Remuneration Information • Feb 28, 2022
Remuneration Information
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| Fecha fin del ejercicio de referencia: | 31/12/2021 | |
|---|---|---|
| CIF: | A-28041317 | |
| Denominación Social: | ||
| NICOLAS CORREA, S.A. |
ALCALDE MARTIN COBOS, S/N (P.I. GAMONAL) BURGOS

A.1.1 Explique la política vigente de remuneraciones de los consejeros aplicable al ejercicio en curso. En la medida que sea relevante se podrá incluir determinada información por referencia a la política de retribuciones aprobada por la junta general de accionistas, siempre que la incorporación sea clara, específica y concreta.
Se deberán describir las determinaciones específicas para el ejercicio en curso, tanto de las remuneraciones de los consejeros por su condición de tal como por el desempeño de funciones ejecutivas, que hubiera llevado a cabo el consejo de conformidad con lo dispuesto en los contratos firmados con los consejeros ejecutivos y con la política de remuneraciones aprobada por la junta general.
En cualquier caso, se deberá informar, como mínimo, de los siguientes aspectos:
La Sociedad tiene vigente la Política de Remuneración aprobada por la Junta General de 29 Abril 2021 para el periodo 2021/2023.
La retribución del Consejo, cuando actúan en su condición de tales, consiste en dietas de asistencia a las reuniones, sin ningún componente variable. El Presidente del Consejo además de la dieta de asistencia a los consejos recibe una retribución anual fija.
El importe de dichas dietas se incrementa anualmente en el mismo porcentaje que se aprueba el incremento salarial para el resto de los trabajadores de la Sociedad. El incremento del año 2022 corresponde a un 7,00% en la dietas de los consejeros que sean menores de 60 miles de euros anuales y de un incremento del 6,5% para las dietas superiores a dicho importe y para la retribución fija del Presidente.
La Sociedad no ha contado con asesor externo para su elaboración, pero, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha tenido en cuenta y estudiado las prácticas en materia de retribución de administradores tanto en el sector como en empresas cotizadas comparables.
La Sociedad actualmente sólo tiene una Consejera Ejecutiva cuyo contrato en vigor fue firmado el 26 de marzo de 2020.
En sus funciones ejecutivas su remuneración ha sido fijada en base a criterios de equidad, transparencia, y competitividad con vinculación entre remuneración y resultados y creación de valor para el accionista.
Siguiendo los mismos criterios de subida salarial de la plantilla de la sociedad, en el ejercicio 2022 la retribución fija de la Consejera Delegada se aumentará un 6,5%, que ha sido el IPC del ejercicio 2021.
A.1.2 Importancia relativa de los conceptos retributivos variables respecto a los fijos (mix retributivo) y qué criterios y objetivos se han tenido en cuenta en su determinación y para garantizar un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración. En particular, señale las acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, lo que incluirá, en su caso, una referencia a medidas previstas para garantizar que en la política de remuneración se atienden a los resultados a largo plazo de la sociedad, las medidas adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades

profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad y medidas previstas para evitar conflictos de intereses.
Asimismo, señale si la sociedad ha establecido algún período de devengo o consolidación de determinados conceptos retributivos variables, en efectivo, acciones u otros instrumentos financieros, un período de diferimiento en el pago de importes o entrega de instrumentos financieros ya devengados y consolidados, o si se ha acordado alguna cláusula de reducción de la remuneración diferida aún no consolidada o que obligue al consejero a la devolución de remuneraciones percibidas, cuando tales remuneraciones se hayan basado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta.
La Consejera Delegada es la única que tiene mix retributivo. Su variable está vinculado a la consecución de objetivos financieros de negocio y creación de valor predeterminados, concretos y cuantificables.
El variable de la Consejera Delegada puede llegar a un máximo del 36% de su retribución fija en metálico en base a la consecución del resultado bruto del presupuesto consolidado aprobado cada año por el Consejo de Administración. Se abona anualmente tras la formulación de cuentas.
Por otro lado, el Consejo de Administración de la Sociedad acordó el pasado 23 de Julio de 2020 un Plan de Entrega de Acciones a la Consejera Delegada, dicho plan fue aprobado en la Junta General de Accionistas celebrada el pasado 15 de Octubre de 2020.
El Plan de Entrega de Acciones está condicionado a que la Sociedad alcance de manera acumulada, durante los ejercicios 2020, 2021 y 2022, la cifra del Beneficio Antes de Impuestos (BAI) que consta definida en los presupuestos anuales consolidados del GRUPO CORREA, aprobado anualmente por el Consejo de Administración para dichos años.
El pago se realizará mediante la entrega, en su caso, de un número de acciones de la Sociedad en función del grado de cumplimiento del Objetivo, y se hará efectivo en el plazo máximo de 2 meses tras la formulación de Cuentas por el Consejo de Administración de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2022.
Al abonarse ambos variables tras la formulación de cuentas de la Sociedad el riesgo del cálculo para ambos es mínimo.
Los vocales del Consejo de Administración y la Secretaria sólo perciben dietas de asistencia a las reuniones del Consejo y la Comisión de Auditoria.
El Presidente del Consejo de Administración percibe además de la dieta de asistencia a las reuniones un fijo anual pagadero mensualmente.
El importe total estimado para el ejercicio 2022, en su condición de tales, es de 541 miles de euros aproximadamente.
Durante el ejercicio 2022 el importe fijo de la Consejera Ejecutiva se prevé de 160 miles de euros
La Consejera Delegada y el Presidente tienen derecho a utilizar para uso profesional y privado un vehículo que les proporcione la compañía en los términos que se determinen en cada momento. Los importes estimados de los mismos son:
D. José Ignacio Nicolás-Correa 13 miles de Euros
Dña. Carmen Pinto 8 miles de Euros.
Dña. Carmen Pinto, tiene un seguro de salud al igual que el resto de miembros del Comité de Dirección.
Adicionalmente Carmen Pinto tiene asignado un sistema de retribución variable basado en un pago en acciones, explicado en el punto 2.

A.1.6 Importe y naturaleza de los componentes variables, diferenciando entre los establecidos a corto y largo plazo. Parámetros financieros y no financieros, incluyendo entre estos últimos los sociales, medioambientales y de cambio climático, seleccionados para determinar la remuneración variable en el ejercicio en curso, explicación de en qué medida tales parámetros guardan relación con el rendimiento, tanto del consejero, como de la entidad y con su perfil de riesgo, y la metodología, plazo necesario y técnicas previstas para poder determinar, al finalizar el ejercicio, el grado efectivo de cumplimiento de los parámetros utilizados en el diseño de la remuneración variable, explicando los criterios y factores que aplica en cuanto al tiempo requerido y métodos para comprobar que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de cualquier otro tipo a las que estaba vinculado el devengo y la consolidación de cada componente de la retribución variable.
Indique el rango en términos monetarios de los distintos componentes variables en función del grado de cumplimiento de los objetivos y parámetros establecidos, y si existe algún importe monetario máximo en términos absolutos.
En cuanto a la Consejera Ejecutiva sus componentes variables, en atención al desempeño de sus funciones ejecutivas, son los siguientes:
Carmen Pinto tiene un sistema de retribución variable en función a la consecución del resultado bruto del presupuesto consolidado aprobado por el Consejo de Administración para el ejercicio 2022.
A.- La retribución variable está fijada, como índice de referencia, en el 24% de su retribución fija.
1º.- Si el Beneficio Antes de Impuestos (BAI) resulta igual ó inferior al 79% del presupuesto consolidado del ejercicio, no se tendrá derecho a abono de renta variable.
2º.- Si el BAI resulta entre el 80 y 100% del presupuesto del Ejercicio, el porcentaje se calculará de forma lineal tomando como referencia que el logro del 80% del presupuesto supondrá el 50% de la renta variable y el logro del 100% supondrá el 100% de la renta variable, es decir, el 24% de la retribución fija en metálico.
3º.- Si el BAI resulta entre el 100 y 120% del BAI del presupuesto, el porcentaje de renta variable se calculará de forma lineal, tomando como referencia que el logro del 100% del BAI del presupuesto supondrá el 100% de la renta variable, es decir el 24% de la retribución fija en metálico y el logro del 120% supondrá el 150% de la renta variable, es decir el 36% de la retribución fija en metálico. Siendo este el tope, sea cual sea el resultado por encima del 120%.
Actualmente tiene vigente un Plan de Entrega de Acciones explicado en el punto 2
A.1.7 Principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo. Entre otra información, se indicarán las contingencias cubiertas por el sistema, si es de aportación o prestación definida, la aportación anual que se tenga que realizar a los sistemas de aportación definida, la prestación a la que tengan derecho los beneficiarios en el caso de sistemas de prestación definida, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado, o derivado de la terminación de la relación contractual, en los términos previstos, entre la sociedad y el consejero.
Se deberá indicar si el devengo o consolidación de alguno de los planes de ahorro a largo plazo está vinculado a la consecución de determinados objetivos o parámetros relacionados con el desempeño a corto y largo plazo del consejero.
A.1.8 Cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado o derivado de la terminación de la relación contractual en los términos previstos entre la sociedad y el consejero, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, así como cualquier tipo de pactos acordados, tales como exclusividad, no

concurrencia post-contractual y permanencia o fidelización, que den derecho al consejero a cualquier tipo de percepción.
Los Consejeros que no desempeñan funciones ejecutivas no cuentan con este tipo de indemnización.
A.1.9 Indique las condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos. Entre otras, se informará sobre la duración, los límites a las cuantías de indemnización, las cláusulas de permanencia, los plazos de preaviso, así como el pago como sustitución del citado plazo de preaviso, y cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo. Incluir, entre otros, los pactos o acuerdos de no concurrencia, exclusividad, permanencia o fidelización y no competencia post-contractual, salvo que se hayan explicado en el apartado anterior.
Las cláusulas de cese en el contrato de la consejera ejecutiva son las siguientes:
En el supuesto de expiración y no renovación de su mandato como consejera de la Empresa, se reactivará automáticamente el contrato laboral de 17 de febrero de 2004 con las condiciones económicas anteriores a su nombramiento cómo Consejera Delegada, que se actualizarán con las variaciones que se hayan producido por el Convenio Colectivo de aplicación con posterioridad a la firma del contrato de Consejera Delegada, y computándose a todos los efectos el periodo de tiempo en los que ha permanecido vigente la relación mercantil como Consejera. En este supuesto Dña. María del Carmen Pinto Fuentes no tendrá derecho a percibir ningún tipo de indemnización por la extinción de la relación mercantil.
2.1. Cese de su condición de consejera delegada pero manteniendo la condición de consejera de la sociedad.
Durante la vigencia de su mandato, en el supuesto de ser cesada de su condición de Consejera Delegada pero manteniendo su condición de consejera, se deberá formalizar un nuevo contrato mercantil. En este supuesto Dña. María del Carmen Pinto Fuentes no tendrá derecho a percibir ningún tipo de indemnización por la extinción de su contrato como Consejera Delegada.
2.2. Cese de su condición de consejera de la sociedad, tanto delegada como ejecutiva.
Durante la vigencia de su mandato, en el supuesto de cese de su condición de consejera, tanto delegada como ejecutiva, Dña. Dña. María del Carmen Pinto Fuentes tendrá derecho a optar entre las dos opciones siguientes:
Percibir una indemnización por cese consistente en una cantidad en metálico cuya cuantía será el importe de dos anualidades de la Retribución Fija en Metálico. La opción por esta indemnización implica la renuncia a la reactivación del contrato laboral de 17 de febrero de 2004.
Reactivar automáticamente el contrato laboral de 17 de febrero de 2004 con las condiciones económicas anteriores a su nombramiento como Consejera Delegada, que se actualizarán con las variaciones que se hayan producido por el Convenio Colectivo de aplicación con posterioridad a la firma del contrato de Consejera Delegada, y computándose a todos los efectos el periodo de tiempo en los que ha permanecido vigente la relación mercantil como Consejera. En este supuesto Dña. Dña. María del Carmen Pinto Fuentes no tendrá derecho a percibir ningún tipo de indemnización por la extinción de la relación mercantil.
Liquidación completa de la cuantía final de retribución variable anual que le corresponda de acuerdo con el Plan de Retribución Variable del presente contrato.
Liquidación de la Retribución Fija en Metálico que se encuentre pendiente de abono a fecha de cese.
La compañía deberá comunicar la Consejera Delegada el cese de su cargo con un preaviso de tres meses. El incumplimiento, total o parcial, del preaviso indicado, dará derecho a la Consejera Delegada a exigir un pago del importe correspondiente a cada uno de los días de preaviso incumplido.
En este supuesto, la Consejera Delegada no tendrá derecho a percibir indemnización alguna derivada del cese. Únicamente mantendrá el derecho a la liquidación a la Retribución Fija en Metálico que, en su caso, pudiera serle debida a la fecha del cese.

En este supuesto, la Consejera Delegada no tendrá derecho a percibir indemnización alguna derivada del cese. Tendrá derecho a la liquidación de la Retribución Fija en Metálico que se encuentre pendiente de abono a la fecha de cese.
Adicionalmente, la Consejera Delegada deberá comunicar a la Compañía su cese voluntario con un preaviso de tres meses. El incumplimiento, total o parcial, del preaviso indicado, dará derecho a la Compañía a descontar de la liquidación, el importe correspondiente a cada uno de los días de preaviso incumplido.
Dicho contrato recoge su obligación de confidencialidad y no concurrencia.
A.1.10La naturaleza e importe estimado de cualquier otra remuneración suplementaria que será devengada por los consejeros en el ejercicio en curso en contraprestación por servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
No existen.
A.1.11 Otros conceptos retributivos como los derivados, en su caso, de la concesión por la sociedad al consejero de anticipos, créditos y garantías y otras remuneraciones.
No existen.
A.1.12La naturaleza e importe estimado de cualquier otra remuneración suplementaria prevista no incluida en los apartados anteriores, ya sea satisfecha por la entidad u otra entidad del grupo, que se devengará por los consejeros en el ejercicio en curso.
Las retribuciones estimada por pertenencia al Consejo de Administración de Sociedades del Grupo:
En el caso de Dña. Carmen Pinto por su pertenencia al Consejo de Administración de Hypatia GNC Accesorios, GNC Calderería Steelworks y Nicolás Correa Electrónica se estima en 7.530 Eur de dietas y la parte proporcional como consejero al reparto máximo del 10% del beneficio neto de dichas filiales.
En el caso de Dña. Ana Nicolás-Correa por su pertenencia al Consejo de Administración de Hypatia GNC Accesorios, GNC Calderería Steelworks y Nicolás Correa Electrónica se estima en 7.530 Eur de dietas y la parte proporcional como consejero al reparto máximo del 10% del beneficio neto de dichas filiales.
Sancor Capital, S.L. por su pertenencia al Consejo de Administración de Hypatia GNC Accesorios, GNC Calderería Steelworks y Nicolás Correa Electrónica se estima en 7.530 Eur de dietas y la parte proporcional como consejero al reparto máximo del 10% del beneficio neto de dichas filiales.
El resto de los miembros del Consejo de Administración no perciben ninguna remuneración de ninguna filial del Grupo.
A.2. Explique cualquier cambio relevante en la política de remuneraciones aplicable en el ejercicio en curso derivada de:
El 29 de Abril de 2021 la Junta General aprobó la Política de Remuneración del Consejo para el periodo 2021/2023 sin cambios de consideración.

A.3. Identifique el enlace directo al documento en el que figure la política de remuneraciones vigente de la sociedad, que debe estar disponible en la página web de la sociedad.
https://www.nicolascorrea.com/media/uploads/accionistas/gobierno/Pol%C3%ADtica_de_Remuneraciones_al_Consejo_2021-2023.pdf
A.4. Explique, teniendo en cuenta los datos facilitados en el apartado B.4, cómo se ha tenido en cuenta el voto de los accionistas en la junta general a la que se sometió a votación, con carácter consultivo, el informe anual de remuneraciones del ejercicio anterior.
Se sometió a la Junta General, con carácter consultivo el informe anual de remuneraciones del Ejercicio anterior. Este fue aprobado por el 99% del capital presente y representado.
El Comité de Nombramientos y Retribuciones tiene en cuenta dicho resultado y la aplicación de la Política vigente.
B.1.1 Explique el proceso que se ha seguido para aplicar la política de remuneraciones y determinar las retribuciones individuales que se reflejan en la sección C del presente informe. Esta información incluirá el papel desempeñado por la comisión de retribuciones, las decisiones tomadas por el consejo de administración y, en su caso, la identidad y el rol de los asesores externos cuyos servicios se hayan utilizado en el proceso de aplicación de la política retributiva en el ejercicio cerrado.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones controla el cumplimiento de la Política de Retribución del Consejo vigente.
De esta forma se ha aplicado de forma escrupulosa.
El criterio que se ha seguido ha sido el de retribuir a los miembros del Consejo de Administración con dietas de asistencia a las reuniones, sin ningún componente variable. Dichas dietas se incrementan anualmente según el porcentaje salarial que se aprueba para el resto de los trabajadores de la Sociedad.
Igualmente se ha cumplido escrupulosamente que los importes totales se encuentren dentro del límite máximo aprobado por la Junta General.
El Presidente del Consejo de Administración tiene su retribución compuesta por una cuota fija anual pagadera en 14 pagas y las dietas de asistencia a las reuniones.
La Consejera Delegada tiene su mix retributivo, en su calidad de Consejera Ejecutiva.
El Consejo aprobó por unanimidad no utilizar asesor externo.
B.1.2 Explique cualquier desviación del procedimiento establecido para la aplicación de la política de remuneraciones que se haya producido durante el ejercicio.
No existe desviación.
B.1.3 Indique si se ha aplicado cualquier excepción temporal a la política de remuneraciones y, de haberse aplicado, explique las circunstancias excepcionales que han motivado la aplicación de estas excepciones, los componentes específicos de la política retributiva afectados y las razones por las que la entidad considera que esas excepciones han sido necesarias para servir a los intereses a largo plazo y la sostenibilidad de la sociedad

en su conjunto o para asegurar su viabilidad. Cuantifique, asimismo, el impacto que la aplicación de estas excepciones ha tenido sobre la retribución de cada consejero en el ejercicio.
B.2. Explique las diferentes acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración y cómo han contribuido a reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, incluyendo una referencia a las medidas que han sido adoptadas para garantizar que en la remuneración devengada se ha atendido a los resultados a largo plazo de la sociedad y alcanzado un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, qué medidas han sido adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad, y qué medidas han sido adoptadas para evitar conflictos de intereses, en su caso.
Para evitar cualquier riesgo, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones aplica el sistema retributivo aprobado, teniendo en cuenta en todo momento los resultados de la Sociedad.
Para la Consejera Ejecutiva el pago de sus variables están siempre sujetos a objetivos concretos del grupo una vez que estos ya se han alcanzado, por lo que no existe riesgo de pago anticipado a su devengo.
Las dietas de asistencia del resto de los consejeros se aprueban cada año teniendo en cuenta los posibles riesgos, los resultados de la Sociedad y las previsiones. Se mantiene su importe con el incremento anual igual al salarial del resto de trabajadores.
B.3. Explique cómo la remuneración devengada y consolidada en el ejercicio cumple con lo dispuesto en la política de retribución vigente y, en particular, cómo contribuye al rendimiento sostenible y a largo plazo de la sociedad.
Informe igualmente sobre la relación entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento, a corto y largo plazo, de la entidad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros, incluyendo las devengadas cuyo pago se hubiera diferido, y cómo éstas contribuyen a los resultados a corto y largo plazo de la sociedad.
La remuneración del Consejo en su actuación como tales se remunera sólo y exclusivamente con dietas de asistencia.
En el caso del Presidente, además, consta de una retribución fija mensual.
Ambos importes se actualizan anualmente en el mismo porcentaje que el resto de los trabajadores de la Sociedad.
Al no tener variable, no existe ninguna remuneración diferida.
En el caso de la Consejera Delegada tiene, en cuanto a sus funciones ejecutivas, remuneración fija y variable y un Plan de Entrega de Acciones.
Toda su remuneración ha sido fijada por el Comité de Nombramientos y Retribuciones teniendo en cuenta y teniendo en cuenta las previsiones a corto y largo plazo de la Sociedad.
Toda la remuneración del Consejo está recogida en la Política de Remuneración del Consejo vigente.
Toda la remuneración del Consejo se encuentra dentro de los límites fijados en la Junta General de Accionistas de 30 de Mayo de 2019.
B.4. Informe del resultado de la votación consultiva de la junta general al informe anual sobre remuneraciones del ejercicio anterior, indicando el número de abstenciones y de votos negativos, en blanco y a favor que se hayan emitido:
| Número | % sobre el total | |||
|---|---|---|---|---|
| Votos emitidos | 6.089.085 | 49,44 |

| Número | % sobre emitidos | |
|---|---|---|
| Votos negativos | 61.000 | 1,00 |
| Votos a favor | 6.028.085 | 99,00 |
| Votos en blanco | 0,00 | |
| Abstenciones | 0,00 |
Los componentes fijos de la retribución de los Consejeros se actualiza anualmente según se modifique el salario del resto de los trabajadores.
Se han fijado los componentes, siguiendo la Política de Remuneración del Consejo, en unas dietas de asistencia a las reuniones.
En el caso del Presidente, consta de un fijo mensual que quedó aprobado en el Ejercicio 2019 en que dejó sus funciones ejecutivas.
El Presidente y vocal de la Comisión de Auditoria tienen una remuneración fija formada por dietas de asistencia a las reuniones.
Durante el ejercicio 2021, siguiendo el criterio de subida salarial de la plantilla de la sociedad, se han subido las dietas menores de 60 miles de euros un 1,5%, los importes mayores de esta cifra no han tenido subida alguna.
La Consejera delegada es la única consejera ejecutiva, su salario fijo no ha variado con respecto al anterior, porque se le aplican las mismas subidas que al resto de la plantilla. "Para las personas trabajadoras que perciban un salario bruto anual mayor o igual a 60.000€, el incremento salarial total a aplicar para cada uno de los años 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024, será el IPC real del año anterior siempre que este sea positivo". Al ser el IPC del 2020 negativo no le ha tenido incremento salarial.
La forma de cálculo del variable tampoco ha cambiado con respecto al ejercicio anterior. Pero este año, la cifra ha sido inferior a la cifra del año anterior porque el grado de consecución de presupuesto también ha sido menor.
En particular:

incondicional (consolidación), como para poder ejercitar dichas opciones o instrumentos financieros, incluyendo el precio y plazo de ejercicio.
Con fecha 26 de marzo de 2020 Dña. Carmen Pinto firmó un nuevo contrato mercantil, estableciendo la siguiente retribución variable: La cuantía de la retribución variable anual vendrá determinada en función de la consecución del Beneficio Antes de Impuestos (BAI) del presupuesto anual consolidado del GRUPO CORREA, aprobado anualmente por el Consejo de Administración, de acuerdo con los siguientes indicadores y escalas:
1º.- Si el BAI resulta igual o inferior al 79% del presupuesto anual consolidado del GRUPO CORREA no se tendrá derecho a abono de renta variable.
2º.- Si el BAI resulta entre el 80% y el 100% del presupuesto anual consolidado del GRUPO CORREA, el porcentaje de renta variable se calculará de manera lineal tomando como referencia que el logro del 80% del BAI objetivo supondrá el 50% de la renta variable y el logro del 100% del BAI
objetivo supondrá el 100% de la renta variable, es decir el 24% de la retribución fija en metálico. 3º.- Si el BAI resulta entre el 100% y el 120% del presupuesto anual consolidado del GRUPO CORREA, el porcentaje de renta variable se calculará
de manera lineal tomando como referencia que el logro del 100% del BAI objetivo supondrá el 100% de la renta variable, es decir el 24% de la retribución fija en metálico, y el logro del 120% del BAI objetivo supondrá el 150% de la renta variable. Es decir, el 36% de su retribución fija en metálico.
4º.- Si el BAI resulta superior al 120% del presupuesto anual consolidado del GRUPO CORREA tendrá derecho al abono del 150% de renta variable.
Es decir, el 36% de su retribución fija en metálico.
La retribución variable se cuantificará y abonará una vez formuladas las cuentas anuales del 2021 por el Consejo de Administración.
Al realizarse el pago durante el año 2022, una vez formuladas las cuentas, no hay pago anticipado ni ha lugar a devolución.
El Consejo de Administración de la Sociedad acordó el pasado 23 de Julio de 2020 un Plan de Entrega de Acciones a la Consejera Delegada, dicho
plan fue aprobado en la Junta General de Accionistas celebrada el pasado 15 de Octubre de 2020.
El Plan de Entrega de Acciones está condicionado a que la Sociedad alcance de manera acumulada, durante los ejercicios 2020, 2021 y 2022, la cifra del Beneficio Antes de Impuestos (BAI) que consta definida en los presupuestos anuales consolidados del GRUPO CORREA, aprobado anualmente por el Consejo de Administración para dichos años.
El número máximo de acciones destinadas a este plan es de 75.000 acciones de la Sociedad.
Si el Objetivo alcanza entre un 90% y un 100%, la Consejera Delegada percibirá un porcentaje de las Acciones que se calculará sobre la base del
número de acciones de la Sociedad que le hubieran correspondido.
Si el Objetivo no se alcanza en, al menos, un 90%, la Consejera Delegada no percibirá ninguna acción de la Sociedad.
El pago se realizará mediante la entrega, en su caso, de un número de acciones de la Sociedad en función del grado de cumplimiento del Objetivo, y se hará efectivo en el plazo máximo de 2 meses tras la formulación de Cuentas por el Consejo de Administración de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2022.
Al abonarse ambos variables tras la formulación de cuentas de la Sociedad el riesgo del cálculo para ambos es mínimo.
B.8. Indique si se ha procedido a reducir o a reclamar la devolución de determinados componentes variables devengados cuando se hubiera, en el primer caso, diferido el pago de importes no consolidados o, en el segundo caso, consolidado y pagado, atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después

demostrada de forma manifiesta. Describa los importes reducidos o devueltos por la aplicación de las cláusulas de reducción (malus) o devolución (clawback), por qué se han ejecutado y los ejercicios a que corresponden.
B.9. Explique las principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo cuyo importe o coste anual equivalente figura en los cuadros de la Sección C, incluyendo jubilación y cualquier otra prestación de supervivencia, que sean financiados, parcial o totalmente, por la sociedad, ya sean dotados interna o externamente, indicando el tipo de plan, si es de aportación o prestación definida, las contingencias que cubre, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero.
B.10. Explique, en su caso, las indemnizaciones o cualquier otro tipo de pago derivados del cese anticipado, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, o de la terminación del contrato, en los términos previstos en el mismo, devengados y/o percibidos por los consejeros durante el ejercicio cerrado.
No existen.
B.11. Indique si se han producido modificaciones significativas en los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos y, en su caso, explique las mismas. Asimismo, explique las condiciones principales de los nuevos contratos firmados con consejeros ejecutivos durante el ejercicio, salvo que se hayan explicado en el apartado A.1.
No existen.
B.12. Explique cualquier remuneración suplementaria devengada a los consejeros como contraprestación por los servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
No existen.
B.13. Explique cualquier retribución derivada de la concesión de anticipos, créditos y garantías, con indicación del tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía.
No existen.
B.14. Detalle la remuneración en especie devengada por los consejeros durante el ejercicio, explicando brevemente la naturaleza de los diferentes componentes salariales.
El único pago en especie que se ha realizado durante el ejercicio 2021 ha sido al Presidente y a la Consejera Delegada. En el caso de D. José Ignacio Nicolás Correa se ha imputado como pago en especie el uso del vehículo por un importe de 9.585,32 Euros. En el caso de Dña. Carmen Pinto Fuentes se ha imputado como pago en especie el uso del vehículo por un importe de 6.111,19 Euros. Dña Carmen Pinto Fuentes, tiene además suscrito un seguro de Salud, al igual que el resto de miembros del comité de dirección.

B.15. Explique las remuneraciones devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero, cuando dichos pagos tengan como fin remunerar los servicios de éste en la sociedad.
No existen.
B.16. Explique y detalles los importes devengados en el ejercicio en relación con cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, incluyendo todas las prestaciones en cualquiera de sus formas, como cuando tenga la consideración de operación vinculada o, especialmente, cuando afecte de manera significativa a la imagen fiel de las remuneraciones totales devengadas por el consejero, debiendo explicarse el importe otorgado o pendiente de pago, la naturaleza de la contraprestación recibida y las razones por las que se habría considerado, en su caso, que no constituye una remuneración al consejero por su condición de tal o en contraprestación por el desempeño de sus funciones ejecutivas, y si se ha considerado apropiado o no incluirse entre los importes devengados en el apartado de "otros conceptos" de la sección C.
Las retribuciones devengados durante el ejercicio 2021 por pertenencia al Consejo de Administración de Sociedades del Grupo, de los miembros del consejo son los siguientes:
En el caso de Dña. Carmen Pinto por su pertenencia al Consejo de Administración de Hypatia GNC Accesorios, Nicolás Correa Calderería y Nicolás Correa Electrónica ha recibido en concepto de dietas 7.123 Eur y 36.131 Eur como participación en el beneficio neto de dichas filiales.
En el caso de Dña. Ana Nicolás-Correa por su pertenencia al Consejo de Administración de Hypatia GNC Accesorios, Nicolás Correa Calderería y Nicolás Correa Electrónica ha recibido en concepto de dietas 7.123 Eur y 36.131 Eur como participación en el beneficio neto de dichas filiales.
En el caso de Don José Ignacio Nicolás- Correa por su pertenencia al Consejo de Administración hasta abril del 2021 de Hypatia GNC Accesorios, Nicolás Correa Calderería y hasta marzo del 2021 de Nicolás Correa Electrónica ha recibido en concepto de dietas 2.595 Eur.
Sancor Capital, S.L. por su pertenencia al Consejo de Administración de Hypatia GNC Accesorios, Nicolás Correa Calderería y Nicolás Correa Electrónica ha recibido en concepto de dietas 7.123 Eur y 36.131 Eur como participación en el beneficio neto de dichas filiales.
El resto de los miembros del Consejo de Administración no perciben ninguna remuneración de ninguna filial del Grupo.

| Nombre | Tipología | Periodo de devengo ejercicio 2021 |
|---|---|---|
| Don ALFREDO SÁENZ ABAD | Consejero Independiente | Desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021 |
| Doña ANA MARÍA NICOLÁS-CORREA BARRAGÁN | Consejero Otro Externo | Desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021 |
| Doña MARÍA DEL CARMEN PINTO FUENTES | Consejero Ejecutivo | Desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021 |
| Don FELIPE ORIOL DÍAZ DE BUSTAMENTE | Consejero Otro Externo | Desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021 |
| Don JOSÉ NICOLÁS-CORREA BARRAGÁN | Presidente Dominical | Desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021 |
| Don RAFAEL MIRANDA ROBREDO | Consejero Independiente | Desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021 |
| SANCOR CAPITAL, S.L. | Consejero Dominical | Desde 01/01/2021 hasta 31/12/2021 |
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2021 |
Total ejercicio 2020 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don ALFREDO SÁENZ ABAD | 37 | 7 | 44 | 49 | ||||||
| Doña ANA MARÍA NICOLÁS-CORREA BARRAGÁN | 56 | 56 | 60 | |||||||
| Doña MARÍA DEL CARMEN PINTO FUENTES | 66 | 157 | 32 | 255 | 256 | |||||
| Don FELIPE ORIOL DÍAZ DE BUSTAMENTE | 37 | 37 | 40 | |||||||
| Don JOSÉ NICOLÁS-CORREA BARRAGÁN | 119 | 106 | 225 | 235 |

| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2021 |
Total ejercicio 2020 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don RAFAEL MIRANDA ROBREDO | 37 | 7 | 44 | 49 | ||||||
| SANCOR CAPITAL, S.L. | 37 | 37 | 40 |
Observaciones
ii) Cuadro de movimientos de los sistemas de retribución basados en acciones y beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados.
| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2021 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2021 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2021 |
||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Don ALFREDO SÁENZ ABAD |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña ANA MARÍA NICOLÁS-CORREA BARRAGÁN |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña MARÍA DEL CARMEN PINTO FUENTES |
Sistema de retribución variable acciones Carmen Pinto |
75.000 | 0,00 | 75.000 | ||||||||
| Don FELIPE ORIOL DÍAZ DE BUSTAMENTE |
Plan | 0,00 |

| Nombre | Denominación del Plan |
Instrumentos financieros Instrumentos financieros al concedidos durante principio del ejercicio 2021 el ejercicio 2021 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2021 |
|||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
||
| Don JOSÉ NICOLÁS CORREA BARRAGÁN |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don RAFAEL MIRANDA ROBREDO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| SANCOR CAPITAL, S.L. | Plan | 0,00 |
Observaciones
iii) Sistemas de ahorro a largo plazo.
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don ALFREDO SÁENZ ABAD | |
| Doña ANA MARÍA NICOLÁS-CORREA BARRAGÁN | |
| Doña MARÍA DEL CARMEN PINTO FUENTES | |
| Don FELIPE ORIOL DÍAZ DE BUSTAMENTE | |
| Don JOSÉ NICOLÁS-CORREA BARRAGÁN | |
| Don RAFAEL MIRANDA ROBREDO |

| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|||
|---|---|---|---|---|
| SANCOR CAPITAL, S.L. |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
|||||
| Ejercicio 2021 | Ejercicio 2020 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2020 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2020 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2020 | ||
| Don ALFREDO SÁENZ ABAD | |||||||||
| Doña ANA MARÍA NICOLÁS CORREA BARRAGÁN |
|||||||||
| Doña MARÍA DEL CARMEN PINTO FUENTES |
|||||||||
| Don FELIPE ORIOL DÍAZ DE BUSTAMENTE |
|||||||||
| Don JOSÉ NICOLÁS-CORREA BARRAGÁN |
|||||||||
| Don RAFAEL MIRANDA ROBREDO |
|||||||||
| SANCOR CAPITAL, S.L. |
Observaciones

| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don ALFREDO SÁENZ ABAD | Concepto | |
| Doña ANA MARÍA NICOLÁS-CORREA BARRAGÁN | Concepto | |
| Doña MARÍA DEL CARMEN PINTO FUENTES | Concepto | |
| Don FELIPE ORIOL DÍAZ DE BUSTAMENTE | Concepto | |
| Don JOSÉ NICOLÁS-CORREA BARRAGÁN | Concepto | |
| Don RAFAEL MIRANDA ROBREDO | Concepto | |
| SANCOR CAPITAL, S.L. | Concepto |
Observaciones
i) Retribución devengada en metálico (en miles de €)
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2021 |
Total ejercicio 2020 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don ALFREDO SÁENZ ABAD | ||||||||||
| Doña ANA MARÍA NICOLÁS-CORREA BARRAGÁN | 7 | 36 | 43 | 35 | ||||||
| Doña MARÍA DEL CARMEN PINTO FUENTES | 7 | 36 | 43 | 35 |

| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2021 |
Total ejercicio 2020 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don FELIPE ORIOL DÍAZ DE BUSTAMENTE | ||||||||||
| Don JOSÉ NICOLÁS-CORREA BARRAGÁN | 3 | 3 | 35 | |||||||
| Don RAFAEL MIRANDA ROBREDO | ||||||||||
| SANCOR CAPITAL, S.L. | 7 | 36 | 43 | 35 |
Observaciones
| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2021 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2021 |
Instrumentos Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2021 Nº Acciones equivalentes |
|||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
|
| Don ALFREDO SÁENZ ABAD |
Plan | 0,00 |

| Nombre | Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2021 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2021 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2021 |
|||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
|
| Doña ANA MARÍA NICOLÁS-CORREA BARRAGÁN |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña MARÍA DEL CARMEN PINTO FUENTES |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don FELIPE ORIOL DÍAZ DE BUSTAMENTE |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JOSÉ NICOLÁS CORREA BARRAGÁN |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don RAFAEL MIRANDA ROBREDO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| SANCOR CAPITAL, S.L. | Plan | 0,00 |

Observaciones
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don ALFREDO SÁENZ ABAD | |
| Doña ANA MARÍA NICOLÁS-CORREA BARRAGÁN | |
| Doña MARÍA DEL CARMEN PINTO FUENTES | |
| Don FELIPE ORIOL DÍAZ DE BUSTAMENTE | |
| Don JOSÉ NICOLÁS-CORREA BARRAGÁN | |
| Don RAFAEL MIRANDA ROBREDO | |
| SANCOR CAPITAL, S.L. |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||||
| Ejercicio 2021 | Ejercicio 2020 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2020 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2020 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2020 | |||
| Don ALFREDO SÁENZ ABAD | ||||||||||
| Doña ANA MARÍA NICOLÁS CORREA BARRAGÁN |
||||||||||
| Doña MARÍA DEL CARMEN PINTO FUENTES |

| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
|||||
| Ejercicio 2021 | Ejercicio 2020 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2020 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2020 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2020 | ||
| Don FELIPE ORIOL DÍAZ DE BUSTAMENTE |
|||||||||
| Don JOSÉ NICOLÁS-CORREA BARRAGÁN |
|||||||||
| Don RAFAEL MIRANDA ROBREDO |
|||||||||
| SANCOR CAPITAL, S.L. |
Observaciones
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don ALFREDO SÁENZ ABAD | Concepto | |
| Doña ANA MARÍA NICOLÁS-CORREA BARRAGÁN | Concepto | |
| Doña MARÍA DEL CARMEN PINTO FUENTES | Concepto | |
| Don FELIPE ORIOL DÍAZ DE BUSTAMENTE | Concepto | |
| Don JOSÉ NICOLÁS-CORREA BARRAGÁN | Concepto | |
| Don RAFAEL MIRANDA ROBREDO | Concepto |

| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| SANCOR CAPITAL, S.L. | Concepto |
| Observaciones | |
|---|---|
c) Resumen de las retribuciones (en miles de €): Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.
| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2021 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2021 grupo |
Total ejercicio 2021 sociedad + grupo |
| Don ALFREDO SÁENZ ABAD |
44 | 44 | 44 | ||||||||
| Doña ANA MARÍA NICOLÁS-CORREA BARRAGÁN |
56 | 56 | 43 | 43 | 99 | ||||||
| Doña MARÍA DEL CARMEN PINTO FUENTES |
255 | 255 | 43 | 43 | 298 | ||||||
| Don FELIPE ORIOL DÍAZ DE BUSTAMENTE |
37 | 37 | 37 |

| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2021 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2021 grupo |
Total ejercicio 2021 sociedad + grupo |
| Don JOSÉ NICOLÁS CORREA BARRAGÁN |
225 | 225 | 3 | 3 | 228 | ||||||
| Don RAFAEL MIRANDA ROBREDO |
44 | 44 | 44 | ||||||||
| SANCOR CAPITAL, S.L. | 37 | 37 | 43 | 43 | 80 | ||||||
| TOTAL | 698 | 698 | 132 | 132 | 830 |
Observaciones
C.2. Indique la evolución en los últimos 5 años del importe y variación porcentual de la retribución devengada por cada uno de los consejeros de la cotizada que lo hayan sido durante el ejercicio, de los resultados consolidados de la sociedad y de la remuneración media sobre una base equivalente a tiempo completo de los empleados de la sociedad y de sus entidades dependientes que no sean consejeros de la cotizada.
| Importes totales devengados y % variación anual | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2021 | % Variación 2021/2020 |
Ejercicio 2020 | % Variación 2020/2019 |
Ejercicio 2019 | % Variación 2019/2018 |
Ejercicio 2018 | % Variación 2018/2017 |
Ejercicio 2017 | ||
| Consejeros ejecutivos | ||||||||||
| Doña MARÍA DEL CARMEN PINTO FUENTES |
298 | 2,41 | 291 | -32,33 | 430 | -22,10 | 552 | 167,96 | 206 |

| Importes totales devengados y % variación anual | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2021 | % Variación 2021/2020 |
Ejercicio 2020 | % Variación 2020/2019 |
Ejercicio 2019 | % Variación 2019/2018 |
Ejercicio 2018 | % Variación 2018/2017 |
Ejercicio 2017 | ||
| Consejeros externos | ||||||||||
| Doña ANA MARÍA NICOLÁS CORREA BARRAGÁN |
99 | 4,21 | 95 | -12,04 | 108 | 13,68 | 95 | 26,67 | 75 | |
| Don FELIPE ORIOL DÍAZ DE BUSTAMENTE |
37 | -7,50 | 40 | 11,11 | 36 | 12,50 | 32 | 0,00 | 32 | |
| Don JOSÉ NICOLÁS-CORREA BARRAGÁN |
228 | -15,56 | 270 | -17,43 | 327 | -26,52 | 445 | 23,61 | 360 | |
| Don RAFAEL MIRANDA ROBREDO | 44 | -10,20 | 49 | 6,52 | 46 | 17,95 | 39 | 290,00 | 10 | |
| Don ALFREDO SÁENZ ABAD | 44 | -10,20 | 49 | 6,52 | 46 | 17,95 | 39 | 11,43 | 35 | |
| SANCOR CAPITAL, S.L. | 80 | 6,67 | 75 | -15,73 | 89 | 11,25 | 80 | 14,29 | 70 | |
| Resultados consolidados de la sociedad |
||||||||||
| 7.042 | 8,87 | 6.468 | -18,90 | 7.975 | 11,87 | 7.129 | 200,29 | 2.374 | ||
| Remuneración media de los empleados |
||||||||||
| 54 | 10,20 | 49 | 0,00 | 49 | 2,08 | 48 | -7,69 | 52 |
Observaciones

Si existe algún aspecto relevante en materia de remuneración de los consejeros que no se haya podido recoger en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas retributivas de la sociedad en relación con sus consejeros, detállelos brevemente.
No existen.
Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha:

Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
[ ] [ √ ] Si No
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