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CABLEVISIÓN HOLDING S.A. Audit Report / Information 2024

Feb 27, 2025

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Audit Report / Information

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CABLEVISIÓN HOLDING S.A. Tacuarí 1842, Piso 4° Ciudad de Buenos Aires. Acta de la Comisión Fiscalizadora.

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 27 días del mes de febrero de 2025 siendo las 18:40 horas, se reúnen en forma virtual mediante la aplicación Microsoft Teams los síndicos titulares: Guillermo Raúl González Rosas y Lorenzo Calcagno y Pablo San Martín. Preside el Sr. Gonzalez Rosas, quien señala que el Directorio ha aprobado:

  • Los estados financieros individuales adjuntos de Cablevisión Holding S.A. que comprenden el estado individual de situación financiera al 31 de diciembre de 2024, el estado individual de resultado integral, el estado individual de cambios en el patrimonio y el estado individual de flujos de efectivo por el ejercicio finalizado en esa fecha.

  • Los estados financieros consolidados adjuntos de Cablevisión Holding S.A. y sus subsidiarias que comprenden el estado consolidado de situación financiera al 31 de diciembre de 2024, el estado consolidado de resultado integral, el estado consolidado de cambios en el patrimonio y el estado consolidado de flujos de efectivo por el ejercicio finalizado en esa fecha.

  • Las notas a los estados financieros individuales y consolidados adjuntos de Cablevisión Holding S.A., las cuales incluyen información material sobre las políticas contables y otra información explicativa.

  • Inventario y Memoria del Directorio de Cablevisión Holding S.A. correspondiente al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2024.

Como consecuencia de lo cual se hace necesario considerar dicha documentación. Asimismo manifiesta que la Comisión Fiscalizadora ha verificado los correspondientes papeles de trabajo de los auditores de la Sociedad, Price Waterhouse & Co. S.R.L., quienes emitieron sus informes del día de la fecha sobre la base de su examen, de conformidad con Normas Internacionales de Auditoría (“NIA”). Seguidamente, la Comisión Fiscalizadora resuelve por unanimidad expedir el informe que se transcribe a continuación de la presente acta y autorizar al Sr. Pablo San Martín para firmar el mismo, así como el resto de la documentación pertinente.

Sin más temas para tratar se levanta la sesión cuando es la hora 18:50.

“INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA

A los Señores Accionistas de: Cablevisión Holding S.A. CUIT: 30-71559123-1 Domicilio legal: Tacuarí 1842, Piso 4° Ciudad Autónoma de Buenos Aires

INFORME SOBRE LOS CONTROLES REALIZADOS POR LA COMISIÓN FISCALIZADORA RESPECTO DE LOS ESTADOS FINANCIEROS Y LA MEMORIA DEL DIRECTORIO

I. OPINIÓN

En nuestro carácter de miembros de la Comisión Fiscalizadora de Cablevisión Holding S.A., hemos efectuado un examen de los documentos que se describen a continuación:

a) Los estados financieros individuales adjuntos de Cablevisión Holding S.A. que comprenden el estado individual de situación financiera al 31 de diciembre de 2024, el estado individual de resultado integral, el estado individual de cambios en el patrimonio y el estado individual de flujos de efectivo por el ejercicio finalizado en esa fecha.

b) Los estados financieros consolidados adjuntos de Cablevisión Holding S.A. y sus subsidiarias que comprenden el estado consolidado de situación financiera al 31 de diciembre de 2024, el estado consolidado de resultado integral, el estado consolidado de cambios en el patrimonio y el estado consolidado de flujos de efectivo por el ejercicio finalizado en esa fecha.

c) Las notas a los estados financieros individuales y consolidados adjuntos de Cablevisión Holding S.A., las cuales incluyen información material sobre las políticas contables y otra información explicativa.

d) Inventario y Memoria del Directorio de Cablevisión Holding S.A. correspondiente al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2024.

En nuestra opinión: (i) los estados financieros individuales mencionados en el apartado I. a), presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera individual de Cablevisión Holding S.A. al 31 de diciembre de 2024, su resultado integral individual y los flujos de efectivo individual por el ejercicio finalizado en esa fecha, de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera; y (ii) los estados financieros consolidados mencionados en el apartado I. b), presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera consolidada de Cablevisión Holding S.A. y sus subsidiarias al 31 de diciembre de 2024, su resultado integral consolidado y los flujos de efectivo consolidados por el ejercicio finalizado en esa fecha, de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera.

Hemos examinado el Inventario y la Memoria del Directorio correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2024. Al respecto, en materia de nuestra competencia, nada tenemos que observar, siendo las manifestaciones sobre hechos futuros incluidas en la Memoria, responsabilidad exclusiva del Directorio de Cablevisión Holding S.A.

II. FUNDAMENTO DE LA OPINIÓN

Hemos llevado a cabo los controles de acuerdo con lo dispuesto por el inciso 5º del artículo Nº 294 de la Ley General de Sociedades (Ley Nº 19.550 y modificatorias), por las normas de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”), el Reglamento de Bolsas y Mercados Argentinos S.A. y la Resolución Técnica N° 15 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (modificada por la Resolución Técnica Nro. 55 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas). Nuestras responsabilidades de acuerdo con las normas mencionadas se describen más adelante en la sección Responsabilidades de la Comisión Fiscalizadora en relación con los controles de los estados financieros y la memoria del Directorio.

Para realizar nuestra tarea profesional sobre los documentos detallados en el apartado I. a) y b), hemos examinado el trabajo efectuado por el auditor externo de la Sociedad, Alejandro Javier Rosa, en su carácter de socio de la firma Price Waterhouse & Co. S.R.L., quien emitió sus informes con fecha 27 de febrero de 2025, el que fue llevado a cabo de conformidad con Normas Internacionales de Auditoría (“NIA”). Dichas normas fueron adoptadas como normas de auditoría en Argentina mediante la Resolución Técnica N° 32 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), tal y como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB por su sigla en inglés). Nuestra labor incluyó el examen de la planificación del trabajo, de la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos aplicados y de los resultados de la auditoría efectuada por el auditor externo.

Consideramos que nuestro trabajo y el del auditor externo de la Sociedad, detallado en sus respectivos informes, nos brindan una base suficiente y adecuada para fundamentar nuestra opinión. No hemos efectuado ningún control de gestión y, por lo tanto, no hemos evaluado los criterios y decisiones empresarias de administración, financiación, comercialización y producción, dado que estas cuestiones son de responsabilidad exclusiva del Directorio de la Sociedad.

Asimismo, con relación a la memoria de los Directores, correspondiente al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2024 hemos verificado que contiene la información requerida por el artículo N° 66 de la Ley General Sociedades y modificatorias y el artículo N° 60 de la Ley de Mercado de Capitales y, en lo que es materia de nuestra competencia, que sus datos numéricos concuerdan con los registros contables de la Sociedad y otra documentación pertinente.

Dejamos expresa mención que somos independientes de Cablevisión Holding S.A. y hemos cumplido con los demás requisitos de ética de conformidad con el Código Internacional de Ética para Profesionales de la Contabilidad (incluidas las Normas Internacionales de Independencia) emitido por el Consejo de Normas Internacionales de Ética para Contadores (Código del IESBA) junto con los requerimientos que son aplicables a una auditoría de estados financieros en Argentina, y hemos cumplido las demás responsabilidades de ética de conformidad con esos requerimientos y con el Código del IESBA.

III. RESPONSABILIDADES DEL DIRECTORIO Y DEL COMITÉ DE AUDITORÍA EN RELACIÓN CON LOS ESTADOS FINANCIEROS

El Directorio de Cablevisión Holding S.A. es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados financieros de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera, y del control interno que el Directorio considere necesario para permitir la preparación de estados financieros libres de incorrección significativa, debida a fraude o error.

En la preparación de los estados financieros, el Directorio es responsable de evaluar la capacidad de la Sociedad de continuar como empresa en funcionamiento, revelar, en caso de corresponder, las cuestiones relacionadas con este tema y utilizar el principio contable de empresa en funcionamiento, excepto si el Directorio tiene intención de liquidar la Sociedad o de cesar sus operaciones, o bien no exista otra alternativa realista de continuidad.

El Comité de Auditoría es responsable de la supervisión del proceso de preparación de la información financiera de la Sociedad.

IV. RESPONSABILIDADES DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA EN RELACIÓN CON LOS CONTROLES DE LOS ESTADOS FINANCIEROS Y LA MEMORIA DEL DIRECTORIO

Nuestros objetivos son obtener una seguridad razonable de que los estados financieros en su conjunto están libres de incorrección significativa, debida a fraude o error, que la memoria cumpla con la normativa vigente y emitir un informe de comisión fiscalizadora que contenga nuestra opinión profesional. Seguridad razonable es un alto grado de seguridad, pero no garantiza que una auditoría realizada de conformidad con las NIA siempre detecte una incorrección significativa cuando exista. Las incorrecciones pueden deberse a fraude o error y se consideran significativas si, individualmente o de forma agregada, puede preverse razonablemente que influyan en las decisiones económicas que los usuarios toman basándose en los estados financieros.

Como parte de nuestro trabajo de conformidad con las NIA, aplicamos nuestro juicio profesional y mantenemos una actitud de escepticismo profesional durante el desarrollo del mismo. También:

  • Identificamos y evaluamos los riesgos de incorrección significativa en los estados financieros, debida a fraude o error, diseñamos y aplicamos procedimientos de auditoría para responder a dichos riesgos y obtenemos elementos de juicio suficientes y apropiados para proporcionar una base para nuestra opinión. El riesgo de no detectar una incorrección significativa debida a fraude es más elevado que en el caso de una incorrección significativa debida a error, ya que el fraude puede implicar colusión, falsificación, omisiones deliberadas, manifestaciones intencionalmente erróneas, o la elusión del control interno.

  • Obtenemos conocimiento del control interno relevante para la auditoría con el fin de diseñar procedimientos de auditoría que sean apropiados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la efectividad del control interno de la Sociedad.

  • Evaluamos si las políticas contables aplicadas son apropiadas, así como la razonabilidad de las estimaciones contables y la correspondiente información revelada por el Directorio de la Sociedad.

  • Concluimos sobre lo apropiado de la utilización por el Directorio de la Sociedad, del principio contable de empresa en funcionamiento y, basándonos en los elementos de juicio obtenidos, concluimos sobre si existe o no una incertidumbre importante relacionada con hechos o con condiciones que pueden generar dudas significativas sobre la capacidad de la Sociedad para continuar como empresa en funcionamiento. Si concluimos que existe una incertidumbre importante, debemos enfatizar en nuestro informe de comisión fiscalizadora sobre la correspondiente información revelada en los estados financieros, o si dichas revelaciones no son apropiadas, se requiere que expresemos una opinión modificada. Nuestras conclusiones se basan en los elementos de juicio obtenidos hasta la fecha de emisión de nuestro informe de comisión fiscalizadora. Sin embargo, hechos o condiciones futuros pueden ser causa de que la Sociedad deje de ser una empresa en funcionamiento.

  • Evaluamos la presentación general, la estructura y el contenido de los estados financieros, incluida la información revelada, y si los estados financieros representan las transacciones y hechos subyacentes de un modo que logre una presentación razonable.

  • Nos comunicamos con el Comité de Auditoría de la Sociedad en relación con, entre otras cuestiones, la estrategia general de la planificación y ejecución de nuestros procedimientos y los hallazgos significativos en nuestra actuación como responsables de la fiscalización privada, así como cualquier deficiencia significativa del control interno identificada en el transcurso de nuestro trabajo.

También proporcionamos al Comité de Auditoría de la Sociedad una declaración de que hemos cumplido los requerimientos de ética aplicables relacionados con nuestra independencia.

V. INFORME SOBRE OTROS REQUERIMIENTOS LEGALES Y REGLAMENTARIOS

En cumplimiento de disposiciones vigentes, informamos respecto de Cablevisión Holding S.A. que:

a) Los estados financieros adjuntos detallados en el apartado I. a) y b) se ajustan a las disposiciones de la Ley General de Sociedades (Ley Nº 19.550 y modificatorias) y a las normas sobre documentación contable de la Comisión Nacional de Valores, y se encuentran asentados en el Libro Inventario y Balances.

b) Los estados financieros adjuntos detallados en el apartado I. a) surgen de registros contables llevados en sus aspectos formales de conformidad con normas legales vigentes, que mantienen las condiciones de seguridad e integridad en base a las cuales fueron autorizados por la Comisión Nacional de Valores.

c) Manifestamos, asimismo, que en ejercicio del control de legalidad que nos compete, durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2024 hemos aplicado los procedimientos descriptos en el artículo N° 294 de la Ley General de Sociedades (Ley N° 19.550 y modificatorias), que consideramos necesarios de acuerdo con las circunstancias, no teniendo observaciones que formular al respecto.

d) Hemos examinado la información incluida en el Anexo correspondiente sobre el grado de cumplimiento del Código de Gobierno Societario requerida por las Normas de la CNV, y sobre la misma no tenemos observaciones que formular.

e) De acuerdo a lo requerido por las normas de la CNV, sobre la independencia del auditor externo y sobre la calidad de las políticas de auditoría aplicadas por el mismo y de las políticas de contabilización de la Sociedad, los informes del auditor externo descriptos anteriormente, incluyen la manifestación de haber aplicado las Normas Internacionales de Auditoría como fueron adoptadas en Argentina por la FACPCE mediante la Resolución Técnica Nº 32 y sus respectivas circulares de adopción, que comprenden los requisitos de independencia, y no contienen salvedades en relación con la aplicación de dichas normas ni discrepancias con respecto a las normas contables profesionales aplicadas.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 27 de febrero de 2025

…………………… ………………………. ……………………………. Pablo G. San Martín Guillermo Raúl González Rosas Lorenzo Calcagno