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Capex S.A. Governance Information 2019

Aug 5, 2019

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title: "Minuta Reuni\u00f3n de Comit\u00e9 de Auditor\u00eda 20 de Agosto de 2004"
author: "Horacio Pujol"
date: 2019-08-05 18:02:00+00:00
processor: python-docx+mammoth
status: success


Minuta Reunión de Comité de Auditoria 5 de agosto de 2019

Comentarios Preliminares:

El Comité de Auditoría se reúne en el día de la fecha, siendo las 16:35 hs., con la presencia física del Sr. Alejandro Götz y las Sras. Lidia Guinzburg y Marilina Manteiga.

El Sr. Presidente comienza la reunión exponiendo que corresponde considerar una propuesta, efectuada por Alparamis S.A. (en adelante Alparamis), de modificación del Contrato de Locación de fecha 06 de noviembre de 2017, en virtud del cual la Sociedad alquila a Alparamis las oficinas donde funciona su Administración, en atención a lo establecido en la cláusula Tercera de dicho contrato que establece la posibilidad de las Partes de modificar el precio del alquiler frente a una fluctuación de más del 10% de los mismos, lo cual ocurrió como consecuencia de la devaluación del peso argentino frente al dólar estadounidense y los niveles de inflación atravesados por la economía del país durante el último año.

A continuación destaca el Sr. Presidente que Alparamis es una sociedad que encuadra dentro de la definición de “parte relacionada”, conforme los términos del Art. 72 (a) (III) de la Ley de Mercado de Capitales Nº 26.831, en virtud de encontrarse bajo control común con la Sociedad.

Informa el Sr. Presidente que Alparamis propone modificar el precio mensual del alquiler a cien mil dólares estadounidenses (USD100.000), y que el precio actual del contrato es de $2.350.000 desde el mes de mayo de 2019 hasta el mes de octubre de 2019, de $2.450.000 desde el mes de noviembre de 2019 hasta el mes de abril 2020, y de $2.600.000 desde el mes de mayo 2020 hasta el mes de octubre 2020.

A los fines de evaluar la propuesta de modificación al Contrato de Locación recibida, durante el mes de julio de 2019 la Sociedad solicitó tres (3) tasaciones de firmas evaluadoras independientes: (i) la primera fue efectuada por Organización Acassuso Propiedades y arrojó un valor de canon mensual de USD121.560 sobre una superficie aproximada de 6.078m2 –superficie total del lote- a un valor de USD20/m2, por lo que, sobre la cantidad de 4.973m2, según lo previsto en el referido Contrato de Locación, dicha cotización arrojaría un valor de USD99.460; (ii) la segunda tasación fue efectuada por Mieres Propiedades S.C.A., la cual cotizó un valor mensual de USD 85.320; y (iii) la tercera valuación fue efectuada por Remax Liberty, la cual determinó el valor locativo en la suma de USD113.000. Se aclara que las cotizaciones de Mieres Propiedades S.C.A. y de Remax Liberty fueron efectuadas sobre la superficie de 4.973m2.

Por lo tanto, considerando que Alparamis propone un canon mensual de USD100.000, resulta que: (i) dicho valor se encuentra dentro de los valores de mercado; y (ii) el valor del alquiler mensual actual efectivamente ha quedado desajustado. Por otra parte, conforme surge de las cotizaciones recibidas y la práctica usual en el mercado para este tipo de inmuebles, resulta razonable fijar el nuevo precio del Contrato de Locación en dólares estadounidenses.

Asimismo, Alparamis propone extender la vigencia del Contrato de Locación por un nuevo período de tres años, pasando a tener como fecha de vencimiento el 31 de octubre de 2023, lo cual, considerando la proximidad de la fecha de vencimiento del mismo para el tipo de inmueble del que se trata, resulta razonable.

Opinión del Comité de Auditoría sobre esta operación:

Este Comité toma conocimiento de lo informado y opina que:

  1. Los términos de la operación expuesta se consideran adecuados a las condiciones normales y habituales de mercado.
  2. Esta opinión será informada al Directorio, quien a su vez deberá comunicar esta cuestión a los entes correspondientes de acuerdo con la normativa aplicable a las sociedades que se encuentran admitidas al régimen de la oferta pública.

Conflictos de Intereses:

Que hemos tomado conocimiento de la operación propuesta en los términos establecidos por la Ley 26.831 y Normas de la Comisión Nacional de Valores.

Que no hemos tomado conocimiento de hechos reñidos con los postulados de ética y buenas prácticas comerciales que rigen la conducta de la Sociedad, sus Directivos, funcionarios y empleados. Hay tres firmas. Alejandro Götz, Lidia Guinzburg y Marilina Manteiga.