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IMPSA S.A. — Audit Report / Information 2003
Jun 23, 2004
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Deloitte.
INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES
A los Consorciados del
CONSORCIO LIME BOGOTA
Bogotá D.C., Colombia
- Hemos auditado los balances generales del Consorcio Lime Bogotá al 31 de diciembre de 2003 y 2002 los correspondientes estados de resultados, de cambios en el patrimonio, de cambios en la situación financiera y de flujos de efectivo por los años terminados en esas fechas. Estos estados financieros son responsabilidad de la Administración del Consorcio. Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre estos estados financieros basados en nuestras auditorías.
- Excepto por lo mencionado en los párrafos 3 y 4 siguientes, nuestras auditorías se realizaron de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Colombia. Tales normas requieren que planeemos y efectuemos la auditoría para obtener una seguridad razonable de que los estados financieros no contienen errores materiales. Una auditoría de estados financieros incluye, entre otros procedimientos, el examen, sobre una base selectiva, de la evidencia que respalde las cifras y las revelaciones en los estados financieros. Además incluye, evaluar los principios de contabilidad utilizados y las estimaciones contables significativas hechas por la Administración, así como evaluar la presentación general de los estados financieros. Creemos que nuestras auditorías nos proporcionan una base razonable para expresar nuestra opinión.
- No nos fue posible obtener la documentación que soporta los ingresos operacionales generados por la prestación del servicio de aseo urbano y registrados por el Consorcio durante el año 2003 y 2002 en cuantía de $35.114.686 (miles) y $40.954.593 (miles), respectivamente, puesto que el manejo operativo de la facturación y recaudo del servicio se encuentra a cargo de la Empresa Comercial del Servicio de Aseo Ltda. – ECSA Ltda., sin que el Consorcio tenga el control del proceso de facturación. Además, no se cuenta con una conciliación de esos ingresos. Debido a lo anterior, no logramos aplicar otros procedimientos de auditoría que nos permitieran satisfacernos de la razonabilidad de la cifra incluida al 31 de diciembre de 2003 y 2002 en el estado de resultados como ingresos operacionales, ni de las correspondientes cuentas por cobrar.
- Como se menciona en la Nota 2 a los estados financieros, el Consorcio se comprometió en convenir con los demás concesionarios del servicio de aseo, los términos y condiciones en que se asumiría de manera proporcional, la diferencia entre los gastos e ingresos totales de la ECSA Ltda. No obstante de haberse terminado el contrato No. 020, dichos términos, condiciones y valores, aún no se han definido. Por esta razón, no es posible determinar con razonable certeza cualquier gasto a cargo del Consorcio que pudiera requerirse como resultado de dicho convenio al 31 de diciembre de 2003 y 2002.
- Los estados financieros que se acompañan han sido preparados sobre la base de un negocio en marcha. Sin embargo, como se menciona en la Nota 3 a los estados financieros, a partir del el 15 de septiembre de 2003 se dió por terminado el contrato No. 020 suscrito con la Alcaldía Mayor de Bogotá para la recolección de basuras y disposición para las zonas 2 y 7 (Fontibón, Engativa, Kennedy) del Distrito Capital de Bogotá, razón por la cual el Consorcio no continuará como un negocio en marcha. Los estados financieros no incluyen ningún ajuste relacionado con la recuperabilidad y clasificación de los valores registrados de los activos, ni la valorización y clasificación de los pasivos, que podrían necesitarse porque el Consorcio no continuará operando.
- El Consorcio no efectuó al cierre del año 2003 y 2002, avalúos técnicos de su flota de transporte incluida dentro de su Propiedad, Planta y Equipo y detallada en la Nota 11 a los estados financieros, para ajustarlos a su valor de realización, su valor actual o a su valor presente, el más apropiado en las circunstancias, de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia.
- En nuestra opinión, excepto por los efectos de los ajustes, de haberlos, producto de los asuntos mencionados en los párrafos 3 y 4 anteriores, y de los efectos para el año 2003 derivados del tema de negocio en marcha mencionado en el párrafo 5 anterior, y por los efectos, para los años 2003 y 2002, de los avalúos técnicos descritos en el párrafo 6 anterior, los estados financieros antes mencionados, presentan razonablemente, en todos sus aspectos materiales, la situación financiera del Consorcio Lime Bogotá al 31 de diciembre de 2003 y 2002, el resultado de sus operaciones, los cambios en su patrimonio, los cambios en su situación financiera y los flujos de efectivo por los años terminados en esas fechas, de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia, aplicados sobre bases uniformes.
- Como se indica en la Nota 13 a los estados financieros, el Consorcio tiene registradas cuentas por pagar a diciembre 31 de 2003 por $1.001.956 (miles) por concepto de retenciones en la fuente de los meses agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2003, las cuales se declararon y se presentaron sin pago. De acuerdo con el artículo 42 de la Ley 633 de 2000, para que se extinga en su totalidad la obligación tributaria junto con sus correspondientes intereses y sanciones, y no haya lugar a sanciones penales, se debe efectuar el pago de las sumas adeudadas o se debe demostrar que se ha suscrito un acuerdo de pago. Debido a que a diciembre 31 de 2003 y a la fecha de este informe no han efectuado el pago, ni conocemos de acuerdo alguno de pago de las sumas adeudadas, no nos fue posible determinar algún tipo de contingencia legal y/o monetaria que se pueda derivar de este tema.
DELOITTE & TOUCHE
PEDRO PABLO BERNAL
Socio a cargo
Marzo 25 de 2004
CONSORCIO LIME BOGOTA
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
POR LOS AÑOS TERMINADOS El 31 DE DICIEMBRE DE 2003 Y 2002
(En miles de pesos, excepto cuando se indique lo contrario)
- OPERACIONES Y RESUMEN DE LAS PRINCIPALES POLITICAS CONTABLES
Operaciones – Consorcio Lime Bogotá (el Consorcio) es una sociedad de hecho, constituida mediante acuerdo consorcial del 10 de agosto de 1994. Su objeto social principal es la prestación del servicio público de aseo urbano en sus componentes de recolección domiciliaria de basuras, barrido y limpieza de vías y áreas públicas y transporte de todos los desechos recolectados al lugar de disposición.
La principal fuente de ingresos del Consorcio la constituye la ejecución del contrato 020 suscrito el 10 de agosto de 1994 con la Alcaldía Mayor de Bogotá para la recolección de basuras y disposición para las zonas 2 y 7 (Fontibón, Engativá, Kennedy) del Distrito Capital de Bogotá, contrato que terminó su ejecución en septiembre 15 de 2003.
Políticas Contables – Los registros contables del Consorcio siguen las normas prescritas por los decretos 2649 de 1993 y la Resolución 1416 del 18 de abril de 1997 de la Superintendencia de Servicios Públicos y otras normas complementarias, algunas de las cuales se resumen a continuación:
- Unidad Monetaria – La unidad monetaria utilizada por el Consorcio es el peso colombiano.
- Reconocimiento de Ingresos – Son reconocidos y registrados con base en el recaudo efectivo y la proyección de los mismos, por concepto de servicios de recolección de basuras.
- Período Contable – El Consorcio tiene definido por estatutos efectuar un corte de sus cuentas, preparar y difundir estados financieros de propósito general una vez al año, al 31 de diciembre.
- Inversiones – Son registradas al costo.
- Diferidos –
Cargos Diferidos – Hasta el año 2002, se registró el impuesto de renta diferido generado por el efecto de las diferencias temporales entre los libros e impuestos, se amortiza en la medida que dichas diferencias se revierten.
- Otros Activos – Corresponde básicamente al costo ajustado por inflación de materiales, repuestos consumibles, llantas y neumáticos, los cuales son amortizados en la medida de su consumo.
- Propiedad, Planta y Equipo - Neto – Son registrados al costo ajustado por inflación y se deprecian con base en el método de línea recta sobre las vidas útiles estimadas generalmente aceptadas en Colombia, para efectos contables. Las tasas anuales de depreciación utilizadas son las siguientes: edificios 5%, maquinaria y equipo y muebles y enseres 10% y vehículos y equipo de cómputo 20% y adicionada en un 10% por efecto de la depreciación acelerada de turnos adicionales que trata el Artículo 140 del Estatuto Tributario. El Consorcio no estima ningún valor residual para sus activos por considerar que éste no es relativamente importante, siendo por tanto, depreciados en su totalidad. Los gastos de reparación y mantenimiento se cargan a resultados a medida en que se incurren.
- Obligaciones Laborales – El pasivo corresponde a las obligaciones que el Consorcio tiene por concepto de las prestaciones legales con sus empleados.
- Provisión para Impuesto de Renta – El Consorcio determina la provisión para impuesto sobre la renta con base en la utilidad gravable estimada a tasas especificadas en la ley de impuestos; además, registra como impuesto de renta diferido el efecto de las diferencias temporales entre libros e impuestos en el tratamiento de ciertas partidas, siempre que exista una expectativa razonable de que tales diferencias se revertirán.
- Ajustes por inflación – Los activos no monetarios y el patrimonio, con excepción del resultado del período se ajustan para reconocer los efectos de la inflación, utilizando porcentajes de ajuste determinados con base en la variación del índice de precios al consumidor (6,12% para el año 2003 y 7,03% para el año 2002). La corrección monetaria así determinada, es incluida en los resultados del período.
- Equivalentes de Efectivo – Para efectos de la presentación en el estado de flujos de efectivo, el Consorcio clasifica en el rubro de equivalentes de efectivo, inversiones con un vencimiento de tres meses o menos contados a partir de la fecha de su emisión inicial.
- Estimados Contables – La preparación de estados financieros, de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados, requiere que la Gerencia haga algunas estimaciones y asunciones que afectan los montos de activos, pasivos y los ingresos y gastos reportados durante el período.
- Cuentas de Orden – Incluyen derechos y responsabilidades contingentes y diferencias entre las cifras contables y fiscales.
- CONTRATO DE SERVICIOS DE ASEO URBANO
La principal fuente de ingresos del Consorcio Lime Bogotá la constituye la prestación de los servicios de aseo urbano a Bogotá, según contrato No. 020 suscrito el 10 de agosto de 1994 entre las sociedades Impsa de Colombia y Lime S.A., a nombre del Consorcio Lime Bogotá y la Alcaldía Mayor de Bogotá, representada por el Alcalde y cuyas principales características son las siguientes:
- Prestar el servicio de Aseo Urbano en las zonas 2 y 7 (Fontibón, Engativá, Kennedy).
- La remuneración del Consorcio está constituida por las sumas de dinero que resultan de aplicar los porcentajes según la zona que se trate (zona 2, 116,2%; zona 7, 99%), sobre los recaudos correspondientes a los pagos realizados por los usuarios residenciales, pequeños y grandes productores de residuos sólidos, de las tarifas del servicio de aseo urbano, más los intereses y recargos recibidos por el mismo concepto.
- El manejo operativo de la facturación y recaudo del servicio se encontraba a cargo de la ECSA LTDA.
- El término de vigencia de este contrato será de cinco (5) años y cuatro (4) meses es decir, hasta octubre 15 de 1999, contados a partir de la fecha de su firma por los representantes autorizados de las partes. En octubre 14 de 1999 se firmó con la Alcaldía Mayor de Bogotá la prórroga No. 01 ampliando el término del contrato por veinticuatro (24) meses; esto es, hasta octubre 14 del 2001. En dicha prórroga se estipula que el concesionario conviene en asumir de manera proporcional a sus retribuciones por concepto de servicio de Aseo la diferencia entre los gastos e ingresos totales de la ECSA por el término del mismo, para lo cual se compromete en convenir con los demás concesionarios del servicio de aseo de recolección, barrido y limpieza de vías y áreas públicas, los términos y condiciones en que se asumirá dicha diferencia. (Ver Nota 22). En octubre de 2001 se fijó un nuevo plazo para terminar la concesión hasta diciembre 31 de 2002 y en diciembre de 2002 se otorgó una última prórroga hasta el 30 de junio de 2003.
-
El 15 de julio de 2003, el Distrito Capital de Bogotá, a través de la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos – UESP, firmó con los nuevos operadores los contratos de concesión para la recolección, barrido y limpieza de vías y áreas públicas y corte de césped en áreas públicas y transporte de los residuos al sitio de disposición en las Áreas de Servicio Exclusivo – ASE’S – Nos. 1 al 5 del Distrito Capital de Bogotá, los cuales empezaron a operar en septiembre 15 de 2003. Posteriormente, se adjudicó el Area de Servicio exclusivo ASE’S No. 6 mediante Resolución 131 de agosto 13 de 2003 la cual empezó a operar en la misma fecha de los anteriores ASES’S.
-
NEGOCIO EN MARCHA
De acuerdo con la adjudicación y puesta en marcha de los nuevos contratos de concesión, mencionados en el párrafo sexto de la Nota 2 anterior, a partir del 15 de julio de 2003 el Consorcio da por terminado el contrato No. 020 suscrito el 10 de agosto de 1994 con la Alcaldía Mayor de Bogotá para la recolección de basuras y disposición para las zonas 2 y 7 (Fontibón, Engativa, Kennedy) del Distrito Capital de Bogotá y obviamente sus operaciones; sin embargo, se concedió un plazo adicional de dos meses; es decir, hasta septiembre 15 de 2003, para que los nuevos operadores empezaran la ejecución del nuevo convenio.
- INVERSIONES
| 2003 | 2002 | |
| Corto plazo: | ||
| Encargos Fiduciarios | $ 5.327 | |
| Largo plazo: | ||
| Bonos para la Paz | $ 13.064 | $ 13.064 |
- DEUDORES – CLIENTES
El 100% corresponde a saldo adeudado por ECSA Ltda., derivado de los recaudos de servicios por recolección de basuras.
- VINCULADOS ECONOMICOS
Durante los años terminados en 31 de diciembre de 2003 y 2002, el Consorcio celebró algunas transacciones con sus Consorciados. Un resumen es como sigue:
| 2003 | 2002 | |
| Limpieza Integral y Mantenimientos Especiales S.A. ESP: | ||
| Transferencias recibidas de ECSA Ltda. | $ 9.201.877 | $ 7.539.861 |
| Pagos y cargos por cuenta del Consorcio | (1.048.407) | (1.343.593) |
| Transferencias efectuadas | 98.331 | |
| Gasto por administración del proyecto | (1.311.878) | (2.647.503) |
| Compra de suministros | (557.172) | (580.549) |
| Gasto por alquiler de equipos | (573.252) | (641.002) |
| Gastos por Comisiones facturadas | (937.098) | |
| Gasto por administración Corabastos | (729.028) | (819.654) |
Los saldos resultantes de estas transacciones al 31 de diciembre son los siguientes:
| Deudores: | ||
| Limpieza Integral y Mantenimientos Especiales S.A. ESP | $ 7.368.041 | $ 3.423.646 |
- PRESTAMOS A PARTICULARES
Para el 2003 y 2002 el 83,67% y 90,88%, respectivamente, del rubro corresponden a préstamos otorgados a ECSA Ltda., los cuales tienen garantía personal.
| Préstamos a la ECSA Ltda. (1) | $ 4.972.748 | $ 2.809.179 |
| Provisión | (4.972.748) | (2.809.179) |
| Subtotal ECSA Ltda. | 0 | 0 |
| Limpieza Metropolitana S.A. E.S.P. | 969.294 | |
| Fiduandino | 408 | |
| Granja Imbalu | 560 | |
| Salud Colmena Medicina Prepagada | _____________ | 1.366 |
| Total | $ 969.854 | $ 1.774 |
(1) A partir del 1 de enero de 2000 por decisión de las partes, de acuerdo con lo consagrado en la prórroga No.01 al contrato No.020 celebrado con la Alcaldía Mayor de Bogotá, no se pactaron intereses sobre los préstamos efectuados, ya que en esencia dichos recursos se tomarán para subsidiar el déficit de ECSA Ltda.
- DEUDORES - VARIOS
| 2003 | 2002 | |
| Anticipo de impuestos | $ 697.937 | |
| Anticipos y avances (1) | $ 19.537 | 684.069 |
| Total | $ 19.537 | $ 1.382.006 |
-
- Para 2002, incluye principalmente anticipos entregados durante el año a las compañías Celpro Ltda. y Elaci S.A. por $200.000 y $424.677, respectivamente, por un total de $624.677, para la compra de repuestos y fabricación de cajas compactadoras de basura, los cuales fueron legalizados, en el año 2003.
-
DIFERIDOS
| Impuesto de renta diferido | $ 423.983 | |
- OTROS ACTIVOS
| Materiales y repuestos | $ 185.241 | $ 288.510 |
| Consumibles | 6.511 | 26.305 |
| Llantas y neumáticos | 2.984 | 4.869 |
| Otros | 4.042 | 46.727 |
| Total | $ 198.778 | $ 366.411 |
- PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO - NETO
| Terrenos (1) | $ 6.918.600 | $ 6.519.419 |
| Edificaciones (1) | 3.032.848 | 2.857.863 |
| Maquinaria | 394.884 | 368.743 |
| Equipo de oficina | 347.170 | 324.730 |
| Equipo de cómputo | 573.910 | 596.307 |
| Flota de transporte (1) | 1.152.389 | 4.116.833 |
| Subtotal | 12.419.801 | 14.783.895 |
| Depreciación acumulada | (1.482.933) | (4.044.452) |
| Provisión | (31.160) | (31.161) |
| Total | $ 10.905.708 | $ 10.708.282 |
- Estos activos se encuentran garantizando obligaciones. (Ver Nota 12).
- OBLIGACIONES FINANCIERAS
| Entidad | Vencimiento | Tasa | 2003 | 2002 |
| Sobregiros bancarios: | ||||
| Banco Tequendama | Enero 2003 | $ 108.686 | ||
| Banco de Crédito | Enero 2004 | $ 218.572 | ||
| Bancolombia | Enero 2004 | 16.067 | ______ | |
| 234.640 | 108.686 | |||
| Pagares: | ||||
| Banco Tequendama | Marzo16/04 | 11% | 1.203.430 | $ 50.000 |
| Banco de Crédito | Abril 21/04 | DTF+4.25% | 666.667 | |
| Banco de Occidente | Sept. 30/04 | 12.5% | 900.000 | |
| Corficolombiana | Enero 17/04 | 13% | 499.639 | 500.000 |
| Leasing de Crédito | Febrero 28/05 | DTF + 7,0 | 2.289.006 | 3.341.187 |
| IFI Leasing | Febrero 28/05 | DTF + 7,0 | 1.217.322 | 1.797.411 |
| Total pagarés | 6.776.064 | 6.188.598 | ||
| Total obligaciones financieras | 7.010.704 | 6.297.284 | ||
| Menos parte corriente | 5.960.043 | 3.162.286 | ||
| Largo plazo | $ 1.050.661 | $ 3.134.998 |
El vencimiento de las obligaciones a largo plazo en el año 2005, corresponde a:
| Leasing de Crédito | $ 660.412 |
| IFI Leasing | 390.249 |
| $ 1.050.661 |
Garantías Otorgadas – Se otorgó garantía real, es decir, los mismos vehículos, los terrenos y las edificaciones.
Contratos en Leasing Financiero – Las condiciones de los contratos suscritos bajo esta modalidad al 31 de diciembre de 2003, son los siguientes:
| Entidad | No. contrato | Plazo | No. cuotas pendientes a Dic. 31/03 | Valor | Opción de Compra |
| Leasing de Crédito | 3438 | 60 meses | 16 | $ 2.289.006 | $ 304.172 |
| IFI Leasing | 37601 | 48 meses | 16 | 1.217.322 | 260.000 |
- CUENTAS POR PAGAR
| 2003 | 2002 | |
| Comisiones, honorarios y servicios | $ 481.176 | $ 425.378 |
| Seguros | 939 | 2.454 |
| Aportes a la seguridad social | 21.666 | 15.898 |
| Aportes parafiscales | 7.596 | 5.190 |
| Retención en la fuente e impuesto de timbre e ica | 1.038.319 | 636.450 |
| Otros | 702.196 | 83.760 |
| Total | $ 2.251.892 | $ 1.169.130 |
- IMPUESTOS, GRAVAMENES Y TASAS
Sobre la Renta – Las declaraciones de renta del Consorcio han sido revisadas por las autoridades fiscales o el término para que dicha revisión se efectúe, ha expirado para todas las declaraciones hasta el año 2000.
Para los años gravables de 2003 y 2002 el Consorcio calculó la provisión para el impuesto sobre la renta tomando como base la renta líquida gravable a la tarifa del 35%, más una sobretasa equivalente al 10% del impuesto neto de renta, para una tarifa efectiva del 38,5%, la cual tiene en consideración algunos ajustes a la utilidad comercial.
Además, se han tomado como gastos contables ciertas provisiones no deducibles para efectos fiscales. Para reflejar el efecto en impuesto de renta de estas diferencias entre la utilidad fiscal y comercial, para 2002 se registró el correspondiente impuesto de renta diferido a la tarifa del 38,5%. Para 2003, de acuerdo con lo mencionado en la Nota 3 de negocio en marcha, no se registró impuesto diferido; toda vez, que no existe una expectativa razonable de que tales diferencias se revertirán.
| Provisión de industria y comercio | $ 77.917 | |
| Provisión para otras obligaciones fiscales | 28.817 | |
| Provisión para costos y gastos | 994.519 | |
| Total | $ 1.101.253 |
Las principales partidas conciliatorias entre la utilidad antes de impuestos y la renta líquida gravable son las siguientes:
| Utilidad antes de impuestos | $ 4.065.556 | $ 3.603.008 |
| Mas: | ||
| Gastos y provisiones no deducibles | 1.901.950 | 2.100.700 |
| Menos: | ||
| Ingresos no constitutivos de renta | (270.012) | (1.621.501) |
| Total renta gravable | $ 5.697.494 | $ 4.082.207 |
Las principales partidas conciliatorias entre el patrimonio contable y fiscal son las siguientes:
| 2003 | 2002 | |
| Patrimonio contable | $ 7.312.102 | $ 5.525.738 |
| Mas: | ||
| Provisiones no aceptadas | 1.631.938 | 1.101.253 |
| Patrimonio líquido fiscal | $ 8.944.040 | $ 6.626.991 |
Las principales partidas conciliatorias entre la corrección monetaria fiscal y contable son las siguientes:
| Corrección monetaria contable | $ 352.556 | $ 484.400 |
| Menos: | ||
| Ajustes fiscales en las siguientes partidas: | ||
| Patrimonio | (153.321) | (158.495) |
| Corrección monetaria fiscal | $ 199.235 | $ 325.905 |
El detalle de la cuenta impuestos, gravámenes y tasas es el siguiente:
| Renta y complementarios año 2003 | $ 848.599 | |
| Renta y complementarios año 2002 | 517.894 | $ 1.428.773 |
| Otros impuestos e intereses por pagar | 306.392 | |
| Impuesto Seguridad Democrática | 56.782 | |
| Total | $ 1.672.885 | $ 1.485.555 |
Para 2003 la provisión para impuesto de renta se presenta neta con la cuenta de anticipo de impuestos y contribuciones, en razón a que la provisión de renta fue superior a los anticipos tributarios y las retenciones.
- PASIVOS ESTIMADOS Y PROVISIONES
| Para obligaciones fiscales | $ 106.734 | |
| Para costos y gastos | $ 1.276.981 | 994.519 |
| Total | $ 1.276.981 | $ 1.101.253 |
- PATRIMONIO
Capital Social – El aporte de los consorciados por $150 millones se distribuye así: Impsa de Colombia $120 millones equivalente al 80% y Limpieza Integral y Mantenimientos Especiales S.A. $30 millones equivalente al 20%.
Revalorización del Patrimonio – La revalorización del patrimonio refleja el efecto sobre el patrimonio originado por la pérdida del poder adquisitivo de la moneda. Su saldo solo puede distribuirse como utilidad cuando el ente se liquide. También podrá capitalizarse de conformidad con normas legales.
- GASTOS OPERACIONALES – ADMINISTRACION
| 2003 | 2002 | |
| Servicios personales | $ 3.512.867 | $ 2.820.598 |
| Servicios generales | 6.550.971 | 7.976.888 |
| Provisiones, depreciaciones y amortizaciones | 413.625 | 462.848 |
| Total | $ 10.477.463 | $ 11.260.334 |
- INGRESOS NO OPERACIONALES
| Financieros | $ 1.363 | $ 9.156 |
| Extraordinarios | 155.273 | 88.486 |
| Ejercicios anteriores (1) | 20.162 | 372.029 |
| Total | $ 176.798 | $ 469.671 |
(1) Para el año 2002 se incluyen $200.818 correspondientes a la reversión de mayores provisiones efectuadas de honorarios para asistencia técnica del exterior y contribución a la Superintendencia de Servicios Públicos y Comisión de Regulación de Agua Potable, y la reversión por mayor valor de la depreciación de activos fijos del año 2001 por $79.537.
- GASTOS NO OPERACIONALES
| Extraordinarios (1) | $ 2.857.312 | $ 3.410.047 |
| Gastos de ejercicios anteriores | 4.789 | 155.359 |
| Total | $ 2.862.101 | $ 3.565.406 |
(1) Por efectos de la prórroga No. 01 del 14 de octubre de 1999, sobre el contrato No. 020 celebrado entre las sociedades Impsa de Colombia y Limpieza Integral y Mantenimientos Especiales S.A., a nombre del Consorcio Lime Bogotá y la Alcaldía Mayor de Bogotá, el Consorcio aprovisionó por los años 2003 y 2002 la suma de $2.163.569 y $3.111.242 respectivamente, relativos a los préstamos otorgados a la ECSA Ltda. durante esos años, para efectos de cubrir el déficit de esa Entidad, e incluidos dentro de los gastos extraordinarios.
- CORRECCION MONETARIA - NETA
El sistema de ajustes integrales por inflación para efectos contables, se basa y aplica sobre las cifras y valores que deben figurar en la contabilidad, de acuerdo con la técnica contable.
Los principales efectos de esta norma sobre las cuentas afectadas de los estados financieros se detallan así:
| 2003 | 2002 | |
| Propiedad, planta y equipo – neto | $ 690.546 | $ 703.814 |
| Otros activos | 336 | 1.771 |
| Revalorización del patrimonio | (338.326) | (221.185) |
| Total | $ 352.556 | $ 484.400 |
- CUENTAS DE ORDEN
| Deudoras: | ||
| Deudoras de control: | ||
| Propiedades, planta y equipo totalmente depreciados y amortizados: | ||
| Maquinaria y equipo | $ 1.040 | $ 991 |
| Muebles y enseres | 12.886 | 1.175 |
| Equipo de cómputo | 147.987 | 61.363 |
| Equipo de transporte | 3.087.452 | 1.837.283 |
| Intangibles | 226.433 | 192.580 |
| Ajustes por inflación | 151.214 | 786.487 |
| Subtotal | 3.627.012 | 2.879.879 |
| Ajustes por inflación: | ||
| Otros activos | 55.530 | 55.530 |
| Propiedad planta y equipo | 1.651.257 | 1.651.257 |
| Intangibles | 29.496 | 29.496 |
| Cargos diferidos | 148.292 | 148.292 |
| Subtotal | 1.884.575 | 1.884.575 |
| Total deudoras | $ 5.511.587 | $ 4.764.454 |
| Acreedoras: | ||
| Acreedoras de control: | ||
| Bienes recibidos en arrendamiento financiero Leasing Occidente | 98.482 | |
| Mercancía recibida en consignación | 17.245 | 53.348 |
| Ajustes por inflación: | ||
| Capital social | 294.197 | 294.197 |
| Resultados de ejercicios anteriores | 774.587 | 774.587 |
| Subtotal | 1.068.784 | 1.068.784 |
| Total acreedoras | $ 1.086.029 | $ 1.220.614 |
- COMPROMISOS
Como se menciona en la Nota 2 a los estados financieros, de acuerdo con la prórroga No. 01, los concesionarios se comprometieron a convertir los términos y condiciones para asumir de manera proporcional a sus retribuciones, el déficit de la ECSA Ltda. por el término de la prórroga; es decir, dos años. No obstante el haberse terminado el 15 de septiembre de 2003 el contrato No. 020, a la fecha no se ha determinado el déficit total de dicha entidad, razón por la cual el Consorcio no ha establecido el monto total que debe asumir de acuerdo con su participación final en los ingresos totales.
- ASUNTOS DE IMPORTANCIA
Reforma Tributaria – En diciembre 29 de 2003 se suscribió la Ley 863 como reforma tributaria, cuya aplicación comienza a partir de enero 1 de 2004. Un detalle de las principales reformas son las siguientes:
-
- Se amplía la vigencia del Impuesto al Patrimonio por los años gravables 2004, 2005 y 2006 estableciendo una tasa equivalente al 0,3% de la base gravable determinada, para patrimonios superiores a $3.000.000. Es un impuesto no deducible de renta.
- Por los años gravables 2004, 2005 y 2006, se crea una sobretasa de renta equivalente al 10% del impuesto neto de renta determinado por cada año gravable. Esto se traduce en que el impuesto de renta pasará temporalmente del 35% al 38.5%
- Se adiciona reglamentación respecto al gravámen a los movimientos financieros (GMF); en el sentido que se aprobó el aumento en un punto al GMF, por lo cual pasará del tres al cuatro por mil, éste tendrá vigencia hasta el año 2007. A partir del 1º de enero de 2008 regresará al tres por mil; además las nuevas normas reformarán temas relativos al impuesto al valor agregado (IVA), determinación de la tasa de interés moratorio y deducción de costos y gastos, principalmente.