AI assistant
Central Termica Roca S.A. — Capital/Financing Update 2024
Jun 6, 2024
68645_rns_2024-06-06_b745b61c-d952-457b-bb02-425be2ee3529.pdf
Capital/Financing Update
Open in viewerOpens in your device viewer
==> picture [196 x 59] intentionally omitted <==
Central Térmica Roca S.A.
En cumplimiento del art. 10 de la Ley N° 23.576 y sus modificatorias, se informa que Central Térmica Roca S.A. (“CTR”) junto con Generación Mediterránea S.A. (“GEMSA” y junto con CTR, las “Co-Emisoras”) co-emitieron obligaciones negociables simples (no convertibles en acciones) clase XXXI adicionales garantizadas por un valor nominal de U$S21.200.000 (las “ON Clase XXXI Adicionales”) (bajo el régimen de oferta pública, Ley N° 26.831 de Mercado de Capitales, conforme la misma fuera modificada y/o complementada, incluyendo pero no limitándose a, la Ley N° 27.440 de Financiamiento Productivo), emitidas bajo el programa de obligaciones negociables simples (no convertibles en acciones) por un valor nominal total de hasta U$S1.000.000.000 (o su equivalente en otras monedas o unidades de medida o valor) (el “Programa GEMSA-CTR”). Los términos y condiciones del Programa GEMSACTR y los términos y condiciones generales de las obligaciones negociables bajo el mismo fueron fijados por Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas de las Co-Emisoras ambas de fecha 16 de mayo de 2023 (las “Asambleas”) y por Actas de Directorio de las Co-Emisoras ambas de fecha 21 de marzo de 2024, conforme expresa delegación de las mencionadas Asambleas. Los términos y condiciones particulares de las ON Clase XXXI Adicionales fueron aprobados por Actas de Directorio de las Co-Emisoras ambas de fecha 30 de mayo de 2024 conforme expresa delegación de las mencionadas Asambleas. Se ha solicitado autorización para la creación del Programa GEMSA-CTR y la oferta pública de las ON Clase XXXI Adicionales descriptas en el presente a la Comisión Nacional de Valores (“CNV”). La creación del Programa GEMSA-CTR fue autorizada por el Directorio de la CNV mediante Resolución N° RESFC-2017-18947-APN-DIR#CNV de fecha 26 de septiembre de 2017, el primer aumento del monto del Programa GEMSA-CTR por hasta U$S300.000.000 fue autorizado por el Directorio de la CNV mediante Resolución N° RESFC-2019-20111-APN-DIR#CNV de fecha 8 de marzo de 2019, el segundo aumento del monto del Programa GEMSA-CTR por hasta U$S700.000.000 fue autorizado por la Gerencia de Emisoras de la CNV mediante Disposición N° DI-2020-43-APN-GE#CNV de fecha 10 de septiembre del 2020, la modificación de los términos del prospecto del Programa GEMSA-CTR a los fines de permitir a las Co-Emisoras la emisión de obligaciones negociables denominadas en Unidades de Vivienda actualizables por el Índice del Costo de la Construcción en el Gran Buenos Aires, en virtud de la Ley N° 27.271 o en Unidades de Valor Adquisitivo u otras que las reemplacen o se dicten en el futuro, actualizables por el Coeficiente de Estabilización de Referencia o cualquier otro índice permitido en el futuro, en virtud de lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia N°146/2017 del Poder Ejecutivo Nacional, y de conformidad con el Artículo 40 bis, Sección V, Capítulo V, Título II, de las Normas de la CNV, fue autorizada por la Gerencia de Emisoras de la CNV mediante Disposición N° DI2021-3-APN-GE#CNV de fecha 23 de febrero de 2021, la prórroga y modificación de los términos y condiciones del Programa GEMSA-CTR, aprobadas por las Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas de las CoEmisoras y sus Directorios con fecha 19 de abril de 2022, fue autorizada por la Gerencia de Emisoras de la CNV mediante Disposición N° DI-2022-28-APN-GE#CNV de fecha 2 de junio de 2022, y el tercer aumento del monto del Programa GEMSA-CTR por hasta U$S1.000.000.000 fue autorizado por la Gerencia de Emisoras de la CNV mediante Disposición N° DI-2023-31-APN-GE#CNV de fecha 5 de julio de 2023 y la modificación de los términos del prospecto de programa a los fines de permitir a las Co-Emisoras la emisión de obligaciones negociables tipificadas como temáticas, incluyendo sin limitación, como sociales, verdes, sustentables, vinculadas a la sostenibilidad y/o cualquier otra alternativa de etiquetado, ha sido autorizado por Disposición Nº DI-2024-11-APNGE#CNV de la Gerencia de Emisoras de la CNV con fecha 23 de febrero de 2024. Denominación: Central Térmica Roca S.A., domiciliada en Av. Leandro N. Alem 855, Piso 14º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Inscripta el día 26 de julio de 2011 en la Inspección General de Justicia, bajo el número 14.827, libro 55, tomo -, de Sociedades por Acciones. Duración: 99 años. Objeto Social: CTR tiene por objeto desarrollar proyectos energéticos mediante (i) el cateo, exploración, explotación, producción, perforación, extracción, elaboración, comercialización, compra y venta de hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos y sus derivados, pudiendo a este efecto ejercer todos los actos relacionados con la industria energética, petrolífera y gasífera, desde el sondeo hasta la obtención de sus productos
refinados y subproductos directos, su almacenaje, transporte y distribución, explotación, destilación, industrialización, comercialización, almacenaje y transporte de minerales líquidos y gaseosos de cualquier categoría, inclusive los radioactivos, elaboración, procesamiento y transporte de materias primas y productos relacionados con la petroquímica; y (ii) la generación de energía eléctrica incluyendo la explotación, operación, asistencia de plantas, presas y complejos de generación térmica, hidrotérmica, hidroeléctrica, eléctrica, y de cualquier otro sistema de generación, trasformación y utilización de energía eléctrica en cualquiera de sus formas; b) Prestación de servicios, administración y realización de obras eléctricas, gasoductos y otras relacionadas con la actividad, en general, sean pública o privadas. Capital Social: $73.070.470 en miles de pesos. Patrimonio Neto: el patrimonio neto de CTR es $ 34.965.897 en miles de pesos, al 31 de diciembre de 2023, y $ 33.961.406 en miles de pesos al 31 de marzo de 2024. Deuda Garantizada de CTR: $ 6.104.575.000 Monto de obligaciones negociables emitidas por CTR con anterioridad: US$ 592.755.310, 94.106.681 UVAs y $2.805.565.790. Denominación: Obligaciones Negociables Clase XXXI Adicionales. Monto y moneda de emisión: U$S21.200.000. Fecha de Emisión: 4 de junio de 2024. Garantía: Las ON Clase XXXI Adicionales están garantizadas por los gravámenes que se detallan a continuación, de conformidad con el Artículo 3 de la Ley Nº 23.576 de Obligaciones Negociables y sus modificatorias: (a) una cesión fiduciaria en garantía de todos los derechos a recibir sumas y todos los créditos presentes y futuros de GEMSA en virtud de los CCEE Cedidos (según dicho término se define el suplemento de prospecto de las ON Clase XXXI Adicionales) y ciertos seguros en relación con los Equipos Prendados (según dicho término se define en el suplemento de prospecto de las ON Clase XXXI Adicionales), de conformidad con lo establecido en el suplemento de prospecto de las ON Clase XXXI Adicionales, instrumentada a través de un contrato de fideicomiso en garantía celebrado entre GEMSA, en su carácter de fiduciante, y TMF Trust Company (Argentina) S.A., en su carácter de fiduciario y no a título personal; y (b) ciertos derecho reales de prenda con registro en los términos del Decreto Ley N° 15.348/46 (T.O. año 1995) en primer grado de privilegio sobre los Equipos Prendados, de conformidad con lo establecido en el suplemento de prospecto de las ON Clase XXXI Adicionales, instrumentados a través de los contratos de prenda con registro en primer grado de privilegio celebrados entre GEMSA y TMF Trust Company (Argentina) S.A., en su carácter de agente de la garantía. Fecha de Vencimiento: 28 de mayo de 2027. Condiciones de amortización: El capital de las ON Clase XXXI Adicionales se pagará en nueve (9) cuotas trimestrales y consecutivas en las siguientes fechas y de la siguiente manera: 9% del capital el 28 de mayo de 2025, el 28 de agosto de 2025 y el 28 de noviembre de 2025, 10% del capital el 28 de febrero de 2026, el 28 de mayo de 2026, y el 28 de agosto de 2026, 14% del capital el 28 de noviembre de 2026 y el 28 de febrero de 2027, y un 15% del capital el en la Fecha de Vencimiento, es decir el 28 de mayo de 2027. Intereses: Las ON Clase XXXI Adicionales devengarán intereses a una tasa fija nominal anual del 12,50%, sujeto a una tasa de interés incremental, en virtud de la cual la tasa de interés de las ON Clase XXXI Adicionales se incrementará: (a) en un 1,25% hasta el 13,75% nominal anual a partir del 28 de mayo de 2025 (inclusive) hasta el 28 de mayo de 2026 (exclusive); y (b) en un 1,25% hasta el 15,00% nominal anual a partir del 28 de mayo de 2026 (inclusive) hasta la Fecha de Vencimiento. Los intereses de las ON Clase XXXI Adicionales se pagarán en forma trimestral y vencida en las fechas que se detallan a continuación: 28 de noviembre de 2024, 28 de febrero de 2025, 28 de mayo de 2025, 28 de agosto de 2025, 28 de noviembre de 2025, 28 de febrero de 2026, 28 de mayo de 2026, 28 de agosto de 2026, 28 de noviembre de 2026, 28 de febrero de 2027, y el 28 de mayo de 2027. La última fecha de pago de intereses coincidirá con la Fecha de Vencimiento.
Agustin Ponti autorizado por acta de directorio de CTR de fecha 30 de mayo de 2024.