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Grifols S.A.

Board/Management Information Oct 3, 2022

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Board/Management Information

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Grifols, S.A.

Avinguda de la Generalitat 152-158 08174 Sant Cugat del Vallès Barcelona - ESPAÑA

Tel. [34] 935 710 500 Fax [34] 935 710 267

www.grifols.com

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, Grifols, S.A. ("Grifols") mediante el presente escrito procede a comunicar la siguiente

OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE

El Consejo de Administración de la Sociedad, informa que, como continuación de su "Otra Información Relevante" presentada el 26 de septiembre, en su reunión celebrada el pasado 30 de Septiembre de 2022, ha adoptado, por unanimidad y con el informe favorable de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y la Comisión de Auditoría, en su caso, los siguientes acuerdos que reforzarán el gobierno de la Sociedad:

  • 1. Modificar el Reglamento del Consejo de Administración en los términos que resultan del Anexo I.
  • 2. Designar a D. Steven F. Mayer como Presidente ejecutivo del Consejo de Administración de la Sociedad.

El Consejo de Administración ha tomado conocimiento y aceptado la dimisión presentada por D. Victor Grifols Roura a su cargo de Presidente no ejecutivo del Consejo de Administración de la Sociedad por su decisión de retirarse. D. Victor Grifols Roura continuará siendo miembro del Consejo de Administración de la Sociedad como consejero, perteneciendo a la categoría de "consejero dominical", por sus méritos, su inapreciable conocimiento del sector y su extraordinaria dedicación a la Sociedad.

Asimismo, el Consejo de Administración ha decidido, por unanimidad, designar a D. Steven F. Mayer como Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad, con carácter de Presidente Ejecutivo, habiéndole delegado todas las facultades legal y estatutariamente delegables, para dirigir la Sociedad.

Estos nombramientos, aprobados por unanimidad, muestran el compromiso del Consejo de Administración para reforzar la gestión, acelerar la ejecución del plan estratégico de la Sociedad, seguir mejorando la excelencia operativa y aumentar el valor para los accionistas, con especial énfasis en la reducción de los niveles de deuda y la mejora de la generación de caja.

D. Steven F. Mayer ha sido consejero independiente de Grifols, S.A. desde enero de 2011. Además del Consejo de Administración de Grifols ha sido miembro de consejos de administración u órganos equivalentes de más de 30 empresas, cotizadas y privadas, en diferentes industrias. Desde 2002 hasta 2018, ocupó diversos cargos directivos en Cerberus Capital Management, L.P. y Cerberus California, LLC, empresas de inversión privada afiliadas, culminando con el cargo de Director General Senior, Codirector de la práctica global de Private Equity y Presidente del Comité de Inversiones de Cerberus. Asimismo, D. Steven F. Mayer está muy familiarizado con la industria de proteínas terapéuticas derivadas del plasma, habiendo liderado el equipo que compró y más tarde desinvirtió Talecris

Biotherapeutics Holdings Corp. y tiene un amplio conocimiento y experiencia en el sector de la salud. D Steven F. Mayer es licenciado (Bachelor of Arts), cum laude, por la Universidad de Princeton y obtuvo el título de Doctor en Derecho, magna cum laude, en Harvard Law School. Ha sido profesor en ambas instituciones además de en la universidad LUISS de Roma.

3. Designar a D. Victor Grifols Roura como Presidente de Honor de la Sociedad.

El Consejo de Administración ha agradecido al Sr. Victor Grifols Roura su gran dedicación a la Sociedad, destacando su inestimable contribución a los éxitos empresariales de la misma durante los años en los que ha presidido el Consejo de Administración y dirigido la Sociedad. Por ello, el Consejo de Administración ha decidido, por unanimidad, designarle como Presidente de Honor de la Sociedad, de conformidad con el artículo 8.5 del Reglamento del Consejo de Administración.

4. Reorganizar el Comité de Auditoría

Debido a que D. Steven F. Mayer, miembro del Comité de Auditoría, ha pasado a ostentar la categoría de "consejero ejecutivo" y, por ello, deja de poder formar parte del Comité de Auditoría, el Consejo de Administración ha decidido reorganizar el Comité de Auditoría como sigue:

Nombre Cargo Tipología
D. Íñigo Sánchez-Asiaín
Mardones
Presidente Independiente
D. Tomás Dagá Gelabert Vocal Otros externos
Dª. Carina Szpilka Lázaro Vocal Independiente
Dª. Núria Martín Barnés Secretaria (no miembro) --

En Barcelona, a 3 de octubre de 2022

Nuria Martín Barnés Secretaria del Consejo de Administración

Anexo I

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE GRIFOLS, S.A.

Artículo 8. El Presidente del Consejo Artículo 8. El Presidente del Consejo

  • 1. El Presidente del Consejo de Administración será elegido de entre sus miembros, pudiendo reunir la condición de primer ejecutivo de la Sociedad, en cuyo caso su designación requerirá el voto favorable de los dos tercios de los miembros del Consejo de Administración. En tal caso, se le delegarán todas las competencias delegables de conformidad con lo prevenido en la Ley, los Estatutos y este Reglamento y le corresponderá la efectiva dirección de los negocios de la Sociedad, de acuerdo siempre con las decisiones y criterios fijados por la Junta General de Accionistas y el Consejo de Administración en los ámbitos de sus respectivas competencias.
  • 2. Corresponde al Presidente la facultad ordinaria de convocar y presidir las reuniones del Consejo de Administración, de fijar el orden del día de sus reuniones y de dirigir las discusiones y deliberaciones, así como de presidir las reuniones de la Junta General.

Sin perjuicio de lo anterior, los administradores que constituyan al menos un tercio (1/3) de los miembros del Consejo de Administración podrán convocar al Consejo si, previa petición al Presidente, éste sin causa justificada no hubiere hecho la convocatoria en el plazo de un mes.

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE GRIFOLS, S.A.

  • 1. El Presidente del Consejo de Administración será elegido de entre sus miembros., pudiendo reunir la condición de primer ejecutivo de la Sociedad El cargo de Presidente podrá ser ostentado por un consejero ejecutivo, en cuyo caso su designación requerirá el voto favorable de los dos tercios de los miembros del Consejo de Administración. En tal caso, se le delegarán todas las competencias delegables de conformidad con lo prevenido en la Ley, los Estatutos y este Reglamento y le corresponderá la efectiva dirección de los negocios de la Sociedad, de acuerdo siempre con las decisiones y criterios fijados por la Junta General de Accionistas y el Consejo de Administración en los ámbitos de sus respectivas competencias.
  • 2. Corresponde al Presidente la facultad ordinaria de convocar y presidir las reuniones del Consejo de Administración, de fijar el orden del día de sus reuniones y de dirigir las discusiones y deliberaciones, así como de presidir las reuniones de la Junta General.

Sin perjuicio de lo anterior, los administradores que constituyan al menos un tercio (1/3) de los miembros del Consejo de Administración podrán convocar al Consejo si, previa petición al Presidente, éste sin causa justificada no hubiere hecho la convocatoria en el plazo de un mes.

  • 3. Le corresponde al Presidente asimismo asegurar que los consejeros reciban con carácter previo información suficiente para deliberar sobre los puntos del orden del día; estimular el debate y la participación activa de los consejeros durante las sesiones del Consejo, salvaguardando su libre toma de posición y expresión de opinión; y organizar y coordinar con los presidentes de las Comisiones relevantes la evaluación periódica del Consejo, así como, en su caso, la del Consejero Delegado o primer ejecutivo.
  • 4. En los casos en que el Presidente sea, a su vez, el primer ejecutivo, el Consejo de Administración deberá nombrar necesariamente a un consejero coordinador entre los consejeros independientes. El consejero coordinador estará especialmente facultado para solicitar la convocatoria del Consejo de Administración o la inclusión de nuevos puntos en el orden del día de un Consejo ya convocado, coordinar y reunir a los consejeros no ejecutivos y para dirigir, en su caso, la evaluación periódica por el Consejo de su Presidente.
  • 3. Le corresponde al Presidente asimismo asegurar que los consejeros reciban con carácter previo información suficiente para deliberar sobre los puntos del orden del día; estimular el debate y la participación activa de los consejeros durante las sesiones del Consejo, salvaguardando su libre toma de posición y expresión de opinión; y organizar y coordinar con los presidentes de las Comisiones relevantes la evaluación periódica del Consejo, así como, en su caso, la del Consejero Delegado o primer ejecutivo.
  • 4. En los casos en que el Presidente sea, a su vez, el primer un consejero ejecutivo, el Consejo de Administración deberá nombrar necesariamente a un consejero coordinador entre los consejeros independientes. El consejero coordinador estará especialmente facultado para solicitar la convocatoria del Consejo de Administración o la inclusión de nuevos puntos en el orden del día de un Consejo ya convocado, coordinar y reunir a los consejeros no ejecutivos y para dirigir, en su caso, la evaluación periódica por el Consejo de su Presidente.
  • 5. El Consejo de Administración podrá designar a un Presidente de Honor. La designación podrá hacerse a favor de un consejero o de quien, habiendo sido consejero, deje de ser miembro del Consejo de Administración. El Presidente de Honor que no sea consejero podrá ser convocado a las reuniones del Consejo y tendrá derecho a asistir a las mismas y a intervenir con voz pero sin voto, y estará sujeto a los deberes de confidencialidad exigidos a todos los consejeros. El Presidente de Honor tendrá funciones de representación honorífica y asesorará al Consejo de Administración, al Presidente y al Vicepresidente del Consejo

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de Administración. El Consejo de Administración pondrá a disposición del Presidente de Honor los medios técnicos, materiales y humanos que estime convenientes para que pueda desempeñar sus funciones en los términos más adecuados, y a través de las fórmulas más oportunas.

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