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IMPSA S.A. — Audit Report / Information 2003
Apr 13, 2004
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INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES
A los Consorciados del
Consorcio Lime Cartagena
Cartagena de Indias, Colombia
- Hemos auditado los balances generales del CONSORCIO LIME CARTAGENA (El Consorcio) al 31 de diciembre de 2003 y 2002 y los correspondientes estados de resultados, de cambios en el patrimonio, de cambios en la situación financiera y de flujos de efectivo por los años terminados en esas fechas. Estos estados financieros son responsabilidad del la Administración del Consorcio. Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre estos estados financieros basados en nuestras auditorías.
- Excepto por lo mencionado en el párrafo 3 siguiente, nuestras auditorías se realizaron de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Colombia. Tales normas requieren que planeemos y ejecutemos la auditoría para obtener una seguridad razonable de que los estados financieros no contienen errores materiales. Una auditoría de estados financieros incluye, entre otros procedimientos, el examen, sobre una base selectiva, de la evidencia que respalde las cifras y las revelaciones en los estados financieros. Además, incluye evaluar los principios de contabilidad utilizados y las estimaciones contables significativas hechas por la administración, así como evaluar la presentación general de los estados financieros. Creemos que nuestras auditorías proporcionan una base razonable para expresar nuestra opinión.
- Como se amplia en la Nota 3 a los estados financieros, el proceso de facturación, así como el de reparto y recaudo de las facturas de energía, que incluye el servicio de aseo y recolección de basuras, le fue asignado a la Electrificadora de la Costa Atlántica S.A. E.S.P., Electrocosta S.A. E.S.P., sin que el Consorcio tenga el control de este proceso. Debido a lo anterior, no pudimos satisfacernos mediante el desarrollo de procedimientos regulares u otros procedimientos de auditoría, de la razonabilidad de las cifras registradas por el Consorcio como venta de servicios, ni de las correspondientes cuentas por cobrar, en cuanto a si la base para registrar dichas cifras son las apropiadas.
- Como se explica en la Nota 3 a los estados financieros, el Consorcio toma como base para registrar las ventas por servicios, el porcentaje asignado sobre los recaudos efectivos mensuales de la cartera realizados por Electrocosta S.A. E.S.P., no aplicándose, en nuestra opinión, el sistema de causación, en cuanto a la prestación del servicio de aseo y recolección de basuras sin que sea posible estimar con razonable certeza el efecto sobre los estados financieros de esta desviación contable.
- Como se detalla en la Nota 7 a los estados financieros, al 31 de diciembre de 2003 el Consorcio no efectuó un avalúo técnico de su flota de equipo y transporte, para ajustar dichos activos a su valor de realización, valor actual o valor presente, el más apropiado en las circunstancias, de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia.
- Como se indica en la Nota 3 a los estados financieros, el rubro deudores clientes incluye saldos antiguos a cargo de la Alcaldía de Cartagena de Indias, en cuantía de $143.228 (miles). El Consorcio no ha registrado provisión sobre estos saldos en contraposición de normas contables de general aceptación en Colombia.
- En nuestra opinión, excepto por los ajustes, de haberlos, derivados de los ingresos y las cuentas por cobrar como se describió en el párrafo 3 anterior, y excepto por el efecto de las desviaciones contables descritas en los párrafos 4,5 y 6 anteriores, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos sus aspectos materiales, la situación financiera de Consorcio Lime Cartagena al 31 de diciembre de 2003 y 2002, el resultado de sus operaciones, los cambios en el patrimonio, los cambios en su situación financiera y sus flujos de efectivo por los años terminados en esas fechas, de conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia, aplicados uniformemente.
- Como se comenta en la Nota 2 a los estados financieros, al 31 de diciembre de 2003 el Consorcio presenta flujos negativos por actividades de operación. Además, por el año 2003 y 2002 presenta pérdidas de ejercicios anteriores y déficit en el patrimonio, disminuyéndolo por debajo del 50% del capital social y colocando al Consorcio en causal de disolución técnica de acuerdo con las normas del código de comercio. Para el año 2002 también presenta pérdida neta y reducción en su capital de trabajo. Adicionalmente, en marzo de 1999 terminó el contrato suscrito para la prestación del servicio de aseo urbano entre IMPSA y LIME S.A. con el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias. A partir de esa fecha, se celebraron adiciones y prórrogas ejecutándose la última de ellas el 30 de abril de 2001 ampliando el plazo hasta el día anterior a la fecha en que se inicie la ejecución de los contratos que resulten de los procesos licitatorios de la prestación del servicio de aseo; situación que crea incertidumbre sobre la continuidad del Consorcio como empresa en marcha. Los planes y acciones adelantadas por la Gerencia sobre estos temas, se mencionan también en la Nota 2.
DELOITTE & TOUCHE
PEDRO PABLO BERNAL
Socio a cargo
Febrero 4 de 2004
- OPERACIONES Y RESUMEN DE LAS PRINCIPALES POLITICAS CONTABLES
Operaciones – Consorcio Lime Cartagena (El Consorcio) es una sociedad de hecho, constituida bajo Convenio Consorcial suscrito el 9 de junio de 1993 por INDUSTRIAS METALURGICA PESCARMONA S.A., I.C.Y.F. Y LIMPIEZA INTEGRAL Y MANTENIMIENTOS ESPECIALES S.A., con una duración de cinco años y seis meses, a partir de la fecha de perfeccionamiento, 2 de noviembre de 1993. A partir de esta fecha se han presentado adiciones y prórrogas sucesivas; la última de ellas firmada el 30 de abril de 2001 en donde se amplió el contrato hasta el día anterior a la fecha en que se inicie la ejecución de los contratos que resulten de los procesos licitatorios de la prestación del servicio de aseo. Las demás cláusulas del contrato principal y de los acuerdos modificados que en él se hacen parte, que no sean contrarias con la presente adición, continúan vigentes.
El objeto social principal del Consorcio consiste en prestar el servicio de recolección, barrido, transporte y disposición final de residuos sólidos en el relleno sanitario en algunas zonas específicas del Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias.
El Consorcio Lime Cartagena, prestó el servicio de disposición final de basuras, hasta el día 21 de agosto de 2001, fecha en la cual entregó el Relleno Sanitario al Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias, por agotamiento de su vida útil. A mediados del año 2002, el Consorcio finalizó el proceso de clausura del mismo.
Políticas contables - Los registros contables del Consorcio siguen las normas prescritas por el Decreto 2649 de 1993 y la Resolución número 1416 del 18 de abril de 1997, de la Superintendencia de Servicios Públicos y otras normas complementarias. Algunas de las políticas se resumen a continuación:
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- Unidad monetaria - La unidad monetaria utilizada por el Consorcio es el peso colombiano.
2. Período contable – El consorcio tiene definido por estatutos efectuar un corte de sus cuentas, preparar y difundir estados financieros de propósito general una vez al año, al 31 de diciembre.
3. Reconocimiento de ingresos – De acuerdo con el contrato celebrado con el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias en su cláusula décima cuarta, modificada según Acuerdo Modificatorio de fecha 13 de octubre de 1997, los ingresos del Consorcio son reconocidos y registrados con base en la recaudación mensual que realiza Eléctrocosta S.A. E.S.P. por concepto del cobro tarifario a los usuarios beneficiarios del servicio de aseo.
4. Provisión para deudores – Presenta la cantidad estimada necesaria para suministrar una protección adecuada contra pérdidas en créditos normales.
5. Otros Activos – Corresponden básicamente a materiales, repuestos y otros elementos consumibles, valorizados al costo ajustado por inflación. Su amortización se efectúa en la medida de su consumo. Los otros activos no corrientes corresponden a algunas obras de arte registradas por su costo ajustado por inflación
6. Diferidos:
- Unidad monetaria - La unidad monetaria utilizada por el Consorcio es el peso colombiano.
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- Gastos pagados por anticipado –Corresponden a arrendamiento de la base de operaciones el cuales se amortiza mensualmente por ser el periodo que cubre y primas de seguros, las cuales son amortizadas de acuerdo con la vigencia de las respectivas pólizas.
- Cargos diferidos corto plazo – Comprenden los desembolsos incurridos en las dotaciones a trabajadores, los cuales son amortizados de acuerdo con su período de utilización, aproximadamente de 3 meses.
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- Propiedad, planta y equipo – Neto -Son registrados al costo ajustado por inflación y se deprecian por el método de línea recta con base en sus vidas útiles estimadas generalmente aceptadas en Colombia, para efectos contables. Las tasas anuales de depreciación utilizadas son: muebles y enseres 10%, flota y equipo de transporte 20%, equipos de computación y comunicación 20%, herramientas, las cuales, de acuerdo con su utilización y vida estimada se deprecian entre doce (12) y veinticuatro (24) meses. El Consorcio no estima ningún valor residual para sus activos por considerar que éste no es relativamente importante, siendo por lo tanto, depreciados en su totalidad. Los gastos de reparación y mantenimiento se cargan a resultados a medida en que se incurren.
2. Obligaciones laborales - El pasivo corresponde a las obligaciones que el Consorcio tienepor concepto de las prestaciones legales con sus empleados.
3. Provisión para impuesto de renta - El Consorcio determina la provisión para impuesto sobre la renta con base en la utilidad gravable estimada o renta presuntiva a tasas especificadas en la ley de impuestos.
4. Ajustes por inflación – Los activos y pasivos no monetarios y el patrimonio, con excepción del resultado del ejercicio corriente, se ajustan para reconocer los efecto de la inflación, utilizando porcentajes de ajustes determinados con base en la variación del índice de precios al consumidor (6.12% para el año 2003 y 7.03% para el año 2002). La corrección monetaria así determinada, es incluida en los resultados del periodo.
5. Estimados contables – La preparación de estados financieros, de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados, requiere que la Gerencia haga algunas estimaciones y asunciones que afectan los montos reportados de activos, pasivos y los montos de ingresos y gastos reportados durante el período de reporte.
6. Cuentas de orden – Incluyen diferencias entre las cifras contables y fiscales.
- Propiedad, planta y equipo – Neto -Son registrados al costo ajustado por inflación y se deprecian por el método de línea recta con base en sus vidas útiles estimadas generalmente aceptadas en Colombia, para efectos contables. Las tasas anuales de depreciación utilizadas son: muebles y enseres 10%, flota y equipo de transporte 20%, equipos de computación y comunicación 20%, herramientas, las cuales, de acuerdo con su utilización y vida estimada se deprecian entre doce (12) y veinticuatro (24) meses. El Consorcio no estima ningún valor residual para sus activos por considerar que éste no es relativamente importante, siendo por lo tanto, depreciados en su totalidad. Los gastos de reparación y mantenimiento se cargan a resultados a medida en que se incurren.
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EMPRESA EN MARCHA
El Consorcio refleja al 31 de diciembre de 2003 flujos de caja negativos en sus actividades de operación en $211.572. Por los años terminados al 31 de diciembre de 2003 y 2002 presenta pérdidas de ejercicios anteriores de $1.368.874 y $1.344.302. Además al 31 de diciembre de 2003 y 2002, su patrimonio es negativo en $69.089 y $67.632, respectivamente, encontrándose por debajo del 50% del capital social y colocando al consorcio en causal de disolución técnica de acuerdo con las normas del código de comercio. Adicionalmente, por el año 2002 presenta pérdida neta de $24.572 y su capital de trabajo, se ve disminuido en $59.360.
A partir de julio de 2000 los ingresos operacionales del Consorcio presentaron una baja a consecuencia de la disminución de la facturación (aproximadamente del 9% de usuarios) por depuración del número de usuarios en el sistema, debido al proceso de implementación de un nuevo software por parte de Eléctrocosta S.A. E.S.P., disminuyendo los recaudos en 25% promedio e incrementando el costo del procesamiento de la facturación en un 300% aproximadamente.
Adicionalmente, el Contrato entre el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias y las sociedades IMPSA y Limpieza Integral y Mantenimientos Especiales S.A. E.S.P. suscrito el día 2 de noviembre de 1993, terminó el 2 de marzo de 1999, fecha a partir de la cual se han presentado adiciones y prórrogas sucesivas. La última de ellas firmada el 30 de abril de 2001 ampliando el plazo hasta el día anterior a la fecha en que se inicie la ejecución de los contratos que resulten de los procesos licitatorios de la prestación del servicio de aseo, situación que crea incertidumbre sobre la continuidad del Consorcio como Empresa en marcha.
Dada la actual coyuntura, la gerencia general de Limpieza Integral y Mantenimientos Especiales S.A. E.S.P., en su calidad de empresa miembro y líder del Consorcio Lime Cartagena, está evaluando la posibilidad de iniciar acciones legales tendientes a intentar solucionar la situación financiera y por ende operativa del Consorcio.
Con respecto a la continuidad, la intención del Consorcio es solucionar el tema del recaudo para poder seguir desarrollando el objeto del contrato y, si es del caso, participar en futuros concursos o convocatorias, que puedan garantizar la permanencia en el Distrito Turístico y Cultural.
Con el propósito de mejorar la situación financiera, el Consorcio mantendrá el programa de disminución de costos, iniciado desde el año 1999 y continuará con la aplicación de las siguientes estrategias:
- Desarrollo de varios programas en el área comercial, como son: la incorporación al sistema de nuevos usuarios Grandes Generadores; reclasificación de usuarios que producen más de 1 m3 de residuos sólidos, los cuales pasan a ser Grandes Generadores, y hacer gestión administrativa ante las autoridades Distritales para la presentación y aplicación de nuevas tarifas del servicio de aseo en la ciudad de Cartagena y ante la Comisión de Regulación de Agua Potable (CRAP), las que han estado rezagadas durante diez (10) años.
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Obtención de ingresos adicionales mediante la contratación directa para prestar el Servicio de Aseo en áreas particulares, sector industrial y aledañas a la ciudad y/o a usuarios que lo soliciten.
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DEUDORES CLIENTES
| 2003 | 2002 | |
| Clientes servicio de aseo | ||
| Alcaldía de Cartagena (1) | $ 1.121.205 | $ 847.478 |
| Otros clientes facturados directamente por el Consorcio | 101.370 | 48.077 |
| Total | $ 1.222.575 | $ 895.555 |
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- El saldo está generado por la principal fuente de ingresos del Consorcio; es decir, la prestación del Servicio de Aseo Urbano al Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias según contrato suscrito entre las Sociedades IMPSA y Limpieza Integral y Mantenimientos Especiales S.A. E.S.P. (Consorcio Lime Cartagena) y la Alcaldía Mayor del Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias representada por el Alcalde.
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El contrato de servicio de aseo urbano con sus bases modificatorias de fecha 13 de octubre de 1997 establece:”Como retribución por la prestación del Servicio de Aseo Urbano, el Contratista, a partir del 1 de septiembre de 1997, recibirá el cincuenta y ocho por ciento (58%) de la recaudación mensual que haga la ELECTRIFICADORA DE BOLIVAR S.A., E.S.P., o quien haga sus veces, por concepto del cobro tarifario a los Usuarios beneficiarios del Servicio de Aseo Urbano”. A partir de agosto de 2001, dicho porcentaje se reduce al 49.88% debido a la culminación y entrega del proyecto del Relleno Sanitario al Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias; razón por la cual, el Consorcio ordena a la Fiduciaria de Occidente trasladar al Distrito el 14% de sus ingresos. Igualmente, el Consorcio Lime Cartagena conservará el derecho a recuperar la cartera derivada de dicha prestación.
El saldo al 31 de diciembre de 2003 incluye valores pendientes de recaudo de mayo de 2002, noviembre y diciembre de 2003,así como $143.228 correspondientes a la factura de venta No.117 del 29 de diciembre de 1998, por concepto de Reclamación Jurídica de descuentos improcedentes efectuados por la Alcaldía de Cartagena de Indias. Al cierre del año anterior, además de la factura No.117, se encontraban pendientes los recaudos de mayo, noviembre y diciembre de 2002.
Con base en el anterior sistema de recaudo, Electrocosta S.A. E.S.P. factura y recauda el servicio de aseo. El Consorcio Lime no está facultado para ejercer un control directo sobre estas dos actividades.
- DEUDORES VARIOS - NETO
| 2003 | 2002 | |
| Avances y anticipos | $ 993 | $ 1.537 |
| Otros deudores – Alcaldía (1) | 59.800 | 59.800 |
| Varios | 6.085 | 12.258 |
| Provisión deudores (1) | (59.800) | - |
| Total | $ 7.078 | $ 73.595 |
- Corresponde a la factura No 525 de fecha 1 de septiembre de 2000, por concepto de diseño de la ampliación del Relleno Sanitario de Henequén- Plan de Manejo Ambiental, el cual fue facturado a la Alcaldía de Cartagena de Indias, cuyo cobro se encuentra actualmente en proceso prejurídico. Esta factura se encuentra totalmente provisionada.
- OTROS ACTIVOS
| Materiales y repuestos | $ 42.073 | $ 48.927 |
| Repuestos Usados Reparados | 1.352 | 1.443 |
| Consumibles | 8.048 | 10.665 |
| Dotaciones | 11.417 | 21.559 |
| Otros | 10.846 | 6.022 |
| Ajustes por Inflación (1) | 370 | - |
| Total | $ 74.106 | $ 88.616 |
(1) De acuerdo con la ley 788 de diciembre de 2002, a partir del 1 de enero de 2003 los anteriores conceptos utilizados para el mantenimiento normal de las operaciones del Consorcio se ajustan por inflación, procedimiento que hasta el 31 de diciembre de 2002 no se venía efectuando. El efecto de este cambio sobre los estados financieros no es significativo, esto es, $370.
- DIFERIDOS
| Gastos pagados por anticipado | $ 3.484 | $ 3.251 |
| Cargos diferidos | 6.432 | - |
| Total | $ 9.916 | $ 3.251 |
- PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO – NETO
| 2003 | 2002 | |
| Muebles y enseres | $ 81.473 | $ 77.949 |
| Equipos de computación y comunicación | 159.343 | 144.043 |
| Herramientas | 79.225 | 74.751 |
| Flota y equipo de transporte | 551.118 | 592.276 |
| Ajustes por inflación | 383.686 | 350.084 |
| Subtotal | 1.254.845 | 1.239.103 |
| Depreciación acumulada | (1.006.375) | (879.288) |
| Total | $ 248.470 | $ 359.815 |
- OBLIGACIONES FINANCIERAS
Al 31 de diciembre de 2003 el saldo corresponde a sobregiros bancarios con el Banco Sudameris y Banco de Crédito por $232.297 y $52.802 respectivamente, a una tasa promedio del 26.29% efectivo anual.
- VINCULADOS ECONOMICOS
Durante los períodos terminados en 31 de diciembre de 2003 y 2002, el Consorcio celebró algunas transacciones con Limpieza Integral y Mantenimientos Especiales S.A. E.S.P. (Consorciado). Un resumen es como sigue:
| Honorarios causados por administración del Proyecto | $ 605.435 | $ 580.823 |
| Compras de suministros a Limpieza Integral y Mantenimientos Especiales S.A. E.S.P. | 48.971 | 61.277 |
| Pagos efectuados por Limpieza integral y Mantenimientos Especiales S.A. E.S.P. a nombre del Consorcio | 316.485 | 240.880 |
| Pagos efectuados por el Consorcio a nombre de Limpieza integral y Mantenimientos Especiales S.A. E.S.P. | 34.744 | - |
| Transferencia de fondos de Limpieza integral y Mantenimientos Especiales S.A. E.S.P. al Consorcio | - | 170.000 |
| Transferencia de fondos del Consorcio a Limpieza integral y Mantenimientos Especiales S.A. E.S.P. | 916.680 | 1.578.421 |
| Retenciones en la fuente por Renta e IVA practicadas a Limpieza integral y Mantenimientos Especiales S.A. E.S.P. | 126.586 | 123.351 |
El saldo acreedor resultante de estas transacciones al 31 de diciembre de 2003 y 2002 es el siguiente:
| 2003 | 2002 | |
| Limpieza integral y Mantenimientos Especiales S.A. E.S.P. | $ 698.191 | $ 805.310 |
Aproximadamente el 12% de la flota vehicular que soporta la operación del Consorcio ha sido provista por Limpieza Integral y Mantenimientos Especiales S.A.
- PROVEEDORES NACIONALES
| Consumibles | $ 16.083 | $ 9.581 |
| Combustibles | 75.504 | 82.530 |
| Temporales | 484.677 | 630.588 |
| Repuestos | 131.103 | 58.003 |
| Vigilancia | 18.744 | 18.075 |
| Otros | 26.454 | 60.527 |
| Total | $ 752.565 | $ 859.304 |
- OTRAS CUENTAS POR PAGAR
| Aportes parafiscales | $ 19.093 | $ 14.512 |
| Servicios Públicos | 12.105 | 4.339 |
| Retención en la fuente (Renta e ICA) | 79.205 | 42.057 |
| Varios | 30.128 | 20.411 |
| Total | $ 140.531 | $ 81.319 |
- IMPUESTOS, GRAVAMENES Y TASAS
Sobre la renta – Las declaraciones de renta del Consorcio han sido revisadas por las autoridades fiscales o el término para que dicha revisión se efectúe, ha expirado para todas las declaraciones hasta el año de 1999.
En diciembre 17 de 2003 el Consorcio recibió de la DIAN una Liquidación Oficial de Renta, mediante la cual resuelve modificar la declaración del impuesto a la renta del año 2000, rechazando la pérdida fiscal de dicho año. Al 31 de diciembre de 2003, el Consorcio en conjunto con sus asesores tributarios está preparando la respuesta a este acto.
En octubre 27 de 2003, se recibió de la DIAN un requerimiento especial en la cual propone la corrección de la declaración de año 2001, incrementando los ingresos operacionales de $7.745.435 a $9.899.129, basada en la certificación que recibió de Electrocosta, en la que le informa que el total de la facturación por servicio de aseo en Cartagena por el año 2001 fue de $16.847.387 y de los cuales corresponden a LIME el 58%. Adicionalmente, propone el incremento de las deducciones en $1.770.190 por concepto del costo de facturación también informado por Electrocosta. El efecto de las correcciones, de acuerdo con el requerimiento, sería un impuesto a pagar total de $77.916 (incluidas sanciones). La declaración de renta correspondiente al año 2001 presentada por el Consorcio arrojó un saldo a favor por valor de $12.582. Al 31 de diciembre de 2003, el Consorcio en conjunto con sus asesores tributarios está preparando la respuesta a este acto. (Ver nota 20)
En octubre 15 de 2003 el Consorcio recibió de la DIAN un emplazamiento en donde se le invita a corregir la declaración de renta del año 2002, para incrementar los ingresos operacionales y los costos y deducciones de acuerdo con la cifra que Electrocosta S.A. E.S.P. informó a la Administración de Impuestos como facturación del servicio de aseo durante el año 2002 y con el porcentaje establecido para dicho año según el contrato de servicio de aseo con el Distrito de Cartagena. El Consorcio presentó respuesta a este emplazamiento el día 15 de noviembre de 2003.
En opinión de los directivos del Consorcio y de sus asesores tributarios existen buenas posibilidades de que los recursos presentados y que se presentarán sean resueltos favorablemente, por lo que no se consideró necesario registrar provisión alguna para cubrir esta contingencia.
Para los años 2003 y 2002, el Consorcio no registró provisión para el impuesto sobre la renta debido a las pérdidas fiscales acumuladas hasta la fecha y a que el patrimonio líquido del año anterior es negativo.
El detalle de la cuenta de anticipo de impuestos es el siguiente:
| 2003 | 2002 | |
| Retenciones en la fuente (Renta e ICA) | $ 4.006 | $ 3.043 |
| Impuesto a las ventas | - | 17.762 |
| Impuesto de industria y comercio | - | 55.988 |
| Saldo a favor en declaración de renta 2002 | 15.356 | 12.582 |
| Total | $ 19.362 | $ 89.375 |
Las principales partidas conciliatorias entre la utilidad (pérdida) antes de impuestos y la pérdida líquida son las siguientes:
| Utilidad (pérdida) antes de impuestos | $ 2.282 | $ (24.572) |
| Más: | ||
| Gastos y provisiones no deducibles | 132.340 | 100.523 |
| Menos: | ||
| Pago anticipo impuesto de industria y comercio | (55.985) | |
| Amortización de diferidos | 30.144 | - |
| Total utilidad líquida | $ 104.478 | $ 19.966 |
Las principales partidas conciliatorias entre patrimonio contable y fiscal son las siguientes:
| 2003 | 2002 | |
| Patrimonio contable | $ (69.089) | $ (67.632) |
| Menos: | ||
| Activo no aceptados fiscalmente | 19.362 | 89.375 |
| Patrimonio líquido fiscal | $ (88.451) | $ (157.007) |
Impuesto para preservar la seguridad democrática – Determinado con base en el patrimonio líquido del Consorcio al 31 de agosto de 2002 a la tarifa del 1.2%, de acuerdo con los términos de la Ley.
- PATRIMONIO
Capital s*ocial* - El capital social del Consorcio está conformado por el aporte de los Consorciados, los cuales fueron cancelados en su totalidad. El aporte de IMPSA fue cancelado por intermedio de su sucursal en Colombia. La composición del capital es la siguiente:
| Impsa de Colombia | $ 360.000 | $ 360.000 |
| Limpieza Integral y Mantenimientos Especiales S.A. – E.S.P. | 240.000 | 240.000 |
| Total | $ 600.000 | $ 600.000 |
Revalorización del Patrimonio- La revalorización del patrimonio refleja el efecto sobre el patrimonio originado por la pérdida del poder adquisitivo de la moneda. Su saldo solo puede distribuirse como utilidad a los Consorciados hasta tanto se liquide el Consorcio o se capitalice tal valor, de conformidad con las normas legales.
- CUENTAS DE ORDEN
| Deudoras: | ||
| Pérdidas fiscales por amortizar | $ 1.281.561 | $ 1.367.598 |
- INGRESOS NETOS OPERACIONALES
| 2003 | 2002 | |
| Contrato de aseo Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias (1) | $ 7.456.092 | $ 7.113.295 |
| Otros ingresos operacionales | 236.298 | 107.023 |
| Total | $ 7.692.390 | $ 7.220.318 |
- El día 21 de agosto de 2001 el Consorcio terminó la operación del Relleno Sanitario por culminación y agotamiento del proyecto, lo que significa que posterior a esta fecha, el 100% de los ingresos son generados por la prestación del servicio de recolección, barrido y transporte de residuos sólidos. Según el contrato, los ingresos son integrales para dicha prestación; es decir, no se pagan por servicio sino integralmente. Tal como se menciona en la Nota 3 a los Estados Financieros y de acuerdo con el contrato, los ingresos son registrados con base en la recaudación mensual que realiza Electrocosta S.A. E.S.P. por concepto del cobro tarifario a los usuarios beneficiarios del servicio de aseo.
- gastos operacionales DE ADMINISTRACIÓN
| De personal | $ 548.110 | $ 511.121 |
| Generales | 537.971 | 572.806 |
| Impuestos y contribuciones | 130.660 | 140.424 |
| Provisiones | 59.800 | - |
| Depreciaciones | 18.982 | 16.044 |
| $ 1.295.523 | $ 1.240.395 |
- GASTOS NO OPERACIONALES
| Intereses de sobregiro | $ 62.303 | $ 33.459 |
| Ajustes de años anteriores (1) | 8.834 | 56.372 |
| Comisiones | 28.718 | 28.001 |
| Diversos | 14.692 | 6.511 |
| Total | $ 114.547 | $ 124.343 |
- Para el año 2002 incluye el cobro realizado por el contratista Cicón S.A. por concepto de la operación del Relleno Sanitario del 1 al 21 de agosto de 2001.
- CORRECCIÓN MONETARIA – NETA
El sistema de ajustes integrales por inflación para efectos contables, se basa y aplica sobre las cifras y valores que deben figurar en la contabilidad, de acuerdo con la técnica contable. El índice utilizado para el ajuste es el PAAG mensual (Porcentaje de Ajuste por el Año Gravable), el cual es equivalente a la variación porcentual del índice de precios al consumidor elaborado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE, registrado en el mes inmediatamente anterior al del ajuste.
Los principales efectos de esta norma sobre los estados financieros se detallan así:
| Concepto | 2003 | 2002 |
| Propiedad, planta y equipo | 46.246 | $ 58.835 |
| Otros Activos – (1) | 3.943 | |
| Diferidos | 1.124 | 2.348 |
| Revalorización del patrimonio | 3.739 | 2.535 |
| Depreciación acumulada | (33.339) | (38.064) |
| Total | $ 21.713 | $ 25.654 |
(1) De acuerdo con la ley 788 de diciembre de 2002, a partir del 1 de enero de 2003 los ítems utilizados para el manteniendo y normal desarrollo de las operaciones del Consorcio se ajustan por inflación, procedimiento que hasta el 31 de diciembre de 2002 no se venía efectuando.(ver nota 5)
- CONTINGENCIAS
Por medio de la resolución 0202 de marzo 27 de 2001, la Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique “CARDIQUE” resolvió el recurso de reposición que interpuso el Consorcio contra la Resolución No 1014 de octubre 27 de 2000, ratificando una sanción al Consorcio equivalente a trescientos salarios mínimos legales ($107.400).
El Consorcio presentó demanda de nulidad en contra de la Resolución ante el Tribunal Contencioso Administrativo de Bolívar el cual denegó la solicitud de suspensión provisional. Esta decisión fue apelada por el Consorcio.
La administración considera que este proceso no admite predicciones sobre los resultados, pero existen razones suficientes para lograr la nulidad, por lo cual no se consideró registrar una provisión.
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EVENTOS SUBSECUENTES
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Reforma tributaria - En diciembre 29 de 2003 se Suscribió la Ley 863 como reforma tributaria, cuya aplicación comienza el 1 de enero de 2004. Un detalle de los principales asuntos es el siguiente :
- Se amplia la vigencia del Impuesto al Patrimonio por los años gravables 2004, 2005 y 2006 estableciendo una tasa equivalente al 0,3% de la base gravable determinada, para patrimonios superiores a $3.000.000. Es un impuesto no deducible de renta.
- Por los años gravables 2004, 2005 y 2006, se crea una sobretasa equivalente al 10% del impuesto neto de renta determinado por cada año gravable.
- Se adiciona reglamentación respecto al gravámen a los movimientos financieros, impuesto al valor agregado (IVA), determinación de la tasa de interés moratorio y deducción de costos y gastos.
- Respuesta requerimiento especial DIAN - El 26 de enero de 2004, la administración del Consorcio Lime Cartagena respondió a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, el requerimiento especial proferido por esa entidad en octubre de 2003, mediante el cual propone la corrección de la declaración de renta del año gravable 2001. En la respuesta emitida por el Consorcio se señalan los argumentos legales que soportan los ingresos operacionales declarados en ese año, y se solicita a la DIAN que revoque el Requerimiento y se confirme la liquidación privada del impuesto sobre la renta del año gravable 2001.