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HOLDSAT S. A. Audit Report / Information 2024

Mar 13, 2024

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author: "Mori, Cecilia Ver\u00f3nica"
date: 2024-03-13 20:16:00+00:00
processor: python-docx+mammoth
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Acta de Comisión Fiscalizadora N° 2

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 13 días del mes de marzo de 2024, a las 11:00 horas, se reúnen en la sede social sita en la calle Aristóbulo del Valle 1257, los señores miembros de la Comisión Fiscalizadora de HOLDSAT S.A. cuyas firmas obran al pie. Abierto el acto, una vez constatada la existencia de quórum suficiente, la Dra. Florencia De Alessandre toma la palabra y hace constar que la presente reunión tiene por objeto dictaminar y emitir los correspondientes informes sobre la documentación relativa al período comprendido entre el 1° de noviembre de 2023 y el 31 de enero de 2024 a considerarse en la reunión de Directorio prevista para el día de la fecha. Al respecto cabe puntualizar que se han realizado los trabajos de auditoría necesarios para determinar la razonabilidad de los estados financieros a considerar, los cuales fueron también efectuados en forma periódica y en un todo de conformidad con las disposiciones legales vigentes. Asimismo, por unanimidad se resuelve delegar la firma de los correspondientes informes de esta Comisión Fiscalizadora, como así también la firma de los estados financieros separados y consolidados condensados del período referido anteriormente y de toda la documentación legal pertinente en la persona de la Dra. María Noelia Pernía. Por último, se da lectura de los informes de la Comisión Fiscalizadora correspondientes a los estados financieros individuales y consolidados intermedios condensados en consideración, que se transcriben seguidamente:

“INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA SOBRE ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS

A los señores Accionistas de

HOLDSAT S.A.

Aristóbulo del Valle 1257

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

De nuestra consideración:

Documentos examinados

De acuerdo con lo dispuesto en el inciso 5 del artículo 294 de la Ley General de Sociedades y con lo requerido por el artículo 63 inciso b del Reglamento de listado de Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (ByMA), hemos examinado el estado de situación financiera consolidado intermedio condensado de HOLDSAT S.A. (“la Sociedad”) al 31 de enero de 2024 y los estados consolidados de resultados integrales intermedio condensado, de cambios en el patrimonio intermedio condensado y de flujos de efectivo intermedio condensado, por el período de tres meses finalizado en esa fecha, y sus notas 1 a 30.

Las cifras y otra información correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de octubre de 2023, son parte integrante de los estados financieros consolidados intermedios condensados, mencionados precedentemente y se las presenta con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del período intermedio actual.

Responsabilidad de la Dirección en relación con los estados financieros

El Directorio de la Sociedad es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados financieros consolidados intermedios condensados de la Sociedad de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) como normas contables profesionales, tal como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés), e incorporadas por la Comisión Nacional de Valores a su normativa, y por lo tanto es responsable de la preparación y presentación de los estados financieros consolidados intermedios condensados adjuntos, de acuerdo con la Norma Internacional de Contabilidad 34, “Información financiera intermedia”. Asimismo, el Directorio de la Sociedad es responsable del control interno que considere necesario para permitir la preparación de estados financieros consolidados intermedios condensados libres de incorrecciones significativas.

Responsabilidad de la Comisión Fiscalizadora

Nuestro examen fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes establecidas en la Resolución Técnica Nro. 15 de la FACPCE. Dichas normas requieren que el examen se efectúe de conformidad con las normas de auditoría vigentes para la revisión limitada de estados financieros correspondientes a períodos intermedios, e incluya la verificación de la congruencia de los documentos examinados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales.

Para realizar nuestra tarea profesional sobre los documentos arriba mencionados, hemos revisado la revisión efectuada por la firma BECHER Y ASOCIADOS S.R.L en su carácter de auditores externos, quienes emitieron su informe de revisión de fecha 13 de marzo de 2024 de acuerdo con las normas de auditoría vigentes en lo referido a encargos de revisión de estados contables de períodos intermedios. Dicha revisión incluyó la verificación de la planificación del trabajo, de la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos aplicados y de los resultados de la revisión efectuada por la firma profesional. El profesional mencionado ha llevado a cabo su examen sobre los estados financieros consolidados intermedios condensados adjuntos de conformidad con las Norma Internacional de Encargos de Revisión 2410- Revisión de Información Financiera Intermedia Realizada por el Auditor Independiente de la Entidad, la cual fue adoptada como norma de revisión en Argentina mediante la Resolución Técnica N°33 de la FACPCE tal como fue aprobada por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoria y Aseguramiento (IAASB, por sus siglas en inglés). Dichas normas exigen que cumpla los requerimientos de ética.

Las referidas normas sobre revisión limitada consisten principalmente en aplicar procedimientos analíticos sobre los importes incluidos en los estados financieros, efectuar comprobaciones globales y realizar indagaciones al personal de la Sociedad responsable de la preparación de la información incluida en los estados financieros. Dichas normas establecen un alcance que es sustancialmente menor a la aplicación de todos los procedimientos de auditoría, necesarios para poder emitir una opinión profesional sobre los estados financieros tomados en su conjunto. Por lo tanto, no expresamos tal opinión.

Dado que no es responsabilidad de los miembros de la Comisión Fiscalizadora efectuar un control de gestión, el examen no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio.

Conclusión

Como resultado de nuestra revisión y basado en el informe de revisión de los auditores externos de fecha 13 de marzo de 2024, nada ha llamado nuestra atención que nos hiciera pensar que los estados financieros consolidados intermedios condensados no presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera de HOLDSAT S.A. al 31 de enero de 2024, los resultados de las operaciones y las variaciones en el patrimonio neto y el flujo de efectivo por el período de tres meses finalizado en esa fecha, de acuerdo con la Norma Internacional de Contabilidad 34.

Párrafo de énfasis

Sin modificar nuestra conclusión, queremos enfatizar lo descripto en Nota 1.1 a los estados financieros, que describe que la Sociedad durante el período de tres meses finalizado el 31 de enero de 2024 presenta a dicha fecha un capital de trabajo negativo de $4.331.025.403 (activos corrientes menos pasivos corrientes) y pérdidas acumuladas por $2.336.173.133 que superan al 100% de las reservas y al 50% del capital social ajustado, razón por la cual se encuentra encuadrada dentro del artículo 206 de la Ley General de Sociedades de reducción obligatoria de capital. Sin embargo, la Dirección prevé ir remediando dichas situaciones con el giro del negocio.

Informes sobre otros requerimientos legales y reglamentarios

Los estados financieros consolidados intermedios condensados surgen de los registros contables de la Sociedad llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, excepto en lo relativo a la transcripción al libro Diario e Inventarios y Balances dado que a la fecha aún no han sido transcriptos.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 13 de marzo de 2024.

María Noelia Pernía

Síndico - Por delegación

Comisión Fiscalizadora

Abogada”

“INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA SOBRE ESTADOS FINANCIEROS SEPARADOS INTERMEDIOS CONDENSADOS

A los señores Accionistas de

HOLDSAT S.A.

Aristóbulo del Valle 1257

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

De nuestra consideración:

Documentos examinados

De acuerdo con lo dispuesto en el inciso 5 del artículo 294 de la Ley General de Sociedades, hemos examinado el inventario, el estado de situación financiera separado intermedio condensado de HOLDSAT S.A. (la Sociedad) al 31 de enero de 2024 y los estados separados intermedios condensados de resultados integrales, de cambios en el patrimonio y de flujos de efectivo, por el período de tres meses finalizado en esa fecha, y sus notas 1 a 11.

Las cifras y otra información correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de octubre de 2023, son parte integrante de los estados financieros separados intermedios condensados, mencionados precedentemente y se las presenta con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del período intermedio actual.

Responsabilidad de la Dirección en relación con los estados financieros

El Directorio de la Sociedad es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados financieros adjuntos de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) como normas contables profesionales, tal como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés), e incorporadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV) a su normativa. Asimismo, el Directorio de la Sociedad es responsable del control interno que considere necesario para permitir la preparación de estados financieros libres de incorrecciones significativas.

Responsabilidad de la Comisión Fiscalizadora

Nuestro examen fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes establecidas en la Resolución Técnica Nro. 15 de la FACPCE. Dichas normas requieren que el examen se efectúe de conformidad con las normas de auditoría vigentes para la revisión limitada de los estados financieros correspondientes a períodos intermedios, e incluya la verificación de la congruencia de los documentos examinados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales.

Para realizar nuestra tarea profesional sobre los documentos arriba mencionados, hemos revisado la auditoría efectuada por la firma BECHER Y ASOCIADOS S.R.L en su carácter de auditores externos, quienes emitieron su informe de fecha 13 de marzo de 2024 de acuerdo con las normas de auditoría vigentes. Dicha revisión incluyó la verificación de la planificación del trabajo, de la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos aplicados y de los resultados de la revisión efectuada por la firma profesional. El profesional mencionado ha llevado a cabo su examen sobre los estados financieros separados adjuntos de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) adoptadas por la FACPCE a través de la Resolución Técnica Nº 32, tal como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB, por sus siglas en inglés) de la Federación Internacional de Contadores (IFAC, por sus siglas en inglés). Dichas normas exigen que cumpla los requerimientos de ética.

Las referidas normas sobre revisión limitada consisten principalmente en aplicar procedimientos analíticos sobre los importes incluidos en los estados financieros, efectuar comprobaciones globales y realizar indagaciones al personal de la Sociedad responsable de la preparación de la información incluida en los estados financieros. Dichas normas establecen un alcance que es sustancialmente menor a la aplicación de todos los procedimientos de auditoría, necesarios para poder emitir una opinión profesional sobre los estados financieros tomados en su conjunto. Por lo tanto, no expresamos tal opinión.

Dado que no es responsabilidad de los miembros de la Comisión Fiscalizadora efectuar un control de gestión, el examen no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio.

Conclusión

Como resultado de nuestra revisión y basado en el informe de revisión de los auditores externos de fecha 13 de marzo de 2024, nada ha llamado nuestra atención que nos hiciera pensar que los estados financieros separados intermedios condensados no presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera de HOLDSAT S.A. al 31 de enero de 2024, los resultados de las operaciones y las variaciones en el patrimonio neto y el flujo de efectivo por el período de tres meses finalizado en esa fecha, de acuerdo con la Norma Internacional de Contabilidad 34.

Párrafo de énfasis

Sin modificar nuestra conclusión, queremos enfatizar lo descripto en Nota 1.1 a los estados financieros, que describe que la Sociedad durante el período de tres meses finalizado el 31 de enero de 2024 presenta a dicha fecha pérdidas acumuladas por $2.336.173.133 que superan al 100% de las reservas y al 50% del capital social ajustado, razón por la cual se encuentra encuadrada dentro del artículo 206 de la Ley General de Sociedades de reducción obligatoria de capital. Sin embargo, la Dirección prevé ir remediando dichas situaciones con el giro del negocio.

Informes sobre otros requerimientos legales y reglamentarios

Los estados financieros separados intermedios condensados surgen de los registros contables de la Sociedad llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, excepto en lo relativo a la transcripción al libro Diario e Inventarios y Balances dado que a la fecha aún no han sido transcriptos.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 13 de marzo de 2024.

María Noelia Pernía

Síndico - Por delegación

Comisión Fiscalizadora

Abogada

No habiendo más asuntos que tratar, siendo las 11:40 horas se levanta la sesión.

María Noelia Pernía María Celeste Maldonado Florencia De Alessandre

Síndico Titular Síndico Titular Síndico Titular