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TECPETROL S.A. — Audit Report / Information 2021
Nov 11, 2021
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Audit Report / Information
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TECPETROL S.A. Acta del Consejo de Vigilancia Nº 250
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ACTA Nº 250. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los nueve días del mes de noviembre de dos mil veintiuno, siendo las nueve horas y treinta minutos, se reunieron los miembros titulares del Consejo de Vigilancia señores Ricardo J.P. Soler, Claudio R. Hirschler y Pablo R. Stampalia. Se deja constancia que debido a la situación sanitaria ocasionada por la pandemia de COVID-19, que es de público y notorio conocimiento, y en cumplimiento con las medidas generales de prevención establecidas por el Poder Ejecutivo Nacional mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 678/2021, y sus normas reglamentarias, así como por lo previsto en la Resolución General de la Comisión Nacional de Valores (“CNV“) N° 830/2020 y la aplicación analógica del mismo al Consejo de Vigilancia conforme lo previsto en el art. 158 inc. b) del Código Civil y Comercial de la Nación, todos los miembros del Consejo de Vigilancia que participan de la presente reunión lo hacen comunicados a través del sistema “Microsoft Teams”, que permite la conexión mediante sistema de audio y video en forma simultánea. Declarada abierta la sesión, se pasó a considerar el siguiente punto del orden del día: INFORME DEL CONSEJO DE VIGILANCIA. Sometido el mismo a consideración, el señor Ricardo J.P. Soler informó que los Consejeros habían analizado los borradores de los estados financieros intermedios condensados por el período de nueve meses finalizado el 30 de septiembre de 2021 y el Informe de Revisión correspondiente a dicho estado contable a emitir por la firma auditora, habiendo realizado las verificaciones en los libros y documentos de la Sociedad. Agregó, que en la medida que los estados financieros mencionados sean aprobados por el Directorio de la Sociedad en la reunión a realizarse en el día de la fecha, conforme a los borradores oportunamente examinados, los miembros presentes en representación del Consejo de Vigilancia emitirán el pertinente Informe, cuyo texto se transcribe a continuación.
Previo un intercambio de ideas sobre el particular, el Consejo de Vigilancia por unanimidad de votos, resolvió:
Primero: Expedir el Informe correspondiente a los estados financieros intermedios condensados por el período de nueve meses finalizado el 30 de septiembre de 2021, que textualmente dice así:
“A los señores Accionistas
de TECPETROL S.A.
TECPETROL S.A. Acta del Consejo de Vigilancia Nº 250
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Cumplimos en informar que el Consejo de Vigilancia ha revisado los:
- Estados Financieros Intermedios Condensados de TECPETROL
S.A. al 30 de septiembre de 2021, compuestos por la Reseña Informativa, el Estado de Resultados Intermedio Condensado por el período de nueve meses finalizado el 30 de septiembre de 2021, el Estado de Resultados Integrales Intermedio Condensado a dicha fecha, Estado de Situación Financiera Intermedio Condensado, el Estado de Evolución del Patrimonio Neto Intermedio Condensado, y el Estado de Flujo de Efectivo Intermedio Condensado, todos por el período mencionado, las notas 1 a 35 a dichos estados financieros;
La preparación de los documentos bajo análisis es responsabilidad de la Dirección de la Sociedad.
Hemos tenido a la vista el Informe de Revisión sobre los Estados Financieros Intermedios Condensados de TECPETROL S.A. emitidos por la firma de Auditores externos, Price Waterhouse & Co. S.R.L. del 09 de noviembre de 2021.
Respecto de dicha documentación, informamos que hacemos nuestros los términos del Informe de Revisión sobre Estados Financieros Intermedios Condensados del día 09 de noviembre de 2021, suscriptos por el Dr. (C.P.) Alejandro J. Rosa, socio de la mencionada firma.
Esta documentación preparada por la Sociedad, para ser considerada y aprobada por el Directorio en su reunión del día 09 de noviembre de 2021, se ajusta a lo requerido por las normas de aplicación, vigentes en la República Argentina, por lo que no tenemos observaciones que formular sobre la misma. Dejamos constancia, por otra parte, de que hemos ejercido, en la medida correspondiente, las atribuciones que nos asignan la ley y el estatuto, habiendo participado regularmente de las reuniones del Directorio de la Sociedad.
Hemos dado cumplimiento a las disposiciones del artículo 281 de la Ley N° 19.550 de la República Argentina.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 09 de noviembre de 2021. ”
Segundo: Autorizar al Consejero de Vigilancia Sr. Ricardo Juan Pedro Soler para que en nombre y representación del Consejo de Vigilancia, suscriba la
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documentación contable referida a los Estados Financieros Intermedios Condensados correspondientes al período de nueve meses finalizado al 30 de septiembre de 2021 como así también el respectivo Informe del Consejo de Vigilancia a los referidos Estados Financieros Intermedios Condensados, quedando asimismo facultado por este Consejo de Vigilancia, para la firma de la documentación que corresponda presentar ante los órganos de control. No habiendo más asuntos que tratar, se levantó la sesión, siendo las nueve horas y cincuenta minutos, previa lectura y ratificación de la presente acta por los asistentes. FIRMADO: R.J.P. SOLER – C.R. HIRSCHLER – P.R. STAMPALIA.
Es copia fiel de su original que obra de foja doscientos cinco a foja doscientos siete del libro de Actas de Consejo de Vigilancia número tres de TECPETROL SOCIEDAD ANÓNIMA, rubricado en la Inspección General de Justicia, el dieciocho de octubre de dos cinco, bajo el número sesenta y nueve mil quinientos noventa y siete- cero cinco.
RICARDO J.P. SOLER Consejero de Vigilancia