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CFN S.R.L. Capital/Financing Update 2021

Dec 16, 2021

68848_rns_2021-12-16_59daf17b-c0e8-4d18-ba62-47889507de34.pdf

Capital/Financing Update

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​Ciudad de Buenos Aires,

16 de diciembre de 2021

Sr. Presidente de la Comisión Nacional de Valores Presente

Ref: “CFN S.A. s/ OP ON Serie IV”

De mi consideración:

​Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en mi carácter de Presidente de CFNS S.A. (la “Emisora”) conforme acta de directorio de fecha 13 de septiembre de 2021 y 14 de diciembre de 2021, a fin de ratificar que las condiciones de emisión de las Obligaciones Negociables Serie IV son las siguientes:

Emisor CFN S.A.
Colocadores Banco de Valores S.A., Stonex Securities S.A., Banco de Servicios
yTransacciones S.AyMacro Securities S.A.
Agente de
Liquidación
Banco de Valores S.A.
Monto Hasta $ 3.000.000.000 (pesos tres mil millones) indistintamente de
las ON Serie IV Clase A o Clase B. El monto definitivo de la
emisión será determinado con anterioridad a la Fecha de
Integración (conforme este término se define más adelante) e
informado en el aviso de resultado de colocación el que se
publicará con anterioridad a la Fecha de Integración (el “Aviso de
Resultado de Colocación”).
~~/~~
Moneda depago Pesos
Valor nominal
unitario y unidad
$1 (un peso)
mínima de
negociación.
Precio de emisión 100% del valor nominal.
Integración Las Obligaciones Negociables Serie IV deberán ser
integradas en la Fecha de Integración en pesos.
Efectuada la integración, las Obligaciones Negociables Serie IV
adjudicadas serán acreditadas en las cuentas depositante y
comitente en Caja de Valores de titularidad de los oferentes
adjudicados indicadas en sus respectivas órdenes de compra (salvo
en aquellos casos en los cuales por cuestiones regulatorias sea
necesario transferir las Obligaciones Negociables Serie IV a los
suscriptores con anterioridad al pago del precio, en cuyo caso lo
descripto en este punto podrá ser realizado con anterioridad a la
correspondiente integración). Para mayor información véase la
Sección “Plan de Distribución” del presente Suplemento.
Monto mínimo de
Suscripción
V/N $10.000 (pesos diez mil) o montos superiores que sean
múltiplos de $1.
Forma de
documentación
Las ON Serie IV de cada clase serán documentadas en un
certificado global permanente depositado en Caja de Valores S.A.
Los obligacionistas no tendrán derecho a exigir la entrega de
láminas individuales, por lo que todas las transferencias se
realizarán a través del sistema de depósito colectivo.
Fecha de Emisión y
Fecha de Integración
Tendrá lugar dentro del quinto Día Hábil posterior al cierre del
Período de Colocación.
Aviso de Colocación Es el aviso a publicar en los sistemas de información de Bolsas y
Mercados Argentinos S.A., a través del Boletín diario de la BCBA
y en la Autopista de la Información Financiera de la CNV por
medio del cual serán ofrecidas las ON Serie IV.
Garantía Común
Compra o
adquisición de las
Obligaciones
Negociables por
parte de la Emisora:
El Emisor y/o cualquiera de sus sociedades controladas y/o
vinculadas, podrán, de acuerdo con las normas vigentes, en
cualquier momento y de cualquier forma, comprar o de cualquier
otra forma adquirir las ON Serie IV en circulación y realizar con
respecto a ellas, cualquier acto jurídico legalmente permitido,
pudiendo en tal caso el Emisor, y/o sus sociedades controladas y/o
vinculadas, según corresponda, sin carácter limitativo, mantenerlas
en cartera, transferirlas a terceros y/o cancelarlas.
Listado y
Negociación
Se ha solicitado autorización para que las ON Serie IV se
listen en Bolsas y Mercados Argentinos S.A. y podrá solicitar
su admisión al régimen de negociación en el Mercado
Abierto Electrónico S.A. (el “MAE”) como así también, en
Euroclear y/o Clearstream o cualquier otro mercado
autorizado.
~~/~~
Método de
Colocación
Serán colocadas a través de oferta pública en el país mediante
el sistema de colocación y adjudicación conforme se detalla
en la sección IV “Plan de Distribución”.
Destino de los Fondos Los recursos provenientes de la colocación de las ON Serie
IV serán utilizados a los destinos indicados en el artículo 36,
de la ley 23.576.
Jurisdicción Todo conflicto que se suscite entre los obligacionistas y la
Sociedad
relativo
al
Suplemento
de
Prospecto,
las
condiciones de emisión de las ON Serie IV, su suscripción, y
todos los actos y documentos relacionados, será resuelto por
el Tribunal de Arbitraje General de la BCBA (o el que en un
futuro lo reemplace) (en virtud del ejercicio de facultades
delegadas por ByMA a favor de aquella ), de acuerdo con las
reglas del arbitraje de derecho, quedando a salvo el derecho
de los obligacionistas contemplado en el artículo 46 de la Ley
de Mercado de Capitales, de optar por acudir a los tribunales
judiciales competentes; el laudo arbitral será inapelable,
renunciando las partes a la interposición de recursos, sin
perjuicio de los dispuesto en art. 760 del Código Procesal
Civil y Comercial. Ello sin perjuicio de la acción ejecutiva de
cobro que tramitará ante los tribunales competentes del
domicilio de la Sociedad.
Calificación de
Riesgo
Las Obligaciones Negociables Serie IV cuentan con una
calificación de riesgo y han sido calificadas porFIX SCR
S.A. AGENTE DE CALIFICACION DE RIESGO
(“FIX”) con fecha 16 de diciembre de 2021.
Calificación otorgada:
Clase A: A2 (arg). Significado de la calificación: "A2" Indica
una satisfactoria capacidad de pago en tiempo y forma de los
compromisos financieros respecto de otros emisores o
emisiones del mismo país. Sin embargo, el margen de
seguridad no es tan elevado como en la categoría superior.
Clase B: A- (arg). Perspectiva Estable. Significado de la
calificación: "A" nacional implica una sólida calidad
crediticia respecto de otros emisores o emisiones del país. Sin
embargo, cambios en las circunstancias o condiciones
económicas pueden afectar la capacidad de repago en tiempo
y forma en un grado mayor que para aquellas obligaciones
financieras calificadas con categorías superiores.
Los signos "+" o "-" podrán ser añadidos a una calificación
nacional para mostrar una mayor o menor importancia
relativa dentro de la correspondiente categoría, y no alteran la
/













definición de la categoría a la cual se los añade. Estos signos
no se utilizarán para la categoría AAA (arg), para categorías
por debajo de CCC (arg) o para calificaciones nacionales de
corto plazo salvo A1 (arg).
La calificación de riesgo de las ON Serie IV podrá ser
consultada en la página de internet de FIX (www.fixscr.com).
Dicha calificación de riesgo puede ser modificada,
suspendida y/o retirada en cualquier momento y la misma no
constituye una recomendación para comprar, mantener y/o
vender las ON Serie IV. Es posible que los métodos para
calificar
utilizados
por
la
calificadora
identificada
anteriormente o por las otras calificadoras de riesgo
argentinas difieran en aspectos importantes de los utilizados
por calificadoras de riesgo en otros países.
Acción Ejecutiva


Conforme al artículo 29 de la Ley de Obligaciones
Negociables, las ON Serie IV otorgan acción ejecutiva a sus
tenedores para reclamar el capital, actualizaciones e intereses.

CONDICIONES PARTICULARES DE EMISIÓN DE LAS ON SERIE IV CLASE A

Vencimiento El vencimiento de las ON Serie IV Clase A se producirá a los 12
meses contados a partir de la Fecha de Integración (la “Fecha de
Vencimiento de la Clase A”)
Amortización El capital se pagará en dos cuotas a los 9 meses desde la Fecha de
Integración y en la Fecha de Vencimiento de la Clase A. Cada
cuota será equivalente al 50% del capital.
Interés Variable En concepto de interés las ON Serie IV Clase A devengarán
una tasa nominal anual variable equivalente a la Tasa de la
Referencia más un Diferencial de Tasa a licitarse durante el
Período de Colocación. Los intereses se devengarán entre la
Fecha de Integración (inclusive) y la primera Fecha de Pago
de Servicios (exclusive) – para el primer servicio- y entre la
última Fecha de Pago de Servicios (inclusive) y la próxima
Fecha de Pago de Servicios (exclusive) -para los restantes
(el “Periodo de Interés”). Los intereses se pagarán
trimestralmente contados desde la Fecha de Integración. El
interés se calculará sobre el saldo de capital (o valor residual
de los títulos emitidos) al inicio de cada Período de Interés
por la cantidad de días de cada Período de Interés,
considerando para su cálculo 365 días. Las Fechas de Pago
/
de Servicios de Interés y capital se indicarán en el Cuadro
de Pago de Servicios.
Tasa de Referencia: es el promedio aritmético simple de las
tasas de interés para depósitos a plazo fijo de más de un
millón de pesos de 30 a 35 días en banco privados
(“BADLAR Privada”), en base a las tasas informadas por el
BCRA durante el período que se inicia el octavo Día Hábil
anterior al inicio de cada Período de Interés, y finaliza el
octavo Día Hábil anterior al último día del Período de
Interés Actualmente la tasa BADLAR Privada es
. ,
informada por el BCRA en su página de internet
(www.bcra.gov.ar), Sección Principales Variables “Badlar
en pesos de bancos privados”. En caso que la tasa BADLAR
Privada dejare de ser informada por el BCRA, se tomará: (i)
la tasa sustitutiva de la Tasa BADLAR Privada que informe
el BCRA o (ii) en caso de no existir o no informarse la tasa
sustituta indicada en (i) precedente, se calculará la Tasa de
Referencia, considerando el promedio de tasas informadas
para depósitos a plazos fijo en pesos por un monto mayor a
un millón de pesos por periodos de entre 30 y 35 días de los
cinco (5) primeros bancos privados de la Argentina. Para
elegir los cinco (5) primeros bancos privados se considerará
el último informe de depósitos disponibles publicados por el
BCRA
Diferencial de Tasa: Es la tasa nominal anual adicional que
se pagará por sobre la Tasa de Referencia, y que se
determinará a través de subasta pública al finalizar el
Período de Colocación.
Interés moratorio Los intereses moratorios se devengarán desde la Fecha de Pago
de Servicios respecto del servicio impago. Los mismos
ascenderán a una vez y medio el interés determinado conforme al
puntoprecedente Interés Variable.
Fechas de Pago de
Servicios
Las fechas de pago de los servicios de interés y capital se
indicarán en el Cuadro de Pago de Servicios (conforme
dicho término se define a continuación).
Si una Fecha de Pago de Servicios fuera un día inhábil, el
pago quedará pospuesto al siguiente Día Hábil, sin que se
devenguen intereses por el o los días que se posponga el
pago; en tanto que los intereses para el período siguiente se
devengarán a partir de dicha Fecha de Pago de Servicios.
Cualquier
pago
efectuado
en
dicho
Día
Hábil
inmediatamente posterior tendrá la misma validez que si
hubiera sido efectuado en la fecha en la cual vencía el
mismo. Las obligaciones de pago se considerarán cumplidas
y liberadas en la medida en que la Emisora ponga a
disposición de Caja de Valores S.A. los fondos
correspondientes. Se entenderá por “Día Hábil” cualquier
/
día lunes a viernes, salvo aquellos en los que los bancos
están obligados a cerrar en la ciudad de Santa Fe.
Cuadro de Pago de Servicios: Es el cuadro inserto en el
Aviso de Colocación en el que se indicará la Fecha de Pago
de Servicios de las ON Serie IV Clase A.
Reembolso anticipado Las ON Serie IV Clase A podrán ser reembolsadas total o
parcialmente en forma anticipada por la Emisora de acuerdo al
procedimiento indicado en el título “Reembolso anticipado a
opción de la Sociedad” “Condiciones Generales del Programa”
del Prospecto.

CONDICIONES PARTICULARES DE EMISIÓN DE LAS ON SERIE IV CLASE B

Vencimiento El vencimiento de las ON Serie IV Clase B se producirá a los 24
meses contados a partir de la Fecha de Integración (la “Fecha de
Vencimiento de la Clase B”)
Amortización El capital se pagará en 3 cuotas a los 18, 21 y 24 meses desde la
Fecha de Integración. Las primeras dos cuotas serán equivalentes
al 33,33% del capital y la última equivalente al 33,34% del
capital.
Interés Variable En concepto de interés las ON Serie IV Clase B devengarán
una tasa nominal anual variable equivalente a la Tasa de la
Referencia más un Diferencial de Tasa a licitarse durante el
Período de Colocación. Los intereses se devengarán entre la
Fecha de Integración (inclusive) y la primera Fecha de Pago
de Servicios (exclusive) – para el primer servicio- y entre la
última Fecha de Pago de Servicios (inclusive) y la próxima
Fecha de Pago de Servicios (exclusive) -para los restantes
(el “Periodo de Interés”). Los intereses se pagarán
trimestralmente contados desde la Fecha de Integración. El
interés se calculará sobre el saldo de capital (o valor residual
de los títulos emitidos) al inicio de cada Período de Interés
por la cantidad de días de cada Período de Interés,
considerando para su cálculo 365 días. Las Fechas de Pago
de Servicios de Interés y capital se indicarán en el Cuadro
de Pago de Servicios.
Tasa de Referencia: es el promedio aritmético simple de las
tasas de interés para depósitos a plazo fijo de más de un
millón de pesos de 30 a 35 días en banco privados
(“BADLAR Privada”), en base a las tasas informadas por el
BCRA durante el período que se inicia el octavo Día Hábil
anterior al inicio de cada Período de Interés, y finaliza el
/
octavo Día Hábil anterior al último día del Período de
Interés. Actualmente, la tasa BADLAR Privada es
informada por el BCRA en su página de internet
(www.bcra.gov.ar), Sección Principales Variables “Badlar
en pesos de bancos privados”. En caso que la tasa BADLAR
Privada dejare de ser informada por el BCRA, se tomará: (i)
la tasa sustitutiva de la Tasa BADLAR Privada que informe
el BCRA o (ii) en caso de no existir o no informarse la tasa
sustituta indicada en (i) precedente, se calculará la Tasa de
Referencia, considerando el promedio de tasas informadas
para depósitos a plazos fijo en pesos por un monto mayor a
un millón de pesos por periodos de entre 30 y 35 días de los
cinco (5) primeros bancos privados de la Argentina. Para
elegir los cinco (5) primeros bancos privados se considerará
el último informe de depósitos disponibles publicados por el
BCRA
Diferencial de Tasa: Es la tasa nominal anual adicional que
se pagará por sobre la Tasa de Referencia, y que se
determinará a través de subasta pública al finalizar el
Píd d Clió
eroo e oocacn.
Intereses moratorios Los intereses moratorios se devengarán desde cada Fecha de
Pago de Servicios respecto del servicio impago. Los mismos
ascenderán a una vez y medio el interés determinado conforme al
puntoprecedente Interés Variable.
Fecha de Pago de
Servicios
Las fechas de pago de los servicios de interés y capital se
indicarán en el Cuadro de Pago de Servicios (conforme
dicho término se define a continuación).
Si una Fecha de Pago de Servicios fuera un día inhábil, el
pago quedará pospuesto al siguiente Día Hábil, sin que se
devenguen intereses por el o los días que se posponga el
pago; en tanto que los intereses para el período siguiente se
devengarán a partir de dicha Fecha de Pago de Servicios.
Cualquier
pago
efectuado
en
dicho
Día
Hábil
inmediatamente posterior tendrá la misma validez que si
hubiera sido efectuado en la fecha en la cual vencía el
mismo. Las obligaciones de pago se considerarán cumplidas
y liberadas en la medida en que la Emisora ponga a
disposición de Caja de Valores S.A. los fondos
correspondientes. Se entenderá por “Día Hábil” cualquier
día lunes a viernes, salvo aquellos en los que los bancos
están obligados a cerrar en la ciudad de Santa Fe.
Cuadro de Pago de Servicios: Es el cuadro inserto en el
Aviso de Colocación en el que se indicará la Fecha de Pago
de Servicios de las ON Serie IV Clase B.
~~/~~
Reembolso anticipado Las ON Serie IV Clase B podrán ser reembolsadas total o
parcialmente en forma anticipada por la Emisora de acuerdo

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al procedimiento indicado en el título “Reembolso anticipado a opción de la Sociedad” “Condiciones Generales del Programa” del Prospecto.

Saludo a Ud. atentamente, Enrique F Valli Presidente CFN S.A.