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Viscofan S.A.

Share Issue/Capital Change May 13, 2025

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A LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES

Viscofan, S.A. (la "Sociedad"), de conformidad con lo previsto en el artículo 227 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, y disposiciones concordantes, ponemos en conocimiento del mercado la siguiente:

OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE

En relación con el sistema de dividendo opcional "Viscofan Retribución Flexible" correspondiente al ejercicio 2025 aprobado en fecha 29 de abril de 2025 por la Junta General de Accionistas de la Sociedad, y como continuación de la comunicación de "Otra información relevante" remitida a esta Comisión Nacional el día 5 de mayo de 2025 con número de registro oficial 34509 a través de la cual se publicó el documento informativo con los términos y condiciones de la primera edición del sistema de retribución referido (el "Documento Informativo"), ponemos en su conocimiento que en el día de hoy el Secretario del Consejo de Administración ha determinado las cuestiones pendientes de concretar con relación al dividendo opcional. En particular, se han concretado los siguientes extremos:

  • (a) El importe de mercado de referencia del Aumento de Capital asciende a 82 millones de euros.
  • (b) El número máximo de acciones nuevas a emitir en virtud del aumento de capital es de 1.256.756.
  • (c) El número de derechos de asignación gratuita necesarios para recibir una acción nueva es de 37.
  • (d) El importe nominal máximo del aumento de capital asciende a 879.729,20 euros.
  • (e) El importe nominal máximo del dividendo complementario bruto por acción es de 1,688 euros.
  • (f) El importe agregado máximo del dividendo complementario bruto es de 78.492.000 euros. Esta cifra resulta de multiplicar el número total de acciones de la Sociedad en circulación a la fecha de esta comunicación1 (sin deducir las acciones en autocartera de la Sociedad) por el importe bruto por acción referido anteriormente (i.e. 1,688 euros).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.5(g) del Reglamento (UE) 2017/1129 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2017, sobre el folleto que debe publicarse en caso de oferta pública o admisión a cotización de valores en un mercado regulado y por el que se deroga laDirectiva 2003/71/CE (el"Reglamento 2017/1129"), ponemos a su disposición el complemento al Documento Informativo, el cual se adjunta como Anexo y que ha sido aprobado en el día de hoy por el Secretario del Consejo de Administración (el "Complemento al Documento Informativo").

1 Se asume que el número de acciones de la Sociedad en circulación a 16 de mayo de 2025 (record date) será el mismo (i.e. 46.500.000 acciones).

El Documento Informativo, junto con el Complemento al Documento Informativo, constituye el documento al que se refiere el artículo 1.5(g) del Reglamento 2017/1129 y cuya publicación hace innecesaria la elaboración y publicación de un folleto informativo en relación con el aumento de capital que se ejecuta en el marco de esta primera edición del sistema de dividendo opcional "Viscofan Retribución Flexible" correspondiente al ejercicio 2025.

Se hace constar que el resumen incluido anteriormente forma parte del Complemento al Documento Informativo y, portanto, debe ser leído conjuntamente con el referido complemento y con el Documento Informativo.

Tajonar, 13 de mayo de 2025

COMPLEMENTO AL DOCUMENTO INFORMATIVO DE LA PRIMERA EDICIÓN DEL SISTEMA DE DIVIDENDO OPCIONAL "VISCOFAN RETRIBUCIÓN FLEXIBLE" CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2025

1. Antecedentes

La Junta General de Accionistas de "Viscofan, S.A." (la "Sociedad") celebrada el 29 de abril de 2025 en segunda convocatoria (la "Junta General de Accionistas") aprobó, bajo el punto Sexto del orden del día y bajo los términos comunes a los acuerdos de pago del dividendo y de aumento de capitalsocial relativos a los puntos Quinto, Sexto y Séptimo del orden del día, en virtud de los cuales se instrumenta elsistema de dividendo opcional "Viscofan Retribución Flexible" (el "Acuerdo de Aumento de Capital" y los "Términos Comunes", respectivamente), un aumento de capital social totalmente liberado con cargo a las reservas previstas en el artículo 303.1 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (la "Ley de Sociedades de Capital"), mediante la emisión de acciones ordinarias para su asignación gratuita a los accionistas de la Sociedad (el "Aumento de Capital").

El Consejo de Administración de la Sociedad acordó en su sesión del 29 de abril de 2025 celebrada con posterioridad a la Junta General de Accionistas, llevar a efecto el Aumento de Capital y fijar el valor de mercado de referencia máximo del Aumento de Capital en un importe de 82 millones de euros y delegar en el Presidente del Consejo, en el Consejero Delegado y en el Secretario (no Consejero), indistintamente, con carácter solidario, las facultades de determinarla cuantía concreta del Aumento de Capital y el número de derechos necesarios para recibir una acción, entre otras.

Asimismo, en la Junta General de Accionistas se aprobó, bajo el punto Quinto de su orden del día y bajo los Términos Comunes, un pago del dividendo complementario correspondiente al ejercicio 2024 (el "Dividendo Complementario"), delegando en el Consejo de Administración la determinación del importe bruto a pagar en concepto de Dividendo Complementario por cada acción con derecho a percibirlo. En esa misma fecha, el Consejo de Administración de la Sociedad acordó, en ejercicio de la citada delegación, que el importe del Dividendo Complementario fuera, como mínimo, de 1,653 euros brutos por acción. Las facultades para determinar el importe final del Dividendo Complementario y su pago se delegaron en el Presidente del Consejo, en el Consejero Delegado y en el Secretario (no Consejero), indistintamente y con carácter solidario.

En este contexto, la Sociedad emitió un documento informativo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.5.(g) del Reglamento (UE) 2017/1129 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2017,sobre elfolleto que debe publicarse en caso de oferta pública o admisión a cotización de valores en un mercado regulado y por el que se deroga la Directiva 2003/71/CE (el "Reglamento 2017/1129"), en el que se detalla la información que a dicha fecha se encontraba disponible en relación con la primera edición del sistema de dividendo opcional "Viscofan Retribución Flexible" del ejercicio 2025 y con las opciones de retribución flexible, y que fue puesto a disposición del público mediante la correspondiente comunicación de "Otra

America – Europa – Asia - Oceanía

información relevante" de 5 de mayo de 2025 (con número de registro oficial 34509) (el "Documento Informativo").

2. Objeto

Este documento complementa alDocumento Informativo y tiene por objeto poner a disposición del público la información relativa al Aumento de Capital y el pago del Dividendo Complementario que no estaba disponible en la fecha de publicación del Documento Informativo y, en particular, el número de derechos de asignación necesarios para recibir una acción nueva de la Sociedad, el número máximo de acciones nuevas a emitir en virtud del Aumento de Capital, el importe nominal máximo del Aumento de Capital y el importe del Dividendo Complementario bruto por acción.

Finalmente, se hace constar que este complemento, junto con el Documento Informativo, constituye el documento al que se refiere el artículo 1.5.(g) del Reglamento, y cuya publicación hace innecesaria la elaboración y publicación de un folleto informativo en relación con el Aumento de Capital. Ambos documentos están disponibles en la página web corporativa de la Sociedad (www.viscofan.com) y en la página web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (www.cnmv.es).

Los términos cuya inicial sea una letra mayúscula y que no estén definidos expresamente en este documento tendrán el significado previsto en el Documento Informativo.

3. Información disponible en relación con el Aumento de Capital y el Dividendo Complementario

En ejercicio de las facultades que le fueron delegadas en virtud del acuerdo adoptado por el Consejo de Administración en la referida sesión, el Secretario del Consejo ha determinado, mediante la realización de las operaciones aritméticas previstas en las fórmulas aprobadas, tanto por la Junta General de Accionistas como por el Consejo de Administración, los siguientes términos y condiciones del Aumento de Capital que se indican a continuación. A los efectos de determinar dichos extremos, el Secretario del Consejo de Administración ha tenido en consideración un importe de mercado de referencia del Aumento de Capital de 82 millones de euros.

(a) El número máximo de acciones nuevas a emitir en virtud del Aumento de Capital es 1.256.756.

No obstante, tal y como se estableció en el Documento Informativo, el número de acciones que efectivamente se emitan dependerá del número de accionistas que opten por no renunciar a sus derechos de asignación gratuita. A estos efectos,se entenderá que los accionistas que opten por recibir el Dividendo Complementario durante el Periodo Común de Elección en relación con todas o parte de las acciones de la Sociedad de las que sean titulares renunciarán, total o parcialmente (según sea el caso), y de forma expresa a los derechos de asignación gratuita que les correspondan2 .

2 Asimismo, si una vez deducidas las acciones correspondientes a los derechos de asignación gratuita que resulten de las acciones respecto de las cuales sus titulares hayan optado por recibir el Dividendo Complementario, el número de acciones de la Sociedad en circulación resultara en un número fraccionado, la Sociedad renunciará también al número de

Por tanto, únicamente se emitirán las acciones nuevas que correspondan a los derechos de asignación gratuita que no resulten de las acciones de la Sociedad respecto de las cuales su titular haya optado por recibir el Dividendo Complementario.

En cualquier caso, el número definitivo de acciones que se emitirán en el contexto del Aumento de Capitalserá oportunamente puesto en conocimiento del público mediante una comunicación de "Otra información relevante" relativa al cierre de dicho aumento, cuya publicación está prevista el próximo 5 de junio de 2025.

(b) El número de derechos de asignación gratuita necesarios para recibir una acción nueva es de 37.

Los accionistas de la Sociedad que: (a) hayan adquirido susrespectivas acciones de la Sociedad no más tarde de las 23:59 horas de Madrid del día de publicación del anuncio del Aumento de Capital en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (previsto para el 14 de mayo de 2025) –last trading date–; y (b) cuyas operaciones bursátiles se hayan liquidado hasta el día 16 de mayo de 2025 (record date) en los registros contables de IBERCLEAR, recibirán un derecho de asignación gratuita por cada acción de la Sociedad de la que sean titulares. Por tanto, cada uno de los referidos accionistas tendrá derecho a recibir una acción nueva por cada 37 acciones antiguas de las que sea titular a fecha 16 de mayo de 2025 (record date).

(c) En consecuencia, el importe nominal máximo del Aumento de Capital asciende a 879.729,20 euros.

No obstante, como ya se ha indicado, el importe en que efectivamente se aumentará el capital social de la Sociedad será el resultante de multiplicar el número definitivo de acciones emitidas por su valor nominal (0,70 euros).

Con la finalidad de asegurar que el número de derechos de asignación gratuita necesarios para recibir una acción nueva y el número de acciones nuevas que se emitan en el contexto del Aumento de Capitalsean números enteros, la Sociedad ha renunciado a 28 derechos de asignación gratuita correspondientes a 28 acciones de las que es titular.

En la aplicación de las fórmulas aprobadas tanto por la Junta General de Accionistas como por el Consejo de Administración para la determinación de los extremos anteriores, el Secretario del Consejo ha tenido en cuenta que:

  • (i) el "NTAcc" o el número de acciones de la Sociedad en circulación en la fecha de este documento es de 46.500.0003 ; y
  • (ii) el "PreCot", entendido como la media aritmética de los precios medios ponderados de cotización de la acción de la Sociedad en las Bolsas de Madrid, Barcelona y Bilbao en las cinco sesiones bursátiles correspondientes a los días 6, 7, 8, 9 y 12 de mayo de 2025, redondeado a la milésima de euro más cercana y, en caso de la mitad de una milésima de euro, a la milésima de euro inmediatamente superior, es de 64,145 euros, según consta

derechos de asignación gratuita de su titularidad que sean necesarios para que el número de acciones nuevas que finalmente se deban emitir con ocasión del Aumento de Capital sea un número entero y no una fracción.

3 Se asume que el número de acciones de la Sociedad en circulación a 16 de mayo de 2025 (record date) será el mismo.

en la certificación emitida por la Sociedad Rectora de la Bolsa de Madrid el 12 de mayo de 2025.

4. Importe del Dividendo Complementario bruto por acción

El importe delDividendo Complementario, calculado conforme a lo establecido en lasfórmulas contenidas en los Términos Comunes y en el citado acuerdo del Consejo de Administración de 29 de abril de 2025, es de 1,688 euros brutos por acción.

Como consecuencia de lo anterior, el importe agregado máximo del Dividendo Complementario ascenderá a 78.492.000 euros brutos, cifra que resulta de multiplicar el importe bruto por acción del Dividendo Complementario por el número de acciones de la Sociedad en circulación en el día de hoy (esto es, 46.500.000), sin deducir las acciones en autocartera de la Sociedad y ello sin perjuicio de que el importe que finalmente haya de satisfacer la Sociedad en concepto de Dividendo Complementario dependerá del número de accionistas que opten por esta Opción de Retribución.

Por último, se hace constar que los derechos de asignación gratuita adquiridos en el mercado durante el período de negociación no darán derecho a sus titulares a optar por recibir el Dividendo Complementario. Únicamente los que sean titulares de acciones de la Sociedad a 16 de mayo de 2025 (record date) tendrán derecho a recibir el Dividendo Complementario en el marco de esta edición del sistema de dividendo opcional "Viscofan Retribución Flexible".

En Tajonar, a 13 de mayo de 2025.

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