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IMPSA S.A. — Audit Report / Information 2002
Apr 14, 2003
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Estados Financieros por los Años Terminados
el 31 de Diciembre de 2002 y 2001 e Informe de
los Auditores Independientes
INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES
A los Consorciados del
CONSORCIO LIME CARTAGENA
Cartagena de Indias, Colombia
- Hemos auditado los balances generales del Consorcio Lime Cartagena (El Consorcio) al 31 de diciembre de 2002 y 2001 y los correspondientes estados de resultados, de cambios en el patrimonio, de cambios en la situación financiera y de flujos de efectivo por los años terminados en esas fechas. Estos estados financieros son responsabilidad del la Administración del Consorcio. Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre estos estados financieros basados en nuestras auditorías.
- Excepto por lo mencionado en el párrafo 3 siguiente, nuestras auditorías se realizaron de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Colombia. Tales normas requieren que planeemos y ejecutemos la auditoría para obtener una seguridad razonable de que los estados financieros no contienen errores materiales. Una auditoría de estados financieros incluye, entre otros procedimientos, el examen, sobre una base selectiva, de la evidencia que respalde las cifras y las revelaciones en los estados financieros. Además, incluye evaluar los principios de contabilidad utilizados y las estimaciones contables significativas hechas por la administración, así como evaluar la presentación general de los estados financieros. Creemos que nuestras auditorías proporcionan una base razonable para expresar nuestra opinión.
- Como se amplia en la Nota 3 a los estados financieros, el proceso de facturación, así como el de reparto y recaudo de las facturas de energía, que incluye el servicio de aseo y recolección de basuras, le fue asignado a la Electrificadora de la Costa Atlántica S.A. E.S.P., Electrocosta S.A. E.S.P., sin que el Consorcio tenga el control de este proceso. Debido a lo anterior, no pudimos satisfacernos mediante el desarrollo de procedimientos regulares u otros procedimientos de auditoría, de la razonabilidad de las cifras registradas por el Consorcio como venta de servicios, ni de las correspondientes cuentas por cobrar, en cuanto a si la base para registrar dichas cifras son las apropiadas.
- Como se explica en la Nota 3 a los estados financieros, el Consorcio toma como base para registrar las ventas por servicios, el porcentaje asignado sobre los recaudos efectivos mensuales de cartera realizados por Electrocosta S.A. E.S.P., no aplicándose, en nuestra opinión, el sistema de causación, en cuanto a la prestación del servicio de aseo y recolección de basuras sin que sea posible estimar con razonable certeza el efecto sobre los estados financieros de esta desviación contable.
- Como se detalla en la Nota 7 a los estados financieros, al 31 de diciembre de 2002 el Consorcio no efectuó un avalúo técnico de su flota de equipo y transporte, para ajustar dichos activos a su valor de realización, valor actual o valor presente, el más apropiado en las circunstancias, de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia.
- En nuestra opinión, excepto por los ajustes, de haberlos, derivados de los ingresos y las cuentas por cobrar como se describió en el párrafo 3 anterior, y excepto por el efecto de las desviaciones contables descritas en los párrafos 4 y 5 anteriores, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos sus aspectos materiales, la situación financiera de Consorcio Lime Cartagena al 31 de diciembre de 2002 y 2001, el resultado de sus operaciones, los cambios en el patrimonio, los cambios en su situación financiera y sus flujos de efectivo por los años terminados en esas fechas, de conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia, aplicados uniformemente.
- Como se comenta en la Nota 2 a los estados financieros, por el año 2002 y 2001 el Consorcio presenta pérdidas de ejercicios anteriores, pérdida neta y déficit en el patrimonio, disminuyéndolo por debajo del 50% del capital social y colocando al Consorcio en causal de disolución técnica de acuerdo con las normas del código de comercio. Además, para el año 2002 el capital de trabajo se ve disminuido y en el año 2001 el flujo de efectivo por actividades de operación fue deficitario. Adicionalmente, en marzo de 1999 terminó el contrato suscrito para la prestación del servicio de aseo urbano entre IMPSA y LIME S.A. con el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias. A partir de esa fecha, se celebraron adiciones y prórrogas ejecutándose la última de ellas el 30 de abril de 2001 ampliando el plazo hasta el día anterior a la fecha en que se inicie la ejecución de los contratos que resulten de los procesos licitatorios de la prestación del servicio de aseo; situación que crea expectativa sobre la continuidad del Consorcio como empresa en marcha. Los planes y acciones adelantadas por la Gerencia sobre estos temas, se mencionan también en la Nota 2.
DELOITTE & TOUCHE
10 de febrero de 2003
- OPERACIONES Y RESUMEN DE LAS PRINCIPALES POLITICAS CONTABLES
Operaciones – Consorcio Lime Cartagena (El Consorcio) es una sociedad de hecho, constituida bajo Convenio Consorcial suscrito el 9 de junio de 1993 por INDUSTRIAS METALURGICA PESCARMONA S.A., I.C.Y.F. Y LIMPIEZA INTEGRAL Y MANTENIMIENTOS ESPECIALES S.A. “ LIME S.A.”, con una duración de cinco años y seis meses, a partir de la fecha de perfeccionamiento, 2 de noviembre de 1993. A partir de esta fecha se han presentado adiciones y prórrogas sucesivas; la última de ellas firmada el 30 de abril de 2001 en donde se amplió el contrato hasta el día anterior a la fecha en que se inicie la ejecución de los contratos que resulten de los procesos licitatorios de la prestación del servicio se aseo. Las demás cláusulas del contrato principal y de los acuerdos modificados que en él se hacen parte, que no sean contrarias con la presente adición, continúan vigentes.
El objeto social principal del Consorcio consiste en prestar el servicio de recolección, barrido, transporte y disposición final de residuos sólidos en el relleno sanitario en algunas zonas específicas del Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias.
El Consorcio Lime Cartagena, prestó el servicio de disposición final de basuras, hasta el día 21 de agosto de 2001, fecha en la cual entregó el Relleno Sanitario al Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias, por agotamiento de su vida útil. A mediados del año 2002, el Consorcio finalizó el proceso de clausura del mismo.
Políticas contables - Los registros contables del Consorcio siguen las normas prescritas por el Decreto 2649 de 1993 y la Resolución número 1416 del 18 de abril de 1997, de la Superintendencia de Servicios Públicos y otras normas complementarias. Algunas de las políticas se resumen a continuación:
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- Unidad Monetaria - La unidad monetaria utilizada por el Consorcio es el peso colombiano.
2. Reconocimiento de Ingresos – De acuerdo con el contrato celebrado con el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias en su cláusula décima cuarta, modificada según Acuerdo Modificatorio de fecha 13 de octubre de 1997, los ingresos del Consorcio son reconocidos y registrados con base en la recaudación mensual que realiza Eléctrocosta S.A. E.S.P. por el cobro tarifario a los usuarios beneficiarios del servicio de aseo.
3. Período Contable – El consorcio tiene definido por estatutos efectuar un corte de sus cuentas, preparar y difundir estados financieros de propósito general una vez al año, al 31 de diciembre.
4. Inventarios - Son valorizados al costo que no excede el valor de reposición o venta en el mercado. El método de valuación utilizado es el promedio.
5. Diferidos:
- Unidad Monetaria - La unidad monetaria utilizada por el Consorcio es el peso colombiano.
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- Gastos Pagados por Anticipado -Son principalmente primas de seguros, las cuales son amortizados de acuerdo con la vigencia de las respectivas pólizas.
- Cargos Diferidos Corto Plazo – Comprenden los costos incurridos en la adecuación de un nuevo relleno sanitario en el corregimiento de Pasacaballos – Cartagena, los cuales se amortizaron durante el año 2002 y los desembolsos incurridos en las dotaciones a trabajadores, los cuales son amortizados de acuerdo con su período de utilización, aproximadamente de 3 meses.
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- Propiedad, Planta y Equipo – Neto -Son registrados al costo ajustado por inflación y se deprecian por el método de línea recta con base en sus vidas útiles estimadas generalmente aceptadas en Colombia, para efectos contables. Las tasas anuales de depreciación utilizadas son: muebles y enseres 10%, flota y equipo de transporte 20%, equipos de computación y comunicación 20%, herramientas, las cuales, de acuerdo con su utilización y vida estimada se deprecian entre doce (12) y veinticuatro (24) meses. El Consorcio no estima ningún valor residual para sus activos por considerar que éste no es relativamente importante, siendo por lo tanto, depreciados en su totalidad. Los gastos de reparación y mantenimiento se cargan a resultados a medida en que se incurren.
2. Obligaciones Laborales - El pasivo corresponde a las obligaciones que el Consorcio tienepor concepto de las prestaciones legales con sus empleados.
3. Provisión para Impuesto de Renta - El Consorcio determina la provisión para impuesto sobre la renta con base en la utilidad gravable estimada o renta presuntiva a tasas especificadas en la ley de impuestos.
4. Ajustes por Inflación – Los activos y pasivos no monetarios, con excepción de los inventarios y el patrimonio, con excepción del resultado del ejercicio corriente, se ajustan para reconocer los efecto de la inflación, utilizando porcentajes de ajustes determinados con base en la variación del índice de precios al consumidor (7.03% para el año 2002 y 7.76% para el año 2001). La corrección monetaria así determinada, es incluida en los resultados del periodo.
5. Estimados Contables – La preparación de estados financieros, de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados, requiere que la Gerencia haga algunas estimaciones y asunciones que afectan los montos reportados de activos, pasivos y los montos de ingresos y gastos reportados durante el período de reporte.
6. Cuentas de Orden – Incluyen derechos y responsabilidades contingentes y diferencias entre las cifras contables y fiscales.
7. Reclasificaciones – Algunas cifras de los estados financieros de 2001 fueron reclasificadas para fines comparativos, y se presentan bajo las denominaciones de las cuentas señaladas en el Plan Unico de Cuentas.
- Propiedad, Planta y Equipo – Neto -Son registrados al costo ajustado por inflación y se deprecian por el método de línea recta con base en sus vidas útiles estimadas generalmente aceptadas en Colombia, para efectos contables. Las tasas anuales de depreciación utilizadas son: muebles y enseres 10%, flota y equipo de transporte 20%, equipos de computación y comunicación 20%, herramientas, las cuales, de acuerdo con su utilización y vida estimada se deprecian entre doce (12) y veinticuatro (24) meses. El Consorcio no estima ningún valor residual para sus activos por considerar que éste no es relativamente importante, siendo por lo tanto, depreciados en su totalidad. Los gastos de reparación y mantenimiento se cargan a resultados a medida en que se incurren.
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EMPRESA EN MARCHA
El Consorcio presenta al 31 de diciembre de 2002 una disminución en el capital de trabajo en $262.388; por el año terminado al 31 de diciembre de 2001 flujos de caja negativos en sus actividades de operación en $222.082. Además, por los años terminados al 31 de diciembre de 2002 y 2001 presenta pérdidas de ejercicios anteriores de $1.344.302 y $1.132.321, pérdida operacional de $10.761 y 202.565 y pérdida neta de $24.572 y $211.981.
A partir de julio de 2000 los ingresos operacionales del Consorcio presentaron una baja a consecuencia de la disminución de la facturación (aproximadamente del 9% de usuarios) por depuración del número de usuarios en el sistema, debido al proceso de implementación de un nuevo software por parte de Eléctrocosta S.A. E.S.P., disminuyendo los recaudos en 25% promedio e incrementando el costo del procesamiento de la facturación en un 300% aproximadamente.
Adicionalmente, el Contrato entre el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias y las sociedades IMPSA y LIME S.A. suscrito el día 2 de noviembre de 1993, terminó el 2 de marzo de 1999, fecha a partir de la cual se han presentado adiciones y prórrogas sucesivas. La última de ellas firmada el 30 de abril de 2001 ampliando el plazo hasta el día anterior a la fecha en que se inicie la ejecución de los contratos que resulten de los procesos licitatorios de la prestación del servicio de aseo, situación que crea expectativa sobre la continuidad del Consorcio como Empresa en marcha.
Dada la actual coyuntura, la gerencia general de Lime S.A. E.S.P., en su calidad de empresa miembro y líder del Consorcio Lime Cartagena, está evaluando la posibilidad de iniciar acciones legales tendientes a intentar solucionar la situación financiera y por ende operativa del Consorcio.
Con respecto a la continuidad, la intención del Consorcio es solucionar el tema del recaudo para poder seguir desarrollando el objeto del contrato y, si es del caso, participar en futuros concursos o convocatorias, que puedan garantizar la permanencia en el Distrito Turístico y Cultural.
Con el propósito de mejorar la situación financiera, el Consorcio mantendrá el programa de disminución de costos, iniciado desde el año 1999 y continuará con la aplicación de las siguientes estrategias:
- Desarrollo de varios programas en el área comercial, como son: la incorporación al sistema de nuevos usuarios Grandes Generadores; reclasificación de usuarios que producen más de 1 m3 de residuos sólidos, los cuales pasan a ser Grandes Generadores, y hacer gestión administrativa ante las autoridades Distritales para la presentación y aplicación de nuevas tarifas del servicio de aseo en la ciudad de Cartagena y ante la Comisión de Regulación de Agua Potable (CRAP), las que han estado rezagadas durante diez (10) años.
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Obtención de ingresos adicionales mediante la contratación directa para prestar el Servicio de Aseo en áreas particulares, sector industrial y aledañas a la ciudad y/o a usuarios que lo soliciten.
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DEUDORES CLIENTES
| 2002 | 2001 | |
| Clientes Servicio de Aseo | ||
| Alcaldía de Cartagena (1) | $ 847.478 | $ 1.281.853 |
| Otros clientes facturados directamente por el Consorcio | 48.077 | 54.228 |
| Total | $ 895.555 | $ 1.336.081 |
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- El saldo está generado por la principal fuente de ingresos del Consorcio; es decir, la prestación del Servicio de Aseo Urbano al Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias según contrato suscrito entre las Sociedades IMPSA y LIME S.A. E.S.P. (Consorcio Lime Cartagena) y la Alcaldía Mayor del Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias representada por el Alcalde.
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El contrato de servicio de aseo urbano con sus bases modificatorias de fecha 13 de octubre de 1997 establece: ”Como retribución por la prestación del Servicio de Aseo Urbano, el CONTRATISTA, a partir del 1 de septiembre de 1997, recibirá el cincuenta y ocho por ciento (58%) de la recaudación mensual que haga la ELECTRIFICADORA DE BOLIVAR S.A., E.S.P., o quien haga sus veces, por concepto del cobro tarifario a los Usuarios beneficiarios del Servicio de Aseo Urbano”. A partir de agosto de 2001, dicho porcentaje se reduce al 49.88% debido a la culminación y entrega del proyecto del Relleno Sanitario al Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias, razón por la cual el Consorcio ordena a la Fiduciaria de Occidente trasladar al Distrito el 14% de sus ingresos. Igualmente, el Consorcio Lime Cartagena conservará el derecho a recuperar la cartera derivada de dicha prestación.
El saldo al 31 de diciembre de 2002 incluye valores pendientes de recaudo de mayo, noviembre y diciembre, y la factura de venta No.117 de fecha 29 de diciembre de 1998, por concepto de Reclamación Jurídica de descuentos improcedentes efectuados por la Alcaldía de Cartagena de Indias; mientras que al cierre del año anterior, además de la factura No.117, se encontraban pendientes valores de los recaudos de octubre, noviembre y diciembre.
Con base en el anterior sistema de recaudo, Electrocosta S.A. E.S.P. factura y recauda el servicio de aseo. El Consorcio Lime no está facultado para ejercer un control directo sobre estas dos actividades.
- DEUDORES VARIOS
| 2002 | 2001 | |
| Avances y anticipos | $ 1.537 | $ 2.566 |
| Otros deudores – Alcaldía | 59.800 | 59.800 |
| Varios | 12.258 | 6.725 |
| Total | $ 73.595 | $ 69.091 |
- INVENTARIOS
| Materiales y repuestos | $ 48.927 | $ 66.033 |
| Consumibles | 10.665 | 6.160 |
| Dotaciones | 21.559 | 4.254 |
| Otros | 7.465 | 1.360 |
| Total | $ 88.616 | $ 77.807 |
- DIFERIDOS
| Gastos pagados por anticipado | $ 3.251 | |
| Cargos diferidos: | ||
| Proyecto Relleno Sanitario Loma de los Cocos (1) | $ 143.595 | |
| Dotación a trabajadores | ____________ | 7.460 |
| Total | $ 3.251 | $ 151.055 |
- Corresponde a las Inversiones efectuadas en el proyecto del Relleno Sanitario Loma de los Cocos (ubicado en el corregimiento de Pasacaballos), los cuales fueron amortizados durante el año 2002, debido a que el Consorcio no concursó en la licitación pública que convocó el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias, para adjudicar el manejo de la disposición final de residuos sólidos.
- PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO – NETO
| Muebles y enseres | $ 77.949 | $ 76.296 |
| Equipos de computación y comunicación | 144.043 | 113.022 |
| Herramientas | 74.751 | 63.891 |
| Flota y equipo de transporte | 592.276 | 483.810 |
| Ajustes por inflación | 350.084 | 291.251 |
| Subtotal | 1.239.103 | 1.028.270 |
| Depreciación acumulada | (879.288) | (700.477) |
| Total | $ 359.815 | $ 327.793 |
- VINCULADOS ECONOMICOS
Durante el período terminado en 31 de diciembre de 2002 y 2001, el Consorcio celebró algunas transacciones con Limpieza Integral y Mantenimientos Especiales S.A. - LIME S.A. E.S.P. (Consorciado). Un resumen es como sigue:
| 2002 | 2001 | |
| Honorarios pagados por administración del Proyecto | $ 580.823 | $ 749.306 |
| Compras de suministros a Lime S.A. E.S.P. | 61.277 | 53.759 |
| Pagos efectuados por Lime S.A. E.S.P. a nombre del Consorcio | 240.880 | 411.308 |
| Transferencia de fondos de Lime S.A. E.S.P. al Consorcio | 170.000 | 2.142.000 |
| Transferencia de fondos del Consorcio a Lime S.A. E.S.P. | 1.578.421 | 2.644.117 |
El saldo acreedor resultante de estas transacciones al 31 de diciembre de 2002 y 2001 es el siguiente:
| Lime S.A. E.S.P. | $ 805.310 | $ 1.454.102 |
Aproximadamente el 12% de la flota vehicular que soporta la operación del Consorcio ha sido provista por Limpieza Integral y Mantenimientos Especiales S.A. - LIME S.A. E.S.P.
- PROVEEDORES NACIONALES
| Consumibles | $ 9.581 | $ 6.661 |
| Combustibles | 82.530 | 74.755 |
| Temporales | 630.588 | 255.178 |
| Repuestos | 58.003 | 52.522 |
| Otros | 78.602 | 25.073 |
| Total | $ 859.304 | $ 414.189 |
- CONTRATISTAS
| Operación Relleno Sanitario - Cicón S.A. | $ | $ 99.186 |
| Total | $ . | $ 99.186 |
- OTRAS CUENTAS POR PAGAR
| Acreedores varios | $ 36.608 | $ 39.841 |
| Retención en la fuente | 38.541 | 29.968 |
| Varios | 6.170 | 3.834 |
| Total | $ 81.319 | $ 73.643 |
- IMPUESTOS, GRAVAMENES Y TASAS
Sobre la Renta – Las declaraciones de renta del Consorcio han sido revisadas por las autoridades fiscales o el término para que dicha revisión se efectúe, ha expirado para todas las declaraciones hasta el año de 1999.
Para los años 2002 y 2001, el Consorcio no calculó provisión para el impuesto sobre la renta debido a las pérdidas acumuladas hasta la fecha y a que el patrimonio líquido del año anterior es negativo.
El detalle de la cuenta de anticipo de impuestos es el siguiente:
| 2002 | 2001 | |
| Retenciones en la fuente | $ 3.043 | $ 3.807 |
| Impuesto a las ventas | 17.762 | 17.762 |
| Impuesto de industria y comercio | 55.988 | 672 |
| Anticipo de impuesto sobre la renta | 8.736 | |
| Saldo a favor en declaración de renta | 12.582 | |
| Anticipo contribución especial | ____________ | 1.660 |
| Total | $ 89.375 | $ 32.637 |
Las principales partidas conciliatorias entre la pérdida antes de impuestos y la pérdida líquida son las siguientes:
| Pérdida antes de impuestos | $ (24.572) | $ (211.981) |
| MAS: | ||
| Gastos y provisiones no deducibles | 100.523 | 64.764 |
| MENOS: | ||
| Pago anticipo impuesto de industria y comercio – vigencia 2003 | (55.985) | ____________ |
| Total utilidad (pérdida) líquida | $ 19.966 | $ (147.217) |
Las principales partidas conciliatorias entre patrimonio contable y fiscal son las siguientes:
| Patrimonio contable | $ (67.632) | $ (40.525) |
| MENOS: | ||
| Activo no aceptados fiscalmente | 89.375 | 32.636 |
| Patrimonio líquido fiscal | $ (157.007) | $ (73.161) |
Impuesto para Preservar la Seguridad Democrática – Determinado con base en el patrimonio líquido del Consorcio al 31 de agosto de 2002 a la tarifa del 1.2%, de acuerdo con los términos de la Ley.
- PATRIMONIO
Capital *Social* - El capital social del Consorcio está conformado por el aporte de los Consorciados, los cuales fueron cancelados en su totalidad. El aporte de IMPSA fue cancelado por intermedio de su sucursal en Colombia. La composición del capital es la siguiente:
| 2002 | 2001 | |
| Impsa de Colombia | $ 360.000 | $ 360.000 |
| Lime S.A. – E.S.P. | 240.000 | 240.000 |
| Total | $ 600.000 | $ 600.000 |
Revalorización del Patrimonio-Corresponde al ajuste por inflación del patrimonio. Este valor no podrá distribuirse como utilidad a los Consorciados hasta tanto se liquide el Consorcio o se capitalice tal valor, de conformidad con el artículo 36-3 del Estatuto Tributario.
- CUENTAS DE ORDEN
| Deudoras: | ||
| Bienes recibidos en arrendamiento financiero: | ||
| Maquinaria y equipo (1) | $ 64.737 | |
| Pérdidas fiscales por amortizar | $ 1.367.598 | 1.208.825 |
| Total | $ 1.367.598 | $ 1.273.562 |
- Incluye los arrendamientos operativos de camiones, contenedores, winches etc., con opción de compra, en general del 10% del valor del leasing; las cuales vencieron en los meses de febrero y marzo de 2002
- INGRESOS NETOS OPERACIONALES
| Contrato de aseo Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias (1) | $ 7.113.295 | $ 7.617.790 |
| Otros ingresos operacionales | 107.023 | 127.645 |
| Total | $ 7.220.318 | $ 7.745.435 |
- El día 21 de agosto de 2001 el Consorcio terminó la operación del Relleno Sanitario por culminación y agotamiento del proyecto, lo que significa que posterior a esta fecha, el 100% de los ingresos son generados por la prestación del servicio de recolección, barrido y transporte de residuos sólidos. Según el contrato, los ingresos son integrales para dicha prestación; es decir, no se pagan por servicio sino integralmente. Tal como se menciona en la Nota 3 a los Estados Financieros y de acuerdo con el contrato, los ingresos son registrados con base en la recaudación mensual que realiza Electrocosta S.A. E.S.P. por concepto del cobro tarifario a los usuarios beneficiarios del servicio de aseo.
- GASTOS NO OPERACIONALES
| 2002 | 2001 | |
| Intereses de sobregiro | $ 33.459 | $ 63.463 |
| Ajustes de años anteriores (1) | 56.372 | 19.555 |
| Diferencia en cambio | 3.235 | |
| Diversos | 34.512 | 16.378 |
| Total | $ 124.343 | $ 102.631 |
- Para el año 2002 incluye el cobro realizado por el contratista Cicon S.A. por concepto de la operación del Relleno Sanitario del 1 al 21 de agosto de 2001.
- CORRECCIÓN MONETARIA – NETA
El sistema de ajustes integrales por inflación para efectos contables, se basa y aplica sobre las cifras y valores que deben figurar en la contabilidad, de acuerdo con la técnica contable. El índice utilizado para el ajuste es el PAAG mensual (Porcentaje de Ajuste por el Año Gravable), el cual es equivalente a la variación porcentual del índice de precios al consumidor elaborado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE, registrado en el mes inmediatamente anterior al del ajuste.
Los principales efectos de esta norma sobre los estados financieros se detallan así:
| Concepto | ||
| Propiedad, planta y equipo | $ 58.835 | $ 75.312 |
| Diferidos | 2.348 | 679 |
| Revalorización del patrimonio | 2.535 | 24.541 |
| Depreciación acumulada | (38.064) | (37.070) |
| Total | $ 25.654 | $ 63.462 |
- CONTINGENCIAS
Por medio de la resolución 0202 de marzo 27 de 2001, la Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique “CARDIQUE” resolvió el recurso de reposición que interpuso el Consorcio contra la Resolución No 1014 de octubre 27 de 2000, ratificando una sanción al Consorcio equivalente a trescientos salarios mínimos legales.
El Consorcio presentó demanda de nulidad en contra de la Resolución ante el Tribunal Contencioso Administrativo de Bolívar el cual denegó la solicitud de suspensión provisional. Esta decisión fue apelada por el Consorcio.
La administración considera que estos procesos no admiten predicciones sobre los resultados, pero existen razones suficientes para lograr la nulidad, por lo cual no se consideró registrar una provisión.
- ASUNTOS DE INTERES
Reforma Tributaria - En diciembre 27 de 2002 se sancionó la ley 788 relacionada con la reforma tributaria, cuya aplicación comienza el 1 de enero de 2003 y hace alusión principalmente a los siguientes aspectos: Gravámen de los movimientos financieros (GMF), impuesto de renta. impuesto al valor agregado (IVA), procedimiento tributario, retención en la fuente, determinación de la tasa de interés moratoria, costos y deducciones, sobretasa a cargo de los contribuyentes obligados a declarar renta, equivalente al 10%; retención en la fuente en indemnización derivada de una relación laboral o reglamentaria, etc.
En materia de impuesto al valor agregado (IVA) se gravarán los servicios públicos domiciliarios a una tasa tarifaria del 2% a partir del 1 de enero de 2005.
Reforma Laboral - En diciembre 27 de 2002 se sancionó la Ley 789 de reforma laboral, cuya aplicación comienza el 1 de enero de 2003 y hace alusión principalmente a los siguientes aspectos : sistema de protección social, actualización de la relación laboral y la relación de aprendizaje, protección de aportes y otras disposiciones.
Reforma Pensional – En Diciembre 27 de 2002, el Gobierno Nacional emitió la Ley 776 relacionada con la reforma pensional, cuya aplicación inicia a partir de enero 1 de 2003.