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IMPSA S.A. — Audit Report / Information 2003
Apr 14, 2004
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NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2003 PRESENTADO EN FORMA COMPARATIVA CON EL FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2002
(en pesos)
1. SITUACIÓN DE LA SOCIEDAD
Al 31 de diciembre de 2003 la Sociedad presenta patrimonio neto negativo. El Directorio se encuentra abocado a la implementación de medidas económicas y financieras que permitan, en el corto plazo, la recomposición patrimonial. Los presentes estados contables han sido preparados aplicando normas contables correspondientes a una empresa en marcha.
Cabe indicar que si bien la situación descripta en el párrafo anterior hace que la Sociedad se encuentre comprendida en el inciso 5° del artículo 94 de la Ley de Sociedades Comerciales, la aplicabilidad del citado artículo se encuentra suspendida por el Decreto N° 1293/03 del Poder Ejecutivo Nacional del 23 de diciembre de 2003 hasta el mismo día del año siguiente.
2. CAMBIO DE RÉGIMEN MONETARIO Y DEVALUACIÓN DE LA MONEDA ARGENTINA
Con fecha 6 de enero de 2002, el Poder Legislativo Nacional sancionó la Ley N° 25.561 de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario, posteriormente complementada por otras disposiciones, en particular por el Decreto N° 214/2002 del 3 de febrero de 2002 de Reordenamiento del Sistema Financiero y varias comunicaciones del Banco Central de la República Argentina (“B.C.R.A.”).
En síntesis, la nueva normativa y sus disposiciones complementarias establecen el abandono de la convertibilidad del peso y la puesta en vigencia de la libre flotación del tipo de cambio.
El mercado de cambio comenzó a operar el 11 de enero de 2002 con un limitado volumen de operaciones. El B.C.R.A. debe autorizar ciertas transferencias de divisas al exterior, tales como pago de deudas financieras y sus intereses, regalías, dividendos y otras similares.
Las deudas en dólares estadounidenses con el sistema financiero, como las obligaciones exigibles de las sumas de dinero expresadas en dicha moneda no vinculadas al sistema financiero, cualquiera sea su origen y naturaleza, existentes a la sanción de la Ley N° 25.561, fueron convertidas al tipo de cambio $ 1 por U$S 1 y se les aplica el Coeficiente de Estabilización de Referencia. Si por aplicación de las disposiciones antes mencionadas sobre las obligaciones exigibles en dólares estadounidenses no vinculadas al sistema financiero, el valor resultante de la cosa, bien o prestación, fuere superior o inferior al del momento de pago, cualquiera de las partes podrá solicitar un reajuste equitativo del precio.
Para el caso particular de las deudas en dólares estadounidenses con el sistema financiero, además
del coeficiente antes mencionado, se aplica una tasa que no podrá superar la tasa máxima establecida por el B.C.R.A.
Todos los contratos existentes hasta el 6 de enero de 2002, cuyos valores estuvieron establecidos en dólares estadounidenses, se convirtieron en pesos a la cotización de $1 por dólar, y se ajustan de ahí en adelante en base al ya mencionado Coeficiente de Estabilización de Referencia, previéndose la posibilidad de negociaciones entre las partes en caso de una manifiesta inequidad en el valor de las prestaciones mutuas. Para nuevos contratos acordados conposterioridad a la referida fecha, no se admiten indexaciones ni cláusulas de ajuste.
Con fecha 8 de febrero de 2002, se emitió el Decreto N° 260/2002, que estableció un mercado libre de cambio para la liquidación de todas las operaciones en moneda extranjera, incluidas las exportaciones y las importaciones. Continúa requiriéndose aprobación previa del B.C.R.A. para realizar pagos al exterior.
Además, como consecuencia del estado actual de las finanzas públicas, ciertos créditos con el Estado Nacional, tanto corrientes como no corrientes, pueden verse sujetos a reprogramación para su cobro. Asimismo, las interpretaciones legales acerca del tipo de cambio aplicable para la liquidación de deudas en moneda extranjera con instituciones financieras u obligacionistas del exterior, pueden diferir de las que esgriman los acreedores y requerir la aplicación de algún mecanismo de resolución de disputas.
Con fecha 5 de marzo de 2003 y para un caso particular, el de un depósito en el Banco de la Nación Argentina efectuado por la provincia de San Luis, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que la devolución debía efectuarse en la moneda original en la que el depósito había sido efectuado. No están definidos todavía los alcances generales de este fallo de última instancia.
El efecto de la nueva política monetaria y el resto de las medidas económicas adoptadas por el Gobierno Nacional hasta la fecha de la preparación de los presentes estados contables sobre la situación patrimonial y de resultados de la Sociedad, fue contemplado en los estados contables al 31 de diciembre de 2003.
3. BASES DE CONTABILIZACION
3.1 Normas contables aplicadas
Los presentes estados contables fueron preparados de acuerdo con las normas contables de exposición y valuación contenidas en las Resoluciones Técnicas Nros. 4, 5, 6, 8, 9, 10, 12, 13 y 16 a 19 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.), con algunas adaptaciones y excepciones resueltas por el organismo de control.
3.2 Consideración de los efectos de la inflación
De acuerdo con las disposiciones de la Ley N° 19.550 (T.O. en 1984) los estados contables han sido expresados en moneda constante. Para ello, se ha aplicado el método de reexpresión establecido por la Resolución Técnica N° 6 de la F.A.C.P.C.E., con las siguientes modalidades:
- Las mediciones contables que tienen fecha de origen hasta el 31 de diciembre de 2002 inclusive, se consideraron expresadas en moneda de esta última fecha;
- El método de reexpresión señalado en el primer párrafo se aplicó desde el 1° de enero de 2002 hasta el 31 de diciembre de 2002, fecha a partir de la cual se discontinuó:
- Las mediciones contables que tienen fecha de origen entre el 1° de enero de 2003 y el 31 de diciembre de 2003 inclusive, se consideran expresadas en moneda de esta última fecha.
Si bien el Decreto N° 664/03 del Poder Ejecutivo Nacional suspendió la preparación de estados contables en moneda homogénea a partir del 1° de marzo de 2003 el efecto de no haber reexpresado la información contable en moneda homogénea por el período comprendido entre el 1 de enero y el 28 de febrero de 2003 no es significativo sobre los estados contables considerados en su conjunto, ya que durante ese período, la variación del índice de precios internos al por mayor publicado por Instituto Nacional de Estadística y Censos (en adelante, “IPIM”), utilizado para la reexpresión de estados contables, fue de sólo el 0,8%.
Desde el punto de vista de las normas contables profesionales, la expresión de estados contables en moneda homogénea siguió vigente hasta el 30 de septiembre de 2003, fecha a partir de la cual la F.A.C.P.C.E. estableció la discontinuación de la reexpresión de estados contables mediante la Resolución 287/03. El efecto de no haber reexpresado la información contable en moneda homogénea, tal como lo requieren las normas contables profesionales vigentes, no es significativo sobre los estados contables considerados en su conjunto, ya que durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2003, la variación del IPIM fue solo del 2%.
4. PRINCIPALES CRITERIOS DE VALUACIÓN Y EXPOSICIÓN
Los principales criterios de valuación y exposición utilizados en la preparación de los estados contables, son los siguientes:
a) Rubros monetarios:
Caja y bancos, créditos y pasivos en pesos, se han mantenido a sus valores nominales, agregando o deduciendo según corresponda, los resultados financieros pertinentes al cierre de cada ejercicio.
En el caso de saldos por cobrar y por pagar de largo plazo que no tuvieran asociada una tasa de interés o para los cuales no existiera una forma de compensación financiera contemplada, se determinaron los valores actuales en base a la interpretación establecida por la Resolución MD N° 32/02 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Este criterio no fue aplicado a los rubros corrientes dado que el bajo nivel de variación en los índices de precios internos al por mayor, como quedo expuesto en la nota 3.2, permiten considerar el período como de estabilidad monetaria.
b) Activos y pasivos en moneda extranjera:
Se han valuado aplicando los tipos de cambio aplicables vigentes al cierre de cada ejercicio.
c) Bienes de cambio:
Están valuados a sus respectivos costos de reposición o reproducción al cierre de cada ejercicio con el límite de sus valores recuperables.
d) Inversiones no corrientes
Las inversiones permanentes en las sociedades controladas según el artículo 33 de la Ley 19.550 han sido valuadas aplicando el método del valor patrimonial proporcional, determinado sobre los estados contables preparados a la fecha de cierre de la sociedad controlante, y por períodos coincidentes, expresados en moneda homogénea en función de lo explicado en nota 3.2.
Ya que se trata de sociedades del exterior han sido valuadas de acuerdo con los lineamientos de la Resolución Técnica N° 18 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas para sociedades no integradas, lo que implica la imputación a un rubro especial (“Diferencias temporarias de conversión”), presentado entre el pasivo y el patrimonio neto, de las diferencias provenientes de la conversión de la moneda extranjera en la que están expresados los respectivos estados contables, a la moneda argentina.
e) Bienes de uso:
Valores de origen: han sido valuados a su costo reexpresado en función de lo explicado en nota 3.2, neto de las depreciaciones acumuladas correspondientes a la vida útil asignada.
Amortizaciones: se calcularon a partir del mes de su incorporación, aplicando el método de la línea recta sobre los valores expresados en moneda homogénea y utilizando las alícuotas expuestas en el Anexo II.
Los valores así determinados no superan, en su conjunto, sus valores recuperables.
f) Patrimonio neto
Capital social, Aportes no capitalizados, Reserva Legal, Reserva por Revalúo Técnico y Resultados no asignados: estas cuentas han sido ajustadas en función de lo explicado en la nota 3.2. El exceso del valor ajustado del capital social con respecto a su valor nominal, se imputó al rubro Ajuste de Capital.
Cuentas del estado de resultados: Las cuentas de resultados se expresaron en moneda homogénea en función de lo explicado en nota 3.2, excepto: a) los cargos por activos consumidos (bienes de cambio y bienes de uso), que se determinaron en función de los valores en moneda homogénea de tales activos; y b) el resultado por inversiones permanentes, que se determinó en función de la variación patrimonial proporcional, computado sobre estados contables expresados en moneda homogénea en función de lo explicado en la nota 3.2 y en el apartado d) de esta nota.
g) Impuesto a las ganancias
A partir del corriente ejercicio, las normas vigentes requieren la contabilización del cargo por impuesto a las ganancias por el método del impuesto diferido. Este criterio implica el reconocimiento de partidas de activos y de pasivos por impuesto diferido, en los casos en que se produzcan diferencias temporarias entre la valuación contable y la valuación fiscal de los activos y de los pasivos.
La Sociedad no ha calculado las diferencias temporarias para la aplicación de éste método, aunque si ha contabilizado el respectivo crédito por los quebrantos impositivos acumulados, el cual ha sido previsionado en su totalidad en función de que no existen al presente indicaciones claras acerca de su recuperabilidad.
El cambio de criterio se ha efectuado al inicio del ejercicio de aplicación, o sea con fecha 31 de diciembre de 2002.
h) Uso de estimaciones en la preparación de los estados contables
La preparación de los estados contables de acuerdo con normas contables vigentes requiere que la Dirección y la Gerencia de la Sociedad efectúen estimaciones que inciden en la determinación de los importes de los activos y pasivos y en la revelación de contingencias a la fecha de presentación de los estados contables. Las resoluciones finales e importes reales pueden diferir de las estimaciones efectuadas para la preparación de los estados contables.
i) Reclasificaciones
Ciertas reclasificaciones se han realizado en los estados contables al 31 de diciembre de 2002 para uniformarlos con la presentación de los correspondientes al 31 de diciembre de 2003.
j) Modificación del saldo al inicio del patrimonio neto
Como consecuencia de la aplicación de las disposiciones de las Resoluciones Técnicas Nros. 16 a 20 mencionadas en la nota 3.1, se efectuaron modificaciones al saldo del patrimonio neto al 31 de diciembre de 2002 de acuerdo con el siguiente detalle:
| Participación en los resultados de Sociedades art. 33 Ley N° 19.550 (Diferencia temporaria de conversión) | 2.900.099 |
| Aplicación del valor actual a saldos no corrientes | (857.515) |
| Reconocimiento de quebrantos impositivos acumulados | 38.448.439 |
| Cargo por previsión para activos por impuestos diferidos | (38.448.439) |
| Total modificación del saldo al inicio - Ganancia | 2.042.584 |
5. COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS DE LOS ESTADOS CONTABLES
a) CAJA Y BANCOS
El detalle de caja y bancos es el siguiente:
| .....31/12/03...... | .......31/12/02....... | |||||
| En pesos | ||||||
| Caja | 4.233 | 4.840 | ||||
| Bancos | 259.571 | 889.520 | ||||
| 263.804 | 894.360 | |||||
| En moneda extranjera (Anexo IV) | ||||||
| Caja | - | 3.270 | ||||
| Bancos | 4.130 | 665 | ||||
| 4.130 | 3.935 | |||||
| TOTAL | 267.934 | 898.295 |
b) CREDITOS POR VENTAS
El detalle de los créditos por ventas es el siguiente:
| .....31/12/03...... | .......31/12/02....... | |||||
| En pesos | ||||||
| Deudores comunes | 1.047.732 | 1.036.095 | ||||
| Valores al cobro | - | 93.699 | ||||
| Previsión para deudores incobrables (Anexo III) | (58.071) | (66.530) | ||||
| 989.661 | 1.063.264 | |||||
| En moneda extranjera (Anexo IV) | ||||||
| Deudores comunes | 162.616 | 449.959 | ||||
| Sociedad art. 33 Ley N° 19550 (Nota 6b) | 3.743.632 | 6.169.455 | ||||
| 3.906.248 | 6.619.414 | |||||
| TOTAL | 4.895.909 | 7.682.678 |
c) OTROS CRÉDITOS
El detalle de otros créditos es el siguiente:
| .....31/12/03...... | .......31/12/02....... | ||||||||
| Corrientes | |||||||||
| Deudores varios | 10.954 | 59.898 | |||||||
| Saldos impositivos a favor | 1.078.538 | 602.469 | |||||||
| Reintegros de exportación a cobrar | 392.707 | 3.659.255 | |||||||
| Anticipos varios | 598.558 | 302.923 | |||||||
| Depósitos en garantía | 1.750 | 1.750 | |||||||
| TOTAL | 2.082.507 | 4.626.295 | |||||||
| No corrientes | |||||||||
| Impuestos a recuperar (Nota 8) | 1.226.526 | 1.186.942 | |||||||
| Saldos impositivos a favor | 1.258.142 | 1.253.499 | |||||||
| TOTAL | 2.484.668 | 2.440.441 |
d) BIENES DE CAMBIO
El detalle de los bienes de cambio es el siguiente:
| .....31/12/03...... | .......31/12/02....... | |||||
| Materias primas y materiales | 4.019.298 | 8.941.207 | ||||
| Productos en proceso y terminados | 2.323.324 | 2.450.598 | ||||
| Mercadería en tránsito | 86.159 | 308.093 | ||||
| Subtotal | 6.428.781 | 11.699.898 | ||||
| Previsión para obsolescencia (Anexo III) | (300.000) | (1.289.257) | ||||
| TOTAL | 6.128.781 | 10.410.641 |
e) IMPUESTO DIFERIDO
El detalle del impuesto diferido es el siguiente:
| .....31/12/03...... | .......31/12/02....... | |||||
| Impuesto diferido (Nota 4g) | 38.448.439 | 38.448.439 | ||||
| Previsión para desvalorización de activos (Nota 4g) | (38.448.439) | (38.448.439) | ||||
| TOTAL | - | - |
f) OTROS ACTIVOS
Se incluye en este rubro el inmueble situado en el departamento de Pocito, provincia de San Juan por el cual, con fecha 27 de septiembre de 1999 se firmó un acuerdo de compraventa por un valor total de $ 1.000.000.- Al 31 de diciembre de 2003 se ha recibido en concepto de anticipos por esta operación la suma de 950.000 (nota 5i). La entrega del inmueble al comprador y la correspondiente escrituración se formalizó durante el mes de marzo de 2004.
g) DEUDAS COMERCIALES
La composición de las cuentas por pagar es la siguiente:
| .....31/12/03...... | .......31/12/02....... | |||||
| En pesos | ||||||
| Proveedores | 1.912.706 | 5.045.821 | ||||
| Sociedades art. 33 Ley Nº 19.550 (Nota 6b) | 899.129 | 709.035 | ||||
| 2.811.835 | 5.754.856 | |||||
| En moneda extranjera (Anexo IV) | ||||||
| Proveedores | 4.674.551 | 6.508.125 | ||||
| Sociedades art. 33 Ley N° 19.550 (Nota 6b) | 2.192.486 | 1.342.249 | ||||
| 6.867.037 | 7.850.374 | |||||
| TOTAL | 9.678.872 | 13.605.230 |
h) PRESTAMOS BANCARIOS Y FINANCIEROS
El detalle de los préstamos bancarios y financieros es el siguiente:
| …..31/12/03….. | …....31/12/02….... | |||||
| Corrientes | ||||||
| En pesos | ||||||
| Adelantos en cuenta corriente | 329.067 | 139.383 | ||||
| Bancarios | 2.281.349 | 2.951.243 | ||||
| 2.610.416 | 3.090.626 | |||||
| En moneda extranjera (Anexo IV) | ||||||
| Financieros | 8.381.413 | 10.519.226 | ||||
| 8.381.413 | 10.519.226 | |||||
| TOTAL | 10.991.829 | 13.609.852 |
| No corrientes | ||||||
| En moneda extranjera (Anexo IV) | ||||||
| Sociedades art. 33 Ley 19550 (Nota 6b) | 49.599.234 | 48.043.363 | ||||
| TOTAL | 49.599.234 | 48.043.363 |
i) OTRAS DEUDAS
El detalle de otras deudas es el siguiente:
| .....31/12/03.... | .......31/12/02....... | |||||
| Sociedades art. 33 Ley Nro. 19.550 (Nota 6b) | 791.953 | 505.948 | ||||
| Provisión gastos de receso | 330.000 | 330.000 | ||||
| Honorarios directores y síndicos (neto de anticipos) | 76.425 | 13.043 | ||||
| Anticipos recibidos por venta de inmuebles (Nota 5f) | 950.000 | 950.000 | ||||
| Diversas | 39.523 | 50.168 | ||||
| TOTAL | 2.187.901 | 1.849.159 |
j) VENTAS NETAS DE BIENES
La composición de esta línea es la siguiente:
| .....31/12/03.... | .....31/12/02.... | |||||
| Ventas nacionales | 17.272.868 | 22.977.978 | ||||
| Exportaciones | 676.180 | 10.469.792 | ||||
| Reembolso a las exportaciones | 47.085 | 1.973.509 | ||||
| Impuestos sobre los ingresos brutos | (142.149) | (172.331) | ||||
| TOTAL | 17.853.984 | 35.248.948 |
k) RESULTADOS FINANCIEROS Y POR TENENCIA
El detalle de los resultados financieros y por tenencia es el siguiente:
| .....31/12/03.... | .....31/12/02.... | ||||||
| a) | Generados por activos | ||||||
| Intereses ganados y descuentos obtenidos | 113.240 | (857.515) | |||||
| Resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda | (60.041.006) | ||||||
| Diferencias de cambio | 2.968.770 | 24.378.779 | |||||
| Resultados por tenencia | 8.474.525 | ||||||
| Total de resultados financieros generados | |||||||
| por activos Ganancia – (Pérdida) | 3.082.010 | (28.045.217) | |||||
| b) | Generados por pasivos | ||||||
| Intereses | (3.749.747) | (3.998.402) | |||||
| Comisiones y gastos bancarios | (453.882) | (318.928) | |||||
| Resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda | 75.074.537 | ||||||
| Diferencias de cambio y actualizaciones | 2.150.995 | (59.213.945) | |||||
| Total de resultados financieros generados | |||||||
| por pasivos (Pérdida) - Ganancia | (2.052.634) | 11.543.262 | |||||
| TOTAL Ganancia - (Pérdida) | 1.029.376 | (16.501.955) |
l). RESULTADO POR INVERSIONES PERMANENTES
El detalle es el siguiente:
| .....31/12/03.... | .....31/12/02.... | |||||||
| Resultado por participación en inversiones permanentes (Pérdida) | (15.176.804) | (14.099.001) | ||||||
| TOTAL (Pérdida) | (15.176.804) | (14.099.001) |
m) ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO
| .....31/12/03.... | .....31/12/02.... | |||||
| a) Partidas que no significan utilización de efectivo | ||||||
| Amortización de bienes de uso | 3.150.352 | 3.097.326 | ||||
| Compras y gastos no pagados | 567.535 | 8.606.685 | ||||
| Aumento de previsiones | 611.546 | 1.692.755 | ||||
| Resultado por inversiones permanentes | 15.176.804 | 14.099.001 | ||||
| Resultados financieros | 2.663.996 | |||||
| 19.506.237 | 30.159.763 | |||||
| b) Partidas que no significan generación de efectivo | ||||||
| Ventas no cobradas | 4.895.909 | 7.682.678 | ||||
| Disminución de previsiones | 2.085.692 | 2.024.278 | ||||
| Resultados financieros | 5.925.541 | |||||
| 12.907.142 | 9.706.956 |
6. SOCIEDADES ART. 33 LEY Nº 19.550
a) Las sociedades artículo 33 Ley 19.550, al cierre de cada ejercicio, son las siguientes:
| Sociedad | Carácter | .....31/12/03..... | ...31/12/02... | |
| Participación en el capital de TCA S.A. | ||||
| Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A. | Controlante | 68,9336% | 68,9336% | |
| Valeo Connective Systems | Vinculada | 20,0000% | 20,0000% |
| Carácter | ...31/12/02... | ...31/12/02... | ||
| Participación en el capital de: | ||||
| Tecnología em Componentes Automotivos S.A | Controlada | 99,9999% | 99,9999% | |
| Idifer S.A. | Controlada | 100% | 100% |
b) Los saldos al cierre de cada ejercicio son los siguientes:
| ……………………....……31/12/2003……………................... | ||||||||
| Créditos por ventas | Cuentas por pagar | Prestamos financieros | Otras Deudas | |||||
| corrientes | no corrientes | |||||||
| Controlante: | ||||||||
| Industrias Metalúrgicas | ||||||||
| Pescarmona S.A. | 899.129 | 24.222.744 | 422.276 | |||||
| Vinculada: | ||||||||
| Valeo Connective Systems | 1.004.075 | 369.677 | ||||||
| Controladas: | ||||||||
| TCA S.A. Brasil | 3.743.632 | 1.188.411 | 25.376.490 | |||||
| Totales | 3.743.632 | 3.091.615 | 49.599.234 | 791.953 |
| …………………….……….31/12/2002……….……….............. | ||||||||
| Créditos por ventas | Cuentas por pagar | Prestamos financieros | Otras deudas | |||||
| corrientes | no corrientes | |||||||
| Controlante: | ||||||||
| Industrias Metalúrgicas | ||||||||
| Pescarmona S.A. | 555.144 | 23.970.905 | 283.022 | |||||
| Vinculada: | ||||||||
| Valeo Connective Systems | 930.220 | 222.926 | ||||||
| Controladas: | ||||||||
| TCA S.A. Brasil | 6.169.455 | 565.920 | 24.072.458 | |||||
| Totales | 6.169.455 | 2.051.284 | 48.043.363 | 505.948 |
7. REGIMENES DE PROMOCION INDUSTRIAL
a) Con fecha 29 de febrero de 1988 el Gobierno de la Provincia de San Juan promulgó el Decreto 0396, por el cual le otorga a Puerto Seco S.A., anterior denominación de TCA S.A., los beneficios del Régimen de Desarrollo Económico instaurado por la Ley Nacional Nº 22.021, extendida a la Provincia de San Juan por la Ley Nacional Nº 22.973, para la instalación en dicha Provincia de una planta para la fabricación de conductores eléctricos especiales y mazos de cables. Tales beneficios consisten en:
- la exención del pago de los impuestos a las ganancias y a los activos durante un lapso de 15 años desde la puesta en marcha de la planta, operada el 30 de abril de 1988, aplicando porcentajes de liberación decrecientes;
- la liberación del débito fiscal del impuesto al valor agregado correspondiente a las ventas de la Sociedad durante el lapso mencionado en el párrafo anterior; y
- la liberación del débito fiscal del impuesto al valor agregado resultante de las ventas que realicen a la Sociedad los productores de materias primas y semielaborados.
Con fecha 8 de agosto de 1994, la Dirección General Impositiva notificó a la Sociedad los montos acreditados en la cuenta corriente computadorizada correspondiente a los beneficios anuales por los conceptos detallados precedentemente, asignados de acuerdo con el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 2.054/92, la Resolución (M.E.) Nº 1.280/92 y la Resolución General Nº 3.600 de la propia Dirección General Impositiva y que abarcan los períodos 1992 a 2003.
Adicionalmente, y mediante el Decreto Nº 2729 del 26 de septiembre de 1988, el Gobierno de la Provincia de San Juan dispuso beneficiar a la Sociedad con una eximición, en el ámbito de esa provincia, del 50% del pago de los impuestos sobre los ingresos brutos, inmobiliario, a la radicación de automotores y todo tributo provincial presente o futuro, salvo las tasas retributivas de servicios, por el término de diez años desde la puesta en marcha de la planta.
b) En el marco de las leyes mencionadas en el primer párrafo del acápite anterior, con fechas 24 de mayo de 1996 y 2 de abril de 1998, el Gobierno de la provincia de San Juan promulgó los Decretos N° 0658/96 (Anexo LXXIII) y 0415/98, respectivamente, por los cuales otorgó a TCA S.A. los beneficios del Régimen de Desarrollo Económico para ampliación de una planta industrial destinada a la fabricación de cables y alambres con aislamiento y/o conductores eléctricos especiales y ramales eléctricos o mazos de cables.
Tales beneficios consisten en:
- la exención del pago de los impuestos a las ganancias durante un lapso de 15 años desde la puesta en marcha de la planta, operada parcialmente el 10 de noviembre de 1998, aplicando porcentajes de liberación decrecientes;
- la liberación del débito fiscal del impuesto al valor agregado correspondiente a las ventas de la Sociedad durante el lapso mencionado en el párrafo anterior; y
- la liberación del débito fiscal del impuesto al valor agregado resultante de las ventas que realicen a la Sociedad los productores de materias primas y semielaboradas.
A la fecha de emisión de los presentes estados contables, la Sociedad está a la espera de la notificación pertinente por parte de la Dirección General Impositiva sobre los montos acreditados en la cuenta corriente computadorizada correspondiente a los beneficios anuales por los impuestos detallados precedentemente.
De acuerdo con lo detallado en los decretos mencionados en el primer párrafo, el proyecto promovido se concretará mediante una inversión total mínima de 4.475.000; adicionalmente, la Sociedad deberá producir volúmenes crecientes que van desde 1.634.600 Kgs. a 3.269.200 Kgs. y ocupar un mínimo de personal en relación de dependencia.
8. IMPUESTOS A RECUPERAR
El Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 1.033/91 estableció que las empresas que hubieran sido beneficiadas por la franquicia dejada sin efecto por el Decreto Nº 435/90 del Poder Ejecutivo Nacional tendrán derecho a percibir certificados de crédito fiscal, en función del grado de cumplimiento del régimen de promoción. El monto final de los certificados que le correspondan a la Sociedad será determinado por la Dirección General Impositiva, de acuerdo a los establecido por la Resolución Nº 1.280/92 del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Nación.
Con fecha 18 de noviembre de 1994 la Dirección General Impositiva emitió la Resolución General Nº 3.905 la que reglamentó el otorgamiento de los mencionados certificados de crédito fiscal y estableció una serie de pautas y de información que deberán cumplimentar las empresas incluidas en la situación comentada.
La Sociedad se encuentra comprendida en los términos del Decreto 1.033/91 mencionado anteriormente, por lo que efectúo las presentaciones requeridas. Al 31 de diciembre de 2003 y 2002, registró sus derechos por 1.226.526 y 1.186.942 respectivamente, en la cuenta “Impuestos a recuperar” del rubro “Otros créditos no corrientes”.
9. CAPITAL SOCIAL
Al 31 de diciembre de 2003 y 2002, según surge del Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 20 de diciembre de 1995, el capital social asciende a 10.725.590, encontrándose totalmente suscripto, integrado e inscripto en el Registro Público de Comercio de la ciudad de San Juan.
10. IMPUESTOS A LAS GANANCIAS Y A LA GANANCIA MINIMA PRESUNTA
Al 31 de diciembre de 2003 y 2002 no se ha constituido provisión por impuesto a las ganancias dado que la Sociedad presenta pérdidas impositivas acumuladas. Dichas pérdidas podrán compensarse con utilidades impositivas de ejercicios futuros.
El impuesto a la ganancia mínima presunta fue establecido en el ejercicio finalizado el 30 de junio de 1999 por la Ley N° 25.063 por el término de diez ejercicio anuales. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias, dado que mientras este último grava la utilidad impositiva del ejercicio, el impuesto a la ganancia mínima presunta constituye una imposición mínima que grava la renta potencial
de ciertos activos productivos a la tasa del 1%, de modo que la obligación fiscal de la Sociedad coincidirá con el mayor de ambos impuestos. Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un ejercicio fiscal al impuesto a las ganancias, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta que pudiera producirse en cualquiera de los diez ejercicios siguientes.
La Sociedad fue incluida en el “Convenio para mejorar la competitividad y la generación del empleo” establecida por el Decreto 730/01 del Poder Ejecutivo Nacional, extendido a la industria automotriz mediante el Decreto 761/01. De acuerdo con lo establecido por la Administración Federal de Ingresos Públicos como organismo encargado por el citado decreto 730/01 para establecer las formas, plazos, condiciones y detalle de los beneficios que se otorgan a cada sector, la Sociedad se benefició desde el 1 de julio de 2001 hasta el 30 de abril de 2002 y del 31 de agosto de 2002 hasta el 31 de marzo de 2003, con una exención del 100% de los impuestos a la ganancia mínima presunta y sobre los intereses pagados y el costo financiero del endeudamiento empresario y del cómputo, como crédito fiscal en el impuesto al valor agregado, del 100% de las contribuciones patronales con destino al Sistema Único de la Seguridad Social.
Al 31 de diciembre de 2003 y 2002 los impuestos pagados en años anteriores por 1.258.142 y 839.636, respectivamente, se incluyen en la cuenta “Saldos impositivos a favor” del rubro “Otros créditos no corrientes” del activo, en virtud de que las proyecciones de la Entidad hacen prever que podrá computarse como pago a cuenta de excedentes del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta en cualquiera de los diez ejercicios siguientes al de su origen.
11. REVALUO TECNICO EN LA SOCIEDAD CONTROLADA
La sociedad controlada T.C.A. Tecnología em Componentes Automotivos S.A. ha realizado un revalúo técnico de algunos de sus bienes de uso al 28 de febrero de 1999, el cual fue aprobado por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas el 28 de abril de 1999. El revalúo técnico fue preparado por peritos valuadores independientes.
T.C.A. S.A., la sociedad controlante, registró el incremento patrimonial en la cuenta “Reserva por revalúo técnico en sociedades controladas” en función de su porcentaje de participación en el capital de la misma. Dicha reserva se ha desafectado en la proporción correspondiente al mayor cargo por amortizaciones de aquellos bienes que le han dado origen, según el siguiente detalle:
| Ejercicio 1999 | 297.298 | |
| Ejercicio 2000 | 468.763 | |
| Ejercicio 2001 | 402.646 | |
| Ejercicio 2002 | 494.130 | |
| Ejercicio 2003 | 534.462 | |
| Total | 2.197.299 |
12. BIENES DE DISPONIBILIDAD RESTRINGIDA
Al 31 de diciembre de 2003 y 2002 existe un inmueble afectado en garantía de un préstamo hipotecario por 6.592.932 y 6.167.100, respectivamente, el cual se expone en el rubro Préstamos bancarios y financieros. El valor residual contable de dicho inmueble asciende a aproximadamente 6.480.000 y 7.200.000 al 31 de diciembre de 2003 y 2002, respectivamente.
C.P.N. Juan Carlos Roldán Sr. Luis Marcial
Por Comisión Fiscalizadora Director
INFORMACIÓN CONTABLE COMPLEMENTARIA
TCA S.A.
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2003, PRESENTADO EN FORMA COMPARATIVA CON EL FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2002
(en pesos)
1. SITUACIÓN DE LA SOCIEDAD
Al 31 de diciembre de 2003 la Sociedad presenta patrimonio neto negativo. El Directorio se encuentra abocado a la implementación de medidas económicas y financieras que permitan, en el corto plazo, la recomposición patrimonial. Los presentes estados contables han sido preparados aplicando normas contables correspondientes a una empresa en marcha.
Cabe indicar que si bien la situación descripta en el párrafo anterior hace que la Sociedad se encuentre comprendida en el inciso 5° del artículo 94 de la Ley de Sociedades Comerciales, la aplicabilidad del citado artículo se encuentra suspendida por el Decreto N° 1293/03 del Poder Ejecutivo Nacional del 23 de diciembre de 2003 hasta el mismo día del año siguiente.
2 - CAMBIO DE RÉGIMEN MONETARIO Y DEVALUACIÓN DE LA MONEDA ARGENTINA
Con fecha 6 de enero de 2002, el Poder Legislativo Nacional sancionó la Ley N° 25.561 de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario, posteriormente complementada por otras disposiciones, en particular por el Decreto N° 214/2002 del 3 de febrero de 2002 de Reordenamiento del Sistema Financiero y varias comunicaciones del Banco Central de la República Argentina (“B.C.R.A.”).
En síntesis, la nueva normativa y sus disposiciones complementarias establecen el abandono de la convertibilidad del peso y la puesta en vigencia de la libre flotación del tipo de cambio.
El mercado de cambio comenzó a operar el 11 de enero de 2002 con un limitado volumen de operaciones. El B.C.R.A. debe autorizar ciertas transferencias de divisas al exterior, tales como pago de deudas financieras y sus intereses, regalías, dividendos y otras similares.
Las deudas en dólares estadounidenses con el sistema financiero, como las obligaciones exigibles de las sumas de dinero expresadas en dicha moneda no vinculadas al sistema financiero, cualquiera sea su origen y naturaleza, existentes a la sanción de la Ley N° 25.561, fueron convertidas al tipo de cambio $ 1 por U$S 1 y se les aplica el Coeficiente de Estabilización de Referencia. Si por aplicación de las disposiciones antes mencionadas sobre las obligaciones exigibles en dólares estadounidenses no vinculadas al sistema financiero, el valor resultante de la cosa, bien o prestación, fuere superior o inferior al del momento de pago, cualquiera de las partes podrá solicitar un reajuste equitativo del precio.
Para el caso particular de las deudas en dólares estadounidenses con el sistema financiero, además del coeficiente antes mencionado, se aplica una tasa que no podrá superar la tasa máxima establecida por el B.C.R.A.
Todos los contratos existentes hasta el 6 de enero de 2002, cuyos valores estuvieron establecidos en dólares estadounidenses, se convirtieron en pesos a la cotización de $1 por dólar, y se ajustan de ahí en adelante en base al ya mencionado Coeficiente de Estabilización de Referencia, previéndose la posibilidad de negociaciones entre las partes en caso de una manifiesta inequidad en el valor de las prestaciones mutuas. Para nuevos contratos acordados conposterioridad a la referida fecha, no se admiten indexaciones ni cláusulas de ajuste.
Con fecha 8 de febrero de 2002, se emitió el Decreto N° 260/2002, que estableció un mercado libre de cambio para la liquidación de todas las operaciones en moneda extranjera, incluidas las exportaciones y las importaciones. Continúa requiriéndose aprobación previa del B.C.R.A. para realizar pagos al exterior.
Además, como consecuencia del estado actual de las finanzas públicas, ciertos créditos con el Estado Nacional, tanto corrientes como no corrientes, pueden verse sujetos a reprogramación para su cobro. Asimismo, las interpretaciones legales acerca del tipo de cambio aplicable para la liquidación de deudas en moneda extranjera con instituciones financieras u obligacionistas del exterior, pueden diferir de las que esgriman los acreedores y requerir la aplicación de algún mecanismo de resolución de disputas.
Con fecha 5 de marzo de 2003 y para un caso particular, el de un depósito en el Banco de la Nación Argentina efectuado por la provincia de San Luis, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que la devolución debía efectuarse en la moneda original en la que el depósito había sido efectuado. No están definidos todavía los alcances generales de este fallo de última instancia.
El efecto de la nueva política monetaria y el resto de las medidas económicas adoptadas por el Gobierno Nacional hasta la fecha de la preparación de los presentes estados contables sobre la situación patrimonial y de resultados de la Sociedad, fue contemplado en los estados contables al 31 de diciembre de 2003.
3. BASES DE CONTABILIZACION
3.1 Normas contables aplicadas
Los presentes estados contables fueron preparados de acuerdo con las normas contables de exposición y valuación contenidas en las Resoluciones Técnicas Nros. 4, 5, 6, 8, 9, 10, 12, 13 y 16 a 19 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.), con algunas adaptaciones y excepciones resueltas por el organismo de control.
3.2 Consideración de los efectos de la inflación
De acuerdo con las disposiciones de la Ley N° 19.550 (T.O. en 1984) los estados contables han sido expresados en moneda constante. Para ello, se ha aplicado el método de reexpresión establecido por la Resolución Técnica N° 6 de la F.A.C.P.C.E., con las siguientes modalidades:
- Las mediciones contables que tienen fecha de origen hasta el 31 de diciembre de 2002 inclusive, se consideraron expresadas en moneda de esta última fecha;
- El método de reexpresión señalado en el primer párrafo se aplicó desde el 1° de enero de 2002 hasta el 31 de diciembre de 2002, fecha a partir de la cual se discontinuó:
- Las mediciones contables que tienen fecha de origen entre el 1° de enero de 2003 y el 31 de diciembre de 2003 inclusive, se consideran expresadas en moneda de esta última fecha.
Si bien el Decreto N° 664/03 del Poder Ejecutivo Nacional suspendió la preparación de estados contables en moneda homogénea a partir del 1° de marzo de 2003 el efecto de no haber reexpresado la información contable en moneda homogénea por el período comprendido entre el 1 de enero y el 28 de febrero de 2003 no es significativo sobre los estados contables considerados en su conjunto, ya que durante ese período, la variación del índice de precios internos al por mayor publicado por Instituto Nacional de Estadística y Censos (en adelante, “IPIM”), utilizado para la reexpresión de estados contables, fue de sólo el 0,8%.
Desde el punto de vista de las normas contables profesionales, la expresión de estados contables en moneda homogénea siguió vigente hasta el 30 de septiembre de 2003, fecha a partir de la cual la F.A.C.P.C.E. estableció la discontinuación de la reexpresión de estados contables mediante la Resolución 287/03. El efecto de no haber reexpresado la información contable en moneda homogénea, tal como lo requieren las normas contables profesionales vigentes, no es significativo sobre los estados contables considerados en su conjunto, ya que durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2003, la variación del IPIM fue solo del 2%.
4. PRESENTACIÓN DE ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS
Los estados contables consolidados de TCA S. A. con su sociedad controlada T.C.A. Tecnologia em Componentes Automotivos S.A., han sido preparados de acuerdo a la Ley N° 19.550 (t.o. en 1.984) siguiendo los lineamientos de la Resolución Técnica Nro. 4 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas que, básicamente, consisten en la acumulación de los importes de los mismos rubros y la eliminación de saldos y resultados entre la sociedad controlante y su controlada.
La sociedad controlada cuyos estados contables se consolidan y los porcentajes de participación totales de TCA S.A. al cierre de cada ejercicio son los siguientes:
| Sociedad | % de participación | |
| 31-12-2003 | 31-12-2002 | |
| Tecnología em Componentes Automotivos S.A. | 99,99 | 99,99 |
La sociedad controlada Idifer S.A. no ha sido consolidada debido a la escasa significatividad de sus saldos.
5. PRINCIPALES CRITERIOS DE VALUACIÓN Y EXPOSICIÓN
Los principales criterios de valuación utilizados, que son similares en ambas compañías, son los siguientes:
a) Activos y pasivos en moneda extranjera
Se han valuado aplicando los tipos de cambio vigentes al cierre de cada ejercicio.
b) Bienes de cambio
Están valuados a sus respectivos costos de reposición o reproducción al cierre de cada ejercicio. Los valores así determinados no superan, en su conjunto, su valor recuperable.
c) Inversiones corrientes
Se han valuado a su costo al valor de capital invertido más los intereses devengados al cierre de cada ejercicio.
d) Bienes de uso
Valores de origen: han sido valuados a su costo o valuación técnica reexpresado en función de lo indicado en la nota 3.2, neto de las amortizaciones acumuladas correspondientes a la vida útil asignada.
Amortizaciones: se calcularon a partir del mes de su incorporación, aplicando el método de la línea recta sobre los valores expresados en moneda homogénea.
Los valores así determinados no superan, en su conjunto, su valor recuperable.
La sociedad controlada T.C.A. Tecnologia em Componentes Automotivos S.A. ha realizado un revalúo técnico de algunos de sus bienes de uso al 28 de febrero de 1999, el cual fue aprobado por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas el 28 de abril de 1999. El revalúo técnico fue preparado por peritos valuadores independientes.
T.C.A. S.A., como sociedad controlante, registró el incremento patrimonial en la cuenta “Reserva por revalúo técnico en sociedades controladas” en función de su porcentaje de participación en el capital de la misma. Dicha reserva se ha desafectado en la proporción correspondiente al mayor cargo por amortizaciones de aquellos bienes que le han dado origen.
e) Activos intangibles
Valores de origen: han sido valuados a su costo reexpresado en función de lo indicado en la nota 3.2, neto de amortizaciones acumuladas correspondientes a la vida útil asignada.
Amortizaciones: se calcularon a partir del mes de su incorporación sobre los valores expresados en moneda homogénea, aplicando el método de la línea recta.
f) Previsiones para juicios
Fueron estimadas con base en el porcentaje de probabilidad de ocurrencia determinado sobre los montos de las demandas actualizadas.
g) Impuesto a las ganancias
A partir del corriente ejercicio, las normas vigentes requieren la contabilización del cargo por impuesto a las ganancias por el método del impuesto diferido. Este criterio implica el reconocimiento de partidas de activos y de pasivos por impuesto diferido, en los casos en que se produzcan diferencias temporarias entre la valuación contable y la valuación fiscal de los activos y de los pasivos.
La Sociedad no ha calculado las diferencias temporarias para la aplicación de éste método, aunque si ha contabilizado el respectivo crédito por los quebrantos impositivos acumulados, el cual ha sido previsionado en su totalidad en función de que no existen al presente indicaciones claras acerca de su recuperabilidad.
El cambio de criterio se ha efectuado al inicio del ejercicio de aplicación, o sea con fecha 31 de diciembre de 2002.
h) Uso de estimaciones en la preparación de los estados contables
La preparación de los estados contables de acuerdo con normas contables vigentes requiere que la Dirección y la Gerencia de la Sociedad efectúen estimaciones que inciden en la determinación de los importes de los activos y pasivos y en la revelación de contingencias a la fecha de presentación de los estados contables. Las resoluciones finales e importes reales pueden diferir de las estimaciones efectuadas para la preparación de los estados contables.
i) Reclasificaciones
Ciertas reclasificaciones se han realizado en los estados contables al 31 de diciembre de 2002, para uniformarlos con la presentación de los correspondientes al 31 de diciembre de 2003.
6. PROCEDIMIENTO DE CONVERSIÓN A MONEDA ARGENTINA DE LOS ESTADOS CONTABLES DE LA SOCIEDAD CONTROLADA EXTRANJERA.
La Sociedad aplica las disposiciones de la Resolución Técnica N° 18 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas para convertir a moneda argentina los estados contables de la sociedad controlada constituida en el exterior. La sociedad controlada ha sido tratada como una sociedad no integrada, lo que implica la imputación a un rubro especial (“Diferencias temporarias de conversión”), presentado entre el pasivo y el patrimonio neto, de las diferencias provenientes de la conversión de la moneda extranjera en la que están expresados los respectivos estados contables, a la moneda argentina.
En consecuencia, los activos y pasivos incluidos en esos estados contables que representan valores corrientes a la fecha de los mismos, o bien, costos históricos reexpresados a la misma fecha (ambos expresados en la moneda del país receptor de la inversión), fueron convertidos a moneda argentina empleando el tipo de cambio vendedor vigente al cierre de cada ejercicio. Las cuentas de patrimonio inicial fueron convertidas a moneda argentina empleando el tipo de cambio
histórico y luego reexpresados en moneda de cierre los estados contables consolidados, en función de lo indicado en la nota 3.2.
Los estados contables de la sociedad controlada fueron adecuados a las normas contables profesionales vigentes en Argentina.
7. COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS
7.1 CAJA Y BANCOS
El detalle de caja y bancos es el siguiente:
| .........31/12/03....... | .........31/12/02........ | |||||
| Caja | 4.233 | 8.110 | ||||
| Bancos | 518.964 | 954.631 | ||||
| TOTAL | 523.197 | 962.741 |
7.2 INVERSIONES
El total de las inversiones corrientes al 31 de diciembre de 2003 y 2002 corresponden a colocaciones de fondos más sus intereses devengados al cierre de cada ejercicio.
7.3 CREDITOS
El detalle de los créditos es el siguiente:
| ......31/12/03....... | .........31/12/02........ | ||||||
| Corrientes | |||||||
| a) | Créditos por ventas | ||||||
| Deudores comunes | 3.699.657 | 9.862.457 | |||||
| Valores al cobro | 93.699 | ||||||
| Previsión para deudores incobrables | (58.071) | (66.530) | |||||
| TOTAL | 3.641.586 | 9.889.626 |
| ......31/12/03....... | .........31/12/02........ | ||||||||||
| b) | Otros créditos | ||||||||||
| Deudores varios | 10.954 | 59.898 | |||||||||
| Saldos impositivos a favor | 7.172.211 | 7.666.681 | |||||||||
| Reintegros por exportación | 392.707 | 3.659.255 | |||||||||
| Directores | 0 | 100.810 | |||||||||
| Anticipos varios | 598.558 | 736.730 | |||||||||
| Depósitos en garantía | 1.750 | 1.750 | |||||||||
| Gastos pagados por adelantado | 9.830 | 6.602 | |||||||||
| Anticipos a proveedores | 1.077.217 | 6.061.796 | |||||||||
| Diversos | 576.681 | ||||||||||
| TOTAL | 9.839.908 | 18.293.522 | |||||||||
| No corrientes | |||||||||||
| c) | Otros créditos | ||||||||||
| Impuestos a recuperar (Nota 10) | 1.226.526 | 1.186.942 | |||||||||
| Saldos impositivos a favor | 1.258.142 | 1.488.782 | |||||||||
| Depósitos judiciales | 1.372.755 | 963.588 | |||||||||
| Contratos de mutuo con sociedades vinculadas | 4.300.375 | 3.711.258 | |||||||||
| TOTAL | 8.157.798 | 7.350.570 |
7.4 BIENES DE CAMBIO
El detalle de los bienes de cambio es el siguiente:
| ........31/12/03........ | .........31/12/02........ | |||||
| Materias primas y materiales | 9.763.204 | 20.269.796 | ||||
| Productos en proceso y terminados | 2.855.453 | 3.585.561 | ||||
| Materiales en tránsito | 86.159 | 308.093 | ||||
| Subtotal | 12.704.816 | 24.163.450 | ||||
| Previsión para obsolescencia | (1.227.080) | (1.832.742) | ||||
| TOTAL | 11.477.736 | 22.330.708 |
7.5 OTROS ACTIVOS
Se incluye en este rubro el inmueble situado en el departamento de Pocito, provincia de San Juan por el cual, con fecha 27 de septiembre de 2000 se firmó un acuerdo de compraventa por un valor total de 1.000.000. Al 31 de diciembre de 2003 y 2002 se ha recibido en concepto de anticipos por esta operación la suma de 950.000 (nota 7.10). La entrega del inmueble al comprador y la correspondiente escrituración se formalizó durante el mes de marzo de 2004.
7.6 BIENES DE USO
| La evolución del rubro fue la siguiente: | ||||||
| ........31/12/03........ | .........31/12/02........ | |||||
| Valor residual al comienzo del ejercicio | 43.328.452 | 44.649.092 | ||||
| Aumentos del ejercicio | 80.709 | 654.309 | ||||
| Resultados financieros | 1.875.715 | 5.096.720 | ||||
| Bajas del ejercicio | (81.725) | (144.513) | ||||
| Amortización del ejercicio | (5.562.572) | (6.927.156) | ||||
| Neto resultante al cierre del ejercicio | 39.640.579 | 43.328.452 |
7.7 ACTIVOS INTANGIBLES:
El detalle de bienes intangibles es el siguiente:
| .........31/12/03....... | ........31/12/02......... | ||||||
| Gastos preoperativos | 15.869 | 767.475 | |||||
| TOTAL | 15.869 | 767.475 | |||||
| La evolución del rubro fue la siguiente: | |||||||
| Valor residual al comienzo del ejercicio | 767.475 | 933.777 | |||||
| Resultados financieros | 130.057 | 218.399 | |||||
| Bajas del ejercicio | (669.037) | ||||||
| Amortización del ejercicio | (212.626) | (384.701) | |||||
| Neto resultante al cierre del ejercicio | 15.869 | 767.475 |
7.8 DEUDAS COMERCIALES
La composición de las cuentas por pagar es la siguiente:
| .........31/12/03....... | ........31/12/02........ | |||||
| Proveedores | 19.186.547 | 29.735.865 | ||||
| Sociedades vinculadas | 1.303.204 | 1.485.364 | ||||
| TOTAL | 20.489.751 | 31.221.229 | ||||
7.9 PRESTAMOS BANCARIOS Y FINANCIEROS
El detalle de los préstamos bancarios y financieros es el siguiente:
| .........31/12/03....... | .........31/12/02........ | |||||
| a) | Corrientes | |||||
| Adelantos en cuenta corriente | 329.067 | 139.383 | ||||
| Bancarios | 11.570.687 | 13.374.342 | ||||
| Financieros | 8.381.413 | 10.519.226 | ||||
| TOTAL | 20.281.167 | 24.032.951 | ||||
| b) | No corrientes | |||||
| Bancarios | 3.570.343 | 2.134.556 | ||||
| Sociedades vinculadas | 24.222.744 | 23.970.905 | ||||
| TOTAL | 27.793.087 | 26.105.461 |
7.10 OTRAS DEUDAS
El detalle de otras deudas es el siguiente:
| .........31/12/03....... | .....31/12/02..... | |||||
| Provisión gastos de receso | 330.000 | 330.000 | ||||
| Honorarios directores y síndicos | 76.425 | 0 | ||||
| Sociedades controlante y vinculadas | 791.953 | 1.472.839 | ||||
| Regalías a pagar | 1.603.039 | |||||
| Asesoría técnica | 0 | 457.177 | ||||
| Anticipos recibidos por venta de inmueble (Nota 7.5) | 950.000 | 950.000 | ||||
| Anticipos de clientes | 99.654 | |||||
| Diversas | 80.118 | 1.259.199 | ||||
| TOTAL | 3.931.189 | 4.469.215 |
7.11 VENTAS NETAS DE BIENES
La composición de esta línea es la siguiente:
| .........31/12/03....... | .....31/12/02..... | |||||
| Ventas brutas | 104.744.201 | 147.972.763 | ||||
| Reembolso a las exportaciones | 47.085 | 1.973.509 | ||||
| Impuestos sobre los ingresos brutos y otros | ||||||
| descuentos | (10.780.635) | (12.720.560) | ||||
| TOTAL | 94.010.651 | 137.225.712 |
7.12 RESULTADOS FINANCIEROS Y POR TENENCIA
El detalle de los resultados financieros y por tenencia es el siguiente:
| ........31/12/03....... | .....31/12/02..... | |||||||
| a) | Generados por activos | |||||||
| Intereses | (1.860.072) | (4.724.386) | ||||||
| Resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda | (60.430.482) | |||||||
| Resultado por tenencia | 8.474.525 | |||||||
| Diferencias de cambio y descuentos obtenidos | 2.554.339 | 23.766.492 | ||||||
| Total de resultados financieros generados | ||||||||
| por activos Ganancia – (Pérdida) | 694.267 | (32.913.851) | ||||||
| b) | Generados por pasivos | |||||||
| Intereses | (5.752.643) | (7.460.340) | ||||||
| Comisiones y gastos bancarios | (530.382) | (463.576) | ||||||
| Resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda | 75.074.537 | |||||||
| Diferencias de cambio y actualizaciones | 2.391.644 | (60.963.204) | ||||||
| Total de resultados financieros generados | ||||||||
| por pasivos (Pérdida) – Ganancia | (3.891.381) | 6.187.417 | ||||||
| TOTAL (Pérdida) | (3.197.114) | (26.726.434) |
7.13 ESTADO DE ORIGEN Y APLICACION DE FONDOS
| a) Gastos que no significan aplicaciones de fondos | |||||||
| ........31/12/03....... | .....31/12/02..... | ||||||
| Amortización de bienes de uso | 5.562.572 | 6.927.156 | |||||
| Amortización de activos intangibles | 212.626 | 384.701 | |||||
| Compras y gastos no pagados | 1.086.757 | 8.371.617 | |||||
| Aumento de previsiones | 749.386 | 1.611.224 | |||||
| Resultado por inversiones permanentes | 449.454 | ||||||
| Disminución de bienes de uso | 81.725 | 144.513 | |||||
| Disminución de activos intangibles | 669.037 | ||||||
| 8.811.557 | 17.439.211 |
| ........31/12/03....... | .....31/12/02..... | |||||
| b) Ingresos que no significan orígenes de fondos | ||||||
| Ventas no cobradas | 3.641.586 | 9.889.626 | ||||
| Participación minoritaria | 1.523 | 1.441 | ||||
| Disminución de previsiones | 1.004.317 | 2.024.278 | ||||
| Desafectación de la reserva por revalúo técnico | 534.462 | 494.130 | ||||
| Resultados financieros | 11.906.696 | 1.989.489 | ||||
| 17.088.584 | 14.398.964 |
8. CAPITAL SOCIAL
Al 31 de diciembre de 2003 y 2002 el capital de TCA S.A. según surge del Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 20 de diciembre de 1995, asciende a 10.725.590, encontrándose totalmente suscripto, integrado e inscripto en el Registro Público de Comercio de la ciudad de San Juan.
9. REGIMENES DE PROMOCION INDUSTRIAL
a) Con fecha 29 de febrero de 1988 el Gobierno de la Provincia de San Juan promulgó el Decreto 0396, por el cual le otorga a Puerto Seco S.A., anterior denominación de TCA S.A., los beneficios del Régimen de Desarrollo Económico instaurado por la Ley Nacional Nº 22.021, extendida a la Provincia de San Juan por la Ley Nacional Nº 22.973, para la instalación en dicha Provincia de una planta para la fabricación de conductores eléctricos especiales y mazos de cables. Tales beneficios consisten en:
- la exención del pago de los impuestos a las ganancias y a los activos durante un lapso de 15 años desde la puesta en marcha de la planta, operada el 30 de abril de 1988, aplicando porcentajes de liberación decrecientes;
- la liberación del débito fiscal del impuesto al valor agregado correspondiente a las ventas de la Sociedad durante el lapso mencionado en el párrafo anterior; y
- la liberación del débito fiscal del impuesto al valor agregado resultante de las ventas que realicen a la Sociedad los productores de materias primas y semielaborados.
Con fecha 8 de agosto de 1994, la Dirección General Impositiva notificó a la Sociedad los montos acreditados en la cuenta corriente computarizada correspondiente a los beneficios anuales por los conceptos detallados precedentemente, asignados de acuerdo con el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 2.054/92, la Resolución (M.E.) Nº 1.280/92 y la Resolución General Nº 3.600 de la propia Dirección General Impositiva y que abarcan los períodos 1992 a 2003.
Adicionalmente, y mediante el Decreto Nº 2729 del 26 de septiembre de 1988, el Gobierno de la Provincia de San Juan dispuso beneficiar a la Sociedad con una eximición, en el ámbito de esa provincia, del 50% del pago de los impuestos sobre los ingresos brutos, inmobiliario, a la radicación de automotores y todo tributo provincial presente o futuro, salvo las tasas retributivas de servicios, por el término de diez años desde la puesta en marcha de la planta.
b) En el marco de las leyes mencionadas en el primer párrafo del acápite anterior, con fechas 24 de mayo de 1996 y 2 de abril de 1998, el Gobierno de la provincia de San Juan promulgó los Decretos N° 0658/96 (Anexo LXXIII) y 0415/98, respectivamente, por los cuales otorgo a TCA S.A. los beneficios del Régimen de Desarrollo Económico para ampliación de una planta industrial destinada a la fabricación de cables y alambres con aislamiento y/o conductores eléctricos especiales y ramales eléctricos o mazos de cables.
Tales beneficios consisten en:
- la exención del pago de los impuestos a las ganancias durante un lapso de 15 años desde la puesta en marcha de la planta, operada parcialmente el 10 de noviembre de 1997, aplicando porcentajes de liberación decrecientes;
- la liberación del débito fiscal del impuesto al valor agregado correspondiente a las ventas de la Sociedad durante el lapso mencionado en el párrafo anterior; y
- la liberación del débito fiscal del impuesto al valor agregado resultante de las ventas que realicen a la Sociedad los productores de materias primas y semielaboradas.
A la fecha de emisión de los presentes estados contables, la Sociedad está a la espera de la notificación pertinente por parte de la Dirección General Impositiva sobre los montos acreditados en la cuenta corriente computarizada correspondiente a los beneficios anuales por los impuestos detallados precedentemente.
De acuerdo con lo detallado en los decretos mencionados en el primer párrafo, el proyecto promovido se concretará mediante una inversión total mínima de 4.475.000; adicionalmente, la Sociedad deberá producir volúmenes crecientes que van desde 1.634.600 Kgs. a 3.269.200 Kgs. y ocupar un mínimo de personal en relación de dependencia.
10. IMPUESTOS A RECUPERAR
El Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 1.033/91 estableció que las empresas que hubieran sido beneficiadas por la franquicia dejada sin efecto por el Decreto Nº 435/90 del Poder Ejecutivo Nacional tendrán derecho a percibir certificados de crédito fiscal, en función del grado de cumplimiento del régimen de promoción. El monto final de los certificados que le correspondan a la Sociedad será determinado por la Dirección General Impositiva, de acuerdo a lo establecido por la Resolución Nº 1.280/92 del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Nación. Con fecha 18 de noviembre de 1994 la Dirección General Impositiva emitió la Resolución General Nº 3.905 la que reglamentó el otorgamiento de los mencionados certificados de crédito fiscal y estableció una serie de pautas y de información que deberán cumplimentar las empresas incluidas en la situación comentada.
La Sociedad se encuentra comprendida en los términos del Decreto 1.033/91 mencionado anteriormente, por lo que efectúo las presentaciones requeridas. Al 31 de diciembre de 2003 y 2002 registró sus derechos por 1.226.526 y 1.186.942, respectivamente, en la cuenta “Impuestos a Recuperar” del rubro “Otros créditos no corrientes”.
11. IMPUESTOS A LAS GANANCIAS Y A LA GANANCIA MINIMA PRESUNTA
Al 31 de diciembre de 2003 y 2002 no se ha constituido provisión por impuesto a las ganancias dado que la Sociedad presenta pérdidas impositivas acumuladas. Dichas pérdidas podrán compensarse con utilidades impositivas de ejercicios futuros.
El impuesto a la ganancia mínima presunta fue establecido en el ejercicio finalizado el 30 de junio de 1999 por la Ley N° 25.063 por el término de diez ejercicio anuales. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias, dado que mientras este último grava la utilidad impositiva del ejercicio, el impuesto a la ganancia mínima presunta constituye una imposición mínima que grava la renta potencial
de ciertos activos productivos a la tasa del 1%, de modo que la obligación fiscal de la Sociedad coincidirá con el mayor de ambos impuestos. Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un ejercicio fiscal al impuesto a las ganancias, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta que pudiera producirse en cualquiera de los diez ejercicios siguientes.
La Sociedad fue incluida en el “Convenio para mejorar la competitividad y la generación del empleo” establecida por el Decreto 730/01 del Poder Ejecutivo Nacional, extendido a la industria automotriz mediante el Decreto 761/01. De acuerdo con lo establecido por la Administración Federal de Ingresos Públicos como organismo encargado por el citado decreto 730/01 para establecer las formas, plazos, condiciones y detalle de los beneficios que se otorgan a cada sector, la Sociedad se beneficiará desde el 1 de julio de 2001 hasta el 30 de abril de 2002 y del 31 de agosto de 2002 hasta el 31 de marzo de 2003, con una exención del 100% de los impuestos a la ganancia mínima presunta y sobre los intereses pagados y el costo financiero del endeudamiento empresario y del cómputo, como crédito fiscal en el impuesto al valor agregado, del 100% de las contribuciones patronales con destino al Sistema Único de la Seguridad Social.
Al 31 de diciembre de 2003 y 2002 los impuestos pagados en años anteriores por 1.258.142 y 839.636, respectivamente, se incluyen en la cuenta “Saldos impositivos a favor” del rubro “Otros créditos no corrientes” del activo, en virtud de que las proyecciones de la Entidad hacen prever que podrá computarse como pago a cuenta de excedentes del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta en cualquiera de los diez ejercicios siguientes al de su origen.
12. BIENES DE DISPONIBILIDAD RESTRINGIDA
Al 31 de diciembre de 2003 y 2002 existe un inmueble afectado en garantía de un préstamo hipotecario por 6.592.932 y 6.167.100, respectivamente, el cual se expone en el rubro Préstamos bancarios y financieros. El valor residual contable de dicho inmueble asciende a aproximadamente a 6.480.000 y 7.200.000 al 31 de diciembre de 2003 y 2002, respectivamente.
Con fecha 7 de abril de 2003 a la sociedad controlada T.C.A. Tecnologia em Componentes Automotivos S.A. se le otorgó un préstamo bancario de hasta aproximadamente 6.000.000, destinado para capital de trabajo. El plazo de dicho préstamo es de 24 meses, con fecha de vencimiento final el 30 de marzo de 2005, y posee garantía hipotecaria sobre la planta industrial localizada en Jaboatao, Pernambuco.
13. CONTINGENCIAS
Al 31 de diciembre de 2003 la sociedad controlada T.C.A. Tecnologia em Componentes Automotivos S.A. posee notas de débito pendientes de registración con su cliente Volkswagen do Brasil por un monto total de 2.562.545, los cuales son cuestionados por la Sociedad. A la fecha de emisión de los presentes estados contables no existe resolución sobre este tema.
Además las autoridades fiscales y el Banco Central de Brasil han emitido actas de infracción por un total de 7.525.128 y 2.400.000, respectivamente, los cuales no fueron provisionados porque los asesores legales de la Sociedad consideran que la resolución de estas disputas será favorable.
CPN JUAN CARLOS ROLDAN SR. LUIS MARCIAL
por Comisión Fiscalizadora Director
INFORME DE LOS AUDITORES
Señores Presidente y Directores de
TCA Sociedad Anónima
Lateral Circunvalación 441 (N). Santa Lucía.
San Juan
1. Identificación de los estados contables objeto de la auditoría
Hemos efectuado un examen de los estados de situación patrimonial de TCA Sociedad Anónima al 31 de diciembre de 2003 y 2002 y de los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por los ejercicios económicos terminados en esas fechas, con sus notas 1 a 12 y anexos I a VI.
Nuestro examen incluyó los estados de situación patrimonial consolidados de la Sociedad con su sociedad controlada al 31 de diciembre de 2003 y 2002 y los correspondientes estados de resultados consolidados y de flujo de efectivo consolidados, con sus notas 1 a 13, por los ejercicios económicos terminados en esas fechas, expuestos como información contable complementaria.
Los estados citados constituyen una información preparada y emitida por el Directorio de la Sociedad en ejercicio de sus funciones exclusivas. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre dichos estados contables basada en la auditoría efectuada con el alcance que se menciona en el capítulo 2 siguiente.
2. Alcance de la tarea realizada
Nuestro examen se practicó de acuerdo con normas de auditoría vigentes establecidas por la Resolución Técnica N° 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Estas normas requieren que el auditor planifique y desarrolle la auditoría para formarse una opinión acerca de la razonabilidad de la información significativa que contengan los estados contables considerados en su conjunto, preparados de acuerdo con normas contables profesionales. Una auditoría incluye examinar, sobre bases selectivas, los elementos de juicio que respaldan la información expuesta en los estados contables y no tiene por objeto detectar delitos o irregularidades intencionales.
Una auditoría incluye, asimismo, evaluar las normas contables utilizadas y, como parte de ellas, la razonabilidad de las estimaciones de significación hechas por la Dirección y la Gerencia de la Sociedad.
3. Aclaraciones previas al dictamen
- Tal como se indica en el primer párrafo de la nota 1 a los estados contables individuales y consolidados, la Sociedad presenta patrimonio neto negativo. El Directorio se encuentra abocado a la implementación de medidas económicas y financieras que permitan, en el corto plazo, la recomposición patrimonial. Los presentes estados contables han sido preparados aplicando normas contables correspondientes a una empresa en marcha. Además, en virtud del patrimonio neto negativo, la Sociedad se encuentra alcanzada por las disposiciones del inciso 5° del artículo 94 de la Ley N° 19.550 de Sociedades Comerciales. Sin embargo el Decreto N° 1293/03 del Poder Ejecutivo Nacional suspendió la aplicación de dicho artículo hasta el 10 de diciembre de 2004.
- Tal como se explica en nota 3.1 a los estados contables individuales y consolidados, a partir del ejercicio 2003, en la preparación de los estados contables a que se refiere el capítulo 1 de éste informe, se han aplicado las disposiciones de las Resoluciones Técnicas Nros. 16 a 20 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas con algunas adaptaciones y excepciones resueltas por la Comisión Nacional de Valores. Los cambios introducidos están explicados en la nota 4.j) a los estados contables individuales.
- Tal como se explica en nota 3.2 a los estados contables individuales y consolidados, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 664/03, se suspende desde el 1° de marzo de 2003 la preparación de los estados contables en moneda homogénea. Por su parte, desde el punto de vista de las normas contables profesionales la expresión de estados contables en moneda homogénea estuvo vigente hasta el 30 de septiembre de 2003. El nivel de significatividad de las variaciones en el Indice de Precios Internos al por Mayor (utilizado para la reexpresión de la información contable a moneda homogénea) entre el mes de diciembre de 2002, fecha en que la Sociedad discontinuó la reexpresión y el 30 de septiembre de 2003, fecha hasta la cual lo requerían las normas contables profesionales vigentes, ha sido muy reducido.
- Tal como se indica en la nota 11 a los estados contables no consolidados, la sociedad controlada TCA–Tecnología Em Componentes Automotivos SA ha realizado un revalúo técnico de algunos de sus bienes de uso al 28 de febrero de 2000, el cual fue aprobado por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas el 28 de abril de 2000. El revalúo técnico fue preparado por peritos valuadores independientes. En la sociedad controlada la contrapartida del revalúo fue imputada a una Reserva de revalúo técnico en el patrimonio neto. TCA Sociedad Anónima registró el incremento patrimonial también como una Reserva por revalúo técnico en sociedades controladas en función de su porcentaje de participación en el capital de la misma. Dicha reserva se ha desafectado en la proporción correspondiente al mayor cargo por amortizaciones de aquellos bienes que le han dado origen.
4. Dictamen
En nuestra opinión, sujeto a los efectos finales que pudieran derivarse de la circunstancia mencionada en el apartado a) del capítulo 3) precedente y basados en el informe del perito independiente para la valuación de algunos bienes de uso en la sociedad controlada según lo indicado en el apartado d) del capítulo 3:
a) los estados contables mencionados en el primer párrafo del capítulo 1 de este informe, presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación patrimonial de TCA Sociedad Anónima al 31 de diciembre de 2003 y 2002, los resultados de sus operaciones, la evolución de su patrimonio neto y su flujo de efectivo por los ejercicios económicos terminados en esas fechas, de acuerdo con normas contables profesionales vigentes en la República Argentina; y
- los estados contables consolidados al 31 de diciembre de 2003 y 2002 han sido preparados de acuerdo con las bases de consolidación descriptas en la nota 4 de la información contable complementaria, las que están de acuerdo con los lineamientos de la Resolución Técnica N° 4 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.
5. Información especial requerida por disposiciones vigentes
(sobre estados contables correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2003)
a) Los estados contables individuales y consolidados indicados en el primer y segundo párrafo del capítulo 1 de este informe, se exponen de acuerdo con lo dispuesto por la Ley N° 19.550.
b) Las cifras de los estados contables individuales citados en el primer párrafo del capítulo 1 de este informe, concuerdan con registros contables auxiliares de la Sociedad los que se encuentran pendientes de transcripción en los libros rubricados.
c) Según surge de los registros contables no consolidados de la Sociedad, el pasivo devengado al 31 de diciembre de 2003 a favor de la Administración Nacional de la Seguridad Social en concepto de aportes y contribuciones previsionales totalizaba $161.024, siendo exigibles a esa fecha $59.320.
San Juan, 31 de marzo de 2004
| DELOITTE & TOUCHE CUYO | |
| NORBERTO J. MANZINO (Socio) | |
| Contador Público ( U.B.A) | |
| Matrícula 1520 | |
| C.P.C.E. Pcia. de San Juan |