Governance Information • May 6, 2024
Governance Information
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| Fecha fin del ejercicio de referencia: | 31/12/2023 | |
|---|---|---|
| CIF: | A-08049793 | |
| Denominación Social: URBAS GRUPO FINANCIERO, S.A. |
||
| Domicilio social: |
CALLE GOBELAS, Nº 15 MADRID

A.1. Complete el siguiente cuadro sobre el capital social y los derechos de voto atribuidos, incluidos, en su caso, los correspondientes a las acciones con voto por lealtad, a la fecha de cierre del ejercicio:
Indique si los estatutos de la sociedad contienen la previsión de voto doble por lealtad:
[ ] Sí
[ √ ] No
| Fecha de última | Capital social (€) | Número de | Número de | |
|---|---|---|---|---|
| modificación | acciones | derechos de voto | ||
| 11/10/2023 | 460.200.676,50 | 46.020.067.650 | 920.401.353 |
Indique si existen distintas clases de acciones con diferentes derechos asociados:
[ ] Sí
[ √ ] No
A.2. Detalle los titulares directos e indirectos de participaciones significativas a la fecha de cierre del ejercicio, incluidos los consejeros que tengan una participación significativa:
| Nombre o denominación |
% derechos de voto atribuidos a las acciones |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de | ||
|---|---|---|---|---|---|
| social del accionista | Directo | Indirecto | Directo Indirecto |
derechos de voto | |
| DON JUAN ANTONIO IBAÑEZ FERNANDEZ |
0,00 | 20,10 | 0,00 | 0,00 | 20,10 |
| DON JUAN ANTONIO ACEDO FERNANDEZ |
0,00 | 24,79 | 0,00 | 0,00 | 24,79 |
| ALZA REAL ESTATE S.A |
13,83 | 13,83 | 0,00 | 0,00 | 13,83 |
| DON JOSÉ ANTONIO BARTOLOMÉ NICOLÁS |
0,00 | 4,05 | 0,00 | 0,00 | 4,05 |
| DON SHEIK MOHAMED BIN KHALIFA |
0,00 | 4,69 | 0,00 | 0,00 | 4,69 |

| Nombre o denominación social del titular indirecto |
Nombre o denominación social del titular directo |
% derechos de voto atribuidos a las acciones |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de derechos de voto |
|---|---|---|---|---|
| Sin datos |
Indique los movimientos en la estructura accionarial más significativos acaecidos durante el ejercicio:
La variación respecto al detalle de Juan Antonio Ibáñez Fernández, se debe a que el Pacto parasocial que estaba vigente a 31 de diciembre de 2021 con Rialpa´s World S.L. ha sido extinguido con fecha 19 de abril de 2022
A.3. Detalle, cualquiera que sea el porcentaje, la participación al cierre del ejercicio de los miembros del consejo de administración que sean titulares de derechos de voto atribuidos a acciones de la sociedad o a través de instrumentos financieros, excluidos los consejeros que se hayan identificado en el apartado A.2, anterior:
| Del % total de | |||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| % derechos de voto atribuidos a las acciones (incluidos votos por lealtad) |
% derechos de voto a través de instrumentos |
% total de derechos de voto |
derechos de voto | ||||
| atribuidos a las | |||||||
| acciones, indique, | |||||||
| Nombre o | en su caso, el % de | ||||||
| denominación | los votos adicionales | ||||||
| social del consejero | financieros | atribuidos que | |||||
| corresponden a | |||||||
| las acciones con | |||||||
| voto por lealtad | |||||||
| Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | ||
| DON LUIS RAMOS | |||||||
| ATIENZA | 0,01 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,01 | 0,00 | 0,00 |
| DON IGNACIO CHECA | 0,02 | ||||||
| ZABALA | 0,02 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
| DON JESÚS GARCÍA | 0,01 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,01 | 0,00 | 0,00 |
| DE PONGA |
% total de derechos de voto titularidad de miembros del consejo de administración 0,04

| Nombre o denominación social del consejero |
Nombre o denominación social del titular directo |
% derechos de voto atribuidos a las acciones (incluidos votos por lealtad) |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de derechos de voto |
Del % total de derechos de voto atribuidos a las acciones, indique, en su caso, el % de los votos adicionales atribuidos que corresponden a las acciones con voto por lealtad |
|---|---|---|---|---|---|
| Sin datos |
Detalle el porcentaje total de derechos de voto representados en el consejo:
| % total de derechos de voto representados en el consejo de administración | 0,04 |
|---|---|
| --------------------------------------------------------------------------- | ------ |
A.4. Indique, en su caso, las relaciones de índole familiar, comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, en la medida en que sean conocidas por la sociedad, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario, excepto las que se informen en el apartado A.6:
| Nombre o denominación social relacionados | Tipo de relación | Breve descripción |
|---|---|---|
| Sin datos |
A.5. Indique, en su caso, las relaciones de índole comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, y la sociedad y/o su grupo, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario:
| Nombre o denominación social relacionados | Tipo de relación | Breve descripción |
|---|---|---|
| Sin datos |

A.6. Describa las relaciones, salvo que sean escasamente relevantes para las dos partes, que existan entre los accionistas significativos o representados en el consejo y los consejeros, o sus representantes, en el caso de administradores persona jurídica.
Explique, en su caso, cómo están representados los accionistas significativos. En concreto, se indicarán aquellos consejeros que hubieran sido nombrados en representación de accionistas significativos, aquellos cuyo nombramiento hubiera sido promovido por accionistas significativos, o que estuvieran vinculados a accionistas significativos y/o entidades de su grupo, con especificación de la naturaleza de tales relaciones de vinculación. En particular, se mencionará, en su caso, la existencia, identidad y cargo de miembros del consejo, o representantes de consejeros, de la sociedad cotizada, que sean, a su vez, miembros del órgano de administración, o sus representantes, en sociedades que ostenten participaciones significativas de la sociedad cotizada o en entidades del grupo de dichos accionistas significativos:
| Nombre o denominación | Nombre o denominación | Denominación social de | Descripción relación/cargo |
|---|---|---|---|
| social del consejero o | social del accionista | la sociedad del grupo del | |
| representante, vinculado | significativo vinculado | accionista significativo | |
| DON JOAO JOSE DE GOUVEIA |
DON SHEIK MOHAMED BIN KHALIFA |
AL ALFIA HOLDING, LLC | El consejero D. Joao José de Gouveia representa los intereses de Al Alfia Holding LLC, sociedad controlada por HH Sheik Mohamed Bin Khalifa |
A.7. Indique si han sido comunicados a la sociedad pactos parasociales que la afecten según lo establecido en los artículos 530 y 531 de la Ley de Sociedades de Capital. En su caso, descríbalos brevemente y relacione los accionistas vinculados por el pacto:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
| Intervinientes del | % de capital | Fecha de vencimiento | |
|---|---|---|---|
| pacto parasocial | social afectado | Breve descripción del pacto | del pacto, si la tiene |
| QUAMTIUM NETHERLANDS BV, AL ALFIA HOLDING, LLC |
24,79 | La Compañía fue informada de la suscripción de un Pacto de Sindicación entre QUAMTIUM VENTURE, S.L.U. y AL ALFIA HOLDING, LLC. QUAMTIUM VENTURE, S.L.U. es titular indirecto de un 20,77 % del capital de la Compañía y la mercantil AL ALFIA HOLDING, LLC tiene el control de un 4,85 % de su capital social tras la adquisición del grupo constructor ECISA y la inscripción en el Registro Mercantil de la última ampliación de capital social de la Compañía. El Pacto de Sindicación ha sido suscrito por los |

| Intervinientes del | % de capital | Breve descripción del pacto | Fecha de vencimiento |
|---|---|---|---|
| pacto parasocial | social afectado | del pacto, si la tiene | |
| intervinientes con la finalidad de dar | |||
| continuidad y seguridad a la gestión | |||
| de la Compañía en beneficio de todos | |||
| sus accionistas y para facilitar la toma | |||
| de decisiones en la Junta General de | |||
| la Compañía. El Pacto de Sindicación | |||
| se ha formalizado por un periodo de | |||
| dos (2) años, momento a partir del cual | |||
| cualquiera de los socios intervinientes | |||
| podría comunicar al otro la resolución del | |||
| Pacto de Sindicación. |
La Compañía fue informada de la suscripción de un Pacto de Sindicación entre QUAMTIUM VENTURE, S.L.U. y AL ALFIA HOLDING, LLC. QUAMTIUM VENTURE, S.L.U. es titular indirecto de un 20,77 % del capital de la Compañía y la mercantil AL ALFIA HOLDING, LLC tiene el control de un 4,85 % de su capital social tras la adquisición del grupo constructor ECISA y la inscripción en el Registro Mercantil de la última ampliación de capital social de la Compañía. El Pacto de Sindicación ha sido suscrito por los intervinientes con la finalidad de dar continuidad y seguridad a la gestión de la Compañía en beneficio de todos sus accionistas y para facilitar la toma de decisiones en la Junta General de la Compañía. El Pacto de Sindicación se ha formalizado por un periodo de dos (2) años, momento a partir del cual cualquiera de los socios intervinientes podría comunicar al otro la resolución del Pacto de Sindicación.
Indique si la sociedad conoce la existencia de acciones concertadas entre sus accionistas. En su caso, descríbalas brevemente:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
En el caso de que durante el ejercicio se haya producido alguna modificación o ruptura de dichos pactos o acuerdos o acciones concertadas, indíquelo expresamente:
No ha habido modificaciones durante el ejercicio.
A.8. Indique si existe alguna persona física o jurídica que ejerza o pueda ejercer el control sobre la sociedad de acuerdo con el artículo 5 de la Ley del Mercado de Valores. En su caso, identifíquela:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |

| Número de | Número de acciones | % total sobre |
|---|---|---|
| acciones directas | indirectas(*) | capital social |
| 1.600.000.000 | 3,48 |
| Nombre o denominación social del titular directo de la participación | Número de acciones directas |
|
|---|---|---|
| Sin datos |
Explique las variaciones significativas habidas durante el ejercicio:
No ha habido variaciones significativas
La Junta General celebrada el 6 de agosto de 2021 acordó autorizar al Consejo de Administración, delegando en él para, en un plazo máximo de 5 años contados a partir de dicha fecha, proceder a la adquisición derivativa, bien directamente, bien a través de una o más de sus sociedades filiales o participadas, mediante compra, permuta, dación y adjudicación en pago y donación y sucesión mortis causa, cuando tengan cargas, en cuanto a lo que exceda del valor de la carga, de acciones propias hasta un número cuyo valor nominal en conjunto no exceda del cinco por ciento del capital social y siempre que la adquisición, comprendidas las acciones que la sociedad o persona que actuase en nombre propio pero por cuenta de la sociedad hubiese adquirido con anterioridad y tuviese en cartera, no produzca el efecto de que el patrimonio neto resulte inferior al importe del capital social más las reservas legal o estatutariamente indisponibles.
A estos efectos, se considerará patrimonio neto el importe que se califique como tal conforme a los criterios para confeccionar las cuentas anuales, minorado en el importe de los beneficios imputados directamente al mismo, e incrementado en el importe del capital social suscrito no exigido, así como en el importe del nominal y de las primas de emisión del capital social suscrito que esté registrado contablemente como pasivo. Además, la adquisición se realizará a un precio no inferior al diez por ciento de su nominal ni superior al valor de cotización de las acciones en el momento de la adquisición.
La presente autorización queda supeditada al cumplimiento de todos los demás requisitos legales aplicables debiendo ejecutarse exclusivamente al amparo de un programa de recompra o estabilización contemplado en el Reglamento sobre abuso de mercado o de un contrato de liquidez de los previstos en la Circular 1/2017 de la CNMV.


A.12. Indique si existe cualquier restricción (estatutaria, legislativa o de cualquier índole) a la transmisibilidad de valores y/o cualquier restricción al derecho de voto. En particular, se comunicará la existencia de cualquier tipo de restricciones que puedan dificultar la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado, así como aquellos regímenes de autorización o comunicación previa que, sobre las adquisiciones o transmisiones de instrumentos financieros de la compañía, le sean aplicables por normativa sectorial.
[ ] [ √ ] Sí No
A.13. Indique si la junta general ha acordado adoptar medidas de neutralización frente a una oferta pública de adquisición en virtud de lo dispuesto en la Ley 6/2007.
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
En su caso, explique las medidas aprobadas y los términos en que se producirá la ineficiencia de las restricciones:
A.14. Indique si la sociedad ha emitido valores que no se negocian en un mercado regulado de la Unión Europea.
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
En su caso, indique las distintas clases de acciones y, para cada clase de acciones, los derechos y obligaciones que confiera:

B.3. Indique las normas aplicables a la modificación de los estatutos de la sociedad. En particular, se comunicarán las mayorías previstas para la modificación de los estatutos, así como, en su caso, las normas previstas para la tutela de los derechos de los socios en la modificación de los estatutos.
La Junta General de accionistas quedará válidamente constituida en primera convocatoria cuando los accionistas, presentes o representados, posean al menos el 25 por ciento del capital suscrito con derecho a voto.
En segunda convocatoria, será válida la constitución de la Junta cualquiera que sea el capital concurrente a la misma.
Para que la Junta General ordinaria o extraordinaria pueda acordar válidamente la emisión de obligaciones, el aumento o la reducción del capital, la transformación, fusión o escisión de la Sociedad y, en general, cualquier modificación de los Estatutos Sociales, será necesaria, en primera convocatoria, la concurrencia de accionistas presentes o representados que posean, al menos, el 50 por 100 del capital suscrito con derecho a voto.
En segunda convocatoria será suficiente la concurrencia del 25 por 100 de dicho capital. Cuando a dicha convocatoria concurran accionistas que representen menos del 50 por 100 del capital suscrito con derecho a voto, los acuerdos a que se refiere el apartado anterior, sólo podrán adoptarse válidamente con el voto favorable de los dos tercios del capital presente o representado en la Junta.
| Datos de asistencia | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Fecha junta general | % de presencia física |
% en representación |
% voto a distancia Voto electrónico |
Otros | Total |
| 06/08/2021 | 72,09 | 0,39 | 0,01 | 0,00 | 72,49 |
| De los que Capital flotante | 13,00 | 0,39 | 0,01 | 0,00 | 13,40 |
| 08/07/2022 | 67,37 | 5,34 | 0,01 | 0,00 | 72,72 |
| De los que Capital flotante | 15,00 | 0,50 | 0,01 | 0,00 | 15,51 |
| 04/08/2023 | 61,22 | 0,01 | 0,00 | 0,01 | 61,24 |
| De los que Capital flotante | 10,00 | 0,01 | 0,00 | 0,00 | 10,01 |
| 29/12/2023 | 56,49 | 0,01 | 0,00 | 0,01 | 56,51 |
| De los que Capital flotante | 6,00 | 0,01 | 0,00 | 0,01 | 6,02 |
B.5. Indique si en las juntas generales celebradas en el ejercicio ha habido algún punto del orden del día que, por cualquier motivo, no haya sido aprobado por los accionistas:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
| Número de acciones necesarias para asistir a la junta general | 50 |
|---|---|
| Número de acciones necesarias para votar a distancia | 50 |

B.7. Indique si se ha establecido que determinadas decisiones, distintas a las establecidas por Ley, que entrañan una adquisición, enajenación, la aportación a otra sociedad de activos esenciales u otras operaciones corporativas similares, deben ser sometidas a la aprobación de la junta general de accionistas:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
B.8. Indique la dirección y modo de acceso a la página web de la sociedad a la información sobre gobierno corporativo y otra información sobre las juntas generales que deba ponerse a disposición de los accionistas a través de la página web de la Sociedad:
La dirección de la página web de la Sociedad es: www.grupourbas.com
Se puede acceder al Informe sobre Gobierno Corporativo y al resto de información sobre Juntas Generales a través de la pestaña denominada Información para Accionistas e Inversores

C.1.1 Número máximo y mínimo de consejeros previstos en los estatutos sociales y el número fijado por la junta general:
| Número máximo de consejeros | 10 |
|---|---|
| Número mínimo de consejeros | 5 |
| Número de consejeros fijado por la junta | 9 |
| Nombre o denominación social del consejero |
Representante | Categoría del consejero |
Cargo en el consejo |
Fecha primer nombramiento |
Fecha último nombramiento |
Procedimiento de elección |
|---|---|---|---|---|---|---|
| DON JAIME DE POLANCO SOUTULLO |
Ejecutivo | VICEPRESIDENTE | 06/08/2021 | 06/08/2021 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON JESÚS GARCÍA DE PONGA |
Independiente | CONSEJERO | 06/08/2021 | 06/08/2021 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON PABLO COBO MORAL |
Ejecutivo | CONSEJERO | 29/06/2018 | 08/07/2022 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON LUIS RAMOS ATIENZA |
Independiente | CONSEJERO | 14/02/2011 | 06/08/2021 | COOPTACION | |
| DON ADOLFO JOSÉ GUERRERO HIDALGO |
Ejecutivo | CONSEJERO | 29/06/2018 | 08/07/2022 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON JUAN ANTONIO ACEDO FERNANDEZ |
Ejecutivo | PRESIDENTE CONSEJERO DELEGADO |
08/07/2022 | 08/07/2022 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON JOAO JOSE DE GOUVEIA |
Dominical | CONSEJERO | 06/08/2021 | 06/08/2021 | ACUERDO JUNTA |

| Nombre o denominación social del consejero |
Representante | Categoría del consejero |
Cargo en el consejo |
Fecha primer nombramiento |
Fecha último nombramiento |
Procedimiento de elección |
|---|---|---|---|---|---|---|
| GENERAL DE ACCIONISTAS |
||||||
| DON IGNACIO CHECA ZABALA |
Independiente | CONSEJERO | 04/08/2023 | 04/08/2023 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
Número total de consejeros 8
Indique los ceses que, ya sea por dimisión o por acuerdo de la junta general, se hayan producido en el consejo de administración durante el periodo sujeto a información:
| Nombre o denominación social del consejero |
Categoría del consejero en el momento del cese |
Fecha del último nombramiento |
Fecha de baja | Comisiones especializadas de las que era miembro |
Indique si el cese se ha producido antes del fin del mandato |
|---|---|---|---|---|---|
| Sin datos |
| CONSEJEROS EJECUTIVOS | ||||
|---|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Cargo en el organigrama de la sociedad |
Perfil | ||
| DON PABLO COBO MORAL |
Vocal | D. PABLO COBO DEL MORAL es Economista, Consultor y Asesor Fiscal. Entre su trayectoria profesional destaca la intervención en procesos de refinanciación y reestructuración de deuda de numerosas empresas, con resultados satisfactorios, y la negociación con diversos agentes, tantos financieros como no financieros, destacando su conocimiento de los fondos internacionales, lo que le ha permitido la obtención de numerosos acuerdos con dichos agentes. |
||
| DON ADOLFO JOSÉ GUERRERO HIDALGO |
Vocal | D. ADOLFO JOSÉ GUERRERO HIDALGO cuenta con una amplia formación académica, siendo Ingeniero Colegiado en el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Madrid. Miembro de la Asociación de la Ingeniería Civil de España, y contando con un Master en Infraestructuras de Transporte. Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos (Universidad Politécnica de Madrid) y Master en Gestión de Infraestructuras y Servicos Públicos (Universidad Politécnica de Madrid). De su experiencia laboral es destacable el desarrollo de propuestas, financiamiento y estructura de acuerdos en proyectos de Cooperación Publico Privada y Financiación Privada en grandes proyectos internacionales de infraestructuras, y el desarrollo y gestión |

| CONSEJEROS EJECUTIVOS | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Cargo en el organigrama de la sociedad |
Perfil | |||
| de proyectos de viabilidad y diligencia de negocios de infraestructuras en el entorno de los sectores público y privado estructurando, desde 2002, más de 7 mil millones de dólares americanos en proyectos de infraestructuras en hasta 7 países distintos. Además ha desarrollado su carrera como Consultor independiente colaborando con organismos internacionales y empresas privadas en el desarrollo de proyectos de infraestructura de todo tipo en diversas partes del mundo. Entre los clientes institucionales se encuentran, Naciones Unidas, Banco Mundial y Banco Asiático de Desarrollo. |
|||||
| DON JUAN ANTONIO ACEDO FERNANDEZ |
Presidente Consejero Delegado |
D. Juan Antonio Acedo Fernández es Licenciado por la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Caminos Canales y Puertas de Madrid de la Universidad Politécnica de Madrid. Cuenta con una amplia experiencia en los sectores energéticos y de la construcción. Desde su licenciatura se dedicó fundamentalmente a actividades inmobiliarias y al sector energético, habiendo ocupado puestos de gestión y administración de primer nivel además de haber formado parte del Consejo de Administración de distintas sociedades cotizadas y no cotizadas. En su última etapa ha estado ligado a la Dirección del Grupo Urbas por lo que se considera idóneo para seguir ejecutando dicha tarea. |
|||
| DON JAIME DE POLANCO SOUTULLO |
Vicepresidente ejecutivo |
D. JAIME DE POLANCO SOUTULLO , cuenta con títulacion de BA en Economía en Herbert H. Lehman College (City University of New York) y está especializado en finanzas internacionales. Ha cursado diferentes diplomaturas en marketing político, así como en implantación de estrategias empresariales. Ha sido alumno de la Escuela de Guerra de Colombia, en el curso integral de defensa nacional, CIDENAL 16. Cuenta con una amplia trayectoria profesional entre la que destacan: - Entre 1985 y 1988 trabajó en Santillana Publising Corp en Nueva York, como responsable comercial y de marketing para la costa este de los Estados Unidos. - Fue Director de Banca Comercial de Banco de Progreso, Banco de Negocios de Grupo March, durante tres años y medio (Abril 1988 Septiembre 1991) - En octubre 1991 se incorpora al Grupo Timón como Director Financiero. - En 1992 se responsabiliza de la central de ventas multimedia Gerencia de Medios (GDM) como Director General, empresa en la que fue nombrado consejero delegado en 1994. GDM se convirtió en la primera empresa de ventas de publicidad multimedia en España, con un volumen de ventas gestionado de 300 millones de euros. Durante esos años, crea compañías de publicidad de cine, publicidad exterior y publicidad deportiva. - En febrero de 2000, lanza para el Grupo Prisa Gran Vía Musical, holding de empresas que reúne las actividades en el sector de la música, el ocio y el entretenimiento. La gestión de derechos musicales, la producción y distribución discográfica, y la organización de giras y acontecimientos musicales. También crea y es nombrado |

| CONSEJEROS EJECUTIVOS | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Cargo en el organigrama de la sociedad |
Perfil | |||
| vicepresidente de la productora audiovisual Plural Entertainaudiovisual. - En junio de ese mismo año es nombrado Director General de PRISA para América del Norte En junio de ese mismo año es nombrado Director General de PRISA para América del Norte con el objetivo de impulsar el desarrollo de la internacionalización de la compañía en dicha con el objetivo de impulsar el desarrollo de la internacionalización de la compañía en dicha área geográfica y crear una red capilar entre los fondos de inversión, bancos de negocios y grandes empresas. – Jaime Polanco fue posteriormente nombrado CEO de PRISA Internacional sociedad filial al 100% del Grupo PRISA. PI se creó en Octubre de 2001 con el fin de llevar a cabo un 100% del Grupo PRISA. PI se creó en Octubre de 2001 con el fin de llevar a cabo un importante proyecto de expansión y gestión de medios en el mundo de habla hispana y portuguesa. Esta compañía tiene en la actualidad oficinas en Madrid y Miami. Agrupa todos los medios impresos y audiovisuales del Grupo fuera del ámbito de España desarrollando su medios impresos y audiovisuales en más de 23 países, donde cuenta con más de 800 estaciones de radio, periódicos, revistas y televisiones. A mediados de 2011 fundó el periódico en internet Confidencialcolombia.com y más tarde el portal Agronews.co en la actualidad es su presidente. Es así mismo presidente del Grupo Latino de Medios Digitales, sociedad que aglutina compañías de tecnología y producción audiovisual colombianas. En la actualidad es Presidente de Latín Boost Group, consultoría estratégica internacional con sedes, en Bogotá, México D.F. con dos áreas de negocio fundamentales, los medios de comunicación y entretenimiento, y Latín Boost Strategies, orientada al diseño de estrategias corporativas. Ha recibido diferentes distinciones por su labor apoyando el desarrollo social en América Latina, es hijo adoptivo de ciudades de América latina y EE:UU, es colaborador habitual de fundaciones y universidades en el desarrollo económico y social de Iberoamérica. Articulista en diferentes medios de comunicación y conferencista sobre temas políticos y empresariales en la región de Latinoamérica. En 1992 fue elegido como uno de los cien empresarios del futuro por la revista Actualidad Económica de España. Jaime Polanco recibió el Premio "Latín Business American Awards" concedido por la Revista PODER y la consultoras Booz Allen Hamilton y Egon Zehner, como mejor CEO Internacional por su labor de desarrollo empresarial en América Latina. |
|||||
| Número total de consejeros ejecutivos | 4 |
% sobre el total del consejo 50,00

| CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES | ||||
|---|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Nombre o denominación del accionista significativo a quien representa o que ha propuesto su nombramiento |
Perfil | ||
| DON JOAO JOSE DE GOUVEIA |
AL ALFIA HOLDING, LLC | D. JOAO JOSE DE GOUVEIA cuenta con Licenciatura en Comercio (Finanzas) y Licenciatura en Contabilidad (con honores en Finanzas) por la Universidad de Witwatersrand (Wits) Wits), estando inscrito en el Instituto profesional: SAICA (Instituto Sudafricano de Contables) Atesora igualmente una amplia experiencia profesional internacional ocupando en la actualidad el cargo de Director de Operaciones del grupo qatarí Al Alfia Holding. Desempeña un papel estratégico en las filiales operativas y en Al Alfia coordinando el desarrollo de Proyectos y seguimiento del éxito de su Plan de Negocio. Analiza e identifica nuevas carteras para el Grupo, así como carteras privadas carteras privadas. |
| Número total de consejeros dominicales | 1 |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | 12,50 |
| CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES | ||||
|---|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Perfil | |||
| DON JESÚS GARCÍA DE PONGA |
D. JESÚS GARCÍA DE PONGA, es Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad Complutense de Madrid en el Colegio Universitario de Estudios Financieros (CUNEF) promoción 1979 – 1984. Cuenta con una amplia trayectoria profesional entre la que destacan: 1984 Arthur Andersen & Cía. División de auditoría de Banca hasta 1987, año de alta como miembro del Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC). 1987 Incorporación al Banco Exterior de España dirigiendo el departamento de Auditoría Interna de la División Internacional que supervisaba las filiales de Estados Unidos, Brasil, Argentina, Chile, Uruguay, Paraguay, Alemania, Bélgica, Países Bajos, Francia, Portugal, Suiza y Reino Unido. 1989 Director de Auditoría Interna del Banco Exterior de España con el cargo de Subdirector General, dependiendo del Presidente del Banco, D. Francisco Luzón. 1990 Interventor General del Banco Exterior, responsable directo de las direcciones de cumplimiento, contable y fiscal del Grupo, dependiendo del Presidente del Banco. Representante de la AEB ante el Comité Contable de la Federación Europea de Asociaciones de Banca, en Bruselas. 1996 Nombramiento como director general de la Unidad de Activos Adjudicados de Argentaria, de la que dependían quince sociedades tenedoras de inmuebles con origen en los diferentes bancos que componían el Grupo. 1997 Fundador de Gesinar y nombramiento como su Consejero Delegado. Adicionalmente a la venta de adjudicados se inició la prestación de Servicios Inmobiliarios aprovechando las capacidades del Grupo: Subastas Inmobiliarias, Tasaciones, Fondo de Inversión Inmobiliaria (Argentaria Propiedad FII), Intermediación, Gestión de suelo y Promoción. 1999 Nombramiento como director responsable del proyecto de Banca Multicanal en Argentaria. Fundador del Banco Uno-e, presidido por D. Francisco González y nombramiento como Consejero Delegado de esta |

| CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES | |||
|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Perfil | ||
| entidad. 2000 Salida al mercado de Uno-e. y nombramiento como Director General Adjunto del BBVA. 2001 Responsable del Negocio Inmobiliario del BBVA, consejero de Metrovacesa y de Desarrollo Urbanístico de Chamartín. En BBVA Inmobiliaria se alcanzaron unos beneficios de 41,9 millones de € y unas plusvalías latentes de 247 millones de €. Los adjudicados de BBVA en España se situaron en mínimos históricos. 2004 Fundador de Anida Inmobiliaria, desarrollando procedimientos específicos para la cartera inmobiliaria, diferenciados de los generales del banco. Colaborador para el Banco Interamericano de Desarrollo en el documento "La gestión de activos residuales procedentes de liquidaciones bancarias", publicado por el FMI en febrero de ese año. 2005 Director de la Banca Corporativa en Europa del BBVA, bajo cuya dependencia se integraron las sucursales de Reino Unido, Francia e Italia. 2006 Director General de Cresa Patrimonial, tenedora del paquete accionarial mayoritario de Metrovacesa. 2007 Consejero delegado de Metrovacesa. 2009 Sustitución del accionista de referencia en Metrovacesa y consiguiente renuncia como consejero delegado de la entidad. Fundador de Capital Unión Gestora, sociedad que facilita asesoramiento financiero e inmobiliario. Desde 2009 hasta la fecha la actividad profesional se ha desarrollado desde Capital Unión Gestora, destacando los siguientes mandatos: 2010 Consejero de Montebalito, S.A., empresa cotizada en el Mercado continuo, especializada en el sector inmobiliario y en las energías renovables, hasta diciembre de 2012. En la actualidad trabaja con las siguientes entidades: Especialista en el sector inmobiliario español para fondos internacionales y bancos de inversión desde la plataforma de expertos Gerson Lehrman Group Research, (www.glgresearch.com) habiendo concluido más de cien mandatos hasta la fecha. Asesor General del grupo cotizado China Pioneer Pharma Holdings Limited (Hong Kong Stock Code 01345) para la supervisión de sus inversiones en Europa: Covex S.A., Angelina Environmental Spain S.L., y Qualimed GmbH. Fundador de la empresa Nalk Trade S.L. compañía de asesoramiento en comercio exterior internacional. Fundador y secretario del Consejo de Thermal Cooling Technology S.L. empresa dedicada al diseño, construcción y venta de concentradores termosolares. |
|||
| DON LUIS RAMOS ATIENZA |
D. Luis Ramos Atienza es Licenciado en Derecho por la Universidad de Alcalá de Henares, siendo en la actualidad Socio-Director del Despacho Colectivo "Ramos, Estudio Jurídico", desde 1987 hasta la actualidad. Durante los últimos años ha sido Director del Área de Asesoría Jurídica y Responsable del Servicio de Atención al Cliente de Caja de Guadalajara. En 2005 fue designado Secretario General-Jefe de los Servicios Jurídicos y Secretario de Actas de la Asamblea General y del Consejo de Administración de Caja de Guadalajara, cargos que ha ocupado hasta la fusión por absorción de dicha Entidad, el 5 de octubre de 2010, operación en la que participó activamente como miembro de la Comisión Coordinadora prevista por el Protocolo de Fusión por absorción de Caja de Ahorro Provincial de Guadalajara por Monte de Piedad y Caja de Ahorros San Fernando de Huelva, Jerez y Sevilla (Cajasol). Su domicilio profesional es C/ Virgen de la Salceda 11, 19005 Guadalajara. |
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| DON IGNACIO CHECA ZABALA |
D. Ignacio Checa Zavala cuenta con una amplia formación académica, siendo Ingeniero Superior de Telecomunicación y Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales. Además desarrolló su trayectoria laboral en las tareas de gestión y dirección de empresas multinacionales españolas y coordinación de equipos amplios de trabajo, habiendo colaborado asimismo en el sector inmobiliario en el área de asesoría y control junto con relaciones con organismos reguladores. |

| Número total de consejeros independientes | 3 |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | 37,50 |
Indique si algún consejero calificado como independiente percibe de la sociedad, o de su mismo grupo, cualquier cantidad o beneficio por un concepto distinto de la remuneración de consejero, o mantiene o ha mantenido, durante el último ejercicio, una relación de negocios con la sociedad o con cualquier sociedad de su grupo, ya sea en nombre propio o como accionista significativo, consejero o alto directivo de una entidad que mantenga o hubiera mantenido dicha relación.
En su caso, se incluirá una declaración motivada del consejo sobre las razones por las que considera que dicho consejero puede desempeñar sus funciones en calidad de consejero independiente.
| Nombre o denominación social del consejero |
Descripción de la relación | Declaración motivada |
|---|---|---|
| DON JESÚS GARCÍA DE PONGA |
No existe relación relevante con la compañía. | Dada su amplia en sectores de interés para la compañía, se considera beneficioso en interés de la sociedad, su desempeño como Consejero de la compañía con el carácter de independiente, por cumplir los requisitos legales y estatutarios previstos. |
| DON LUIS RAMOS ATIENZA |
No existe relación independiente | Su perfil se considera beneficioso para la sociedad |
| DON IGNACIO CHECA ZABALA |
No existe relación independiente | Su perfil se considera beneficioso para la sociedad |
| OTROS CONSEJEROS EXTERNOS | |
|---|---|
Se identificará a los otros consejeros externos y se detallarán los motivos por los que no se puedan considerar dominicales o independientes y sus vínculos, ya sea con la sociedad, sus directivos, o sus accionistas:
| Nombre o denominación social del consejero |
Motivos | Sociedad, directivo o accionista con el que mantiene el vínculo |
Perfil |
|---|---|---|---|
| Sin datos |
| Número total de otros consejeros externos | N.A. |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | N.A. |
Indique las variaciones que, en su caso, se hayan producido durante el periodo en la categoría de cada consejero:
| Nombre o denominación social del consejero |
Fecha del cambio | Categoría anterior | Categoría actual |
|---|---|---|---|
| Sin datos |

C.1.4 Complete el siguiente cuadro con la información relativa al número de consejeras al cierre de los últimos 4 ejercicios, así como la categoría de tales consejeras:
| Número de consejeras | % sobre el total de consejeros de cada categoría |
|||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2023 |
Ejercicio 2022 |
Ejercicio 2021 |
Ejercicio 2020 |
Ejercicio 2023 |
Ejercicio 2022 |
Ejercicio 2021 |
Ejercicio 2020 |
|
| Ejecutivas | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | ||||
| Dominicales | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | ||||
| Independientes | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | ||||
| Otras Externas | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | ||||
| Total | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
En caso afirmativo, describa estas políticas de diversidad, sus objetivos, las medidas y la forma en que se ha aplicado y sus resultados en el ejercicio. También se deberán indicar las medidas concretas adoptadas por el consejo de administración y la comisión de nombramientos y retribuciones para conseguir una presencia equilibrada y diversa de consejeros.
En caso de que la sociedad no aplique una política de diversidad, explique las razones por las cuales no lo hace.
Descripción de las políticas, objetivos, medidas y forma en que se han aplicado, así como los resultados obtenidos
En la actualidad se está desarrollando la política de diversidad a aplicar y sus objetivos. El Consejo de Administración y la Comisión de Nombramientos y Retribuciones tiene previsto implementar dicha política durante el ejercicio en curso para conseguir una presencia equilibrada y diversa de consejeros.

C.1.6 Explique las medidas que, en su caso, hubiese convenido la comisión de nombramientos para que los procedimientos de selección no adolezcan de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de consejeras, y que la compañía busque deliberadamente e incluya entre los potenciales candidatos, mujeres que reúnan el perfil profesional buscado y que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres. Indique también si entre estas medidas está la de fomentar que la compañía cuente con un número significativo de altas directivas:
La Comisión de nombramientos examina los curriculums y capacidades de los/las candidatos/as de una manera totalmente imparcial, valorando sus cualidades independientemente de cualquier otra condición.
Cuando a pesar de las medidas que, en su caso, se hayan adoptado, sea escaso o nulo el número de consejeras o altas directivas, explique los motivos que lo justifiquen:
La escasez de nombramiento de consejeras únicamente se debe a que no se ha hallado el perfil adecuado, sin obedecer a ninguna otra razón. En cuanto a la alta dirección se han incluido en el presente ejercicio a varias mujeres en dicha estructura por considerar que reúnen el perfil profesional adecuado.
La Comisión de nombramientos ha dado cumplimiento a la política de selección de consejeros, sin que en dicha selección influya cualquier otra condición que no sea la adecuación del perfil profesional de los candidatos al puesto vacante. Aún así, la intención es promover que en el año 2025 el número de consejeras represente, al menos, el 30% del total de miembros del consejo de administración.
| Nombre o denominación social del accionista |
Justificación |
|---|---|
| Sin datos |
Indique si no se han atendido peticiones formales de presencia en el consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial es igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales. En su caso, explique las razones por las que no se hayan atendido:
[ ] Sí
[ √ ] No
C.1.9 Indique, en el caso de que existan, los poderes y las facultades delegadas por el consejo de administración, incluyendo los relativos a la posibilidad de emitir o recomprar acciones, en consejeros o en comisiones del consejo:
| Nombre o denominación social del consejero o comisión |
Breve descripción |
|---|---|
| ADOLFO JOSÉ GUERRERO HIDALGO |
D. Adolfo José Guerrero Hidalgo, fue designado representante físico de varias compañías del grupo englobadas en la sociedad adquirida con fecha 19 de marzo de 2020, Construcciones Murias S.A., así como en la sociedad MATERIALES |

| Nombre o denominación social del consejero o comisión |
Breve descripción |
|---|---|
| CERAMICOS MATERIAS PRIMAS S.L. Igualmente durante el ejercicio 2021 ha sido designado para ejercer la representación de la Compañía en Grupo Joca y Ecisa Construcciones y sociedades dependientes. Dicha designación no incluye la posibilidad de emitir o recomprar acciones de la Compañía. |
|
| PABLO COBO MORAL | El Consejo de Administración de fecha 31 de marzo de 2022, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de la Sociedad acordó la ratificación de contrato a suscribir por la sociedad con el consejero Don Pablo Cobo Moral debido a su carácter de Consejero Ejecutivo de la compañía, de conformidad con lo previsto en el art. 249.3 de la Ley de Sociedades de Capital, en el que como contraprestación la Compañía abonará la cantidad de SESENTA MIL EUROS ANUALES (60.000 € anuales). Así, el Consejero se obliga ante la Sociedad a desempeñar funciones de dirección en la sociedad o su grupo, destacando entre otras la intervención en procesos de refinanciación y reestructuración de deuda y la negociación con diversos agentes, tantos financieros como no financieros, liderando el apartado Estrategia Corporativa y Relación con inversores de la Compañía. Igualmente ejercerá el cargo de Representante Legal de algunas de las filiales de la Compañía con las obligaciones legales que ello conlleva. |
| JUAN ANTONIO ACEDO FERNANDEZ |
D. Juan Antonio Acedo Fernández, cuenta con un poder general otorgado a su favor por la Compañía. Igualmente El Consejo de Administración de la Compañía acordó delegar todas las facultades legalmente permisibles en el Consejero. Dicho poder no incluye la posibilidad de emitir o recomprar acciones de la Compañía. |
| Nombre o denominación social del consejero |
Denominación social de la entidad del grupo |
Cargo | ¿Tiene funciones ejecutivas? |
|---|---|---|---|
| DON PABLO COBO MORAL | DRUET REAL ESTATE, S.L. | CONSEJERO DELEGADO | SI |
| DON PABLO COBO MORAL | FORTIA HEALTHCARE, S.L. | REPRESENTANTE ADMINISTRADOR UNICO |
SI |
| DON PABLO COBO MORAL | URBAS INFINITIVE, S.L. | REPRESENTANTE ADMINISTRADOR UNICO |
SI |
| DON ADOLFO JOSÉ GUERRERO HIDALGO |
JOCA INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES, S.A. |
Representante físico del Administrador Único |
SI |
| DON ADOLFO JOSÉ GUERRERO HIDALGO |
CONSTRUCCIONES MURIAS S.A. |
Representante físico del Administrador Único, GUADAHERMOSA ACTIVOS S.L. |
SI |
| DON ADOLFO JOSÉ GUERRERO HIDALGO |
ECISA, Compañía General de Construcciones, S.A. |
Representante físico del Administrador Único |
SI |
| DON ADOLFO JOSÉ GUERRERO HIDALGO |
Urbas Inversiones Finalistas y Desarrollos S.L. |
Representante físico del Administrador Único |
SI |

| Nombre o denominación social del consejero |
Denominación social de la entidad del grupo |
Cargo | ¿Tiene funciones ejecutivas? |
|---|---|---|---|
| DON ADOLFO JOSÉ GUERRERO HIDALGO |
MATERIALES CERÁMICOS MATERIAS PRIMAS S.L. |
Representante físico del Administrador Único, URBAS GRUPO FINANCIERO S.A. |
SI |
| DON ADOLFO JOSÉ GUERRERO HIDALGO |
NALMAR ESTATE, S.L. | REPRESENTANTE ADMINISTRADOR UNICO |
SI |
| DON ADOLFO JOSÉ GUERRERO HIDALGO |
SAINSOL ENERGÍA S.L. | Representante físico del Administrador Único |
SI |
| DON ADOLFO JOSÉ GUERRERO HIDALGO |
COMUSA ACTIVOS S.L. | Representante físico del Administrador Único, GUADAHERMOSA ACTIVOS S.L. |
SI |
| DON ADOLFO JOSÉ GUERRERO HIDALGO |
INTERNATIONAL CONSULTANT & ADVISER FOR DEVELOPMENT ANDINNOVATION S.L. |
Representante físico del Administrador Único |
NO |
| DON ADOLFO JOSÉ GUERRERO HIDALGO |
URBAS ALBUFERETA, S.L. | Representante fisico del Administrador Unico GUADAHERMOSA PROYECTOS URBANISTICOS 2001, S.L. |
SI |
| DON ADOLFO JOSÉ GUERRERO HIDALGO |
AD HOME BILBAO ISLAND RZ4, S.L. |
Representante fisico del Administrador Unico ACTIVOS FINANCIEROS URBAS, S.L. |
NO |
| Identificación del consejero o representante |
Denominación social de la entidad, cotizada o no |
Cargo |
|---|---|---|
| DON JESÚS GARCÍA DE PONGA | CAPITAL UNION GESTORA, S.L. | OTROS |
| DON JESÚS GARCÍA DE PONGA | CERRO PARDO, S.L. | PRESIDENTE |
| DON JOAO JOSE DE GOUVEIA | PONTALA CAO, S.L. | ADMINISTRADOR UNICO |
| DON JOAO JOSE DE GOUVEIA | STECONFER, S.L. | ADMINISTRADOR UNICO |
| DON IGNACIO CHECA ZABALA | SANZAR ASESORIA, S.L. | ADMINISTRADOR UNICO |
Indique, en su caso, las demás actividades retribuidas de los consejeros o representantes de los consejeros, cualquiera que sea su naturaleza, distinta de las señaladas en el cuadro anterior.
| Identificación del consejero o representante | Demás actividades retribuidas |
|---|---|
| Sin datos |

C.1.12 Indique y, en su caso explique, si la sociedad ha establecido reglas sobre el número máximo de consejos de sociedades de los que puedan formar parte sus consejeros, identificando, en su caso, dónde se regula:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
C.1.13 Indique los importes de los conceptos relativos a la remuneración global del consejo de administración siguientes:
| Remuneración devengada en el ejercicio a favor del consejo de administración (miles de euros) | 523 |
|---|---|
| Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de ahorro a largo plazo con derechos económicos consolidados(miles de euros) |
|
| Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de ahorro a largo plazo con derechos económicos no consolidados(miles de euros) |
|
| Importe de los fondos acumulados por los consejeros antiguos por sistemas de ahorro a largo plazo (miles de euros) |
| Nombre o denominación social | Cargo/s |
|---|---|
| DOÑA SUSANA GUTIÉRREZ GARCÍA | Directora Departamento Comunicación |
| DON JUAN ANTONIO IBÁÑEZ LÓPEZ | Director Departamento Jurídico |
| DON DANIEL NAVALÓN GARCÍA | Director General Construcción |
| DON SANTIAGO DEL VALLE TARTARI | Director General División de Energia |
| DON FRANCISCO RAMON SANCHEZ BLEDA GARCIA |
Director de Auditoría Interna y Administración |
| DON FRANCISCO HERRERIAS POZO | Director General Promoción |
| Número de mujeres en la alta dirección | |
|---|---|
| Porcentaje sobre el total de miembros de la alta dirección | |
| Remuneración total alta dirección (en miles de euros) | 1.167 |
C.1.15 Indique si se ha producido durante el ejercicio alguna modificación en el reglamento del consejo:
[ √ ] [ ] Sí No
Descripción modificaciones
En la Junta General de fecha 4 de agosto de 2023, se acordó la modificación del art. 25.bis) de los Estatutos Sociales, referente a la Comisión de Auditoría y Sostenibilidad, cambiando su denominación, ampliando sus funciones y reforzando sus funciones de supervisión, independencia y también la profesionalización de sus miembros, para garantizar la calidad y transparencia de la información corporativa. En la misma línea el Consejo de Administración de fecha 28 de Septiembre de 2023 acordó la Aprobación del Texto Refundido del Reglamento de la Comisión de Auditoría y Control.

Según el art. 21 y 22 de los Estatutos Sociales, la elección de Consejeros y revocación de los mismos corresponde a la Junta General. En caso de vacante, el Consejo podrá designar el accionista que haya de ocuparla interinamente hasta que se reúna la primera Junta General. El administrador designado por el consejo no tendrá que ser, necesariamente, accionista de la sociedad.
De producirse la vacante una vez convocada la junta general y antes de su celebración, el consejo de administración podrá designar un consejero hasta la celebración de la siguiente junta general.
Además el consejo de administración deberá realizar una evaluación anual de su funcionamiento y el de sus comisiones y proponer, sobre la base de su resultado, un plan de acción que corrija las deficiencias detectadas. El resultado de la evaluación se consignará en el acta de la sesión o se incorporará a ésta como anejo.
Igualmente la Comisión de Nombramientos y Retribuciones tendrá entre sus funciones la de evaluar las competencias, conocimientos y experiencia necesarios en el consejo de administración. A estos efectos, definirá las funciones y aptitudes necesarias en los candidatos que deban cubrir cada vacante y evaluará el tiempo y dedicación precisos para que puedan desempeñar eficazmente su cometido. También deberá establecer un objetivo de representación para el sexo menos representado en el consejo de administración y elaborar orientaciones sobre cómo alcanzar dicho objetivo, elevar al consejo de administración las propuestas de nombramiento de consejeros independientes para su designación por cooptación o para su sometimiento a la decisión de la junta general de accionistas, así como las propuestas para la reelección o separación de dichos consejeros por la junta general de accionistas, e informar las propuestas de nombramiento de los restantes consejeros para su designación por cooptación o para su sometimiento a la decisión de la junta general de accionistas, así como las propuestas para su reelección o separación por la junta general de accionistas.
No han existido cambios importantes debido a que se ha considerado adecuado su organización interna y procedimientos.
Describa el proceso de evaluación y las áreas evaluadas que ha realizado el consejo de administración auxiliado, en su caso, por un consultor externo, respecto del funcionamiento y la composición del consejo y de sus comisiones y cualquier otra área o aspecto que haya sido objeto de evaluación.
No ha existido evaluación por parte de consultor externo
C.1.18 Desglose, en aquellos ejercicios en los que la evaluación haya sido auxiliada por un consultor externo, las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo.
No se ha producido evaluación por parte de consultor externo en ninguno de los ejercicios.
Según el art. 21 del Reglamento del Consejo, los Consejeros cesarán en el cargo cuando haya transcurrido el periodo para el que fueron nombrados, cuando lo decida la Junta General en uso de las atribuciones que tienen conferidas legal o estatutariamente, y cuando dimitan.
Además, deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si éste lo considera conveniente, la correspondiente dimisión en los siguientes casos:
(a) Cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legalmente previstos.
(b) Cuando no puedan desempeñar el cargo con la dedicación debida.
(c) Cuando su continuidad como miembro del Consejo pueda afectar negativamente al funcionamiento del Consejo o al crédito y reputación de la Sociedad.
Los Consejeros dominicales, en caso de que existan, deberán presentar su dimisión cuando el accionista a quien representen venda íntegramente su participación accionarial. Y también habrán de presentar su dimisión, en el número que corresponda, cuando dicho accionista rebaje su participación accionarial hasta un nivel que exija la reducción del número de sus consejeros dominicales.

Cuando, ya sea por dimisión o por otro motivo, un consejero cese de su cargo antes del término de su mandato, habrá de explicar las razones en una carta que remitirá a todos los miembros del Consejo.
C.1.20 ¿Se exigen mayorías reforzadas, distintas de las legales, en algún tipo de decisión?:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
En su caso, describa las diferencias.
C.1.22 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen algún límite a la edad de los consejeros:
La única norma específica es que los Consejeros que no puedan asistir a una reunión podrán delegar, por escrito, su representación y voto en otro Consejero, salvo los Consejeros no ejecutivos, quienes solo podrán hacerlo en otro no ejecutivo.
C.1.25 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de administración durante el ejercicio. Asimismo, señale, en su caso, las veces que se ha reunido el consejo sin la asistencia de su presidente. En el cómputo se considerarán asistencias las representaciones realizadas con instrucciones específicas.
| Número de reuniones del consejo | 15 |
|---|---|
| Número de reuniones del consejo | 0 |
| sin la asistencia del presidente |
Indíquese el número de reuniones mantenidas por el consejero coordinador con el resto de consejeros, sin asistencia ni representación de ningún consejero ejecutivo:
| Número de reuniones | 16 |
|---|---|
| --------------------- | ---- |

| Número de reuniones de Comisión de Auditoría |
17 |
|---|---|
| Número de reuniones de Comisión | 15 |
| de Nombramientos y Retribuciones |
| Número de reuniones con la asistencia presencial de al menos el 80% de los consejeros | 14 |
|---|---|
| % de asistencia presencial sobre el total de votos durante el ejercicio | 100,00 |
| Número de reuniones con la asistencia presencial, o representaciones realizadas con instrucciones específicas, de todos los consejeros |
14 |
| % de votos emitidos con asistencia presencial y representaciones realizadas con instrucciones específicas, sobre el total de votos durante el ejercicio |
80,00 |
Identifique, en su caso, a la/s persona/s que ha/han certificado las cuentas anuales individuales y consolidadas de la sociedad, para su formulación por el consejo:
C.1.28 Explique, si los hubiera, los mecanismos establecidos por el consejo de administración para que las cuentas anuales que el consejo de administración presente a la junta general de accionistas se elaboren de conformidad con la normativa contable.
El Consejo de Administración y previamente la Comisión de Auditoría mantienen reuniones periódicas con los departamentos financieros y de auditoría interna de la compañía a efectos de verificar que el proceso de elaboración de las cuentas anuales cumple con la normativa contable. Adicionalmente se mantienen consultas y contactos periódicos con los auditores de la compañía a dicho efectos. Además, durante el ejercicio 2021 se ha procedido al nombramiento de D. Francisco Ramón Sanchez-Bleda García como responsable del Área de Auditoría de Urbas Grupo Financiero S.A., puesto que se considera de especial relevancia dada la complejidad que tiene la elaboración de los estados financieros que reflejen correctamente la situación de la Sociedad por las nuevas sociedades que se han incorporado a su perímetro de consolidación.
C.1.29 ¿El secretario del consejo tiene la condición de consejero?
Si el secretario no tiene la condición de consejero complete el siguiente cuadro:
| Nombre o denominación social del secretario | Representante |
|---|---|
| DON CARLOS SALINAS ADELANTADO |

C.1.30 Indique los mecanismos concretos establecidos por la sociedad para preservar la independencia de los auditores externos, así como, si los hubiera, los mecanismos para preservar la independencia de los analistas financieros, de los bancos de inversión y de las agencias de calificación, incluyendo cómo se han implementado en la práctica las previsiones legales.
De conformidad con el art. 31 del Reglamento del Consejo, la Comisión de Auditoría tiene entre otras, las siguientes funciones: - Supervisar la eficacia del control interno de la sociedad, la auditoría interna y los sistemas de gestión de riesgos, incluidos los fiscales, así como discutir con el auditor de cuentas las debilidades significativas del sistema de control interno detectadas en el desarrollo de la auditoría. - Elevar al consejo de administración las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor externo, así como las condiciones de su contratación y recabar regularmente de él información sobre el plan de auditoría y su ejecución, además de preservar su independencia en el ejercicio de sus funciones.
Establecer las oportunas relaciones con el auditor externo para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan poner en riesgo su independencia, para su examen por la comisión, y cualesquiera otras relacionadas con el proceso de desarrollo de la auditoría de cuentas, así como aquellas otras comunicaciones previstas en la legislación de auditoría de cuentas y en las normas de auditoría. En todo caso, deberán recibir anualmente de los auditores externos la declaración de su independencia en relación con la entidad o entidades vinculadas a esta directa o indirectamente, así como la información de los servicios adicionales de cualquier clase prestados y los correspondientes honorarios percibidos de estas entidades por el auditor externo o por las personas o entidades vinculados a este de acuerdo con lo dispuesto en la legislación sobre auditoría de cuentas.
Emitir anualmente, con carácter previo a la emisión del informe de auditoría de cuentas, un informe en el que se expresará una opinión sobre la independencia del auditor de cuentas. Este informe deberá contener, en todo caso, la valoración de la prestación de los servicios adicionales a que hace referencia la letra anterior, individualmente considerados y en su conjunto, distintos de la auditoría legal y en relación con el régimen de independencia o con la normativa reguladora de auditoría.
C.1.31 Indique si durante el ejercicio la Sociedad ha cambiado de auditor externo. En su caso identifique al auditor entrante y saliente:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
| Auditor saliente | Auditor entrante |
|---|---|
| BAKER TILLY AUDITORES | EUROPEAN TAX LAW GLOBAL AUDIT ASSURANCE |
En el caso de que hubieran existido desacuerdos con el auditor saliente, explique el contenido de los mismos:

C.1.34 Indique el número de ejercicios que la firma actual de auditoría lleva de forma ininterrumpida realizando la auditoría de las cuentas anuales individuales y/o consolidadas de la sociedad. Asimismo, indique el porcentaje que representa el número de ejercicios auditados por la actual firma de auditoría sobre el número total de ejercicios en los que las cuentas anuales han sido auditadas:
| IndividualesConsolidadas | ||
|---|---|---|
| Número de ejercicios ininterrumpidos | 1 | 1 |
| IndividualesConsolidadas | ||
| Nº de ejercicios auditados por la firma actual de auditoría / Nº de ejercicios que la sociedad o su grupo han sido auditados (en %) |
2,00 | 2,00 |
C.1.35 Indique y, en su caso detalle, si existe un procedimiento para que los consejeros puedan contar con la información necesaria para preparar las reuniones de los órganos de administración con tiempo suficiente:
[ √ ] [ ] Sí No
De acuerdo con art. 10 del Reglamento del Consejo, éste deberá reunirse al menos una vez al trimestre.
El consejo de administración será convocado por su presidente o el que haga sus veces, y quedará válidamente constituido cuando concurran a la reunión, presentes o representados, la mayoría de los vocales.
Salvo que el consejo de administración se hubiera constituido o hubiera sido excepcionalmente convocado por razones de urgencia, los consejeros deberán contar previamente y con suficiente antelación con la información necesaria para la deliberación y la adopción de acuerdos sobre los asuntos a tratar. El presidente del consejo de administración, con la colaboración del secretario, deberá velar por el cumplimiento de esta disposición.
Los acuerdos del consejo de administración se adoptarán por mayoría absoluta de los consejeros concurrentes a la sesión.
La votación por escrito y sin sesión sólo será admitida cuando ningún consejero se oponga a este procedimiento.
Si algún Consejero lo solicitase por escrito, no podrá excusarse de convocar reunión dentro de los treinta días siguientes a tal petición. Las reuniones se celebrarán en el lugar y en la hora que fije el Presidente, por decisión propia o con arreglo a lo que solicite la mayoría de Consejeros. Los Consejeros que no puedan asistir a una reunión podrán delegar, por escrito, su representación y voto en otro Consejero, salvo los Consejeros no ejecutivos, quienes solo podrán hacerlo en otro no ejecutivo.
Para que el Consejo pueda tomar acuerdos precisa que estén presentes o representados la mayoría de los Consejeros. Los acuerdos se tomarán por mayoría de votos de los Consejeros presentes y representados, resolviendo los empates el voto del Presidente, y serán consignados en un libro de actas con la firma del Presidente y Secretario o de quienes hagan sus veces.
Los Consejeros podrán impugnar los acuerdos del consejo de administración o de cualquier otro órgano colegiado de administración, en el plazo de treinta días desde su adopción. Igualmente podrán impugnar tales acuerdos los socios que representen un uno por mil del capital social, en el plazo de treinta días desde que tuvieren conocimiento de los mismos y siempre que no hubiere transcurrido un año desde su adopción. Las causas de impugnación, su tramitación y efectos se regirán conforme a lo establecido para la impugnación de los acuerdos de la junta general, con la particularidad de que, en este caso, también procederá por infracción del reglamento del consejo de administración.
C.1.36 Indique y, en su caso detalle, si la sociedad ha establecido reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, a dimitir cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia sociedad que puedan perjudicar al crédito y reputación de ésta:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
Los Consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si éste lo considera conveniente, la correspondiente dimisión en los siguientes casos:
(a) Cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legalmente previstos.
(b) Cuando no puedan desempeñar el cargo con la dedicación debida.

(c) Cuando su continuidad como miembro del Consejo pueda afectar negativamente al funcionamiento del Consejo o al crédito y reputación de la Sociedad.
Además, los Consejeros dominicales, en caso de que existan, deberán presentar su dimisión cuando el accionista a quien representen venda íntegramente su participación accionarial. Y también habrán de presentar su dimisión, en el número que corresponda, cuando dicho accionista rebaje su participación accionarial hasta un nivel que exija la reducción del número de sus consejeros dominicales.
El Consejo de Administración no podrá proponer el cese de ningún consejero independiente antes del cumplimiento del período estatutario para el que hubiera sido nombrado, salvo cuando concurra justa causa, apreciada por el Consejo previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones. Se entiende que existe justa causa, en particular, cuando el consejero hubiera incumplido los deberes inherentes a su cargo o incurrido en algunas de las circunstancias que impidan a ese consejero ser clasificado como independiente según la definición de "consejero independiente" establecida en el Código Unificado de Buen Gobierno.
Cuando el Consejo adopte decisiones significativas o reiteradas sobre las que el consejero hubiera formulado serias reservas, éste podrá sacar las conclusiones que procedan y podrá optar por dimitir. Esta opción alcanza también al Secretario del Consejo, aunque no tenga la condición de consejero.
Cuando, ya sea por dimisión o por otro motivo, un consejero cese de su cargo antes del término de su mandato, habrá de explicar las razones en una carta que remitirá a todos los miembros del Consejo.
C.1.39 Identifique de forma individualizada, cuando se refiera a consejeros, y de forma agregada en el resto de casos e indique, de forma detallada, los acuerdos entre la sociedad y sus cargos de administración y dirección o empleados que dispongan indemnizaciones, cláusulas de garantía o blindaje, cuando éstos dimitan o sean despedidos de forma improcedente o si la relación contractual llega a su fin con motivo de una oferta pública de adquisición u otro tipo de operaciones.
| Numero de beneficiarios | 0 |
|---|---|
| Tipo de beneficiario | Descripción del acuerdo |
| No existe | No existe |
Indique si, más allá de en los supuestos previstos por la normativa, estos contratos han de ser comunicados y/o aprobados por los órganos de la sociedad o de su grupo. En caso positivo, especifique los procedimientos, supuestos previstos y la naturaleza de los órganos responsables de su aprobación o de realizar la comunicación:
| Consejo de administración | Junta general | |
|---|---|---|
| Órgano que autoriza las cláusulas | √ | |
| Si | No | |
| ¿Se informa a la junta general sobre las cláusulas? |
√ |

En el caso de los Consejeros Ejecutivos, el Consejo de Administración, a propuesta de esta Comisión debe aprobar los contratos a suscribir por la sociedad con los Consejeros Ejecutivos de la compañía, de conformidad con lo previsto en el art. 249.3 de la Ley de Sociedades de Capital.
C.2.1 Detalle todas las comisiones del consejo de administración, sus miembros y la proporción de consejeros ejecutivos, dominicales, independientes y otros externos que las integran:
| Comisión de Auditoría | |||
|---|---|---|---|
| Nombre | Cargo | Categoría | |
| DON JESÚS GARCÍA DE PONGA | PRESIDENTE | Independiente | |
| DON LUIS RAMOS ATIENZA | VOCAL | Independiente | |
| DON IGNACIO CHECA ZABALA | SECRETARIO | Independiente |
| % de consejeros ejecutivos | 0,00 |
|---|---|
| % de consejeros dominicales | 0,00 |
| % de consejeros independientes | 100,00 |
| % de consejeros otros externos | 0,00 |
Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.
La comisión de auditoría estará compuesta exclusivamente por consejeros no ejecutivos nombrados por el consejo de administración, dos de los cuales, al menos, deberán ser consejeros independientes y uno de ellos será designado teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o en ambas.
El presidente de la comisión de auditoría será designado de entre los consejeros independientes que formen parte de ella y deberá ser sustituido cada cuatro años, pudiendo ser reelegido una vez transcurrido un plazo de un año desde su cese.
Sin perjuicio de las demás funciones que le atribuyan los estatutos sociales o de conformidad con ellos, el reglamento del consejo de administración, la comisión de auditoría tendrá, como mínimo, las siguientes:
a) Informar a la junta general de accionistas sobre las cuestiones que se planteen en relación con aquellas materias que sean competencia de la comisión.
b) Supervisar la eficacia del control interno de la sociedad, la auditoría interna y los sistemas de gestión de riesgos, incluidos los fiscales, así como discutir con el auditor de cuentas las debilidades significativas del sistema de control interno detectadas en el desarrollo de la auditoría. c) Supervisar el proceso de elaboración y presentación de la información financiera preceptiva.
d) Elevar al consejo de administración las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor externo, así como las condiciones de su contratación y recabar regularmente de él información sobre el plan de auditoría y su ejecución, además de preservar su independencia en el ejercicio de sus funciones.
e) Establecer las oportunas relaciones con el auditor externo para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan poner en riesgo su independencia, para su examen por la comisión, y cualesquiera otras relacionadas con el proceso de desarrollo de la auditoría de cuentas, así como aquellas otras comunicaciones previstas en la legislación de auditoría de cuentas y en las normas de auditoría. En todo caso, deberán recibir anualmente de los auditores externos la declaración de su independencia en relación con la entidad o entidades vinculadas a esta directa o indirectamente, así como la información de los servicios adicionales de cualquier clase prestados y los correspondientes honorarios percibidos de estas entidades por el auditor externo o por las personas o entidades vinculados a este de acuerdo con lo dispuesto en la legislación sobre auditoría de cuentas.
f) Emitir anualmente, con carácter previo a la emisión del informe de auditoría de cuentas, un informe en el que se expresará una opinión sobre la independencia del auditor de cuentas. Este informe deberá contener, en todo caso, la valoración de la prestación de los servicios adicionales a que hace referencia la letra anterior, individualmente considerados y en su conjunto, distintos de la auditoría legal y en relación con el régimen de independencia o con la normativa reguladora de auditoría.
g) Informar, con carácter previo, al consejo de administración sobre todas las materias previstas en la Ley, los estatutos sociales y en el reglamento del consejo y en particular, sobre:
1.º la información financiera que la sociedad deba hacer pública periódicamente,

2.º la creación o adquisición de participaciones en entidades de propósito especial o domiciliadas en países o territorios que tengan la consideración de paraísos fiscales y
3.º las operaciones con partes vinculadas.
Identifique a los consejeros miembros de la comisión de auditoría que hayan sido designados teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o en ambas e informe sobre la fecha de nombramiento del Presidente de esta comisión en el cargo.
| Nombres de los consejeros | DON JESÚS GARCÍA DE PONGA / |
|---|---|
| con experiencia | DON LUIS RAMOS ATIENZA |
| Fecha de nombramiento del presidente en el cargo |
21/09/2021 |
| Comisión de Nombramientos y Retribuciones | ||||
|---|---|---|---|---|
| Nombre | Cargo | Categoría | ||
| DON LUIS RAMOS ATIENZA | PRESIDENTE | Independiente | ||
| DON IGNACIO CHECA ZABALA | SECRETARIO | Independiente |
| % de consejeros ejecutivos | 0,00 |
|---|---|
| % de consejeros dominicales | 0,00 |
| % de consejeros independientes | 100,00 |
| % de consejeros otros externos | 0,00 |
Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.
La comisión de nombramientos y retribuciones estará compuesta exclusivamente por consejeros no ejecutivos nombrados por el consejo de administración, dos de los cuales, al menos, deberán ser consejeros independientes. El presidente de la comisión será designado de entre los consejeros independientes que formen parte de ella.
Sin perjuicio de las demás funciones que le atribuya la ley, los estatutos sociales o, de conformidad con ellos, el reglamento del consejo de administración, la comisión de nombramientos y retribuciones tendrá, como mínimo, las siguientes:
a) Evaluar las competencias, conocimientos y experiencia necesarios en el consejo de administración. A estos efectos, definirá las funciones y aptitudes necesarias en los candidatos que deban cubrir cada vacante y evaluará el tiempo y dedicación precisos para que puedan desempeñar eficazmente su cometido.
b) Establecer un objetivo de representación para el sexo menos representado en el consejo de administración y elaborar orientaciones sobre cómo alcanzar dicho objetivo.
c) Elevar al consejo de administración las propuestas de nombramiento de consejeros independientes para su designación por cooptación o para su sometimiento a la decisión de la junta general de accionistas, así como las propuestas para la reelección o separación de dichos consejeros por la junta general de accionistas.
d) Informar las propuestas de nombramiento de los restantes consejeros para su designación por cooptación o para su sometimiento a la decisión de la junta general de accionistas, así como las propuestas para su reelección o separación por la junta general de accionistas.
e) Informar las propuestas de nombramiento y separación de altos directivos y las condiciones básicas de sus contratos.
f) Examinar y organizar la sucesión del presidente del consejo de administración y del primer ejecutivo de la sociedad y, en su caso, formular propuestas al consejo de administración para que dicha sucesión se produzca de forma ordenada y planificada.
g) Proponer al consejo de administración la política de retribuciones de los consejeros y de los directores generales o de quienes desarrollen sus funciones de alta dirección bajo la dependencia directa del consejo, de comisiones ejecutivas o de consejeros delegados, así como la retribución individual y las demás condiciones contractuales de los consejeros ejecutivos, velando por su observancia.

C.2.2 Complete el siguiente cuadro con la información relativa al número de consejeras que integran las comisiones del consejo de administración al cierre de los últimos cuatro ejercicios:
| Número de consejeras | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2020 | |||||
| Número | % | Número | % | Número | % | Número | % | |
| Comisión de Auditoría |
0 | 0,00 | 0 | 0,00 | 0 | 0,00 | 0 | 0,00 |
| Comisión de Nombramientos y Retribuciones |
0 | 0,00 | 0 | 0,00 | 0 | 0,00 | 0 | 0,00 |
C.2.3 Indique, en su caso, la existencia de regulación de las comisiones del consejo, el lugar en que están disponibles para su consulta, y las modificaciones que se hayan realizado durante el ejercicio. A su vez, se indicará si de forma voluntaria se ha elaborado algún informe anual sobre las actividades de cada comisión.
La regulación de las comisiones del Consejo está incluida en el Reglamento del Consejo de Administración, disponible para su consulta en la página web de la sociedad (www.grupourbas.com), así como en la página web de la CNMV.
Durante el presente ejercicio se ha procedido a ampliar las facultades de las comisiones del consejo de la forma que consta en el reglamento del Consejo de Administracion.
No se ha procedido a elaborar informe anual sobre las actividades.

D.1. Explique, en su caso, el procedimiento y órganos competentes para la aprobación de operaciones con partes vinculadas e intragrupo, indicando los criterios y reglas generales internas de la entidad que regulen las obligaciones de abstención de los consejero o accionistas afectados y detallando los procedimientos internos de información y control periódico establecidos por la sociedad en relación con aquellas operaciones vinculadas cuya aprobación haya sido delegada por el consejo de administración.
Entre otras funciones de la Comisión de Auditoría está la de informar, con carácter previo, al consejo de administración sobre todas las materias previstas en la Ley, los estatutos sociales y en el reglamento del consejo y en particular, sobre las operaciones con partes vinculadas, quedando obligada a velar por el cumplimiento de los requisitos establecidos para las operaciones con partes vinculadas, reservándose la competencia para el análisis y autorización de dichas operaciones, debiendo emitir informe al cierre de cada ejercicio sobre estas desde el punto de vista de la igualdad de trato y de las condiciones de mercado, de conformidad con lo establecido en los artículos 229 y 230 de la Ley de Sociedades de Capital, el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, y la Orden EHA/3050/2004, de 15 de septiembre.
D.2. Detalle de manera individualizada aquellas operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas entre la sociedad o sus entidades dependientes y los accionistas titulares de un 10 % o más de los derechos de voto o representados en el consejo de administración de la sociedad, indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:
| Nombre o denominación social del accionista o de cualquiera de sus sociedades dependientes |
% Participación |
Nombre o denominación social de la sociedad o entidad dependiente |
Importe (miles de euros) |
Órgano que la ha aprobado |
Identificación del accionista significativo o consejero que se hubiera abstenido |
La propuesta a la junta, en su caso, ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de independientes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Sin datos |
| Nombre o | Naturaleza | Tipo de la operación y otra información necesaria para su evaluación |
|---|---|---|
| denominación social | de la relación | |
| del accionista o | ||
| de cualquiera de | ||
| sus sociedades | ||
| dependientes | ||
| Sin datos |

D.3. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con los administradores o directivos de la sociedad, incluyendo aquellas operaciones realizadas con entidades que el administrador o directivo controle o controle conjuntamente, e indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:
| Nombre o denominación social de los administradores o directivos o de sus entidades controladas o bajo control conjunto |
Nombre o denominación social de la sociedad o entidad dependiente |
Vínculo | Importe (miles de euros) |
Órgano que la ha aprobado |
Identificación del accionista significativo o consejero que se hubiera abstenido |
La propuesta a la junta, en su caso, ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de independientes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Sin datos |
| Nombre o | |
|---|---|
| denominación | |
| social de los | |
| administradores | |
| o directivos o de | Naturaleza de la operación y otra información necesaria para su evaluación |
| sus entidades | |
| controladas o | |
| bajo control | |
| conjunto | |
| Sin datos |
D.4. Informe de manera individualizada de las operaciones intragrupo significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad con su sociedad dominante o con otras entidades pertenecientes al grupo de la dominante, incluyendo las propias entidades dependientes de la sociedad cotizada, excepto que ninguna otra parte vinculada de la sociedad cotizada tenga intereses en dichas entidades dependientes o éstas se encuentren íntegramente participadas, directa o indirectamente, por la cotizada.
En todo caso, se informará de cualquier operación intragrupo realizada con entidades establecidas en países o territorios que tengan la consideración de paraíso fiscal:
| Denominación social de la entidad de su grupo |
Breve descripción de la operación y otra información necesaria para su evaluación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|
| Sin datos |

D.5. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con otras partes vinculadas que lo sean de conformidad con las Normas Internacionales de Contabilidad adoptadas por la UE, que no hayan sido informadas en los epígrafes anteriores.
| Denominación social de la parte vinculada |
Breve descripción de la operación y otra información necesaria para su evaluación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|
| Sin datos |
El Reglamento del Consejo ha encomendado a la Comisión de Auditoría, la función develar por el cumplimiento de los requisitos establecidos para las operaciones con partes vinculadas, reservándose la competencia para el análisis y autorización de dichas operaciones, debiendo emitir informe al cierre de cada ejercicio sobre estas desde el punto de vista de la igualdad de trato y de las condiciones de mercado, de conformidad con lo establecido en los artículos 229 y 230 de la Ley de Sociedades de Capital, el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, y la Orden EHA/3050/2004, de 15 de septiembre. La Comisión de Auditoría podrá recabar asesoramiento externo, cuando lo consideren necesario para el desempeño de sus funciones, siempre que esto sea posible.

Sin perjuicio de las demás funciones que le atribuyan los estatutos sociales o de conformidad con ellos, el reglamento del consejo de administración, la comisión de auditoría tendrá la función de supervisar la eficacia del control interno de la sociedad, la auditoría interna y los sistemas de gestión de riesgos, incluidos los fiscales, así como discutir con el auditor de cuentas las debilidades significativas del sistema de control interno detectadas en el desarrollo de la auditoría.
La Sociedad igualmente cumple con la Ley 10/2010, de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, habiendo dispuesto de los procedimiento y organismo requeridos.
Adicionalmente Urbas Grupo Financiero S.A. tiene establecido un canal de denuncias, a través de su Comisión de Auditoría, para que todos los empleados puedan comunicar cualquier irregularidad, especialmente financiera o contable, que afecte a la Sociedad o a sus empresas del grupo.
El Consejo de Administración y particularmente la Comisión de Auditoría tienen encomendadas las funciones relativas al sistema de Control y gestión de riesgos.
Los principales riesgos son los siguientes:
Riesgo de elevado endeudamiento y capacidad de refinanciación de la deuda existente con entidades financieras y posible no reducción futura del endeudamiento bancario
Riesgo de reducción del valor de mercado de los activos inmobiliarios, y por tanto de su venta por debajo de valor de mercado
Riesgo de acceso a financiación en términos favorables para nuevos proyectos inmobiliarios
Riesgo de fluctuación de los tipos de interés de referencia
Las actuaciones de la sociedad, y en particular del Consejo de Administración, van encaminadas a que estos riesgos no pongan en peligro la viabilidad de la Compañía.
Las actividades, los resultados y la situación financiera de URBAS GRUPO FINANCIERO, S.A. y sus sociedades dependientes están sujetos, principalmente, a riesgos relacionados con el sector de actividad en el que operan, así como a riesgos específicos del propio Grupo URBAS. Los riesgos a los que se encuentra expuesto el Grupo URBAS podrían materializarse o agravarse como consecuencia de cambios en las condiciones competitivas, económicas, políticas, legales, regulatorias, sociales, de negocio o financieras. En caso de que cualquiera de estos riesgos se materializase, podrían llegar a tener un impacto sustancial negativo en las actividades, los resultados y/o la situación financiera del Grupo Urbas, así como afectar al precio de cotización de las acciones del Grupo.
A continuación se citan los principales riesgos:
Riesgo de excesivo endeudamiento: Un elevado porcentaje de las inversiones requeridas por el Grupo URBAS en el desarrollo y crecimiento de su actividad se financia mediante deuda externa.
Riesgo de tener que afrontar inversiones relevantes y de obtener financiación para su ejecución: La actividad inmobiliaria y de construcción desarrollada por el Grupo URBAS, como negocio principal, requiere de inversiones de capital relevantes para afrontar nuevos proyectos, tanto en la fase de adquisición de activos como en la de su desarrollo. La ejecución de esos nuevos proyectos depende, por tanto, de que exista la posibilidad de obtener financiación por parte de la Sociedad y de que los mercados de capitales a los que debe acudirse para la obtención de los fondos necesarios para acometerlos, lo permitan.

Riesgos asociados a los costes y al número estimado de ventas de viviendas: La actividad de promoción del Grupo URBAS conlleva determinados riesgos, tales como (i) el posible incremento de los costes de los proyectos con respecto a los previstos inicialmente o desviaciones en el cálculo de los mismos, (ii) la falta de obtención de los permisos y licencias para el desarrollo de la actividad o del proyecto y, en consecuencia, retrasos en la ejecución y entrega de los proyectos que podrían implicar el pago de penalizaciones a los compradores finales o unos costes de financiación superiores, y (iii) la venta de viviendas sea inferior a la prevista.
Riesgo de valoración de la cartera: Los activos inmobiliarios pertenecientes al Emisor o a las sociedades de su Grupo, son objeto de valoración anual por expertos inmobiliarios cualificados e independientes, especializados en el tipo de activos propiedad del Grupo.
Riesgo relacionado con la estrategia de crecimiento del Grupo a través de adquisiciones: Una parte importante de la estrategia de crecimiento del Grupo URBAS consiste en la adquisición de sociedades con presencia en mercados estratégicos para el Grupo. En el contexto económico actual, las posibilidades de crecimiento mediante adquisiciones dependerán fundamentalmente de que el Grupo sea capaz de identificar oportunidades de inversión (de valor estratégico y que cumplan requisitos de generación de tesorería y rentabilidad) y disponga de los recursos financieros propios o ajenos, necesarios para llevar a cabo la adquisición planteada.
Riesgos derivados de litigios y reclamaciones en curso: El Grupo se encuentra incurso en litigios o reclamaciones que, en su mayoría, son resultado del curso habitual del negocio, si bien su resultado es incierto y no puede ser determinado con exactitud. Estos litigios surgen fundamentalmente de las relaciones con clientes, proveedores, empleados y la Administración. Si bien el Grupo realiza provisiones contables según las mejores estimaciones sobre la base de la información disponible, los litigios o reclamaciones en curso (u otros futuros) podrían afectar negativamente a las operaciones, los resultados y/o la situación financiera del Grupo.
URBAS GRUPO FINANCIERO S.A., continúa incrementando sus esfuerzos en la lucha contra el fraude y la corrupción implementando en el año 2024, con la aprobación de un nuevo Código de conducta de aplicación al Grupo Urbas en sustitución del Código Ético aprobado en el ejercicio 2021, y la aprobación del Reglamento del Canal Ético conforme a la Ley 2/2023 de Protección al informante de 20 de febrero, sustituyendo así al Reglamento del Canal de Denuncias aprobado en el ejercicio 2021. Todo ello con la intención de reforzar los sistemas de integridad que se enfoca en la tolerancia cero de la existencia dentro del trabajo de la compañía a prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas, colusorias y obstructivas, denominadas todas ellas " Prácticas Prohibidas " en todas sus operaciones, siendo que todas estas conductas obstaculizan sus esfuerzos para promover la buena gobernanza, la integración económica, el desarrollo profesional de todos los trabajadores y el respeto al medio ambiente.

Describa los mecanismos que componen los sistemas de control y gestión de riesgos en relación con el proceso de emisión de información financiera (SCIIF) de su entidad.
Informe, señalando sus principales características de, al menos:
F.1.1 Qué órganos y/o funciones son los responsables de: (i) la existencia y mantenimiento de un adecuado y efectivo SCIIF; (ii) su implantación; y (iii) su supervisión.
Los responsables de los sistemas internos de control y gestión de riesgos en la emisión de la información financiera son el Comité de Auditoría y la dirección de la compañía, junto con el Departamento de Administración, Contabilidad, Finanzas Corporativas y Auditoría Interna. El artículo 6.3, apartado n del Reglamento del Consejo de Administración indica que una de sus misiones es "Asegurar la calidad de la información facilitada a los accionistas y a los mercados con ocasión de operaciones relevantes" y el artículo 31 del mismo Reglamento señala que en relación con el Comité de Auditoría "es competencia del Comité de Auditoría el conocer los procesos de información financiera y los sistemas de control interno de la sociedad". Además dichas funciones se están cumplimentando por otros cauces no formales.
Tanto el Comité de Auditoría como la dirección de la sociedad se encargan de estas funciones. La preparación de las cuentas corresponde al Departamento de Administración, Contabilidad y Finanzas, siendo revisadas internamente dentro del propio departamento así como con la dirección y los comités de dirección en sus reuniones periódicas.
El Departamento de Auditoría, que se ha implementado durante el presente ejercicio, informa a la dirección de las cuentas, previo a su presentación en el Consejo de Administración para su debate interno.
· Código de conducta, órgano de aprobación, grado de difusión e instrucción, principios y valores incluidos (indicando si hay menciones específicas al registro de operaciones y elaboración de información financiera), órgano encargado de analizar incumplimientos y de proponer acciones correctoras y sanciones:
El código de conducta redactado da cumplimiento a la normativa del Mercado de Valores en su artículo 225 y ss. del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015 y a la Disposición Adicional 4ª de la Ley 44/2002 de Medidas de Reforma del Sistema Financiera. El responsable de su aprobación o modificación es el Consejo de Administración. La Alta Dirección, con el asesoramiento del Departamento de Auditoría y el Departamento Jurídico son los responsables de analizar los posibles
incumplimientos. El código de conducta está a disposición de todos los empleados en la página web de la compañía www.grupourbas.com
· • Canal de denuncias, que permita la comunicación a la comisión de auditoría de irregularidades de naturaleza financiera y contable, en adición a eventuales incumplimientos del código de conducta y actividades irregulares en la organización, informando, en su caso, si éste es de naturaleza confidencial y si permite realizar comunicaciones anónimas respetando los derechos del denunciante y del denunciado.
Las posibles irregularidades detectadas deben comunicarse a la dirección de la sociedad por cualquier vía de comunicación quien, previo estudio y comprobación interna, buscará la mejor solución junto con el Comité de Auditoría.

Adicionalmente Urbas Grupo Financiero S.A. tiene establecido un canal de denuncias, a través de su Comisión de Auditoría, para que todos los empleados puedan comunicar cualquier irregularidad, especialmente financiera o contable, que afecte a la Sociedad o a sus empresas del grupo.
· Programas de formación y actualización periódica para el personal involucrado en la preparación y revisión de la información financiera, así como en la evaluación del SCIIF, que cubran al menos, normas contables, auditoría, control interno y gestión de riesgos:
El personal involucrado opta por la formación individual propia y la empresa en la medida de sus posibilidades ayuda a la realización de esta formación. No obstante la Sociedad, decide, cuando la problemática lo requiere, por consultar bien con los auditores de cuentas o bien con otros asesores externos.
Informe, al menos, de:
Debido al tamaño de la sociedad tanto por personal como por volumen de operaciones, existen reuniones periódicas entre la dirección y el Responsable de Auditoría, en las que se producen revisiones de cuentas en general así como de operaciones en particular. En la revisión de cuentas está también implicado la Comisión de Auditoría que se reúne periódicamente con los auditores de la sociedad para revisar los procedimientos utilizados, los defectos incurridos, así como sugerir las normas mas convenientes para dar cumplimiento a la totalidad de objetivos de la información financiera.
Las reuniones internas mantenidas valoran los riesgos de diversas tipologías en los que puede incurrir la sociedad como pueden ser los operativos (entre los que destacan las posibles variaciones de valor de las tasaciones de expertos independientes), financieros, legales, reputacionales y otros. Los riesgos que son valorables económicamente son cuantificados y se procede al ajuste que proceda en las cuentas de la sociedad. No sólo se trata en las reuniones internas sino que se trasladan a los auditores en las reuniones con el Comité de Auditoría.
En cuanto a los posibles fraudes que pueda padecer la sociedad, el Responsable de Auditoría, el Departamento Jurídico y la Asesoría legal externa son los principales encargados de su detección y corrección, poniendo en marcha las medidas necesarias junto con la dirección de la empresa. Adicionalmente la sociedad tiene implementados los procedimientos regulados en la Ley 10/2010, de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, e igualmente tiene establecido un canal de denuncias, a través de su Comisión de Auditoría, para que todos los empleados puedan comunicar cualquier irregularidad, especialmente financiera o contable, que afecte a la Sociedad o a sus empresas del grupo.
· Si el proceso cubre la totalidad de objetivos de la información financiera, (existencia y ocurrencia; integridad; valoración; presentación, desglose y comparabilidad; y derechos y obligaciones), si se actualiza y con qué frecuencia:
Se considera que el proceso cumple el cubrimiento de la mayoria de los objetivos de información financiera, actualizándose al elaborar las cuentas anuales.
· La existencia de un proceso de identificación del perímetro de consolidación, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, la posible existencia de estructuras societarias complejas, entidades instrumentales o de propósito especial:
Existe un proceso documentado de identificación del perímetro de consolidación llevado a cabo fundamentalmente entre el Responsable de Auditoría y el Departamento Jurídico.
· Si el proceso tiene en cuenta los efectos de otras tipologías de riesgos (operativos, tecnológicos, financieros, legales, fiscales, reputacionales, medioambientales, etc.) en la medida que afecten a los estados financieros:
El proceso tiene en cuenta otros tipos de riesgos tales como los informáticos, financieros, legales y reputacionales.

El Consejo de Administración y la Comisión de Auditoría fundamentalmente, con el asesoramiento del Responsable de Auditoría.
Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:
F.3.1 Procedimientos de revisión y autorización de la información financiera y la descripción del SCIIF, a publicar en los mercados de valores, indicando sus responsables, así como de documentación descriptiva de los flujos de actividades y controles (incluyendo los relativos a riesgo de fraude) de los distintos tipos de transacciones que puedan afectar de modo material a los estados financieros, incluyendo el procedimiento de cierre contable y la revisión específica de los juicios, estimaciones, valoraciones y proyecciones relevantes
Los trámites internos consisten en reuniones periódicas entre la Dirección y el Responsable de Auditoría Interna. Una vez analizados y resueltos los posibles puntos de conflicto y discrepancias, el Comité de Auditoría da su visto bueno y la información es presentada al Consejo de Administración. Si hubiere algún desacuerdo por parte del Consejo, se producen las aclaraciones pertinentes. No existen certificaciones internas, se mantienen los canales informales de información en todo el procedimiento, estando siempre la dirección informada de todos los acontecimientos producidos en los distintos niveles.
En relación a las transacciones y proyecciones realizadas se mantienen igualmente los eficientes canales informales debido a las razones expuestas con anterioridad.
En la actualidad se está estructurando un sistema formal que permita documentar la totalidad del sistema.
F.3.2 Políticas y procedimientos de control interno sobre los sistemas de información (entre otras, sobre seguridad de acceso, control de cambios, operación de los mismos, continuidad operativa y segregación de funciones) que soporten los procesos relevantes de la entidad en relación a la elaboración y publicación de la información financiera.
Los responsables del Departamento de Administración y el Responsable de Auditoría son los únicos que tienen acceso a los sistemas de información para la preparación y modificación de las cuentas. Cualquier cambio que deba realizarse es ejecutado directamente por dichos responsables.
La seguridad e integridad de los sistemas informáticos se garantiza con los back up semanales que se realizan y con la custodia de los mismos. Existen dos copias alternativas actualizadas que se custodian en lugares distintos.
Una vez aprobadas las cuentas por el Consejo son cargadas en los formularios de la CNMV los responsables del Departamento de Administración, Contabilidad y Finanzas. Este procedimiento se aplica tanto a los estados financieros finales como a los intermedios del ejercicio. Todo ello aparece actualizado en la página web de la Compañía.
La conciliación de cuentas que se realiza cada 30 días permite asegurar el control y supervisión de las operaciones bancarias junto con su integridad. Los movimientos de cuentas corrientes han de estar autorizados por personas designadas expresamente.
F.3.3 Políticas y procedimientos de control interno destinados a supervisar la gestión de las actividades subcontratadas a terceros, así como de aquellos aspectos de evaluación, cálculo o valoración encomendados a expertos independientes, que puedan afectar de modo material a los estados financieros.
Todas las actividades subcontratadas a terceros son supervisadas por la Alta Dirección y por el Departamento de Administración si atañen a los estados financieros, entre los que destacan las valoraciones de activos y las obligaciones tributarias. De igual modo se realiza el control de litigios y otros asuntos legales por el Área de Asesoría Legal de la supervisión de las obligaciones laborales, así como de aquellas situaciones y actuaciones jurídicas que realizadas externamente así lo requieran.

Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:
F.4.1 Una función específica encargada de definir, mantener actualizadas las políticas contables (área o departamento de políticas contables) y resolver dudas o conflictos derivados de su interpretación, manteniendo una comunicación fluida con los responsables de las operaciones en la organización, así como un manual de políticas contables actualizado y comunicado a las unidades a través de las que opera la entidad.
La función específica de definir y mantener actualizadas las políticas contables se realiza por el Departamento de Administración y el Responsable de Auditoría. Se realizan consultas a expertos sobre las dudas que pueden surgir de la interpretación de las Normas y Planes Contables. No existe un manual específico de políticas contables actualmente, estando en preparación.
La contabilización y preparación homogénea de la información financiera es realizada íntegramente por el Departamento de Administración, proporcionándole el resto de departamentos de la organización toda la información necesaria para poder desempeñar las tareas de una manera óptima. El proceso se centraliza en las oficinas centrales de la Compañía, a la que reportan el resto de departamentos financieros de las filiales que se ubican en otras provincias o en el extranjero.
Informe, señalando sus principales características, al menos de:
F.5.1 Las actividades de supervisión del SCIIF realizadas por la comisión de auditoría así como si la entidad cuenta con una función de auditoría interna que tenga entre sus competencias la de apoyo a la comisión en su labor de supervisión del sistema de control interno, incluyendo el SCIIF. Asimismo se informará del alcance de la evaluación del SCIIF realizada en el ejercicio y del procedimiento por el cual el encargado de ejecutar la evaluación comunica sus resultados, si la entidad cuenta con un plan de acción que detalle las eventuales medidas correctoras, y si se ha considerado su impacto en la información financiera.
El responsable del Área de Auditoría de Urbas Grupo Financiero S.A., es el encargado de dar apoyo al Comité de Auditoría. Tanto dicho Responsable como el Departamento de Administración, y la Alta Dirección están a disposición del Comité de Auditoría para la revisión de los puntos conflictivos que éste pueda manifestar, realizándose las correcciones y matizaciones que indique.
Una vez obtenida la conformidad del Comité de Auditoría, se remiten las cuentas al Consejo, quien a su vez, manifestará su aprobación o desacuerdo a las cuentas presentadas.
La dirección solicitará para el ejercicio 2023, una evaluación del auditor externo sobre los riesgos de la información financiera y, en su caso, las medidas a adoptar para su control y supervisión.
F.5.2 Si cuenta con un procedimiento de discusión mediante el cual, el auditor de cuentas (de acuerdo con lo establecido en las NTA), la función de auditoría interna y otros expertos puedan comunicar a la alta dirección y a la comisión de auditoría o administradores de la entidad las debilidades significativas de control interno identificadas durante los procesos de revisión de las cuentas anuales o aquellos otros que les hayan sido encomendados. Asimismo, informará de si dispone de un plan de acción que trate de corregir o mitigar las debilidades observadas.
El auditor de cuentas mantiene reuniones con la Alta Dirección de la sociedad y con el Responsable de Auditoría siempre que lo estima oportuno y de forma periódica. Además, a efectos de elaboración del Informe de Auditoría anual se desplaza físicamente a las oficinas de la Compañía.

En dichas reuniones requiere todo tipo de información necesaria para el desarrollo de sus tareas y puede manifestar y comunicar las debilidades significativas del control interno identificadas durante los procesos de revisión de las cuentas anuales. Con estas conclusiones se elabora un plan de acción para superar las debilidades observadas.
Informe de:
F.7.1 Si la información del SCIIF remitida a los mercados ha sido sometida a revisión por el auditor externo, en cuyo caso la entidad debería incluir el informe correspondiente como anexo. En caso contrario, debería informar de sus motivos.
No se ha sometido formalmente en este ejercicio a verificación al auditor externo de los Sistemas Internos de Control y Gestión de Riesgos en relación con el proceso de emisión de la Información Financiera, si bien, debido al trabajo de campo llevado a cabo por dicho auditor la compañía entiende que se ha realizado de hecho. No obstante dicha verificación está previsto realizarse en los próximos ejercicios.

Indique el grado de seguimiento de la sociedad respecto de las recomendaciones del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas.
En el caso de que alguna recomendación no se siga o se siga parcialmente, se deberá incluir una explicación detallada de sus motivos de manera que los accionistas, los inversores y el mercado en general, cuenten con información suficiente para valorar el proceder de la sociedad. No serán aceptables explicaciones de carácter general.
Cumple [ X ] Explique [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

Y que, sin perjuicio de las obligaciones legales de difusión de información privilegiada y otro tipo de información regulada, la sociedad cuente también con una política general relativa a la comunicación de información económico-financiera, no financiera y corporativa a través de los canales que considere adecuados (medios de comunicación, redes sociales u otras vías) que contribuya a maximizar la difusión y la calidad de la información a disposición del mercado, de los inversores y demás grupos de interés.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Y que cuando el consejo de administración apruebe cualquier emisión de acciones o de valores convertibles con exclusión del derecho de suscripción preferente, la sociedad publique inmediatamente en su página web los informes sobre dicha exclusión a los que hace referencia la legislación mercantil.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Y que la sociedad cuente con mecanismos que permitan la delegación y el ejercicio del voto por medios telemáticos e incluso, tratándose de sociedades de elevada capitalización y en la medida en que resulte proporcionado, la asistencia y participación activa en la Junta General.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]
Dicho procedimiento no se ha implementado por no considerarse necesario hasta el momento.

Dado el aumento del tamaño de la compañía y las numerosas operaciones corporativas llevadas a cabo en el último ejercicio, la sociedad tiene previsto implementar mecanismos para facilitar la participación a distancia y la transmisión en directo de las próximas juntas generales de accionistas.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Y que tales requisitos y procedimientos favorezcan la asistencia y el ejercicio de sus derechos a los accionistas y se apliquen de forma no discriminatoria.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
| Explique [ ] | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| No aplicable [ ] |
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

Y que en la búsqueda del interés social, además del respeto de las leyes y reglamentos y de un comportamiento basado en la buena fe, la ética y el respeto a los usos y a las buenas prácticas comúnmente aceptadas, procure conciliar el propio interés social con, según corresponda, los legítimos intereses de sus empleados, sus proveedores, sus clientes y los de los restantes grupos de interés que puedan verse afectados, así como el impacto de las actividades de la compañía en la comunidad en su conjunto y en el medio ambiente.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Explique [ ]
Que el resultado del análisis previo de las competencias requeridas por el consejo de administración se recoja en el informe justificativo de la comisión de nombramientos que se publique al convocar la junta general de accionistas a la que se someta la ratificación, el nombramiento o la reelección de cada consejero.
La comisión de nombramientos verificará anualmente el cumplimiento de esta política y se informará de ello en el informe anual de gobierno corporativo.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]
No está asumida formalmente dicha recomendación pero se lleva a cabo en la práctica habiendo asumido el objetivo de que en el año 2025 el número de consejeras represente, al menos, el 30% del total de miembros del consejo de administración, o como mínimo haya aumentado la cifra actual considerablemente.
A lo largo del ejercicio en curso ha aumentado de forma relevante el número de altas directivos, estando previsto seguir en dicha línea de actuación.

Y que el número de consejeras suponga, al menos, el 40% de los miembros del consejo de administración antes de que finalice 2022 y en adelante, no siendo con anterioridad inferior al 30%.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]
No se cumple el número mínimo de consejeras, recomendación que está previsto asumir en los próximos ejercicios.
Este criterio podrá atenuarse:
Cumple [ X ] Explique [ ]
Que, sin embargo, cuando la sociedad no sea de elevada capitalización o cuando, aun siéndolo, cuente con un accionista o varios actuando concertadamente, que controlen más del 30% del capital social, el número de consejeros independientes represente, al menos, un tercio del total de consejeros.
Cumple [ X ] Explique [ ]

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

También podrá proponerse la separación de consejeros independientes como consecuencia de ofertas públicas de adquisición, fusiones u otras operaciones corporativas similares que supongan un cambio en la estructura de capital de la sociedad, cuando tales cambios en la estructura del consejo de administración vengan propiciados por el criterio de proporcionalidad señalado en la recomendación 16.
Cumple [ X ] Explique [ ]
Y que, habiendo sido informado o habiendo conocido el consejo de otro modo alguna de las situaciones mencionadas en el párrafo anterior, examine el caso tan pronto como sea posible y, atendiendo a las circunstancias concretas, decida, previo informe de la comisión de nombramientos y retribuciones, si debe o no adoptar alguna medida, como la apertura de una investigación interna, solicitar la dimisión del consejero o proponer su cese. Y que se informe al respecto en el informe anual de gobierno corporativo, salvo que concurran circunstancias especiales que lo justifiquen, de lo que deberá dejarse constancia en acta. Ello sin perjuicio de la información que la sociedad deba difundir, de resultar procedente, en el momento de la adopción de las medidas correspondientes.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Y que cuando el consejo de administración adopte decisiones significativas o reiteradas sobre las que el consejero hubiera formulado serias reservas, este saque las conclusiones que procedan y, si optara por dimitir, explique las razones en la carta a que se refiere la recomendación siguiente.
Esta recomendación alcanza también al secretario del consejo de administración, aunque no tenga la condición de consejero.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

Y que, sin perjuicio de que se dé cuenta de todo ello en el informe anual de gobierno corporativo, en la medida en que sea relevante para los inversores, la sociedad publique a la mayor brevedad posible el cese incluyendo referencia suficiente a los motivos o circunstancias aportados por el consejero.
| Cumple [ X ] | Cumple parcialmente [ ] | Explique [ ] | No aplicable [ ] | |
|---|---|---|---|---|
Y que el reglamento del consejo establezca el número máximo de consejos de sociedades de los que pueden formar parte sus consejeros.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]
La comisión de nombramientos no ha procedido a dicho análisis ni a la limitación mencionada formalmente, sin embargo de las reuniones mantenidas con los Consejeros no ejecutivos previas a su nombramiento y la preparación analizada se deduce la suficiente disponibilidad de estos.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

Cumple [ X ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cuando, excepcionalmente, por razones de urgencia, el presidente quiera someter a la aprobación del consejo de administración decisiones o acuerdos que no figuraran en el orden del día, será preciso el consentimiento previo y expreso de la mayoría de los consejeros presentes, del que se dejará debida constancia en el acta.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]
Si bien no se asume formalmente, se lleva a cabo en la práctica
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

Cumple [ X ] Explique [ ]
Para la realización de la evaluación de las distintas comisiones se partirá del informe que estas eleven al consejo de administración, y para la de este último, del que le eleve la comisión de nombramientos.
Cada tres años, el consejo de administración será auxiliado para la realización de la evaluación por un consultor externo, cuya independencia será verificada por la comisión de nombramientos.
Las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo deberán ser desglosadas en el informe anual de gobierno corporativo.
El proceso y las áreas evaluadas serán objeto de descripción en el informe anual de gobierno corporativo.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]
Está previsto implementar dicho plan de acción y evaluación en el plazo más breve posible
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Tras su nombramiento durante el ejercicio en curso se está preparando el plan anual de trabajo.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]

En la práctica todas estas funciones son asumidas por la Comisión de Auditoría.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
No existe formalmente, si embargo, está siendo desarrollada por el Departamento de Auditoría Interna.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Y que cualquier consejero pueda solicitar de la comisión de nombramientos que tome en consideración, por si los encuentra idóneos a su juicio, potenciales candidatos para cubrir vacantes de consejero.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Todas las funciones especificadas son asumidas en la práctica por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]
No está asumida debido al tamaño de la compañía si bien en la práctica dichas funciones corresponden a la Comisión de Auditoría
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]
No existe una Política de Responsabilidad Social Corporativa implantada en la Compañía, si bien esta respeta y da estricto cumplimiento a toda la normativa legal aplicable. En la actualidad se están desarrollando políticas generales en esta materia con ocasión de la publicación del Estado de Información No Financiera, aplicable desde el presente ejercicio a la Compañía.
Se podrá contemplar la entrega de acciones como remuneración a los consejeros no ejecutivos cuando se condicione a que las mantengan hasta su cese como consejeros. Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar, en su caso, para satisfacer los costes relacionados con su adquisición.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]
No se ha regulado dicha limitación por no considerarse relevantes las remuneraciones abonadas mediante la entrega de acciones a favor de consejeros no ejecutivos.

Y, en particular, que los componentes variables de las remuneraciones:
| Cumple [ ] | Cumple parcialmente [ ] | Explique [ X ] | No aplicable [ ] |
|---|---|---|---|
| --------------- | ---------------------------- | ---------------- | --------------------- |
En los últimos ejercicios no se han devengado remuneraciones variables ni está previsto su devengo en los próximos ejercicios, si bien los Estatutos Sociales si prevén dicha posibilidad. Por ello, y aunque no se cumple formalmente la recomendación la política retributiva de la sociedad está basada en la transparencia, en la profesionalidad y en la efectiva dedicación a los cometidos que en cada momento precise la Sociedad, así como presidida por la proporcionalidad y coherencia con los proyectos e hitos efectivamente desarrollados y alcanzados por la Compañía en cada momento, así como por la escasez de recursos y la política de reducción de costes que preside toda la actuación del Consejo de Administración de la Compañía. El fundamento general de la política retributiva es remunerar a los consejeros por su dedicación a las funciones desempeñadas, velando por su adecuación y procurando que la retribución sea moderada en atención a la situación de la empresa y las circunstancias del mercado, sin que la retribución pueda, en ningún caso, comprometer la independencia de criterio de los consejeros. Los criterios en la política de retribuciones de la compañía parten de los principios de moderación en atención a los resultados de la empresa, adecuación a la efectiva dedicación y desempeño de los consejeros y transparencia.
Por ello, consideramos que en la práctica si se cumple dicha recomendación.
Que, adicionalmente, las entidades valoren el establecimiento de una cláusula de reducción ('malus') basada en el diferimiento por un período suficiente del pago de una parte de los componentes variables que implique su pérdida total o parcial en el caso de que con anterioridad al momento del pago se produzca algún evento que lo haga aconsejable.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Se exceptúa el caso en el que el consejero mantenga, en el momento de la transmisión o ejercicio, una exposición económica neta a la variación del precio de las acciones por un valor de mercado equivalente a un importe de al menos dos veces su remuneración fija anual mediante la titularidad de acciones, opciones u otros instrumentos financieros.
Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar para satisfacer los costes relacionados con su adquisición o, previa apreciación favorable de la comisión de nombramientos y retribuciones, para hacer frente a situaciones extraordinarias sobrevenidas que lo requieran.
| Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] |
Explique [ ] | No aplicable [ X ] | |
|---|---|---|---|
| --------------------------------------------- | -- | ----------------- | -------------------- |
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
A efectos de esta recomendación, entre los pagos por resolución o extinción contractual se considerarán cualesquiera abonos cuyo devengo u obligación de pago surja como consecuencia o con ocasión de la extinción de la relación contractual que vinculaba al consejero con la sociedad, incluidos los importes no previamente consolidados de sistemas de ahorro a largo plazo y las cantidades que se abonen en virtud de pactos de no competencia post-contractual.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

En concreto, se indicará si la sociedad está sometida a legislación diferente a la española en materia de gobierno corporativo y, en su caso, incluya aquella información que esté obligada a suministrar y sea distinta de la exigida en el presente informe.
Durante el presente ejercicio, la Compañía ha continuado creciendo inorgánicamente, habiendo realizado operaciones corporativas que se han sumado a las realizadas durante el ejercicio pasado, que han provocado la aparición de distintas estructuras corporativas, lo que ha provocado que por parte de la dirección y el Consejo de Administración, en colaboración con sus Comisiones, se estén estudiando las distintas necesidades y complejidades surgidas, de forma que se puedan implantar sistemas formales para la mitigación de cualquier riesgo en materia de Gobierno Corporativo.
Así, como aspectos relevantes en materia de gobierno corporativo debemos destacar que tanto durante el ejercicio 2023, como en el actual 2024 se ha procedido a realizar modificaciones tendentes a fortalecer la estructura de la Comisión de Auditoría y Sostenibilidad, así como aprobando nuestros textos regulatorios como el Reglamento del Canal de Denuncias o el Reglamento del Canal Ético, así como al nombramiento de nuevos órganos de control en todos los aspectos con la finalidad de dotar de más medios tanto materiales como humanos para el mejor cumplimiento en todas las materias referidas a Gobierno Corporativo.
Este informe anual de gobierno corporativo ha sido aprobado por el consejo de Administración de la sociedad, en su sesión de fecha:

Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
[ ] [ √ ] Sí No
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