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ALZ NUTRIENTES S.A. Capital/Financing Update 2024

Jun 7, 2024

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Capital/Financing Update

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PROSPECTO DE EMISIÓN DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADA ALZ NUTRIENTES S.A. SERIE II

ALZ UNUTRIENTES

ALZ NUTRIENTES S.A. EMISORA

OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADA SERIE II CLASE I DENOMINADAS, INTEGRADAS Y PAGADERAS EN PESOS A UNA TASA DE INTERÉS VARIABLE CON VENCIMIENTO A LOS 18 MESES DESDE LA FECHA DE EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN

OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADA SERIE II CLASE II DENOMINADAS EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES, A SER SUSCRIPTAS E INTEGRADAS EN PESOS AL TIPO DE CAMBIO INICIAL Y PAGADERAS AL TIPO DE CAMBIO APLICABLE A TASA FIJA CON VENCIMIENTO A LOS 24 MESES DESDE LA FECHA DE EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN

EN CONJUNTO POR UN VALOR NOMINAL DE HASTA US\$1.500.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN QUINIENTOS MIL) (O SU EQUIVALENTE EN OTRAS MONEDAS) ("MONTO MÁXIMO")

El presente prospecto de oferta pública de obligaciones negociables bajo el RÉGIMEN PYME CNV GARANTIZADA (el "Prospecto") corresponde a (i) las obligaciones negociables simples (no convertibles en acciones) serie II clase I, denominadas, integradas y pagaderas en pesos a una tasa de interés variable con vencimiento a los 18 (dieciocho) meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación (según este término se define más adelante) (las "Obligaciones Negociables Serie II Clase I"), y (ii) a las obligaciones negociables simples (no convertibles en acciones) serie II clase II, denominadas en Dólares Estadounidenses, a ser suscriptas e integradas en Pesos al Tipo de Cambio Inicial (según este término se define más adelante) y pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable (según este término se define más adelante), a una tasa de interés nominal anual fija con vencimiento a los 24 (veinticuatro) meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación (las "Obligaciones Negociables Serie II Clase II), que serán emitidas por ALZ Nutrientes S.A. (la "Emisora" o la "Sociedad" o "ALN", indistintamente) bajo el RÉGIMEN PYME CNV GARANTIZADA por un valor nominal en conjunto de hasta US\$1.500.000 (Dólares estadounidenses un millón quinientos mil) (o su equivalente en otras monedas) (en conjunto, las Obligaciones Negociables Serie II Clase I y las Obligaciones Negociables Serie II Clase II, las "Obligaciones Negociables") conforme a la Ley Nº 26.831 de Mercado de Capitales (la "Ley de Mercado de Capitales"), los Decretos Nº 1.087/93 y las Normas de la Comisión Nacional de Valores (la "CNV") (N.T. 2013 y mod.) (las "Normas de la CNV").

OFERTA PÚBLICA AUTORIZADA EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY Nº 26.831, LOS DECRETOS Nº 1.087/93 1.023/13 Y LAS NORMAS (T.O. 2013 Y MOD.) DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, REGISTRADA BAJO RESOLUCIÓN Nº RESFC-2024-22726-APN-DIR#CNV DEL 5 DE JUNIO DE 2024. ESTA AUTORIZACIÓN SÓLO SIGNIFICA QUE SE HAN CUMPLIDO CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN MATERIA DE INFORMACIÓN ESTABLECIDOS EN EL RÉGIMEN PYME CNV GARANTIZADA. LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES NO HA EMITIDO JUICIO SOBRE LOS DATOS CONTENIDOS EN EL PROSPECTO. LA VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA EN EL PRESENTE PROSPECTO ES EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN DE LA EMISORA Y DEMÁS RESPONSABLES SEGÚN LOS ARTÍCULOS 119 Y 120 DE LA LEY Nº 26.831. EL ÓRGANO DE

I.J. Schimmel

ADMINISTRACIÓN MANIFIESTA, CON CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA, QUE EL PRESENTE PROSPECTO CONTIENE, A LA FECHA DE SU PUBLICACIÓN, INFORMACIÓN VERAZ Y SUFICIENTE CONFORME A LO REQUERIDO POR LAS NORMAS VIGENTES. LOS INVERSORES DEBEN TENER EN CUENTA AL MOMENTO DE REALIZAR SU INVERSIÓN QUE EL SUJETO EMISOR, EN RELACIÓN CON LA PRESENTE, CONTARÁ CON UN RÉGIMEN INFORMATIVO DIFERENCIADO DEBIDO A QUE ESTA EMISIÓN SE EFECTÚA BAJO EL RÉGIMEN GARANTIZADO POR UNA ENTIDAD DE GARANTÍA AUTORIZADA POR LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, LO QUE IMPLICARÁ QUE SE LES APLICARÁ EL RÉGIMEN INFORMATIVO DIFERENCIADO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 24 DE LA SECCIÓN VI DEL CAPÍTULO VI DEL TÍTULO II. LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES AUTORIZADAS A OFERTA PÚBLICA SÓLO PUEDEN NEGOCIARSE PÚBLICAMENTE EN MERCADOS AUTORIZADOS DEL PAÍS, PARA SER ADQUIRIDAS POR LOS INVERSORES QUE INDICAN LAS NORMAS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES EN SU SECCIÓN I DEL CAPÍTULO VI DEL TÍTULO II.

LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES PODRÁN SER ADQUIRIDAS POR EL PÚBLICO INVERSOR EN GENERAL.

La Emisora declara que sus beneficiarios finales, y las personas humanas o jurídicas que posean como mínimo el diez por ciento de su capital o de los derechos a voto, o que por otros medios ejercen el control final ya sea directa o indirectamente sobre la Sociedad, no registran condenas por delitos de lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo y no figuran en las listas de terroristas y organizaciones terroristas emitidas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

Se advierte al público inversor que la Emisora cumple con los requisitos previstos en el Decreto N°621/2021 ("Decreto N° 621"). Atento a ello, en caso de que el Agente de Depósito Colectivo y/o la Emisora incumplan con los deberes de información previstos por la Resolución General Nº 917 ("RG Nº 917") de la CNV podría dejar de gozar de las exenciones impositivas respecto al impuesto a las ganancias y/o al impuesto a los bienes personales de los que gozaría el potencial inversor en su carácter tenedor de las Obligaciones Negociables Serie II Clase I a emitirse en el marco del presente. Asimismo, se advierte al público inversor que las Obligaciones Negociables Serie II Clase II, al estar denominadas en dólares estadounidenses, no se encuentran alcanzadas por los beneficios impositivos previstos en el Decreto N°621 y en la RG N° 917 de la CNV referidos a obligaciones negociables denominadas en moneda nacional.

Copias de este Prospecto estarán disponibles para ser entregadas a los interesados en la sede social de la Emisora sita en Santa Fe Nº 1363, Piso 4º, Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, República Argentina (tel.: (341) electrónico: [email protected]), en la página web de la CNV 5300803; correo (https://www.argentina.gob.ar/cnv) ("Página Web de la CNV"), a través de la Autopista de la Información Financiera (la "AIF"), en el boletín diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la "BCBA"), en virtud del ejercicio de las facultades delegadas por Bolsas y Mercados Argentinos ("BYMA") a la BCBA (el "Boletín Diario de la BCBA") y en la página web del Mercado Abierto Electrónico ("MAE") (www.mae.com.ar) bajo la sección Mercado Primario (la "Página Web del MAE").

ORGANIZADORES Y COLOCADORES

BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A.U. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV Nº 22

BANCO COMAFI S.A.

Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Propio Matrícula CNV Nº 54

BANCO CMF S.A.

Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV Nº 63

BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Nº 43 de la CNV

BANCO SUPERVIELLE S.A.

Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral N°57 de la CNV

MACRO SECURITIES S.A.U.

Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV Nº 59

BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A.U. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV Nº 22

BANCO COMAFI S.A.

Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Propio Matrícula CNV Nº 54

BANCO CORPORATIVO

BANCO CMF S.A.

Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV Nº 63

BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Nº 43 de la CNV

BANCO SUPERVIELLE S.A.

Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral N°57 de la CNV

BANCO MACRO S.A.

Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV Nº 27

La fecha de este Prospecto es 7 de junio de 2024

I. DESCRIPCIÓN DE LA EMISORA

Denominación y Tipo Societario: ALZ NUTRIENTES S.A.
Sede inscripta: Santa Fe Nº 1363, Piso 4º, Ciudad de Rosario, Provincia de Santa
Fe, República Argentina
Fecha de Constitución: 31 de marzo de 2015
Plazo: 90 años
Datos de Inscripción: Escritura Pública inscripta en el Registro Público de Comercio de
la Provincia de Santa Fe al Tomo 96, Folio 4447 número 209 con
fecha 31 de marzo de 2015.
Sede de la Administración y Comercial: Santa Fe Nº 1363, Piso 4°, Ciudad de Rosario, Provincia de Santa
Fe, República Argentina
CUIT: 30-71466299-2
Teléfono/Fax: 341-5300806
Correo electrónico: [email protected]
Página web: www.alz-agro.com.ar

HISTORIA Y DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD DE LA EMISORA

Historia

ALZ Nutrientes nace en el año 2014 con cinco socios provenientes de la industria, uniéndose al grupo ALZ-AGRO, que desde 2007 suma valor y soluciones integrales para el campo argentino donde cada unidad de negocios se aboca a un eslabón de la cadena agroindustrial, y todas apuntan al desarrollo sostenible que demanda la producción.

Con el tiempo fue adquiriendo lazos comerciales con empresas multinacionales como son AB Inbev (ex cervecería Quilmes) y Boortmalt (ex maltería Cargill).

Actualmente cuenta con una planta de propia producción en Lima, Buenos Aires, donde se desarrollan distintos productos de nutrición animal aplicando tecnologías innovadoras en la materia.

La experiencia de los socios resulta en la capacidad de generar alianzas estratégicas con empresas de primer nivel, proveedoras de productos agrícolas y generar la penetración de dichos productos, mediante el desarrollo de cadenas de distribución específicas para cada tipo de ellos.

Actividad Principal

ALZ-Nutrientes se destaca tanto en nutrición animal como vegetal.

En nutrición animal, con la elaboración de productos para el alimento de ganado vacuno en formato de dietas liquidas y en presentaciones húmedas en microsilos.

En nutrición vegetal con productos de propia producción como de terceros. Siendo líderes en venta de bioestimulantes en Argentina.

Provee respuestas técnicas y comerciales que satisfacen las necesidades de un sector dinámico y en incesante crecimiento.

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Personal de la Emisora

A la fecha del presente Prospecto, la Emisora cuenta con un total de 39 empleados.

Remuneración del Directorio

Se informa que el monto distribuido en concepto de honorarios profesionales al Directorio de la Compañía por el último ejercicio fue por \$ 118.691.155 (pesos ciento dieciocho millones seiscientos noventa y un mil ciento cincuenta y cinco).

Monto promedio de los ingresos totales anuales de acuerdo con la definición PYME CNV según Normas de la CNV y pasivo total de la Emisora según último balance:

Se informa al público inversor que no se han introducido modificaciones significativas con posterioridad al cierre del último ejercicio de la Sociedad (31.08.2023).

\$1.951.940.065
\$3,471.792.082
\$8,429,745.257
\$4,617,825,801

Pasivo total según el último balance: \$2.633.753.357.

II. TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE LA EMISIÓN

ALZ NUTRIENTES S.A.
OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADA DE ALZ
NUTRIENTES S.A. SERIE II.
Hasta V/N US\$1.500.000 (Dólares estadounidenses un millón quinientos mil)
(o su equivalente en otras monedas). El monto definitivo de cada una de las
clases de Obligaciones Negociables será determinado de conformidad con las
secciones "Adjudicación. Determinación del Margen Aplicable y/o Precio de Emisión
de las Obligaciones Negociables Serie II Clase I" y "Adjudicación. Determinación de
la Tasa de Interés y/o Precio de Emisión de las Obligaciones Negociables Serie II Clase
II" de este Prospecto y será informado mediante un aviso de resultados a ser
publicado en la AIF y en los sistemas de información de los mercados
autorizados donde se listen y/o negocien las Obligaciones Negociables (el
"Aviso de Resultados").
Será en la Fecha de Emisión y Liquidación (según este término se define más
adelante).
Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U., Banco CMF S.A., Banco Supervielle
S.A., Banco Comafi S.A, Banco de la Provincia de Buenos Aires y Macro
Securities S.A.U.
Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U., Banco CMF S.A., Banco Supervielle
S.A., Banco Comafi S.A, Banco de la Provincia de Buenos Aires y Banco Macro
S.A.
ALZ Nutrientes S.A.
Caja de Valores S.A.
Macro Securities S.A.U.
La colocación de las Obligaciones Negociables será realizada por subasta o
licitación pública, a través del sistema informático de colocaciones primarias
"SIOPEL" de propiedad de y operado por el MAE bajo la modalidad "abierta"
conforme lo dispuesto en las Normas de la CNV y de los mercados autorizados
en los cuales las mismas se listen y/o negocien (incluyendo, sin limitación, el
MAE). En la oportunidad que determinen la Emisora y los Colocadores en
forma conjunta, luego de aprobada la oferta pública de las Obligaciones
Negociables por parte de la CNV, se publicará un aviso de suscripción en la
AIF de la CNV, como asimismo, en el sistema de información de los mercados
autorizados donde se listen y/o negocien las Obligaciones Negociables, en el
que se indicará: (1) la fecha de inicio y de finalización del Período de Difusión
(conforme dicho término es definido a continuación); (2) la fecha de inicio y

de finalización del Período de Licitación Pública (conforme dicho término es definido a continuación); (3) los datos de contacto de los Colocadores; y (4) demás datos que se consideren necesarios (el "Aviso de Suscripción"). La difusión pública de las Obligaciones Negociables tendrá una duración no inferior a tres (3) Días Hábiles y comenzará en la fecha que se indique en el Aviso de Suscripción (el "Período de Difusión"), durante el cual se recibirán

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las órdenes de compra. La licitación pública de las Obligaciones Negociables tendrá una duración de, por lo menos, un (1) Día Hábil y comenzará el Día Hábil siguiente al de finalización del Período de Difusión (el "Periodo de Licitación Pública"). En todos los casos, el Período de Licitación Pública deberá ser posterior al Período de Difusión. La Emisora, sin necesidad de invocar motivo alguno, podrá suspender, modificar, prorrogar y/o terminar el Período de Difusión y/o el Período de Licitación Pública en cualquier momento de los mismos, pero siempre con una antelación mínima de 2hs de anticipación a la finalización del Período que se trate, luego de lo cual se indicará, en su caso, la nueva fecha de vencimiento del Período de Difusión y/o del Período de Licitación Pública, según corresponda, o la fecha en que se reanudará el curso de los mismos o la forma en que se hará pública la reanudación del curso de los mismos. La terminación, modificación, suspensión y/o prórroga del Período de Difusión y/o del Período de Licitación Pública no generará responsabilidad alguna para la Emisora y/o para los Colocadores, ni otorgará a los inversores interesados que hayan presentado órdenes de compra, derecho a compensación y/o indemnización alguna. En caso de terminación del Período de Difusión y/o del Período de Licitación Pública, todas las órdenes de compra que en su caso se hayan presentado hasta ese momento quedarán automáticamente sin efecto. En caso de suspensión, modificación y/o prórroga del Período de Difusión y/o del Período de Licitación Pública, las órdenes de compra presentadas con anterioridad a tal suspensión y/o prórroga podrán ser retiradas en cualquier momento anterior a la finalización del Período de Licitación Pública, sin penalidad alguna.

Todos los agentes autorizados (distintos de los Colocadores) podrán ser habilitados para participar en la rueda de licitación pública del SIOPEL. Todos aquellos agentes que cuenten con línea de crédito otorgada por alguno de los Colocadores serán, a pedido de dichos agentes, dados de alta en la rueda. Dicho pedido deberá ser realizado hasta las 15hs del último día del Período de Difusión. Aquellos agentes que no cuenten con línea de crédito deberán solicitar a los Colocadores la habilitación a la rueda con antelación suficiente, para lo cual deberán acreditar entre otra información, el cumplimiento de las normas en materia de prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo de forma satisfactoria para los Colocadores, quien observará y respetará en todo momento el trato igualitario entre los inversores. En cualquier cosa, la solicitud deberá realizarse hasta las 15hs del último día del Período de Difusión.

Por cada Clase, ningún Inversor Interesado podrá presentar Órdenes de Compra cuyo Monto Solicitado supere el Monto Máximo, ya sea que se presenten en una o más Órdenes de Compra del mismo Inversor Interesado y fueran presentadas ante uno o más Agentes Colocadores.

Suscripción e Integración

La suscripción e integración de las Obligaciones Negociables se realizará a través del sistema de compensación MAE-Clear, administrado por el MAE o el sistema de compensación y liquidación que lo reemplace en el futuro. Cada orden de compra presentada por cualquier oferente a través de un Colocador habilitado a operar en la rueda y/o por cualquier Agente del MAE, deberá indicar las cuentas de los custodios participantes en el sistema de compensación administrado por MAE-Clear a ser utilizadas para la liquidación e integración de las Obligaciones Negociables adjudicadas; estableciéndose que cada Agente del MAE sólo podrá indicar una única e idéntica cuenta custodio de su titularidad en el sistema de compensación

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administrado por MAE-Clear en todas las órdenes de compra presentadas por
dicho Agente del MAE para la liquidación e integración de Obligaciones
Negociables a través del sistema de compensación MAE-Clear. Cada oferente
(en el caso de órdenes de compra presentadas a través de un Colocador
habilitado a operar en la rueda) y cada Agente del MAE (en el caso órdenes
ingresadas por éstos a través del SIOPEL) se compromete a tomar todos los
recaudos necesarios a tal efecto en relación con el pago del precio de
suscripción de las Obligaciones Negociables que le fueren adjudicadas. En tal
sentido, en la Fecha de Emisión y Liquidación, cada uno de dichos inversores
y Agentes del MAE deberá causar que los Pesos suficientes para cubrir el valor
nominal de las Obligaciones Negociables que le fuera adjudicado (el "Monto
a Integrar") se encuentre disponible (i) en las cuentas de los custodios
participantes en el sistema de compensación administrado por MAE-Clear
indicadas por el oferente adjudicado en sus respectivas órdenes de compra (en
el caso de aquellas entregadas a un Colocador), o (ii) en la cuenta custodio del
Agente del MAE abierta en el sistema de compensación administrado por
MAE-Clear e indicada por dicho Agente del MAE adjudicado en su
correspondiente orden de compra (en el caso de ofertas ingresadas por éste a
través del SIOPEL). En la Fecha de Emisión y Liquidación, una vez efectuada
la integración de las Obligaciones Negociables, las mismas serán acreditadas
en las cuentas de los custodios participantes en el sistema de compensación
administrado por MAE-Clear que hubiese indicado el oferente en su
respectiva orden de compra y/o el Agente del MAE, según fuera aplicable.
Asimismo, cada Agente del MAE deberá de forma inmediata transferir dichas
Obligaciones Negociables a la cuenta indicada por cada inversor adjudicado
en las respectivas órdenes de compra presentadas a través suyo. Lo dispuesto
precedentemente no resulta aplicable en aquellos casos en los cuales por
cuestiones regulatorias sea necesario transferir las Obligaciones Negociables a
los inversores adjudicados con anterioridad al pago del precio de suscripción,
en cuyo caso lo descripto en este punto podrá ser realizado con anterioridad a
la correspondiente integración.
Fecha
Emisión
de
Liquidación
Será dentro de los 3 (tres) Días Hábiles siguientes al Período de Licitación o
y
aquella otra fecha posterior conforme se informe en el Aviso de Suscripción.
("Fecha de Emisión y Liquidación").
Pago de Servicios La amortización y pago de los intereses correspondientes a las Obligaciones
Negociables serán efectuados por la Emisora mediante la transferencia de los
importes correspondientes a Caja de Valores S.A. para su acreditación en las
cuentas de los tenedores con derecho a cobro.
Destino de los Fondos La Emisora aplicará el producido neto de la colocación de Obligaciones
Negociables para los destinos previstos en el artículo 36 de la Ley de
Obligaciones Negociables Nº 23.576. La Emisora aplicará el producido neto de
la colocación de Obligaciones Negociables la integración de capital de trabajo
en el país, más en particular: a la compra de bienes de cambio, insumos para
la producción y pago de servicios.
Pendiente la aplicación de fondos, los mismos podrán ser invertidos
transitoriamente en inversiones de alta calidad y liquidez, incluyendo, pero no
limitando a, títulos públicos - incluyendo Letras y Notas emitidas por el
BCRA-, títulos privados, depósitos a plazo fijo e instrúmentos money market.
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Listado y Negociación

Órganos y fechas en las que se dispuso el ingreso a la oferta pública y las condiciones de la emisión

Agentes y todo otro interviniente en el proceso de emisión y colocación y gastos correspondientes

Garantía

Forma

La Emisora solicitará el listado de las Obligaciones Negociables en BYMA, y la negociación de las Obligaciones Negociables en el MAE.

El ingreso de la Sociedad al régimen de oferta pública y la autorización de la emisión fue decidido por la Asamblea de Accionistas de la Emisora celebrada el 10 de noviembre de 2023. La emisión fue autorizada por el Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 13 de noviembre de 2023. Los términos y condiciones definitivos de la emisión fueron autorizados mediante Actas de Subdelegados de fecha 07 de mayo de 2024, 22 de mayo de 2024 y 6 de junio de 2024.

La Emisora designó a Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U.; Banco CMF S.A.; Banco Supervielle S.A.; Banco Comafi S.A.; Banco de la Provincia de Buenos Aires, y Macro Securities S.A.U. como Organizadores. La Emisora pagará a los Organizadores una retribución por los servicios de organización que no podrá superar el 0,5% (cero coma cinco por ciento) del valor nominal de las Obligaciones Negociables efectivamente colocadas y adjudicadas.

La Emisora designó a Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U.; Banco CMF S.A.; Banco Supervielle S.A.; Banco Comafi S.A.; Banco de la Provincia de Buenos Aires, y Macro Securities S.A.U. como Colocadores. La Emisora pagará a los Colocadores una retribución por los servicios de colocación que no podrá superar el 0,5% (cero coma cinco por ciento) del valor nominal de las Obligaciones Negociables efectivamente colocadas y adjudicadas.

La Emisora designó a Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U., Banco CMF S.A., Banco Supervielle S.A., Banco Comafi S.A., Banco de la Provincia de Buenos Aires y Banco Macro S.A. como Entidades de Garantía, cuya comisión por el otorgamiento de los Certificados de Garantía que no podrá superar el 3% (tres por ciento) calculada sobre (i) el capital de las Obligaciones Negociables pendiente de pago, pagaderas por trimestre adelantado, y (ii) 3% (tres por ciento) los intereses compensatorios correspondientes a cada Fecha de Pago de Intereses y demás accesorios garantizados, pagaderas por trimestre vencido más el IVA en caso de corresponder.

El gasto pertinente al asesoramiento legal para la emisión de las Obligaciones Negociables, llevado a cabo por el estudio jurídico TCA Tanoira Cassagne no podrá superar el 0,1% del monto máximo de la emisión.

Las Obligaciones Negociables estarán garantizadas por los Certificados de Garantía (Avales) a ser otorgados por las Entidades de Garantía, en concepto de capital, intereses y gastos, ello hasta garantizar la totalidad de la emisión. Para mayor información, véase la Sección "Garantía" de este Prospecto.

Las Obligaciones Negociables serán documentadas por sendos certificados globales permanentes depositados en la Caja de Valores S.A. Los obligacionistas renuncian al derecho a exigir la entrega de láminas individuales. Las transferencias se realizarán dentro del sistema de depósito colectivo, encontrándose habilitada la Caja de Valores S.A. para cobrar aranceles a los depositantes, que estos podrán trasladar a los beneficiarios.

Rescate por Cuestiones Impositivas

Las Obligaciones Negociables podrán rescatarse, a opción de la Emisora, en su totalidad, pero no en parte, en cualquier momento, previa notificación de no menos de treinta (30) y no más de sesenta (60) días de anticipación a los tenedores (notificación que será irrevocable y se efectuará en la manera que se describe en la sección "Notificaciones", en el presente Prospecto), a un precio de rescate igual al monto de capital pendiente de pago, junto con el interés devengado a la fecha fijada para el rescate, a la fecha estipulada para el rescate en los siguientes casos: (i) si como resultado de cualquier cambio o modificación de las leyes (o normas o regulaciones dictadas en virtud de las mismas) de la Argentina o de cualquier subdivisión política o autoridad impositiva de o para la misma que afectara los impuestos de la forma que fuera, o de cualquier cambio de la posición oficial relativa a la ampliación o interpretación de dichas leyes, normas y regulaciones (incluyendo, entre otras, la interpretación sostenida por los tribunales competentes), y dicho cambio, enmienda, aplicación o interpretación entrara en vigencia en la Fecha de Emisión y Liquidación de las Obligaciones Negociables o con posterioridad a ella, si la Sociedad hubiera pagado o se viera obligada a pagar sumas adicionales respecto de las Obligaciones Negociables y (ii) dicha obligación no pudiera ser evitada por la Sociedad tomando las medidas razonables disponibles. La fecha estipulada para dicho rescate no podrá ser anterior a la última fecha posible en la cual la Sociedad podría realizar el pago en cuestión sin que le fuera requerido realizar dicha retención o deducción.

Tanto en el Tramo Competitivo como en el tramo No Competitivo (conforme se definen más adelante), si como resultado de los prorrateos, el monto a asignar a una orden de compra fuera un monto que incluya entre 1 y 49 centavos, el monto asignado será el importe entero inferior. Si como resultado de los prorrateos, el monto a asignar a una orden de compra fuera un monto que incluya entre 50 y 99 centavos, el monto asignado será el importe entero superior

Si como resultado de los prorrateos, el monto a asignar a una orden de compra del Tramo No Competitivo fuera un monto inferior al Monto Mínimo de Suscripción, a esa orden de compra no se le asignarán Obligaciones Negociables, y el monto no asignado a tal orden de compra será asignado entre las demás órdenes de compra del Tramo No Competitivo; todo ello en virtud del, y siguiendo el, procedimiento vigente en el MAE.

Si como resultado de los prorrateos el monto a asignar a una orden de compra del Tramo Competitivo fuera un monto inferior al monto mínimo de suscripción, a esa orden de compra no se le asignarán Obligaciones Negociables, y el monto de dichas Obligaciones Negociables, no asignado a tal orden de compra será distribuido a prorrata entre las demás órdenes de compra del Tramo Competitivo con margen, tasa o precio solicitado, según corresponda, igual al Margen Aplicable, Tasa Aplicable, o Precio de Emisión de la clase correspondiente.

y La oferta pública de las Obligaciones Negociables constará de un tramo competitivo (el "Tramo Competitivo") y de un tramo no competitivo (el "Tramo No Competitivo").

Las Órdenes de Compra remitidas bajo el Tramo Competitivo deberán indefectiblemente incluir el Margen Aplicable solicitado de las Obligaciones Negociables (el "Margen Solicitado"), la Tasa Aplicable solicitada de las

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Factor de Prorrateo

Tramo Competitivo Tramo No Competitivo Obligaciones Negociables (la "Tasa Solicitada") o el Precio de Emisión solicitado de las Obligaciones Negociables (el "Precio Solicitado"), mientras que aquellas que se remitan bajo el Tramo No Competitivo no incluirán dicha variable.

Bajo el Tramo Competitivo, los Inversores Interesados, en caso de que así lo deseen, podrán limitar su adjudicación final en un porcentaje máximo del valor nominal total a emitirse de las Obligaciones Negociables, porcentaje que deberá ser detallado por cada Inversor Interesado en la respectiva Orden de Compra.

Se considerarán Órdenes de Compra del Tramo No Competitivo aquellas que sean por un valor nominal igual o inferior a \$500.000 (Pesos quinientos mil) para las Obligaciones Negociables Serie II Clase I y US\$500 (Dólares Estadounidenses quinientos) para las Obligaciones Negociables Serie II Clase II, y que no indiquen una variable solicitada.

Las Órdenes de Compra que conformen el Tramo No Competitivo no se tomarán en cuenta para la determinación del Margen Aplicable, la Tasa Aplicable o el Precio de Emisión. La totalidad de las Obligaciones Negociables adjudicadas al Tramo No Competitivo no podrá superar el 50% del valor nominal a emitirse. A las Órdenes de Compra que conformen el Tramo No Competitivo se les aplicará el Margen Aplicable, Tasa Aplicable o Preció de Emisión que finalmente se determine en el Tramo Competitivo.

Por cada Inversor Interesado se podrá presentar una o más Órdenes de Compra que constituirán el Tramo No Competitivo y una o más Órdenes de Compra que constituirán el Tramo Competitivo con distinta Margen Solicitado y/o Tasa Solicitada y/o Precio Solicitado, y diferente Monto Solicitado que se pretenda suscribir, pudiendo resultar adjudicadas una, todas, o ninguna de las Órdenes de Compra remitidas, con la limitación de que ninguna Orden de Compra presentada por un mismo Inversor Interesado podrá abarcar un Monto Solicitado superior al Monto Máximo de las Obligaciones Negociables.

Todas las notificaciones a los tenedores de Obligaciones Negociables se Notificaciones considerarán debidamente efectuadas si se publican por un día en el Boletín Diario de la BCBA y si se ingresan en la Página Web de la CNV y en la Página Web del MAE. Las notificaciones se considerarán efectuadas el día en que se realizó dicha publicación. El costo de cualquier publicación y/o notificación estará a cargo de la Emisora. Sin perjuicio de ello, la Emisora deberá efectuar todas las publicaciones que requieran las Normas de la CNV y las demás normas vigentes, y, en su caso, todas las publicaciones que requieran las normas vigentes de las bolsas y/o mercados autorizados del país y/o del exterior donde coticen y/o negocien las Obligaciones Negociables.

La omisión en dar aviso a un tenedor de las Obligaciones Negociables en particular, o algún defecto en la notificación efectuada a un tenedor en particular de las Obligaciones Negociables, no afectará la suficiencia de cualquier notificación efectuada a los restantes Tenedores de las Obligaciones Negociables.

Ley Aplicable

Las Obligaciones Negociables se regirán por, y serán interpretadas de conformidad con, las leyes de la República Argentina.

$12$

Jurisdicción

Todo conflicto que se suscite entre los obligacionistas y la Emisora y/o el Organizador y/o los Colocadores relativo al presente Prospecto, las condiciones de emisión, su suscripción y todos los actos y documentos relacionados estarán sujetos a la jurisdicción de los Tribunales Comerciales Ordinarios con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Sin perjuicio de ello, de conformidad con el Artículo 46 de la Ley de Mercado de Capitales, los tenedores podrán someter sus controversias en relación con las Obligaciones Negociables a la jurisdicción que se cree en el futuro de conformidad con el artículo 29 de la Ley de Mercado de Capitales, a opción exclusiva del tenedor en cuestión. A su vez, en los casos en que las normas vigentes establezcan la acumulación de acciones entabladas con idéntica finalidad ante un solo tribunal, la acumulación se efectuará ante el tribunal judicial.

III. TÉRMINOS Y CONDICIONES PARTICULARES DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES SERIE II CLASE I

Denominación OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADA DE ALZ
NUTRIENTES S.A. SERIE II CLASE I
Fecha de Vencimiento de las
Negociables
Obligaciones
Serie II Clase I
Será en la fecha en que se cumplan 18 (dieciocho) meses contados desde la
Fecha de Emisión y Liquidación y será informada en el Aviso de Resultados.
Moneda de Denominación
Obligaciones
las
de
Negociables Serie II Clase I
Las Obligaciones Negociables Serie II Clase I estarán denominadas en Pesos.
Moneda de Suscripción e
las
de
Integración
Negociables
Obligaciones
Serie II Clase I
La suscripción e integración de las Obligaciones Negociables Serie II Clase I
deberá realizarse en Pesos.
Moneda de Pago de las
Negociables
Obligaciones
Serie II Clase I
Los pagos de las sumas de capital, servicios de intereses y demás sumas que
correspondan bajo las Obligaciones Negociables Serie II Clase I serán
realizados en Pesos.
Mínimo
de
Monto
de
las
Suscripción
Obligaciones
Negociables
Serie II Clase I
El monto mínimo de suscripción de las Obligaciones Negociables Serie II
Clase I será de \$20.000 (Pesos veinte mil) y múltiplos de \$1 (Pesos uno)
superiores a dicho monto.
Unidad
Mínima
de
las
Negociación
de
Negociables
Obligaciones
Serie II Clase I
La unidad mínima de negociación de las Obligaciones Negociables Serie II
Clase I será de \$1 (Pesos uno) y múltiplos de \$1 (Pesos uno) por encima de
dicho monto.
Denominación Mínima de
Obligaciones
las
Negociables Serie II Clase I
$V/N$ \$ 1 (Pesos uno).
Tasa de Interés de las
Obligaciones
Negociables
Serie II Clase I
Las Obligaciones Negociables Serie II Clase I devengarán intereses, sobre su
capital pendiente de pago a una tasa de interés nominal anual variable
determinada sobre la base de la Tasa de Referencia (según este término se
define a continuación) más el Margen Aplicable que podrá ser licitado
conforme se indica en la Sección "Margen Aplicable" de este Prospecto y que
podrá ser informado en el Aviso de Resultados o en el Aviso de Suscripción,
según corresponda.
Tasa de Referencia de las
Obligaciones
Negociables
Serie II Clase I
La Tasa de Referencia será la tasa equivalente al promedio aritmético de las
tasas de intereses que publica el BCRA para depósitos a plazo fijo de 30
(treinta) a 35 (treinta y cinco) días de plazo y de más de \$1.000.000 (pesos un
millón) para los bancos privados de la República Argentina correspondiente
al plazo que transcurre a partir del séptimo Día Hábil anterior al inicio de
cada Período de Devengamiento de Intereses y finaliza el séptimo Día Hábil
anterior al último día de cada Período de Devengamiento de Intereses
siguiente, incluyendo el primer día pero excluyendo el último día (la "Tasa

BADLAR" o la "Tasa de Referencia", indistintamente). De no ser posible el cálculo de la Tasa de Interés por encontrarse suspendida la publicación por el BCRA de las tasas de interés que se promedian para el cálculo de la Tasa BADLAR, se considerará como Tasa BADLAR a la tasa sustituta de aquella que informe el BCRA, o en caso de no existir dicha tasa sustituta, la tasa que resulte de considerar el promedio aritmético de tasas pagadas para depósitos en pesos por un monto mayor a un millón de pesos para idéntico plazo por los 5 (cinco) primeros bancos privados, en cantidad de depósitos, según el último informe de depósitos disponible publicado por el BCRA; en todos los casos, correspondiente al mes calendario anterior a cada Fecha de Pago.

Es la cantidad de puntos básicos (expresada como un porcentaje anual truncado a dos decimales) a ser adicionado a la Tasa de Referencia en cada Período de Devengamiento de Intereses. El mismo será determinado por la Emisora (i) con anterioridad al inicio del Período de Difusión e informado en el Aviso de Suscripción; o (ii) con anterioridad a la Fecha de Emisión y Liquidación sobre la base del resultado del procedimiento de colocación y adjudicación de las Obligaciones Negociables Serie II Clase I detallado en la Sección "Adjudicación. Determinación del Margen Aplicable y/o Precio de Emisión de las Obligaciones Negociables Serie II Clase I" de este Prospecto e informado a través del Aviso de Resultados. ("Margen Aplicable"). El Margen Aplicable podrá ser positivo, igual a 0,00% o negativo. En caso de que el Margen Aplicable fuera negativo, los puntos básicos en cuestión serán detraídos de la Tasa de Referencia en la Fecha de Pago de Intereses según pudiera aplicar. En el caso que la Tasa de Interés de las Obligaciones Negociables Serie II Clase I diera resultado negativo, se entenderá que el interés de las Obligaciones Negociables Serie II Clase I es 0,00%.

El precio de emisión de las Obligaciones Negociables Serie II Clase I será determinado por la Emisora (i) con anterioridad al inicio del Período de Difusión e informado en el Aviso de Suscripción; o (ii) con anterioridad a la Fecha de Emisión y Liquidación sobre la base del resultado del procedimiento de colocación y adjudicación de las Obligaciones Negociables Serie II Clase I detallado en la Sección "Adjudicación. Determinación del Margen Aplicable y/o Precio de Emisión de las Obligaciones Negociables Serie II Clase l" de este Prospecto e informado a través del Aviso de Resultados.

Tan pronto como sea posible luego de finalizado el Período de Licitación Pública, las órdenes de compra recibidas de las Obligaciones Negociables Serie II Clase I serán ordenadas en forma ascendente o descendente en SIOPEL, sobre la base de la variable que se licite (Margen Aplicable y/o Precio de Emisión), volcando en primer lugar las Órdenes de Compra que formen parte del Tramo No Competitivo y en segundo lugar las Órdenes de Compra que formen parte del Tramo Competitivo. En caso de que la Emisora decidiera adjudicar las Obligaciones Negociables Serie II Clase I, determinará el monto efectivo a emitir de Obligaciones Negociables Serie II Clase I y el Margen Aplicable y/o Precio de Emisión, expresado como porcentaje anual truncado a dos decimales. La determinación del monto de Obligaciones Negociables Serie II Clase I y del Margen Aplicable y/o el Precio de Emisión, será realizada mediante el sistema denominado "subasta o licitación pública" a través del SIOPEL.

Adjudicación. Determinación del Margen Aplicable y/o Precio de Emisión de las Obligaciones Negociables Serie II Clase I

Margen Aplicable

Precio de Emisión

La adjudicación de las Órdenes de Compra comenzará por el Tramo No Competitivo:

Todas las Órdenes de Compra que conformen el Tramo No Competitivo serán adjudicadas, no pudiendo superar el 50% del monto de las Obligaciones Negociables a emitirse. En todo momento las adjudicaciones se realizarán de conformidad con los límites establecidos en las Normas de la CNV y las demás normas aplicables;

En caso que las Órdenes de Compra del Tramo No Competitivo superen dicho 50%, las mismas serán adjudicadas a prorrata sobre la base del Monto Solicitado reduciéndose en forma proporcional con los montos de dichas Órdenes de Compra hasta alcanzar el 50% del monto a ser emitido.

En el supuesto que se adjudiquen Órdenes de Compra para el Tramo No Competitivo por un monto inferior al 50% del monto a ser emitido, el monto restante será adjudicado a las Órdenes de Compra que conforman el Tramo Competitivo.

El monto restante será adjudicado a las Órdenes de Compra que conforman el Tramo Competitivo de la siguiente forma:

(A) (1) Las Órdenes de Compra que conformen el Tramo Competitivo serán ordenadas en forma ascendente sobre el Margen Aplicable Solicitado; (2) Todas las órdenes de compra con Margen Aplicable solicitado inferior al Margen Aplicable de las Obligaciones Negociables, serán adjudicadas comenzando por aquellas con menor Margen Aplicable Solicitado y continuando en forma ascendente; (3) todas las órdenes de compra con Margen Aplicable solicitado, igual al Margen Aplicable, serán adjudicadas en su totalidad al Margen Aplicable, y en caso de sobresuscripción, a prorrata sobre la base de su valor nominal y sin excluir ninguna Orden de Compra, desestimándose cualquier Orden de Compra que como resultado de dicho prorrateo su monto sea inferior al Monto Mínimo de Suscripción; y (4) todas las órdenes de compra con Margen Aplicable solicitado superior al Margen Aplicable, no serán adjudicadas; y/o

(B) (1) Las Órdenes de Compra que conformen el Tramo Competitivo serán ordenadas en forma descendente sobre el Precio de Emisión Solicitado; (2) Todas las órdenes de compra con Precio de Emisión solicitado, superior al Precio de Emisión serán adjudicadas al Precio de Emisión; (3) todas las órdenes de compra con Precio de Emisión solicitado, igual al Precio de Emisión, serán adjudicadas al Precio de Emisión y, en caso de sobresuscripción, a prorrata sobre la base de su valor nominal y sin excluir ninguna Orden de Compra, desestimándose cualquier Orden de Compra que como resultado de dicho prorrateo su monto sea inferior al Monto Mínimo de Suscripción; y (4) todas las órdenes de compra con Precio de Emisión solicitado, inferior al Precio de Emisión, no serán adjudicadas.

La Emisora no puede asegurar a los Inversores Interesados que sus Órdenes de Compra serán adjudicadas y/o que de serlo serán adjudicadas por la totalidad del Monto Solicitado en las Órdenes de Compra en base a lo detallado más arriba, ni que la proporción del monto de Obligaciones Negociables solicitado adjudicado a dos Inversores Interesados que hayan presentado Órdenes de Compra idénticas sea el mismo.

Las Obligaciones Negociables Serie II Clase I efectivamente adjudicadas deberán integrarse en Pesos, mediante (i) transférencia electrónica del

16

Lugar de Integración

correspondiente monto a integrar a la cuenta que se indique en el formulario de las Órdenes de Compra y/o (ii) el débito del correspondiente monto a integrar de la cuenta del Inversor Interesado que se indique en la correspondiente Orden de Compra.

En la Fecha de Emisión y Liquidación, una vez efectuada la integración de las Obligaciones Negociables Serie II Clase I, las mismas serán acreditadas en las cuentas depositante y comitente en CVSA de titularidad de los Inversores Interesados adjudicados indicadas en sus respectivas Órdenes de Compra.

La amortización de las Obligaciones Negociables Serie II Clase I será realizada en 2 (dos) pagos, conforme surge a continuación: i) 50% a los 12 (doce) meses de la Fecha de Emisión y Liquidación; y (ii) el 50% restante en la Fecha de Vencimiento (las "Fechas de Pago de Amortización").

Las Fechas de Pago de Amortización serán informadas en el Aviso de Resultados.

Es el período comprendido entre una Fecha de Pago de Intereses y la Fecha de Pago de Intereses siguiente, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. El primer Período de Devengamiento de Intereses será el comprendido entre la Fecha de Emisión y Liquidación, y la primera Fecha de Pago de Intereses, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. Los intereses serán pagaderos trimestralmente por período vencido desde la Fecha de Emisión y Liquidación en las fechas que sean un número de día idéntico al de la Fecha de Emisión y Liquidación, pero del correspondiente mes en que los intereses deban ser abonados o, de no ser un Día Hábil (conforme dicho término se define más adelante) o no existir dicho día, el primer Día Hábil posterior (cada una, una "Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables Serie II Clase I"). La última Fecha de Pago de Intereses será en la Fecha de Vencimiento. Las Fechas de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables Serie II Clase I serán informadas en el Aviso de Resultados.

Los intereses serán pagaderos trimestralmente por período vencido, comenzando su pago en la fecha en que se cumplan tres (3) meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación. Las fechas en las cuales se abonarán los intereses de las Obligaciones Negociables Serie II Clase I serán informadas en el Aviso de Resultados (cada una, una "Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables Serie II Clase I" y junto con la Fecha de Amortización de las Obligaciones Negociables, las "Fechas de Pago de las Obligaciones Negociables Serie II Clase I"). La última Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables Serie II Clase I será el mismo día de la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables.

Base de Cálculo de Intereses

Para el cálculo de los intereses se considerará la cantidad real de días transcurridos y un año de 365 días (cantidad real de días transcurridos/365).

Periodo de Devengamiento

Serie II Clase I

de Intereses

Amortización y Fechas de

Pago de Amortización de las

Obligaciones Negociables

Fechas de Pago de Intereses las Obligaciones de Negociables Serie II Clase I

IV. TÉRMINOS Y CONDICIONES PARTICULARES DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES SERIE II CLASE II

Denominación OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADA DE ALZ
NUTRIENTES S.A. SERIE II CLASE II
Moneda de Denominación de
las Obligaciones Negociables
Serie II Clase II
Las Obligaciones Negociables Serie II Clase II estarán denominadas en
Dólares Estadounidenses.
Fecha de Vencimiento de las
Obligaciones
Negociables
Serie II Clase II
Será en la fecha en que se cumplan 24 (veinticuatro) meses contados desde
la Fecha de Emisión y Liquidación y será informada en el Aviso de
Resultados.
Moneda de Suscripción e
Integración
de
las
Obligaciones
Negociables
Serie II Clase II
La suscripción e integración de las Obligaciones Negociables Serie II Clase
II deberá realizarse en Pesos al Tipo de Cambio Inicial.
Moneda de
Pago de las
Obligaciones
Negociables
Serie II Clase II
Los pagos de las sumas de capital, servicios de intereses y demás sumas
que correspondan bajo las Obligaciones Negociables Serie II Clase II serán
realizados en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable. El Agente de Cálculo
indicará los montos en Pesos pagaderos en relación con las sumas de
capital, servicios de interés y demás sumas que correspondan bajo las
mismas al Tipo de Cambio Aplicable correspondiente a cada una de las
Fechas de Cálculo.
Monto
Mínimo
de
Suscripción
de
las
Obligaciones
Negociables
Serie II Clase II
El monto mínimo de suscripción de las Obligaciones Negociables Serie II
Clase II será de US\$100 (Dólares Estadounidenses cien) y múltiplos de US\$1
(Dólares Estadounidenses uno) superiores a dicho monto.
Unidad
Mínima
de
Negociación
de
las
Obligaciones
Negociables
Serie II Clase II
La unidad mínima de negociación de las Obligaciones Negociables Serie II
Clase II será de US\$1 (Dólares Estadounidenses uno) y múltiplos de US\$1
(Dólares Estadounidenses uno) por encima de dicho monto.
Denominación Mínima de las
Obligaciones
Negociables
Serie II Clase II
V/N US\$ 1 (Dólares Estadounidenses uno).
Lugar de Integración Las Obligaciones Negociables Serie II Clase II efectivamente adjudicadas
deberán integrarse en Pesos al Tipo de Cambio Inicial, mediante (i)
transferencia electrónica del correspondiente monto a integrar a la cuenta
que se indique en el formulario de las Órdenes de Compra y/o (ii) el débito
del correspondiente monto a integrar de la cuenta del Inversor Interesado
que se indique en la correspondiente Orden de Compra.
En la Fecha de Emisión y Liquidación, una vez efectuada la integración de
las Obligaciones Negociables Serie II Clase II, las mismas serán acreditadas
en las cuentas depositante y comitente en CVSA de titularidad de los
Inversores Interesados adjudicados indicadas en sus respectivas Órdenes
de Compra.
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Obligaciones Serie II Clase II

Amortización y Fechas de La amortización de las Obligaciones Negociables será realizada en 2 (dos) Pago de Amortización de las pagos, conforme surge a continuación: (i) 50% a los 18 (dieciocho) meses de Negociable la Fecha de Emisión y Liquidación; y (ii) el 50% restante en la Fecha de Vencimiento (las "Fechas de Pago de Amortización").

Las Fechas de Pago de Amortización serán informadas en el Aviso de Resultados.

Intereses

Periodo de Devengamiento de Es el período comprendido entre una Fecha de Pago de Intereses de la Serie Il Clase II y la Fecha de Pago de Intereses de la Serie II Clase II siguiente, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. El primer Período de Devengamiento de Intereses será el comprendido entre la Fecha de Emisión y Liquidación, y la primera Fecha de Pago de Intereses, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. Los intereses serán pagaderos trimestralmente por período vencido desde la Fecha de Emisión y Liquidación en las fechas que sean un número de día idéntico al de la Fecha de Emisión y Liquidación, pero del correspondiente mes en que los intereses deban ser abonados o, de no ser un Día Hábil (conforme dicho término se define más adelante) o no existir dicho día, el primer Día Hábil posterior (cada una, una "Fecha de Pago de Intereses de la Serie II Clase II"). La última Fecha de Pago de Intereses será en la Fecha de Vencimiento. Las Fechas de Pago de Intereses de la Serie II Clase II serán informadas en el Aviso de Resultados.

Los pagos a ser realizados en las Fechas de Amortización de la Serie II Clase Il y Fechas de Pago Intereses de la Serie II Clase II correspondientes a las Obligaciones Negociables Serie II Clase II serán efectuados por la Emisora mediante la transferencia de los importes correspondientes a Caja de Valores S.A. para su acreditación en las cuentas de los tenedores con derecho a cobro.

Los intereses serán pagaderos trimestralmente por período vencido, Fechas de Pago de Intereses comenzando su pago en la fecha en que se cumplan tres (3) meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación. Las fechas en las cuales se abonarán los intereses de las Obligaciones Negociables Serie II Clase II serán informadas en el Aviso de Resultados (cada una, una "Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables Serie II Clase II" y junto con la Fecha de Amortización de las Obligaciones Negociables Serie II Clase II, las "Fechas de Pago de las Obligaciones Negociables Serie II Clase II"). La última Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables Serie II Clase II será el mismo día de la Fecha de Vencimiento.

Será el promedio aritmético simple de los últimos tres (3) Días Hábiles previos a la Fecha de Cálculo Inicial, del tipo de cambio de referencia Dólar Estadounidense/ Pesos informado por el Banco Central de la República Argentina (el "BCRA") mediante la Comunicación "A" 3500 (Mayorista), truncado a cuatro (4) decimales, el cual será informado mediante el Aviso de Resultados.

Es el promedio aritmético simple de los últimos tres (3) Días Hábiles previos a la Fecha de Cálculo del tipo de cambio de referencia Dólar Estadounidenses / Pesos informado por el BCRA mediante la Comunicación "A" 3500 (Mayorista) (o la regulación que la sucediere o modificare en el tiempo) en base al procedimiento de encuesta de cambio

Tipo de Cambio Inicial

Tipo de Cambio Aplicable

19

establecido en la misma. En el supuesto que (x) el BCRA dejare de efectuar dicha determinación y publicación, el Tipo de Cambio Aplicable será calculado de acuerdo al promedio aritmético simple de los últimos tres (3) Días Hábiles previos a la Fecha de Cálculo del tipo de cambio Dólar Estadounidense divisa vendedor informado por el Banco de la Nación Argentina (el "BNA"), al cierre de sus operaciones; o (y) el BCRA decida desdoblar el mercado libre de cambios, será (A) el promedio aritmético del tipo de cambio vendedor de los Pesos equivalentes a un Dólar Estadounidense divisa utilizado para el pago de importaciones de cada uno de los Productos de Referencia informado por el BCRA al cierre de operaciones; o (B) si este último no se encontrara disponible por cualquier causa, en segundo lugar, el promedio aritmético de la cotización del Dólar Estadounidense divisa vendedor utilizado para el pago de importaciones de Productos de Referencia informada por los siguientes bancos: La Sucursal de Citibank, N.A establecida en la República Argentina, Banco Santander Argentina S.A., Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A., Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U. y Banco BMA S.A.U. (anteriormente denominada Banco Itaú Argentina S.A.) en Argentina, al cierre de sus operaciones. Todos los cálculos del promedio aritmético serán expresados en cuatro decimales y serán realizados por el Agente de Cálculo. En la medida de lo posible y en caso que corresponda, la Emisora comunicará al público inversor el/los sitios donde se informen los tipos de cambios descriptos en el presente apartado en caso de desdoblamiento cambiario.

Será la fecha correspondiente al sexto Día Hábil anterior a una Fecha de Pago de Intereses y/o a una Fecha de Pago de Amortización de las Obligaciones Negociables y a la Fecha de Vencimiento, según corresponda.

Corresponde al día de cierre del Período de Licitación.

Son aquellos bienes que, a la fecha del presente, se encuentran descriptos en el capítulo Nº 10 del Nomenclador Común del Mercosur, disponible en http://www.afip.gov.ar/aduana/arancelintegrado.

Las Obligaciones Negociables Serie II Clase II devengarán intereses sobre su capital pendiente de pago a una tasa de interés fija expresada como porcentaje nominal anual truncada a dos decimales. La misma será determinada por la Emisora (i) con anterioridad al inicio del Período de Difusión e informada en el Aviso de Suscripción; o (ii) con anterioridad a la Fecha de Emisión y Liquidación sobre la base del resultado del procedimiento de colocación y adjudicación de las Obligaciones Negociables Serie II Clase II detallado en la Sección "Adjudicación. Determinación de la Tasa de Interés y/o Precio de Emisión de las Obligaciones Negociables Serie II Clase II" de este Prospecto e informado a través del Aviso de Resultados que surja del procedimiento de subasta o licitación pública, que será informada en el Aviso de Resultados (la "Tasa de Interés de las Obligaciones Negociables Serie II Clase II").

Se aclara al público inversor que la Tasa de Interés de las Obligaciones Negociables Serie II Clase II podrá ser igual a 0,00%. De esta forma, las Obligaciones Negociables Serie II Clase II podrían no devengarse intereses.

Fecha de Cálculo

Fecha de Cálculo Inicial

Productos de Referencia

Tasa de Interés

Precio de Emisión

Adjudicación. Determinación de la Tasa de Interés y/o Precio ${\rm d}{\rm e}$ de las Emisión Obligaciones Negociables Serie II Clase II

El precio de emisión de las Obligaciones Negociables Serie II Clase II será determinado por la Emisora (i) con anterioridad al inicio del Período de Difusión e informado en el Aviso de Suscripción; o (ii) con anterioridad a la Fecha de Emisión y Liquidación sobre la base del resultado del procedimiento de colocación y adjudicación de las Obligaciones Negociables Serie II Clase II detallado en la Sección "Adjudicación. Determinación de la Tasa de Interés y/o Precio de Emisión de las Obligaciones Negociables Serie II Clase II" de este Prospecto e informado a través del Aviso de Resultados.

Tan pronto como sea posible luego de finalizado el Período de Licitación Pública, órdenes de compra recibidas de las Obligaciones Negociables Serie II Clase II serán ordenadas en forma ascendente o descendente en SIOPEL, sobre la base variable a ser licitada (Tasa de Interés / Precio de Emisión). En caso de que la Emisora decidiera adjudicar las Obligaciones Negociables Serie II Clase II, determinará el monto efectivo a emitir de las Obligaciones Negociables Serie II Clase II y la Tasa de Interés y/o el Precio de Emisión de las Obligaciones Negociables Serie II Clase II, expresado como porcentaje anual truncado a dos decimales. La determinación del monto de Obligaciones Negociables Serie II Clase II y de la Tasa de Interés y/o el Precio de Emisión de las Obligaciones Negociables Serie II Clase II, será realizada mediante el sistema denominado "subasta o licitación pública" a través del SIOPEL.

La adjudicación de las Órdenes de Compra comenzará por el Tramo No Competitivo:

Todas las Órdenes de Compra que conformen el Tramo No Competitivo serán adjudicadas, no pudiendo superar el 50% del monto de las Obligaciones Negociables a emitirse. En todo momento las adjudicaciones se realizarán de conformidad con los límites establecidos en las Normas de la CNV y las demás normas aplicables;

En caso que las Órdenes de Compra del Tramo No Competitivo superen dicho 50%, las mismas serán adjudicadas a prorrata sobre la base del Monto Solicitado reduciéndose en forma proporcional con los montos de dichas Órdenes de Compra hasta alcanzar el 50% del monto a ser emitido.

En el supuesto que se adjudiquen Órdenes de Compra para el Tramo No Competitivo por un monto inferior al 50% del monto a ser emitido, el monto restante será adjudicado a las Órdenes de Compra que conforman el Tramo Competitivo.

El monto restante será adjudicado a las Órdenes de Compra que conforman el Tramo Competitivo de la siguiente forma:

(A) (1) Las Órdenes de Compra que conformen el Tramo Competitivo serán ordenadas en forma ascendente sobre la Tasa de Interés Solicitada. (2) Todas las órdenes de compra con tasa de interés solicitada, inferior al Tasa de Interés de las Obligaciones Negociables Serie II Clase II serán adjudicadas a la Tasa de Interés de las Obligaciones Negociables Serie II Clase II; (3) todas las órdenes de compra con tasa de interés solicitada, igual a la Tasa de Interés, serán adjudicadas a la Tasa de Interés de las Obligaciones Negociables Serie II Clase II y, en caso de sobresuscripción, a prorrata sobre la base del monto solicitado y sin excluir ninguna orden de

compra; y (4) todas las órdenes de compra con tasa de interés solicitada, superior a la Tasa de Interés, no serán adjudicadas; y/o

(B) (1) Las Órdenes de Compra que conformen el Tramo Competitivo serán ordenadas en forma descendente sobre el Precio de Emisión Solicitado; (2) Todas las órdenes de compra con Precio de Emisión solicitado, superior al Precio de Emisión serán adjudicadas al Precio de Emisión; (3) todas las órdenes de compra con Precio de Emisión solicitado, igual al Precio de Emisión, serán adjudicadas al Precio de Emisión y, en caso de sobresuscripción, a prorrata sobre la base de su valor nominal y sin excluir ninguna Orden de Compra, desestimándose cualquier Orden de Compra que como resultado de dicho prorrateo su monto sea inferior al Monto Mínimo de Suscripción; y (4) todas las órdenes de compra con Precio de Emisión solicitado, inferior al Precio de Emisión, no serán adjudicadas.

La Emisora no puede asegurar a los Inversores Interesados que sus Órdenes de Compra serán adjudicadas y que de serlo serán adjudicadas por la totalidad del Monto Solicitado en las Órdenes de Compra en base a lo detallado más arriba, ni que la proporción del monto de Obligaciones Negociables solicitado adjudicado a dos Inversores Interesados que hayan presentado Órdenes de Compra idénticas sea el mismo.

V. GARANTÍA

Las Obligaciones Negociables están garantizadas en un 100% por hasta la suma total de US\$1.500.000 (Dólares Estadounidenses un millón quinientos mil), con más los intereses correspondientes, compensatorios pactados, accesorios y los gastos que razonablemente demande en conjunto el cobro de cualesquiera de los montos impagos bajo las obligaciones Negociables, incluidas las costas judiciales, por (i) Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U. por hasta el 16,66%; (iii) Banco CMF S.A. por hasta el 16,66%; (iii) Banco Supervielle S.A. por hasta el 16,67%; (iv) Banco Comafi S.A. por hasta el 16,67%; (v) Banco de la Provincia de Buenos Aires por hasta el 16,67% y (iv) Banco Macro S.A. por hasta el 16,67, ello como entidades de garantía autorizadas por CNV.

Las garantías otorgadas por Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U., Banco CMF S.A., Banco Supervielle S.A., Banco Comafi S.A., Banco de la Provincia de Buenos Aires y Banco Macro S.A. son otorgadas en carácter de liso, llano y principal pagador de las Obligaciones Negociables, con renuncia al beneficio de excusión y división, en este último caso, solo respecto de la Emisora, siendo las obligaciones de las Entidades de Garantía simplemente mancomunadas y por hasta las sumas máximas indicadas precedentemente y que se detallan en cada uno de los documentos que instrumentan las Garantías que se otorgan a tal efecto.

Naturaleza de la garantía: Garantía Común.

En caso de que la Emisora no cumpla con las obligaciones de pago conforme lo indicado en el presente Prospecto, las Entidades de Garantía responderán por cada incumplimiento dentro del plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles del vencimiento del plazo correspondiente.

(i) Información sobre Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U.

Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U. ("Galicia") inició sus actividades como banco comercial en 1905 y fue constituida debidamente el 15 de julio de 1905. Fue inscripta el 21 de noviembre de 1905, bajo el N°4, Folio N°32 del Libro 20, Tomo A, ante el Registro Público de Comercio. La denominación anterior a "Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U." fue "Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.". Según el estatuto social vigente, el plazo de duración de Galicia se extenderá hasta el día 30 de junio de 2100, a menos que este plazo sea prorrogado por la Asamblea Extraordinaria de Accionistas. Galicia, tiene su domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Su sede social se encuentra ubicada en Tte. Gral. J. D. Perón 430 (C1038AAI), Ciudad Autónoma de Buenos CUIT: 30-50000173-5. Teléfono: 6329-0000. Fax: 6329-6100 Correo Electrónico: Aires. [email protected] Sitio web: www.bancogalicia.com.ar.

Galicia es uno de los principales bancos privados de capitales nacionales del sistema financiero de la Argentina. A través de sus canales de distribución, asistidos y digitales, comercializa una amplia gama de productos y servicios financieros para personas y empresas en todo el país. Galicia define como focos estratégicos la experiencia del cliente y la transformación digital para alcanzar con eficiencia un exitoso crecimiento.

Asimismo, Galicia impulsa una gestión sustentable que se asienta en la convicción de que el negocio solo podrá desarrollarse en tanto se considere el impacto social y ambiental de sus operaciones. Esta responsabilidad se apoya en principios y valores que guían la conducta de los colaboradores de Banco Galicia, y se reflejan y concretan en políticas, prácticas y programas.

Las acciones de Galicia cotizaron en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires ("BCBA") desde el año 1907 hasta abril de 2014, momento en el cual Grupo Financiero Galicia S.A. ("Grupo Financiero Galicia"), ("GFG") adquirió el 100% del paquete accionario y solicitó el retiro de la oferta pública y la cancelación de la cotización de las acciones del Banco. También cotizó en el Nasdaq Stock Market de los EE.UU. de Norteamérica entre 1993 y 2000, año en que se produjo el canje de sus acciones por acciones de Grupo Financiero Galicia.

Grupo Financiero Galicia es una compañía holding de servicios financieros, controlada por un grupo accionario constituido por tres familias. Las acciones de Grupo Financiero Galicia cotizan actualmente en el Nasdaq Capital

Market, en la BCBA y en la Bolsa de Comercio de Córdoba. La participación de GFG en Galicia constituye su principal activo.

Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U. fue autorizado como Entidad de Garantía por la CNV con fecha 3 de noviembre de 2021.

Información Financiera Seleccionada

El potencial inversor podrá acceder a información completa económica, financiera y societaria de Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U., publicada en CNV y el BCRA siguiendo los links que se indican a continuación:

https://www.cnv.gov.ar/sitioWeb/Empresas

http://www.bcra.gob.ar/SistemasFinancierosYdePagos/Entidades_financieras.asp

Información sobre Galicia, expresados en pesos argentinos al 31 de diciembre de 2023 (cifras expresadas en miles de pesos argentinos en moneda homogénea), publicados en AIF bajo ID #3161125:

  • Activo: \$8,673,081,708
  • Pasivo: \$7.019.112.820
  • Patrimonio neto: \$1.653.968.888

Calificación de Riesgo

Galicia fue autorizado como Entidad de Garantía por la CNV con fecha 3 de noviembre de 2021.

La calificación de riesgo vigente, de fecha 13 de marzo de 2024 (FIX SCR AGENTE DE CALIFICACIÓN DE RIESGO y publicada bajo el ID #3167415) es: Endeudamiento de Largo Plazo: AAA(arg) con Perspectiva Estable y Endeudamiento de Corto Plazo: A1+(arg).

La Categoría AAA(arg) implica la máxima calificación asignada por FIX en su escala de calificaciones nacionales del país. Esta calificación se asigna al mejor crédito respecto de otros emisores o emisiones del país. La categoría A1(arg) Indica una muy sólida capacidad de pago en tiempo y forma de los compromisos financieros respecto de otros emisores o emisiones del mismo país. Cuando las características de la emisión o emisor son particularmente sólidas, se agrega un signo "+" a la categoría.

Las calificaciones de Banco Galicia se fundamentan en su fuerte franquicia dentro del sistema financiero local que lo ubica como uno de los bancos privados líderes del mercado. Su posicionamiento de mercado le permite conservar una estructura de fondeo de depósitos atomizados y estables, y un buen acceso al mercado de capitales que, sumado a su participación en el financiamiento a personas, le permiten conservar apropiados y recurrentes niveles de rentabilidad. El informe de calificación de riesgo se encuentra publicado en AIF bajo el ID #3168665

(ii) Información sobre Banco CMF S.A.

Banco CMF S.A ("Banco CMF") es una sociedad anónima debidamente constituida bajo las leyes de la Argentina, habiendo sido constituida el 21 de junio de 1978. Su plazo de duración es de 99 (noventa y nueve) años, expirando en el año 2077, con la posibilidad de ser prorrogado. Originalmente fue autorizada a funcionar como compañía financiera y su denominación era Corporación Metropolitana de Finanzas S.A. Los actuales accionistas adquirieron la entidad en 1990. El 10 de abril de 1996, mediante la Resolución Nº 208/96, y el 5 de mayo de 1996, mediante la Comunicación "B" 6010, el B.C.R.A. aprobó su transformación a banco comercial. Con fecha 23 de marzo de 1999, mediante la Comunicación "B" 6500 del B.C.R.A., se aprobó su cambio de denominación social y adoptó la actual razón social de Banco CMF. Fue inscripto originalmente en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial de Registro el 21 de junio de 1978, bajo el número 1926 del Libro 88, Tomo A de Sociedad Anónimas Nacionales.

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Domicilio y contacto: Macacha Güemes 150, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C1106BKD) Teléfono: 4318-6800 Sitio Web: www.bancocmf.com.ar. Correo electrónico: [email protected]

El potencial inversor podrá acceder a información completa económica, financiera y societaria de Banco CMF publicada en la CNV y el BCRA siguiendo los links que se indican a continuación:

  • https://www.cnv.gov.ar/sitioWeb/Empresas
  • http://www.bcra.gob.ar/SistemasFinancierosYdePagos/Entidades financieras.asp

Información sobre Banco CMF, expresados en pesos, al 31 de diciembre de 2023 ID #3165699 (cifras expresadas en miles de pesos):

  • Activo: \$326.582.252
  • Pasivo: \$247.873.486
  • Patrimonio Neto: \$78.708.766

Banco CMF fue autorizado a actuar como Entidad de Garantía por la Comisión Nacional de Valores con fecha 05 de abril de 2018.

Calificación de Riesgo

La calificación de riesgo vigente otorgada por FIX SCR S.A. en fecha 23 de abril de 2024 y publicada en AIF bajo ID Nº 3187187 es:

  • · Endeudamiento de Largo Plazo: A+(arg). Esta categoría indica una sólida calidad crediticia respecto de otros emisores o emisiones del país. Sin embargo, cambios en las circunstancias o condiciones económicas pueden afectar la capacidad de repago en tiempo y forma en un grado mayor que para aquellas obligaciones financieras calificadas con categorías superiores. Los signos "+" o "-" se añaden a una calificación para darle una mayor o menor importancia relativa dentro de la correspondiente categoría y no alteran la definición de la Categoría a la cual se los añade
  • · Endeudamiento de Corto Plazo: A1(arg). Esta categoría Indica una muy sólida capacidad de pago en tiempo y forma de los compromisos financieros respecto de otros emisores o emisiones del mismo país. Cuando las características de la emisión o emisor son particularmente sólidas, se agrega un signo "+" a la categoría.

La calificación del Banco CMF refleja su adecuado desempeño histórico y posicionamiento en el segmento en el que se especializa (empresas medianas), su buena calidad crediticia, la elevada concentración de las financiaciones, su apropiada gestión de la liquidez en función de la composición de su fondeo y su buena capitalización con relación al tipo de negocio que opera.

Perspectiva: Calificación Nacional de Largo Plazo Estable.

El informe de calificación de riesgo se encuentra cargado en la AIF bajo el ID#3187332.

(iii) Información sobre Banco Supervielle S.A.

Banco Supervielle es una entidad financiera constituida debidamente el 30 de diciembre de 1940 como una sociedad anónima de acuerdo con las leyes de Argentina y con domicilio social en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fue autorizada como sociedad anónima por decreto 82.191 del Poder Ejecutivo Nacional de fecha 14 de enero de 1941 y registrada el 11 de febrero de 1941 en el Registro Público de Comercio bajo el Nº 23, Folio

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502 del Libro 45, Tomo A de Estatutos Nacionales. Las denominaciones anteriores a "Banco Supervielle S.A." fueron sucesivamente "Banco Supervielle de Buenos Aires Sociedad Anónima", "Banco Supervielle de Buenos Aires Société Genérale Sociedad Anónima", "Banco Supervielle Société Genérale Sociedad Anónima" y "Banco Société Genérale Sociedad Anónima". Según los Estatutos vigentes, el plazo de duración de Banco Supervielle S.A. se extenderá hasta el día 14 de enero de 2042, a menos que este plazo sea prorrogado por la Asamblea Extraordinaria de Accionistas. Banco Supervielle S.A. tiene su domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Su sede social se encuentra ubicada en Reconquista 330 (C1003ABF), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. electrónico: 4324-8021, correo 4324-8000, Fax: es 30-50000517-9. Teléfono: Su CUIT [email protected], Sitio web: www.supervielle.com.ar.

El potencial inversor podrá acceder a información completa económica, financiera y societaria de Banco Supervielle S.A. publicada en la CNV y el BCRA siguiendo los links que se indican a continuación:

  • https://www.argentina.gob.ar/cnv/sitioWeb/Empresas
  • http://www.bcra.gob.ar/SistemasFinancierosYdePagos/Entidades_financieras.asp

Información sobre Banco Supervielle, expresados en pesos, al 31 de diciembre de 2023 (cifras expresadas en miles de pesos), cargados en la AIF bajo el ID #3163481:

  • Activo: \$1.978.106.504
  • Pasivo: \$1,708.491.235
  • Patrimonio Neto: \$269.647.402

Banco Supervielle fue autorizado como Entidad Garantizada por la CNV con fecha 20 de noviembre de 2018.

Calificación de Riesgo

La calificación de riesgo vigente, de fecha 13 de marzo del 2024 (FIX SCR S.A. AGENTE DE CALIFICACIÓN DE RIESGO y publicada bajo ID# 3167325 de la Sección Calificaciones) es: Endeudamiento de Largo Plazo: AA-(arg), Perspectiva Estable y Endeudamiento de Corto Plazo: A1 (arg). La calificación AA -(arg) indica una muy sólida calidad crediticia respecto de otros emisores o emisiones del país. Los signos "+" o "-" podrán ser añadidos a una calificación nacional para mostrar una mayor o menor importancia relativa dentro de la correspondiente categoría, y no alteran la definición de la categoría a la cual se los añade. La calificación A1 (arg) indica una muy sólida capacidad de pago en tiempo y forma de los compromisos financieros respecto de otros emisores o emisiones del mismo país. La calificación de riesgo se encuentra cargada en la AIF del avalista bajo el Número de ID# 3168540.

(iv) Información sobre Banco Comafi S.A.

Banco Comafi es una sociedad anónima constituida en la Ciudad de Buenos Aires bajo las leyes de la República Argentina, inscripta en el Registro Público de Comercio el 25 de octubre de 1984 bajo el Nº 7.383 del Libro 99 Tomo "A" de Sociedades Anónimas, autorizada por el Banco Central para operar como banco comercial por Resolución del Directorio del BCRA Nº 589, del 29 de noviembre de 1991 y cuenta con número de C.U.I.T. 30-60473101-8. Se encuentra inscripto como Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral matrícula Nº 54 de la CNV. El plazo de duración del Banco es de 99 años contados desde el 25 de octubre de 1984, el que podrá ser prorrogado o reducido si así lo resolviera una Asamblea Extraordinaria de Accionistas.

Síntesis de la situación patrimonial de Banco Comafi, expresados en pesos, al 31 de diciembre de 2023:

En miles de pesos 31/12/2023 31/12/2022
TOTAL ACTIVO 1,359,580,789 1,227,105,633

TOTAL PASIVO 1,192,143,217 1,087,460,881
PATRIMONIO NETO 167,437,572 139,644,752

Fuente: Estados financieros consolidados condensados al 31 de diciembre de 2023 junto con los Informes de Auditoria emitido por el Auditor Independiente y de la Comisión Fiscalizadora publicado mediante la Autopista de Información Financiera bajo el ID #3159931.

Domicilio Legal: Av. Roque Sáenz Peña 660 Piso 1, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C1035AAO), República Teléfonos (+5411) 4338-9344, contacto por e-mail de Banca De Inversión Argentina, [email protected].

El potencial inversor podrá acceder a información completa económica, financiera y societaria de Banco Comafi S.A. publicada en la CNV y el BCRA siguiendo los links que se indican a continuación:

  • https://www.argentina.gob.ar/cnv/sitioWeb/Empresas
  • http://www.bcra.gob.ar/SistemasFinancierosYdePagos/Entidades_financieras.asp

Con fecha 12 de febrero de 2019 Banco Comafi S.A. fue autorizado por la CNV para actuar como Entidad de Garantía a los efectos de garantizar Obligaciones Negociables bajo el Régimen "PYME CNV GARANTIZADA".

La calificación de riesgo vigente (otorgada por FIX SCR S.A. Agente de Calificación de Riesgo en fecha 12 de marzo de 2024 y publicada bajo el ID# 3166944) es:

  • Endeudamiento de Largo Plazo AA(arg) con perspectiva Estable: La Categoría "AA" nacional implica una muy sólida calidad crediticia respecto de otros emisores o emisiones del país. El riesgo crediticio inherente a estas obligaciones financieras difiere levemente de los emisores o emisiones mejor calificados dentro del país. Los signos "+" o "-" se añaden a una calificación para darle una mayor o menor importancia relativa dentro de la correspondiente categoría y no alteran la definición de la Categoría a la cual se los añade.
  • Endeudamiento de Corto Plazo A1+(arg): Indica una muy sólida capacidad de pago en tiempo y forma de los compromisos financieros respecto de otros emisores o emisiones del mismo país. Cuando las características de la emisión o emisor son particularmente sólidas, se agrega un signo "+" a la categoría.

La calificación de riesgo se encuentra a disposición del público inversor a través del siguiente link: https://www.fixscr.com/emisor/view?type=emisor&id=68.

(v) Información sobre Banco de la Provincia de Buenos Aires

El Banco de la Provincia de Buenos Aires es una institución autárquica de derecho público cuyo origen, garantías y privilegios están establecidos en el Preámbulo y en los artículos 31 y 104, ratificados por los artículos 31 y 121, de la Constitución Nacional reformada en 1994, en la Ley Nacional 1.029 de 1880, en la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y en leyes de la Provincia. Fundado en 1822, es el primer banco de la Argentina e Hispanoamérica. A lo largo de su historia ha sostenido su fuerte compromiso con el desarrollo de la Provincia de Buenos Aires y su gente, siendo la primera institución financiera en otorgar un crédito hipotecario en la Argentina (1856) y en desarrollar un crédito especialmente diseñado para el campo (1941).

Tiene su domicilio legal en Avenida 7, Ingeniero Luis Monteverde 726, Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Su CUIT es 33-99924210-9. Teléfono: 4347-0000, correo electrónico: Aires, Argentina. [email protected], Sitio web: www.bancoprovincia.com.ar

El potencial inversor podrá acceder a información completa económica, financiera de Banco Provincia publicada en la CNV y el BCRA siguiendo los links que se indican a continuación:

http://www.argentina.gob.ar/cnv/Empresas

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http://www.bcra.gob.ar/SistemasFinancierosYdePagos/Entidades_financieras.asp

Información sobre Banco Provincia, expresados en pesos, al 31 de diciembre de 2023 (ID#3164588) (cifras expresadas en miles de pesos):

  • Activo: \$8.705.966.140
  • Pasivo: \$7.338.322.719
  • Patrimonio neto: \$1.367.643.421

El Banco de la Provincia de Buenos Aires fue autorizado como Entidad de Garantía por la CNV con fecha 21 de septiembre de 2022.

La calificación de riesgo vigente, de fecha 18 de marzo de 2024 (FIX SCR S.A. AGENTE DE CALIFICACIÓN DE RIESGO y publicada bajo el ID #3170126 de la AIF de la Calificadora) es: Endeudamiento de Largo Plazo: AA-(arg) con Perspectiva Estable y Endeudamiento de Corto Plazo: A1+ (arg). La calificación AA(arg) implica una muy sólida calidad crediticia respecto de otros emisores o emisiones del país. Los signos "+" o "-" se añaden a una calificación para darle una mayor o menor importancia relativa dentro de la correspondiente categoría, y no alteran la definición de la Categoría a la cual se los añade. La calificación "A1 (arg)" indica una muy sólida capacidad de pago en tiempo y forma de los compromisos financieros respecto de otros emisores o emisiones del mismo país. Cuando las características de la emisión o emisor son particularmente sólidas, se agrega un signo "+" a la categoría.

El informe de calificación de riesgo se encuentra publicado en la AIF del avalista bajo el ID #3170228.

(vi) Información sobre Banco Macro S.A.

Banco Macro S.A. ("Macro") es una entidad financiera constituida debidamente 21 de noviembre de 1966 como sociedad anónima por un plazo de 99 años. Fue inscripta el 8 de marzo de 1967 en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, Argentina bajo el Nº 1154 en el Libro N°2, Folio 75 de Estatutos. Subsecuentemente el Banco cambió de domicilio legal a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y fue registrado ante la Inspección General de Justicia (IGJ) el 8 de octubre de 1996 bajo el Nº 9777 en el Libro Nº 119, Tomo A de "Sociedades Anónima ... Macro, tiene su domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Su sede social se encuentra ubicada en Av. Eduardo Madero 1182, Ciudad Autónoma de Buenos República Argentina, CUIT: 30-50001008-4. (+5411) 5222-6500, [email protected], Sitio web: www.macro.com.ar. El potencial inversor podrá acceder a información completa económica, financiera y societaria de Banco Macro S.A., publicada en CNV y el BCRA siguiendo los links que se indican a continuación:

https://www.cnv.gov.ar/sitioWeb/Empresas

http://www.bcra.gob.ar/SistemasFinancierosYdePagos/Entidades_financieras.asp

Información sobre Banco Macro, expresados en pesos, al 31 de diciembre de 2023 (cifras expresadas en millones de pesos), publicados en AIF bajo ID # 3162711:

  • Activo: \$5.851.533.387,00
  • Pasivo: \$3.807.369.437,00
  • Patrimonio neto: \$2.044.163.950,00

Banco Macro S.A. fue autorizado como Entidad de Garantía por la CNV con fecha 4 de noviembre de 2022.

Calificación de Riesgo

La calificación de riesgo vigente de fecha 7 de marzo de 2024 (realizada por Moody's Local Argentina Agente de Clasificación de Riesgos S.A. (y publicada bajo el ID #3162835 de la Calificadora) es: Calificación de emisor el ML: AAA.ar /EST. Calificación de emisor en ML (Corto Plazo): ML A-1.ar. Definición de las Calificaciones asignadas:

Categoría AAA.ar: Emisores o emisiones calificados en AAA.ar cuentan con una calidad crediticia más fuerte en comparación con otros emisores locales.

Categoría: ML A-1.ar: Los Emisores Calificados en ML A-1.ar tienen la mayor capacidad para pagar obligaciones de deuda sénior no garantizada de corto plazo en comparación con otros emisores locales.

El informe de calificación de riesgo se encuentra cargado en la AIF de Banco Macro S.A. bajo el ID #3169477.

EMISORA

FNTFS ALZ

ALZ NUTRIENTES S.A. Santa Fe Nº 1363, Piso 4º, Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, Argentina. Tel.: (0341) 5300806 Correo electrónico: [email protected]

ORGANIZADORES Y COLOCADORES

BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A.U.

Tte. General Juan D. Perón, 430, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina. Correo electrónico: [email protected] [email protected]

BANCO COMAFI S.A.

Av. Roque Sáenz Peña 660 Piso 1, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina Tel.: 11 4338-9344 Correo electrónico: [email protected]

BANCO CMF S.A.

Machaca Güemes 150, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina. Correo electrónico: [email protected]

BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

San Martín 108, Piso 15 (C1004AAD), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina. Tel.: 4347-0000 Correo electrónico: [email protected]

BANCO SUPERVIELLE S.A.

Reconquista 330 (C1003ABF), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina. Tel.: (011) 4324-8000 Correo electrónico: [email protected]

MACRO SECURITIES S.A.U.

Avenida Eduardo Madero 1182, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina Tel.: (+5411) 5222-8978 / (+5411) 5222-8970 Correo electrónico: [email protected] / [email protected]

BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A.U.

Tte. General Juan D. Perón, 430, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina. Correo electrónico: [email protected] [email protected]

BANCO COMAFI S.A.

Av. Roque Sáenz Peña 660 Piso 1, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina Tel.: 11 4338-9344 Correo electrónico: [email protected]

ENTIDADES DE GARANTÍA

BANCO CMF S.A.

Machaca Güemes 150, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina. Correo electrónico: [email protected]

BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

San Martín 108, Piso 15 (C1004AAD), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina. Tel.: 4347-0000 Correo electrónico: [email protected]

BANCO SUPERVIELLE S.A.

Reconquista 330 (C1003ABF), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina. Tel.: (011) 4324-8000 Correo electrónico: [email protected]

BANCO MACRO S.A.

Avenida Eduardo Madero 1182, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina Tel.: (+5411) 5222-6500 Correo electrónico: [email protected]

ASESORES LEGALES DE LA TRANSACCIÓN

TCA TANOIRA CASSAGNE Juana Manso 205, Piso 7° (C1107CBE), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina.

WENCESLAR J. SCHIMMEL $20 - 27115712 - 8$