  14. Unidad Mínima de Negociación:
    1. Clase VI: $1 (un Peso).
    2. Clase VII: U$S1 (un Dólar Estadounidense).
  15. Monto Mínimo de Suscripción:
    1. Clase VI: El Monto Mínimo de Suscripción para el Tramo Competitivo será por importes equivalentes a $10.000, y para el Tramo No Competitivo será por importes equivalentes a $1.000 con un monto máximo de $300.000.
    2. Clase VII: El Monto Mínimo de Suscripción para el Tramo Competitivo será en Pesos por importes equivalentes a U$S10.000, calculado al Tipo de Cambio Inicial, y para el Tramo No Competitivo será en Pesos por importes equivalentes a U$S1.000 con un monto máximo de U$S60.000, en ambos casos calculado al Tipo de Cambio Inicial.
  16. Fecha de Vencimiento:
    1. Clase VI: Vencerán a los 21 meses de la Fecha de Emisión.
    2. Clase VII: Vencerán a los 24 meses de la Fecha de Emisión.

En ambos casos, la fecha de vencimiento de cada clase de Obligaciones Negociables será informada por la Compañía mediante un aviso complementario de acuerdo a lo previsto en el Suplemento de Precio.

  1. Amortización:
  2. Clase VI: Será pagadera en tres (3) cuotas trimestrales y consecutivas, las primeras dos (2) por un porcentaje equivalente al 33,33% cada una del valor nominal de capital de las Obligaciones Negociables Clase VI y la última por un porcentaje equivalente al 33,34% del valor nominal de capital de las Obligaciones Negociables Clase VI. Los pagos de capital serán realizados en forma trimestral en los meses 15, 18 y 21 contados desde la Fecha de Emisión, en las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión pero del correspondiente mes, siempre y cuando ese día fuera un Día Hábil.
  3. Clase VII: Será pagadera, a opción de la Compañía y en la medida de lo permitido por la normativa aplicable, (i) en Dólares Estadounidenses, o (ii) en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable, en cuatro (4) cuotas trimestrales y consecutivas, cada una por un porcentaje equivalente al 25% del valor nominal de capital de las Obligaciones Negociables Clase VII. Los pagos de capital serán realizados en forma trimestral en los meses 15, 18, 21 y 24 contados desde la Fecha de Emisión, en las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión pero del correspondiente mes, siempre y cuando ese día fuera un Día Hábil.

En ambos casos las fechas de amortización de cada clase de las Obligaciones Negociables (y la moneda de pago de la Clase VII) serán informadas mediante la publicación de un aviso complementario de acuerdo a lo previsto en el Suplemento de Precio.

  1. Moneda:
  2. Clase VI: Serán suscriptas, integradas y pagaderas en Pesos.
  3. Clase VII: Serán suscriptas e integradas por los inversores en Pesos al Tipo de Cambio Inicial en la Fecha de Emisión y serán pagaderas, a opción de la Compañía, en Dólares Estadounidenses o en Pesos. Véase “Términos y y Condiciones Específicos de las Obligaciones Negociables Clase VII” del Suplemento de Precio.
  4. Intereses:
  5. Clase VI: Devengarán intereses a partir de la Fecha de Emisión y hasta su efectivo pago a una tasa variable que será equivalente a la Tasa de Referencia más el Margen Diferencial de Corte.
    1. Tasa de Referencia: Será el promedio aritmético simple de la Tasa BADLAR Privada (o, en caso que el BCRA suspenda la publicación de dicha tasa, la Tasa Sustituta publicada durante el período que se inicia el séptimo Día Hábil anterior al inicio de cada Período de Devengamiento de Intereses y finaliza el séptimo Día Hábil anterior a la Fecha de Pago de Intereses correspondiente, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. Véase “Términos y condiciones específicos de las Obligaciones Negociables Clase VI” del Suplemento de Precio.
    2. Margen Diferencial de Corte: Es la cantidad de puntos básicos a pagar por sobre la Tasa de Referencia. El mismo será determinado luego del cierre del Período de Subasta Pública y antes de la Fecha de Emisión de acuerdo al procedimiento de adjudicación de las Obligaciones Negociables detallado en “Plan de Distribución” del Suplemento de Precio e informado mediante un aviso complementario al Suplemento de Precio.
  6. Clase VII: Devengarán intereses a partir de la Fecha de Emisión y hasta su efectivo pago a una tasa fija equivalente a la Tasa de Corte.
    1. Tasa de Corte: Es la tasa de corte que correspondiente a la Clase VII, expresada como porcentaje anual truncado con dos decimales, la cual será determinada conforme se establece en la sección “Plan de Distribución” del Suplemento de Precio.

En ambos casos los intereses son calculados por la Compañía considerando la cantidad real de días transcurridos y un año de 365 días (cantidad real de días transcurridos/365).

  1. Fechas de Pago de Intereses:
  2. Clase VI: Los intereses se pagarán trimestralmente por período vencido. Los pagos serán realizados en forma trimestral en idéntico día al de la Fecha de Emisión pero del correspondiente mes, siempre y cuando ese día fuera un Día Hábil, durante los meses 3, 6, 9, 12, 15, 18 y 21 comenzando en la fecha que se indique en el aviso complementario de acuerdo a lo previsto en el Suplemento de Precio. La última Fecha de Pago de Intereses de la Clase VI será el mismo día de la Fecha de Vencimiento de la Clase VI.
  3. Clase VII: Los intereses se pagarán trimestralmente por período vencido en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable. Los pagos serán realizados en forma trimestral en idéntico día al de la Fecha de Emisión pero del correspondiente mes, siempre y cuando ese día fuera un Día Hábil, durante los meses 3, 6, 9, 12, 15, 18, 21 y 24 comenzando en la fecha que se indique en el aviso complementario de conformidad al Suplemento de Precio. La última Fecha de Pago de Intereses de la Clase VII será el mismo día de la Fecha de Vencimiento de la Clase VII.
  4. Período de Devengamiento de Intereses: Es el período comprendido entre una Fecha de Pago de Intereses y la Fecha de Pago de Intereses inmediatamente posterior, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. Respecto de la primera Fecha de Pago de Intereses, se considerará Período de Devengamiento de Intereses el comprendido entre la Fecha de Emisión y la primera Fecha de Pago de Intereses.
  5. Tipo de Cambio para las Obligaciones Negociables Clase VII:
  6. Tipo de Cambio Inicial: Es aquel utilizado para el cálculo del pago del precio de suscripción en Pesos de las Obligaciones Negociables Clase VII y será el Tipo de Cambio Aplicable que surja del promedio aritmético simple de los últimos tres (3) Días Hábiles anteriores a contar desde el segundo Día Hábil anterior a la fecha de finalización del Período de Subasta Pública, el cual será informado conforme se establece en el Suplemento de Precio.
  7. Tipo de Cambio Aplicable: Es aquel utilizado para el cálculo de los servicios de amortización del capital y el pago de los intereses adeudados bajo las Obligaciones Negociables Clase VII y será el promedio aritmético simple de los últimos tres (3) Días Hábiles previos a la fecha de cálculo del cambio Dólar Estadounidenses/Peso que informe el BCRA mediante la Comunicación “A” 3500 en base al procedimiento de encuesta de cambio establecido en la misma (o la regulación que la sucediere o modificare en el tiempo). Si no estuviera disponible el Tipo de Cambio del BCRA, el Tipo de Cambio Aplicable será, a opción de la Compañía y en el siguiente orden: (i) el promedio aritmético simple de los últimos tres (3) Días Hábiles previos a la Fecha de Cálculo del tipo de cambio vendedor que informe el Banco de la Nación Argentina; o (ii) el promedio aritmético simple de los últimos tres (3) Días Hábiles previos a la Fecha de Cálculo del tipo de cambio vendedor que informe EMTA, Inc. diariamente en su página de Internet: https://mbrservices.net/emtatest/history.asp (o cualquier página que la modifique o reemplace en el tiempo); o (iii) el promedio aritmético simple del tipo de cambio vendedor promedio para la conversión de Dólares Estadounidenses a Pesos publicado por los siguientes bancos: la Sucursal de Citibank N.A., establecida en la República Argentina, Banco Santander Río S.A., BBVA Banco Francés S.A., Standard Bank Argentina S.A., Deutsche Bank S.A. y HSBC Bank Argentina S.A. en Argentina, a las 15.00 hs., hora de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El Tipo de Cambio Aplicable será informado conforme se establece en el Suplemento de Precio.
  8. Rango: Las Obligaciones Negociables constituirán en todo momento obligaciones directas, incondicionales, no garantizadas y no subordinadas de la Compañía, calificarán pari passu, sin preferencia entre sí, y en todo momento tendrán al menos igual prioridad de pago que todo otro endeudamiento no garantizado y no subordinado, presente y futuro de la Compañía (con la excepción de ciertas obligaciones a las que las leyes argentinas le otorgan tratamiento preferencial).
  9. Rescate a opción de la Compañía por Cuestiones Impositivas: La Compañía podrá rescatar las Obligaciones Negociables en su totalidad, y no en parte, en cualquier momento en caso de ocurrir ciertos cambios que afecten los impuestos de Argentina. Véase “Términos y Condiciones comunes a las Obligaciones Negociables Clase VI y a las Obligaciones Negociables Clase VII” del Suplemento de Precio.
  10. Rescate por Supuesto de Cambio de Control: La Compañía se encuentra sujeta a un compromiso de rescatar las Obligaciones Negociables ante la ocurrencia de un Supuesto de Cambio de Control (según se define en la sección “Términos y Condiciones Adicionales de las Obligaciones Negociables—Ciertas Definiciones” del Suplemento de Precio). Véase “Términos y Condiciones Adicionales de la Obligaciones Negociables—Rescate por Supuesto de Cambio de Control” en el presente Suplemento de Precio.
  11. Rescate por Supuesto de Nacionalización: La Compañía se encuentra sujeta a un compromiso de rescatar las Obligaciones Negociables ante la ocurrencia de un Supuesto de Nacionalización (según se define en la sección “Términos y Condiciones Adicionales de las Obligaciones Negociables—Ciertas Definiciones” del Suplemento de Precio). Véase “Términos y Condiciones Adicionales de la Obligaciones Negociables—Rescate por Supuesto de Nacionalización” en el presente Suplemento de Precio.
  12. Forma de Pago: Todos los pagos serán efectuados por la Compañía mediante la transferencia de los importes correspondientes a CVSA, para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores de Obligaciones Negociables con derecho al cobro. Si cualquier día de pago de cualquier monto bajo las Obligaciones Negociables no fuera un Día Hábil en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dicho pago será efectuado en el Día Hábil inmediatamente posterior. Cualquier pago adeudado bajo las Obligaciones Negociables efectuado en dicho Día Hábil inmediatamente posterior tendrá la misma validez que si hubiera sido efectuado en la fecha en la cual vencía el mismo, y no se devengarán intereses durante el período comprendido entre dicha fecha y el Día Hábil inmediato posterior.
  13. Cotización: Se ha solicitado la autorización de cotización de las Obligaciones Negociables en la BCBA y se ha solicitado la autorización de negociación de las Obligaciones Negociables en el MAE.
  14. Calificación de Riesgo:
    1. Clase VI: Han sido calificadas “AA(arg)” por Fitch Argentina Calificadora de Riesgo S.A. y “raAA” por Standard & Poor’s International Ratings, LLC Sucursal Argentina.
    2. Clase VII: Han sido calificadas “AA(arg)” por Fitch Argentina Calificadora de Riesgo S.A. y “raAA” por Standard & Poor’s International Ratings, LLC Sucursal Argentina.

Véase “Calificación de Riesgo” en el Suplemento de Precio.

  1. Agente de Cálculo para la Clase VI: Será designado por la Compañía en caso de que (y sólo si) se suspenda la publicación de la Tasa BADLAR Privada para el cálculo de la Tasa de Referencia.
  2. Agente de Registro y Pago: Caja de Valores S.A.
  3. Ley Aplicable y Jurisdicción: Las Obligaciones Negociables se emitirán conforme con la Ley de Obligaciones Negociables y demás normas vigentes en la Argentina que resultaren aplicables en la Fecha de Emisión. Toda controversia que se suscite entre la Compañía y los Tenedores en relación con las Obligaciones Negociables se podrá someter a la jurisdicción no exclusiva del Tribunal de Arbitraje General de la BCBA o el que se cree en el futuro en la BCBA de conformidad con el artículo 38 del Decreto Nº 677/2001, con sujeción al procedimiento establecido por el reglamento de dicho Tribunal de Arbitraje para arbitrajes de derecho, o de los tribunales judiciales en lo comercial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a opción del Tenedor. A su vez, en los casos en que las normas vigentes establezcan la acumulación de acciones entabladas con idéntica finalidad ante un solo tribunal, la acumulación se efectuará ante el Tribunal de Arbitraje General de la BCBA.
  4. Gastos de Emisión - Comisiones: Los gastos relacionados a la colocación y emisión de las Obligaciones Negociables equivalen aproximadamente al 1,67% del Monto de Emisión Máximo, es decir, asumiendo una emisión por dicho monto ($ 60.000.000) y ascienden aproximadamente a la suma de $ 1.000.000 (Pesos un millón). Los principales gastos incluyen los siguientes: (i) comisión de los Organizadores; (ii) comisión de los Colocadores; (iii) honorarios de compañías calificadoras de riesgo; (iv) honorarios de asesores contables y legales y auditores del Emisor; (v) honorarios de los asesores legales de los Colocadores; (vi) aranceles a pagar a la CNV y a otros organismos reguladores y mercados de valores ante los cuales se hubiere solicitado la autorización para la cotización y negociación de las Obligaciones Negociables; y (vii) gastos de publicaciones, entre otros gastos. Ninguno de los gastos mencionados será soportado por los suscriptores de las Obligaciones Negociables.

Los restantes términos y condiciones de las Obligaciones Negociables se detallan en el Prospecto y en el Suplemento de Precio.

Los interesados podrán solicitar copias del Prospecto y del Suplemento de Precio en los domicilios de los Colocadores informados abajo y en las oficinas de la Compañía, sitas en Avenida Eduardo Madero 942 (C1106ACW), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina.

Antes de tomar decisiones de inversión respecto de las Obligaciones Negociables, los interesados deberán considerar la totalidad de la información incluida en el Prospecto y en el Suplemento de Precio mencionados anteriormente (incluyendo, sin limitación, los factores de riesgo y el procedimiento de colocación) allí detallados. Asimismo se recomienda la lectura y examen de los estados contables de IMPSA y sus notas correspondientes a los ejercicios consolidados finalizados al 31 de diciembre de 2011 y al 31 de enero de 2011 y 2010, así como de los estados financieros consolidados intermedios de IMPSA al 31 de marzo de 2012.

Contactos

Colocadores Principales

Banco Santander Río Banco Hipotecario BACS
Bartolomé Mitre 480, Piso 8° Reconquista 151, Piso 5° Bartolomé Mitre 430, Piso 8°
(C1036AAH) (C1003ABC) (C1036AAH)
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Ciudad Autónoma de Buenos Aires Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Argentina Argentina Argentina
Atención: Juan Pablo Canzonieri Atención: Centro de Inversiones Atención: Sales and Trading
Tel.: 4341-1140 Tel.: 0810-666-9381 Tel.: 4347-1012 / 1043 / 1008
Email: [email protected] Email: [email protected] Email: [email protected] / [email protected] / [email protected]

Co-Colocadores

Raymond James SBS
San Martín 344, Piso 22º Avenida Madero 900, Piso 11º
(C1004AAH) (C1106ACV)
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Argentina Argentina
Atención: Matías Lahusen Atención: Sebastián Cisa / Martín Deluca
Tel: 4850-2516 / Fax: 4850-2573 Tel.: 4894-1800 int. 116 / 112
Email: [email protected] Email: [email protected] / [email protected]

La oferta pública del Programa ha sido autorizada por Resolución Nº 15.679 de fecha 19 de julio de 2007 de la CNV y la oferta pública de las Obligaciones Negociables a la que se refiere este aviso ha sido autorizada mediante providencia de la Subgerencia de Emisoras de la CNV de fecha 21 de mayo de 2012. Dicha autorización significa solamente que se ha dado cumplimiento a los requisitos de información de la CNV. La CNV no se ha expedido respecto de la información contenida en el Prospecto y/o en el Suplemento de Precio. La información incluida en el presente es información parcial que deberá ser completada con la información contenida en el Prospecto y en el Suplemento de Precio.

ORGANIZADORes Y COLOCADORES PRINCIPALES

Banco Santander Río S.A. BACS Banco de Crédito y Securitización S.A. Banco Hipotecario S.A.
Raymond James Argentina Sociedad de Bolsa S.A. SBS TRADE S.A.

CO-COLOCADORES

La fecha de este aviso es 22 de mayo de 2012

______________________

Juan F. Mihanovich

Apoderado