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Capex S.A. Interim / Quarterly Report 2020

Sep 28, 2020

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Interim / Quarterly Report

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E G WIND S.A.

ESTADOS CONTABLES

correspondientes al período de tres meses finalizado el 31 de julio de 2020 presentados en forma comparativa

E G WIND S.A.

COMPOSICION DEL DIRECTORIO

Presidente

Sr. Pablo A. Götz

Vicepresidente

Sr. Alejandro E. Götz

Director Titular

Sr. Rafael A. Götz

Director Suplente

Sr. Miguel F. Götz

Síndicos Titulares

Sr. Norberto Luis Feoli Sr. Edgardo Giudicessi Sr. Mario Árraga Penido

Síndicos Suplentes

Sra. Claudia Marina Valongo Sra. Andrea Mariana Casas Sra. Claudia Angélica Briones

E G WIND S.A.

ESTADOS CONTABLES

correspondientes al período de tres meses finalizado el 31 de julio de 2020 presentados en forma comparativa

INDICE

Estado de situación patrimonial Estado de resultados Estado de evolución del patrimonio neto Estado de flujo de efectivo Notas a los estados contables Anexos I a IV Informe de revisión sobre los estados contables intermedios Informe de la Comisión Fiscalizadora

1

E G WIND S.A.

ESTADOS CONTABLES correspondientes al período de tres meses finalizado el 31 de julio de 2020 presentado en forma comparativa

Ejercicio económico Nº 5 iniciado el 1 de mayo de 2020

Domicilio legal de la Sociedad: Avenida Córdoba 948/950, piso 5, departamento C, Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Actividad principal de la Sociedad: Generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables

N° de Registro en la Inspección General de Justicia: 1.902.592

Constitución: 5 de julio de 2016

Fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio:

  • Del estatuto o contrato social: 22 de julio de 2016

  • De la última modificación: 15 de marzo de 2018

Fecha en que se cumple el plazo de duración del contrato social: 21 de julio de 2115

Denominación de la sociedad controlante: Capex S.A.

Domicilio legal: Avenida Córdoba 948/950, piso 5, departamento C, Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Actividad principal: Generación de energía eléctrica

Participación de la Sociedad controlante sobre el patrimonio y los votos: 95 %

Composición del Capital (Nota 10)

Composición del Capital (Nota 10)
Cantidad Tipo Votos Suscripto,
integrado e
inscripto
329.780.000 Acciones ordinarias de valor nominal $ 1 c/u 1por acción $
329.780.000

(Socio)

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 COMISION FISCALIZADORA

C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17

Dr. Norberto Luis Feoli

2

E G WIND S.A.

Registro en la Inspección General de Justicia: 1.902.592

ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL al 31 de julio y 30 de abril de 2020

ACTIVO
ACTIVO CORRIENTE
Caja y bancos (Nota 5 a)
Inversiones (Nota 5 b)
Créditos por ventas (Nota 5 c)
Otros créditos (Nota 5 d)
Total del activo corriente
ACTIVO NO CORRIENTE
Otros créditos (Nota 5 d)
Bienes de uso (Anexo I)
Activos intangibles (Anexo II)
Total del activo no corriente
Total del activo
31.07.20 30.04.20 PASIVO
PASIVO CORRIENTE
Cuentas por pagar (Nota 5 e)
Deudas financieras (Nota 5 f)
Cargas fiscales (Nota 5 g)
Total del pasivo corriente
PASIVO NO CORRIENTE
Cuentas por pagar (Nota 5 e)
Deudas financieras (Nota 5 f)
Cargas fiscales (Nota 5 g)
Total del pasivo no corriente
Total del pasivo
PATRIMONIO NETO(según estado res-
pectivo)
Total del pasivo y patrimonio neto
31.07.20 30.04.20
$ $ $ $
405.690
-
62.031.423
107.446.238
341.523
62.247.413
27.138.115
69.095.076
1.428.030.242
95.149.709
32.578.904
52.283.589
81.504.037
46.035.622
1.555.758.855 179.823.248
169.883.351 158.822.127 -
437.879.520
103.339.428
1.355.606.602
482.558.095
85.978.554
175.506.660
2.227.100.467
11.352.116
200.675.559
2.255.467.787
11.500.406
541.218.948 1.924.143.251
2.096.977.803 2.103.966.499
2.413.959.243 2.467.643.752 486.864.791 522.499.380
2.583.842.594 2.626.465.879 2.583.842.594 2.626.465.879

Las notas 1 a 13 y los Anexos I a IV que se acompañan forman parte integrante de estos estados contables.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 COMISION FISCALIZADORA

Pablo Götz Presidente

(Socio)

C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17 Dr. Nicolás A. Carusoni Contador Público (UM) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 252 – F° 141

Dr. Norberto Luis Feoli Síndico Titular Contador Público (UBA) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 50 – F° 212

3

E G WIND S.A.

Registro en la Inspección General de Justicia: 1.902.592

ESTADO DE RESULTADOS por los períodos de tres meses iniciados el 1 de mayo de 2020 y 2019 y finalizados el 31 de julio de 2020 y 2019

Ventas
Costo de ventas (Anexo III)
Resultado bruto
Gastos de administración (Anexo III)
Gastos de comercialización (Anexo III)
Gastos preoperativos (Anexo III)
Resultado operativo
Resultados financieros y por tenencia
Resultados financieros generados por activos
Intereses y otros resultados por tenencia
Diferencia de cambio
Descuento de activos
Resultados financieros generados por pasivos
Intereses y otros resultados por tenencia
Diferencia de cambio
Resultado por exposición a los cambios en el poder adquisitivo de la
moneda (RECPAM)
Resultado antes de impuestos
Impuesto a las ganancias (Nota 8)
(Pérdida) / ganancia del período
Resultadopor acción(Nota 9)
31.07.20 31.07.19
$ $
65.549.361
(38.458.139)
-
-
27.091.222
(2.261.510)
(105.893)
-
-
-
-
(1.415.226)
24.723.819
608.480
4.269.024
472.151
(19.399.309)
(153.543.311)
106.297.271
(1.415.226)
192.753
411.169
-
-
(38.008.908)
152.844.664
(36.571.875)
937.286
114.024.452
(18.872.854)
(35.634.589) 95.151.598
(0,108) 0,289

Las notas 1 a 13 y los Anexos I a IV que se acompañan forman parte integrante de estos estados contables.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020

PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 COMISION FISCALIZADORA

Pablo Götz Presidente

(Socio)

C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17 Dr. Nicolás A. Carusoni Contador Público (UM) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 252 – F° 141

Dr. Norberto Luis Feoli Síndico Titular Contador Público (UBA) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 50 – F° 212

4

E G WIND S.A.

Registro en la Inspección General de Justicia: 1.902.592

ESTADO DE EVOLUCION DEL PATRIMONIO NETO por los períodos de tres meses iniciados el 1 de mayo de 2020 y 2019 y finalizados el 31 de julio de 2020 y 2019

Conceptos Aportes de los propietarios Aportes de los propietarios Aportes de los propietarios Resultados
no asignados
Total del
patrimonio neto
Capital social
(Nota 10)
Ajuste del
capital social
Subtotal
$ $ $ $ $
Saldos al 30 de abril de 2019
Ganancia del período (tres meses)
329.780.000
-
388.582.528
-
718.362.528
-
(18.633.581)
95.151.598
699.728.947
95.151.598
Saldos al 31 de julio de 2019
Asamblea Ordinaria de Accionistas del 27 de agosto de 2019
Pérdida del período (nueve meses)
329.780.000
-
-
388.582.528
(18.633.581)
-
718.362.528
(18.633.581)
-
76.518.017
18.633.581
(272.381.165)
794.880.545
-
(272.381.165)
Saldos al 30 de abril de 2020
Pérdida del período (tres meses)
329.780.000
-
369.948.947
-
699.728.947
-
(177.229.567)
(35.634.589)
522.499.380
(35.634.589)
Saldos al 31 de julio de 2020 329.780.000 369.948.947 699.728.947 (212.864.156) 486.864.791

Las notas 1 a 13 y los Anexos I a IV que se acompañan forman parte integrante de estos estados contables.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 COMISION FISCALIZADORA

Pablo Götz Presidente

(Socio)

C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17 Dr. Nicolás A. Carusoni Contador Público (UM) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 252 – F° 141

Dr. Norberto Luis Feoli Síndico Titular Contador Público (UBA) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 50 – F° 212

5

E G WIND S.A.

Registro en la Inspección General de Justicia: 1.902.592

ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO por los períodos de tres meses iniciados el 1 de mayo de 2020 y 2019 y finalizados el 31 de julio de 2020 y 2019

VARIACIONES DEL EFECTIVO
Efectivo y equivalente de efectivo al inicio del ejercicio
Efectivo y equivalente de efectivo al cierre del período
Disminución neta del efectivo
Causas de las variaciones del efectivo
Actividades operativas
(Pérdida) / ganancia del período
Más/(menos)
Impuesto a las ganancias
Descuento de activos
Ajustes para arribar al flujo neto de efectivo proveniente de las actividades
operativas
Depreciación de bienes de uso
Depreciación de intangibles
Intereses devengados por deudas comerciales y financieras
Diferencia de cambio generada por deudas comerciales y financieras
RECPAM generado por deudas financieras
Cambios en activos y pasivos operativos
Aumento en créditos por ventas
(Aumento) / disminución de otros créditos
Disminución de cuentas por pagar
Disminución de cargas fiscales
Flujo neto de efectivo utilizado en las actividades operativas
Actividades de inversión
Adquisición de bienes de uso
Adquisición de activos intangibles
Flujo neto de efectivo utilizado en las actividades de inversión
Actividades de financiación
Intereses pagados
Préstamos cancelados
Aumento de adelantos en cuenta corriente
Flujo neto de efectivo utilizado en las actividades de financiación
Disminución neta del efectivo
31.07.20 31.07.19
$ $
62.588.936
405.690
56.271.065
12.929.634
(62.183.246) (43.341.431)
(35.634.589)
(937.286)
(472.151)
29.100.052
148.290
37.279.382
148.293.940
(29.462.602)
(34.893.308)
(529.199)
(113.775.133)
(7.339.471)
95.151.598
18.872.854
-
-
-
61.414.191
(11.000.053)
(43.109.150)
-
13.755.799
(141.276.402)
(2.430.655)
(8.222.075) (8.621.818)
(732.732)
-
(23.295.024)
(512.581)
(732.732) (23.807.605)
(11.338.866)
(53.922.337)
12.032.764
(10.912.008)
-
-
(53.228.439) (10.912.008)
(62.183.246) (43.341.431)
Información complementaria
Aportes de capital a recibir
31.07.20 31.07.19
$ $
- 2.847.749

Las notas 1 a 13 y los Anexos I a IV que se acompañan forman parte integrante de estos estados contables.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020

PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Pablo Götz Presidente

(Socio)

Dr. Norberto Luis Feoli Síndico Titular Contador Público (UBA) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 50 – F° 212

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 COMISION FISCALIZADORA

C.P.C.E.C.A.B.A T°1 – F°17 Dr. Nicolás A. Carusoni Contador Público (UM) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 252 – F° 141

6

E G WIND S.A.

Registro en la Inspección General de Justicia: 1.902.592

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 31 de julio y 30 de abril de 2020

NOTA 1 – CONSTITUCION Y NEGOCIO DE LA SOCIEDAD

E G WIND S.A. se constituyó el 5 de julio de 2016, siendo su actividad principal la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables.

El 17 de agosto de 2017 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución E-275/2017 del Ministerio de Energía y Minería, la cual convocó a los interesados a ofertar en el proceso de convocatoria abierta nacional e internacional para la contratación en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) de energía eléctrica de fuentes renovables de generación – el Programa RenovAr - Ronda 2 -, con el fin de celebrar contratos del mercado a término (denominados contratos de abastecimiento de energía eléctrica renovable), con la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA), en representación de los Distribuidores y Grandes Usuarios del Mercado Eléctrico Mayorista – hasta su reasignación en cabeza de los agentes distribuidores y/o Grandes Usuarios del MEM, de conformidad con el Pliego de Bases y Condiciones del Programa.

El 19 de octubre de 2017, Capex S.A., actual sociedad controlante con el 95%, presentó el proyecto Parque Eólico Diadema II en el Programa RenovAr - Ronda 2 -. Si bien la oferta había sido aprobada técnicamente a través de la Resolución E-450/2017, el 1° de diciembre de 2017 el Ministerio de Energía y Minería informó a través de la Resolución E-473/2017 que el Proyecto no había resultado adjudicado y se invitó al oferente a ofertar nuevamente bajo determinadas condiciones prefijadas:

  • El precio por megavatio hora para los contratos a celebrar por quienes aceptaran la invitación era de US$ 40,27 MWh (el Proyecto del Parque Eólico Diadema II se había ofertado con un precio de US$ 42 MWh);

  • En los casos de proyectos respecto de los cuales existía una restricción en el sistema de transporte eléctrico, el oferente debía aceptar, a su exclusivo costo, la ejecución de las obras que resultaren necesarias para resolver la restricción que le informara CAMMESA. El Parque Eólico Diadema II no requería ampliación de capacidad adicional a la que será ejecutada por el Estado Nacional.

  • El Parque Eólico Diadema II había quedado primero en el orden de preadjudicación elaborado por CAMMESA de acuerdo con la regulación vigente.

Capex S.A participó en la nueva convocatoria y el Proyecto resultó adjudicado el 19 de diciembre de 2017 mediante la Res 488/2017 del Ministerio de Energía y Minería. Con fecha 4 de junio de 2018 E G WIND suscribió con CAMMESA el contrato de construcción, puesta en marcha y abastecimiento de energía a partir de fuentes renovables por una potencia máxima de 27,6 MW y un período de abastecimiento de 20 años a un precio de US$ 40,27 MWh, a contar desde la fecha de la habilitación comercial e incluyó la obligación de la Sociedad de construir el Parque Eólico Diadema II. Con motivo de dicha adjudicación, la Sociedad obtuvo beneficios fiscales nacionales, previstos en el programa RenovAr Ronda 2 en el marco de la Ley 26.190 y 27.191, a saber: a) se extiende a 10 años el período para la compensación de los quebrantos del impuesto a las ganancias, b) devolución anticipada del impuesto al valor agregado que podrá ser solicitado luego de transcurrido un período fiscal a partir de las inversiones realizadas en el citado proyecto hasta la conclusión del mismo y c) amortización acelerada en el impuesto a las ganancias, el cual podrá ser solicitado a partir del período fiscal de habilitación del bien, y los beneficios fiscales provinciales de la provincia del Chubut en el marco del Régimen de Promoción de Fuentes de Energías Renovables, Ley XVII – N°95 y Decreto 1114/11, a saber: a) Impuesto de sellos: eximición del pago para las etapas de estudio y desarrollo y de construcción y b) Impuesto a los ingresos brutos: eximición del 100 % generado por el desarrollo de las actividades durante los primeros 5 años a contar desde el inicio de la operación comercial, y del 50% a partir del sexto año hasta el décimo año inclusive.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 COMISION FISCALIZADORA

(Socio)

C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17

Dr. Norberto Luis Feoli

7

E G WIND S.A.

Registro en la Inspección General de Justicia: 1.902.592

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 31 de julio y 30 de abril de 2020 (cont.)

NOTA 1 – CONSTITUCION Y NEGOCIO DE LA SOCIEDAD (CONT.)

El Parque Eólico Diadema II se encuentra ubicado en la Ciudad de Comodoro Rivadavia, Provincia del Chubut, y está compuesto por 9 aerogeneradores ENERCON E-82 E4 con una potencia nominal de 3,07 MW (megavatio) cada uno, totalizando una potencia instalada de 27,6 MW.

Con fecha 29 de junio de 2018 Capex otorgó ciertas garantías corporativas por un total de US$ 18.620.694 a favor de Enercon GmbH y Enercon Argentina S.R.L., en relación con las obligaciones de pago asumidas por la Sociedad ante dichas empresas, por la provisión e instalación de los equipos, como así también la puesta en marcha del Parque Eólico Diadema II.

El parque obtuvo su habilitación comercial por parte de CAMMESA el día 18 de septiembre de 2019, cumpliendo con los plazos estipulados en la licitación. Hasta tanto no se realicen las obras de ampliación a cargo del Estado Nacional, existirán restricciones en la capacidad de transporte de la región, las cuales serán mayores en la medida que se sumen nuevos parques eólicos en la zona. Como mecanismo de compensación a dichas restricciones, el contrato establece también una cláusula de “Take or pay”. La inversión total fue de aproximadamente US$ MM 35,7.

Impacto del Coronavirus

A la fecha de emisión de los presentes estados contables sigue vigente el DNU Nro. 297/20 mediante el cual estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo de 2020 e implementó una serie de medidas tendientes a disminuir la circulación, permitiendo la misma sólo a aquellas personas vinculadas a la prestación de actividades esenciales.

La Sociedad continúa operando con dotaciones mínimas en su PED II bajo estrictos y precisos protocolos para evitar el contagio y la propagación de la enfermedad; en lo que se refiere a personal administrativo y de gestión, se continuó trabajando en forma remota.

La Sociedad continúa sosteniendo como principales objetivos preservar la seguridad y salud de su personal y mantener su PED II operativo.

El alcance final del brote del COVID-19 y su impacto en la economía del país es desconocido e imposible de predecir razonablemente. Sin embargo, si bien ha producido efectos significativos a corto plazo, no se prevé que los mismos afecten la continuidad del negocio de la Sociedad. Dada la solidez financiera actual de la Sociedad, se estima que la compañía podrá seguir haciendo frente a sus compromisos financieros de los próximos doce meses.

La Gerencia de la Sociedad monitorea constantemente la situación, tomando las medidas que considera necesarias con el objetivo de asegurar la integridad sanitaria de su personal, mantener la operación del PED II y preservar la situación financiera.

Incendio Estación Transformadora Diadema

Como consecuencia del incendio ocurrido en el mes de marzo de 2020 en la Estación Transformadora Diadema que conecta al PED II con el Sistema Argentino de Interconexión (SADI), el parque quedó desconectado del mismo. Luego de las tareas de reparación llevadas a cabo, el 22 de mayo de 2020 el parque volvió a despachar energía eléctrica al sistema. A la fecha de los presentes estados contables se encuentran en proceso los trámites para el cobro de las sumas aseguradas.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020

PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 COMISION FISCALIZADORA

(Socio)

C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17

Dr. Norberto Luis Feoli

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E G WIND S.A.

Registro en la Inspección General de Justicia: 1.902.592

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 31 de julio y 30 de abril de 2020 (cont.)

NOTA 1 – CONSTITUCION Y NEGOCIO DE LA SOCIEDAD (CONT.)

Medidas del BCRA

Con fecha 15 de septiembre de 2020, a través de la Comunicación “A” 7106, el BCRA estableció nuevas regulaciones respecto de deudas financieras contraídas en el exterior. La normativa establece que aquellos que tengan programados pagos por vencimientos de capital, durante el período del 15 de octubre de 2020 al 31 de marzo de 2021, por las siguientes operaciones:

a) Endeudamientos financieros con el exterior del sector privado no financiero con un acreedor que no sea una contraparte vinculada del deudor, o

b) Endeudamientos financieros con el exterior por operaciones propias de las entidades, o

c) Emisiones de títulos de deuda con registro público en el país denominados en moneda extranjera de clientes del sector privado o de las propias entidades, denominadas en moneda extranjera, deberán presentar ante el BCRA un plan de refinanciación en base a los siguientes criterios:

i) el monto neto por el cual se accederá al Mercado de Cambios en el plazo original no superará el 40% del monto de capital que vencía en ese período; y

ii) el resto del capital haya sido, como mínimo, refinanciado con un nuevo endeudamiento financiero cuya vida promedio sea de 2 años. Adicionalmente, a esta refinanciación otorgada, se computarán nuevos endeudamientos o nuevas emisiones que las entidades pudieran recibir.

Lo indicado precedentemente no será de aplicación cuando:

i) se trate de endeudamientos con organismos internacionales o sus agencias asociadas o garantizados por los mismos; ii) se trate de endeudamientos otorgados al deudor por agencias oficiales de créditos o garantizados por los mismos; iii) el monto por el cual se accedería al mercado de cambios para la cancelación del capital de estos tipos de endeudamiento no superará el equivalente a US$ 1.000.000 por mes calendario.

Esta normativa no tiene efecto sobre la Sociedad ya que la misma no posee deuda financiera con el exterior.

NOTA 2 – MARCO REGULATORIO

El marco regulatorio de la industria eléctrica se basa en las disposiciones de las Leyes 15.336 y 24.065 y su reglamentación (el “Marco Regulatorio”), entre las cuales se destaca la Resolución SE N° 61/92 y sus modificatorias y complementarias conocida como “Los Procedimientos” del Mercado Eléctrico Mayorista (“MEM”).

El marco regulatorio divide la generación, transmisión y distribución de la electricidad considerándolas actividades integradas y sometiendo cada una de ellas a una reglamentación independiente.

Los generadores pueden vender su energía a empresas distribuidoras, a grandes usuarios y al MEM. Las empresas transportistas gozan de un monopolio natural y están obligadas a permitir el acceso de terceros a cualquier capacidad de transporte disponible. Las empresas distribuidoras, que también operan en condiciones de monopolio, están reguladas a través del establecimiento de tarifas y especificaciones para la calidad del servicio.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 COMISION FISCALIZADORA

PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

(Socio)

C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17

Dr. Norberto Luis Feoli

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E G WIND S.A.

Registro en la Inspección General de Justicia: 1.902.592

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 31 de julio y 30 de abril de 2020 (cont.)

NOTA 2 – MARCO REGULATORIO (Cont.)

El MEM es un mercado en el cual los generadores y distribuidores pueden comprar y vender electricidad a precios determinados por las leyes de la oferta y la demanda y están autorizados a firmar contratos de suministro de energía eléctrica a término.

El control regulatorio del sector eléctrico bajo jurisdicción federal se lleva a cabo a través del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (“ENRE”), entidad reguladora nacional y responsable de verificar que los miembros del sector cumplan con las disposiciones del marco regulatorio de la industria y con las disposiciones de las concesiones correspondientes.

La administración del sector eléctrico está a cargo de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A (“CAMMESA”) cuyo capital accionario se distribuye entre las entidades que representan a los generadores, empresas transportistas, distribuidoras, grandes usuarios de electricidad y la SE, que actúa en representación de los usuarios menores que no acceden directamente al MEM.

CAMMESA está a cargo de la programación y el despacho de los generadores para satisfacer la demanda del MEM, para lo cual ha sido autorizada a firmar contratos con agentes del MEM para el abastecimiento de energía, en cumplimiento de instrucciones emitidas por la SE, en el marco de los mecanismos establecidos en la Resolución 2022/05.

De conformidad con el marco regulatorio, CAMMESA administra un fondo de estabilización para balancear los pagos efectuados por la demanda versus los gastos pagados a los productores y transportistas de electricidad, el cual arroja resultados deficitarios desde el año 2003. Este déficit se ha originado en la falta de ajustes tarifarios a la demanda y en el incremento de costos de los generadores. La SE ha emitido sucesivas normas para intentar adecuar la caja a tal déficit, entre ellas las Resoluciones SE N° 240/03, 406/03, 712/04, 826/04, 956/04, 1866/05 y 564/07. A su vez, la Resolución SE N° 1281/06 introdujo cambios normativos de relevancia respecto de: (i) el respaldo físico de la demanda, (ii) el destino de la generación existente y (iii) el encuadre de la nueva generación que se vincule al sistema eléctrico.

La Resolución SE N° 220/07, de fecha 18 de enero de 2007, habilitó la realización de contratos de abastecimiento entre el MEM y las ofertas de disponibilidad de generación y energía asociada adicionales, presentadas por parte de agentes generadores, cogeneradores o autogeneradores que, a la fecha de publicación de esta resolución, no fueran agentes de MEM, o no estuvieran habilitados comercialmente o interconectados. La resolución estableció las características básicas que deberán cumplir dichos contratos de abastecimiento. Están habilitados a ser parte de las ofertas de generación todos aquellos proyectos en los que participe el Estado Nacional, ENARSA o los que el Señor Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios determine. También se establece que, en tanto sea de aplicación la Resolución SE N° 406/03, las obligaciones derivadas del contrato tendrán una prioridad de cancelación igual a las establecidas en el numeral e) del art. 4 de esa resolución. En caso de que se modifique el orden de prioridad a aplicar, la prioridad de cancelación no podrá ser inferior a la correspondiente al reconocimiento de los costos operativos de los generadores térmicos.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

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NOTA 2 – MARCO REGULATORIO (Cont.)

LEY 26.190 Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables

El 6 de diciembre de 2006 el Congreso de la Nación sancionó la Ley 26.190 que estableció el Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables, estableciendo los siguientes puntos:

  • (i) Declaró de interés nacional la generación de energía eléctrica a partir del uso de fuentes de energía renovables con destino a la prestación de servicio público; (ii) estableció el porcentaje de energía renovable que debería alcanzar el país respecto del consumo de energía eléctrica nacional; (iii) la ley promueve la realización de nuevas inversiones en emprendimientos de energía eléctrica a partir del uso de fuentes renovables de energía definiendo su ámbito de aplicación en todo el país; definió los conceptos de Fuentes Renovables de Energía, Energía Eléctrica generada a partir de fuentes de energía renovables y el concepto de Equipos para Generación; (iv) Definió los beneficios impositivos para los beneficiarios del Régimen de Inversiones para la construcción de obras nuevas destinadas a la generación de energía eléctrica generada a partir de fuentes de energía renovables que posteriormente fueron modificados por la Ley 27.191.

LEY 27.191 – Modificaciones al régimen de fomento de energías renovables

El 25 de septiembre de 2015 el Congreso Nacional sancionó la Ley 27.191, que fue publicada en el Boletín Oficial el 21 de octubre de 2015. La mencionada Ley introdujo modificaciones al Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables creado por la Ley 26.190, para lo cual, en líneas generales, y con el objetivo de lograr alcanzar una contribución de energía renovable en la matriz de consumo nacional del 8% al 31 de diciembre de 2017 y del 20% al 31 de diciembre de 2025, incorporó los siguientes puntos:

(i) Amplió la definición de energías renovables; (ii) eliminó el límite de 10 años para el régimen de beneficios fiscales; (iii) fijó incentivos fiscales no excluyentes como: devolución anticipada de IVA, amortización acelerada del impuesto a las ganancias, exclusión de la base de los bienes afectados por las actividades promovidas del impuesto a la ganancia mínima presunta, exención de derechos de importación, compensación de quebrantos con ganancias (de los actuales 5 años pasa a 10 años), exención del impuesto a la distribución de dividendos siendo el beneficiario persona física (sólo en caso de reinversión del mismo), y certificados fiscales por el 20% del valor de los componentes nacionales; (iv) creó el Fondo Fiduciario para Desarrollo de Energías Renovables que, entre otras cosas, otorgará préstamos y garantías a los proyectos de inversión y (v) dispuso que todos los usuarios de energía eléctrica tendrán que contribuir cumpliendo con los objetivos de consumo de energías renovables establecidos por la ley, para lo cual se estableció un cronograma gradual y obligaciones especiales para los Grandes Usuarios de más de 300kW. Finalmente la ley ratificó que la generación eólica debe ser tratada como generación hidráulica de pasada; por lo tanto ésta despachará en virtud de la disponibilidad de viento real con la que contase.

Adicionalmente, en el mes de mayo de 2016 el Ministerio de Energía y Minería emitió las Res 71/2016 y 72/2016 mediante las cuales dio inicio a la primera ronda del Proceso de Convocatoria Abierta para la contratación en el MEM de energía eléctrica de fuentes renovables de generación (“Programa RenovAr”) para dar cumplimiento a las Leyes 26.190 y 27191.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 COMISION FISCALIZADORA

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NOTA 2 – MARCO REGULATORIO (CONT.)

Decreto 531/2016 – Reglamenta la Ley 26.190 y la Ley 27.191

El día 31 de marzo de 2016 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 531/2016 que aprobó la reglamentación de la Ley 26.190, modificada por el Capítulo I y II de la Ley 27.191 referente a la Segunda Etapa del Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la Producción de Energía Eléctrica. Asimismo aprobó la reglamentación de los Capítulos de la Ley 27.191 correspondientes al: Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Energía Renovables (III), la Contribución de los Usuarios de Energía Eléctrica al Cumplimiento de los Objetivos del Régimen de Fomento (IV), los Incrementos Fiscales (V), el régimen de importaciones (VI), el acceso y utilización de fuentes renovables de energía (VII), energía eléctrica proveniente de recursos renovables intermitentes (VIII) y las cláusulas complementarias (IX) que establecen que la autoridad de aplicación deberá difundir ampliamente las ofertas de generación eléctrica a partir de fuentes renovables de energía y que invita a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las Provincias a adherir a la ley y a dictar sus propias normas destinadas a promover la producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía.

Resolución E- 275/2017 – Ministerio de Energía y Minería

El 17 de agosto de 2017 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 275/2017, la cual convocó a los interesados a ofertar en el proceso de convocatoria nacional abierta nacional e internacional para la contratación en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) de energía eléctrica de fuentes renovables de generación – el Programa RENOVAR (Ronda 2), con el fin de celebrar contratos del mercado a término (denominados contratos de abastecimiento de energía eléctrica renovable), con CAMMESA, en representación de los Distribuidores y Grandes Usuarios del Mercado Eléctrico Mayorista – hasta su reasignación en cabeza de los agentes distribuidores y/o Grandes Usuarios del MEM, de conformidad con el Pliego de Bases y Condiciones del Programa.

Resolución E-281/2017 – Ministerio de Energía y Minería

El 22 de agosto de 2017 se publicó la Resolución 281/2017 que estableció el Régimen del Mercado a Término de Energía Eléctrica de Fuente Renovable en el marco de lo establecido por la Ley 27.191 y el Decreto reglamentario 531/2016. Este Régimen tiene por objeto establecer las condiciones de cumplimiento de acuerdo con lo fijado en el artículo 9º de la Ley 27.191 por parte de los Grandes Usuarios del Mercado Eléctrico Mayorista y las Grandes Demandas que sean Clientes de los Agentes Distribuidores del MEM, o de los Prestadores del Servicio Público de Distribución en tanto sus demandas de potencia sean iguales o mayores a trescientos kilovatios (300KV) medios demandados, a través de la contratación individual en el Mercado a Término de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables o por autogeneración de fuentes renovables, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 27.191 y el artículo 9 del Anexo II del Decreto 531/2016. Específicamente se estableció que la obligación para los sujetos individualizados en el mencionado artículo de la Ley podría cumplirse por cualquiera de las siguientes formas: a) por contratación individual de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables, b) por autogeneración o por cogeneración de fuentes renovables o c) por participación en el mecanismo de compras conjuntas desarrollado por CAMMESA. El art. 9, en su inciso 2, apartado (i) del Anexo II, del decreto reglamentario prevé que los contratos de abastecimiento de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables celebrados en el marco de la Ley 27.191, por los sujetos comprendidos en su artículo 9, serán libremente negociados entre las partes, teniendo en cuenta las características de los proyectos de inversión y el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la ley y en el decreto reglamentario, los deberes de información y requisitos de administración establecidos en los Procedimientos de CAMMESA y en la normativa complementaria que dicte la autoridad de aplicación.

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NOTA 2 – MARCO REGULATORIO (CONT.)

Resolución 488/2017 – Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable

Con fecha 19 de diciembre de 2017, mediante la Res 488/2017 del Ministerio de Energía y Minería, se adjudicaron los Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable en los términos establecidos en las Resoluciones Nros. 275 de fecha 16 de agosto de 2017 y 473 de fecha 30 de noviembre de 2017, ambas de ese Ministerio, indicándose el Precio Adjudicado por megavatio hora para cada tecnología en cada Contrato de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable a suscribir y la asignación del cupo remanente de la Garantía Banco Mundial, para dichos proyectos.

Resolución 230/2019 - Ministerio de Hacienda – Secretaría de Gobierno de Energía

Con fecha 30 de abril de 2019 se dictó la Res 230/19 de la Secretaría de Gobierno de Energía, a través de la cual se modificó el Anexo I de la Res 281/17 estableciendo como temas relevantes las nuevas condiciones para el mantenimiento de la prioridad de despacho otorgada, formas de demostrar el avance de la construcción del proyecto y plazo de mantenimiento de la caución contratada por la potencia por la cual se le asignó prioridad al proyecto.

NOTA 3 – NORMAS CONTABLES

A continuación se detallan las normas contables más relevantes utilizadas por la Sociedad para la preparación de los presentes estados contables, las que han sido aplicadas uniformemente respecto del período/ejercicio anterior.

3.1. Preparación y presentación de los Estados Contables

Los presentes estados contables están expresados en pesos, y han sido preparados de conformidad con las normas contables profesionales argentinas. Tales normas, de exposición y valuación, se encuentran contenidas en las Resoluciones Técnicas emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.), aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.P.C.E.C.A.B.A.).

Los presentes estados contables han sido preparados por la Sociedad para ser utilizados por la sociedad controlante con el fin de valuar su inversión por el método del valor patrimonial proporcional y de preparar sus estados financieros contables consolidados condensados intermedios.

Los saldos al 30 de abril de 2020 y 31 de julio de 2019 que se exponen en estos estados contables a efectos comparativos surgen de los estados contables a dichas fechas, aplicando la metodología de la nota 3.3.

Los estados contables correspondientes a los períodos de tres meses finalizados al 31 de julio 2020 y 2019 no han sido auditados. La gerencia de la Sociedad estima que incluyen todos los ajustes necesarios para presentar razonablemente los resultados de cada período. Los resultados de los períodos de tres meses finalizados el 31 de julio de 2020 y 2019 no necesariamente reflejan la proporción de los resultados de la Sociedad por los ejercicios completos.

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NOTA 3 – NORMAS CONTABLES (CONT.)

3.1. Preparación y presentación de los Estados Contables (cont.)

Los estados contables de la Sociedad han sido aprobados con fecha 28 de septiembre de 2020 cumpliendo lo dispuesto en el art 3 de la Resolución General N° 11/20 emitida por la Inspección General de Justicia (IGJ). En virtud de ello, a la fecha, se encuentran pendientes de transcripción al Libro Inventario y Balances y el mes de julio de 2020 al Libro Diario.

3.2. Estimaciones contables

La preparación de estados contables a una fecha determinada requiere que la gerencia de la Sociedad realice estimaciones y evaluaciones que afectan el monto de los activos y pasivos registrados y los activos y pasivos contingentes revelados a dicha fecha, como así también los ingresos y egresos registrados en el período/ejercicio. La gerencia de la Sociedad realiza estimaciones para poder calcular a un momento dado, por ejemplo, el valor actual de los créditos y el cargo por impuesto a las ganancias. Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados contables.

3.3. Consideración de los efectos de la inflación

Las normas contables profesionales argentinas establecen que los estados contables deben ser preparados reconociendo los cambios en el poder adquisitivo de la moneda conforme a las disposiciones establecidas en las Resoluciones Técnicas (RT) N° 6 y N° 17, con las modificaciones introducidas por la RT N° 39 y por la Interpretación N° 8, normas emitidas por la FACPCE. Estas normas establecen que la aplicación del ajuste por inflación debe realizarse frente a la existencia de un contexto de alta inflación, el cual se caracteriza, entre otras consideraciones, cuando exista una tasa acumulada de inflación en tres años que alcance o sobrepase el 100%.

La inflación acumulada en tres años se ubica por encima del 100%. Es por esta razón que, de acuerdo con las normas contables profesionales mencionadas en forma precedente, la economía argentina debe ser considerada como de alta inflación a partir del 1° de julio de 2018. La FACPCE ha confirmado esta situación con la Resolución de su Junta de Gobierno (JG) 539/18.

A su vez, la Ley N° 27.468 (B.O. 04/12/2018) modificó el artículo 10° de la Ley N° 23.928 y sus modificatorias, estableciendo que la derogación de todas las normas legales o reglamentarias que establecen o autorizan la indexación por precios, actualización monetaria, variación de costos o cualquier otra forma de repotenciación de las deudas, impuestos, precios o tarifas de los bienes, obras o servicios, no comprende a los estados contables, respecto de los cuales continuará siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 62 in fine de la Ley General de Sociedades N° 19.550 (T.O. 1984) y sus modificatorias. Asimismo, el mencionado cuerpo legal dispuso la derogación del Decreto Nº 1269/2002 del 16 de julio de 2002 y sus modificatorios y delegó en el Poder Ejecutivo Nacional (PEN), a través de sus organismos de contralor, establecer la fecha a partir de la cual surtirán efecto las disposiciones citadas en relación con los estados contables que les sean presentados.

Por lo tanto, mediante su Resolución General 10/2018 (B.O. 28/12/2018), la Inspección General de Justicia (IGJ) dispuso que los estados contables correspondientes a ejercicios económicos completos o períodos intermedios deberán presentarse ante este Organismo expresados en moneda homogénea. Asimismo, mediante dicha resolución determinó que, a los fines de la reexpresión de los estados contables, se aplicarán las normas emitidas por la FACPCE, adoptadas por el CPCECABA.

En función de las disposiciones detalladas en forma precedente, la Sociedad ha reexpresado los presentes estados contables al 31 de julio de 2020.

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NOTA 3 – NORMAS CONTABLES (CONT.)

3.3. Consideración de los efectos de la inflación (Cont.)

De acuerdo con las normas contables profesionales argentinas, los estados contables de una entidad en un contexto considerado de alta inflación deben presentarse en términos de la unidad de medida vigente a la fecha de dichos estados contables. Todos los montos incluidos en el estado de situación patrimonial, que no se informen en términos de la unidad de medida a la fecha de los estados contables, deben actualizarse aplicando un índice de precios general. Todos los componentes del estado de resultados deben indicarse en términos de la unidad de medida actualizada a la fecha de los estados contables, aplicando un índice de precios general desde la fecha en que los ingresos y gastos fueron reconocidos originalmente.

La reexpresión de los saldos iniciales se calculó considerando los índices establecidos por la FACPCE con base en los índices de precios publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

Los principales procedimientos utilizados para la reexpresión fueron los siguientes:

  • Los activos y pasivos monetarios que se contabilizaron a moneda de cierre del estado de situación patrimonial no fueron reexpresados, dado que ya se encuentran reexpresados a la fecha de los estados contables.

  • Activos y pasivos no monetarios que se contabilizan a costo a la fecha del estado de situación patrimonial y los componentes del patrimonio se reexpresan aplicando los coeficientes de ajuste correspondientes.

  • Los ingresos y gastos (incluyendo los intereses y diferencias de cambio) del estado de resultados se reexpresan desde la fecha de su registración contable, salvo aquellas partidas del resultado que reflejan o incluyen en su determinación el consumo de activos medidos en moneda de poder adquisitivo de una fecha anterior a la registración del consumo, las que se reexpresan tomando como base la fecha de origen del activo con el que está relacionada la partida (por ejemplo, depreciación y otros consumos de activos valuados a costo histórico).

  • La pérdida o ganancia por la posición monetaria neta se incluye en el resultado neto del período que se informa, revelando esta información en una partida separada.

En la aplicación inicial del método de reexpresión, las cuentas del patrimonio fueron reexpresadas de la siguiente manera:

Componente Fecha de origen
Capital Fecha de suscripción
Aumento de capital Fecha de integración

La Sociedad ha utilizado la opción, adicional a la RT 6, dispuesta en la sección 3 de la Resolución JG 539/18 y sus modificatorias (JG 553/19) y MD 11/19, de la no presentación de la conciliación entre el impuesto a las ganancias incluido en el estado de resultados y el impuesto a las ganancias teórico.

3.4. Estado de flujo de efectivo

Para la presentación del Estado de Flujo de Efectivo se consideraron los saldos de “Caja y bancos” y los equivalentes de caja que comprenden todas las inversiones de muy alta liquidez y aquéllas con vencimiento originalmente pactado inferior a tres meses.

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NOTA 4 – CRITERIOS DE VALUACION

Los principales criterios de valuación son los siguientes:

4.1 Caja y bancos

Han sido valuados a su valor nominal.

4.2 Inversiones corrientes

Los fondos comunes de inversión al 30 de abril de 2020 se valuaron al valor de cotización a la fecha de cierre del ejercicio.

4.3 Créditos por ventas

Los créditos por ventas han sido valuados al precio de contado estimado al momento de la transacción más los intereses y componentes financieros implícitos devengados, en caso de corresponder.

4.4 Otros créditos

Los otros créditos han sido valuados en base a la mejor estimación posible de la suma a cobrar, descontándose los mismos, en caso de corresponder.

4.5 Bienes de Uso

Los bienes de uso han sido valuados a su costo de adquisición, siguiendo la metodología de la nota 3.3, neto de sus depreciaciones acumuladas. Estos se han comenzado a depreciar a partir de la habilitación comercial del PED II, en el mes de septiembre de 2019, por el método de la línea recta, en base a la vida útil estimada de los bienes, aplicando tasas anuales suficientes para extinguir sus valores al final de la misma.

El valor neto de depreciaciones correspondiente a los resultados financieros activados en el PED II al 31 de julio y 30 de abril de 2020 asciende a $ 41.692.886 y $ 42.237.654, respectivamente.

El valor de los bienes de uso, considerados en su conjunto, no supera su valor recuperable estimado.

4.6 Activos intangibles

Los activos intangibles han sido valuados a su costo de adquisición, siguiendo la metodología de la nota 3.3, neto de sus amortizaciones acumuladas. Estos se han comenzado a amortizar a partir de la habilitación comercial del PED II, en el mes de septiembre de 2019, por el método de la línea recta, en base a la vida útil estimada de los bienes, aplicando tasas anuales suficientes para extinguir sus valores al final de la misma.

El valor de los activos intangibles, considerados en su conjunto, no supera su valor recuperable estimado.

4.7 Cuentas por pagar

Han sido valuadas al precio de contado estimado al momento de la transacción, descontándose las mismas, en caso de corresponder.

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NOTA 4 – CRITERIOS DE VALUACION (CONT.)

4.8 Deudas financieras

Las deudas financieras han sido valuadas en función de los montos de capital adeudados más los intereses devengados correspondientes, de acuerdo con las condiciones pactadas.

4.9 Cargas fiscales

Han sido valuadas a su valor nominal.

4.10 Impuesto a las ganancias e impuesto diferido

La Sociedad ha reconocido el cargo por impuesto a las ganancias en base al método del pasivo por impuesto diferido, reconociendo de esta manera las diferencias temporarias entre las mediciones de los activos y pasivos contables e impositivos. Las diferencias temporarias se originan en los quebrantos fiscales, inversiones, bienes de uso y activos intangibles (Nota 8).

A los efectos de determinar los activos y pasivos diferidos se ha aplicado sobre las diferencias temporarias identificadas y los quebrantos impositivos acumulados, la tasa impositiva que se espera esté vigente al momento de su reversión o utilización, considerando las normas legales a la fecha de emisión de los presentes estados contables.

Las proyecciones económicas e impositivas realizadas por la Sociedad arrojan resultados positivos respecto de la posibilidad de recuperar en el futuro y antes de la fecha de prescripción (de acuerdo con la Ley 27.191 artículo 4° punto 2, es de 10 años), los quebrantos impositivos acumulados; por tal motivo, al 31 de julio de 2020 la Sociedad mantiene activados dichos conceptos por $ 190.889.066 (Nota 8).

4.11 Activos y pasivos en moneda extranjera

Los activos y pasivos en moneda extranjera al 31 de julio y 30 de abril de 2020 han sido valuados al tipo de cambio vigente al cierre de cada período/ejercicio.

4.12 Capital social y ajuste del capital social

El capital social ha sido valuado a su valor nominal. El ajuste del capital social que surge de la diferencia entre el capital social expresado en moneda homogénea y el capital social nominal histórico ha sido expuesto en la cuenta "Ajuste del capital social" integrante del patrimonio neto.

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NOTA 5 – COMPOSICION DE LOS PRINCIPALES RUBROS DEL ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL

ACTIVO
a) Caja y bancos
En moneda nacional
Caja
Fondo fijo
Bancos
En moneda extranjera (Anexo IV)
Bancos
b) Inversiones
En moneda nacional
Fondo común de inversión
c) Créditos por ventas
En moneda extranjera (Anexo IV)
Por ventas de energía eléctrica
d) Otros créditos
En moneda nacional
Impuesto al valor agregado
Otros créditos impositivos
Activo diferido neto (Nota 8)
Sociedades art. 33 Ley 19.550 (Nota 7.b)
Seguros a devengar
Diversos
En moneda extranjera (Anexo IV)
Créditos a recuperar
Diversos
31.07.20 31.07.20 30.04.20 30.04.20
Corriente No Corriente Corriente No Corriente
$ $ $ $
8.962
8.000
107.856
280.872

-

-

-

-
9.484
8.466
45.389
278.184

-

-

-

-
405.690
-
341.523
-
- - 62.247.413
-
- - 62.247.413
-
62.031.423
-
27.138.115
-
62.031.423
-
27.138.115
-
51.094.855
7.204.376
-
9.587.042
583.198
55.400
37.028.217
1.893.150
28.107.747
1.579.370
145.819.543

-
-
-
-
-
50.557.980
6.663.187
-
8.180.581
1.842.062
-
-
1.851.266
29.155.176
1.672.738
133.638.630

-

-
-
36.209.015

-
107.446.238 175.506.660 69.095.076 200.675.559

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NOTA 5 – COMPOSICION DE LOS PRINCIPALES RUBROS DEL ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL (CONT.)

PASIVO
e) Cuentas por pagar
En moneda nacional
Proveedores
Provisiones varias
Sociedades art. 33 Ley 19.550 (Nota 7.b)
En moneda extranjera (Anexo IV)
Proveedores
Provisiones varias
Sociedades art. 33 Ley 19.550 (Nota 7.b)
f) Deudas financieras
En moneda nacional
Adelantos en cuenta corriente
En moneda extranjera (Anexo IV)
Sociedades art. 33 Ley 19.550 (Nota 7.b y 11)
g) Cargas fiscales
En moneda nacional
Retenciones impositivas
Provisión impuesto a las ganancias
31.07.20 31.07.20 30.04.20 30.04.20
Corriente No Corriente Corriente No Corriente
$ $ $ $
1.992.439
333.717
72.443
455.740.527
969.679.448
211.668
-
-
-
-
-

-
12.226.003
8.056.120
-
31.794.434
-
207.032

-

-
-
415.025.024
940.581.578

-
1.428.030.242 - 52.283.589 1.355.606.602
12.032.764
83.116.945
-
437.879.520
-
81.504.037
-
482.558.095
95.149.709 437.879.520 81.504.037 482.558.095
20.249
32.558.655
-
103.339.428
93.630
45.941.992
-
85.978.554
32.578.904 103.339.428 46.035.622 85.978.554

NOTA 6 – ACTIVOS Y PASIVOS POR VENCIMIENTO DE COBRO O PAGO

  • a) Según su plazo estimado de cobro o pago:
Inversiones
De plazo a vencer
De 0 a 3 meses
31.07.20 30.04.20
$ $
- 62.247.413
- 62.247.413

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020

PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 COMISION FISCALIZADORA

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NOTA 6 – ACTIVOS Y PASIVOS POR VENCIMIENTO DE COBRO O PAGO (CONT.)

  • a) Según su plazo estimado de cobro o pago (cont.):
Créditos por ventas y otros créditos
Sin plazo – expuesto como activo corriente
Sin plazo – expuesto como activo no corriente
De plazo a vencer
De 0 a 3 meses
De 3 a 6 meses
De 6 a 9 meses
De 9 a 12 meses
De 1 a 2 años
De 2 a 3 años
De 3 a 4 años
Más de 4 años
Cuentas por pagar y cargas fiscales
De plazo vencido
De 0 a 3 meses
De plazo a vencer
De 0 a 3 meses
De 6 a 9 meses
De 9 a 12 meses
De 1 a 2 años
De 2 a 3 años
De 3 a 4 años
Más de 4 años
Deudas financieras
De plazo a vencer
De 0 a 3 meses
De 3 a 6 meses
De 6 a 9 meses
De 9 a 12 meses
De 1 a 2 años
De 2 a 3 años
De 3 a 4 años
Más de 4 años
31.07.20 30.04.20
$ $
3.282.971
145.819.543
88.511.657
22.631.745
7.735.885
47.315.403
28.347.747
240.000
240.000
859.370
3.171.238
133.638.630
46.978.878
30.368.675
7.882.937
7.831.463
64.486.800
1.399.443
261.025
889.661
344.984.321 296.908.750
26.095.595
7.623.563
32.892.372
1.393.997.616
25.409.924
24.560.058
24.560.058
28.809.388
7.904.390
44.472.829
-
45.941.992
1.377.101.242
21.494.638
21.494.638
21.494.638
1.563.948.574 1.539.904.367
38.989.613
23.551.008
13.285.184
19.323.904
81.522.720
88.165.312
92.392.416
175.799.072
26.573.924
18.900.684
23.035.209
12.994.220
77.965.323
85.643.726
88.596.957
230.352.089
533.029.229 564.062.132

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 COMISION FISCALIZADORA

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NOTA 6 – ACTIVOS Y PASIVOS POR VENCIMIENTO DE COBRO O PAGO (CONT.)

  • b) En función de la tasa de interés que devengan:
Inversiones
Que no devengan interés
Créditos por ventas y otros créditos
Que no devengan interés
Cuentas por pagar y cargas fiscales
Que no devengan interés
Que devengan interés(1)
Deudas financieras
Que no devengan interés
Que devengan interés(2)
31.07.20 30.04.20
$ $
- 62.247.413
- 62.247.413
344.984.321 296.908.750
344.984.321 296.908.750
143.657.344
1.420.291.230
150.719.444
1.389.184.923
1.563.948.574 1.539.904.367
7.707.113
525.322.116
8.263.886
555.798.246
533.029.229 564.062.132

(1) Devenga intereses a una tasa fija en dólares del 6,20% por el plazo del financiamiento de la deuda comercial (900 días).

(2) Devenga intereses a una tasa fija nominal anual en dólares del 8,10%.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 COMISION FISCALIZADORA

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NOTA 7 – OPERACIONES Y SALDOS CON PARTES RELACIONADAS

  • a) Las operaciones con partes relacionadas son las siguientes:

Capex S.A. devengó lo siguiente:

Préstamo cancelado (Nota 11)
Intereses pagados (Nota 11)
Intereses devengados (Nota 11)
Gastos coparticipables
31.07.20 31.07.19
$ $
(53.922.337)
(11.338.866)
(10.985.768)
(174.642)
-
(10.912.008)
(11.076.935)
(195.656)

Hychico S.A. devengó lo siguiente:

Gastos coparticipables a cobrar 31.07.20 31.07.19
$ $
1.003.976 -

CAPSA devengó lo siguiente:

Gastos coparticipables a cobrar 31.07.20 31.07.19
$ $
732.426 -

No existen otras operaciones con partes relacionadas que las descriptas anteriormente.

  • b) Los saldos con partes relacionadas al cierre del período/ejercicio son los siguientes:
Otros créditos
En moneda nacional
CAPSA
Hychico S.A.
Cuentas por pagar
En moneda nacional
Capex S.A.
En moneda extranjera
Capex S.A.
Deudas financieras
En moneda extranjera
Capex S.A.
Total saldos a pagar neto
31.07.20
30.04.20
$
$
3.711.066
3.024.593
5.875.976
5.155.988
(72.443)
-
(211.668)
(207.032)
(520.996.465)
(564.062.132)
(511.693.534)
(556.088.583)

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020

PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 COMISION FISCALIZADORA

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NOTA 8 – IMPUESTO A LAS GANANCIAS – IMPUESTO DIFERIDO

Reforma Tributaria en Argentina

El 29 de diciembre de 2017 el Poder Ejecutivo Nacional promulgó la Ley 27430 – Impuesto a las Ganancias. Esta ley introdujo varios cambios en el tratamiento del impuesto a las ganancias entre los cuales se encuentran:

Alícuota de Impuesto a las ganancias: La alícuota del Impuesto a las Ganancias para las sociedades argentinas se reducirá gradualmente desde el 35% al 30% para los ejercicios fiscales que comiencen a partir del 01.01.2018 hasta el 31.12.2019 y al 25% para los ejercicios fiscales que comiencen a partir del 01.01.2020, inclusive. Sin perjuicio de lo mencionado, a través de la Ley 27.541, publicada en el boletín oficial el 23 de diciembre de 2019, se suspendió hasta los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 01.01.2021, la reducción de la alícuota al 25%.

Ajuste por inflación impositivo: A los fines de determinar la ganancia neta imponible, se deberá deducir o incorporar al resultado impositivo del ejercicio que se liquida, el ajuste por inflación determinado de acuerdo con los artículos 95 a 98 de la ley del impuesto a las ganancias. Esto será aplicable en el ejercicio fiscal en el cual se verifique un porcentaje de variación del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (“IPC”) acumulado en los 36 meses anteriores al cierre del ejercicio que se liquida, superior al 100%. Estas disposiciones tienen vigencia para los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2018.

Respecto del primero, segundo y tercer ejercicio a partir de su vigencia, será aplicable en caso de que la variación del índice, calculada desde el inicio y hasta el cierre de cada uno de esos ejercicios, supere el 55%, 30% y 15% para el primero, segundo y tercer año de aplicación, respectivamente. El ajuste por inflación correspondiente al ejercicio que se liquide incidirá como un ajuste positivo o negativo, según corresponda, y deberá imputarse un tercio en ese período fiscal y los dos tercios restantes, en partes iguales, en los dos ejercicios fiscales inmediatos siguientes. Por su parte, la Ley 27.541, modificó el citado cómputo estableciendo que el ajuste por inflación positivo o negativo, correspondiente al primer y segundo ejercicio iniciado a partir del 01.01.2019 deberá imputarse un sexto (1/6) en ese período fiscal y los cinco sextos restantes, en partes iguales, en los cinco períodos fiscales inmediatos siguientes. Lo establecido en dicha disposición no obsta al cómputo de los tercios remanentes correspondientes a períodos anteriores, calculado conforme a la versión anterior del artículo 194 de la ley de Impuesto a las Ganancias.

La variación del IPC para el ejercicio finalizado el 30 de abril de 2020 fue del 45,6%, por lo cual la Sociedad para determinar la ganancia imponible correspondiente a ese ejercicio incluyó dicho ajuste. La Sociedad estima una variación del IPC superior al 15% en el ejercicio que finalizará el 30 de abril de 2021; por tal motivo, incluye el efecto que corresponde al período finalizado el 31 de julio de 2020.

Impuesto a los dividendos: Se introduce un impuesto sobre los dividendos o utilidades distribuidas, entre otros, por sociedades argentinas o establecimientos permanentes a: personas humanas, sucesiones indivisas o beneficiarios del exterior, con las siguientes consideraciones: (i) los dividendos derivados de las utilidades generadas durante los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 01.01.2018 y hasta el 31.12.2019 están sujetos a una retención del 7%; y (ii) los dividendos originados por las ganancias obtenidas por ejercicios iniciados a partir del 01.01.2020 en adelante estarán sujetos a una retención del 13%. Sin perjuicio de lo mencionado, a través de la Ley 27.541, se suspendió hasta los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 01.01.2021, la aplicación del 13% en concepto de retención sobre dividendos o utilidades distribuidas.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020

PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020

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NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 31 de julio y 30 de abril de 2020 (cont.)

NOTA 8 – IMPUESTO A LAS GANANCIAS – IMPUESTO DIFERIDO (CONT.)

Reforma Tributaria en Argentina (Cont.)

Impuesto a los dividendos (cont.)

Los dividendos originados por beneficios obtenidos hasta el ejercicio anterior al iniciado a partir del 1 de enero de 2018 seguirán sujetos, para todos los beneficiarios de los mismos, a la retención del 35% sobre el monto que exceda las ganancias acumuladas distribuibles libres de impuestos (período de transición del impuesto de igualación).

Actualización de adquisiciones e inversiones efectuadas en los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1° de enero de 2018: Para las adquisiciones o inversiones efectuadas en los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1 de enero de 2018, procederán las siguientes actualizaciones, practicadas sobre la base de las variaciones porcentuales del IPC que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos conforme a las tablas que a esos efectos elabore la AFIP:

  • 1) En la enajenación de bienes muebles amortizables, inmuebles que no tengan el carácter de bienes de cambio, bienes intangibles, acciones, cuotas o participaciones sociales (incluidas las cuotas partes de fondos comunes de inversión), el costo computable en la determinación de la ganancia bruta se actualizará por el índice mencionado, desde la fecha de adquisición o inversión hasta la fecha de enajenación, y se disminuirá, en su caso, por las amortizaciones que hubiera correspondido aplicar, calculadas sobre el valor actualizado.

  • 2) Las amortizaciones deducibles correspondientes a edificios y demás construcciones sobre inmuebles afectados a actividades o inversiones, distintos de bienes de cambio, y las correspondientes a otros bienes empleados para producir ganancias gravadas, se calcularán aplicando a las cuotas de amortización ordinaria el índice de actualización mencionado, referido a la fecha de adquisición o construcción que indique la tabla elaborada por la AFIP.

El 27 de diciembre de 2018 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 1170/18 que incorpora las adecuaciones a la reglamentación aprobada por el Decreto Reglamentario de la Ley de Impuesto a las Ganancias Nro. 1344/98 y sus modificatorios, así como también ajusta su texto de conformidad con los cambios efectuados por el Código Civil y Comercial de la Nación y demás normas como las leyes 27260, 27346 y 27430.

La evolución y composición de los activos y pasivos por impuesto diferido se detallan en los siguientes cuadros:

- Activos / (pasivos) diferidos
Saldo al inicio del ejercicio
Cargo a resultados
Saldo al cierre del período
Quebrantos
Inversiones
Bienes de
Uso
Activos
intangibles
Total neto
179.414.042
(254.146)
(44.821.485)
(699.781)
133.638.630
11.475.024
254.146
472.277
(20.534)
12.180.913
190.889.066
-
(44.349.208)
(720.315)
145.819.543

El activo diferido neto al cierre del período es de $ 145.819.543.

Véase nuestro informe de fecha
28 de septiembre de2020
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(Socio)
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Véase nuestro informe de fecha
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NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 31 de julio y 30 de abril de 2020 (cont.)

NOTA 8 – IMPUESTO A LAS GANANCIAS – IMPUESTO DIFERIDO (CONT.)

Composición del resultado del impuesto a las ganancias:

Impuesto determinado
Pasivo por ajuste por inflación impositivo
Variación impuesto diferido cargado a resultados
Total impuesto a las ganancias
31.07.20
31.07.19
$ $
-
(14.444.061)
(11.243.627)
(16.205.541)
12.180.913
11.776.748
937.286
(18.872.854)

Los quebrantos impositivos vigentes al 31 de julio de 2020 son los siguientes:

Año generación Monto Tasa Monto
computable
Año de
Prescripción
(1)
Quebranto impositivo generado al 30 de abril de 2018
Quebranto impositivo generado al 30 de abril de 2019
Quebranto impositivo generado al 30 de abril de 2020
Quebranto impositivogenerado al 31 dejulio de 2020
1.054.572
163.443.409
513.630.196
85.428.087
25%
25%
25%
25%
263.643
40.860.852
128.407.549
21.357.022
2028
2029
2030
2031
Total quebranto impositivo al 31 de julio de 2020 763.556.264 190.889.066

(1) En base a las estimaciones realizadas, la Sociedad considera que dichos quebrantos podrán ser aplicados contra futuros ingresos gravados originados dentro de los diez años desde su generación (Ley 27.121). La Sociedad posee un pasivo por ajuste por inflación fiscal de $ 135.898.083 el cual será compensado en los próximos seis ejercicios fiscales.

NOTA 9 – RESULTADO POR ACCION

El resultado por acción por los períodos de tres meses finalizados al 31 de julio de 2020 y 2019 fue calculado en base a la cantidad promedio de acciones existentes al cierre de cada período. El resultado surge del cociente entre el resultado del período y el número de acciones ponderadas.

31.07.20 31.07.19
Resultado del período
Acciones ponderadas
$ $
(35.634.589)
329.780.000
95.151.598
329.780.000
Resultadopor acción (0,108) 0,289

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 COMISION FISCALIZADORA

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

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NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 31 de julio y 30 de abril de 2020 (cont.)

NOTA 10 – ESTADO DE CAPITAL

En cumplimiento de lo requerido por la Inspección General de Justicia se informa que el estado del capital, expresado en moneda histórica, al 31 de julio de 2020 es el siguiente:

Capital Valor nominal Aprobado por Aprobado por
Fecha Instrumento/Órgano
Suscripto, inscripto e integrado
Suscripto, inscripto e integrado
Suscripto, inscripto e integrado
Suscripto, inscripto e integrado
Suscripto, inscripto e integrado
Suscripto, inscripto e integrado
$ 05.07.2016
15.03.2018
24.05.2018
16.07.2018
08.10.2018
11.03.2019
Acta constitutiva
Acta de Asamblea Extraordinaria
Acta de Asamblea Extraordinaria
Acta de Asamblea Extraordinaria
Acta de Asamblea Extraordinaria
Acta de Asamblea Ordinaria
100.000
142.520.000
29.160.000
38.000.000
80.000.000
40.000.000
Capitalsuscripto,inscripto eintegrado 329.780.000

NOTA 11 – CONTRATO DE MUTUO ONEROSO CON CAPEX

Con fecha 24 de mayo de 2018 la Sociedad firmó un contrato de mutuo oneroso con Capex para el desarrollo del Parque Eólico Diadema II. Las características del contrato son:

Monto: El monto máximo total del contrato es de US$ 15.000.000, los cuales serán desembolsados en tramos y a requerimiento de E G WIND.

Interés: devenga intereses a una tasa fija nominal anual del 8,10%. Los intereses se abonan trimestralmente a partir del primer desembolso.

Amortización: 23 cuotas trimestrales y consecutivas, habiendo vencido la primera cuota el 25 de noviembre de 2019.

A la fecha de los presentes estados contables Capex realizó varios desembolsos por un total de US$ 8.350.000, habiéndose la Sociedad abonado capital por un total de US$ 1.251.500, de los cuales US$ 758.850 corresponden al presente período.

El saldo al cierre del período es de $ 520.996.465 (capital más intereses), de los cuales $ 83.116.945 son corrientes.

NOTA 12 - CAPITAL DE TRABAJO NEGATIVO

Al 31 de julio de 2020, la Sociedad presenta un capital de trabajo negativo de aproximadamente $ 1.386 millones, generado principalmente por los compromisos con proveedores en los próximos doce meses.

La Gerencia de la Sociedad está evaluando diferentes alternativas para la refinanciación de su deuda comercial con Enercon GmbH y Enercon Argentina S.R.L.. Por otro lado, la Sociedad cuenta con el soporte financiero de sus accionistas.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 COMISION FISCALIZADORA

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E G WIND S.A.

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NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES al 31 de julio y 30 de abril de 2020 (cont.)

NOTA 13 – HECHOS POSTERIORES

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

El 21 de septiembre de 2020 se celebró la Asamblea General Ordinaria de la Sociedad que aprobó los estados contables al 30 de abril de 2020, resolviendo absorber los resultados no asignados (pérdida) al cierre del ejercicio por la suma de $ 167.467.888 contra el Ajuste del capital social. Dichos valores están expresados en moneda homogénea del 30 de abril de 2020.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 COMISION FISCALIZADORA

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E G WIND S.A.

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ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL al 31 de julio y 30 de abril de 2020

BIENES DE USO ANEXO I

Concepto Valor de origen Valor de origen Valor de origen Valor de origen Depreciaciones Depreciaciones Depreciaciones 31.07.20 30.04.20
Al inicio del
ejercicio
Altas del
período
Bajas del
período
Al cierre del pe-
ríodo
Al inicio del
ejercicio
Del período
(1)
Acumuladas
al cierre del
período
Neto
resultante
Neto
resultante
Parque Eólico Diadema II
Aerogeneradores
Obras civiles y eléctricas
Resultados financieros activados
$ $ $ $ $ $ $ $ $
1.472.971.783
811.045.042
43.581.413
-
732.732
-
-
-
-
1.472.971.783
811.777.774
43.581.413
45.348.466
25.438.226
1.343.759
18.412.147
10.143.137
544.768
63.760.613
35.581.363
1.888.527
1.409.211.170
776.196.411
41.692.886
1.427.623.317
785.606.816
42.237.654
Total al 31 de julio de 2020 2.327.598.238 732.732 - 2.328.330.970 72.130.451 29.100.052 101.230.503 2.227.100.467
Total al 30 de abril de 2020 2.273.907.425 64.679.814 (10.989.001) 2.327.598.238 - 72.130.451 72.130.451

(1) Las depreciaciones se encuentran registradas en el Costo de Ventas (Anexo III).

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020

PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 COMISION FISCALIZADORA

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ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL al 31 de julio y 30 de abril de 2020

ACTIVOS INTANGIBLES ANEXO II

Concepto Valor de origen Valor de origen Valor de origen Depreciaciones Depreciaciones Depreciaciones 31.07.20 30.04.20
Al inicio del
ejercicio
Altas del
período
Al cierre del
período
Al inicio del
ejercicio
Del período
(1)
Acumuladas
al cierre del
período
Neto
resultante
Neto
resultante
Parque Eólico Diadema II
Estudios PED II
$ $ $ $ $ $ $ $
11.863.236 - 11.863.236 362.830 148.290 511.120 11.352.116 11.500.406
Total al 31 de julio de 2020 11.863.236 - 11.863.236 362.830 148.290 511.120 11.352.116
Total al 30 de abril de 2020 9.363.984 2.499.252 11.863.236 - 362.830 362.830

(1) Las depreciaciones se encuentran registradas en el Costo de Ventas (Anexo III).

Véase nuestro informe de fecha

28 de septiembre de 2020

PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 COMISION FISCALIZADORA

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ANEXO III

INFORMACION REQUERIDA POR EL ART. 64, INC. B) DE LA LEY Nº 19550 correspondiente a los períodos de tres meses iniciados el 1 de mayo de 2020 y 2019 y finalizados el 31 de julio de 2020 y 2019.

Concepto Costo
de ventas
Gastos de
**administración **
Gastos de
**comercialización **

Gastos
preoperativos
Total al
31.07.20
Total al
31.07.19
Honorarios profesionales
Operación, mantenimiento y reparaciones
Combustibles, lubricantes y fluidos
Depreciación de bienes de uso
Depreciación de activos intangibles
Gastos de oficina, movilidad y representación
Impuestos, tasas, alquileres y seguros
Impuesto sobre los ingresos brutos
Adquisición de energía
Gastos de transporte y despachos de energía
Comisiones e impuestos bancarios
$
50.458
7.475.495
19.986
29.100.052
148.290
-
1.650.749
-
13.109
-
-
1.116.327
-
-
-
-
11.150
417.141
-
-
-
716.892
-
-
-
-
-
-
-
44.083
-
61.810
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
1.166.785
7.475.495
19.986
29.100.052
148.290
11.150
2.067.890
44.083
13.109
61.810
716.892
468.580
-
-
-
-
434.715
60.990
-
-
-
450.941
Total al 31 dejulio de 2020 38.458.139 2.261.510 105.893 - 40.825.542
Total al 31 dejulio de 2019 - - - 1.415.226

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020

PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 COMISION FISCALIZADORA

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ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL al 31 de julio y 30 de abril de 2020

ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDA EXTRANJERA ANEXO IV

Rubros Cuentas del estado de
situación patrimonial
Clase Monto Cambio
vigente
Monto en
moneda
nacional al
31.07.20
Monto en
moneda
nacional al
30.04.20
ACTIVO
ACTIVO CORRIENTE
Caja y bancos
Créditos por ventas
Otros créditos
Total activo corriente
ACTIVO NO CORRIENTE
Otros créditos
Total activo no corriente
Total de activo
PASIVO
PASIVO CORRIENTE
Cuentas por pagar
Deudas financieras
Total del pasivo corriente
PASIVO NO CORRIENTE
Cuentas por pagar
Deudas financieras
Total del pasivo no corriente
Total del pasivo
Bancos
Por ventas de energía eléctrica
Créditos a recuperar
Diversos
Créditos a recuperar
Proveedores
Sociedades art. 33 Ley 19.550
Provisiones varias
Sociedades art. 33 Ley 19.550
Proveedores
Provisiones varias
Sociedades art. 33 Ley 19.550
US$ US$ US$ US$ -
US$ US$ US$ US$ -
-
US$
3.895
860.114
513.425
26.250
-
6.301.722
2.927
13.408.178
1.149.294
-
-
6.054.750
$ $
72,12
72,12
72,12
72,12
-
72,32
72,.32
72,.32
72,.32
-
-
72,.32
280.872
62.031.423
37.028.217
1.893.150
278.184
27.138.115
-
1.851.266
101.233.662 29.267.565
- 36.209.015
- 36.209.015
101.233.662 65.476.580
455.740.527
211.668
969.679.448
83.116.945
31.794.434
207.032
-
81.504.037
1.508.748.588 113.505.503
-
-
437.879.520
415.025.024
940.581.578
482.558.095
437.879.520 1.838.164.697
1.946.628.108 1.951.670.200

US$ = Dólar estadounidense

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

Véase nuestro informe de fecha 28 de septiembre de 2020 COMISION FISCALIZADORA

Dr. Norberto Luis Feoli

(Socio)

C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17

==> picture [112 x 95] intentionally omitted <==

INFORME DE REVISIÓN SOBRE ESTADOS CONTABLES INTERMEDIOS

A los señores Presidente y Directores de E G Wind S.A. Domicilio legal: Avenida Córdoba 948/950 Piso 5to C Ciudad Autónoma de Buenos Aires CUIT: 30-71572339-1

Introducción

Hemos revisado los estados contables intermedios adjuntos de E G Wind S.A. (en adelante “la Sociedad”) que comprenden el estado de situación patrimonial al 31 de julio de 2020, los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el período de nueve meses finalizado el 31 de julio de 2020, así como un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa incluida en las notas que los complementan.

Los saldos y otra información correspondientes al ejercicio 2020 y a sus períodos intermedios, son parte integrante de los estados contables mencionados precedentemente y por lo tanto deberán ser considerados en relación con esos estados contables.

Responsabilidad de la Dirección

El Directorio de la Sociedad es responsable de la preparación y presentación de los estados contables intermedios adjuntos de acuerdo con las normas contables profesionales argentinas.

Alcance de nuestra revisión

Nuestra revisión se limitó a la aplicación de los procedimientos de revisión establecidos en la Resolución Técnica N° 37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) para la revisión de estados contables de períodos intermedios. Una revisión de estados contables de período intermedio consiste en la realización de indagaciones al personal de la Sociedad responsable de la preparación de la información incluida en los estados contables de período intermedio y en la realización de procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión. El alcance de esta revisión es sustancialmente inferior al de un examen de auditoría realizado de acuerdo con las normas argentinas de auditoría, en consecuencia, una revisión no nos permite obtener seguridad de que tomaremos conocimiento sobre todos los temas significativos que podrían identificarse en una auditoría. Por lo tanto, no expresamos una opinión de auditoría sobre la situación patrimonial, el resultado de las operaciones, las variaciones en el patrimonio neto y el flujo de efectivo de la Sociedad.

Price Waterhouse & Co. S.R.L., Bouchard 557, piso 8°, C1106ABG - Ciudad de Buenos Aires T: +(54.11) 4850.6000, F: +(54.11) 4850.6100, www.pwc.com/ar

Price Waterhouse & Co. S.R.L. es una firma miembro de la red global de PricewaterhouseCoopers International Limited (PwCIL). Cada una de las firmas es una entidad legal separada que no actúa como mandataria de PwCIL ni de cualquier otra firma miembro de la red.

==> picture [112 x 95] intentionally omitted <==

Conclusión

Sobre la base de nuestra revisión, nada ha llamado nuestra atención que nos hiciera pensar que los estados contables intermedios mencionados en el primer párrafo del presente informe, no están preparados, en todos sus aspectos significativos, de conformidad con las normas contables profesionales argentinas.

Informe sobre cumplimiento de disposiciones vigentes

En cumplimiento de disposiciones vigentes informamos que:

  • a) tal como se menciona en nota 3.1), los presentes estados contables de la Sociedad surgen de registros contables llevados en sus aspectos formales de conformidad con normas legales; excepto en cuanto a que: i) se encuentran pendientes de transcripción al Libro Inventario y Balances, y ii) se encuentran pendientes de transcripción al Libro Diario los asientos contables correspondientes al mes de julio de 2020;

  • b) al 31 de julio de 2020 no existe deuda devengada a favor del Sistema Integrado Previsional Argentino que surja de los registros contables.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 28 de septiembre de 2020.

PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L.

(Socio)

C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17 Dr. Nicolás A. Carusoni Contador Público (UM) C.P.C.E.C.A.B.A. T° 252 - F° 141

2

INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA

Señores Accionistas de E G WIND S.A. Domicilio legal: Avenida Córdoba 948/950 Piso 5 C Ciudad Autónoma de Buenos Aires CUIT: 30-71572339-1

En nuestro carácter de miembros de la Comisión Fiscalizadora de E G WIND S.A., de acuerdo con lo dispuesto por el inc. 5 del art. 294 de la Ley General de Sociedades, hemos examinado los documentos detallados en el párrafo siguiente.

Documentos examinados

a) Estado de situación patrimonial al 31 de julio de 2020.

b) Estado de resultados por el período de 3 meses finalizado el 31 de julio de 2020.

c) Estado de evolución del patrimonio neto por el período de 3 meses finalizado el 31 de julio de 2020.

d) Estado de flujo de efectivo por el período de 3 meses finalizado el 31 de julio de 2020.

e) Notas 1 a 13 y Anexos I a IV.

Las cifras y otra información correspondientes al ejercicio económico terminado el 30 de abril de 2020 y sus períodos intermedios son parte integrante de los estados contables mencionados precedentemente y se las presenta con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y con la información del período intermedio actual.

Responsabilidad de la Dirección en relación con los estados contables

La Dirección es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados contables adjuntos de acuerdo con las normas contables profesionales argentinas. Asimismo, el Directorio es responsable de la existencia del control interno que considere necesario para posibilitar la preparación de estados contables libres de incorrecciones significativas originadas en errores o en irregularidades.

Responsabilidad del Síndico

Nuestro examen fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes establecidas en la Res. Técnica F.A.C.P.C.E. 15 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas requieren que el examen de los estados contables trimestrales se efectúe de acuerdo con las normas aplicables a encargos de revisión de estados contables de períodos intermedios, e incluye la verificación de la congruencia de los documentos examinados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales.

Para realizar nuestra tarea profesional sobre los documentos detallados en los ítems a) a e) precedentes, hemos efectuado una revisión del trabajo efectuado por los auditores externos de E G WIND S.A., Price Waterhouse & Co. S.R.L., quienes emitieron su informe de revisión en el día de la fecha, de acuerdo con las normas de auditoría vigentes en lo referido a encargos de revisión de estados contables de períodos intermedios. Dicha revisión incluyó la verificación de la planificación del trabajo, de la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos aplicados y de los resultados de la revisión efectuada por dichos profesionales. Los profesionales mencionados han llevado a cabo su examen de conformidad con las normas de revisión de estados contables de períodos intermedios establecidas en la sección IV de la Res. Técnica F.A.C.P.C.E. 37/13 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas exigen que cumplan con los requerimientos de ética.

Una revisión de los estados contables de períodos intermedios consiste en realizar indagaciones, principalmente a las personas responsables de los temas financieros y contables, y aplicar procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión. Una revisión tiene un alcance significativamente menor que el de una auditoría y, por consiguiente, no nos permite obtener seguridad de que tomemos conocimiento de todos los temas significativos que podrían identificarse en una auditoría. En consecuencia, no expresamos opinión de auditoría.

Dado que no es responsabilidad del síndico efectuar un control de gestión, el examen no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva de la Dirección.

Conclusión

Sobre la base de nuestra revisión, con el alcance que expresamos en el párrafo anterior, nada llamó nuestra atención que nos hiciera pensar que los estados contables adjuntos

de E G WIND S.A. correspondientes al período de 3 meses terminado el 31 de julio de 2020 no estén presentados en forma razonable, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con las normas contables profesionales argentinas.

Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios

  • a) Los estados contables adjuntos surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, excepto por la falta de su transcripción al Libro Inventario y Balances y de los asientos del mes de julio de 2020 al Libro Diario.

  • b) Se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 294 de la Ley de Sociedades Comerciales.

  • c) Se ha dado cumplimiento a las Resoluciones 7/15 y 9/15 de la Inspección General de Justicia respecto de la constitución de las garantías de los Directores.

Ciudad Autónoma de la Ciudad de Buenos Aires, 28 de septiembre de 2020.

Por Comisión Fiscalizadora

Norberto Luis Feoli Síndico Titular Contador Público (U.B.A.)

C.P.C.E.C.A.B.A. T°50 F° 212

Conciliaciones del Patrimonio Neto y Resultado Neto requeridas por RG N° 592 y RG N° 611 CNV

E G WIND S.A.

A continuación se presentan las conciliaciones solicitadas en el punto XXIII.11.3.10 del Libro 7 de las Normas de la Comisión Nacional de Valores (T.O. 2001). Si bien se presentan en forma conjunta con los estados contables de E G WIND S.A. al 31 de julio de 2020 sobre los cuales los auditores externos de la Sociedad han emitido su correspondiente informe de revisión sobre los estados contables intermedios, las mencionadas conciliaciones no forman parte de dichos estados contables.

Conciliaciones del Patrimonio Neto y Resultado Neto requeridas por RG N° 592 y RG N° 611 CNV

La Comisión Nacional de Valores (“CNV”), organismo de contralor de la sociedad controlante Capex S.A., a través de las Resoluciones Generales Nº 562/09 y 576/10, ha establecido la aplicación de las Resoluciones Técnicas Nº 26 y 29 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE"), que adoptan las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”, IFRS por sus siglas en inglés), emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB por sus siglas en inglés), para las entidades incluidas en el régimen de oferta pública de la Ley N° 17.811, ya sea por su capital o por sus obligaciones negociables, o que hayan solicitado autorización para estar incluidas en el citado régimen.

La aplicación de tales normas resulta obligatoria para la sociedad controlante que adoptó las NIIF emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad en su totalidad a partir del ejercicio iniciado el 1 de mayo de 2012.

Los estados contables de E G Wind S.A. al 31 de julio de 2020 por el período de tres meses finalizado en dicha fecha, preparados de acuerdo con normas contables profesionales vigentes en la República Argentina (“NCP ARG”), han sido preparados por la Sociedad para ser utilizados por la sociedad controlante con el fin de valuar su inversión por el método del valor patrimonial proporcional y de preparar sus estados contables consolidados a dicha fecha.

Conciliaciones requeridas entre las NIIF y las normas contables profesionales vigentes en Argentina

De acuerdo con lo requerido por las disposiciones de las Resoluciones generales Nº 592 y N° 611 de la CNV, se incluyen a continuación las conciliaciones del patrimonio neto determinado de acuerdo con NCP ARG y el determinado de acuerdo con las NIIF al 31 de julio y 30 de abril de 2020, y la conciliación del resultado integral por los períodos de tres meses finalizados el 31 de julio de 2020 y 2019.

a) Conciliación del patrimonio al 31 de julio y 30 de abril de 2020

Patrimonio neto bajo NCP ARG
Valuación de Activos intangibles
Impuesto diferido
Patrimonio bajo NIIF
Nota
(1)
(2)
31.07.20
486.864.791
(11.352.116)
3.405.635
478.918.310
30.04.20
522.499.380
(11.500.406)
3.450.122
514.449.096

b) Conciliación del resultado correspondiente a los períodos de tres meses finalizados el 31 de julio de 2020 y 2019

Resultado del período bajo NCP ARG
Valuación de Activos intangibles
Impuesto diferido
Resultado integral del período bajo NIIF
Nota
(1)
(2)
31.07.20
31.07.19
(35.634.589)
95.151.598
148.290
(512.581)
(44.487)
(340.054)
(35.530.786)
94.298.963

Conciliaciones requeridas entre las NIIF y las normas contables profesionales vigentes en Argentina (cont.)

c) Explicación de las partidas conciliatorias

(1) Valuación de activos intangibles

De acuerdo con las NCP ARG, los activos intangibles comprenden estudios relacionados con el Parque Eólico. A efectos de aplicación de las NIIF, los estudios mencionados son considerados costos preoperativos y por lo tanto deben ser imputados a pérdida. El efecto en el patrimonio neto es una disminución de $ 11.352.116 y $ 11.500.406 al 31 de julio y 30 de abril de 2020 y en resultados una ganancia de $ 148.290 y una pérdida de (512.581) al 31 de julio de 2020 y 2019, respectivamente.

(2) Impuesto diferido sobre ajustes de conversión a las NIIF

Corresponde al efecto sobre el impuesto diferido de los ajustes para hacer la conversión a las NIIF.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 28 de septiembre de 2020

Pablo Götz Presidente