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Grifols S.A.

Legal Proceedings Report Mar 10, 2025

1834_rns_2025-03-10_a90a00ab-508e-4047-8448-7e3d1a267cba.pdf

Legal Proceedings Report

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Grifols, S.A.

Avinguda de la Generalitat 152-158 08174 Sant Cugat del Vallès Barcelona - SPAIN

Tel. [34] 935 710 500 Fax [34] 935 710 267

www.grifols.com

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 227 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, Grifols, S.A. ("Grifols" o la "Sociedad") mediante el presente escrito procede a comunicar la siguiente

OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE

Grifols desea informar sobre cierta información publicada en un medio de comunicación en fecha 8 de marzo de 2025 que contiene una noticia en su portada, titulada "La CNMV desvela al juez "dolo continuo" en la cúpula de Grifols", que también continua en el día de hoy. Ni el título ni el artículo se ajustan en absoluto a la realidad.

El artículo da cuenta de algunas expresiones del Dictamen de Legalidad del servicio jurídico de la CNMV, en el que se apoyó el acuerdo del Comité Ejecutivo de la CNMV de 25 de septiembre de 2024 por el que se inicia un procedimiento sancionador administrativo frente a Grifols, S.A. y los Consejeros de la misma durante el periodo objeto del procedimiento, por, supuestamente, incorporar datos inexactos u omitir aspectos relevantes en los informes financieros anuales consolidados y en el informe de gestión de los ejercicios 2021 a 2023, así como en la información financiera semestral de 2023.

Más allá de que el acuerdo citado simplemente es el acto de inicio de un procedimiento sancionador administrativo que puede durar hasta un año y cuyo objeto es precisamente determinar si se han producido las posibles infracciones que recoge, a la vista de las alegaciones y pruebas que tienen derecho a aportar los expedientados (derecho que tanto Grifols, S.A. como los Consejeros afectados han ejercido), la noticia omite los siguientes datos relevantes:

  • El Comité Ejecutivo que refleja la posición de la CNMV, al adoptar el acuerdo de incoación, lo hizo público al mercado mediante un comunicado de la misma fecha en el que la CNMV expresamente constata que las supuestas deficiencias que daban lugar al expediente incoado "no determinaban incorrecciones de calado en las cifras contables reguladas" y que las "magnitudes contables básicas de Grifols no eran incorrectas (a salvo del tratamiento contable de dos operaciones concretas [...] que han sido objeto de explicación y re-expresión separada por la compañía en el primer semestre de 2024".
  • Tanto el dictamen al que se refiere la noticia como el acuerdo del Comité Ejecutivo, al analizar la conducta de Grifols, S.A. y sus Consejeros, descartan expresamente cualquier tipo de dolo afirmando de manera explícita: "En cuanto al título subjetivo por el cual se imputa la infracción, se ha de considerar en ambas infracciones de carácter culposo o negligente, pues no se desprende de los hechos una actuación predeterminada y voluntaria de todos los anteriormente citados, dirigida a la consecución de un fin ilícito y contraventor de las normas". El Comité Ejecutivo, además, constata que las supuestas irregularidades no han supuesto beneficio económico alguno.

En Barcelona, a 10 de marzo de 2025

Nuria Martín Barnés Secretaria del Consejo de Administración

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